REPÚBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 41ª, en martes 5 de septiembre de 1967 (Ordinaria: de 16.15 a 20.27 horas) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES LORCA, DON ALFREDO; PARETO Y STARK SECRETARIO, EL SEÑOR CAÑAS IBAÑEZ PROSECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V.- TEXTO DEL DEBATEI.SUMARIO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se califica la urgencia hecha presente para el despacho de un proyecto de ley 2.- Envío de un proyecto a las Comisiones unidas de Hacienda y de Educación Física y Deportes 3.- Se adoptan acuerdos respecto de la vigencia de la reciente reforma del Reglamento de la Cámara de Diputados 4.- Se acuerda tiempo especial para rendir homenaje a las víctimas del accidente ocurrido en el Mineral de Chuquicamata 5.- Se acuerda tiempo especial para rendir homenaje a las víctimas del barco Mercante "Santa Fe" 6.- Los señores Isla, Silva Ulloa, Clavel, Corvalán, y Phillips rinden homenaje a las víctimas del accidente ocurrido en el Mineral de Chuquicamata y se acuerda el envío de notas de condolencias y oficios sobre la materia 7.- Los señores Ansieta, Cantero, Fierro, Turna, Phillips y Camus, rinden homenaje a las víctimas del barco mercante "Santa Fe" y se acuerda envío de notas de condolencias y oficios sobre la materia. Se acuerda además ampliar la competencia de la Comisión Especial de la Marina Mercante nacional respecto del naufragio del mercante señalado y las medidas de seguridad adoptadas 8.- Se aprueba en general el proyecto que modifica la ley Nº 12.401 con el objeto de rebajar el monto del aporte que hacen los pensionados de la Caja de Empleados Particulares al Fondo Común de Asignación Familiar 9.- Se aprueba el proyecto que libera de derechos la internación de elementos destinados a la Parroquia San Juan Evangelista de Lota 10.- Se aprueba el proyecto que autoriza la realización de carreras extraordinarias en los hipódromos de Santiago en beneficio del Club de Deportes Yugoslavenski Sokol de Antofagasta 11.- No se produce acuerdo para tratar con preferencia diversos proyectos de ley 12.- La Cámara se ocupa del proyecto que suplementa el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas y queda pendiente el debate 13.- Se aprueba el proyecto que concede amnistía a don Herminio Segundo Escudero Pozo 14.- Se constituye la Sala en sesión secreta 15.- Se aprueba el proyecto que transfiere a sus actuales ocupantes algunos terrenos en varias poblaciones de Iquique 16.- Se aprueba el proyecto que autoriza a las Municipalidades de Lota, Coronel y Penco para contratar empréstitos 17.- El señor Barrionuevo se ocupa del conflicto del trabajo en el Mineral Algarrobo de la Compañía de Acero del Pacífico, provincia de Atacama II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1.- Mensaje de S. E. el Presidente de la República con el que somete a la consideración del Congreso Nacional el proyecto que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de Gastos del Presupuesto de la Nación para 1968 2/3.- Oficios de S. E. el Presidente de la República con los que retira y enseguida hace presente la urgencia para el despacho del proyecto que dicta normas sobre prestaciones familiares y sobre nivelación de las asignaciones familiares 4/8.- Oficios del señor Ministro del Interior, con los que contesta los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las siguientes materias: Del señor De la Jara, relativo al aumento del personal que atiende el Retén Coigüe y el Cuartel de la comuna de Negrete Del señor Jaque, respecto de la creación de un Retén de Carabineros en Villa Manquimávida, provincia de Curicó Del señor Sotomayor, acerca de la situación que afecta a los empleados y obreros del fundo San José de Peñuelas de San Fernando Del mismo señor Diputado, relacionado con la construcción de un Cuartel para el Retén Lo Moscoso, de la Prefectura de Colchagua De los señores Castilla y Pareto, referente al aumento de personal que labora en la oficina de la Compañía de Teléfonos de Linares y a la instalación de servicios telefónicos en los locales de las Escuelas 86 y 67 de la Población Santiago, de esta ciudad 9.- Oficio del señor Ministro de Relaciones Exteriores, con el que contesta al señor Montes, sobre la situación de doña Mireya Aravena Insunza, que se habría trasladado a la República Argentina en 1960 10.- Oficio del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción con el que contesta al señor De la Fuente, relativo a determinadas irregularidades que se habrían cometido en el otorgamiento de propuestas para ensacar, coser y fletar trigo y avena de la Oficina Compradora de Productos de la ECA de Purén 11/41.- Oficio del señor Ministro de Obras Públicas con los que contesta los que se le enviaron a nombre de la Cámara y de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se señalan: En nombre de la Cámara y del señor Ochagavía, respecto del sumarios que se habría instruido en la firma Yaconi Hermanos, por incumplimiento de las especificaciones de la propuesta para la construcción de un aeródromo en Balmaceda Del señor Acuña, relacionado con la ejecución de diversas obras viales en la comuna de Purranque Del señor Aguilera, don Luis, referente a la instalación de servicio de alcantarillado en Los Vilos Del mismo señor Diputado, sobre la fecha en que se llamaría a propuestas públicas para la construcción de un estanque para el servicio de agua potable de Tierras Blancas Del señor Agurto, relativo a la instalación de servicio de agua potable y a la habilitación de canales de desagües de las aguas lluvias en la Población Cancha Municipal, de Lota Del mismo señor Diputado, respecto de la terminación de un edificio en Talcahuano, destinado a una policlínica del Servicio Nacional de Salud Del señor Castilla, acerca de la instalación de agua potable en Piguchén Del mismo señor Diputado, relacionado con la habilitación de servicio de alcantarillado en Villa Alegre y Longaví Del señor Dueñas, referente al derecho que tienen los obreros de la Dirección de Vialidad a percibir viáticos Del señor Fuentealba, sobre dotación de servicio dé alcantarillado para la comuna de Vicuña Del señor Garcés, relativo a la instalación de servicio de alcantarillado en la Población La Granja, de Curicó Del mismo señor Diputado, referente a la ejecución de los trabajos de remoción de las dunas que habrían inundado parte del edificio que ocupa la Escuela de Duao Del señor Guastavino, sobre construcción de un puerto en Isla Grande de Tierra del Fuego Del señor Jaque, relativo a la habilitación de servicio de alcantarillado para las poblaciones de Talcahuano De la señora Marín, respecto de la instalación de alcantarillado en la calle Arteaga de Quinta Normal De la misma señora Diputada, acerca de la necesidad de poner en actividad el colector ubicado en calle Mapocho, en el sector comprendido entre las calles Martín Gil y Luis Vicenti de Quinta Normal Del señor Morales, don Raúl, relacionada con el valor de construcción de un Estadio Que conste de 300 graderías, camarines con servicios higiénicos y cancha de fútbol Del señor Ochagavía, referente a la instalación de servicio de agua potable en Queilén Del mismo señor Diputado, sobre construcción de un camino entre Queilén y la Carretera Panamericana y la terminación del camino de acceso a Palena Del mismo señor Diputado, relativo a la construcción de un puente entre las localidades de Manso y Hueldén, en Ancud Del señor Palestro, respecto de diversas necesidades que afectan a las poblaciones José María Caro y otras, de Santiago Del mismo señor Diputado, acerca del abovedamíento del Zanjón de la Aguada, de San Miguel Del señor Rodríguez, don Manuel, relacionado con la instalación de semáforos en los sectores en que la segunda vía de la Carretera Panamericana Sur atraviesa las poblaciones Rancagua Sur y Granja Estadio, de Rancagua Del mismo señor Diputado, referente a la dotación de alcantarillado para Pelequén Del señor Sepúlveda, don Francisco, sobre terminación del camino que unirá la localidad de Cariquilda con la Carretera Panamericana Sur Del señor Valente, relativo a la ejecución de diversas obras públicas en la provincia de Tarapacá Del señor Zorrilla, respecto de la reparación del camino que une las localidades de Lomas de Vásquez y de Malcho De los señores Agurto y Melo, acerca de la necesidad de regularizar la situación que afecta a la Empresa de Obras y Construcciones de Concepción De los señores Fuenzalida y Garcés, relacionado con la construcción de un paso bajo nivel en el cruce ferroviario de la calle Freire de Curicó De los señores Aguilera, don Luis; y Montes referente a la construcción del canal proyectado entre el Embalse La Paloma y el sector Peñón de la provincia de Coquimbo De los señores Cardemil Guajardo e Isla, sobre la conveniencia de conceder al personal que trabaja en las Plazas de Peaje de Zapata y de Angustura, los medios de movilización necesarios y una asignación de estímulo y alimentación 42.- Oficio del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social con el que contesta al señor Clavel y a los señores Diputados del Comité Parlamentario del Partido Socialista, relativo a la situación económica y previsional de los empleados y obreros de la empresa Cable West Coast 43/44.- Oficios del señor Ministro de Salud Pública con los que contesta los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, respecto de las materias que se señalan: Del señor Astorga, acerca del problema relacionado con los aranceles que rigen en los cementerios de Iquique De los señores Aravena, don Jorge, y Garcés, relacionado con la construcción de un nuevo Hospital para Curicó 45.- Oficio del señor Ministro de Minería, con el que contesta al señor Iglesias, referente al tipo de atención y servicios médicos de que disponen los empleados y obreros de la Empresa Nacional de Minería 46.- Oficio del señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo con el que contesta al señor Castilla relativo a la construcción de 50 casas de emergencia en Colbún y de 100 en la de Retiro 47/48.- Oficios del señor Contralor General de la República, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, respecto de las materias que se mencionan: Del señor Fernández, acerca del estado de tramitación del expediente de jubilación del Cabo de Prisiones, señor Erasmo Sigisfredo Hernández Díaz Del señor Valente, relacionado con la legalidad del decreto 506, de 1959, del Ministerio de Tierras y Colonización 49/50.- Informes de la Comisión de Gobierno Interior y de la de Hacienda recaídos en el proyecto de ley que crea la comuna subdelegación de Teodoro Schmidt, de la provincia de Cautín 51/61.- Informes de la Comisión de Gobierno Interior, recaídos en los proyectos de ley, cuyo origen se señala en cada caso, que autorizan a las Municipalidades que se indican, para contratar empréstitos: Moción de los señores Valente y Carvajal, a la Municipalidad de Pica Moción de los señores Valenzuela, don Renato; Sotomayor y Cancino, a las Municipalidades de San Fernando, Placilla, Rancagua, Chimbarongo, Santa Cruz, Palmilla, Chépica, Peralillo, Marchigüe, Pumanque, Paredones, Lolol, Rosario de Lo Solís, La Estrella y Pichilemu Moción del señor Olave, a la Municipalidad de Valdivia Moción de los señores Cabello, Ramírez y Aravena, don Jorge, a diversas Municipalidades de la provincia de Talca Moción del señor Olave, a la Municipalidad de La Unión Moción de los señores Cerda, don Eduardo e Iglesias, a la Municipalidad de La Ligua Moción del señor Basso, a la Municipalidad de Coihueco Moción del señor Jaque, a la Municipalidad de Concepción Moción e los señores Cardemil y Sepúlveda, don Eduardo a la Municipalidad de Puchuncaví Moción del señor Basso, a la Municipalidad de Bulnes Moción de la señora Allende, a las Municipalidades de Conchalí, Maipú, Quilicura, Curacaví y Lampa 62.- Informe de la Comisión de Gobierno Interior recaído en el proyecto que transfiere a sus actuales ocupantes determinados terrenos de Iquique 63.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en el proyecto que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos contra la salud pública 64.- Informe de la Comisión de Agricultura y Colonización, recaído en el proyecto que autoriza al Presidente de la República para transferir a la Municipalidad de Yungay los terrenos que forman el Estadio de dicha comuna 65/66.- Informes de la Comisión Especial de la Vivienda y de la de Hacienda, recaídos en el proyecto que consulta recursos para la realización de un plan de construcción de viviendas destinadas a los Jueces Letrados de Mayor Cuantía, Relatores y Secretarios de Juzgados de asiento de Corte 67.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que modifica la Ley Orgánica del Banco Central y la Ley General de Bancos 68.- Informe de la Comisión de Economía y Comercio, recaído en el proyecto que crea el Registro Nacional de Transportistas Profesionales 69/70.