REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA ORDINARIA. Sesión 45º, en miércoles 6 de septiembre de 1967 (Ordinaria: de 16.15 a 19.11 horas) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES LORCA, DON ALFREDO; PARETO, STARK Y PHILLIPS SECRETARIO, EL SEÑOR CAÑAS IBAÑEZ PROSECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se concede permiso constitucional a un señor Diputado para ausentarse del país 2.- Se aprueba el proyecto que modifica la ley Nº 12.401 con el objeto de rebajar el monto con que deben concurrir los pensionados de la Caja de Previsión de Empleados Particulares al fondo común de asignación familiar 3.- La Cámara se ocupa del proyecto que crea el Registro Nacional de Transportistas Profesionales y queda pendiente el debate 4.- La Cámara despacha, en su tercer trámite constitucional, el proyecto que crea la comuna subdelegación de Llanquihue 5.- La Cámara se ocupa del proyecto que suplementa el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, y vuelve a Comisión para su segundo informe reglamentario 6.- Se aprueba el proyecto que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos contra la salud 7.- El señor Hurtado, don Rubén formula diversos alcances a observaciones sobre actuaciones de la Sociedad Promotora de Viviendas Económicas (PROVIEN) 8.- El señor Godoy Urrutia se refiere a la situación política de Argentina 9.- El señor Fuentealba se ocupa del atraso en el otorgamiento de becas para la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y solicita se envíe oficio sobre la materia 10.- El señor Cabello se refiere a la cesantía de los trabajadores de la construcción en la provincia de Talca 11.- El señor Fuentealba se ocupa del pago de remuneraciones a los profesores de los Centros de Educación Básica y a la regularización de sus nombramientos 12.- El señor Olave formula observaciones respecto de las irregularidades en la Sección Industrias Forestales de la Corporación de Fomento de la Producción y solicita se envíe oficio sobre la materia 13.- El señor Stark se ocupa de diversos problemas de la provincia de BíoBío 14.- El señor Montt rinde homenaje a la Villa de San Pablo ubicada en la provincia de Osorno con motivo de su primer centenario 15.- El señor Pareto se ocupa de las medidas que adoptarían las Universidades nacionales en relación con la prueba de aptitud académica II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1.- Oficio del H. Senado con el que comunica haber accedido a la solicitud de doña Zunilda Jara Gutiérrez para que se le otorgue copia autorizada de los documentos acompañados a un proyecto de ley que la beneficia, pendiente en esta Cámara 2/5.- Oficios del señor Ministro del Interior, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señ5res Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican: Del señor Fernández, relativo a la necesidad de obtener una mayor vigilancia policial en el sector de la Población Venecia, de la comuna de La Cisterna Del señor Morales, don Raúl, respecto del funcionamiento de la Cooperativa de Consumos Chiloé Limitada Del señor Turna, acerca del servicio de vigilancia, policial en la ciudad de Loncoche De los señores Sívori y Ochagavía, relacionado con la electrificación de la localidad de Villa El Tijeral y con la mala, atención del servicio telefónico de Talagante 6.- Oficio del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el que da respuesta al que se le dirigió en nombre de la Cámara, referente a los problemas económicos sociales que afectan a la provincia de Coquimbo 7.- Oficio del señor Ministro de Defensa Nacional, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Barrionuevo, sobre la solicitud de licenciamiento del Conscripto Raúl Leyton Hidalgo, del Regimiento Dolores, de Iquique 8.- Oficio del señor Ministro de Agricultura, con el que contesta el que se le envió, en nombre de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Demócrata Cristiano, relativo a la situación que afecta a los comuneros, ganaderos y agricultores de Coquimbo, La Serena, Ovalle, Elqui y Monte Patria, con motivo de las últimas heladas y sequías registradas en esa zona 9/12.- Oficios del señor Ministro de Agricultura, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, respecto de las materias que se señalan: Del señor Aguilera, don Luis, acerca de la expropiación de la Hacienda Conchalí, de la comuna de Los Vilos Del señor Rodríguez, don Manuel, relacionado con la conveniencia de expropiar la Hacienda San Alberto y los fundos El Puente y El Sauce, de la provincia de O'Higgins Del mismo señor Diputado, referente a la expropiación del fundo Las Petacas, de la provincia de O'Higgins Del señor Rosselot, sobre la necesidad de otorgar créditos a largo plazo para reforestación de la zona de Angol 13.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en el proyecto de ley remitido por el Senado, que rehabilita en su nacionalidad chilena a don Juan Román Swier 14/21.- Mociones con las cuales los señores Diputados que se indican inician los siguientes proyectos de ley: La señora Marín, que modifica la ley N° 11.170 sobre Reclutamiento El señor Marambio, que autoriza a la Municipalidad de Pichilemu para contratar empréstitos El mismo señor Diputados, que señala normas para el pago de la semana corrida a los obreros agrícolas Los señores Sbarbaro y Jerez, que autoriza a. la Municipalidad de Tomé para contratar empréstitos Los señores Morales, don Carlos; Cabello, Fuentes, don Samuel, y Poblete, que faculta a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas para otorgar préstamos a los pensionados del Departamento de Periodistas y Fotograbadores El señor Torres, que denomina Gabriela Mistral la Comuna de Paihuano del Departamento de Elqui, Provincia de Coquimbo . El señor Ballesteros, que concede pensión a don Jerónimo Lazcano Lucero El señor Pareto, que otorga diversos beneficios a don Belarmino Quijada Ríos 22.- Presentaciones 23.- Peticiones de oficios III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES Las actas de las sesiones 36º, 37º, 38º, 39º, y 40º ordinarias, celebradas en martes 29 de agosto, la primera, en miércoles 30, las tres siguientes, y en jueves 31, la última, de 16 a 19, de 14.45 a 16, de 16 a 19,15, de 20,15 a 22.30 y de 16 a 21 horas, respectivamente, se dieron por aprobadas por no haber merecido observaciones. IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- OFICIO DEL SENADO. "Nº 3.025. Santiago, 5 de septiembre de 1967. En relación con la petición de esa Honorable Cámara en orden a devolver los antecedentes acompañados al proyecto de ley, originado en esta Corporación, que concede una pensión de gracia a doña Zunilda Jara Gutiérrez, el Senado acordó, en sesión de 30 de agosto último, en conformidad con las disposiciones reglamentarias vigentes, acceder a otorgar copia autorizada de los documentos respectivos. Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.391, de fecha 11 de agosto de 1967. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Salvador Allende Gossens. Pelagio Figueroa Toro". 2.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR. "Nº 1.948. Santiago, 4 de septiembre de 1967. Por oficio Nº 10.918, de 1º de agosto último, V. E., tuvo a bien dar a conocer a esta Secretaría de Estado la petición formulada por el Honorable Diputado don Sergio Fernández Aguayo, en orden a obtener una mayor vigilancia policial en el sector donde se encuentra ubicada la Po blación "Venecia", de la Comuna La Cisterna. Al respecto, la Dirección General de Carabineros, por nota N° 17.348, de 31 de agosto del año en curso, ha manifestado que se ha dispuesto intensificar la vigilancia policial en la mencionada Población, durante los servicios habituales y mediante rondas masivas extraordinarias, de preferencia los días viernes, sábados y domingos. Agrega, que la vigilancia mejorará en dicho sector en un futuro próximo, con motivo de la construcción del cuartel de la 22ª Comisaría "La Cisterna", en Gran Avenida esquina de Inés Rivas, lugar cercano a la citada Población. Agradeceré a V. E. quiera tener a bien poner lo anterior en conocimiento del Honorable Diputado don Sergio Fernández Aguayo. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 3.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR. "Nº 1.958. Santiago, 5 de septiembre de 1967. Por oficio Nº 560, de 11 de agosto último, el Gobernador del departamento de Castro, en relación con la Cooperativa de Consumos Chiloé Ltda., expresa a este Ministerio la siguiente: "Con fecha 22 de julio se recibió el telegrama Nº 1.879, del señor Subsecretario del Interior, por el cual solicita un informe sobre la Cooperativa de Consumos Chiloé Ltda. Con esa misma fecha se envió al Servicio de Investigaciones, por providencia Nº 308, cuyo informe fue evacuado por oficio Nº 165, de fecha 31 de julio, el que fue enviado al Ministerio del Interior, por oficio Nº 540, de esa misma fecha, informado favorablemente". El mencionado oficio Nº 540, fue remitido por esta Secretaría de Estado al Mi nisterio de Economía el 7 de agosto recién pasado. Lo que me cabe el honor de poner en conocimiento de V. E. y del Honorable Diputado señor Raúl Morales Adriasola, en atención al oficio Nº 10.006, de esa Honorable Cámara. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 4.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR. "Nº 1.960. Santiago, 5 de septiembre de 1967. Por oficio Nº 10.832, de 25 de julio del año en curso, V. E. tuvo a bien dar a conocer a esta Secretaría de Estado la petición formulada por el Honorable Diputado don Juan Turna Masso, en orden a que se estudiara la posibilidad de obtener la adopción de una serie de medidas en favor del servicio de vigilancia policial de la ciudad de Loncoche. Al respecto, cúmpleme remitir a V. E., para su conocimiento y el del Honorable Parlamentario señor Turna Masso, la nota Nº 17.182, de 30 de agosto de 1967, en la que la Dirección General respectiva informa sobre el particular. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 5.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR. "Nº 1.959. Santiago, 5 de septiembre de 1967. Por oficios Nºs. 9.198 y 9.399, de 1? de febrero y 12 de abril del año en curso, respectivamente, V. E„ a petición de los Honorables Diputados señores Carlos Síyori A. y Fernando Ochagavía V., solicitó obtener la electrificación de Villa El Tijeral, departamento de Angol, y una investigación de las causas que motivan la mala atención del servicio telefónico en Talagante. Al respecto, me es grato remitir, para conocimiento de V. E. y de los Honorables Parlamentarios mencionados, los oficios Nºs. 4.311 y 4.312, de 31 de agosto último, de la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas, por los que se informa sobre el particular. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 6.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMICO, FOMENTO Y RECONSTRUCCION. "Nº 931. Santiago, 4 de septiembre de 1967. En respuesta a su oficio de la referencia en el que solicita se adopten medidas tendientes a solucionar los problemas económicosociales que afectan a la provincia de Coquimbo y que son de la competencia de este Ministerio. Sobre el punto 3, la Subsecretaría de Transportes, por oficio Nº 707, de 10 de agosto de 1967, ha informado que la Empresa de Ferrocarriles del Estado no puede hacer ningún tipo de rebajas en los fletes que cobra, salvo en el caso de ser subvencionada, por el Ministerio correspondiente, en este caso el Ministerio de Agricultura. Con respecto al punto 5, sírvase encofrar adjunto copia del oficio Nº 12.794 de 7 de agosto en curso, de la Empresa de Comercio Agrícola en el que da respuesta a lo solicitado. Dios guarde a US. (Fdo.) : Domingo Santa María Santa Cruz". 7.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEFENSA NACIONAL. "Nº 1.483. Santiago, 4 de septiembre de 1967. A Su Excelencia el Presidente de la Cámara de Diputados Presente. Cúmpleme acusar recibo de su oficio Nº 9.975, de 19 de mayo del año en curso, por medio del cual, y a petición del señor Diputado don Raúl Barrionuevo, solicita el licénciamiento del Conscripto Raún Leyton Hidalgo, de dotación del Regimiento Dolores, de Iquique. Sobre el particular, me es grato informar a US., que el mencionado Conscripto fue licenciado con fecha 31. VIII. 1967. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Juan de Dios Carmona Peralta". 8.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA. "Nº 1.267. Santiago, 30 de agosto de 1967. Tengo el agrado de dar respuesta a su Oficio Nº 10.715, de 27 de julio ppdo., remitido a nombre de los Honorables Diputados del Comité Demócrata Cristiano, por el que solicitaba US. se adoptaran las medidas tendientes a prestar ayuda a los comuneros, ganaderos y agricultores de Coquimbo, La Serena, Ovalle, Elqui y Monte Patria, a quienes afectaron gravemente las heladas y sequías registradas en esa zona. Sobre el particular, puedo manifestar a US. que los problemas en referencia fueron analizados en sendas reuniones sostenidas en los Gabinetes del Ministro infrascrito y del señor Subsecretario del Interior, a las que concurrieron agricultores, autoridades administrativas y parlamentarias de la provincia de Coquimbo, y el señor Subsecretario de Agricultura. Como resultado de tales reuniones se acordaron las siguientes medidas: 1.Que la Dirección General de Obras Públicas realizaría trabajos de mantención de caminos que permitirán absorber la cesantía, junto con otras obras cuya ejecución ya se ha comenzado o se iniciará en los próximos días. 2.Que el Banco del Estado otorgaría créditos especiales a los agricultores para la compra de forraje, con mandamiento de un 100% a doscientos setenta días. 3.Que la Empresa de los FF. CC. del Estado rebajaría en un 50% el valor de los fletes de forraje a la zona. Al respecto, cabe tener presente que con fecha 31 de julio ppdo., según lo informa dicha Empresa, se inició la tramitación del decreto supremo correspondiente que concede esa rebaja con cargo fiscal. 4.Que el Instituto de Desarrollo Agropecuario concurriría con créditos especiales para los pequeños agricultores de la zona. En lo que respecta a forraje del ganado, dicho Instituto nos informó, con fecha 22 de agosto ppdo., haber contemplado, para el período agrícola 1967 1968, dentro del Programa de Crédito Agrícola Comunitario, doscientos mil kilos de Heno de Alfalfa para esa provincia, originarios de la misma zona, y que, con posterioridad, a raíz de la sequía, dicho Programa se complementó con doscientos mil kilos más de forraje, que se despacharon desde Santiago. 5.Finalmente, fueron puestos a disposición para ir en ayuda de los comuneros de esta región, los recursos del Programa Mundial de Alimentos. Saluda atentamente a Ud. (Fdo.) : Hugo Trivelli F.". 9.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA. "Nº 1.302. Santiago, 5 de septiembre de 1967. Tengo el agrado de dar respuesta a su Oficio Nº 10.592, de 14 de julio de 1967, por medio del cual se sirve US. solicitar la expropiación de la Hacienda ''Conchalí", ubicada en la Comuna de Los Vilos, provincia de Coquimbo. Al respecto y de acuerdo con lo informado por la Corporación de la Reforma Agraria, me es grato manifestar a US. que los antecedentes fueron remitidos a la Dirección Zonal correspondiente de dicha Corporación, a objeto de que considere y estudie la posibilidad de integrar el mencionado predio al proceso de Reforma Agraria. Saluda atentamente a US. . (Fdo.) : Hugo Trivelli F.". 10.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA "Nº 1304.Santiago, 5 de septiembre de 1967. Me es grato dar respuesta a su Oficio Nº 10835, de 25 de julio de 1967, medianai cual se sirve US. solicitar la expropiación de la Hacienda "San Alberto" y de los Fundos "El Puente" y "El Sauce", ubicados en la Provincia de O'Higgins. Sobre el particular y de acuerdo con lo informado por la Corporación de la Reforma Agraria, tengo el agrado de manifestar a US. que los antecedentes fueron enviados a la Dirección Zonal correspondiente de dicha Corporación, a objeto de que considere y estudie la posibilidad de integrar los mencionados predios al proceso de Reforma Agraria. Saludo atentamente a US., (Fdo.) : Hugo Trivelli F". 11.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA "Nº 1303.Santiago, 5 de septiembre de 1967. Tengo el agrado de dar respuesta a su Oficio Nº 10669, de 18 de julio ppdo., por medio del cual se sirve US. solicitar la expropiación del Fundo "Las Petacas", ubicado en la comuna de Olivar, provincia de O'Higgins. Al respecto y de acuerdo con lo informado por la Corporación de la Reforma Agraria, me es grato comunicar a US. que los antecedentes fueron remitidos a la Dirección Zonal correspondiente de dicha Corporación, a fin de que considere y estudie la posibilidad de integrar el predio en referencia al proceso de Reforma Agraria. Saluda atentamente a US., (Fdo.) : Hugo Trivelli F". 12.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA "Nº 1305.Santiago, 5 de septiembre de 1967. Me es grato dar respuesta al oficio N* 10711, de 20 de julio último, mediante el cual SS. tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, observaciones formuladas por el Honorable señor Diputado don Fernando Rosselot Jaramillo, acerca de la necesidad de que la Corporación de Fomento de la Producción, otorgue créditos a largo plazo para reforestación en la zona de Angol. Sobre el particular cúmpleme manifestar a SS., que actualmente la Corporación de Fomento tiene en operación una línea especial de crédito destinada a financiar programas de reforestación con fines de utilización industrial, a la cual pueden recurrir los pequeños, medianos y grandes agricultores y reforestadores. El plazo de restitución de estos créditos varía entre 6 y 18 años, con una tasa de interés anual de 7%. Para el caso de préstamos inferiores a Eº 100.000, y siempre que no se trate de empresas industriales forestales y madereras, se aplica un reajuste equivalente sólo al 25% del monto total del .préstamo, según la variación del índice de precios al por mayor de productos nacionales en su rubro industrial. El otorgamiento de estos préstamos no está condicionado a que sean garantizados con aval, sino que normalmente se acepta como garantía la hipoteca del mismo terreno donde se ejecuta el programa de reforestación que motiva el crédito. Como antecedentes de origen general, debe destacarse que para aprovechar en la mejor forma posible los recursos económicos disponibles, como igualmente, pa ra adecuar los préstamos de reforestación al programa de desarrollo general de las industrias forestales o madereras, evitando una dispersión más allá de lo conveniente en materia de inversiones forestales y asegurando el abastecimiento de materia prima para aquellas industrias existentes o próximas a instalarse, la Corporación de Fomento ha establecido, conjuntamente con el Instituto Forestal, un orden de prioridad de las zonas susceptibles a reforestar, asignándose la primera prioridad a aquellas que son tributarias a industrias existentes, o donde hay estudios avanzados para el establecimiento de nuevas industrias forestales utilizadoras de madera, o, finalmente aquellas zonas donde existan condiciones favorables para desarrollar, en un futuro cercano, industrias que utilizan como fuente de materia prima la madera generada en las plantaciones forestales. Por lo tanto, junto con posibilitar el financiamiento de los planes de reforestación, es necesario programar y orientar convenientemente las futuras plantaciones, tanto para asegurarle a los forestadores un mercado para sus productos, como para lograr que este tipo de inversiones, generalmente a largo plazo, resulten económicamente atractivas. Es por ello, que la Corporación de Fomento al calificar las solicitudes de préstamos para reforestación excluye aquellas peticiones que contemplan plantaciones ubicadas fuera de zonas de importancia, como igualmente las que no son de tipo comercial, ya sea porque corresponden a bosques de protección, o son áreas demasiado pequeñas o aisladas. Como Angol corresponde a una zona que interesa reforestar, las personas de la Asociación de Pequeños y Medianos Agricultores de Angol, que estén interesados en obtener préstamos para reforestación, pueden dirigirse a la oficina de la Corporación de Fomento ubicada en la ciudad de Angol, para que se les estudie las peticiones de crédito que soliciten. Una vez se reciba, en este Ministerio, los informes relacionados con la labor de asistencia técnica y crediticia que realiza al Instituto de Desarrollo Agropecuario en la zona, se dará respuesta a las observaciones formuladas por el Honorable señor diputado don Fernando Rosselot en este sentido. Saluda atentamente a SS., (Fdo.) : Hugo Trivelli F." 13.- INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros acerca de un proyecto de ley, remitido por el H. Senado, por el cual se rehabilita en su nacionalidad chilena a don Juan Román Zwier. De los antecedentes que rolan en el expediente respectivo consta que el señor Román Zwier nació en Rotterdam, Holanda, el 28 de diciembre de 1902, y sus padres fueron don Juan Ramón Román Carvajal y doña Jeannete Constancia Elisabeth Zwier de Román. La nacionalidad chilena del señor Román Zwier emana de lo dispuesto por el artículo 5º, Nº 2º, de la Constitución Política del Estado, que determina que son chilenos los hijos de padre o madre chilenos nacidos en el extranjero, por el sólo hecho de avecindarse en Chile. La inscripción de nacimiento lleva el Nº 2.165, del 30 de noviembre de 1943, y se practicó, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 110 del Reglamento Orgánico del Registro Civil, en la circunscripción de Recoleta del departamento de Santiago. Desde el año 1925 a 1930, se desempeñó el señor Román Zwier como Canciller del Consulado General de Chile en Hamburgo, y desde 1930 a 1934, como Cónsul Honorario de Chile en Stuttgart, Alemania, servicios que se acreditan con un certificado emanado del Jefe del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Con fecha 2 de agosto de 1951, se dirigió el señor Román Zwier, en compañía de su cónyuge chilena doña Ermelinda Salazar Cruzat y de su hijo, don Juan Ramán Salazar, a Venezuela, en donde prestó servicios en el Ministerio de Agricultura y Cria, en calidad de bibliotecario traductor, primero como contratado y más adelante con nombramiento en planta, por espacio de 12 años. Y para servir en esta última calidad es que debió adquirir la nacionalidad venezolana. Con fecha lº de diciembre de 1963, fue declarado vacante el cargo que tenía el señor Román Zwier, y regresó a Chile, conjuntamente con su cónyuge e hijo, ambos de nacionalidad chilena. Expresa el peticionario que, la adopción de la nacionalidad venezolana fue sólo por razones de trabajo, y hallándose de regreso en nuestro país, desea recuperar los beneficios de la nacionalidad chilena y poder ejercer su profesión de traductor de los idiomas que domina, que son el inglés, el alemán y el holandés, para poder dar a su familia el sustento que merecen. La Comisión concordó con el criterio del H. Senado, en cuanto a la conveniencia de otorgar la rehabilitación chilena pedida, en conformidad a lo establecido en el inciso penúltimo del artículo 69 de nuestra Carta Fundamental . Sin embargo, con el propósito de alejar toda duda sobre posible subsistencia de la nacionalidad venezolana, ante lo dispuesto por el artículo 39, número lº de la Constitución de la República de Venezuela, ha estimado conveniente agregar al proyecto de ley un inciso segundo, en su artículo único, en virtud del cual el interesado deberá renunciar, por escritura pública, a dicha nacionalidad, dentro del término de 120 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Por las razones expuestas, y las que en su oportunidad, os dará a conocer el señor Diputado Informante, vuestra Comisión os propone la aprobación de esta iniciativa legal concebida en los siguientes términos Proyecto de ley: "Artículo único. Rehabilítase en su nacionalidad chilena a don Juan Román Zwier, que la perdiera con motivo de su nacionalidad en Venezuela. Para gozar de este beneficio el interesado deberá previamente, renunciar a la nacionalidad adquirida, por escritura pública, dentro del plazo de 120 días contado desde la vigencia de la presente ley." Sala de la Comisión, a 5 de septiembre de 1967. (Fdo.) : Ricardo Valenzuela. Víctor González Osvaldo Giannini". Acordado en sesión 103º, de igual fecha, con asistencia de los señores Giannini (Presidente), González, don Víctor; Iglesias, Morales, don Carlos; Naudon, Silva, don Ramón; Tejeda, y Valenzuela, don Ricardo. Se designó Diputado Informante al señor Silva, don Ramón. (Fdo.) : Eduardo Mena Arroyo. Secretario". 