. . . . . . . "8.-"^^ . . . . "MOCION DE LOS SE\u00D1ORES VALENZUELA VALDERRAMA, CARDEMIL, PEREIRA, ESCORZA, SE\u00D1ORITA SAAVEDRA Y SE\u00D1OR TORRES"^^ . . . . . . . " 8.-MOCION DE LOS SE\u00D1ORES VALENZUELA VALDERRAMA, CARDEMIL, PEREIRA, ESCORZA, SE\u00D1ORITA SAAVEDRA Y SE\u00D1OR TORRES \n\"Honorable C\u00E1mara: \n-Ha sido norma permanente del Partido Dem\u00F3crata Cristiano preocuparse, con la seriedad que el caso requiere, no s\u00F3lo de los problemas econ\u00F3micos que puedan afectar a la clase trabajadora, sino tambien de su seguridad social e industrial, particularmente, en el caso de aquellos que requieren una alta especializaci\u00F3n y un integral rendimiento en el cumplimiento de sus funciones. \nEn la mayor\u00EDa de los pa\u00EDses del mundo se ha llegado a la conclusi\u00F3n, despu\u00E9s de serios y fundamentados estudios, que la jornada de trabajo de algunos sectores que laboran en telecomunicaciones, debe reducirse de 48 a 42 horas semanales, con el objeto de que puedan realizar sus delicadas funciones con la eficiencia con que tales labores deben desempe\u00F1arse. \nPor lo dem\u00E1s, esos pa\u00EDses no han hecho otra cosa que aplicar las recomendaciones que sobre el particular ha acordado la Organizaci\u00F3n Internacional del Trabajo; en Chile dicha jornada la tienen, actualmente, diversos sectores de radiotelegrafistas, como por ejemplo, los del Estado. \nLas condiciones en que el resto de los radiooperadores telef\u00F3nicos, operadores telef\u00F3nicos y probadores se desempe\u00F1an en nuestro pa\u00EDs son notoriamente deficientes desde un punto de vista psicol\u00F3gico, lo cual, evidentemente, involucra un impacto en la capacidad intelectual, auditiva y visual de dichas personas. \nPor las consideraciones anteriores nos permitimos presentar a vuestra consideraci\u00F3n el siguiente \n \nProyecto de ley: \n \n\"art\u00EDculo \u00FAnico.- Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones al C\u00F3digo del Trabajo: \n1.- Agr\u00E9ganse al art\u00EDculo 125 los siguientes incisos: \n\"No obstante la duraci\u00F3n m\u00E1xima ordinaria del trabajo de los radiooperadores telef\u00F3nicos, operadores telef\u00F3nicos y probadores telef\u00F3nicos, ser\u00E1 de 42 horas semanales. \nLos operadores telef\u00F3nicos tendr\u00E1n derecho a dos per\u00EDodos de descanso durante la jornada de trabajo, los que no podr\u00E1n exceder, en conjunto, a una hora diaria\". \n2.- Agr\u00E9gase el siguiente inciso segundo al art\u00EDculo 126: \n\"En el caso indicado en el inciso tercero del art\u00EDculo anterior, la jornada de trabajo podr\u00E1 aumentarse hasta 48 horas semanales como l\u00EDmite m\u00E1ximo en las condiciones establecidas en el inciso primero de este art\u00EDculo.\" \n3.- Interc\u00E1lanse, seguidas de una coma, en el art\u00EDculo 27, entre las palabras \"de\" y \"cuarenta y ocho\", las siguientes: \"cuarenta y dos\". \n4.- Agr\u00E9gase al art\u00EDculo 131, el siguiente inciso cuarto: \n\"En el cas\u00F3 de los radiooperadores telef\u00F3nicos, operadores telef\u00F3nicos y probadores telef\u00F3nicos podr\u00E1 excederse la jornada ordinaria, pero s\u00F3lo en la medida indispensable para evitar perjuicios en la marcha normal del establecimiento o faenas, cuando sobrevenga fuerza mayor o caso fortuito, o cuando se deban impedir accidentes o efectuar arreglos o reparaciones impostergables en las maquinarias o instalaciones. \n(Fdo.) : H\u00E9ctor Valenzuela Valderrama. -Gustavo Cardemil.- Jos\u00E9 Domingo Escorza.- Santiago Pereira.- Wilna Saavedra.- Mario Torres.\" \n \n " . . . . . . . . .