. . . . . . . " El se\u00F1or ACEVEDO.- \n \n y seguramente se tratar\u00E1 en un rato m\u00E1s. De modo que est\u00E1 en situaci\u00F3n de ser conocido por la C\u00E1mara. Los terratenientes de Frutillar se pueden acoger a las franquicias que contiene el proyecto de ley de los se\u00F1ores Cerda y Lorca, organizando una cooperativa. En consecuencia, no hay absolutamente ninguna diferencia entre los beneficios propuestos en las modificaciones del Senado, que se refieren en forma exclusiva a los pr\u00E9stamos concedidos en la comuna de Frutillar antes del sismo de 1960, y las franquicias que otorga el pr\u00E9stamo el proyecto de los Honorables se\u00F1ores Cerda Lorca, en forma definitiva y para todo Chile. Esta iniciativa fue aprobada por la Comisi\u00F3n de Hacienda que preside el Honorable se\u00F1or Lavandero y seguramente ser\u00E1 discutida por la C\u00E1mara en algunos momentos m\u00E1s. \nEs todo, se\u00F1or Presidente. \n " . .