14.- MOCION DE LA SEÑORA MARIN "Honorable Cámara: La Ley Nº 11.170, llamada Ley de Reclutamiento y su reglamento dictado por D. S. Nº 4.200 de 1955 y sus modificaciones posteriores, establecen la obligatoriedad del servicio militar. Esta obligación, recae fundamentalmente sobre los jóvenes de nuestra patria, quienes año en año cumplen con lo ordenado por la ley inscribiéndose en los registros militares y, gran parte de ellos, prestando efectivamente el servicio militar. Muchos de estos jóvenes cumplen esta obligación con grandes sacrificios, en razón de que forman parte de modestas familias a la que, ya a esa temprana edad, se han visto en la necesidad de ayudar a mantener. Al mismo tiempo, durante el período de la conscripción, la gran mayoría están imposibilitados por motivos económicos, para visitar sus hogares, muchas veces distantes de la Unidad donde han sido enviados. En otras ocasiones, por los mismos motivos económicos, encuentran dificultades para salir del propio Regimiento. Se hace entonces, indispensable, que la ley tome consideración de la situación en que se encuentra un apreciable número de conscriptos y, por tanto, tienda a resolver este problema que va en perjuicio directo de los reclutados. En atención a estas circunstancias es que venimos a proponer el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley Nº 11.170: En el artículo 5º, reemplazar el punto aparte por un punto seguido, y agregar la siguiente nueva expresión: "Aquellos ciudadanos que estuvieron trabajando en el sector privado tendrán derecho además a que el empleador o patrón les continúe pagando durante este tiempo el equivalente al 75% del sueldo o salario que percibían durante el último de los trabajos antes de ingresar al servicio militar obligatorio". Después del artículo 59, agregar lo siguiente como artículo nuevo: "Artículo 5º bis.- "Las personas que se encuentran actualmente prestando el servicio militar obligatorio tendrán pasajes liberados en los vehículos de locomoción colectiva. Asimismo gozarán de este beneficio en las empresas de locomoción colectiva intercomunales o interprovinciales, aquellas personas que con motivo del cumplimiento que les impone la presente ley, hayan debido trasladarse de un lugar a otro del territorio nacional". Agregar en el inciso 2º del artículo 24, en junto seguido, lo siguiente: "Con todo el Jefe de la Unidad o repartición respectiva podrá licenciar antes de transcurridos los períodos señalados, según el caso, una vez que el conscripto haya cumplido con la Revista de Reservas." En el artículo 38, después del punto final, agrégase lo siguiente en punto aparte: "Podrá asimismo eximirse totalmente de la obligación de prestar el servicio militar a aquellas personas que, previo informe de la Visitadora Social respectiva, sean hijos únicos de madre soltera, viuda o inválida y, en general, cuando no puedan dejar de cooperar económicamente con sus familias sin grave perjuicio para ellas". En el artículo 39, entre las palabras "cumplimiento" y "del" en el inciso primero, intercalar las siguientes "o la eximición". En el artículo 84, reemplázase la palabra "podrá" por "deberá" y se agrega al final después de la "coma" (,) lo siguiente : "según informe de la Visitadora Social". Artículo 2ºEsta Ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial. (Fdo.) : Gladys Marín Mülie". 15.- MOCION DEL SEÑOR MARAMBIO "Honorable Cámara: Las autoridades edilicias de la progresista comuna Balneario de Pichilemu, se encuentran empeñadas en una vasta labor de adelanto local a fin de que ese hermoso lugar se encuentre en condiciones de servir eficazmente a los miles de veraneantes que no solo de la provincia de Colchagua, sino que de todas partes, acuden allí en busca de reparador descanso. De otra parte, sabemos que Pichilemu tiene bastante importancia como productor de sal marina (Cáhuil) y también como región ganadera (crianzas, ovejería) sin dejar atrás sus actividades marinas de la pesca y sus posibilidades siempre postergadas de llegar a ser Puerto Menor. En una de sus últimas sesiones la I. Municipalidad de Pichilemu, con asistencia de la totalidad de sus integrantes que concurrieron con sus votos, acordó solicitar se le autorice para la contratación de un empréstito por la suma de Eº 150.000. (Ciento cincuenta mil escudos) a objeto de destinarlos a la prolongación del alumbrado 'eléctrico en el sector de Cáhuil a la Villa, a la construcción de la Casa del Deporte y de una Plaza Pública en Pichilemu. Para este efecto, se ha acordado solicitar la expropiación de los terrenos de la manzana A, del plano protocolizado en San Fernando el año 1937; terrenos cuyos propietarios son los siguientes: Suc. Julio Arriagada, Rol 472. Arturo Riveros, Rol 473. Sara Rojas y otra, Rol 474. El artículo 44 de la ley 16.391 dispone que los Municipios podrán contratar empréstitos para obras de mejoramiento urbano. Tal es el caso de la I. Municipalidad de Pichilemu, que hemos reseñado, por lo cual vengo en proponer el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Pichilemu para contratar con el Banco del Estado de Chile un empréstito por la suma de Eº 150.000 destinado a cubrir los gastos de la extensión del servicio de alumbrado público en el sector CáhuilLa Villa, al establecimiento de la Casa del Deporte y al pago de la expropiación de los terrenos particulares de la manzana A del plano de la población de Pichilemu, a objeto de formar en ellos una plaza pública. Artículo 2º.- Declárase de utilidad pública para los efectos de su expropiación los terrenos a que se refiere el artículo anterior de propiedad de la Suc. Julio Arriagada (rol 472), Arturo Riveros (rol 473) y Sara Rojas y otra (rol 474). Artículo 3°.- Con el fin de atender al servicio de intereses y amortizaciones del empréstito a que esta ley se refiere, establece una contribución adicional del dos por mil sobre la. contribución de Bienes Raíces de la comuna de Pichilemu, que regirá desde el semestre siguiente a la promulgación de esta ley y hasta la total cancelación del empréstito, para cuya concesión el Banco del Estado no estará sujeto a las limitaciones o restricciones de su giro ordinario. La presente ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial. (Fdo.) : Joel Marambio P." 16.- MOCIÓN DEL SEÑOR MARAMBIO "Honorable Cámara: Por ley Nº 16.250 de 1965 se extendió al sector campesino el beneficio del salario mínimo. Por ley Nº 16.611 de 1967 se hizo aplicable al mismo sector campesino el derecho al pago de salario durante los días de lluvia y se reafirmó la legislación sobre la semana corrida. Pues bien, este último beneficio para los trabajadores agrícolas, se les ha concedido con una seria limitación que los perjudica gravemente en sus intereses. Tal limitación consiste en que la semana corrida se paga a los campesinos únicamente en la parte de los salarios que ellos perciben en dinero. Sabido es que los trabajadores agrícolas tienen una remuneración compuesta de las llamadas regalías y otros beneficios compensatorios, y otra parte se paga en dinero. Entre las regalías están ciertos alimentos que recibe el trabajador, como ser: ración de fréjoles, harina o pan (galleta), talaje, casa y huerto, etc. Si la razón moral que se tuvo en vista para establecer el pago de la "semana corrida", es la que el trabajador debe mantenerse, tiene que comer él y su familia durante los días festivos, no se ve qué razón valedera pueda haberse invocado para mermarle a ese derecho, concomitante con la sustentación del obrero, una porción de su eficacia, lo que no sucede con el resto de los trabajadores, como si los campesinos y sus familiares, durante los, días festivos solo tuvieran una parte de las necesidades corrientes de subsistencia. Es una contradicción y una injusticia que creemos no precisa de mayores justificaciones ni explicaciones para remediarla. Por tal razón, es que a nombre del partido Socialista de Chile, presentamos el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- A partir de la vigencia de la presente ley, la semana corrida de los trabajadores agrícolas se pagará sobre el total del salario en dinero, en especies, y en regalías u otros beneficios según el avalúo que éstos tengan para la previsión social de los trabajadores. La presente ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial. Saluda Atte. a Ud. (Fdo.) : Joel Marambio P." 17.- MOCION DE LOS SEÑORES JEREZ Y SBARBARO "Honorable Cámara: La I. Municipalidad de Tomé ha tomado el acuerdo de solicitar la dictación de una ley que la autorice para la contratación de préstamos por la suma de Eº 600.000 a fin de ejecutar obras y labores extraordinarias dentro de la Comuna. En consideración a lo anterior, venimos en presentar el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Tomé para, contratar directamente con el Banco del Estado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otros organismos de créditos nacionales, uno o más empréstitos hasta por la cantidad de Eº 600.000 (seiscientos mil escudos). El interés que se convenga no puede ser en ningún caso superior al corriente bancario y la amortización de la o de las deudas, se hará de manera que se extingan en un plazo no mayor de diez años. Artículo 2º.- Facúltase al Banco del Estado u otras instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo primero, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes o reglamentos. Artículo 3º.- El producto del o de los empréstitos autorizados contratar por la presente ley, deberán ser invertidos en los siguientes fines: INSERTAR IMG.PÁG. 3697 Artículo 4º.- Destínase con el exclusivo objeto de atender el servicio del o de los empréstitos que autoriza la presente ley, el rendimiento de la contribución territorial del uno por mil sobre el avalúo imponible de la Comuna de Tomé, a que se refiere la letra e) del artículo 2° del Dec. Nº 2.047 de fecha 29 de junio de 1965 del Ministerio de Hacienda que fijó la tasa única del impuesto territorial. Artículo 5º.- La Municipalidad de Tomé, en sesión extraordinaria especialmente citada y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras consultadas. Artículo 6º.- En caso de no contratarse los empréstitos, la Municipalidad de Tomé podrá girar con cargo al rendimiento de dicho tributo para su inversión directa en las obras a que se refiera el artículo tercero. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el préstamo se contrajera por un monto inferior al autorizado. Artículo 7°.- La Municipalidad de Tomé completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, si los recursos a que se refiere el artículo 4º fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida. Si por el contrario, hubiere excedente se destinará éste, sin nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordará la Municipalidad en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto de los dos tercios de los regidores en ejercicio. Artículo 8º.- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda, se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la. Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería General de la República, pondrá a oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde en caso que no haya sido dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9º.- La Municipalidad de Tomé depositará en la cuenta de depósito fiscal F26, Servicio de Empréstitos y Bonos, los recursos que destina esta ley al servicio del o de los préstamos, y la cantidad que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad de Tomé deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del empréstito, y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo tercero de la presente ley. (Fdo.) .Víctor Sbarbaro Campos.Alberto Jerez Horta". 18.- MOCION DE VARIOS SEÑORES DIPUTADOS "Honorable Cámara: Los jubilados de la prensa, comprendiendo en ellos, a los ex periodistas, fotograbadores e Imprentas de Obras, afectos al régimen previsional de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, gozan de pensiones sumamente bajas que distan de los sueldos en actividad. La falta de financiamiento de la Ley de Revalorización de Pensiones, impide, por otra parte, que estas pensiones recuperen, siquiera en parte, el poder adquisitivo que ellas tenían al momento en que fueron concedidas. Mientras se estudia un Proyecto de Ley que dé una solución definitiva a este sector de nuestra ciudadanía, es necesario arbitrar las medidas para dar una solución parcial a este gravísimo problema; por ello, venimos en presentar a la Honorable Cámara un proyecto de ley que ordene a ¡a Caja de Empleados Públicos, a través de su Departamento de Periodistas, otorgue a estos ex servidores un préstamo. Debemos hacer presente a la Honorable Cámara que el Departamento de Periodistas, tiene excedentes importantes que alcanzan según informaciones responsables a Eº 5.000.000. Por otra parte, el desembolso que significaría para la Caja este proyecto no sube de Eº 480.000 que se recuperarían al cabo de tres años. En estas circunstancias, venimos en someter a la consideración de la Honorable Cámara el siguiente Proyecto de ley: Artículo Único.- La Caja. Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, otorgará a los pensionados del Departamento de Periodistas, Fotograbadores e Imprentas de Obra, un préstamo equivalente a dos meses de pensión, con un máximo de Eº 800. Este préstamo devengará un interés del 6% anual y se reembolsará en 36 meses. (Fdo.) : Orlando Poblete. Samuel Fuentes. Jorge Cabello. Carlos Morales. 19.- MOCION DEL SEÑOR TORRES Artículo 1º.- Denomínase Gabriela Mistral la Comuna de Paihuano del Departamento de Elqui, de la provincia de Coquimbo, manteniendo su actual distribución administrativa. Artículo 2°.- Suprímese el inciso primero de la ley 14.693 de 28 de noviembre de 1961. Modifícase el artículo 2º de la misma ley en la forma, siguiente: Reemplázase la expresión "los días 10 de enero de 1962 a 1972 por lo siguiente: en el mes de abril de cada año se efectuara una colecta Pública Nacional destinada a erogar fondos para la mantención y hermoseamiento del predio en que se encuentra el mausoleo erigido a Gabriela Mistral en la localidad de Monte Grande de la comuna de Paihuano del departamento de Elqui de la provincia de Coquimbo. Reemplazará el inciso 2° del mismo artículo por el siguiente: La organización de dichas colectas corresponderá a un Comité integrado por el Director de Educación Primaria y Normal, por un miembro de la Sociedad Nacional y Profesores y por el Intendente de la Provincia de Coquimbo o sus representantes. (Fdo.) : Mario Torres. 20.- MOCION DEL SEÑOR BALLESTEROS “Proyecto de ley: Artículo 1°.- Concédese por gracia una pensión vitalicia de un sueldo vital de Santiago, escala A, al señor Jerónimo Lazcano Lucero. El gasto correspondiente se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros Reyes. 21.- MOCION DEL SEÑOR PARETO “Proyecto de ley: “Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Belarmino Quijada Ríos, el derecho a modificar para todos los efectos legales el Decreto Supremo N 4461, de fecha 30 de agosto de 1941, que le concedió el retiro,en la frase que dice “por imposibilidad física” por la de “invalidez de segunda clase” El gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de pensiones del Ministerio de Hacienda. (Fdo.): Luis Pareto G.” 22.- PRESENTACIONES Con la primera, el Honorable señor Guastavino solicita permiso constitucional para ausentarse del país por su plazo superior a 30 días, a partir del 7 del presente. Con las restantes las personas que se indican, solicitan los beneficios que se señalan: Doña Gertrudis Bascuñán Olavarría viuda de Paillás, pensión. Doña María Therese González Eicher, aumento de pensión. Don Rubén Correa Ortega, pensión. Doña Ana Lira León, pensión. Don Robustiano Pizarro Enríquez, abono de tiempo. Don Víctor Rivera Paredes, pensión. Don Acricio Aravena Aravena, pensión. Doña Florentina Bustamante viuda de Cruz, pensión. Don Armando Cortínez Mujica, diversos beneficios. Don José Miguel Delgado Maidana, diversos beneficios. Don Emilio Facundo Espinoza Espinoza, pensión. Doña Graciela Fuentes vda. de Chanks, aumento de pensión. Don Osvaldo Enríquez Páez Lorca, pensión. Don José Luis Sánchez Caballero, aumento de pensión; y Don Juan Domingo Soto Ramírez, pensión. 23.- PETICIONES DE OFICIO. Los oficios correspondientes a esta sesión, aparecen al final de los Documentos de la Cuenta de la Sesión 53º. V.- TEXTO DEL DEBATE. Se abrió la sesión a las 16 horas 15 minutos. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. Las Actas de las sesiones 36º, 37º, 38º, 39º y 40º quedan aprobadas por no haber merecido observaciones. Se va a dar lectura a la Cuenta. El señor Prosecretario da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. 1.- PERMISO CONSTITUCIONAL El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- El señor Guastavino solicita permiso constitucional para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar desde el 7 del presente mes. Si le parece a la Sala, se concederá este permiso. Acordado. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- El señor Turna solicita 5 minutos para rendir un homenaje; el señor Montt, 5 minutos; el señor Pareto, 3 minutos; la señora Lazo, 4 minutos; y el señor Acuña, 2 minutos. El señor LAVANDERO.- No, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- No. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- No hay acuerdo. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para despachar y votar sin debate los proyectos que figuran en la Tabla de Fácil Despacho. El señor OCHAGAVIA.- No hay acuerdo, señor Presidente. El señor BUZETA.- ¿Se pueden formular indicaciones? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- No hay acuerdo. 2.- MODIFICACION DE LA LEY Nº 12.401, PARA REBAJAR EL APORTE DE LOS EMPLEADOS PARTICULARES JUBILADOS AL FONDO COMUN DE ASIGNACION FAMILIAR El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En la Tabla de Fácil Despacho, corresponde tratar el proyecto, que figura en primer lugar, que modifica la ley Nº 12.401, con el objeto de rebajar del aporte de los pensionados de la Caja de Previsión de Empleados Particulares al Fondo Común de Asignación Familiar. El proyecto figura en el boletín Nº 10.758. Corresponde dirimir el empate producido en la votación de una indicación en conformidad con el artículo 158 del Reglamento. El señor Secretario dará lectura a la indicación cuya votación quedó pendiente. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los Honorables señores Godoy Urrutia, Acevedo y Tejeda, para agregar un inciso que diga: "Las disposiciones precedentes se aplicarán también a los empleados jubilados de la Administración Pública, imponentes de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas." El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En votación. Durante la votación: El señor ACEVEDO.- ¡No se atreven a mostrar las manos! El señor CARDEMIL.- ¡Lo que quieren es que no se apruebe el proyecto! El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¡No quieren que se apruebe el proyecto! ¡Que quede constancia en acta: los socialistas, comunistas y radicales están en contra del proyecto de los empleados particulares jubilados! Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 30 votos. El señor LORCA don Alfredo (Presidente).- Rechazada la indicación. Se va a leer otra indicación. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Silva Ulloa, Osorio, Monares y Cardemil para agregar un inciso que diga: "Se faculta al Honorable Consejo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares para destinar un excedente anualmente sin perjuicio de la reserva legal, a reliquidar el monto de la asignación familiar del año precedente". El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En votación el artículo con la indicación. Si le parece a la Sala se dará por aprobado. Aprobado. Terminada la votación del proyecto. 3.- CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTISTAS PROFESIONALES El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto que crea el Registro Nacional de Transportistas Profesionales. Diputado informante de la Comisión de Economía y Comercio es el señor Sanhueza. El proyecto figura en el boletín Nº 10.605. En discusión general y particular el proyecto. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PARETO.- Despachémoslo sin debate. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, parece que la intención de la Sala era despachar los proyectos de la Tabla de Fácil Despacho sin debate… El señor SANHUEZA.- Exactamente. El señor ACEVEDO.