- Informes de la Comisión de Educación Pública recaídos en los proyectos que se indican: Moción del señor Iglesias, que denomina "Maximiliano Salas Marchant" al Liceo de Hombres de Los Andes Moción de los señores Daiber, Koenig e Irureta, que señala diversas normas por las que se regirá la Universidad Austral de Chile 3512 71.- Oficio de la Comisión Especial de Educación Física y Deportes, con el que solicita que se recabe el asentimiento de la Cámara para tramitar a las Comisiones Unidas de Hacienda y Especial de educación Física y Deportes el proyecto de ley sobre educación física, deportes y recreación 72/75.- Informes de la Comisión de Gobierno Interior y de la de Hacienda recaídos en los proyectos refundidos por la Comisión de Hacienda, que autorizan a las Municipalidades de Quilpué, Panquehue, Quintero, Casablanca, Freire, Cunco, Perquenco, Vilcún, Puerto Saavedra, Galvarino, Carahue, Loncoche, Temuco, Pucón y Lumaco para contratar empréstitos 76.- Informe de la Comisión Especial de la Vivienda recaído en el proyecto que autoriza a la Corporación de la Vivienda para transferir a sus actuales ocupantes las casas que forman las poblaciones de emergencia de Lota, Coronel, Chiguayante y Hualpencillo, de la provincia de Concepción 77/87.- Mociones con las cuales, los señores Diputados que se indica, inician los siguientes proyectos de ley: El señor Papic, que autoriza a la Municipalidad de Panguipulli para contratar empréstitos El mismo señor Diputado que autoriza para transferir a sus actuales ocupantes las viviendas que forman las Poblaciones Valdivia, de Valdivia; Rague, de Osorno y Miraflores, de Puerto Montt. El señor Dueñas, que establece la instalación de estaciones de cobro de peajes en los caminos de acceso a los balnearios de Catillo y Panimávida, para financiar la pavimentación y mejoramiento de los caminos de la provincia de Linares El señor Mosquera, que determina los descuentos que se pueden hacer en las planillas de pago de los trabajadores La señora Dip y el señor Demarchi, que otorga diversos beneficios a don Carlos Vilches Ibaceta y a don Hermógenes Pino Salgado El señor Jerez que concede pensión a doña Celica del Carmen Chávez San Martín viuda de Moraga El señor Irureta, que otorga igual beneficio a don Lorenzo Carrasco Carrasco El señor Guajardo, que beneficia a don Bladimiro Draguiceviv Ruiz El señor Valenzuela, don Ricardo, que reconoce tiempo servido a doña Adelaida Parra Parra El señor Sota, que concede pensión a don Luis Williamson Jordán El señor Jerez, que reconoce tiempo servido a don Abel Rojas Aguilar 88.- Peticiones de oficios III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES Las actas de las sesiones 31ª, 32ª, 33ª y 34° ordinarias, celebradas en martes 22, la primera; en miércoles 23, las dos siguientes, y en jueves 24, la última, de 16 a 19.15; de 11 a 13.45; de 16 a 19.15 y de 16 a 18 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados. Sesión 36, Ordinaria en martes 29 de agosto de 1967. Presidencia de los señores Lorca, don Mfredo y Stark. Se abrió a las 16 horas y 15 minutos; asistieron los señores: Acevedo P. Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Ansieta N., Alfonso Aravena C., José A. Aravena C., Jorge Argandoña C., Juan Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso C., Osvaldo Buzeta G.t Fernando Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José Tomás Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Coñuepán P., Venancio Correa Marín Silvia Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Enríquez F., Inés Escorza O., José Fernández A., Sergio Fuentealba C,, Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Gajardo P., Santiago Garcés F., Carlos Giannini I., Osvaldo Godoy U., César González M., Víctor Guastavino C., Luis Hurtado O'R., Rubén Iglesias C., Ernesto Irureta A., Narciso Isla H., José Manuel . Taque A., Duberildo Jarpa Y., Miguel Koenig C., Eduardo Lacoste N., Graciela Laemmermann M., Renato Lavandero I., Jorge Lazo C., Carmen Lorca R., Gustavo Lorca V., Alfredo Maluenda C., María Marín M., Gladys Millas C., Orlando Monares G., José Monckeberg B., Gustavo Montedónico N., Juan Montt M., Julio Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Olivares S., Héctor Osorio P., Eduardo Palestro R., Mario Papic R., Luis Pareto G., Luis Parra A., Bosco Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Ramírez V., Gustavo Retamal C., Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez H., Manuel Rosselot J., Fernando Ruiz Esquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C., Jorge Sbarbaro C., Víctor El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo, el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo. Se levantó la sesión a las 19 horas y 30 minutos. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES Las actas de las sesiones 31?, 32?, 33? y 340 ordinarias, celebradas en martes 22, la primera; en miércoles 23, las dos siguientes, y en jueves 24, la última, de 16 19.15; de 11 a 13.45; de 16 a 19.15 y de 16 a 18 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados. CUENTA. Se dio cuenta de: 1.Tres oficios de S. E. el Presidente de la República, con los que formula observaciones a los siguientes proyectos de ley, despachados por el Congreso Nacional : El que libera de gravámenes la internación de dos vehículos destinados a la Oficina de Construcciones Universitarias de la Universidad de Chile; y El que concede franquicias tributarias a las funciones que se efectúen en el Teatro del Cuerpo de Bomberos de Ancud. El que autoriza a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionalespara ejecutar trabajos en la Escuela Nº 1 de Valparaíso. Quedaron en Tabla. 2.Tres oficios del H. Senado, con los que devuelve aprobados con modificaciones los proyectos de ley que se indican: El que autoriza a la Municipalidad de Vichuquén para contratar empréstitos; El que libera de derechos la internación de especies destinadas a la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas de Santiago; y El que libera de gravámenes la internación de elementos destinados a embarcaciones fleteras de Valparaíso. Quedaron en Tabla. 3ºUn oficio del señor Ministro de Relaciones Exteriores, con el que transcribe una nota de la Embajada del Japón, relacionada con la visita que próximamente efectuará a Chile una delegación de la Cámara de Representantes de esa Nación. Se mandó tener presente y archivar. 4ºUn oficio del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el que contesta el que se le envió, en nombre de los señores Rodríguez, don Juan; y Aravena, don José Andrés, sobre las tarifas que cobra la Empresa de los Ferrocarriles del Estado por el transporte de vehículos motorizados a través del túnel Las Raíces. 5.Tres oficios del señor Ministro de Justicia, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, relativos a las materias que se indican: Del señor Olivares, respecto de la tramitación del expediente del Ministerio de Tierras y Colonización N9 55.230, sobre declaración de herencia yacente de los bienes quedados al fallecimiento de don Diego Díaz; Del señor Valente, acerca del problema creado por una orden de desalojo emanada del Juzgado de Policía Local de Iqui que; y Del mismo señor Diputado, relacionado con una denuncia de SSa. en contra del Juez de Policía Local de Iquique. 6.Cuatro oficios del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, sobre las materias que se señalan: De la señora Marín, relativo a una investigación para determinar las razones por las cuales se estaría poniendo término a los contratos de trabajos de un elevado número de obreros de la Industria Metalúrgica Ferrocret S. A., de Santiago; Del señor Papic, respecto de la posibilidad de que se someta a la consideración del Congreso Nacional el proyecto de ley, elaborado por la Comisión Previ sional del 4º Consultivo del Block Sur de Empleados Particulares, sobre asignación Escolar y Becas de Estudios; Del señor Rosselot, acerca de la necesidad de que la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas construya una población en la comuna de Collipulli; y De los señores Cardemil, Hurtado, don Rubén y Pareto, relacionado con medidas en beneficio del Refugio de Quebrada Verde, de la Caja de Carabineros. 7.Cuatro oficios del señor Ministro de Salud Pública, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, referentes a las materias que se expresan: Del señor Acevedo, sobre las condiciones de vida de los inquilinos de los predios agrícolas de los departamentos de Meli pilla, San Bernardo y Maipo; Del señor Cademártori, relativo a la instalación de una policlínica en la localidad de Llanada Grande; Del señor Millas, respecto de la habilitación de una posta de primeros auxilios en la Población Bélgica, de la comuna de La Granja; y Del señor Rodríguez, don Manuel, acerca de la creación de Centros de AtenciónRural en diversos sectores de las provin don Héctor, y Torres, que modifica la ley cias agrícolas del país. 12.401, con el objeto de nivelar las impo 8.Un oficio del señor Ministro de Mi sicíones de los pensionados e imponentes nería, con el que da respuesta al que se le del Fondo de Conpensación de Asignación dirigió, en nombre del señor Millas, reía Familiar de la Caja de Empleados Par cionado con una investigación para esta ticulares. blecer la utilización de los camiones que 12.Dos informes: uno de la Comisión las empresas mineras han internado ba Especial de Educación Física y Deportes jo el régimen de franquicias y exenciones y otro de la Hacienda, recaídos en el pro vigentes. yecto de ley, de origen en una moción del 9.Tres oficios del señor Contralor Ge señor Lavandero, que consulta fondos pa neral de la República: ra el Consejo Nacional de Deportes y fi Con el primero se refiere al que se le nancia la adquisición de un nuevo local remitió, en nombre del señor Aguilera, para la Federación Atlética de Chile, don Luis, sobre el alcance de las disposi 13.Un informe de la Comisión Espe ciones consignadas en el artículo 40 de la cial de Educación Física y Deportes, re ley 16.282 y de la responsabilidad que les caído en el proyecto de ley, de origen en cabría a las Cajas de Previsión que no una moción de los señores Gajardo, Cla dieran cumplimiento a dichos preceptos, vel, Silva, don Ramón, Argandoña y Ro Quedaron a disposición de los seño bles, que autoriza la celebración de carre res Diputados. ras extraordinarias en beneficio del Club Con el segundo informa, en cumplí Deportivo Yugoslavenski Sokol, de Anto miento a lo dispuesto en el artículo 59 de fagasta, con el objeto de financiar la la ley 16.406, respecto de la forma en que construcción de su estadio. las Agencias Voluntarias de Socorro y de Quedaron en Tabla. Rehabilitación, acogidas al convenio Nº 14.Veinticuatro mociones con las 400, de 1955, concertado entre los Gobier cuales los señores Diputados que se indinos de Chile y de los Estados Unidos de can, inician los siguientes proyectos de Norteamérica, han invertido el aporte fis ley. cal que han percibido para el desarrollo de Los señores Maira, Cerda, don Eduar sus actividades. do; Parra, Sota, RuizEsquide, Fernán Con el último remite dos ejemplares del dez, Lavandero, Irureta, Penna y Daiber, Estado de Fondos Fiscales y Balance que modifica la Ley Orgánica del Banco Presupuestario correspondiente al mes de Central de Chile y la Ley General de Ban mayo del año en curso. eos. Se mandaron tener presente y archi Se mandó a la Comisión de Hacienda, var. El señor Penna, que autoriza a la Mu 10.Un informe de las Comisiones nicip'alidad de Salamanca para contratar Unidas de Vías y Obras Públicas y de Ha empréstitos. cienda, recaído en el proyecto de ley, de Se mandó a la Comisión de Gobierno origen en un Mensaje, con urgencia cali Interior. ficada de "simple", que suplementa di El señor Valente, que concede igual au versos ítem del Presupuesto del Ministe torización a la Municipalidad de Pica, rio de Obras Públicas. Se mandó a la Comisión de Gobierno 11.Un informe de la Comisión de Interior. Trabajo y Legislación Social, recaído en El señor Olave, que faculta a la Muni el proyecto de ley, de origen en una mo cipalidad de La Unión para contratar em ción de los señores Cardemil, Valenzuela, préstitos.Se mandó a la Comisión de Gobierno Interior. El mismo señor Diputado, que autoriza a laMunicipalidad de Valdivia para contratar empréstitos. Se mandó a la Comisión de Gobierno Interior. El señor Morales, don Carlos, que concede igual autorización a la Municipalidad de Quintero. Se mandó a la Comisión de Gobierno Interior y de Hacienda (Artículos 61 y 62 del Reglamento). El señor Laemmermann, que modifica el DFL. Nº 286, de 1960, Orgánico del Servicio Médico Nacional de Empleados, con el objeto de facultarlo para delegar la atención de medicina preventiva en otros servicios médicos de instituciones públicas o privadas. Se mandó a la Comisión de Asistencia MédicoSocial e Higiene. Los señores Valente y Carvajal, que condona a la Municipalidad de Arica las deudas con la Empresa Portuaria provenientes del almacenamiento de material destinado a la ampliación de la Planta de Teléfonos. Se mandó a la Comisión de Economía y Comercio. Los señores Valenzuela, don Ricardo; y Monares, que autoriza a diversas Municipalidades de la provincia de O'Higgins para contratar empréstitos. Se mandó a la Comisión de Gobierno Interior. La señora Correa, que aumenta la pensión de que actualmente disfruta doña Edith de Castellán Hoquetis. El señor Suárez, que concede igual beneficio a doña Teresa Meléndez viuda de Méndez. El señor Valente, que modifica la ley Nº 16.035 para beneficiar a don Roberto Jiraldo Jiraldo. El señor Acuña, que beneficia a don Luis Fuenzalida Fuenzalida. El señor González, que abona tiempo servido a doña Julia Olga Lataste Collín. El señor Aguilera, don Luis, que concede pensión a doña Victoria Amable del Carmen Bonilla Amenábar. El señor Ballesteros, que reconoce tiempo servido a don Oscar Avendaño Sepúlveda. El señor Hamuy, que otorga igual beneficio a don Aníbal Rojas Urrea, El señor Martín, que aumenta la pensión de que disfruta doña María Ester, doña Teresa del Carmen, doña Graciela Hortensia y doña Carmen Rosa Hinojo sa Avila. El señor Clavel, que reconoce tiempo servido a don Marcelo Bonnefoy Morisot. El señor Basso, que concede pensión a doña Ernestina Garrido Benavides. El señor Poblete, que otorga igual beneficio a doña Laura Vallejos viuda de Ponce. El señor Morales, don Raúl, que aumenta la pensión de don Antonio García. El mismo señor Diputado, que aumenta la pensión de don Clodomiro Calixto. Los señores Valenzuela, don Ricardo; y Monares que otorga pensión a don Carlos Araya Castellanos. Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. 15.Dos comunicaciones : Con la primera el Secretario General del Parlamento Latinoamericano transcribe la Recomendación contenida en el Acuerdo XLV, aprobado por la II Asamblea del Parlamento Latinoamericano, recientemente, en Montevideo, relacionado con la creación de una Comisión de Coordinación Legislativa Latinoamericana en el seno de cada Parlamento. Se mandó a la Secretaría del Grwpo Interparlamentario del Parlamento Latinoamericano. Con la segunda el señor Maira manifiesta que se ausentará del territorio nacional por un plazo inferior a treinta días. Se mandó tener presente y archivar. 16.Una presentación de doña Andrea García Lynch con la que solicita la devolución de los antecedentes acompañados a un proyecto de ley que la beneficia. Quedó en Tabla,. DEVOLUCION DE ANTECEDENTES A proposición del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por asentimiento tácito, se acordó acceder a la devolución de los antecedentes solicitada por doña Andrea García Lynch, que fueron acompañados a un proyecto de ley que la beneficia. Por no reunir la unanimidad requerida no prosperaron las sucesivas y reiteradas proposiciones de la Mesa, en orden a conceder de inmediato la palabra a los señores Monares, Clavel, Turna, y Garcés, a destinar el tiempo necesario después de la Cuenta de la sesión ordinaria del día miércoles 30 del presente, para que un señor Diputado por cada Comité, con un tiempo máximo de cinco minutos cada uno, pudiera rendir homenaje con motivo de celebrarse el Día Internacional de la Matrona, y con ocasión del Congreso que se efectuará en Chile; y a facultar a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para sesionar simultáneamente con la Sala durante la mañana del día miércoles próximo, 30 del presente. A indicación del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por asentimiento unánime, se acordó dirigir oficio a S. E. el Presidente de la República, en nombre de la Cámara, con el objeto de que, si lo tiene a bien, y en uso de la facultad que privativamente le confiere el inciso tercero del artículo 45 de la Constitución Política del Estado, se sirva otorgar el patrocinio requerido al proyecto de ley suscrito por los señores Valenzuela, don Héctor, y Pereira, que establece que los trabajos extraordinarios que efectúe el personal de los Servicios de Prisiones no estarán sujetos a las limitaciones de horarios nocturnos o de días festivos establecidos en el artículo 79 del D. F. L. Nº 338, de 1960. HOMENAJE AL URUGUAY Correspondía rendir homenaje a la República Oriental del Uruguay, con motivo de conmemorarse su Día Nacional. Usaron de la palabra en los tiempo correspondientes a los Comités Demócrata Cristiano, Comunista e Independiente, respectivamente, la señora Dip, y los señores Guastavino y Coñuepán, a indicación de quien, por unanimidad, a indicado enviar una nota de congratulación en nombre de la Cámara, al señor Embajador de Uruguay en Chile, Excmo. señor Julio César Vignale. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición de la Mesa, en orden a considerar en el Orden del Día de la presente sesión el proyecto de ley de origen en una moción del señor Lavandero; informado por las Comisiones Especial de Educación Física y Deportes y de Hacienda, que consulta fondos para el Consejo Nacional de Deportes y financia la adquisición de un nuevo local para la Federación Atlética de Chile. ORDEN DEL DIA En conformidda con el acuerdo adoptado anteriormente, en primer lugar del Orden del Día, con preferencia, correspondía considerar el proyecto de ley de origen en una moción del señor Tagle, informado por la Comisión de Agricultura y Colonización, que establece tarifas eléctricas especiales para el regadío agrícola mecánico. Puesto en discusión general el proyecto, usaron de la palabra los señores Garcés (Diputado Informante); Sotomayor; Barrionuevo; De La Jara; Ochagavía; Fuentealba ; Acevedo; y Fuentes, don César Raúl, y por la vía de la interrupción los señores Poblete; Sotomayor; Valenzuela, don Ricardo, y Garcés. A indicación del señor Sotomayor, por asentimiento unánime, se acordó votar en general y en particular el proyecto en la presente sesión. Durante su intervención el señor Fuentes, don César Raúl, solicitó que, en nombre de la Cámara, lo que por unanimidad así se acordó, se dirigieran oficios a los señores Ministros del Interior y de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan informar a esta Cámara acerca de las razones por las cuales se habrían autorizado alzas de las tarifas eléctricas en tres oportunidades, durante el último año. Cerrado el debate por haber llegado la hora de término del Orden del Día, y puesto en votación general el proyecto, resultó aprobado por unanimidad. A proposición de la Mesa, por unanimidad, se acordó dar lectura a las indicaciones en el momento de ponerse en votación el artículo en el cual incidieran. Artículo 1º Respecto de este artículo se habían formulado las siguientes indicaciones, a las cuales el señor Secretario dio lectura: De los señores Sotomayor, Buzeta, Aravena, don Jorge, Cabello, De la Jara, Ramírez y Garcés, para cambiar en el artículo 1º la frase: "En base a las tarifas fijadas por la Empresa Nacional de Electricidad S. A. para el regadío agrícola'' por la siguiente: "en base a las tarifas primarias de la Empresa Nacional de Electricidad S. A." De los señores Poblete, Fuentealba, Valente y Clavel, al artículo 1.: "Para la Empresa Nacional de Minería y la pequeña y mediana minería, las tarifas a cobrar no podrán ser superiores a las que en promedio se aplican a las industrias en el país y en ningún caso superiores a las que en definitiva pague la Compañía Minera Andina. De los señores Sotomayor, Buzeta, Cabello, Garcés, Aravena, don Jorge, De la Jara, Ramírez y Valenzuela, don Ricardo, para agregar un inciso al final de la letra a) del artículo 1º que diga: "En el caso que una Cooperativa Eléctrica aplique la rebaja indicada en el inciso tercero del presente artículo, la Empresa que suministre energía a dicha Cooperativa estará obligada a descontar de su facturación las sumas que la Cooperativa rebaje a sus cooperados que tengan regadío mecánico". De los señores Lorca, don Gustavo, Ze peda y Phillips, para suprimir la disposición contenida en la letra b) del artículo 1º. Puesto en votación, conjuntamente, el artículo 1° con la primera indicación, resultó aprobado por unanimidad. Puesto en votación, conjuntamente, el artículo con la segunda indicación, también resultó aprobado por unanimidad. Puesta en votación la indicación para agregar un inciso a la letra a), por unanimidad resultó aprobada. Puesta en votación la letra b) del artículo, se aprobó por la unanimidad de 38 votos. Artículo 2º Respecto de este artículo se habían formulado las siguientes indicaciones, a las cuales el señor Secretario dio lectura: De los señores De la Jara y Garcés, para agregar en el artículo 2º, a continuación de renta, "por la capacidad instalada de energía eléctrica en el arrendamiento..." De los señores Acevedo y Valenzuela, don Ricardo, para agregar como inciso segundo del artículo 2º el siguiente: "Siendo, además de cargo de las empresas indicadas en el inciso anterior, las revisiones y el mantenimiento de los transformadores de uso agrícola". Puesto en votación sucesivamente el artículo, conjuntamente con cada una de las dos indicaciones, resultó aprobado por unanimidad. Artículo 3º Respecto de este artículo se habían formulado las siguientes indicaciones, a las cuales el señor Secretario dio lectura: Del señor Acevedo, para agregar en el artículo 3º después de la palabra "inversiones", "un 10% a". De los señores Sotomayor, Garcés, Ze peda y Lorca, don Gustavo, para intercalar en el artículo 3º, a continuación de las palabras "sectores agrícolas", la siguiente frase: "servidos por las empresas distribuidoras de energía eléctrica". De los señores Phillips, Garcés, Zepe da y Lorca, don Gustavo, para eliminar el adjetivo "pequeños" en la última oración del artículo 3º. Puesto en votación en forma sucesiva el artículo, conjuntamente con cada una de las tres indicaciones, resultó aprobado por unanimidad. Artículos nuevos Los señores Diputados qué Se indican, habían formulado las siguientes indicaciones para agregar artículos nuevos, a las cuales el señor Secretario dio lectura: De los señores Somotayor, Buzeta, Garcés, Cabello, Ramírez, Aravena, don Jorge, De la Jara y Valenzuela, don Ricardo, para agregar como artículo nuevo el si guente: "Artículo...Los equipos, herramientas, vehículos y materiales de líneas en general que importen las Cooperativas Eléctricas o la Federación Nacional de Cooperativas Eléctricas, destinados al Programa de Electrificación Rural del país, podrán internarse aunque no figuren en las listas de importación permitidas. Estas importaciones estarán exentas de todo depósito. El Banco Central deberá cursar las operaciones correspondientes, con el solo mérito de un certificado de que la mercadería será destinada al Programa antes referido, expedido por la Corporación de Fomento de la Producción". De los señores Garcés, para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo...La Corporación de Fomento de la Producción otorgará un préstamo hasta Eº 500.000 a la Cooperativa Eléctrica de Curicó al interés y reajuste usual para estos préstamos que el reglamento de dicha Corporación otorga". De los señores De la Jara, Garcés, Sotomayor, Rosselot, Alvarado, Valenzuela, don Ricardo y Fuentes, don César Raúl, para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo...Los préstamos otorgados y que otorgue la Corporación de Fomento de la Producción a las Cooperativas Eléctricas no serán reajustables ni devengarán un interés superior al 6% anual". Puestas en votación sucesivamente las tres indicaciones para agregar artículos nuevos, resultaron aprobadas por unanimidad; por la unanimidad de 32 votos; y por unanimidad, respectivamente. