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En consecuencia, al aprobarse este veto, se está perjudicando a los obreros que obtuvieron que se les calificara como empleados de acuerdo con las leyes ya citadas. Y se les causa un daño al restársele este tiempo precioso para ellos, en el cual podrían estar gozando de todos los beneficios que las leyes conceden exclusivamente a los empleados, y que no son extensivos a los obreros.
Por último, en el artículo 39 se pretende asimilar a esos personales al artículo único aprobado por el Congreso, ya que se establece: "Artículo 39-Los obreros municipales que sean o hayan sido encasillados de conformidad con las leyes 15.467, 15.944, 16.386 y el artículo 29 tendrán derecho al pago de las horas extraordinarias efectivamente trabajadas de acuerdo con las normas del Código del Trabajo."
Aquí se pretende establecer una disposición parecida al artículo que se veta; y, aparentemente, ello viene a demostrar que el Ejecutivo, mediante los artículos l9 y 29 del veto, tiene por finalidad dejar sin aplicación leyes vigentes. Y esto es grave. Las leyes vigentes deben ser cumplidas.
Por eso concuerdo plenamente con el proyecto aprobado por el Congreso, que es el que real y efectivamente beneficia a los obreros que obtuvieron la calificación de empleados. Por las razones expuestas, estoy en contra del veto del Ejecutivo.
Muchas gracias, Honorable colega.
"
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