- … pero no hubo acuerdo para ello. En consecuencia, este proyecto debe despacharse con debate, y si algún señor Diputado pide la palabra, hace uso de un derecho reglamentario. Los Diputados de estos bancos votaremos favorablemente este proyecto. Por mi parte sólo quiero pedir una aclaración al señor Diputado informante acerca del artículo 7º. El artículo 4º indica los requisitos que deberán acreditarse para la inscripción en el Registro. Y el 7º establece que "la infracción a las disposiciones de la presente ley será sancionada con multa de un sueldo vital mensual del departamento de Santiago, a beneficio de la Municipalidad respectiva...", etcétera. Según la redacción de este artículo, esta multa se aplicaría a las personas que no estuvieren inscritas en el Registro Nacional de Transportistas; es decir, a los chóferes profesionales cuyo trabajo habitual es el transporte o a los propietarios de camiones dedicados al transporte de mercancías ajenas. Entonces, si se trata de esas personas, evidentemente el artículo seria concordante con el propósito del proyecto. Pero si se trata de otras personas a las cuales se les sorprende, en cualquier ruta del país, conduciendo un vehículo de transporte con mercancías ajenas, ellas también estarían sujetas a las multas que impone el artículo 7º. Naturalmente, esto constituirá un problema gravísimo en algunas zonas del país, sobre todo en el sur, donde un chofer que no esté inscrito en este Registro comúnmente los hay, sea porque no haya alcanzado a hacerlo o sea, porque ha tenido otras dificultades deberá sufrir la sanción que aquí se indica. "Conocerá de la infracción a que se refiere este artículo el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se sorprenda la infracción y el juez en lo criminal, en su caso. Habrá acción pública para denunciar estos hechos." De modo que el artículo 7º representa una sanción demasiado severa para quien maneje un vehículo de transporte de carga y no esté inscrito en el Registro Nacional de Transportistas. En otras palabras, estaría ejerciendo una profesión para lo cual no está autorizado y ello significaría una infracción a la legislación que crea este colegio de transportistas. Sólo quería hacer estas consultas al señor Diputado informante. Si acaso el artículo no encierra los peligros a que he hecho mención, de acuerdo con el criterio del autor del proyecto, no tendremos ningún inconveniente en darle nuestros votos favorables. El señor SANHUEZA.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado informante señor Sanhueza. El señor SANHUEZA.- Señor Presidente, la verdad es que, con el objeto de que pudiéramos despachar rápidamente la Tabla de esta sesión, me había permitido no informar este proyecto en su totalidad; pero creo, a raíz de la consulta que ha hecho el colega Acevedo, que es importante dar a conocer cuál es la esencia del proyecto. Lo que se pretende, en definitiva, es normalizar esta profesión de transportista y, prácticamente, terminar con "muchos vicios que existen en la actualidad, en desprestigio de esta profesión, que durante mucho tiempo se está desarrollando en el país; y, también, para poder cautelar y prevenir muchos abusos que se cometen en ella. La disposición del artículo 7º a que ha hecho alusión el colega, evidentemente sólo se refiere a los transportistas que están dentro del Registro y es, por lo tanto, concordante con el texto del proyecto. De ninguna manera, se podría entrar a fiscalizar a las personas que estuvieran fuera de él. Sin perjuicio de que la ley vaya permitiendo que los demás transportistas puedan incorporarse a este Registro, es el deseo nuestro, de los autores del proyecto, que esta actividad se sanee y regularice en definitiva; de modo que al cabo de cierto tiempo, todas las personas que tengan la profesión del transporte ingresen a este Registro. Una vez que figuren en él, sí infringen las disposiciones de esta ley, evidentemente van a ser sancionadas. Nada más. El señor ESCORZA.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra del Honorable señor Escorza. El señor ESCORZA.- Señor Presidente, yo también creo que este proyecto tiene varias complicaciones, que deseo que aclare el señor Diputado informante. El transporte en el país no es sólo el que efectúan los empresarios de camiones o el trabajador que es chofer de camiones, sino también hay otra gente que actúa en estas funciones de transporte, como es el caso, por ejemplo, del que maneja un vehículo motorizado para la agricultura, como los tractores, que también cumplen labores de transporte, en momentos determinados. He examinado el proyecto y veo que no dice nada al respecto. Se refiere, expresamente, a la labor de transporte camionero; o sea, éste será, más bien dicho, un registro de empresarios de camiones, pues no está muy clara la situación respecto a los chóferes. Porque si bien es cierto que éstos se rigen por las disposiciones de la Ordenanza del Tránsito, ellos también tienen un registro. Por consiguiente, nos gustaría saber qué ventajas representa esto. Yo no las veo. Es evidente que hay otras funciones de transporte que no estarían claramente definidas en el proyecto. De ahí que desearía que no fuera tan lacónico el señor Diputado informante y aclarara más sus disposiciones, porque quienes no pertenecemos a la Comisión de Economía y Comercio no tenemos mayores antecedentes sobre esta iniciativa. Tengo interés en que la legislación respecto de este registro sea seria, que tenga un valor real, de acuerdo a las funciones que desempeñan quienes se dedican a esta actividad, que es muy importe, para que la estemos considerando en una forma simplista. Creo que el transporte juega un papel extraordinario en el desarrollo económico nacional. De ahí que rogaría al colega señor Fernando Sanhueza que nos aclarara un poco más el proyecto. No obstante el interés que existe por aprobarlo, entiendo que debe ser analizado con seriedad, con el objeto de que lo que apruebe la Honorable Cámara sea útil y no efectista. El señor SANHUEZA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Sanhueza, Diputado informante y uno de los autores del proyecto. El señor SANHUEZA.- Señor Presidente, quiero responder muy brevemente. En primer lugar, tengo el honor de compartir la iniciativa de este proyecto con los colegas Morales, don Carlos; Aguilera, Pareto y otros más. Creo que su objeto está bastante claro en el texto del proyecto y en el informe de la Comisión de Economía y Comercio. Es evidente que la única manera de poder fiscalizar a un gremio de esta importancia es, justamente, registrando a aquéllos que son propietarios de camiones, o sea, a las personas que, en definitiva, son responsables de .esta actividad. En el articulado y los considerandos del proyecto están claramente expuestas las ideas que han servido a los autores de esta iniciativa para proponerla y, por lo tanto, rogaría a la Honorable Cámara que aprobara este proyecto, que va a regularizar la situación de las personas que se dedican a estas labores, quienes, desde el año 1958, constituyen un grupo muy numeroso, que ha colocado sus capitales al servicio de la producción en Chile. Nada más. El señor ESCORZA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ESCORZA.- Señor Presidente la respuesta no me satisface, porque los tractoristas no figuran en el proyecto. Realmente, como lo saben muy bien los colegas autores de esta iniciativa, muchas personas, en provincia, ejercen labores de transporte, en la agricultura y, por esta causa, tienen que pasar por las comunas. Esa gente, de acuerdo con el proyecto, no va a poder transportar artículos y productos a los centros urbanos, porque las municipalidades les exigirán que estén inscritos en el registro, de acuerdo con la ley. Por esa razón, le pediría al colega que aclarara la situación de los tractoristas y de toda aquella gente que tiene que manejar maquinaria agrícola. Yo conozco, por ejemplo, a los que trabajan en la agricultura, ya sea en los asentamientos de la reforma agraria, o para productores privados. Quisiera que la situación de todos ellos quedara debidamente aclarada en el proyecto, pues esta gente también cumple funciones de transporte. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Buzeta. El señor BUZETA.- Señor Presidente, me parece que no se justifican las dudas del señor Escorza. Como coautor de este proyecto de ley, puedo decir que en el artículo 1° queda muy claro lo que planteaba el Honorable colega, pues establece que en este registro se inscribirán las personas naturales o jurídicas que ejerzan habitualmente la actividad del transporte de mercaderías ajenas, en vehículos automotores de carga." Es decir, aquéllos que pertenezcan a una empresa agrícola y vayan a transportar materias propias no tienen la obligación de estar inscritos. En la Comisión de Economía y Comercio, que presido, este proyecto fue debatido largamente y hubo acuerdo unánime para despacharlo, principalmente por ser de interés para los chóferes que actúan en el transporte y para los pequeños propietarios que realizan este trabajo. En efecto, este registro les permitirá defenderse de aquéllas personas que sólo desempeñan esta función en forma ocasional. Es necesario, pues, que él se cree a la brevedad posible para solucionar este problema de la gente que trabaja en transportes a lo largo del país, de Arica a Puerto Montt. Solicito, señor Presidente, que se cierre el debate y se vote el proyecto de inmediato. El señor ESCORZA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Su Señoría no puede hablar más sobre este proyecto, porque ha hecho uso del tiempo correspondiente a sus dos discursos. El señor STARK.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor STARK.- Señor Presidente, creo que este proyecto viene a satisfacer una necesidad muy sentida, desde hace mucho tiempo, por aquellas personas que se dedican en forma habitual al transporte de mercaderías ajenas, como lo indica el artículo l°. Hoy día vemos flotas de camiones por todos los caminos de Chile, que desempeñan un papel muy importante en la economía del país y contribuyen a vincular las distintas zonas del país. Este Registro Nacional de Transportistas va a tener la virtud de agrupar a todas aquellas personas que tienen vehículos propios de transporte y también a los que en calidad de chóferes los conducen. De esa manera, ellos contarán con un respaldo y tendrán mayor responsabilidad en la actividad que realizan. La creación de este Registro implica, indudablemente, dictar también el reglamento del caso, a fin de que en un momento dado todo transportista se atenga a una sola reglamentación en el desempeño de sus tareas. En este momento, vemos cómo, desgraciadamente, hay muchas personas que se dicen camioneros y que no tienen respeto alguno por el resto de los mortales; se creen dueños de las rutas y provocan la mayoría de los accidentes en nuestras carreteras. En consecuencia, es conveniente que, al crearse este Registro, se dicten las disposiciones reglamentarias que precisen las responsabilidades y obligaciones de las personas dedicadas a esta profesión. Podría pensarse que los dueños de predios agrícolas que deseen transportar su propia mercadería también estarían obligados a inscribirse. En ninguna parte del proyecto se les prohíbe hacerlo; pero deberá establecerse que sus vehículos no servirán para el transporte de seres humanos, como se ve permanentemente en el campo y en los caminos. Porque los camiones no cuentan con las condiciones mínimas de seguridad para transportar gente, a la que llevan como reses y otra carga sin ningún valor. De tal manera que la Comisión de Economía y Comercio estimó que el reglamento que debe redactar la Subsecretaría de Transportes tendría que contener disposiciones que establezcan sanciones drásticas para los que no cumplan con las normas de seguridad respecto de los peatones y de la misma carga que conduzcan. Nada más. El señor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, el artículo 1º del proyecto de ley no refleja propiamente lo que parece que fue la intención de los autores del proyecto, porque en la forma en que está redactado se deduce que toda persona que se desempeñe como chofer profesional debe estar inscrito en el Registro de Transportistas y, en realidad, el chofer no es siempre transportista, sino que es un conductor del vehículo en que se hace él transporte. De tal manera que, con el Diputado señor Acevedo, hemos presentado una indicación para suprimir la frase "o se desempeñen como chóferes profesionales", ya que en la forma en que está concebida significa que toda persona natural que se desempeñe como chofer profesional debe estar inscrito en el Registro de Transportistas. Puede ocurrir que un chofer a quien se le ofrece trabajo o que accidentalmente esté a cargo de la conducción de uno de estos vehículos cometa una infracción. En tal caso, está expuesto, la primera vez, a pagar una multa y, si reincide, a sufrir, una condena de hasta 540 días de cárcel. Me parece que esto es poner demasiadas trabas a la libertad de trabajo. Nada más. El señor TUMA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor TUMA.- Señor Presidente, me parece que son justas las observaciones del Honorable colega señor Tejeda, respecto a la última frase del artículo lº. En verdad, los miembros de la Comisión de Economía y Comercio no reparamos en ello. El artículo 3° del proyecto dice: "Se entenderán por transportistas profesionales las personas naturales o jurídicas, que inscritas en el Registro respectivo, hagan del transporte de mercaderías o productos ajenos su profesión habitual". Por consiguiente, no es necesario que sean chóferes solamente, sino que también puede tratarse de dueños de camiones. Asimismo, es indispensable legislar sobre esta materia, porque existen algunas leyes y decretos que conceden ciertas franquicias para la importación de camiones a algunas firmas o empresas, que no son justamente de las que se dedican a la industria del transporte, sino a explotaciones mineras, madereras o lecheras. Esas firmas o empresas, muchas veces, como se ha podido comprobar, acogiéndose a tales franquicias internan o adquieren camiones para utilizarlos en el transporte de mercaderías, haciendo una competencia desleal a quienes trabajan verdaderamente dentro del gremio de transportistas y han pagado los respectivos derechos por los camiones adquiridos o internados. Por eso, votaremos favorablemente el proyecto, pues estimamos necesario enrolar a quienes se dedican efectivamente a las actividades del transporte. Por lo demás, se está generalizando la idea de que las personas que ejercen profesiones o pertenecen a gremios estén registrados en roles o matrículas de profesionales. Por eso, repito, estimamos necesario legislar sobre esta materia y daremos nuestros votos favorables al proyecto en debate. Nada más, El señor GODOY URRUTIA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GODOY URRUTIA.- Señor Presidente, la redacción del artículo 1º parece, en cierto modo, incompleta. Por otra parte, la razón dada para presentar este proyecto, informado por la Comisión de Economía y Comercio, no es otra, según puede deducirse, que terminar con la competencia desleal que haría un particular transportando mercaderías con un camión, sin encontrarse inscrito en el registro que deberá llevar la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Por existir hoy día en nuestro país una cantidad de empresas que se dedican exclusivamente al transporte colectivo, creo que ellas pueden repartirse este ramo de la actividad para llegar a constituirse una especie de monopolio, aunque sean distintos propietarios. De ser aprobado el proyecto en los términos en que está redactado, creo que se privará al dueño de un camión de transportes la posibilidad de movilizar los productos que explota. Por ejemplo, los productores de determinadas frutas de nuestro país, con pocos recursos o recursos limitados, disponen de un camión para llevar al norte o al sur frutas de estación o de temporada, y al regreso esto es una cosa sabida aceptan cargas, lo que permite, incluso, mantener el precio del producto que ellos transportan, en un límite, digamos discreto para el consumidor. Si se le priva de este derecho a un camión, por ejemplo, que lleva limones o naranjas de Peumo a Puerto Montt, se le obliga a volver descargado. Entonces evidentemente, tendrá que subir el costo de los productos que lleva. No creo que sea tan ruinosa la competencia de que se ha hablado. Ahora, si se trata de antecedentes policiales, porque aquí se habla también del prestigio de los transportistas, es evidente que no podrán transportar como dueños ni conducir como chóferes profesionales, y acaso en otra categoría también se encuentren privados de este derecho. Por eso, en general, estos proyectos de fin de temporada, casi de liquidación que despacha la Cámara tan "holgadamente" al término de una legislatura, suelen traer problemas que nos obligan muy pronto a volver a considerarlos, porque en la práctica se viene a demostrar que no han sido suficientemente estudiados, previendo el caso de situaciones que, dentro del principio de la libertad de comercio que aquí se defiende tanto por la mayoría de los parlamentarios, en cierto modo reducen el margen de dar posibilidades de trabajo a algunas personas cuyas labores aparezcan comprendidas en las generalizaciones que contiene el artículo 1° del proyecto. El señor OSORIO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¿Me permite, Honorable Diputado? Deseo informar a la Sala que sólo resta un minuto del tiempo de la Tabla de Fácil Despacho. ¿Habría acuerdo para prorrogarla...? El señor LAVANDERO.- No, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Hay oposición. Tiene la palabra Su Señoría. El señor OSORIO.- Señor Presidente, en realidad es muy difícil dar, en un minuto, una opinión sobre el problema de los "camioneros", sobre todo porque algunas intervenciones de los Honorables colegas mueven a discusión, especialmente aquéllas que se refieren a ciertos hombres dedicados, como decía muy bien el Honorable colega, al transporte de madera o de hierro, que llevan su carga a los pueblos y regresan a su punto de origen con fletes contratados a un precio inferior al cobrado normalmente por las personas que se ganan la vida, precisamente, trabajando como camionero, con lo cual les hacen competencia... El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo destinado a la Tabla de Fácil Despacho. Antes de entrar al Orden del Día, solicito el asentimiento unánime de la Sala para despachar los proyectos sobre empréstitos municipales que figuran en la Tabla de Fácil Despacho... El señor IRURETA.- No, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- No hay acuerdo. 4.- CREACION DE LA COMUNASUBDELEGACION DE LLANQUIHUE. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto, en tercer trámite constitucional, que crea la comuna subdelegación de Llanquihue. La modificación introducida por el Honorable Senado, impresa en el boletín Nº 10.703S, dice así: "Sustituir, en el artículo 7º, las palabras "que deberá elegirse en forma ordinaria de acuerdo a la Ley General de Elecciones", por las siguientes: "que deberá elegirse dentro de noventa días, facultándose al Presidente de la República para convocar a elecciones de acuerdo con la Ley General." El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En discusión la única modificación introducida por el Senado en el artículo 7º. El señor SEPULVEDA, don Francisco.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SEPULVEDA, don Francisco.- Señor Presidente, este proyecto, aprobado por la Cámara para crear la comuna subdelegación de Llanquihue, autorizaba al Presidente de la República para nombrar una junta de vecinos compuesta por cinco miembros, a uno de los cuales designará Alcalde. Establecía, además, que la elección de la municipalidad definitiva se haría en las próximas elecciones ordinarias municipales. Como se efectuó una elección municipal hace muy poco tiempo, el comido en Llanquihue para elegir nuevas autoridades edilicias tendría que hacerse en cuatro años más. El Senado, con mucho acierto, ha modificado este artículo estableciendo que se convocará a elecciones dentro de 90 días después de promulgada la ley. A nosotros, los miembros del Comité Socialista, nos parece que esta enmienda del Senado es manifiestamente razonable y vamos a votarla favorablemente. Nada más. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor IRURETA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo; y, a continuación, el señor Irureta. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, durante los debates del primer trámite constitucional de este proyecto de ley, a que ya ha hecho referencia el Honorable colega Francisco Sepúlveda, discutimos latamente en esta Sala la facultad que el artículo 70 del Mensaje del Ejecutivo daba al Presidente de la República para nombrar en la comuna subdelegación de Estación Llanquihue una junta de vecinos compuesta por 5 miembros, a uno de los cuales designará Alcalde. Vale decir, el Primer Mandatario designará jefe comunal a uno de esas cinco personas y esa junta de vecinos tendrá a su cargo la administración comunal hasta que entre en funciones la Municipalidad, que deberá elegirse en forma ordinaria de acuerdo a la Ley General de Elecciones. La Ley General de Elecciones instruye que toda elección complementaria destinada a proveer la vacancia de algún cargo, producida dentro de un año o a menos de un año de la elección general, se hará junto con aquella elección general. En otras palabras, la aplicación de este artículo 7º, cuya parte dice que la Municipalidad deberá elegirse en forma ordinaria, de acuerdo con la Ley General de Elecciones, significa que, en definitiva, la Municipalidad de la comuna subdelegación de Estación Llanquihue será elegida en la próxima elección general y ésta es la que corresponde a la renovación del ciento por ciento de esta Cámara y de una parte de la Cámara Alta, del Senado. De modo que el primer domingo de marzo de 1969 sería la fecha en que definitivamente la comuna subdelegación de Estación Llanquihue elegiría a los cinco Regidores que van a formar su gobierno comunal. Nosotros manifestamos, durante el primer trámite constitucional de este proyecto, que los 18 meses, vale decir, un año y medio, que van a transcurrir desde ahora hasta la fecha de esas elecciones generales era un tiempo excesivo y que era conveniente complementar la facultad que se entregaba al Ejecutivo con el establecimiento de un plazo menor determinado. Nosotros fuimos partidarios de separar de los registros electorales de la actual comuna de Puerto Varas la parte correspondiente a la futura comuna subdelegación de Llanquihue, la que normalmente se llama Estación Llanquihue, y llamar dentro de un tiempo breve a elecciones, para constituir democráticamente un gobierno comunal en esta naciente comuna. Los Honorables colegas de mayoría tuvieron una situación intransigente y estimaron que la razón que justificaba su posición era el que siempre se había hecho así. Nosotros concordamos con que, en efecto, tradicionalmente se había obrado así; pero lo habían hecho tradicionalmente quienes, por más de ciento cincuenta años, habían tenido el gobierno de nuestra República y que habían transformado cada comuna en una verdadera parcela electoral. Recordamos que, cuando se daba origen a una comuna, que sólo podía ser creada por iniciativa del Ejecutivo, desde el mismo instante en que el Ejecutivo elaboraba el Mensaje empezaba a montarse la máquina electoral para controlar también esa comuna, y que las últimas elecciones, sobre todo la del año 1965, en la cual se eligió a los actuales miembros de la Cámara de Diputados, batió en gran parte de las comunas de Chile con esas máquinas electorales y con esos caporales que, durante más de cien años, habían ido constituyendo la oligarquía y la alta burguesía de este país. De modo que el continuar utilizando ese mismo predicamento, seguir utilizando la tradición, no la tradición que enaltece, sino la que pervierte, era una mala posición de los compañeros de mayoría. Pero ellos insistieron y no aceptaron las indicaciones que nosotros hicimos al proyecto con el objeto de limitar el plazo de que disponía el Presidente de la República para llamar a nuevas elecciones. Ahora estamos tratando este proyecto en tercer trámite constitucional. Ya lo dijo el Honorable colega señor Francisco Sepúlveda que el Senado ha fijado un plazo y ésta es la única modificación que ha introducido al proyecto de ley para la realización de la elección. Ha establecido el plazo de noventa días para que se proceda a la elección de la Junta de Vecinos que tendrá a su cargo la administración local de la comuna subdelegación de Llanquihue. Se faculta al Presidente de la República para convocar a elecciones de acuerdo con la Ley General de Elecciones, o sea, no será menester esperar hasta el año 1969, en que hay elecciones generales, para elegir a estos cinco regidores, lo que tendría que hacerse de aplicarse la fórmula tradicional, que, con tanto calor y tan disciplinadamente, han defendido los colegas de mayoría en el primer trámite constitucional. Esperamos que en este tercer trámite hayan revisado su posición anterior y no continúen formulando leyes con el mismo criterio con que la oligarquía y la alta burguesía las había estado dictando, para la creación de otras comunas, a lo largo de todo el país. Es de esperar que los Honorables colegas de mayoría del Partido Demócrata Cristiano no sigan repitiendo aquí lo que siempre hicieron los conservadores y liberales, cuando eran mayoría en la Honorable Cámara de Diputados. Por las razones indicadas, los Diputados comunistas votaremos favorablemente la modificación introducida por el Honorable Senado. Nada más, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Irureta. El señor IRURETA.