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su primer trámite constitucional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, se mandó comunicar el Honorable Senado, redactado en los siguientes términos Proyecto de ley "Artículo 1º Introdúcense las siguientes modificaciones al DFL. N° 4, de 1959, que fijó el texto definitivo de la Ley General de Servicios Eléctricos: a) Agréganse al artículo 144, los siguientes incisos: "La Comisión de Tarifas a que se refiere el inciso primero de este artículo, establecerá tarifas especiales de fomento al regadío agrícola mecánico. Estas tarifas se aplicarán, en los porcentajes que se indican, en base a las tarifas primarias de la Empresa Nacional de Electricidad S. A., considerando el avalúo del terreno que se riegue por este sistema en relación al sueldo vital anual asignado para el Departamento en que se encuentra ubicado el predio: 10% de la tarifa para los terrenos de un avalúo de hasta diez sueldos vitales; 15% de la tarifa para los de más de diez y menos de veinte sueldos vitales; 20% para los de más de veinte y menos de treinta sueldos vitales, y 30% para los de más de treinta sueldos vitales anuales. Para la Empresa Nacional de Minería y la pequeña y mediana minerías, las tarifas a cobrar no podrán ser superiores a las que en promedio se aplican a las industrias en el país y en ningún caso superiores a las que en definitiva pague la Compañía Minera Andina. En todo caso, el menor valor de las tarifas en referencia, no podrá compensarse, de manera alguna, imputándose a las tarifas que correspondan a cualquier otro consumo de energía eléctrica. En el caso de que una Cooperativa Eléctrica aplique la rebaja indicada en el in ciso tercero del presente artículo, la Empresa que suministra energía a dicha Cooperativa estará obligada a descontar de su facturación las sumas que la Cooperativa rebaje a sus cooperados que tengan regadío mecánico", y b) Agrégase en el inciso segundo del artículo 156," a continuación de las palabras "que la presidirá", después del punto y coma (;), lo siguiente: "un representante del Ministerio de Agricultura, designado por el Ministro de esa Cartera,". Artículo 2°Las empresas distribuidoras de energía eléctrica no podrán percibir derechos ni rentas por la capacidad instalada de energía eléctrica en el arrendamiento de los transformadores de usó agrícola. Serán, además, de cargo de las empresas indicadas en el inciso anterior, las revisiones y mantenimiento de los transformadores de uso agrícola. Artículo 3ºLa Corporación de Fomento de la Producción deberá consultar en su Plan de Inversiones un 10% a la electrificación de los sectores agrícolas servidos por las empresas distribuidoras de energía eléctrica y concurrirá a su fi nanciamiento bonificando el valor de las obras respectivas. Asimismo, deberá financiar la adquisición de motobombas y demás elementos para el regadío agrícola mecánico, como también podrá efectuar la importación de los mismos para venderlos a plazos prudenciales a los agricultores, en especial a los propietarios de los predios agrícolas de menor cabida. Artículo 4ºLos equipos, herramientas, vehículos y material de líneas en general que importen las Cooperativas Eléctricas o la Federación Nacional de Cooperativas Eléctricas, destinados al Programa de Electrificación Rural del país, podrán internarse aunque no figuren en las listas de importación permitidas. Estas importaciones estarán exentas de todo depósito. El Banco Central de Chile deberá cursar las operaciones correspondientes, con el solo mérito de un certificado de que la mercadería será destinada al Programa antes referido, expedido por la Corporación de Fomento de la Producción. Artículo 5ºLa Corporación de Fomento de la Producción otorgará un préstamo hasta de Eº 500.000 a la Cooperativa Eléctrica de Curicó al interés y reajuste usual para estos préstamos que el Reglamento de dicha Corporación establece. Artículo 6ºLos préstamos otorgados y que otorgue la Corporación de Fomento de la Producción a las Cooperativas Eléctricas no serán reajustables ni devengarán un interés superior al 6% anual". A proposición de la Mesa, por asentimiento unánime, se acordó facultar a las Comisiones de Gobierno Interior y de Constitución, Legislación y Justicia para sesionar simultáneamente con la Sala, durante el día miércoles 30 del presente. Con la venia de la Sala el señor Secretario dio lectura al siguiente anuncio de Fácil Despacho para las sesiones próximas : Moción que modifica la ley Nº 12.401, con el objeto de nivelar las imposiciones de los pensionados e imponentes del Fondo de Compensación de Asignación Familiar de la Caja de Empleados Particulares. Moción que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio del Club Deportivo Yugoslavenski Sokol, de Antofagasta, con el objeto de financiar la construcción de su estadio. Moción que libera de derechos la internación de elementos destinados a la Parroquia de San Juan Evangelista, de Lota. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición de la Mesa, en orden a facultar a la Comisión de Relaciones Exteriores para sesionar simultáneamente con la Sala el día miércoles próximo, 30 del presente. INCIDENTES El primer turno de la Hora de Incidentes, correspondía al Comité Demócrata Cristiano. Usó de la palabra, en primer lugar, el señor Daiber para analizar una declaración formulada por funcionarios del Hospital John Kennedy, de Valdivia, en relación con la actuación del Director de ese Establecimiento. En seguida, usó de la palabra el señor Monares, para referirse a la recontratación de trabajadores temporales en la Empresa Minera El Teniente, y solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios: Al señor Ministro de Minería, con el objeto de que, si lo tiene a. bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que la Corporación del Cobre realice una investigación en relación con la situación de los 350 trabajadores "temporales" que habrían sido rechazados por la Empresa Minera El Teniente, por cuanto los médicos de dicha Empresa habrían diagnosticado que padecen de una enfermedad denominada "fibrosis", en circunstancias que la mayoría de ellos llevan varias temporadas laborando allí y que, por lo tanto, de ser efectiva tal enfermedad, podrían haberla contraído mientras prestaban servicios en la Empresa señalada y, en tal caso, no podría ser impedimento para su recontratación. Al señor Ministro de Salud Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que se investigue si los trabajadores "temporales" rechazados por la Empresa Minera El Teniente padecen realmente de "fibrosis", enfermedad ésta que sería la causa del referido rechazo. Por último, usó de la palabra el señor Valdés Phillips para referirse a la situación de los comuneros y pequeños propietarios agrícolas de las provincias de Coquimbo y Atacama, en relación con los títulos de dominio de sus predios. El turno siguiente correspondía al Comité Radical. Usó de la palabra el señor Poblete para. referirse al análisis de la situación educacional del país, efectuado por la Convención Nacional del Partido Radical, celebrada recientemente. El turno siguiente correspondía al Comité Comunista, que cedió su tiempo al Comité Radical. Usó de la palabra el señor Poblete, quien prosiguió sus observaciones sobre la materia señalada. El turno siguiente correspondía al Comité Democrático Nacional. Usó de la palabra, en primer término, el señor Aravena, don Jorge, para, referirse al conflicto que afecta a los trabajadores agrícolas de la zona central del país, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Ochagavía., Rosselot, Zorrilla y González Maertens, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Agricultura, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Usó de la palabra, a continuación, el señor González Maertens, para referirse a diversos problemas que afectan a la Caleta de Queule y a la localidad de Nueva. Tol tén, en la provincia de Cautín, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que se efectúen los estudios requeridos y se destinen fondos suficientes para iniciar los trabajos de urbanización de dichos pueblos. En seguida Su Señoría se refirió a los problemas que afectan a las localidades de Puerto Saavedra y de Pucón, en la provincia de Cautín, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que se destinen recursos para dotar de agua potable a la localidad de Puerto Saavedra y a las Poblaciones Aduana, y Ensanche, dé Pucón. Por la vía de la interrupción, usó de la palabra el señor Valdés Phillips, para referirse a las expresiones del señor Poblete, en relación con la situación educacional del país. El turno siguiente, correspondía al Comité Socialista. Usó de la palabra el señor Olave para referirse a las expresiones del señor Daiber, en relación con la. actuación funcionaría del Director del Hospital John Kennedy, de Valdivia, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Contralor General de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a. obtener que se designe un Inspector de ese organismo en visita, para que investigue la contabilidad del Hospital John Kennedy, de Valdivia. CAMBIOS DE MIEMBROS DE COMISIONES En conformidad con el acuerdo adoptado por la Corporación en sesión 1ª, de fecha 31 de mayo del presente año, se deja testimonio de los siguientes cambios efectuados en el personal de las Comisiones, entre la última, y la presente sesiones, cursados con la simple autorización del Secretario de la Cámara: Gobierno Interior Renunciaron los señores Fuentes, don Samuel, y Agurto, y se designó en su reemplazo a los señores Poblete y Acevedo, respectivamente. Constitución, Legislación y Justicia Renunciaron los señores Zepeda y Caballo, y se designó en su reemplazo a. los señores Lorca, don Gustavo, y Camus, respectivamente. Hacienda Renunciaron los señores Cademártori, Morales, don Carlos, y Acevedo, y se designó en su reemplazo a los señores Valente, Rodríguez, don Juan, y Cademártori, respectivamente. Vías y Obras Públicas Renunció el señor Demarchi y se designó en su reemplazo al señor Rosselot. Minería e Industrias Renunció el señor Galleguillos y se designó en su reemplazo al señor Robles. Economía y Comercio Renunció el señor Clavel, y se designó en su reemplazo al señor Morales, don Carlos. Especial de Solicitudes Particulares Renunció el señor Carvajal, y se designó en su reemplazo al señor Acevedo. Renunció el señor De la Fuente y se designó en su reemplazo al señor Zepeda Coll. Especial Investigadora de la Marina Mercante Nacional Renunció el señor De la Fuente, y se designó en su reemplazo al señor Lorca, don Gustavo. PETICIONES DE OFICIOS En conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 del Reglamento, los señores Diputados que se indican, solicitaron que, en sus respectivos nombres, se dirigieran los siguientes oficios: (Los oficios coirespondientes a esta parte de la sesión, aparecen al final de los Documentos de la Cuenta de la Sesión 36"). PROYECTOS DE ACUERDOS Por haber llegado la hora de término reglamentario de la sesión, correspondía considerar las proposiciones de Incidentes. Por no haber número en la Sala, se procedió a llamar a los señores Diputados hasta por 5 minutos, en conformidad a lo establecido en el artículo 89 del Reglamento. Transcurrido este plazo y por no reunirse quorum reglamentario, se levantó la sesión. Eran las 19 horas 20 minutos. Sesión 37ª, Ordinaria en miércoles de 30 de agosto de 1967. Presidencia de los señores Lorca, don Alfredo y Stark. Se abrió a las 15 horas; asistieron los señores: Acevedo P., Juan Aguilera U., Luis Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Barrionuevo B., Raúl A. Basso C., Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Cademártori I., José Cardemil A., Gustavo Clavel A., Eduardo De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Enríquez F., Inés Escorza O., José Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., MarioOsorio P., Eduardo Palestro R., Mario Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Ramírez V., Gustavo Retamal c., Blanca Rioseco V., Manuel Robles R,, Hugo Rodríguez H., Manuel Rosselot J., Fernando Sanhueza H., Fernando Santibáñez Jorge Sbarbaro C., Víctor El Secretario, señor Cañas ibáñez, don Eduardo, los señores Diputados que se expresan, re y el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don lativos a las materias que se indican: Arnoldo. Se levantó la sesión a las 16 horas. Del señor Acevedo, respecto de la tramitación del decreto de nombramiento de actas de las sesiones anteriores una enfermera del Consultorio de Hual pencillo; Las actas de las sesiones 31ª, 32ª, 33ª Del señor Garcés, acerca de la dotación y 34» ordinarias, celebradas en martes 22, de elementos para la posta de Comalle; la primera, en miércoles 23, las dos si Del señor Millas, relacionado con los guientes, y en jueves 24 del presente, la problemas del personal del Sanatorio Elba última, de 16 a 19.15, de 11 a 13.45, de Guarategua Peña, del Servicio Médico Na 16 a 19.15 y de 16 a 18 horas, respecti cional de Empleados; vamente, se dieron por aprobadas por no Del señor Rodríguez, don Manuel, rehaber merecido observaciones. ferente a la destinación de un médico y de un practicante para la Colonia Esme cuenta raída, de Rosario; y Del señor Sotomayor, sobre atención Se dio cuenta de: médica en los hospitales de la provincia 1ºUn oficio de.S. E. el Presidente de de Colchagua. la República con el que retira las observa Quedaron a disposición d,e los señores ciones formuladas al proyecto de ley, des Diputados. pachado por el Congreso Nacional, que 5ºUn informe de la Comisión de Eco desafecta de su calidad de bien nacional nomía y Comercio, recaído en el proyecto de uso público a la Avenida Cornelio Saa de ley, de origen en una moción del señor vedra de la comuna de Collipulli. Clavel, que modifica la ley N9 12.858, so Quedó en Tabla. bre zona libre alimenticia en las provin 2ºUn oficio del H. Senado con el que cias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama. remite aprobado con modificaciones el Quedó en Tabla. proyecto de ley que beneficia a don Mario 6º Diecinueve mociones, con las cuales Zúñiga Hernández. los señores Diputados que se indican, ini Quedó en Tabla. cian los siguientes proyectos de ley: 3ºDos oficios del señor Ministro del El señor Sanhueza, que libera de gra Trabajo y Previsión Social: vámenes la internación de diversos ele Con el primero solicita permiso consti mentos destinados a la Maternidad Evan tucional para ausentarse del territorio gélica Presbiteriana "Madre e Hijo", de nacional por un plazo de quince días, a Santiago. contar del 6 de septiembre próximo, con Se mandó a la Comisión de Hacienda. el objeto de concurrir a la conmemoración El señor Barrionuevo, que autoriza latransferencia de las poblaciones Chancho quin, Lautaro y Borgoño, de la ciudad de Copiapó a sus actuales ocupantes . Se mandó a la Comisión Especial de la Vivienda. El señor Jarpa, que concede pensión a don Aristides Poblete Ortiz. El señor Ramírez, que reconoce tiempo servido a don Luis Vallejos Manríquez. El mismo señor Diputado, que otorga pensión a doña Teresa Jordán Donoso. El señor Escorza, que aumenta la pensión de que actualmente disfruta don Juan de Dios Castillo Contreras. El señor Sívori, que reconoce tiempo servido a don Ernesto Meza Mascayano. El señor Escorza, que concede pensión a doña Elvira del Carmen Campos Flores. Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. La señora Enríquez que otorga igual beneficio a doña Erna Vásquez Valdeabella no. El señor Acevedo que aumenta la pensión de que actualmente disfruta doña Carmen Esbir viuda de Reyes. El mismo señor Diputado, que concede igual beneficio a doña Graciela Valenzuela viuda de Ravanal. El señor Suárez que otorga pensión a don José Sanfuentes Abasolo. El mismo señor Diputado, que aumenta la pensión de que actualmente disfruta doña Prosperina Henneike Villanueva. El mismo señor Diputado, que concede pensión a don Emilio Toro Cayuqueo. El mismo señor Diputado, que otorga diversos beneficios a don René Gómez Bórquez. La señora Enríquez que aumenta la pensión de que actualmente disfruta doña Ester Miranda Lavín. La misma señora Diputada, que concede igual beneficio a doña Raquel Gallardo Rossi viuda de Coddou. El señor Lorca, don Alfredo, que otorga diversos beneficios a don Aníbal Labra Bennett. El señor Barrionuevo que: concede pensión a don Fermín Mandiola Flores. Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. 7ºUn oficio de la Excelentísima Corte Suprema con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Koenig, sobre la posibilidad de reponer el quinto cargo de Ministro de la Corte de Apelaciones de Valdivia. Quedó a disposición de los señores Diputados. RETIRO DE OBSERVACIONES A proposición del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por unanimidad, se acordó acceder al retiro de las observaciones formuladas al proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional, que desafecta. de su calidad de bien nacional de uso público a la avenida Cornelio Saavedra de la ciudad de Collipulli, solicitado por S. E. el Presidente de la República. Por no reunir la unanimidad requerida no prosperaron las proposiciones de la Mesa, en orden a conceder permiso constitucional al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social para ausentarse del país a partir del 6 de septiembre próximo, con el objeto de concurrir a los actos de conmemoración del XXV aniversario de la constitución de la Conferencia Inter americana de Seguridad Social y su órgano ejecutivo, el Comité Permanente, que se efectuarán en la ciudad de Lima, Perú, entre el 10 y el 17 de ese mes; y a conceder, de inmediato, la palabra a los señores Turna, Morales, don Raúl, y a la señora Marín. A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó rendir homenaje con motivo de celebrarse el Día Internacional de la Matrona, inmediatamente después de la Cuenta de la sesión ordinariadel día de hoy, para lo cual podrían usar de la palabra un señor Diputado por cada Comité Parlamentario y por un tiempo máximo de 5 minutos, sin perjuicio de Fácil Despacho; y votar sin debate, al iniciarse el Orden del Día de la misma sesión, la modificación introducida por el Honorable Senado al proyecto de ley aprobado por esta Corporación, que denomina "Liceo de Niñas Gabriela Mistral" al Liceo de Niñas de La Serena. ORDEN DEL DIA En conformidad con el objeto de la sesión a que había ordenado citar el señor Presidente en uso de sus facultades reglamentarias, correspondía considerar el proyecto de ley de origen en una moción del señor Lavandero, informado por las Comisiones Especial de Educación Física y Deportes, y de Hacienda, que consulta recursos para el Consejo Nacional de Deportes y financia la adquisición de un nuevo local destinado a la Federación Atlé tica de Chile. Puesto en discusión general el proyecto, usaron de la palabra los señores Morales, dos Carlos (Diputado Informante de la Comisión Especial de Educación Física y Deportes); Zorrilla (Diputado Informante de la Comisión de Hacienda); Lavandero; Palestro, y Momberg. En el transcurso de la sesión pasó a presidirla el señor Stark (Segundo Vicepresidente) . Por no reunir la unanimidad requerida, 110 prosperó la proposición del señor Lavandero, en orden a votar en general el proyecto en la presente sesión y enviarlo a Comisión de Hacienda para segundo informe. Por haber llegado la hora de término de la sesión, quedó pendiente la discusión del proyecto, y con el uso de la palabra el señor Momberg, a quien le restan 27 minutos de su primer discurso. Se levantó la sesión a las 16 horas. Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Alvarado P., Pedro Ansieta N., Alfonso Aravena C., José A. Argandoña C., Juan Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Buzeta G.; Fernando Cabello P., Jorge Cademártori I., José Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Coñuepán P., Venancio Corvalán S., Ernesto Correa M., Silvia Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de R., Juana Enríquez F.; Inés Escorza O., José Fernández A., Sergio Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César R. Fuenzalida M., Mario Giannini I., Osvaldo Godoy U., César González M., Víctor Guastavino C., Luis Hamuy B., Mario Iglesias C., Ernesto Irureta A., Narciso Isla H., José Manuel Jaque A., Duberildo Jerez H., Alberto Koenig C., Eduardo Lacoste N., Graciela Laemmermann M., Renato Lavandero I., Jorge Lazo C., Carmen Lorca R., Gustavo Lorca V., Alfredo Maluenda C., María Marín M., Gladys Martín M., Luis Momberg R., Hardy Monares G., José Monckeberg B., Gustavo Montedónico N., Juan Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R,, Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Olivares S., Héctor Osorio P., Eduardo Palestro R., Mario Papic R., Luis Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Ramírez V., Gustavo Retamal C., Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez H., Manuel Rosselot J., Fernando RuizEsquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C., Jorge Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernando Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Téllez S., Héctor Torres P., Mario Tuma M., Juan Valdés P., Arturo Valente R., Luis Zorrilla C., Enrique Videla R., Pedro Werner I., Rodolfo Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., HéctorEl Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo, y el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo. Se levantó la sesión a las 19 horas y 20 minutos. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados. CUENTA Se dio cuenta de: 1ºUn oficio de S. E. el Presidente de la República, con el que hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el régimen de organización y atribuciones de las Municipalidades. Quedó en Tabla para los efectos de calificar la urgencia solicitada. Posteriormente, calificada ésta de "simple", se mandó agregar a los antecedentes del proyecto en Comisión de Gobierno Interior. 2ºSiete mociones con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley: La señora Allende y los señores Sepúlveda don Francisco, Naudon, Valente y Sanhueza, que crea la Corporación de la Cultura Física y del Deporte. Se mandó a la Comisión Especial de Educación Física y de Deportes. El señor Aravena, don José Andrés, que otorga franquicias tributarias a las industrias que se establezcan en la provincia de Malleco. Se mandó a la Comisión de Economía y Comercio. Los señores Poblete, Acuña, Clavel, Fuentealba, Fuentes don Samuel y Jaque, que grava con un impuesto la tonelada de mineral de hierro con el objeto de financiar planes de desarrollo siderúrgico a través de la Corporación de Fomento de la Producción. Se mandó a la Comisión de Minería e Industrias y a la de Hacienda para los efectos de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 del Reglamento. El señor Giannini, que concede una pensión de gracia a don José del Rosario Vi llablanca Arias. El señor Suárez, que aumente la pensión de que actualmente disfruta doña Julia Dueñas. El señor Fuentes, don César Raúl, que concede diversos beneficios a don Alfredo Muñoz Luco. El mismo señor Diputado, que reconoce tiempo servido a don Silvestre Molina Urra. Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. CALIFICACION DE URGENCIA A proposición del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por asentimiento unánime se acordó calificar de "simple" la urgencia hecha presente por S. E. el Presidente de la República para el despacho del proyecto de ley que modifica el régimen de organización y atribuciones de las Municipalidades. Con la venia de la Sala usó de la palabra el señor Tuma, para rendir homenaje a la memoria de don Cecilio Vargas Bernal, recientemente fallecido, y solicitó que, en nombre de la Cámara, lo que por asentimiento tácito así se acordó, se dirigiera una nota de condolencia a la familia del señor Vargas Bernal. También con la venia de la Sala usó de la palabra el señor Ochagavía para solicitar la celebración de una sesión especial con el objeto de que el Ministro de Relaciones subrogante informe a la Corporación acerca de la situación suscitada en el canal de Beagle, entre las Repúblicas de Chile y de Argentina. El señor Osorio, por su parte, con la venia de la Sala, solicitó que en la misma sesión informara a la Cámara el señor Ministro aludido, sobre las fuerzas subregio nales que pretenderían organizar ciertos países de América Latina. Por unanimidad se acordó facultar a la Mesa para que cite a una sesión con el objeto de analizar las materias señaladas, previo acuerdo con el señor Ministro de Relaciones Exteriores acerca del día y hora en que ella se celebrará. A proposición de la Mesa, por asentimiento unánime se acordó votar sin debate al término del tiempo destinado a Fácil Despacho, el proyecto de ley que modifica la ley N9 12.858, sobre zona libre alimenticia en las provincias de Tarapacá, An tofagasta y Atacama. Correspondía, a continuación, rendir homenaje con motivo de celebrarse el Día Internacional de la Matrona. Usaron de la palabra en los tiempos de los Comités Demócrata Cristiano, Independiente, Radical, Socialista, y Comunista, respectivamente, la señorita Lacoste, y los señores Monckeberg; Cabello; señora Lazo, y Acevedo. A petición de la señorita Lacoste, por asentimiento unánime, se acordó transmitir sus observaciones, en nombre de la Cámara, a S. E. el Presidente de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Asimismo, a proposición del señor Cabello, se acordó enviar notas de congratulación, en nombre de la Corporación, al Colegio de Matronas de Chile y a la Agrupación de Matronas de Talca. En el transcurso del homenaje, pasó a presidir la sesión el señor Stark (Segundo Vicepresidente). Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la siguiente proposición, de la Mesa, a la que dio lectura el señor Secretario : La Mesa, previa consulta a los Comités Parlamentarios, se permite proponer a la Sala que la solicitud de permiso constitucional para ausentarse del país a partir del 6 de septiembre próximo, que ha for malizado el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el objeto de concurrir a los actos de conmemoración del XXV aniversario de la constitución de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social y de su órgano ejecutivo, el Comité Permanente, que se efectuarán en la ciudad de Lima, Perú, entre el 10 y el 17 de ese mes, se discuta y se vote conforme al siguiente procedimiento: 1.Celebrar una sesión en el día de mañana, jueves, de 16 a 20 horas para discutir esta materia; 2.En el debate y sin perjuicio del tiempo que pudiere emplear el propio señor Ministro, cada Comité podrá usar de la palabra hasta por 30 minutos, en el orden en que se solicite; 3.Terminados los tiempos indicados o cerrado el debate con anterioridad, se procederá de inmediato a votar la solicitud de permiso; y 4.En todo caso, si fuese necesario, la hora de término de la sesión se entenderá prorrogada hasta cumplir los tiempos concedidos y votar la respectiva solicitud. FACIL DESPACHO En primer lugar de la Tabla de Fácil Despacho, correspondía considerar el proyecto de ley de origen en una moción de los señores Cardemil; Valenzuela, don Héctor, y Torres, informado por la Comisión de Trabajo y Legislación Social, que modifica la ley Nº 12.401, con el objeto de nivelar las imposiciones de pensionados e imponentes del Fondo de Compensación de Asignación Familiar de la Caja de Previsión de Empleados Particulares. Puesto en discusión general y particular el proyecto, usaron de la palabra los señores Cardemil (Diputado Informante), y Clavel, y por la vía de la interrupción, los señores Clavel, Acevedo, Fuentes Andrades y Cardemil. Durante su intervención el señor Clavel solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Fuentes, don Samuel, se dirigiera oficio al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva patrocinar una enmienda a la Ley de Asignación Familiar, con el fin de que anualmente se destine el total del Fondo de Asignación Familiar al pago de las asignaciones, tanto de los empleados, como de los jubilados ; lo que por unanimidad así se acordó. