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"Nº 2300.- Santiago, 6 de diciembre de 1968.
En atención a su oficio Nº 15.902, de 6 de septiembre último, mediante el cual V. E. se sirve poner en conocimiento del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, las observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor José Andrés Aravena Cabezas, acerca de la necesidad de instalar una Delegación Médica en la localidad de Curacautín y de una ambulancia que se habría prometido para los servicios de esa ciudad, me es grato informarle que el Servicio Médico Nacional de Empleados consideró el año 1966 la posibilidad de crear una Delegación, que atendiera tanto la visación de las licencias médicas como el control de Isa acciones médicas y dentales de la Ley de Medicina Preventiva. Sin embargo, por los estudios realizados se comprobó que el grupo de beneficiarios públicos no alcanzaba a 400 y por otra parte el Servicio Médico mantiene una Delegación en Victoria, a poco más de una hora de tren o buses de Cura-cautín, lo que determinó instalar solamente un Delegado Dental, función que desempeña desde el 1º de noviembre de
1966 a la fecha el Dr. Eugenio Valderrama.
Sin desconocer la facultad de los señores beneficiarios, de solicitar mayores servicios y el derecho de avalarlos por el Honorable Diputado, la Vicepresidencia del Servicio Médico estima que las acciones médicas requeridas son parte del Plan Nacional de Salud, en que está empeñado el Supremo Gobierno, y que con la creación de la Ley de Medicina Curativa, que es parte de dicho Plan, por el sistema de Libre Elección, vendría a solucionar las necesidades planteadas por el Honorable Diputado.
Por último, en cuanto al problema de la ambulancia, debo manifestarle que el Servicio Nacional de Salud no ha ofrecido en 1967 ambulancia para Curacautín y que el Hospital de esa ciudad cuenta con esta clase de vehículos.
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.): Ramón Valdivieso Delaunay."
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