- Señor Presidente, las expresiones que acabamos de oír a los Honorables señores Sepúlveda y Acevedo son una reiteración de las palabras escuchadas en el debate suscitado con ocasión del primer trámite constitucional de este proyecto. Por eso, y para no hacer perder tiempo a la Honorable Cámara con observaciones ya conocidas, sólo quiero manifestar que los Diputados democratacristianos votaremos en contra de la modificación introducida por el Senado e insistiremos en que se mantenga el texto del artículo objeto de esta modificación tal cual fue aprobado por esta Corporación. El señor ACUÑA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACUÑA.- Señor Presidente, los Diputados radicales votaremos favorablemente la modificación introducida por el Senado a este proyecto, por estimar que se ajusta al espíritu democrático y a la filosofía que inspira la generación de los poderes públicos. Nosotros estamos totalmente de acuerdo con la creación de la comuna subdelegación de Llanquihue. Dado el tiempo que queda para la elección municipal de 1971, creemos que lo más lógico es que se proceda en la forma que dispone la indicación que presentaron algunos Senadores de nuestro partido en el Senado. Por eso, reitero que votaremos favorablemente esta modificación del Senado, con el objeto de que la comuna que va a nacer pueda generar democráticamente sus autoridades y no quede constituida en la forma que establece el proyecto primitivo, por una Junta de Vecinos designada por el Ejecutivo. Nada más. El señor OSORIO.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor OSORIO.- Señor Presidente, concuerdo plenamente con las palabras del señor Acevedo. Generalmente me he opuesto a la creación de nuevas comunas en el país, porque considero que con ello, en vez de beneficiar a la comunidad, estamos lesionando sus intereses. ¿Por qué razón? Cada vez que se crea un nuevo organismo, nos encontramos, en primer lugar, con que hay que constituirlo. Después hay que alhajar un edificio, y si no lo tiene, cosa que usualmente ocurre con las nuevas Municipalidades, entonces hay que comprar un terreno y construirle un local. Además, hay que nombrar un Secretario municipal, un Juez de Policía Local, inspectores de patente, inspectores del tránsito, funcionarios de oficina, etcétera. Pues bien, todo este dinero que se gasta, podría aprovecharse, con una buena administración de la comuna que se divide, en beneficio de las poblaciones modestas, que son generalmente las que reclaman al creación de estos organismos, por la desatención, precisamente, por parte de la sede donde se encuentra la comuna madre. Por eso, yo he hablado varias veces sobre esta materia. Sin embargo, y con el objeto de no retardar el despacho de otros proyectos, termino manifestando que los Diputados socialistas populares votaremos favorablemente la modificación introducida por el Senado, porque consideramos que mejora el artículo 7º aprobado por la Cámara y, más que nada, porque da a la ciudadanía del pueblo de Llanquihue y de las localidades adyacentes la posibilidad de elegir, en un plazo no superior a noventa días, a las autoridades correspondientes. Nada más. El señor LAEMMERMANN.- Estoy muy de acuerdo. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- La Mesa tiene dudas sobre el resultado de la votación. El señor ACEVEDO.- ¿Cómo es eso? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Se ha producido un empate de 32 votos por 32. Ruego a los señores Diputados no desconfiar de la Mesa. Se va a repetir la votación por el sistema de sentados y de pie. Repetida la votación por el sistema de sentados y de pie, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 33 votos. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Aprobada la modificación. Terminada la discusión del proyecto. 5.- SUPLEMENTACION DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- A continuación, corresponde continuar el debate del proyecto que suplementa el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Hago presente que el plazo constitucional de esta iniciativa vence el próximo viernes, de manera que habría que prorrogar el Orden del Día para tratarla hasta su total despacho; de lo contrario, el viernes 8 habría que citar a sesión. El señor ZEPEDA COLL.- No, señor Presidente. El señor LORCA, clon Alfredo (Presidente).- ¿Su Señoría se opone a prorrogar el término del Orden del Día? El señor ZEPEDA COLL.- Sí, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ayer quedó con el uso de la palabra el Honorable señor Barrionuevo. Puede continuar Su Señoría. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, en la sesión de ayer manifesté mi deseo de que este proyecto se despachara pronto, porque él significa un aporte de 12 millones de escudos para la pequeña minería, que en estos momentos está pasando por una crítica situación, en especial, en Atacama. Refiriéndome a la indicación que había formulado, ayer expresé que había obtenido su inclusión en el proyecto que estamos tratando y que suplementa el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Desde hace mucho tiempo venía estudiando esta proposición, porque el río Salado, que tiene gran cantidad de materias minerales en suspensión provenientes de la mina "El Salvador", desemboca en la bahía norte del puerto de Chañaral y, por cierto, que esto ha contribuido a su embancamiento. Se hicieron muchas gestiones al respecto, pero no se había podido conseguir con los beneficiarios que explotan los relaves que no son propietarios de minas desviaran el curso del río para evitar el embancamiento de la bahía de Chañaral. Por eso, consulté al señor Ministro de Minería y al señor Subsecretario de Hacienda sobre la posibilidad de incluir una indicación en el proyecto en discusión. Con la firma de los distintos Comités de esta Honorable Cámara, ella fue aceptada, pero el mismo día de su discusión hube de trasladarme a Valparaíso, a raíz del fallecimiento de un amigo mío del norte, provocado por un grave accidente. En esa oportunidad, el Honorable señor Poblete introdujo una indicación por la cual, a mi juicio, se distraen, en forma total los fondos que permitían dar agua potable al departamento de Chañaral. El Honorable colega argumentó que había un proyecto de ley del ex Diputado señor García, que consultaba la inversión de 8 mil millones de pesos. Es efectivo. Pero ahora, a través del tiempo que se ha perdido, esas obras valen 20 mil millones de pesos. La Corporación de Fomento de la Producción sólo ha entregado 250 millones para su instalación y estaría dispuesta a entregar mil millones de pesos más. Seguramente movido por un buen propósito, el Honorable señor Poblete propuso que los fondos provenientes de la indicación se destinaran a la realización de las obras necesarias para desviar el río Salado. El señor VALDES (don Arturo).- ¡Con muy buen propósito! El señor BARRIONUEVO.- Tengo aquí en mis manos el contrato, según el cual los beneficiarios de este río han convenido con el Ministerio de Minería y el Departamento de Riego, desviar el río Salado, por su cuenta. En cambio, con esta indicación, se restringen los recursos para llevar a efecto los trabajos de agua potable. Solicitó, además, el Honorable señor Poblete la construcción de Plantas, lo cual también significaría distracción de esos fondos, ya que la inversión total que importaría la instalación de una planta concentradora de minerales es del orden de 3 a 4 mil millones de pesos. Pero yo no he querido aparecer como egoísta, por tratarse también de obras que son necesarias en el departamento de Chañaral; y de acuerdo con él, acepté estas 2 indicaciones. Sin embargo, ahora estoy en antecedentes de que el Honorable colega señor Poblete, conjuntamente con el Honorable señor Fuentealba, que no es de mi provincia, que no conoce estos problemas, presentaron una indicación en virtud de la cual se entregan estos fondos a la Empresa Nacional de Minería lo cual tiene como consecuencia dejar sin agua potable a Chañara!, a pesar de que la misma indicación establece que estas obras se ejecutarán una vez que se cumpla el plazo de los actuales contratos o concesiones. No comprendo esta contradicción, porque, al paso que vamos, Chañaral deberá esperar, a lo menos, 10 ó 20 años para contar con agua potable, pues esa disposición tendrá un rendimiento de sólo 2 millones 400 mil escudos anuales y estos fondos, según ella establece, deberán distribuirse entre las obras de construcción de muelles, de plantas, de beneficio de minerales, etcétera. También se ha dicho que la Andes Copper Mining aportaría recursos para traer el agua desde la localidad de Juncalito. Sin embargo, existen grandes inconvenientes para que ello ocurra. En vista de que la indicación presentada por los Honorables señores Poblete y Fuentealba viene a deformar este proyecto, por el que vengo "peleando" desde hace 8 años, y considerando que ella no guarda relación con la realidad, pido que se rechace. A mayor abundamiento, tengo en mi poder un telegrama enviado por el señor Alcalde de Chañaral, por el cual pide encarecidamente la pronta aprobación del proyecto. Hace presente que la máquina resacadora de agua potable no funciona bien, pues tiene partes muy delicadas y, además, su funcionamiento es el primer experimento de esta naturaleza en Chile. En consecuencia, solicito de la Honorable Cámara que rechace la indicación de los Honorables colegas, pues ella sólo tiene un fin político, cual es el de malograr el proyecto. Nada más y muchas gracias. El señor POBLETE.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor POBLETE.- Señor Presidente, como he sido aludido en forma muy reiterada por el Honorable señor Barrionuevo, me veo en la necesidad de contestar las observaciones que ha formulado acerca de nuestra indicación para favorecer al departamento de Chañaral. Cuando se presentó la indicación del señor Barionuevo, ella fue suscrita por todos los Comités representados en la Comisión de Hacienda, como lo señaló el mismo Honorable colega. En esa oportunidad, el Diputado señor Carlos Morales, no en el carácter de Comité de mi partido, la firmó también, porque, en realidad, era de positivo beneficio para el departamento de Chañaral y, en consecuencia, estábamos de acuerdo con ella, debido a que satisfacía un justo anhelo de los habitantes de ese departamento, en el sentido de que se debe aplicar un gravamen a todos los usuarios del río Salado que están explotando en estos instantes los relaves de dicho río. Este aprovechamiento se realiza desde hace más o menos 20 años, y los usuarios han obtenido por tal concepto utilidades extraordinarias. Sin embargo, sus actividades están consideradas dentro de la pequeña minería, o sea, pagan un impuesto del 2%. Indudablemente, era muy atendible lo que solicitaban los habitantes de la zona. Por eso, en la Comisión, pedí un informe emanado de la Empresa Nacional de Minería, sobre las utilidades que percibían estos usuarios y, además, respecto del monto total de mineral concentrado que ellos vendían. De estas informaciones que yo solicité y que obran en poder de la Comisión, el Honorable señor Barrionuevo obtuvo los datos para la indicación que acaba de señalar y que presentó en la Comisión de Hacienda, aprovechando el proyecto que suplementa los presupuestos de los Ministerios de Obras Públicas y de Minería. Por otra parte, debo informarle que, al presentar la indicación al artículo 9º, lo he hecho sólo con el propósito de completar el plan de obras públicas que se realizarán en favor del departamento de Chañaral. En ningún caso se ha desvirtuado la idea del Honorable señor Barrionuevo, la cual, indudablemente, contó con el beneplácito del señor Ministro de Minería; sólo quiero que se agregue, al de las obras ya consideradas, el financiamiento para los trabajos de desviación del río Salado, que en estos instantes tiene embancada la bahía y, especialmente, el puerto de Chañaral. Este es un anhelo muy sentido que ha levantado un verdadero clamor de los chañaralinos. Por otra parte, se estableció que, con los recursos obtenidos en virtud del artículo 8°, se construirá, cuando sea oportuno, un muelle para el puerto de Chañaral, porque el actual está en muy malas condiciones. Por último, se atiende en el proyecto a una necesidad premiosa en la zona productora de minerales, donde se hallan Inca de Oro y Pueblo Hundido, y se establece que, dentro de este programa de realizaciones, también quedará incluida la construcción e instalación de plantas pilotos para el tratamiento de minerales de baja ley, cuya extracción es la única posibilidad que tienen estos modestos habitantes para explotar sus minas y desarrollar la economía de esta zona. Todas estas obras vienen a dar satisfacción a una serie de aspiraciones que tiene el departamento de Chañaral, que muy bien se merece la solución de sus problemas. Indudablemente, nosotros no nos oponemos a que se destine una parte de los recursos de este proyecto para la instalación de agua potable, como lo señala el señor Barrionuevo en su indicación, conjuntamente con los que destina la ley Nº 16.447, de iniciativa del ex Diputado García, del Partido Comunista, que fue aprobada por esta Honorable Cámara y por el Honorable Senado, en virtud de la cual, de los fondos provenientes del impuesto al cobre y que le corresponden a la provincia de Atacama, se destinarán las partidas correspondientes, porque esa ley no destina 8 millones de escudos ni ninguna suma, sino que habla del financiamiento total de las obras de captación de agua, en el lugar llamado "Juncalito" del departamento de Chañaral. Ahora bien, para financiar esta obra, se ha hecho un convenio con la "Andes Copper Mining", para que parte de ella sea costeada por esta compañía norteamericana, la cual va a hacer uso de una parte importante de estas aguas que van a ser captadas en el lugar cordillerano llamado Juncalito. Por lo tanto, la participación del Estado en la construcción de esta obra, mediante los fondos provenientes del impuesto al cobre, no es para financiar el total de su costo, sino que es menor. Vuelvo a repetir que la ley obliga al Instituto Corfo Norte, para que financie la realización de esta obra dentro de algunos años. Además, en esta ley, de la cual es autor vuelvo a repetir el ex Diputado señor García, no se habla de uno o dos años para hacerlo, sino de hasta cinco años. De manera que la indicación que formulamos no se está contraponiendo en nada con disposiciones legales vigentes, y, al presentarla en estos instantes, no podemos sustentar un espíritu egoísta; solamente estamos completando un plan de obras para dar satisfacción a una aspiración muy sentida de los habitantes de Chañaral. No veo en ello, entonces, ningún propósito tendiente a desbaratar una aspiración que todas las autoridades y los vecinos han estado manifestando desde hace mucho tiempo. Vuelvo a repetir que esto no viene a postergar, de ninguna manera, la posibilidad de establecer un servicio de agua potable para la población de Chañaral, que actualmente se está surtiendo con una planta resacadora de agua del mar. El señor BARRIONUEVO.- ¡Está mala! El señor POBLETE.- Vuelvo a repetir que la ley Nº 16.447 fue justamente destinada, en forma exclusiva, a solucionar definitivamente el problema del agua potable de Chañaral. De manera que los recursos que proporciona esta ley, más los que se contemplan ahora en el proyecto que nos ocupa, provenientes del tributo que van a pagar los usuarios del río Salado por el aprovechamiento de sus relaves, van a permitir acelerar las obras. Además, como este tributo va a ser de carácter permanente, se han proyectado otras importantes obras, para que se vayan ejecutando a continuación de los trabajos de captación de agua potable, en conformidad con el plan que elabore la Corporación de Fomento, como aquí se señala. Esto es lo que quería decir, señor Presidente, y extraño profundamente que el colega Barrionuevo, después de haber estado de acuerdo con nuestras ideas ahora pida que se eliminen las tres o cuatro indicaciones que hemos formulado al artículo 9° del proyecto. Por otra parte, él está haciendo una afirmación antojadiza cuando dice que, junto con el señor Fuentealba, hemos presentado una indicación para que no se le den recursos a la Empresa Nacional de Minería, puesto que no hemos presentado indicación de ninguna especie en ese sentido. Lo que hemos presentado es una indicación que fue aprobada por esta Cámara tendiente a establecer una tarifa especial para la energía eléctrica que consume la pequeña y mediana minería, similar a la que se va a fijar respecto del regadío mecánico y que, en este caso, dicha tarifa no sea superior a la que pagará la compañía norteamericana "Andina", o a lo que sea el promedio del consumo industrial en el país. Eso es todo lo que hemos hecho, con el señor Fuentealba, en materia de indicaciones, y no lo que está señalando el señor Barrionuevo. El señor BARRIONUEVO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra, en su segundo discurso, el Honorable señor Barrionuevo. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, yo he sido muy claro en mis observaciones; no he querido negar la paternidad del señor García respecto de la ley en virtud de la cual deben destinarse determinados fondos para las obras de agua potable de Chañaral, por espacio de cinco años. Hicimos nuestra esta iniciativa, en la oportunidad en que se aprobó la ley... El señor PHILLIPS.- ¡Pero el señor García no era democratacristiano! El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¡Honorable señor Phillips! El señor BARRIONUEVO.- … y no estamos preocupados, en este momento, de obtener los fondos. El Honorable colega Poblete puede desmentirme si estoy equivocado en mis apreciaciones. La Corporación de Fomento ha entregado, en dos años y medio, doscientos cincuenta millones de pesos para los estudios de captación de agua potable en Juncali11o. Si se quiere desviar el río Salado y hacer una planta de concentración, que cuesta miles de millones de dólares, ¿cuándo vamos a obtener que se realicen las obras de agua potable que necesitan las poblaciones, si se consideran los datos que puedo proporcionar? Acabo de decir que la Andes Copper Mining no quiere contribuir al financiamiento de la obra, en este momento. Nosotros le íbamos a entregar una cantidad de agua de 36 litros por segundo; ellos iban a aportar alrededor de 45 mil millones de pesos, y nos iban a dejar el resto del agua, equivalente a unos 72 litros por segundo, para el departamento de Chañaral. Pues bien, si se aprueba la indicación del señor Poblete, que daría aproximadamente un rendimiento de dos mil cuatrocientos millones de pesos anuales, ¿cuántos años necesitaríamos para reunir los fondos suficientes destinados a construir las obras de agua potable cuyo costo, si se aprueba el estudio correspondiente, significa 20 mil millones de pesos, y de los cuales la Corporación de Fomento sólo ha entregado 250 millones de pesos en dos años y medio y está por entregar próximamente un mil millones de pesos? ¿Qué esperanza puede haber de obtener agua potable si, como sabe el señor Diputado, estos fondos no alcanzan? En efecto, si se aprueba la indicación de Sus Señorías, necesitamos 8 ó 10 años para obtener los fondos correspondientes e instalar agua potable para Chañaral. Respecto de la planta resacadora de agua, el señor Poblete sabe que queda "en panne" casi todas las semanas, por lo cual tiene que detenerse y, por lo demás, produce agua sólo para la población de Chañaral, pero no para Pueblo Hundido, El Salado, Inca de Oro y otros pueblos. Señor Presidente, concedo una interrupción a mi colega señor Cerda. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de una interrupción el Diputado señor Eduardo Cerda. El señor CERDA (don Eduardo).- Señor Presidente, yo solicitaría a la Honorable Cámara que tomara el acuerdo para votar en general y particular este proyecto. Lo estamos debatiendo latamente desde el miércoles de la semana pasada; y ésta es la tercera vez que figura en el Orden del Día y que se pone en discusión. Saben mis Honorables colegas que hay urgencia de suplementar algunos ítem del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, como asimismo de la ENAMI, empresa que mantiene a los contratistas sin pago y que debe atender a problemas mineros a lo largo del país. Entre ellos, está el que se ha creado con motivo de que la ENAMI ha tenido que rebajar sus maquilas sin recibir del Fisco los recursos correspondientes, los cuales se destinan en este proyecto de ley; por lo tanto, es necesario despacharlo a la brevedad posible. En consecuencia, señor Presidente, solicito que recabe el asentimiento unánime de la Sala para votar en general y en particular el proyecto que nos ocupa, ya que me parece que el debate está agotado, después de tres días de discusión. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar en general y en particular el proyecto en debate. No hay acuerdo. Puede continuar el Diputado señor Barrionuevo, en el tiempo de su segundo discurso. El señor BARRIONUEVO.- He terminado, señor Presidente. El señor ARAVENA (don Andrés).- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ARAVENA (don Andrés).