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición de la Mesa, en orden a votar de inmediato, sin debate, todos los proyectos que figuraban en la Tabla de Fácil Despacho. Por haber llegado la hora de término de Fácil Despacho, quedó pendiente la discusión de este proyecto. En conformidad con el acuerdo adoptado al iniciarse la sesión, correspondía votar sin debate, el proyecto de ley de origen en una moción del señor Clavel, informado por la Comisión de Economía, y Comercio que modifica la ley Nº 12.858, sobre zona libre alimenticia en las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama. Respecto de este proyecto, oportunamente se había, formulado la siguiente indicación a la cual el señor Secretario dio lectura : De los señores Cademártori y Robles, para reemplazar el inciso segundo del proyecto por los siguientes: "Los representantes de los empleados y obreros serán elegidos por voto secreto, por las organizaciones sindicales y gremiales en posesión de personalidad jurídica. Esta elección será controlada por las Inspecciones Provinciales del Trabajo de las respectivas provincias." Puesto en votación general el proyecto, resultó aprobado por unanimidad. Puesto en votación el artículo único, conjuntamente con la indicación, resultó rechazado por 15 votos contra 19. Puesto en votación el artículo solo, resultó aprobado por unanimidad. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su primer trámite constitucional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, se mandó comunicar al Honorable Senado, redactado en los siguientes términos Proyecto de ley: "Artículo único.La Comisión a que se refiere el inciso segundo del artículo 2º, de la ley Nº 12.858, de 3 de febrero de 1958, estará integrada, además, por las siguientes personas: un representante elegido por las Cámaras de Comercio de las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama, y un representante de las organizaciones de empleados y obreros, con personalidad jurídica, de las mencionadas provincias. El representante de los empleados y obreros será designado por el Presidente de la República de una. terna que será formada por las propias organizaciones y de acuerdo con un Reglamento que dictará para este efecto el Presidente de la República, dentro del plazo de 90 días. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 2º de la ley Nº 12.858 la expresión "un año" por "dos años". ORDEN DEL DIA A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó prorrogar hasta el término del constitucional los plazos de las urgencias hechas presentes para el despacho de los siguientes proyectos de leyes : El que modifica la. Ley Orgánica de Presupuestos ; y El que crea el Colegio de Capitanes y Pilotos de la Marina Mercante Nacional. En conformidad con el acuerdo adoptado en la sesión 37ª, correspondía votar, sin debate, la modificación introducida por el Honorable Senado al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados, que denomina "Liceo de Niñas Gabriela Mistral" al Liceo de Niñas de La Serena, La modificación en referencia consistía en suprimir el artículo 2º del proyecto. Puesta en votación la enmienda, resultó rechazada por 5 votos contra 27. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su tercer trámite constitucional y el acuerdo respectivo se puso en conocimiento del Honorable Senado. A proposición del señor Stark (Segundo Vicepresidente), por asentimiento unánime se acordó votar, de inmediato, sin debate, la modificación introducida por el Honorable Senado al proyecto de ley despachado por la Cámara de Diputados, que autoriza a. la Municipalidad de Vichuquén para contratar empréstitos. La modificación en referencia consistía en agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo 9ºIntrodúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 16.627, de 13 de abril de 1967: 1) Agrégase al artículo 5º el siguiente inciso: "Aun cuando se haya enterado la suma que consulta el inciso primero del artículo 1º, las Municipalidades seguirán percibiendo la cuota correspondiente del uno por mil necesaria para el sostenimiento de los establecimientos educacionales a que se refieren los números 4 y 5 del artículo 4º." 2) Agrégase al inciso segundo del artículo 7°, corriendo el punto final, lo siguiente: "o de la Universidad de Chile". 3) Intercálase en el inciso primero del artículo 12, antes de las palabras "siguiendo el procedimiento establecido", lo siguiente : "separadamente o actuando en conjunto dos de ellas o las tres,"." Puesta en votación la enmienda, resultó rechazada por unanimidad. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su tercer trámite constitucional, y el acuerdo respectivo se puso en conocimiento del Honorable Senado. Correspondía, a continuación, considerar el proyecto de ley de origen en un mensaje, informado por las Comisiones Unidas de Hacienda y de Obras Públicas, con trámite de urgencia, calificada de "simple", que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Puesto en discusión general el proyecto, usaron de la palabra los señores Cerda, don Eduardo (Diputado Informante), y Phillips, y por la vía de la interrupción, los señores Acevedo, Barrionuevo, Osorio, Poblete, Iglesias y Clavel. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperaron las reiteradas peticiones del señor Cerda, don Eduardo, en orden a prorrogar el Orden del Día hasta el total despacho del proyecto, tanto en general, como en particular. Por haber llegado la hora de término del Orden del Día, quedó pendiente la discusión del proyecto, y con el uso de la, palabra el señor Phillips, a quien restan 29 minutos de su primer discurso. Con la venia de la Sala pasó a presidir la sesión el señor Rosselot. INCIDENTES El primer turno de la Hora de Incidentes correspondía al Comité Independiente. Con la venia del Comité, usó de la palabra el señor Lavandero, con el objeto de solicitar que oportunamente se recabara el asentimiento unánime de la Sala para dirigir oficio, en nombre de la Cámara, a S. E. el Presidente de la República para que, si lo tiene a bien se sirva incluir en la próxima legislatura extraordinaria de sesiones del Congreso Nacional el proyecto de ley que consulta fondos para el Consejo Nacional de Deportes y financia la adquisición de un nuevo local destinado a la Federación Atlética de Chile, como, asimismo hacer presente la. urgencia para su despacho. Posteriormente, solicitado el asentimiento correspondiente en la sesión 39ª, no se produjo la unanimidad requerida para proceder en la forma señalada. Usó de la palabra, a continuación, el señor Momberg, para referirse al traslado del local en que funciona la Oficina del Servicio de Registro Civil e Idetificación de la comuna de Gorbea, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones a los señores Ministros del Interior y de Justicia, con el objeto de que, si lo tienen a. bien, se sirvan acoger las peticiones contenidas en ellas. Por la vía de la interrupción, usó de la palabra el señor Morales, don Raúl, para solicitar que oportunamente se recabe el asentimiento de La Corporación, con el ob j eto de remitir oficios en nombre de la Cámara a los señores Ministros de Hacienda y del Interior, para que el primero de ellos destine los recursos necesarios para efectuar la inversión de Eº 1.000.000 que ha tría ofrecido para iniciar un plan extraordinario de obras públicas en el departamento de Ultima Esperanza, y al segundo de dichos Ministros, con el fin de transmitirles las observaciones formuladas por Su Señoría, en relación con la actuación del Intendente y el Gobernador respectivos, acerca de la marcha programada para protestar por la cesantía que afecta a la zona de Puerto Natales. Posteriormente, solicitado el asentimiento correspondiente en la sesión 39ª, no se produjo la unanimidad requerida para proceder en la forma señalada. Continuó el señor Momberg, para referirse a la consolidación de deudas de los contribuyentes morosos en el pago de impuestos y contribuciones, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Presidente del Honorable Senado, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva obtener el pronto despacho en esa Corporación del proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados, sobre consolidación de las referidas deudas. El turno siguiente correspondía, al Comité Demócrata Cristiano. Usó de la palabra el señor Valdés Phillips, para referirse a la situación de los comuneros y pequeños propietarios agrícolas de las provincias de Coquimbo y Ata cama, en relación con los títulos de dominio de sus predios, y solicitó que, en su nombre y en el del Comité Demócrata Cristiano, se transmitieran sus observaciones y las formuladas por Su Señorías en la sesión 36ª, sobre la misma materia, a S. E. el Presidente de la República y a los señores Ministros de Tierras y Colonización y de Hacienda, con el objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan acoger las peticiones contenidas en ellas. Usó de la palabra, a continuación, el señor Papic para analizar la situación del Banco Regional de Valdivia, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Koenig, Alvarado, Werner, Pales tro, Cademártori, y el Comité Comunista, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Por ultimo, usó de la palabra el señor Alvarado, para referirse a la gratificación de zona de los empleados fiscales y semifiscales de la provincia de Cautín, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que se otorgue la referida, gratificación a los empleados fiscales y semifiscales de los departamentos de Temuco, Villarrica, Pitrufquén, Imperial y Lautaro. El turno siguiente correspondía al Comité Radical, que cedió su tiempo al Comité Comunista. Usó de la palabra el señor Robles, para analizar las conclusiones del Cabildo abierto celebrado en Coquimbo, y solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios: Al señor Ministro de Salud Pública, a lo que adhirió el señor Palestro, con el objeto de que, si lo tiene a. bien, se sirvan adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la reparación del Hospital de Coquimbo, como, asimismo, que se dote a dicho establecimiento asistencia! de elementos adecuados para, la normal atención de los enfermos. Al señor Ministro de Minería, a lo que adhirió el Comité Socialista, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a asegurar mercado a los productos de la Fundición de Manganeso, de Coquimbo, para que pueda normalizar e incrementar sus actividades, como, asimismo, a obtener que se le otorguen tarifas eléctricas especiales que le permitan rebajar sus costos, y competir en el mercado internacional. CAMBIOS DE MIEMBROS DE LAS COMISIONES En conformidad con el acuerdo adoptado por la Corporación en sesión 1ª, de fecha 31 de mayo del presente año, se deja testimonio de los siguientes cambios efectuados en el personal de las Comisiones, entre la. última sesión y la presente, cursados con la simple autorización del Secretario de la Cámara: Hacienda Renunció el señor Maira, y se designó en su reemplazo al señor Fernández. Vías y Obras Públicas Renunció el señor Jerez, y se designó en su reemplazo al señor Demarchi. Especial de Solicitudes Particulares Renunció la señora Maluenda, y se designó en su reemplazo al señor Valente. PETICIONES DE OFICIOS En conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 del Reglamento, los señores Diputados que se indican, solicitaron que, en sus respectivos nombres, se dirigieran los siguientes oficios: (Los oficios correspondientes a esta parte de la Sesión, aparecen al final de los Documentos de la Cuenta de la Sesión 38ª). PROYECTOS DE ACUERDOS Por haber llegado la hora de término reglamentario de la sesión, correspondía considerar las proposiciones de Incidentes. Por no haber número en la Sala, se procedió a llamar a los señores Diputados hasta por 5 minutos, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 89 del Reglamento. Transcurrido este plazo y por no reunirse quorum reglamentario, se levantó la sesión. Eran las 19 horas 20 minutos. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES No hubo declaración respecto de das actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados. CUENTA Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Barrionuevo B., Raúl Basso C., Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José T. Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Demarchi K., Carlos Escorza O., José Dgo. Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuenzalida M., Mario Garay F., Félix González M., Víctor Guastavino C., Luis Irureta A., Narciso Jarpa V., Miguel Koenig C., Eduardo Laemmermann M., Renato Lazo C., Carmen Lorca V., Alfredo Maluenda C., María Marín M., Gladys Martín M., Luis Momberg R., Hardy Monares G., José Montes M., Jorge Morales A., Carlos Morales A., Raúl Naudon A., Alberto Olave V., Hernán Osorio P., Eduardo Palestro R., Mario Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Ramírez V., Gustavo Rioseco V., Manuel Robles R , Hugo Rodríguez N., Juan Rosselot J., Fernando RuizEsquide J., Mariano Sanhueza H., Fernando Santibáñez C., Jorge Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., Francisco Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Téllez S. Héctor Tuma M., Juan Valdés P, Arturo Valente R., Luis Valenzuela V., Héctor Zorrilla C., Enrique Zorrilla C., Enrique Se dio cuenta de: 1ºUna presentación suscrita por 31 señores Diputados, con la que solicitan del señor Presidente de la Corporación que cite a sesión para el día de hoy, miércoles 30 de agosto, de 20.15 a 22.30 horas, con el objeto de "tratar el incumplimiento del Gobierno al compromiso de solución económica de los trabajadores de la Salud y Jas irregularidades en el Ministerio de Obras Públicas". .Transcrita oportunamente a los señores Diputados, se mandó al archivo. Doce mociones, con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley: El señor Fuenzalida, que autoriza a la Municipalidad de Vichuquén para pactar sociedades o constituir organismos destinados a atender actividades relacionadas con las funciones propias de ese Municipio. Se mandó a la Comisión de Gobierno Interior. Los señores Cademártori, Osorio, Acevedo, Morales, don Carlos, Poblete, Sanhueza, Escorza y señora Lazo, que establece normas para la fiscalización y control de los horarios de trabajo en los establecimientos comerciales e industriales. Se mandó a la Comisión de Trabajo y Legislación Social. El señor Demarchi, que concede pensión a doña Resfa Muñoz Arellano. Eü señor Daiber, que otorga igual beneficio a doña Sor Julia Yáñez Almarza. La señorita Saavedra y el señor Ballesteros, que aumenta la pensión de que actualmente disfruta doña Magdalena Petit Marfán.El señor Fuenzalida, que concede pensión a doña Hilda Rosa Escárate Aliste. El señor Sepúlveda, don Francisco, que otorga igual beneficio a doña Margarita Sepúlveda viuda de Benítez. El señor Jarpa, que aumenta la pensión de que actualmente disfruta doña Elisa Alvarado viuda de Aránguiz. El señor Fuentealba, que concede pensión a doña Beatriz Vega Vega. El señor De la Jara, que aumenta la pensión de que actualmente disfruta doña María Graciela Montoya Bassaleti. El señor Valdés, don Arturo, que concede igual beneficio a doña Otilia Hille viuda de Saavedra. La señora Allende, que concede pensión a la señora María Isabel Gaete Muñoz viuda de Guzmán. Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición del'señor Lorca, don Alfredo (Presidente), en orden a remitir en nombre de la Cámara, los oficios solicitados por los señores Lavandero y Morales, don Raúl, durante sus intervenciones en la Hora de Incidentes de la sesión ordinaria celebrada en la tarde de hoy. Por asentimiento unánime, se aprobó la siguiente proposición de la Mesa: La Mesa, previa consulta a los Comités Parlamentarios, se permite proponer a la Sala que la solicitud de permiso constitucional para ausentarse del país a partir del 6 de septiembre próximo, que ha formalizado el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el objeto de concurrir a los actos de conmemoración del XXV Aniversario de la constitución de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social y de su órgano ejecutivo, el Comité Permanente, que se efectuarán en la ciudad de Lima, Perú, entre el 10 y el 17 de ese mes, se discuta y vote conforme al siguiente procedimiento: 1.Celebrar una sesión en el día de mañana jueves, de 16 a 21 horas, para discutir esta materia; 2.En el debate y sin perjuicio del tiempo que pudiera emplear el propio señor Ministro, cada Comité Parlamentario podrá usar de la palabra hasta por 30 minutos, en el orden en que se solicite; 3.Terminados los tiempos indicados o cerrado el debate con anterioridad, se procederá de inmediato a votar la solicitud de permiso; y 4.En todo caso, si fuese necesario, la hora de término de la sesión se entenderá prorrogada hasta cumplir los tiempos concedidos y votar la respectiva solicitud. En conformidad con el objeto de la sesión a que había ordenado citar el señor Presidente, motivada en una presentación suscrita por 31 señores Diputados, correspondía tratar "el incumplimiento del Gobierno al compromiso de solución económica de los trabajadores de la Salud y las irregularidades en el Ministerio de Obras Públicas". En los turnos correspondientes a los Comités Radical; Demócrata Cristiano; Comunista; Socialista; e Independiente, usaron de la palabra, respectivamente, los señores Poblete, y por la vía de la interrupción los señores Cabello; Cancino; Cademártori; señora Lazo, y en uso de una interrupción la señora Allende; y Momberg, y por la vía de la interrupción, la señora Lazo y el señor Acuña. En el transcurso del debate pasó a presidir la sesión el señor Stark (Segundo Vicepresidente). Durante sus intervenciones, los señores Diputados que se indican solicitaron que, en sus respectivos nombres, se dirigieran los siguientes oficios: El señor Poblete, a lo que adhirieron la señora Lazo, y el señor Werner, y los Comités Radical y Comunista, a S. E. el Presidente de 'la República y al señor Ministro de Salud Pública, con el objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener una solución satisfactoria para los diversos problemas que afectan a los trabajadores de la Salud. El señor: Cabello, a lo que adhieron la señora Lazo y el Comité Comunista, al señor Ministro de Salud Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que, a la brevedad posible, se dé cumplimiento a los compromisos que habría contraído el Supremo Gobierno con los trabajadores de la Salud, a raíz del último conflicto. El señor Cademártori, a lo que adhirió la señora Lazo, a los señores Ministros de Obras Públicas y de Salud Pública, con el objeto de transmitirles sus observaciones, para que, si lo tienen a bien, se sirvan acoger las peticiones contenidas en ellas, que sean de la competencia de esos Ministerios. La señora Allende, a lo que adhirieron la señora Lazo, a los señores Ministros de rio, y los Comités Radical y Comunista, al señor Ministro del Interior, transmitiéndole sus observaciones relacionadas con diversas irregularidades producidas en el Ministerio de Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas, La señora Allende, a lo que adhirieron la señora Lazo, los señores Werner y Osorio, y los Comités Radical y Comunista, transmitiéndole sus observaciones al señor Contralor General de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer que se investiguen los hechos en ellas denunciados, a lo que posteriormente adhirió el señor Osorio y solicitó se incorporara a esta petición la formulada por él en sus observaciones. El Comité Democrático Nacional no usó de su tiempo. En los nuevos turnos correspondientes a los Comités Radical, Demócrata Cristiano, y Comunista, usaron de la palabra, respectivamente los señores Acuña; Martín y Cancino, y por la vía de la interrupción, los señores Phillips, y Cademártori, Osorio y la señora Allende. Durante su intervención el señor Acuña solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron la señora Lazo, los señores Werner y Momberg, y los Comités Radical, Comunista y Demócrata Cristiano, se transmitieran sus observaciones al señor Contralor General de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer una investigación acerca de los hechos denunciados, en relación con diversas irregularidades producidas en el Ministerio de Obras Públicas. El señor Martín, por su parte, solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva informar a esta Cámara acerca de cuántos años hace que las firmas "Bezanilla y Salinas", "Ignacio Hurtado", "Deves Del Río", "INGAS", "DELTA", "Neut La tour", "Yaconi Hermanos", y "Avalos y González", están trabajando como contratistas para esa Secretaría de Estado. Por último, la señora Allende solicitó se dirigiera oficio en su nombre, a lo que adhirieron los señores Osorio, Werner y Laemmermann, y los Comités Comunista y Radical, al señor Contralor General de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva investigar e informar, posteriormente, a esta Cámara acerca de lo siguiente, en relación con los trabajadores del Ministerio de Obras Públicas : 1.Número de obreros desahuciados; 2.Número de obreros trasladados; 3.Número de obreros desahuciados y recontratados con jornal inferior al que percibían;4.Número de obreros con los cuales se ha procedido a la inversa; 5.Número de obreros que han ingresado directamente a la planta permanente, y pasado a llevar a los de la planta transitoria o a los trabajadores eventuales. Por haber llegado la hora de término de la sesión, se levantó ésta a las 22 horas 30 minutos. Palestro R., Mario Papic R,, Luis Parra A., Bosco Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Ramírez V., Gustavo Retamal C., Blanca Robles R, Hugo Rodríguez H., Manuel Rosales G., Carlos Rosselot J., Fernando RuizEsquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., Francisco Silva S., Julio Silva U., Ramón Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernando Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Téllez S., Héctor Torres P., Mario Tuma M., Juan Valdés P., Arturo Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Videla R., Pedro Zorrilla C., Enrique Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Ansieta N., Alfonso Argandoña C., Juan Ballesteros R., Eugenio Basso C., Osvaldo Buzeta G., Fernando Cademártori I., José Camus F., José Tomás Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Castilla H., Guido Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Coñuepán P., Venancio Correa M., Silvia Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de R,, Juana Dueñas A., Mario Enríquez F., Inés Escorza O., José Dgo. Fernández A., Sergio Fierro L., Fermín Fuentealba C., Clemente Fuentes A,, Samuel Fuentes V., César R. Fuenzalida M., Mario Garay F., Félix Giannini I., Osvaldo Godoy U., César Hurtado O'R., Rubén iglesias C., Ernesto Irureta A., Narciso Isla H., José Manuel Jaque A., Duberildo' Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig C., Eduardo Laemmermann M., Renato Lavandero I., Jorge Lazo C., Carmen Lorca V., Alfredo Maluenda C., María Marín M., Gladys Martín M., Luis Millas C., Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Montedónico N., Juan Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Olave V., Hernán Olivares S., Héctor Osorio P., Eduardo El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo, y el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo. Se levantó la sesión a las 19 horas y 15 minutos. Asistió el señor Ministro del Trabajo. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados. CUENTA Se dio cuenta de: 1ºTres oficios del señor Ministro del Interior con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican: Del señor Cademártori, relativo a la construcción de un edificio para el Retén de Carabineros de Llanada Grande, en el departamento de Llanquihue; Del señor Cardemil, respecto de la intensificación de la vigilancia policial en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Viña del Mar; y Del señor Stark, acerca del traslado del Retén de Carabineros de Antuco. 2ºUn oficio del señor Ministro de Relaciones Exteriores con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre de la Cámara, relacionado con la concesión de una distinción al Padre Agustín Gusinde. 3ºUn oficio del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción con el que se refiere al que se le remitió, en nombre de los señores Momberg, Clavel, Samuel Fuentes y señora Lazo, sobre la nueva modalidad impuesta para el pago de las adquisiciones de durmientes por parte de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado. 4ºDos oficios del señor Ministro de Hacienda con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, relativos a las materias que se señalan: Del señor Fernández, respecto del no pago del reajuste a don Bernardo Flores; y Del señor Sotomayor, acerca de facilidades crediticias a los pequeños agricultores que poseen' cuentas de ahorro en el Banco del Estado de Chile. 