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"N° 341.- Santiago, 7 de junio de 1967.
"Tengo el agrado de contestar su oficio N9 9096, en el cual el H. DiputadodonEduardo Cerda solicita se dé solución a los problemas de los obreros de las parcelas "Esperanza y Bellavista" de Los Andes, en lo referente al pago de imposiciones y goce de feriado legal.
Consultado el Inspector del Trabajo de Los Andes contestó lo que transcribo a continuación para su conocimiento:
"Hechas las investigaciones del caso por esta Inspección acerca de la ubicación de éstos predios ya que no se indica ésta en la presenteción y después de constatar que existen dos predios denominados "Bellavista", uno de los cuales está ubicado en la comuna de Los Andes y el otro en la comuna de Rinconada, se procedió a enviar las instrucciones del caso a los señores agricultores que trabajan estas parcelas, haciéndoseles presente que debían enviar a esta Departamental los comprobantes de feriado de sus obreros, trámite que terminó de cumplirse a fines de la semana ppda.
"Es así como se adjuntan los comprobantes de feriado de los trabajadores de la chacra "La Esperanza" ocho en total- debidamente firmado por los interesados y de una de las parcelas denominadas "Bellavista", de propiedad del señor Bernardo Salas Piraino y ubicada en la comuna de Calle Larga cuatro trabajadores en total- también firmados por los interesados, y con lo que se ha dado cumplimiento a las instrucciones impartidas por ésta Inspección.
"En lo que respecta al caso de la chacra "Bellavista", actualmente explotada por don Jorge Alamos Merino, se adjunta declaración de este último, relacionada con el beneficio que corresponde a sus obreros, por cuanto aún no hace el año que él está a cargo de este predio".
Por su parte, el S. S. S. contestó que visitado el predio "La Esperanza" de propiedad de doña Alicia Reyes, se estableció una deuda de imposiciones de E"? 6.433,77, por el período mayo de 1965 a enero de 1967, la que fue cancelada de inmediato y estampilladas las libretas de los obreros.
"Respecto al predio Bellavista, de propiedad del señor Amadeo Tollini, informó que se estableció una deuda en salarios de E9 3.322.50 de responsabilidad del mediero señor Carlos Leiva Moreno.
"Para el cobro de esta deuda se aplicó multa por Decreto N9 0512 del 24 de agosto de 1966 y debió apelarse a todos los recursos legales para que se hiciera efectivo el pago de las imposiciones, por cuanto el señor Leiva Moreno se negaba a reconocer su responsabilidad.
"Finalmente, el señor Agente Local de Los Andes comunica que se está practicando una liquidación definitiva en este predio de cuyos resultados nos será grato informarle en su oportunidad."
Es cuanto puedo informar a US.-
(Fdo.): Wittiam Thayer Arteaga."
"
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