- Señor Presidente, el artículo 7° establece la aplicación de un 2% sobre el rendimiento de los impuestos a los tabacos manufacturados. Su producto beneficiará a la provincia de Aconcagua y a los departamentos de Quillota e Illapel, a contar del lº de enero del año próximo. Como seguramente este proyecto será promulgado antes de esa fecha, la representación parlamentaria de la provincia de Malleco, a través de una iniciativa del Honorable señor Phillips, ha presentado indicación para que las sumas que se recauden por concepto de los impuestos citados, a contar de la dictación de la ley y hasta el 31 de diciembre, las que hemos calculado en unos 600 millones de pesos, sean destinadas, en beneficio directo, al departamento de Curacautín. Este último tiempo la prensa del país ha informado con grandes titulares sobre la aguda crisis que está viviendo esa zona. Ha habido paros, embanderamientos a media asta y se ha paralizado su principal industria maderera, perteneciente a la firma Mosso. El pueblo vive angustiado y espera que las esferas del Gobierno y el Poder Legislativo se preocupen urgentemente de paliar esta crítica situación. Por tales razones, pido a mis Honorables colegas que le tiendan la mano a esta zona tan abandonada, a fin de que, con la indicación de la representación parlamentaria de Malleco, tenga la posibilidad de solucionar en parte los graves problemas que la aquejan. Nada más. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará. Aprobado. Volverá a Comisión para su segundo informe. 6.- DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA.- MODIFICACION DEL CODIGO PENAL El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Honorable Cámara para prorrogar por una hora el Orden del Día, a fin de discutir y votar el proyecto de ley, calificado de "simple" urgencia, que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos contra la salud pública. ¿Habría acuerdo? El señor ACEVEDO.- No, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- No hay acuerdo. Solicito el asentimiento de la Sala para prorrogar el plazo reglamentario de este proyecto, que vence hoy, hasta el término del constitucional, que vence el 23 de septiembre. El señor CERDA (don Eduardo).- ¿Me permite, señor Presidente? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría. El señor CERDA (don Eduardo).- Señor Presidente, es sólo para solicitar que se prorrogue por una hora el Orden del Día, con el fin de discutir este proyecto autorizando a las Comisiones para sesionan simultáneamente con la Sala. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- No hay acuerdo. Corresponde entrar a conocer el proyecto. Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el Honorable señor Giannini. El proyecto, impreso en el boletín Nº 10.802, es el siguiente: "Artículo 1º.- Sustituyese el párrafo 8, del Título IV, del Libro II del Código Penal, por el siguiente: 8.- Del ejercicio ilegal de una profesión y de la usurpación de nombres. Artículo 213 a. El que, careciendo del título profesional competente o no estando legalmente habilitado para el ejercicio profesional, ejerciere actos propios de la profesión de médico, dentista, químico farmacéutico, bioquímico u otra relativa al arte de curar, aunque sea a título gratuito, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de uno a cinco sueldos vitales. Para estos efectos se entenderá que ejercen actos propios de dichas profesiones: 1°.- El que se atribuya la respectiva calidad; 2º.- El que ofrezca tales servicios públicamente por cualquier medio de propaganda o publicidad; 3º.- El que habitualmente realizare diagnósticos, prescribiere tratamientos o llevare a cabo operaciones o intervenciones curativas de aquellas cuya ejecución exige los conocimientos o las técnicas propios de tales profesiones. Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren primeros auxilios cuando no es posible obtener oportuna atención profesional. Artículo 213 b.- El que, estando legalmente habilitado para el ejercicio de una profesión médica o auxiliar de ella ofreciere la prevención o curación de enfermedades o defectos por fórmulas ocultas o sistemas infalibles, será penado con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de uno a cinco sueldos vitales. En las mismas penas incurrirá el que prestare su nombre para amparar el ejercicio profesional de un tercero no autorizado para el mismo. Artículo 213 c.- Las penas señaladas en los artículos precedentes se impondrán sin perjuicio de las que correspondieren por la muerte, lesiones u otras consecuencias punibles que eventualmente resultaren de la comisión de tales delitos. Artículo 214.- Fuera de los casos señalados en los artículos anteriores y de los contemplados en leyes especiales, todo el que se fingiere autoridad, funcionario público o titular de una profesión que requiera título, y ejerciere actos propios de dichos cargos o profesiones, será penado con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de uno a cinco sueldos vitales. Artículo 215.- El que usurpare el nombre de otro será castigado con presidio menor en su grado mínimo, sin perjuicio de la pena que pudiere corresponderle a consecuencia del daño que en su fama o intereses ocasionare a la persona cuyo nombre ha usurpado. Artículo 2ºReemplázase el párrafo 9, del Título VI, del Libro II del Código Penal, por el siguiente: 9.- Delitos relativos a la salud animal y vegetal. Artículo 289.El que de propósito propagare una enfermedad animal o una plaga vegetal, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 290 a.- El propietario o encargado de especies animales o vegetales afectadas por enfermedades o plagas cuya denuncia sea obligatoria por disposición de la ley o de la autoridad competente, deberá efectuar dicha denuncia tan pronto como le fuere posible y quedará obligado, mientras reciba instrucciones de la autoridad sanitaria, a tomar las medidas que estuvieren a su alcance para impedir la propagación de la enfermedad o de la plaga. La infracción de lo dispuesto en el inciso anterior será sancionada con presidio menor en su grado mínimo o multa de uno a cinco sueldos vitales. Artículo 290 a.- Los que, teniendo conocimiento de ellas, infringieren las instrucciones de la autoridad competente destinadas a impedir la propagación de una enfermedad o de una plaga vegetal, serán penados con presidio menor en su grado mínimo o multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 291.- Si con motivo de las infracciones a que se refieren los dos artículos precedentes hubiere resultado la propagación de la enfermedad o plaga, las penas serán de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Artículo 291 b.- Las multas que se aplicaren en virtud de los delitos e infracciones de que trata el presente párrafo se depositarán en una cuenta especial del Servicio Agrícola y Ganadero y los fondos ingresarán al patrimonio de dicho Servicio. Artículo 3°Sustituyese el párrafo 14, del Título VI, del Libro II del Código Penal, por el siguiente: 14.- Crímenes y simples delitos contra la salud pública. Artículo 313 a.- El que fabricare o a sabiendas expendiere a cualquier título sustancias medicinales deterioradas o adulteradas en su especie, cantidad, calidad o proporciones, de modo que sean peligrosas para la salud por su nocividad o por el menoscabo de sus propiedades curativas, será penado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Si la fabricación o expendio fueren clandestinos, ello se considerará como circunstancia agravante. La expresión "sueldo vital" en cualquiera disposición del Código Penal significa un sueldo vital mensual del departamento de Santiago, escala A. Artículo 313 b.- El que sin estar competentemente autorizado, expendiere al público a cualquier título otras sustancias peligrosas para la salud distintas de las señaladas en el artículo precedente, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de cinco a veinte sueldos vitales. En las mismas penas incurrirá el que, estando competentemente autorizado para el expendio de tales sustancias, lo efectuare contraviniendo las disposiciones legales o reglamentarias relativas a la cantidad en que pueden suministrarse o a la necesaria advertencia del peligro a los consumidores. Artículo 314 a.- El que alterare, adulterare, envenenare o infectare bebidas o comestibles destinados al consumo público, de modo que sean peligrosos para la salud por su nocividad o por el menoscabo apreciable de sus propiedades alimenticias, será penado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Artículo 314 b.- El que expendiere a sabiendas al público o distribuyere a cualquier título sustancias alimenticias inaptas, descompuestas, infectadas, adulteradas, envenenadas o deterioradas de modo que sean peligrosas para la salud, será penado con presidio menor en su grado máximo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Para los efectos de este artículo se presumirá que la situación de expender establecida en el inciso anterior se configura por el hecho de tener a la venta en un lugar público los artículos alimenticios a que éste se refiere. El expendio clandestino y la publicidad de un producto adulterado constituirán circunstancias agravantes. Artículo 315.- El que envenenare o contaminare el aire o las aguas destinadas a la bebida de un grupo numeroso o indeterminado de personas de tal modo que creare un peligro cierto, grave y próximo para la salud, será penado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 316.- El que de propósito propagare una enfermedad grave y contagiosa, será penado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 317.- Si a consecuencia de cualquiera de los delitos señalados en los cinco primeros artículos de este párrafo, se produjere la muerte o enfermedad grave de alguna persona, las penas corporales se elevarán en uno a dos grados, según la naturaleza y número de tales consecuencias, y la multa podrá elevarse hasta el doble del máximo señalado en cada caso. Si alguno de los delitos sancionados en los cinco primeros artículos de este párrafo se cometiere por grave imprudencia o negligencia, las penas serán de presidio menor en su grado mínimo y multa de uno a cinto sueldos vitales. Si de ello resultare la muerte o enfermedad grave de una o varias personas, las penas serán de presidio menor en su grado medio y multa de uno a diez sueldos vitales. Artículo 318.- El que infringiere las reglas higiénicas o de salubridad acordadas por la autoridad en tiempo de epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo y multa de uno a cinco sueldos vitales. Artículo 319 a.- El que elaborare, fabricare, extrajere o preparare sustancias estupefacientes en contravención a las disposiciones de la ley o de los reglamentos, será penado con presidio mayor en su grado medio y multa de diez a cien sueldos vitales. Artículo 319 b.- En las mismas penas incurrirán los que, sin estar legítimamente autorizados: 1º.-Suministraren a terceros a cualquier título sustancias estupefacientes o las adquirieren, sustrajeren o portaren consigo con tal fin. 2º.-Importaren, exportaren o transportaren a través del territorio nacional sustancias estupefacientes. 3º.- Almacenaren tales sustancias o tuvieren en su poder cantidades considerables de las mismas o de materias primas, destinadas a su preparación. Artículo 319 c.- El que, estando autorizado para el expendio de sustancias estupefacientes, las suministrare en contravención a las disposiciones legales o reglamentarias será penado con presidio menor en su grado máximo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. En las mismas penas incurrirá el médico que recetare sustancias estupefacientes sin una necesidad médica o terapéutica que lo justifique o en dosis apreciablemente mayores que las necesarias. Artículo 319 d.- El que promoviere o facilitare el enviciamiento de terceros con el uso habitual de sustancias estupefacientes será penado con presidio menor en su grado máximo y multa de tres a diez sueldos vitales. Si la persona a quien se envicia fuere menor de edad la pena será de presidio mayor en su grado mínimo y multa de tres a veinte sueldos vitales. Artículo 319 e.- El que a sabiendas proporcionare un local, a cualquier título, para que terceros concurran a él con el objeto de consumir sustancias estupefacientes, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 319 f.- Para los efectos señalados en los artículos que se refieren a los estupefacientes, se aplicarán dichas disposiciones a aquellas drogas que produzcan efectos de dependencia del individuo ante ellas y que estén incluidas en los reglamentos restrictivos de su uso por el Servicio Nacional de Salud, pudiendo el Tribunal rebajar las penas hasta en tres grados. Artículo 319 g.- Cuando la reiteración de los delitos previstos en los seis artículos precedentes, o la reincidencia en los mismos, y la apreciación de la personalidad, móviles y antecedentes del responsable pusieren de manifiesto que se trata de un delincuente habitual o por tendencia respecto de esta clase de infracciones, se le impondrá además la pena de extrañamiento mayor en su grado máximo, que se cumplirá después de la pena privativa de libertad que eventualmente se le hubiere impuesto. Artículo 4º.- Las sustancias estupefacientes y materias primas empleadas en su elaboración que sean incautadas por los Tribunales o la Policía, deberán ser entregadas en depósito al Servicio Nacional de Salud. Si el respectivo proceso termina por condena, dichas sustancias pasarán al dominio del Servicio Nacional de Salud. Artículo 5º.- En los juicios criminales que se incoen por los delitos previstos en los párrafos 8 del Título IV y 14 del Título VI del Libro II del Código Penal o por delitos en que esté comprometido el interés económico del Servicio Nacional de Salud, el Director General de Salud por sí o por delegado, figurará como parte y tendrá todos los derechos de tal desde que se apersone en ellos, sin necesidad de formalizar querella; también podrá imponerse del sumario, a menos que el Tribunal, por resolución fundada que dicte en resguardo del éxito de la investigación, determine otra cosa. El Tribunal correspondiente facilitará a la defensa del Servicio Nacional de Salud la obtención de copia simple de todas las actuaciones que se practiquen, sin formalidad alguna y sin necesidad de resolución escrita. En los juicios mencionados en el inciso precedente, que no se hubieren iniciado por denuncia o querella del Servicio Nacional de Salud, el Tribunal deberá solicitar un informe técnico al Servicio, especialmente en cuanto al peligro que los hechos investigados ofrezcan para la salud pública. El mérito probatorio de este informe se regirá por el artículo 472 del Código de Procedimiento Penal. Artículo 6º.- En los procesos que se sigan por los delitos del párrafo 14 del Título VI del Libro II, la excarcelación de detenidos y procesados se regirá por las reglas generales, pero la fianza, en su caso, deberá ser necesariamente constituida en dinero efectivo, y no podrá ser inferior a la mitad del mínimo de la multa señalada por la ley como sanción del respectivo delito. Artículo 7º.- Para determinar si existe reincidencia o habitualidad criminal respecto de los delitos contemplados en el párrafo 14 del Título VI del Libro II del Código Penal, se tendrán en cuenta las sentencias firmes dictadas en un Estado extranjero, salvo en cuanto hubieren sido dictadas en violación de la jurisdicción de los Tribunales nacionales. Por su naturaleza y gravedad, los delitos mencionados en el inciso precedente darán siempre lugar a extradición, tanto activa como pasiva, aun en ausencia de tratados sobre la materia, sin perjuicio de las exigencias de carácter procesal o administrativo que las leyes establezcan. Artículo 8º.- Sustituyese el número 3º del artículo 6º del Código Orgánico de Tribunales por el siguiente: "3º.- Los que van contra la soberanía o contra la seguridad exterior del Estado, perpetrados ya sea por chilenos naturales, ya por naturalizados, y los contemplados en el párrafo 14 del Título VI del Libro II del Código Penal, cuando ellos pusieren en peligro la salud de habitantes de la República.". El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En discusión el proyecto. El señor GIANNINL.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GIANNINI.- Señor Presidente, por acuerdo de la Comisión, de Constitución, Legislación y Justicia, paso a informar el proyecto de ley, iniciado en un Mensaje, que introduce diversas modificaciones a la legislación vigente sobre delitos contra la salud pública. Con real satisfacción cumplo esta tarea, convencido de que las disposiciones de ese proyecto constituyen un aporte considerable a nuestro ordenamiento jurídico, indispensable en defensa de un valor tan importante como es la salud de nuestro pueblo. Así lo entendió el Supremo Gobierno, que ha permitido el estudio de este proyecto con el envío del mensaje respectivo, en el que se expresa que "la salud pública es uno de los bienes sociales más valiosos y que ella debe merecer preocupación preferente de los poderes públicos y especial protección del orden jurídico". Valiosa ha sido la asesoría prestada en la Comisión, para el estudio y despacho de estas disposiciones, por el Ministro de Justicia don Pedro Jesús Rodríguez; por el Subsecretario de la misma Cartera, don Alejandro González, y por los funcionarios del Servicio Nacional de Salud, señores Roberto Viveros, Víctor Cereceda y Washington Domb. Pudimos también contar con las experimentadas opiniones de los señores Luis Pino, en representación del Colegio Médico de Chile; Héctor Fernández Provoste y Luis Bravo Valdivieso, en representación de la Asociación de Sicólogos; Rafael Lezaeta, Secretario de la Asociación de Cultores de Vida Natural; y con los informes escritos de los mencionados organismos, del Instituto de Ciencias Penales y de la Dirección General de Investigaciones. Permítaseme destacar en forma especial, la colaboración prestada por el profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile, don Alfredo Etcheberry, cuyos profundos conocimientos sobre la materia y ponderable dedicación, han hecho posible, en gran medida, poder contar con este cuerpo armónico de disposiciones que se somete al estudio de la Cámara. Si es deber del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10, Nº 14, de la Constitución Política, velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país, no sólo está en la necesidad jurídica y en la obligación de actuar dentro del campo administrativo para proporcionar a la población adecuadas condiciones de vida, atención asistencial y terapéutica, prevención y control de las enfermedades y apropiadas posibilidades de nutrición, sino que, además, le es un imperativo ineludible el adoptar todas las medidas para mantener en forma más eficiente la seguridad colectiva en esta materia, evitando o tratando de evitar, el peligro común que puede atentar en contra de dicha seguridad. En materia de salud pública, o sea, de la salud de los habitantes en general, lo que sólo es un peligro, es ya una lesión, porque la seguridad resulta efectivamente disminuida por la sola existencia de la indefinida posibilidad de daño. Como bien expresa el profesor don Sebastián Soler en su Tratado de Derecho Penal, “en los casos en que el resultado dañino se concrete en una lesión, importará más el valor sintomático de ésta que" el aspecto material de ella en cuanto a detrimento". Aunque lo normal es que los delitos de lesión desplacen en su penalidad a los delitos de peligro que los han precedido entendiéndose por tales, según el penalista Carlos Binding, aquéllos en los que basta para su realización el hecho de que se haga correr un riesgo al objeto protegido como bien o interés jurídico en lo que se refiere a normas punitivas sobre salud pública no suceda lo mismo, porque las legislaciones establecen penalidades independientes para los delitos mismos de peligro y para los que sean consecuencia de ellos. Nuestro ordenamiento jurídico no está ajeno a este intento de mantención de la seguridad social de la salud, pero es insuficiente, y sus disposiciones concretas han perdido la vigencia necesaria, o han quedado al margen de las actuales circunstancias de hecho, siempre aceleradamente cambiantes. Las deficiencias que presenta nuestro Código Penal han sido, en parte, salvadas por disposiciones administrativas complementarias, como el Código Sanitario; el Reglamento de Control de Productos Biológicos y Bioquímicos; el Reglamento de Farmacias, Droguerías y Establecimientos similares; el Reglamento de Especialidades Farmacéuticas, y el Reglamento de Narcóticos y estupefacientes, entre otras. Fácilmente se comprende que no constituye medio de protección adecuado a tan importante bien, como es la salud pública, aquél cuyas disposiciones penales atrasadas las más están en relación, haciendo sistema, con normas de tipo contravencional, perdidas en reglamentos de policía o administrativos, que, por su mismo carácter, no han podido establecer las sanciones que la naturaleza y peligrosidad de las infracciones aconsejan. No ha podido la autoridad administrativa, por más esfuerzos que haya hecho y preocupación que haya tenido, cubrir adecuadamente el vacío que iba dejando el Código Penal ya con un siglo de vejez en la defensa de la salud pública, pues la muy sana limitación de que sólo por ley se pueden crear delitos y establecer sus penas ha determinado que actos de evidente, clara y grave lesión al bien jurídico protegido, queden al margen del sistema penal, y sólo reciban sanciones administrativas multas la mayor de las veces como si fueran leves infracciones al orden social. El Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República expone, con gran claridad, las graves deficiencias que las disposiciones vigentes presentan sobre esta materia, las que podríamos resumir en la falta de una ordenación sistemática que, comprendiendo todas las figuras descriptivas de acciones atentatorias al bien jurídico protegido, las valore en forma adecuada para establecer un sistema de penalidades proporcionado al peligro o al daño que, dichas acciones representan. El primer aspecto en que la reglamentación actual revela su insuficiencia, se halla en el restringido campo que comprende. Explicable en la época en que fue redactado, el Código Penal resulta hoy un sistema absolutamente inadecuado para hacer frente a las múltiples formas de atentado que las técnicas y condiciones de la vida moderna hacen posible con respecto a la salud pública. Sus disposiciones discurren sobre la base de una actividad farmacéutica de carácter individual y hasta doméstico, e incrimina algunas conductas relativas a dicha actividad, pero ignora, por completo, las graves consecuencias que pueden derivarse para la población con el expendio de sustancias nocivas, preparadas, en gran escala, por modernos laboratorios dotados de poderosos recursos económicos; ignora la rapidez y extensión con que puede difundirse el consumo de tales sustancias por el volumen de su fabricación, la rapidez de su transporte y la ingente propaganda difundida a través de toda clase de medios de publicidad; prescinde del hecho de que el progreso de la química y de la farmacopea, pone al alcance de las grandes masas productos de toda índole, que sin ser propiamente medicinales, pueden producir eventualmente graves daños en la salud, si se emplean