. . . . . . . . . . " El se\u00F1or MORALES (don Carlos).- \n \n Se\u00F1or Presidente, los comuneros, de los edificios de Plaza Italia, Ram\u00F3n Carnicer y Vicu\u00F1a Mackenna, con algunos de los cuales he estado en contacto, reclaman porque su propietaria, la Caja de Empleados Particulares, pretende entregarles los inmuebles con una serie de deficiencias de orden t\u00E9cnico y sanitario, que aconsejan paralizar la entrega hasta mientras no se hagan los arreglos. \nEl D.F.L. 39, al establecer en su art\u00EDculo 41 que las Cajas de Previsi\u00F3n vender\u00EDan los departamento a sus imponentes en el estado en que se encontraran el d\u00EDa de la venta y que no habr\u00EDa lugar a reclamaciones sobre el estado de los servicios comunes, que. se presum\u00EDa conocido por los compradores, se refiere tambi\u00E9n a la situaci\u00F3n de aqu\u00E9llos en cuanto a su antig\u00FCedad. \nEl legislador no ha podido autorizar a la Caja para que entregue esos edificios con servicios sanitarios en malas condiciones, o sin que funcionen, porque eso habr\u00EDa significado autorizar un verdadero despojo, ya que los servicios comunes, seg\u00FAn el art\u00EDculo 46 del mencionado decreto, son los necesarios para la existencia, seguridad y conservaci\u00F3n de los edificios, a fin de permitir a todos y a cada uno de los propietarios el uso y goce del piso o departamento de su exclusivo dominio. \nLa Ley General de Construcciones y Urbanizaci\u00F3n es posterior al D.F.L. 39, por lo que habr\u00EDa una derogaci\u00F3n t\u00E1cita del art\u00EDculo 41 de ese decreto. \nSi bien la ley protege a las Cajas, no puede exponer a los adquirentes a riesgos sanitarios o de otra \u00EDndole, ni menos trasladar a ellos la responsabilidad de la Caja, que debi\u00F3 mantener los servicios en forma adecuada mientras tuvo en su poder esas propiedades. \nSeg\u00FAn informe de la Superintendencia de Seguridad Social, del a\u00F1o 1963, en la retasaci\u00F3n que pidi\u00F3 la Caja, se consider\u00F3 el valor de las mejoras o reparaciones indispensables que era menester ejecutar, lo que grav\u00F3 a los arrendatarios, que de otra manera habr\u00EDan obtenido una venta por un menor precio. \nEn virtud de estas consideraciones, solicito que se dirija oficio al se\u00F1or Ministro del Trabajo y Previsi\u00F3n Social, a fin de que ordene al Vicepresidente de la Caja de Empleados Particulares suspender la entrega de los edificios de Plaza Italia, llam\u00F3n Carnicer y Vicu\u00F1a Mackenna hasta mientras no se subsanen las graves deficiencias t\u00E9cnicas y sanitarias. Asimismo, solicito, para cuando haya quorum en la Sala, que la Comisi\u00F3n de Trabajo y Legislaci\u00F3n Social investigue los hechos de esta denuncia, a fin de no perjudicar a los imponentes de esos edificios. \n \n \nEl se\u00F1or SI VORI (Vicepresidente).- \n \n Se enviar\u00E1 el oficio solicitado por Su Se\u00F1or\u00EDa. \nOportunamente se recabar\u00E1 el asentimiento de la Sala para la otra petici\u00F3n. \n \n " . . .