indiscriminadamente y sin las debidas precauciones. Pero no es sólo en el campo de las sustancias medicinales donde las disposiciones del Código se revelan insuficientes. No imaginaron sus redactores que la codicia de personas inescrupulosas las llevara a lucrarse a costa de la salud de sus semejantes. Así, la sanción a las conductas relativas a productos alimenticos aparece restringida a una "alteración" de los mismos con alguna mezcla "nociva a la salud", sin considerar hipótesis de tanta gravedad como el expendio o distribución de sustancias en estado de descomposición o infección, o la fabricación de ellas en condiciones que, sin ser positivamente dañosas para la salud, no produzcan su natural efecto nutritivo, por el considerable menoscabo de sus propiedades de este orden. Otro terreno en el cual las disposiciones del Código Penal resultan sobremanera deficientes es en el que toca a las drogas heroicas, estupefacientes y similares. Es por demás sabido que en el mundo entero las actividades relativas a estos productos son objeto de preocupación, por las gravísimas consecuencias que el enviciamiento produce en sus víctimas. Organizaciones delictivas internacionales se dedican en gran escala a este repugnante tráfico, con el respaldo de grandes recursos financieros y obteniendo ganancias elevadísimas. Numerosas convenciones internacionales, a muchas de las cuales ha adherido nuestra patria, obligan a los países signatarios a sancionar con severidad, en sus respectivas legislaciones internas, todas estas actividades. Mas hasta ahora no se ha aprobado en Chile ningún cuerpo legal que establezca sanciones eficaces para las múltiples formas que puede revestir el tráfico de drogas. Es preciso también señalar que hay graves formas delictivas que no. fueron consignadas en absoluto en las disposiciones del Código Penal, como la propagación voluntaria de enfermedades y la contaminación del aire, conducta esta última que, merced a las técnicas modernas, puede revestir innumerables formas, como la difusión de gases venenosos o la liberación de energía nuclear. Igualmente insuficientes resultan las disposiciones relativas al ejercicio ilícito de las artes curativas, actividad íntimamente ligada a la salud pública. En la actualidad, esta materia se encuentra tratada sólo en el Código Sanitario, el que impone multas administrativas en los casos de las infracciones que contempla. Sin la precisión necesaria, se refiere a tales hipótesis el artículo 213 del Código Penal, sancionando diversas conductas, que corresponden al ejercicio ilícito de las profesiones para las .cuales se requiere algún título. Otro aspecto en que el actual ordenamiento jurídico se revela insuficiente en relación con el punto en estudio es el de la naturaleza y magnitud de las sanciones, precisamente por la señalada falta de sistematización de las disposiciones respectivas y por la carencia de valoración de las conductas. Estos delitos, cuyas consecuencias hoy día pueden ser gravísimas, resultan castigados en forma meramente administrativa, algunos por el origen administrativo de la norma, o con penas corporales de escasa importancia, ya que ninguna de ellas llega a ser aflictiva. Por lo que toca a las penas pecuniarias, proceden en casos en que debiera estar establecida una corporal, y, por lo demás, son de montos tan insignificantes, que carecen en absoluto de valor retributivo y preventivo. Es innegable que un inadecuado sistema punitivo o de sanciones determina, forzosamente, la ineficacia de la legislación penal. Si definimos la pena, siguiendo al tratadista Sebastián Soler, como un mal amenazado, primero, y luego impuesto al violador de un precepto legal, como retribución, consistente en la disminución de un bien jurídico, y cuyo fin es evitar los delitos, entendemos claramente cuál es su naturaleza y cuáles son sus fines. La pena presenta siempre el carácter de retribución, de amenaza de un mal que se hará efectiva contra el autor de un delito. De ello surge una verdad inamovible: la pena debe tener carácter personalísimo, requiere siempre la culpa personal, y por ello mismo, debe afectar directamente al culpable del mal causado, pues lleva siempre la idea de una compensación ideal o de una retribución. Por estas razones, las disposiciones de nuestra legislación vigente resultan inadecuadas en orden a las ideas expresadas. Muchas de las adecuaciones, de las gravísimas conductas descritas, son sancionadas con multas, y sabemos que las multas, como penas, no son las más adecuadas, porque no cumplen con el carácter de ser personalísimas, pues afectan, más que a las personas, al patrimonio. Las acciones a que las disposiciones se refieren, pueden ser ejecutadas, o son en el hecho ejecutadas, muchas veces por organismos o por empresas comerciales de grandes medios económicos, a las que no perjudica mayormente el pago de una multa, que, como digo, afecta más al patrimonio, que a la persona. El señor PARETO (Vicepresidente).- Honorable Diputado, el Honorable señor Tejeda le solicita una interrupción... El señor TEJEDA.- Que me deje unos tres minutos al final, para fundar algunas indicaciones. El señor PARETO (Vicepresidente).- Como a las seis se cierra el debate, le solicita que le deje los tres últimos minutos. El señor GIANNINI.- Le concedo una interrupción. El señor TEJEDA.- Gracias. El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, en primer término, quiero anunciar que votaremos favorablemente el proyecto. No obstante, hemos hecho cinco indicaciones. La primera se refiere e eliminar la frase "u otra relativa al arte de curar" del artículo 213 a) que se agrega al Código Penal, porque creemos que es demasiado amplia y, además, porque actualmente ocurre que, para poner un inyección, no se encuentran enfermeras, sobre todo en zonas rurales, y cuando una mujer da a luz un niño, no se encuentra una matrona titulada o debidamente autorizada para ejercer. Muchas veces ha debido recurrirse hasta a los carabineros para estas clases de menesteres. De tal manera que nos vamos a encontrar con que esta gente, que malamente, desde el punto de vista higiénico o de la ciencia de curar, presta sus servicios, en el hecho no podrá prestar ninguno, con perjuicio para los mismos necesitados. En seguida, por estas mismas razones, hemos propuesto que en el inciso final del mismo artículo 213 a) su suprima la palabra "primeros". Dice el inciso: "Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren primeros auxilios cuando no es posible obtener oportuna atención profesional." Si no es posible obtener oportuna atención profesional, no sólo los primeros auxilios, sino también los subsiguientes, deben ser permitidos. Hemos formulado indicación para agregar al mismo artículo 213 a) un inciso que establece que "la recomendación y práctica de tratamientos naturistas no constituye delito." En la discusión del proyecto, se hizo constar esto, pero no en reunión propiamente de Comisión, sino en comité, porque no hubo número suficiente; pero estuvieron presentes personeros del Servicio Nacional de Salud y médicos naturistas. Hemos propuesto, además, agregar dos artículos nuevos a continuación del 315 que por este proyecto se incluye en el Código Penal. El primero dice: "Si el que estando obligado por la ley o el contrato a proporcionar habitación, lo hiciere en condiciones que perjudiquen la salud de sus moradores, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de tres a diez sueldos vitales." Por ejemplo, el artículo 76 del Código del Trabajo ordena al patrón dar habitación higiénica y adecuada a sus inquilinos. En la práctica, el incumplimiento de esto no tiene sanción. Este sería uno de los casos que quedaría dentro de esta nueva disposición. El otro artículo dice: "Incurrirán en las penas señaladas en el artículo anterior los dueños o regentes de residenciales o casas de pensión que suministren alimentos en que su higiene, cantidad o calidad infrinjan las disposiciones del Servicio Nacional de Salud, siempre que la infracción no tenga señalada otra pena restrictiva de libertad y sin perjuicio de las multas o clausuras que procedan." Se refiere al caso de las pensiones que dan alimentación insuficiente, especialmente a los estudiantes. En el artículo 6", hemos propuesto una indicación para suprimir la oración final, que dice: "... y no podrá ser inferior a la mitad del mínimo de la multa señalada por la ley como sanción del respectivo delito". Este artículo establece que la excarcelación bajo fianza puede darse, pero fija un depósito en dinero efectivo, no inferior a la mitad de la multa. Resulta que el mínimo de la multa, en algunos casos, es de cinco sueldos vitales: alrededor de un millón y medio de pesos. Habría que depositar setecientos cincuenta mil. Pero, como hay artículos que castigan, por ejemplo, al que expende y, muchas veces, el que expende es el dependiente, y no el dueño, resultará que ese pobre hombre, el dependiente, que no tiene una responsabilidad como la del propietario del negocio, no tendrá el dinero ni quien le haga el depósito para salir bajo fianza. En cambio, el dueño, que tiene como hacer el depósito, podrá salir. Este es el fundamento. Agradezco la interrupción al Honorable colega. El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Diputado informante. El señor GIANNINI.- Señor Presidente, como el tiempo para informar y debatir el proyecto termina a las seis, o sea, dentro de breves minutos…. El señor PARETO (Vicepresidente).- Quedan cinco minutos, Honorable Diputado, para el cierre del debate. El señor GIANNINI.- Ante este lamentable hecho, me veo en la obligación de resumir las ideas centrales del proyecto. En general, las penas son en sí la retribución al que ha violado un precepto por el mal causado; pero su finalidad es, indiscutiblemente, a través de la amenaza que representan, evitar la comisión del delito. En este sentido, el proyecto propuesto aumenta las penas ya establecidas como corporales y saca de los reglamentos disposiciones perdidas, penas simplemente administrativas, o multas, y las convierte en sanciones realmente efectivas, representadas por penas corporales, la mayoría de ellas de índole aflictiva, para darles el real carácter que deben tener dentro de un adecuado sistema penal: ser justa retribución al que transgrede normas de tanta importancia y tratar de evitar la comisión de los delitos. En síntesis, este proyecto, compuesto de numerosas disposiciones de gran interés, amplía, en primer lugar, el campo de acción penal sobre la materia, describiendo con precisión y claridad las conductas que el Estado estima peligrosas para la salud pública y sancionándolas con severas penas. Se reactualizan las disposiciones del Código Penal y se las adapta a las nuevas circunstancias de hecho, a las nuevas circunstancias que nos plantea la vida moderna, con los avances de la técnica. Se sacan las disposiciones reglamentarias para convertirlas en verdaderas normas penales, con una tipificación adecuada. Se aumentan las penas, para que el sistema punitivo sea adecuado a las finalidades perseguidas. Comienza el proyecto con una modificación del párrafo 8 del Título IV del Libro II del Código Penal, referente a los delitos por ejercicio ilegal de una profesión. El actual Código Penal, en sus artículos 213, 214 y 215, sanciona al que se fingiere autoridad y al que ejerciere actos propios de una profesión para lo cual se requiere título. El proyecto, en esta materia, amplía el campo de acción, describiéndolo con mayor precisión y estableciendo una figura especial para el que ejerciere ilícitamente la profesión de médico, dentista, químico farmacéutico, bioquímico u otra relativa al arte de curar. Se saca el ejercicio ilegal de estas profesiones por estimarse que reviste una muy especial peligrosidad para la salud pública. "Para estos efectos" dice la disposición "se entenderá que ejercen actos propios de dichas profesiones: "1°.- El que se atribuya la respectiva calidad; "2º.- El que ofrezca tales servicios públicamente por cualquier medio de propaganda o publicidad, y "3º.- El que habitualmente realizare diagnósticos, prescribiere tratamientos o llevare a cabo operaciones o intervenciones curativas de aquéllas cuya ejecución exige los conocimientos o las técnicas propias de tales profesiones." Por esta norma, se trata de castigar a quienes ilícitamente, fingiéndose una calidad o conocimientos que no tienen, ofrecen sus servicios de curación. Es lo que suele denominarse el curanderismo, tan practicado y que tanta difusión ha encontrado en nuestro país. Se le sanciona. .. El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Me permite, Honorable Diputado? Ha llegado la hora de término del Orden del Día. Cerrado el debate en general y en particular. En votación general el proyecto. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará en general. Aprobado. Quedan aprobados reglamentariamente los artículos 2º, 4º, 5º, 7º y 8º, por no haber sido objeto de indicaciones. Se van a leer las indicaciones al artículo 1º. El señor CAÑAS (Secretario).- El señor Tejeda ha formulado, respecto del artículo lº, las siguientes indicaciones: Para suprimir la expresión "... u otra relativa al arte de curar…" en el artículo 213 a), que se agrega al Libro II, Título IV, párrafo 8º, del Código Penal. En el inciso final del mismo artículo 213 a) propone suprimir la palabra "primeros", donde dice: "Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren primeros auxilios…" Quedaría solamente "… a quienes prestaren auxilios… " Además, propone agregar a este artículo 213 a) el siguiente inciso: "La recomendación y práctica de tratamientos naturistas no constituye delito." El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación el artículo 1° con la primera indicación leída. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos; por la negativa, 40 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Rechazada la indicación. En votación el artículo lº con la indicación que suprime la expresión "primeros" en el inciso final del artículo 213 a). Si le parece a la Sala, se aprobará. Varios señores DIPUTADOS.- ¡No! El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PARETO (Vicepresidente).- Se va a leer de nuevo la indicación. El señor CAÑAS (Secretario).- La indicación consiste en suprimir la expresión "primeros", que antecede a la palabra "auxilios". O sea, el inciso final del artículo 213 a) diría: "Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren auxilios...", y no "primeros auxilios". El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 29 votos. El señor PARETO (Vicepresidente). Rechazado el artículo con la indicación. El señor ACEVEDO.- ¡No se puede prestar auxilio! El señor PARETO (Vicepresidente).- Se dará lectura nuevamente a la indicación que sigue. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación del señor Tejeda para agregar al mismo artículo 213 a), un inciso que diga: "La recomendación y práctica de tratamientos naturistas no constituye delito." El señor GIANNINI.- Entendemos que es así, sin decirlo. El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación este inciso. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 6 votos; por la negativa, 34 votos. El señor PARETO (Vicepresidente). Rechazado el inciso. En votación el artículo lº, en su forma original. Si le parece a la Honorable Cámara, se dará por aprobado. Aprobado. Corresponde votar el artículo 3º con las indicaciones que se van a leer. El señor CAÑAS (Secretario).- El señor Tejeda propone agregar, a continuación del 315 del Código Penal, que se reemplaza por el proyecto de ley en debate, los siguientes artículos nuevos: "Articulo 315b).- Si el que estando obligado por la ley o el contrato a proporcionar habitación lo hiciere en condiciones que perjudiquen la salud de sus moradores, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado mínimo y multas de tres a diez sueldos vitales". "Articulo 315c).- Incurrirán en las penas señaladas en el artículo anterior los dueños o regentes de residenciales o casas de pensión que suministren alimentos que, en su higiene, calidad o cantidad, infrinjan las disposiciones del Servicio Nacional de Salud, siempre que la infracción no tenga señalada otra pena restrictiva de libertad, y sin perjuicio de las multas o clausuras que procedan". El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación el artículo 3º con la primera indicación leída. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 11 votos; por la negativa, 36 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Rechazado el artículo con la indicación. En votación el artículo con la segunda indicación leída. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 6 votos; por la negativa, 36 votos. El señor PARETO (Vicepresidente). Rechazado el artículo con la indicación. En votación el artículo 3º en su forma original. Sí le parece a la Honorable Cámara, se aprobará. Aprobado. El señor CAÑAS (Secretario).- El señor Giannini propone sustituir el artículo 319 f) que por el artículo 3º del proyecto se agrega al Código Penal, por el siguiente: "Las normas señaladas en los cinco artículos precedentes se aplicarán, igualmente, respecto de las personas que empleen drogas que produzcan efectos de dependencia del individuo ante ellas y que estén incluidas en los reglamentos restrictivos de su uso por el Servicio Nacional de Salud. Pero, en estos casos, el Tribunal podrá rebajar hasta en tres grados las penas que en los referidos artículos se establecen." El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación la sustitución. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará. Aprobada. Se dará lectura a una indicación al artículo 6º. El señor CAÑAS (Secretario).- Hay una indicación del señor Tejeda para suprimir la frase final del artículo 6º, que dice: "y no podrá ser inferior a la mitad del mínimo de la multa señalada por la ley como sanción del respectivo delito." El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación el artículo con la indicación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 11 votos; por la negativa, 34 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Rechazado el artículo con la indicación. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo en su forma original. Aprobado. Terminada la discusión del proyecto. Terminado el Orden del Día. 7.- ACTUACIONES DE LA SOCIEDAD PROMOTORA DE VIVIENDAS ECONOMICAS PROVIENE ALCANCE A OBSERVACIONES FORMULADAS SOBRE EL PARTICULAR El señor PARETO (Vicepresidente).- Entrando en la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Independiente. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Demócrata Cristiano. El señor HURTADO (don Rubén).- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor HURTADO' (don Rubén). Señor Presidente, en sesión del Senado de lº de agosto último, y de la Honorable Cámara del 9 del mismo mes, el Senador Luis Bossay y el Honorable Diputado Manuel Cantero, respectivamente, a los que se agregaron los Diputados Camus y Eduardo Sepúlveda, formularon denuncias respecto a mis actividades como Presidente Gerente de la Sociedad PROVIEN y CÍA. C.P.A., de Viña del Mar, y a las actividades de esa Sociedad en su plan de construcciones y otorgamiento de sitios para autoconstrucción a los trabajadores de la zona. No obstante que ninguno de esos parlamentarios tenía la menor idea de lo que estaban planteando, ya que procedieron a leer una nota circular que un grupo muy reducido e irresponsable de ocupantes de viviendas de "Villa Dulce" entregó a la opinión pública, sin importarle la gran obra que PROVIEN lleva a efecto en Villa del Mar, voy a dar respuesta, con la mayor serenidad y tranquilidad posibles, a las absurdas e injustas acusaciones de que somos víctimas. Comprendo que al actuar, llevados por intereses electorales, los parlamentarios acusadores silenciaron lo realizado por PROVIEN en Las Achupallas, de Viña del Mar, que ha dado a la fecha, como resultado, la construcción de 1.649 viviendas definitivas y la entrega de aproximadamente 5.000 sitios para autoconstrucción. Además de lo señalado, cabe agregar que, junto con solucionarles el problema habitacional a miles de familias modestas, nuestro plan ha servido para llevar a la provincia de Valparaíso una inversión de, más o menos, Eº 40.000.000, dando trabajo a centenares de obreros y empleados, como también se ha constituido en importante mercado de una serie de industrias abastecedoras de materiales de construcción, situadas en la zona. Resulta curioso que quienes ahora nos atacan sean, precisamente, los que siempre manifestaron que nuestro proyecto era una locura y que, por lo tanto, jamás se realizaría. Ahora, cuando es toda una hermosa realidad, aparecen como defensores de aquéllos que, según ellos, eran unos ilusos. PROVIEN y Cía. C. P. A. es una empresa de tipo cooperativo que cuenta con más de 7.500 socios activos; cada socio posee una sola acción de cada una de las cuatro sociedades nacidas para resolver el problema habitacional de sus asociados. Al constituirse, en 1959, las sociedades PROVIEN, se fijaron como objetivo el loteamiento, urbanización y construcción de viviendas económicas en el predio denominado Las Achupallas, de Viña del Mar. Para cumplir con el fin señalado, se procedió a constituir la Sociedad Urbanizadora PROVIEN, junto a tres sociedades complementarias, denominadas Materiales PROVIEN, Distribuidora PROVIEN y Casas PROVIEN. Obramos así porque las sociedades en comandita por acciones son las que mejor se prestan para realizar comunitariamente planes como los nuestros. Sociedades PROVIEN han estado cumpliendo su labor para las cuales fueron creadas, con dificultades, naturalmente, y, por qué no decirlo, con algunas fallas, muy comprensibles en una obra tan esforzada, pero, en ningún caso, con las que indican estos señores parlamentarios, que aparecen haciendo denuncias carentes de asidero legal, técnico o económico. Se acusa a PROVIEN de no haber construido ella misma las viviendas; habría sido el ideal y era nuestro deseo; pero ni el Banco Interamericano de Desarrollo ni la Corporación de la Vivienda lo permitieron, ya que el contrato que dio vida al plan exigió, como condición, "el pedir propuestas públicas a las empresas que estuvieren catalogadas en primera categoría en los Registros de la CORVI". PROVIEN no reunía esa calidad. Dicen que los socios que tenían terrenos para autoconstrucción con títulos de dominio lo aportaban a la Sociedad con el compromiso de ésta de descontar dicho valor del precio de la vivienda. Esto no es efectivo, ya que la Sociedad entrega a cada uno de sus socios o un sitio de más o menos cuatrocientos cincuenta metros cuadrados en el sector de autoconstrucción para aquellos que no puedan pagar un dividendo por una casa construida, o una casa definitiva con sitio debidamente urbanizado, pagadera a 21 años plazo, pero, en ningún caso, pueden recibir ambas cosas. Expresan que por la casa de cinco dormitorios, o sea, la de cien metros cuadrados, más o menos, debía haberse cobrado un precio máximo de Eº 6.000. La sola lectura de esta acusación demuestra ignorancia total sobre el tema, ya que cualquiera sabe que el valor del metro cuadrado de construcción supera los Eº 500. Agregan que, a la fecha, se han construido sólo 1.249 viviendas y que para el resto no hay financiamiento. Puedo manifestar, al respecto, con legítimo orgullo y con íntima satisfacción, que, a la fecha, se han construido 1.649 viviendas y que existe financiamiento para 536 más, que esperamos empezar a construir a fines del presente año. Hago notar, en todo caso, que " dicen "han construido sólo 1.249 casas"; ellas no son pocas y me gustaría saber si con el esfuerzo del señor Senador y de los señores Diputados mencionados se ha construido una sola vivienda para los trabajadores de la zona que representamos. Por su forma de actuar, estos parlamentarios parecen desear que no se construya más en Las Achupallas, aunque ello perjudique a aquellos que esperan que se les entregue, con la mayor brevedad, una vivienda para sus familias. Más adelante manifiestan que, con los años, todos esos castillos de sueños se diluyeron sólo en promesas. Me pregunto: ¿qué sueños y castillos en el aire, si las personas que ellos dicen defender están viviendo desde hace dos años en sus casas; no en un sueño, sino en su casa de la Población "Villa Dulce Norte"? Reitero que son 1.649 casas construidas y ocupadas, y 5.000 sitios para autoconstrucción, la mayoría de estos últimos con sus casas levantadas, y los socios con sus familias viviendo en ellas. Creo que los que están dormidos y con pesadilla son nuestros detractores, que no tienen idea de lo que dicen. Otra acusación: que la sociedad vendió por su cuenta y riesgo la maquinaria comprada para la urbanización; es lógico que los ejecutivos de una entidad que actúan autorizados por los socios, en conformidad con los estatutos de la Sociedad, efectúen actos propios de su actividad; y, precisamente, uno de ellos, es el poder comprar o vender la maquinaria que se necesite para, el trabajo; por eso, si así fuere, no tendría nada de anormal, pero tampoco es efectivo lo que expresan nuestros detractores, ya que la maquinaria que se adquirió para hacer los caminos no ha sido vendida. Por consiguiente, es otra imputación falsa. Señalan que se han vendido terrenos al mejor postor; esto no tiene nada de particular, ya que la Sociedad puede comprar o vender si así le conviene para desarrollar sus planes habitacionales, y cuando ha comprado o vendido lo ha hecho con este objeto. Se refieren, en seguida, a la calidad de los materiales usados en la construcción de las viviendas; afirman que son los más económicos que se usan en este tipo de construcciones, y es natural que así sea, ya que son los mismos que los organismos estatales y particulares usan en la construcción de vivienda y que son aceptados por los institutos que regulan y controlan su uso. Dicen que se cobraron 80 escudos mensuales por arrendamiento; el reducido grupo de personas que defienden los parlamentarios acusadores viven, desde hace dos años, en esas casas sin pagar nada, o sea, sin pagar arriendo ni dividendo, ni cooperar en forma alguna al plan social. Acusan con toda irresponsabilidad a funcionarios de la CORVI; sostienen que, con su complicidad, se le endosaron todas las construcciones a la Corporación de la Vivienda. Esta vez, la mala fe se une a la ignorancia, ya que lo que ellos llaman torcidamente "endoso", es simplemente lo regular en este tipo de operaciones; o sea, dividir la deuda entre los compradores, quedando hipotecada la propiedad en favor de la entidad que prestó el dinero; de otra manera, no sería posible hacer propietarios, ya que el adquirente compra y no recibe de regalo su casa, y como debe pagarla en 21 años plazo, tiene que quedar hipotecada. Reitero: es lo que se hace todos los días tanto en la CORVI como en las Asociaciones de Ahorro y Préstamo. Es un sistema nacional impuesto a través de la legislación vigente y de la simple lógica. Que se cobran Eº 750 por la escritura y que esta suma fue cargada, a la cuenta corriente del adquirente; es lógico que así sea; toda persona natural o entidad particular debe pagar las escrituras marginalmente al precio de venta. El valor cobrado en este caso es inferior a cualquier similar, incluso inferior al que se paga a través de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo. Dicen, más adelante, que las casas no durarán más de 10 años; los técnicos aprecian que pueden durar más de 50 años; sólo es cuestión de conservarlas. Señalan que por las casas se cobraron Eº 30.000, más 699 cuotas de ahorro; es decir, cuestan, según ellos, Eº 34.000. Esto es falso: las casas de tres dormitorios, living comedor, cocina, baño y terreno urbanizado, en la actualidad cuestan 26.000 escudos y no 34.000 escudos. Además, advierto que estas casas tienen un valor comercial superior a Eº 38.000, y que nosotros las entregamos a Eº 26.000, pagaderos a 21 años plazo y sin pie. La propia CORVI, en sesión del 14 de junio pasado, fijó para casas similares de la vecina Población "Almirante Gómez Carreño", un precio de Eº 39.370. Manifiestan que se cargó a todas las casas cierta suma por los daños del sismo, en circunstancias que éstos fueron financiados por la Ley de Reconstrucción. Esto no es efectivo; la Ley de Reconstrucción no financió daños del terremoto y fue PROVIEN la que asumió el gasto de las reparaciones y lo distribuyó en todas las casas en construcción. No podíamos cargarlo sólo a las casas afectadas, pues se olvidan de que se trata de una sociedad de carácter cooperativo y que el costo es global por toda la población, de modo que no se lleva el costo de casa por casa. Dicen que la sociedad no da cumplimiento a sus estatutos en lo referente a sus balances anuales e información a los accionistas. Esto es falso. La sociedad presenta balances a Impuestos Internos, al Banco Interamericano de Desarrollo y a sus accionistas; a estos últimos con la memoria de actividades. Como se puede observar, se trata de otra imputación gratuita. Sostienen también que los otrora "dirigente del Sindicato Industrial CRAV y ahora arrogantes directivos de PROVIEN", se niegan a recibir a sus dirigentes y a dar cuenta de la gestión administrativa. Los señores parlamentarios demuestran en esto, de nuevo, la falta de antecedentes que tuvieron para formular las gratuitas acusaciones de que me he venido haciendo cargo. Los dirigentes somos nosotros y nos entendemos directamente con cada socio o accionista, al cual se le ha vendido un terreno o una casa. Respecto a quién debemos nosotros dar cuenta de nuestra gestión administrativa, nos hemos atenido a las obligaciones que emanan de los estatutos de la Sociedad; o sea, informamos cuando lo solicita la Junta de Vigilancia, y a la Asamblea de Accionistas, la que se convoca de acuerdo con los Estatutos vigentes; también atendemos Juntas de Vecinos, Centros de Madres, Centros de Adelanto para el Progreso, Clubes Deportivos y Culturales, etcétera; en suma, atendemos toda entidad que busque progreso para la población y sus habitantes; pero, en ningún caso, a un pequeño grupo que, asumiendo la representación de los compradores, sin que éstos se la hayan dado, pretenden se les rebaje el valor real de las* viviendas, es decir, que los Directivos de PROVIEN les regalen todo el capital social, que pertenece a miles de accionistas. Expresan que la Sociedad destruyó un "radier" sobre el cual la Junta de Vecinos iba a construir su sede social; lo cierto es que PROVIEN facilitó un sitio para esos fines, a la Junta de Vecinos de ese sector, e, incluso, cooperó a su construcción, sede que está funcionando sin inconvenientes. Ahora, si otro grupo pretende construir dentro del mismo sector otra sede social, esto no se puede aceptar. Además, los terrenos para actividades comunitarias están establecidos en los planos aprobados, y no es conveniente modificarlos. En todo caso, no se destruyó “radier alguno"; sólo se prohibió la construcción de otro por las razones dadas. Denuncian que se les desalojó de un local que PROVIEN prestaba a la Junta de Vecinos, para efectuar reuniones; tal como lo afirman, facilitaba el local para las reuniones de las Juntas de Vecinos y no para que un pequeño grupo lo ocupara con el exclusivo propósito de atacar precisamente a la Sociedad propietaria del inmueble. No hay inconvenientes para que la Junta de Vecinos, el Centro de Madres y el Club Deportivo puedan reunirse para tratar las materias propias de sus actividades. Señalan que la Sociedad PROVIEN está vendiendo materiales para terminar las casas a un precio mayor que el del mercado. Al respecto, cabe señalar que una de las funciones de la sociedad es propender a que cada adquirente introduzca mejoras en su vivienda y, para ello, le entrega los materiales a quienes, voluntariamente, así lo deseen, a un precio muy por debajo al del mercado; decir otra coba es simplemente majadería. Por lo demás, a nadie se le ha obligado a comprar casas, sitios ni materiales para su mejoramiento o terminación. Finalmente, expresan que el movimiento es apolítico y que solamente los guía el propósito de lograr que se dé el verdadero valor a las casas y pagar un dividendo al alcance de sus medios económicos. He aquí el fondo del problema; justamente, es un movimiento político; somos la víctima propiciatoria para lograr, a través de una sistemática campaña de prensa, radio y otros medios de difusión, el echar por tierra el plan habitacional que estamos impulsando. Parlamentarios como los señores Bossay y Cantero, el diario "El Siglo", órgano oficial del Partido Comunista, y otros, desde hace algún tiempo, so pretexto de lograr un menor precio de la vivienda, la rebaja de los dividendos y el término del sistema de reajustabiiidad del saldo deudor, pretenden que fracase el plan constructivo… El señor STARK (Vicepresidente).- ¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano. 8.- SITUACION POLITICA DE ARGENTINA El señor STARK (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Radical, quien lo ha cedido al Comité Comunista. El señor GODOY URRUTIA.- Pido la palabra. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor HURTADO (don Rubén).- ¡Conocemos muy bien al Honorable señor Cantero, y desde hace muchos años! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor STARK (Vicepresidente).- Honorable señor Hurtado, advierto a Su Señoría que terminó el tiempo de su Comité. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor STARK (Vicepresidente).- ¡Honorable señor Hurtado, llamo al orden a Su Señoría! ¡Honorable señor Cantero! ¡Honorable señor Hurtado! ¡Honorable señor Meló! Está con la palabra el Honorable señor Godoy Urrutia. El señor CANTERO.- Eso lo tendrá que probar aquí en la Sala. El señor HURTADO (don Rubén).- ¡No salí elegido por sorteo como Su Señoría, sino con votos! El señor STARK (Vicepresidente).- ¡Honorable señor Hurtado, nuevamente llamo al orden a Su Señoría! -Hablan varios señores Diputados a La vez. El señor STARK (Vicepresidente).- Honorable señor Hurtado, amonesto a Su Señoría. Honorable señor Cantero, llamo al orden a Su Señoría. ¡Honorable señor Valenzuela! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¡Es que los Honorables señores Cantero y Meló siguen gritando…! El señor "GODOY URRUTIA.- Señor Presidente, hace muchos años, el pueblo hermano de Argentina sufre una dramática y terrible crisis: crisis económico financiera, que se refleja en un proceso inflacionista sin precedentes, con su cortejo de carestía, envilecimiento monetario, desocupación y enajenación de las fuentes mismas de la riqueza; crisis política, que se traduce en inestabilidad, golpes de Estado, dictaduras, prepotencia "gorilista", provocaciones contra pueblos vecinos, particularmente el nuestro; atropellos a las libertades y a los derechos humanos; entronizamiento del actual régimen corporativo fascista. ¡He aquí la imagen actual de este gran país, después de treinta y siete años de intervención militar en el poder, desde la deposición por la fuerza del Presidente Yrigoyen, el 6 de septiembre de 1930 justamente hoy se cumplen 37 años de esos sucesos. Desde esta época, poco han durado los gobiernos civiles constitucionales, pues los jefes de las Fuerzas Armadas han hecho tabla rasa de la democracia representativa, occidental y cristiana, adjetivos que agregan, por añadidura. En una procesión de golpes y contragolpes, sucesivamente han tomado las riendas del poder los Generales Uriburu, Justo, Rawson, Ramírez, Farrel, Perón, Lonardi, Aramburu y, ahora, Onganía, que está arrasando con los últimos vestigios legales y escrúpulos jurídicos. ¡Qué distancia separa a Onganía del libertador, el "santo de la espada", el ilustre General José de San Martín, que se enorgullecía de ser un general que "por lo menos no ha hecho derramar lágrimas a su patria" ¡ Y qué abismo se abre entre el General Justo José de Urquiza, que dio por tierra con los diecisiete años de martirio, opresión y tiranía de Juan Manuel de Rosas, que tuvo clavado el cuchillo del gaucho "matrero" en el pecho de Buenos Aires; y los jefezuelos castrenses, que pasarán a la historia, como vulgares sayones y sicofantes! Pocos países, como Argentina, tienen una más hermosa y fecunda tradición cultural. En lo que el pueblo de allende los Andes conoce como la "generación de mayo", se destacan Bernardino Rivadavia, que proyectaba entregar la tierra en enfiteusis a quienes tuviesen capacidad para cultivarla; y Esteban Echeverría, autor del "Dogma socialista". Brillantes precursores fueron también dos personajes estrechamente ligados a Chile: Juan Bautista Alberdi, que echó las bases de la Constitución de 1853 y cuyo lema no fue otro que "gobernar es poblar"; y el gran desbarbarizador Domingo Faustino Sarmiento, que sembró su patria de escuelas y bibliotecas para "desasnar al soberano", y que en la Presidencia de la República no fue otra cosa, como él se honraba en serlo, que un simple maestro de escuela. Discípulos de unos y otros, Argentina los cuenta por decenas en todos los campos del saber, de la ciencia, de la literatura y de la política digna, avanzada y constructiva. Particularmente, merecen recordarse algunos de ellos, que, por la altura de su pensamiento y la conducta irreprochable de sus vidas, figuran como piedras blancas, marcando hitos en el camino de la historia: José Hernández, con su ya clásico "Martín Fierro" Alma fuerte, el maestro rural de los célebres poemas; José ingenieros, el maestro de las juventudes americanas que hoy se pone de viva actualidad con el movimiento y las rebeldías de los estudiantes universitarios; Lisandro de la Torre, el político integérrimo e inclaudible; y el malogrado Aníbal Ponce, arrastrado al ostracismo y a la muerte prematura, lejos de su tierra, por la persecución ideológica, de que lo hicieron víctima la aristocracia y la oligarquía vacunas, que abrieron las puertas de la Casa Rosada a los que no tenían otro ideario que la violencia, otra razón que la fuerza física desorbitada, y otro derecho que sus ambiciones y apetitos propios de la "política, de las piaras", como gráficamente la denominara Ingenieros en "El hombre mediocre". Este cuadro positivo que podría honrar a la Nación que lo sustentara ha sido destruido por el régimen usurpador del General Onganía que, en su delirio de mando y en su servidumbre hacia, el Pentágono y el imperialismo yanqui, pretende, nada menos, que constituirse en apéndice de la policía política de los yanquis. Cuesta creer que sea real la agresión contra los valores operada en el país hermano por la fuerza ciega encaramada en el mando. Nada le ha merecido respeto; el desarbolamiento ha sido total. Ni Parlamento, ni magistratura, ni universidades, ni partidos políticos, ni sindicatos, ni la prensa, ni las manifestaciones artísticas, ni la inocente presencia de los enamorados en los bancos públicos, ni el largo de los vestidos femeninos, nada se ha escapado; todo fue devastado por el ciclón de la violencia y de la arbitrariedad. Naturalmente, en nombre de la santísima trinidad de Dios, Patria y Orden: la "artinidad" de los cuarteles. Está a la vista que el fascismo fue derrotado; pero no vencido ni extirpado del todo, en los campos de batalla de la segunda guerra mundial. Por si quedaran dudas al respecto, ahí están los regímenes imperantes en España, Portugal, Grecia, Haití, Guatemala, Paraguay y Bolivia como botones de muestra, para confirmarlo. Y aquí está, también, Estados Unidos, la "gran potencia" a la cual Mark Twain pedía suministrarle agua y jabón para que se* limpiara las manos manchadas con sangre, de vuelta de tropelías y depredaciones tan ignominiosas como las que hoy, ante el repudio de las gentes decentes de todo el mundo, sigue cometiendo con el mil veces heroico pueblo de Vietnam. Estados Unidos, la Casa Blanca y Wall Street no son ajenos a la hora triste por la cual pasa Argentina. Triste y vergonzosa. Vergonzosa e indigna. El pretexto para tanta afrenta e infamia no es otro que el anticomunismo, lanzado cual nueva bestia del Apocalipsis sobre los pueblos y contra la libertad y los derechos humanos. El anticomunismo inspira la ley monstruosa, dictada recientemente por el "gorilaje" argentino. Los comunistas chilenos podemos hablar de esto con experiencia y autoridad moral. No hace todavía mucho, sufrimos los efectos de la "ley maldita", dictada por un morboso aprendiz de tirano. Doce años vivimos en la clandestinidad, sumergidos en las catacumbas, como los primeros cristianos. Este engendro jurídico tuvo varios padres, entre ellos, el actual Senador Francisco Bulnes y el ex Diputado conservador y, ahora, flamante Embajador de la Democracia Cristiana en Brasil, Héctor Correa Letelier. Sus autores dijeron que con dicha ley quedaría sepultado para siempre el comunismo en Chile. La respuesta puede verse. No fuimos nosotros los que desaparecimos de la escena, sino aquellos que le pusieron más "pino" a su despacho. En aquel entonces, y en una dramática sesión, nuestro inolvidable camarada Ricardo Fonseca, dijo estas palabras: "Hoy se trata de fusilar la idea del marxismo, como un prólogo al descuartizamiento de todas las ideas de justicia y de progreso social, de libertad y de democracia. Pero se equivocan. El marxismo, en este año, ha cumplido un siglo. Ha conocido todas las persecuciones, todo el rigor de las ilegalidades, de los pelotones de ejecución y, sin embargo, ha emergido de la cárcel, más fuerte, más joven y luminoso que nunca. Su permanente lozanía estriba en que no es precisamente un discurso de fraseología hueca, llena de promesas que nunca, se cumplen, de bravatas, de degradación y cobardía, de amenazas y delirios paranoicos, de morbosas incitaciones al odio y al delito, tan de moda en este país. Constituye una integral concepción de la realidad del mundo y de la sociedad. Esa realidad y esa doctrina que la interpreta no son vulnerables a los tiros. No. se las puede matar a cañonazos, así como es utópico derogar la ley de gravedad por un decreto. No la pudieron detener Hitler y la Gestapo. Todo, entonces, comenzó muy alegremente, con desfiles y fanfarrias, ¡y terminó muy lúgubremente en las horcas de Nüremberg! "A estas alturas, el marxismo que se pretende proscribir, ha entrado a su mayoría de edad. El marxismo es la concepción científica de la naturaleza, de la sociedad y de las leyes que regulan sus transformaciones." Tales fueron las palabras del recordado camarada Fonseca. Igual pasará con nuestros hermanos del pueblo argentino y, a la cabeza de ellos, su vanguardia inclaudicable: el Partido Comunista, que ayudara a fundar Luis Emilio Recabarren. No pasará mucho tiempo y América Latina verá resurgir y emerger impetuosamente al Partido Comunista., que ahora un General, antípoca de San Martín, condena a la proscripción y a la muerte. La historia, la vida, el progreso social no pueden ser detenidos ni aherrojados. Cuando los gobiernos civiles toman también en sus manos la bandera negra del anticomunismo, el itinerario que se recorre es el mismo en todas partes: enajenado el apoyo popular, lanzada la ofensiva del terror, comprometido el apoyo político, que, a veces, no tarda en caer en manos de golpistas y aventureros. Esto enseña la experiencia y de nada sirven recursos efectistas o medidas espectaculares de última hora. La primera consecuencia de la infame ley anticomunista de Onganía no ha sido otra que la formación de un solo frente, casi unánime, repudiando, primero, la política represiva y fascistoide, y, mañana., constituyendo un solo bloque político sindical estudiantil, integrado también por militares democráticos, dispuesto a barrer con la tiranía y a limpiar la patria de las abyecciones que, por ahora, la afrentan y mancillan. Los comunistas de Chile denunciamos estos hechos que ponen en peligro la libertad en América.; expresamos nuestra solidaridad fraternal al Partido Comunista y al pueblo de Argentina, y llamamos a todas las fuerzas democráticas de nuestro país a salvaguardar nuestro patrimonio de democracia, libertades públicas y derechos del hombre. ¡Las fuerzas progresistas de Chile sabrán cumplir sus altos deberes en esta hora dramática de América! 9.- ATRASO EN EL OTORGAMIENTO DE BECAS POR LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS.OFICIO El señor STARK (Vicepresidente).- El resto del tiempo del Comité Comunista ha sido cedido al Comité Radical. El señor FUENTEALBA.- Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, el año pasado, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas hizo sólo las inscripciones para otorgar las becas a fines del año. Por este motivo, se produjeron algunos trastornos y retrasos que perjudicaron enormemente a los beneficiados. El presente año corrigiendo dicho error, la Junta Nacional ha dado un plazo, que vence precisamente el 16 de septiembre, para la presentación de las solicitudes y el otorgamiento de los beneficios. Como en algunas localidades alejadas de las ciudades no se tiene conocimiento de este plazo, a pesar de que la noticia ha sido difundida por la prensa y por las radios de todas las provincias, estimo conveniente prorrogar el plazo hasta fines del mes en curso. Solicito, por lo tanto, que se envíe oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que se sirva dar las instrucciones correspondientes, a fin de prorrogar el plazo de presentación de las solicitudes de becas hasta fines de septiembre. El señor STARK (Vicepresidente). Será despachado el oficio al señor Ministro de Educación Pública, en la forma solicitada por Su Señoría, en su nombre… El señor VALENZUELA (don Ricardo).- También en mi nombre, señor Presidente. El señor WERNER.- Y en el mío, señor Presidente. El señor MELO.- Y también en el mío. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará, también, en nombre de los Honorables señores Valenzuela, don Ricardo, Werner y Meló. 10.- CESANTIA DE LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION EN LA PROVINCIA DE TALCA. OFICIOS El señor CABELLO.- Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor CABELLO.- Señor Presidente, deseo leer una carta muy interesante que nos ha escrito a los parlamentarios de la provincia y a Su Excelencia el Presidente de la República, el Sindicato Profesional de la Construcción de la provincia de Talca. Han hecho llegar el documento a varios diarios, tanto de la provincia como de Santiago; pero sólo han tenido acogida en algunos periódicos de Talca. En su comunicación manifiestan lo siguiente: "Distinguido señor: "En nuestra calidad de dirigentes (Presidente y Secretario, respectivamente) del Sindicato Profesional de Obreros de la Construcción de Talca, le quedaríamos sumamente agradecidos si Ud. se sirviera Publicar en su Periódico (Revista) que tan dignamente dirige la siguiente carta abierta a los señores parlamentarios de la provincia de Talca y al Presidente de la República: "Talca, agosto 25 de 1967. "Señores Parlamentarios de la provincia de Talca y Excelentísimo Presidente de la República. "Santiago Chile. "Honorables Parlamentarios y Excelentísimo señor Presidente de la República: "En nuestra calidad de dirigentes (Presidente y Secretario, respectivamente) del Sindicato Profesional de Obreros de la Construcción de Talca, les quedaríamos sumamente agradecidos si Uds. se sirvieran concedernos lo siguiente: "1.- Solicitar, proponer y apoyar en los Ministerios respectivos los fondos necesarios, a fin de efectuar los siguientes trabajos de construcciones en la provincia de Talca: "a) Para la pronta construcción de los siguientes edificios escolares: Escuela Industrial, Escuela Vocacional de Mujeres Nº 2, Escuelas Primarias de Hombres Nºs. 2, 4 y 6; "b) Para la pronta construcción de un Grupo Escolar en la Población Oriente; "c) Para la construcción de una población para los Carabineros, en el sitio eriazo que ellos poseen en la Avenida Diagonal, de Talca; "d) Que las Cajas de Previsión de Empleados Particulares, Servicio de Seguro Social y de Empleados Públicos y Periodistas destinen los fondos necesarios para las construcciones de poblaciones exclusivamente para sus imponentes; "e) Para que se pavimenten las calles de las poblaciones Oriente, Norte, El Prado y de las Cooperativas de Viviendas "Fátima", "Río Claro", "Lircay", "Santa Clara" y 'Hermanos Carrera"; "f) Para que la CORFO o empresas particulares instalen fábricas de cemento en el departamento de San Clemente, por existir piedra caliza en los cerros cercanos; "g) Para que se instalen fábricas de pizarreño, artefactos sanitarios y textiles en Talca; "h) Para que se formen cooperativas de construcciones de habitaciones baratas, en donde los principales accionistas sean el Estado y los obreros de la construcción de Talca, y "i) Que el Ministerio de la Vivienda entregue a los sindicatos de obreros de la construcción cualquier trabajo del ramo de CORA, INDAP, CORVI, etcétera, pero que sean asesorados por ingenieros o arquitectos del Estado, y que todos estos trabajos sean de material sólido a fin de que tengan ocupación los albañiles y se empleen más jornaleros. Que no suceda como ahora, que con las famosas casas prefabricadas se les corta el trabajo a ellos. "Lo solicitamos esto a ustedes, Honorables parlamentarios y Excelentísimo señor Presidente de la República, a fin de terminar en algo la inmensa cesantía que hoy aqueja a nuestro gremio en Talca, y que son más de 5.000 trabajadores (más de 2.000 de la construcción, más de la Forestal Copihue, 80 de la Industria Yarza, más de 300 campesinos, etcétera.)" Firman dos dirigentes: Agapito Bravo, Presidente del Sindicato de Obreros de la Construcción, y Héctor González Rojas, Secretario. He querido leer esta carta, porque ella manifiesta la enorme preocupación y el deseo que tiene un sinnúmero de obreros de encontrar trabajo. Están actualmente cesantes. No pueden llevar a sus hogares ni siquiera un pedazo de pan. Por eso, han estado permanentemente pidiendo ante la opinión pública que se dé solución a sus problemas. Con el colega Rodolfo Werner, hemos tenido oportunidad de ir a sus sindicatos y oír estos mismos conceptos y comprobar cuanta justicia hay en ellos. Los parlamentarios de la zona, desde que llegamos al Congreso, hemos solicitado que se resuelven muchos de esos problemas. Con tal objeto, hemos presentado proyectos que autorizan a diferentes municipalidades para contratar empréstitos. Hemos conseguido que se promulgue la ley del Fósforo, que por lo menos dará oportunidad a muchos obreros de trabajar en algunas obras públicas que se ejecutarán en la ciudad. Esta carta, además, revela todo el inmenso drama que se está produciendo a lo largo de Chile. Los trabajadores no solicitan caridad, sino que piden, simplemente, posibilidades de trabajo. Incluso, ellos han buscado soluciones. Han investigado si se pueden crear nuevas industrias en la zona y han llegado a conclusiones positivas. Señalan, por ejemplo, que es posible instalar una fábrica de cemento en la localidad de San Clemente, donde hay piedra caliza, es decir, se dispone de los elementos para que funcione una nueva industria. Pero sabemos que el espíritu que guía a muchos empresarios chilenos ha impedido que estas ideas prosperen. Sabemos que en Chile la producción de cemento es un monopolio. Nuestra provincia nunca va a tener, seguramente, la oportunidad de contar con alguna industria que compita con ese monopolio. De ahí que se haya dificultado su instalación. Esto mismo también ha sucedido con la industria papelera de Talca. Esta se mantiene sólo porque la Papelera de Puente Alto la permite, para tener ese mascarón de proa, para que no digan que existe el monopolio del papel. Pero allí se fabrica sólo el 0,6% de la producción total. No hemos conseguido la ampliación de esta industria, para que dé trabajo a tanta gente que lo necesita. Los obreros de la construcción están reclamando que se les pague el salario que les corresponde y las asignaciones familiares. Son millares los conflictos que hay entre estos trabajadores y las diferentes empresas constructoras en la provincia. Incluso, ese alto espíritu y el deseo de luchar por obtener mayores posibilidades de trabajo, los ha perjudicado. Ellos piden que las empresas constructoras que se establezcan en la provincia los contraten, porque ni siquiera eso se hace actualmente, ya que ocupan elementos "apatronados" que, por la necesidad de tener un trabajo, aceptan todas las condiciones que le imponen los dueños de las empresas. Por otra parte, como algunos de estos obreros han sido dirigentes sindicales, no los reciben en ninguna faena y viven permanentemente con el fantasma de la miseria. Quiero que la Cámara conozca este problema, que no sólo se presenta en la ciudad de Talca, sino también en gran parte de nuestro país. Me he referido a él porque en esta forma podremos hacer llegar este clamor a las autoridades que están obligadas a solucionarlo. Pido que se oficie al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se estudie la posibilidad de crear una industria o fábrica de cemento en esta ciudad. Además, solicito que se envíe oficio al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, a fin de que resuelva los problemas de los trabajadores tanto de Talca como del resto del país, y se preocupe de que 110 se menoscaben sus posibilidades, que se les paguen las asignaciones familiares cuando corresponda y no se les queden adeudando salarios en caso de ser desahuciados, ya que muchas veces se les pagan varios meses después que han sido despedidos, en algunas oportunidades en forma injusta, sin cumplir con los contratos de trabajo y de acuerdo con las necesidades del empresario, no del grupo de trabajadores. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Se enviarán a los señores Ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción y del Trabajo y Previsión Social, los oficios solicitados por Su Señoría. El señor WERNER.- Y en mi nombre. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Se dirigirán, también, en nombre del Honorable señor Werner. 11.- PAGO DE REMUNERACIONES A LOS PROFESORES DE LOS CENTROS DE EDUCACION BASICA Y REGULARIZACION DE SUS NOMBRAMIENTOS. OFICIO El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Puede continuar Su Señoría. El señor CABELLO.- Señor Presidente, concedo una interrupción a mi Honorable colega señor Fuentealba. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Fuentealba. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, los profesores de los Centros de Educación Básica de casi todo el país están enfrentados a un serio problema, puesto que, a pesar de estar desempeñando sus funciones desde principios de año, no les han pagados las horas de clase que han realizado. Incluso, a algunos de ellos no se les han cursado los nombramientos correspondientes. Solicito que se envíe oficio al señor Ministro de Educación Pública, para que proceda a nombrar cuanto antes a estos profesores y, además, se les paguen los sueldos adeudados y los trienios a que tengan derecho. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, al señor Ministro de Educación Pública. 12.- IRREGULARIDADES EN LA SECCION INDUSTRIAS FORESTALES DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCION.- OFICIO El señor CABELLO.- Señor Presidente, concedo una interrupción al señor Olave. El señor PHILL1PS (Presidente accidental).- Con la venia del Honorable señor Cabello, tiene la palabra Su Señoría. El señor OLAVE.- Señor Presidente, solicito que se envíe oficio a la Contraloría General de la República para que haga una investigación en la Corporación de Fomento de la Producción, Sección Industrias Forestales, porque he tenido conocimiento de que, en estos instantes, en el país, se está cometiendo un fraude aduanero en la internación de 431 camiones distintas marcas. Desgraciadamente, organismos pertinentes no han ejercido una acción realmente fiscalizadora, ni han tornado las medidas del caso para hacer respetar las disposiciones legales establecidas y evitar así esta verdadera sangría al Fisco con los abusos cometidos con certificados de liberación que, en realidad, están siendo modificados por la Sección Industrias Forestales de la CORFO. Aduana de Valdivia descubrió que los camiones internados por los madereros de zona se- están utilizando con fines totalmente diferentes para los cuales se les concedió el permiso. La CORFO debió reglamentar, por resolución interna, porque así lo dispone el decreto ya invocado y en plena vigencia, “las condiciones y requisitos que debían cumplir los interesados para poder gozar esas franquicias.” La Corporación de Fomento cumplió, señalando recorridos y destino de las máquinas. Ahora bien, ¿con qué objeto se hacen estas exigencias? Sencillamente, para que se burlen... El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- ¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Radical. Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría a la Contraloría General de la República. 13.- PROBLEMAS DE LA PROVINCIA DE BIOBIO. OFICIOS El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- El turno siguiente le corresponde al Comité Democrático Nacional. El señor VALENZUELA VALDERRAIVIA (don Héctor).- Pido la palabra. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Señor Presidente, en el tiempo de este Comité, primero concederé una interrupción al señor Pedro Stark y, después, al señor Julio Montt. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Con la venía del señor Valenzuela Valderrama, tiene la palabra el Honorable señor Stark. El señor STARK.- Señor Presidente, por muchos motivos, entre otros por el término de algunas obras, se ha producido un aumento de la cesantía en la provincia de Biobío. Es conveniente tomar todas las medidas del caso para crear nuevas fuentes de trabajo. Puedo citar algunas obras, actualmente en ejecución, que es necesario agilizar y, al mismo tiempo, completar. El Liceo de Hombres de Los Ángeles es un establecimiento secundario regional, donde últimamente se ha estado dando término a la parte correspondiente a salas de clases. Ese proyecto consulta, además, la construcción de un internado y de edificaciones administrativas. Según algunas autoridades, los internados no serían convenientes dada la actual reforma del sistema educacional, aun cuando podrían consultarse en ciertas zonas, más no en las regiones esencialmente agrícolas, como es la provincia de Bío Bío. Sin embargo, allí es sumamente necesario contar con internados en estos colegios, por cuanto la mayoría de los estudiantes provienen de zonas agrícolas donde se carece, por lo general, de residenciales para ellos; y, por otra parte, la situación económica no permitiría poder cobijar a esos niños. En consecuencia, solicito, en primer lugar, que se dirija oficio a los señores Ministros de Obras Públicas y de Educación Pública para representarles que, en ningún momento, es conveniente paralizar estas obras y, también, la urgencia en presupuestar la ejecución tanto de la parte del internado como de la administrativa. Al mismo tiempo, señor Presidente, se consulta en esa ciudad la ampliación del Liceo de Niñas. Pido que se envíen oficios al señor Ministro de Educación Pública y al de Obras Públicas, porque a través de la Dirección de Arquitectura, este último tiene a su cargo estas construcciones, con el objeto de que se agilicen las edificaciones mencionadas, para absorber entonces el máximo de la mano de obra que está quedando sin empleo debido. Además, señor Presidente, ya se ha bosquejado la escuela industrial y un establecimiento para la Escuela Nº 2 de Mujeres. Solicito que se dirijan los oficios correspondientes, pidiendo la inclusión de los recursos necesarios para su ejecución dentro del presupuesto de este año y, en lo posible, puedan iniciarse estas obras en lo que resta del año. Por otra parte, todos sabemos que, a lo largo del país, hay en proyecto diversas rutas camineras; pero, al parecer, por término del año, los presupuestos también se estaban agotando. No obstante, se me ha informado que habría algunos medios que permitirían entregar ciertas vías necesarias, iniciándolas de inmediato. Por lo tanto, pido dirigir oficio al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que consulte en su agenda de obras camineras de la provincia de BíoBío la realización de algunos caminos transversales que permitan la salida de productos agrícolas, y cuya ejecución tanto estamos reclamando, especialmente los 32 kilómetros que van quedando sin pavimentar en la ruta de Los Ángeles hasta Antuco, ubicados en el sector de Las Canteras a Antuco, que es la más urgente. El resto del tiempo lo ocupará el Honorable señor Julio Montt. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios a los señores Ministros de Obras Públicas y de Educación, en nombre de Su Señoría... El señor BUZETA.- Y en el mío. El señor RIOSECO.- También en mi nombre. El señor MELÓ.- Y en nombre de nuestro Comité. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- ...y en el de los Honorables señores Buzeta y Rioseco y del Comité Comunista. 14.- HOMENAJE A LA VILLA DE SAN PABLO, UBICADA EN LA PROVINCIA DE OSORNO, CON MOTIVO DE SU PROXIMO PRIMER CENTENARIO. NOTAS DE CONGRATULACION El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Con la venia del Honorable señor Valenzuela Valderrama, puede usar de la palabra el Honorable señor Montt. El señor MONTT.- Señor Presidente, uno de los pueblos más antiguos de la provincia de Osorno y de la zona sur de nuestro país, cuyo pasado histórico se confunde con ciertos acontecimientos nacionales, es la hoy comuna de San Pablo, que el próximo sábado 9 del presente mes cumple con legítimo orgullo su primer centenario de existencia. Establecida oficialmente el 9 de septiembre de 1867, por decreto supremo del entonces Presidente de la República don José Joaquín Pérez, siendo Ministro del Interior don Álvaro Covarrubias, tiene el privilegio de ser uno de los pocos pueblos de nuestra nación que expresamente fueron establecidos por orden del Gobierno de Chile en la segunda mitad del siglo XIX. La Villa de San Pablo fue fundada por el misionero capuchino fray Pablo de Royo, quien tenía a su cargo desde fines del año 1835 una misión apostólica en terrenos ubicados en el entonces departamento de Osorno, y que fueron cedidos especialmente para tales efectos por el cacique Paiguinamun o Painamun, jefe de la reducción indígena de Thalmahue o Tralmahue con cuyo nombre se conocían en ese entonces los deslindes territoriales donde hoy se encuentra ubicada esta ciudad centenaria. Cuenta la historia, refiriéndose a la Villa de San Pablo, que el cacique Paiguinamun o Painamun tenía interés en el establecimiento de una misión apostólica en sus dominios, pues no quería ser menos que los jefes de las reducciones indígenas de San Juan de la Costa y Quilacahuín, donde pudiera construirse una iglesia y una escuela que sirvieran a la reducción. Agregan los historiadores que, teniendo a su cargo la misión fray Pablo de Royo, propuso al Gobernador de Osorno, allá por el año de 1866, la conveniencia de establecer un pueblo en esa misión, señalando que "siempre había abrigado la profunda convicción de que para civilizar a los indígenas no sólo era necesario que los misioneros trabajaran con ahinco, predicándoles las doctrinas del Santo Evangelio, sino que inculcándoles también las sanas ideas, haciéndoles comprender las grandes ventajas de educar e instruir a sus hijos y llevar una vida sobria y arreglada y trabajar para reunirlos en un centro de población." Los esfuerzos por dar vida y progreso a esa nueva población fueron tesoneros y ellos se vieron plenamente coronados por el éxito cuando el 22 de diciembre de 1891, bajo la Administración del Presidente don Jorge Montt, se creó la comuna de San Pablo, en virtud de una ley general de la República. Desde entonces hasta nuestros días han pasado muchos años, y numerosas generaciones han nacido, vivido y trabajado por realizar cada vez en forma más efectiva las aspiraciones de quienes tuvieron la visionaria idea de crear esta localidad. Han pasado muchos años, y la localidad de San Pablo, con sus cien años de existencia, es una comuna progresista y que mira con marcado optimismo su futuro. Es evidente que existen problemas de diversa índole. Sin embargo, el tesón, entusiasmo y deseos de progreso de sus actuales autoridades y el respaldo de su esforzada población, han encontrado eco favorable en las esferas gubernativas y luchan en conjunto por darle a San Pablo el sitial que realmente le corresponde dentro del concierto nacional. Señor Presidente, a escasas horas de que las autoridades y población de San Pablo celebren con alborozo y regocijo su primer centenario de existencia, como parlamentario de la provincia de Osorno quiero hacer oír mi voz en esta oportunidad para rendir el más sentido homenaje a su fundador, a sus primeros habitantes, a sus actuales autoridades y a cada uno de sus pobladores de hoy, que luchan con entusiasmo y denodados esfuerzos por convertirla en una de las comunas más progresistas de la provincia que tengo el honor de representar en el Parlamento. Pido, finalmente, se envíen en mi nombre, por no haber quorum en la Sala en estos instantes, oficios al Alcalde y a la Municipalidad, felicitándolos por este centenario que van a celebrar el próximo sábado. Como está pendiente en la Comisión de Gobierno Interior un proyecto de ley de empréstito para esta Municipalidad, solicito que, cuando sea despachado por esa Comisión, se le dé preferencia a su tramitación en esta Honorable Cámara, en homenaje a esta Villa de San Pablo, que cumple sus primeros cien años de existencia. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Se mandarán los oficios solicitados. El señor MELO.- Y en mi nombre. El señor OLAVE.- También en el mío. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Se derigirán también en nombre de Sus Señorías. 15.- MEDIDAS QUE SE ADOPTARIAN EN LAS UNIVERSIDADES NACIONALES EN RELACION CON LA PRUEBA DE APTITUD ACADEMICA. OFICIOS El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Puede continuar el Honorable señor Valenzuela Valderrama. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- El Honorable Diputado señor Luis Pareto me ha pedido una interrupción y se la concedo con mucho gusto. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Pareto. El señor PARETO.- Señor Presidente, sólo deseo solicitar que se envíen oficios, en mi nombre, al señor Ministro de Educación Pública, al señor Rector de la Universidad de Chile y al señor Rector de la Universidad Católica, para que se aclaren algunas medidas adoptadas en virtud de al autonomía universitaria. Si bien es cierto que la autonomía universitaria se ha convertido en un mito, el Diputado que habla desea plantear, por lo menos, muy claramente el profundo malestar que sintió cuando las universidades crearon la prueba de aptitud académica en reemplazo del bachillerato, derogado por el Parlamento. Pero lo inaudito es lo que me han informado esta mañana algunos estudiantes que, egresados de las escuelas secundarias, rindieron la prueba de aptitud académica a comienzos de este año. Estos estudiantes han sido notificados por las universidades de que el resultado de esa prueba y el puntaje que obtuvieron el año 1967 no les sirven en absoluto para postular a las facultades universitarias durante el año universitario de 1968, y que tendrán que rendir nuevamente la prueba de aptitud académica. Esto, de ser efectivo, sería una burla y un engaño; creo que por muy amplia que sea la autonomía de los planteles de enseñanza superior, las universidades no tienen derecho a hacer una burla de esta naturaleza al estudiantado nacional. Por tanto, solicito que se envíe, en mi nombre, un oficio muy claro a los señores Rectores de las Universidades de Chile y Católica y al señor Ministro de Educación Pública, para que den a conocer a esta Corporación cuáles son las razones que han tenido para dejar nulas las pruebas de aptitud académica de aquellos alumnos que, desgraciadamente, no lograron matricularse en ninguna facultad universitaria y deberán rendir nuevamente esta odiosa prueba, que, en el fondo, ha sido una burla para el Parlamento Nacional, el cual derogó el bachillerato. Por lo tanto, dejo planteada mi más enérgica protesta ante estos antecedentes que me han proporcionado muchos estudiantes que rindieron esa prueba, y a quienes hoy día, al inscribirse para el próximo año en las escuelas universitarias, se les ha manifestado que deberán someterse otra vez a ese examen. Si esta exigencia se mantuviera, constituiría una burla. Creo que, al amparo del mito de la autonomía universitaria, se está cometiendo un abuso, que yo, por lo menos, no estoy dispuesto a soportar. En la próxima sesión espero promover un amplio debate sobre esta materia, para enjuiciar estos arbitrios de las universidades nacionales. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios a que ha hecho mención Su Señoría. Puede continuar el Honorable señor Valenzuela Valderrama. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Cuántos minutos quedan, señor Presidente? El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Dos minutos y medio. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Renuncio, señor Presidente. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Por haberse cumplido el objeto de la presente sesión, se levanta. Se levantó la sesión a las 19 horas 11 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.