5º Veintidós oficios del señor Ministro de Educación Pública, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se expresan: Del señor Alvarado, relativo a la solución de diversos problemas que afectan al Liceo Fiscal de Gorbea; Del señor Astorga, respecto de las reparaciones que requiere el local que ocupa la Escuela 146, de Santiago; Del señor Basso, acerca de la construcción de un edificio para la Escuela Nº 21, de la comuna de Pinto; Del señor Carvajal, relacionado con la edificación de un local para la Escuela 46 de Villa Las Mercedes; Del señor Fernández, referente a la habilitación de dos nuevos pabellones para la Escuela N9 144, de la "Población Las Lomas de Macul; Del señor Fuenzalida, sobre diversos problemas que afectan a la Escuela Mixta Santa Susana, de la comuna de Teño; Del señor González, relativo a la ejecución de determinadas obras en beneficio de los establecimientos educacionales de la provincia de Cautín; Del mismo señor Diputado, respecto de la construcción de un local para el funcionamiento del Liceo N9 3, de la Población Dreves, de Temuco; Del mismo señor Diputado, acerca de la edificación de locales escolares en la provincia de Cautín; Del mismo señor Diputado, relacionado con la habilitación de un edificio para el Liceo Nº 3 de Temuco; Del señor Jaque, referente al nombramiento de don Agustín Valenzuela Burr, como profesor de la Escuela Industrial de Tomé; Del señor Jaramillo, sobre construcción de un edificio para la Escuela Nº 61 de Tanilvoro; Del señor Marambio, relativo a la ampliación del local de la Escuela Nº 9, de Santa Cruz; De la señora Marín, respecto de la edificación de un nuevo pabellón de servicios higiénicos para la Escuela Nº 159, de Barrancas ; Del señor Martín, acerca de la habilitación de un local para la Escuela Nº 15 de Quinchamalí; Del señor Millas, relacionado con la construcción de diversos edificios escolares en la comuna de La Granja; Del señor Montt, referente a la edificación de un local para la Escuela Nº 37, de Rupanco; Del señor Ochagavía, sobre construcción de un edificio para la Escuela N9 38, de Curahue; Del señor Palestro, relativo a una investigación tendiente a establecer diversas irregularidades que se habrían producido en la Escuela N9 40, de la Hacienda Santa Inés, de Melipilla; Del señor Rosales, respecto de la clausura del edificio que ocupa la Escuela Granja Nº 76, de Doñihue; Del mismo señor Diputado, acerca de las reparaciones que requiere el local de la Escuela Granja antes mencionada; De los señores Cantero y Guastavino, relacionado con la construcción de un local para el Liceo de Hombres de Villa Alemana. 6ºDos oficios del señor Ministro de Justicia, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, referentes a las materias que se señalan: De los señores Momberg y Fuentes don Samuel, sobre creación de un Juzgado de Menor Cuantía en Puerto Saavedra; y De los señores Tejeda y Stark, relativo a la posibilidad de elevar de categoría al Juzgado de Letras de Menor Cuantía de La Laja. 7ºUn oficio del señor Ministro de Defensa Nacional, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Valente, respecto de la necesidad de adoptar las medidas necesarias para evitar accidentes provocados por proyectiles que queden abandonados en los ejercicios que realiza el Regimiento Rancagua, de Arica. 8ºDos oficios del señor Ministro de Agricultura: Con el primero contesta el que se le envió, en nombre de la Cámara, acerca de la conveniencia de que se otorgue preferencia a los alumnos egresados de la Universidad Técnica del Estado para incorporarse como funcionarios a esa Secretaría de Estado o a sus organismos dependientes. Con el segundo da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Rosselot, relacionado con la necesidad de otorgar asistencia técnica y crediticia a la Asociación de Pequeños y Medianos Agricultores de Angol. 9ºCinco oficios del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican : Del señor Aguilera, don Luis, relativo a la tramitación burocrática que sufrirían las personas que recurren a las oficinas de la Administración Pública; Del señor Castilla, respecto de la construcción de un edificio para la Caja de Previsión de Empleados Particulares, de la ciudad de Linares; De la señora Lazo, acerca de las consecuencias del desfalco producido en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, en la que aparecen implicados los funcionarios señores Fernando Powels y Carlos Ulloa; Del señor Millas, relacionado con la situación producida a los ex funcionarios de la Dirección General de Obras Públicas que jubilaron como empleados y que, por error, habrían sido calificados de obreros; y Del mismo señor Diputado, referente a la necesidad de que la Oficina del Servicio de Seguro Social de Puente Alto, acelere la tramitación de los expedientes de jubilación y de continuidad de la previsión pendientes en esa repartición. 10.Cuatro oficios del señor Contralor General de la República: Con el primero contesta el que se le envió, en nombre de la Cámara, sobre diversas informaciones relacionadas con el personal del Servicio de Correos y Telégrafos. Con los tres siguientes da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, relativos a las materias que se mencionan: Del señor Basso, respecto de diversos fondos destinados al Centro Universitario de Ñuble; Del señor Millas, acerca de una denuncia contra el Liceo Madre Ce lia Lazare,, de La Cisterna; y Del señor Valente, relacionado con diversos antecedentes del Servicio Médico Nacional de Empleados. Quedaron a disposición de los señores Diputados. 11.Cuatro mociones con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley: Los señores Iglesias, Osorio y Cerda, don Eduardo, que autoriza a la Municipalidad de Santa María, para contratar empréstitos. Se mandó a la Comisión de Gobierno Interior. El señor Dueñas, que reconoce tiempo servido a don José Miguel Cofre Saavedra ; El señor Marambio, que concede pensión a doña Carmela Adela Silva Yáñez; El señor Lavandero, que aumenta la pensión de que actualmente disfruta don Rosimberto Sepúlveda Aguilera. Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), en orden a concederle la palabra, de inmediato, al señor Morales, don Raúl. En conformidad con el objeto de la sesión a que había ordenado citar el señor Presidente, motivada en un acuerdo de la Corporación, correspondía considerar la solicitud de permiso constitucional para ausentarse del país a partir del 6 de septiembre próximo, que ha formalizado el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don William Thayer Arteaga, para concurrir a los actos de conmemoración del XXV aniversario de la constitución de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social y de su órgano ejecutivo, el Comité Permanente, que se efectuará en la ciudad de Lima, Perú, entre los días 10 y 17 de ese mes. Puesta en discusión la solicitud de permiso, en los tiempos concedidos a los Comités Radical, Socialista, Comunista, Demócrata Cristiano, y Democrático Nacional, usaron de la palabra respectivamente los señores Morales, don Carlos; Pales tro, y la señora Lazo; Cantero, y por la vía de la interrupción, Thayer (Ministro del Trabajo) y Robles; Escorza, y por la vía de la interrupción, Lavandero; y Valenzuela, don Renato, y Valenzuela, don Héctor, además del señor Thayer (Ministro del Trabajo), y por la vía de la interrupción, la señora Lazo. En el transcurso de la sesión, pasaron a presidirla sucesivamente, con la venia de la Sala, la señora Correa, y el señor Lorca, don Alfredo (Presidente). A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó que la interrupción concedida al señor Thayer (Ministro del Trabajo), no sería de cargo del tiempo correspondiente al Comité Comunista. Durante su intervención el señor Lavandero solicitó el asentimiento.de la Sala para enviar el proyecto de ley que consulta fondos para el Consejo Nacional de Deportes y financia la adquisición de un nuevo local para la Federación Atlética de Chile, nuevamente a la Comisión de Hacienda, para que emita un nuevo primer informe, y votar en general y en particular el proyecto, con informe o sin él, con preferencia, en la sesión ordinaria del martes próximo, 5 de septiembre, para lo cual no se produjo la unanimidad requerida. Cerrado el debate y puesta en votación la petición de votación nominal formulada oportunamente en forma reglamentaria, resultó aprobada por la unanimidad de 39 votos. Puesta en votación nominal la petición de permiso constitucional por 48 votos contra 17, resultó aprobada. Votaron por la afirmativa, los siguientes señores Diputados: Alvarado, Ansieta, Argandoña, Ballesteros, Buzeta, Cancino, Cardemil, Castilla, Cerda, don Eduardo; Corvalán, Correa, doña Silvia, Daiber, De la Jara, Demarchi, Dip, doña Juana; Escorza, Fuentes, don César Raúl; Giannini, Hurtado, don Rubén; Iglesias, Irureta, Isla, Jerez, Koenig, Lavandero, Lorca, don Alfredo; Martín, Monares, Montedónico, Mosquera, Muga, Pereira, Ramírez, Retamal, doña Blanca; Rosselot, RuizEsquide, Sanhueza, Sbarbaro, Silva, don Julio; Sota, Sotomayor, Suárez, Téllez, Torres, Valenzuela, don Renato; Valenzuela, don Ricardo; Valenzuela, don Héctor; y Zorrilla. Votaron por la negativa, los siguientes señores Diputados: Acevedo, Cademártori, Camus, Cantero, Clavel, Dueñas, Enríquez, doña Inés; Fuentealba, Fuentes, don Samuel; Godoy Urrutia, Laemmermann, Morales, don Carlos; Olivares, Poblete, Robles, Rosales, y Valente. Se abstuvo de votar el señor Garay. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición de la Mesa, en orden a facultar a la Comisión de Relaciones Exteriores para sesionar simultáneamente con la Sala en la mañana del martes próximo, 5 de septiembre. Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levantó ésta a las 19 horas 15 minutos. IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA I.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: En cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política del Estado me corresponde presentar a la consideración del Honorable Congreso el proyecto de ley de Presupuesto Fiscal para el año 1968. Las estimaciones realizadas a la fecha indican que los ingresos corrientes provenientes del sistema tributario vigente ascenderán a Eº 6.819,0 millones y US$ 15,0 millones, en tanto que los ingresos de capital provenientes de la tributación y participación en las utilidades de la Gran Minería del Cobre alcanzarán a US$ 110,0 millones. El total de ingresos tributarios sumando a lo anterior una deuda flotante de Eº 50,0 millones, se elevará de este modo a Eº 7.556,5 millones cifra que es superior en 16,4% al total de ingresos probables del actual ejercicio. Por otra parte, se estima que se podrá contar con créditos externos por la suma de US? 71,0 millones, con lo que la disponibilidad total de recursos para el año próximo se estima a la fecha en Eº 7.947,0 millones. Los gastos incluidos en el proyecto, que ascienden a la ya citada suma de Eº 7.947,0 millones se componen de gastos corrientes por Eº 4.941,8 millones, y US$ 77,8 millones y de gastos de capital por Eº 2.251,4 millones y US$ 59,3; millones. Este Presupuesto, naturalmente, será completado con el envío oportuno mediante proyecto de ley separado, de las indicaciones que se requieren para dar cumplimiento a los aumentos especiales de remuneraciones que beneficiarán a algunos sectores de la Administración Pública tales como Poder Judicial, Fuerzas Armadas, Carabineros, Correos y Telégrafos, Servicio Nacional de Salud y Registro Civil. El Presupuesto así elaborado mantiene, en promedio, el nivel real alcanzado por los programas del Gobierno en 1967, concediéndose un margen de incremento solamente en Educación y Reforma Agraria. Es decir, se mantiene la política ya iniciada en 1967, de reducir el ritmo de aumento del Gasto Público, con el criterio de que su tasa de crecimiento sea similar a la del Producto Geográfico bruto, lo que implica mantener aproximadamente en su nivel actual la proporción de los recursos nacionales que son transferidos al Estado y utilizados por éste. En suma, el Gobierno reafirma su política tendiente a evitar que la presión del gasto fiscal constituye un elemento que gravite negativamente en los esfuerzos por logran la estabilización de precios, destinando el aumento del gasto a sectores de más alta prioridad. De acuerdo con lo expuesto anterior MONEDA NACIONAL: ENTRADAS Ingresos Tributarios Ingresos no Tributarios mente, vengo en someter a vuestra consideración el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º Apruébase el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto Corriente de la Nación, en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dólares, para el año 19G8 según el detalle que se indica: . E9 5.287.065.00 E9 6.493.854.000 374.814.000 6.868.668.000 MENOS: Excedente destinado a financiar el Presupuesto de Capital Eº 1.581.603.000 GASTOS E9 4.941.830.000 Presidencia de la República Eº 15.030.000 Congreso Nacional 45.890.000 Poder Judicial . . 38.850.000 Contrataría General de la República . . 20.830.000 Ministerio del Interior 413.570.000 Ministerio de Relaciones Exteriores . . 15.070.000 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción . 192.300.000 Ministerio de Hacienda . . . . 1.331.540.000 Ministerio de Educación Pública . . . . 1.151.640.000 Ministerio de Justicia 102.690.000 Ministerio de Defensa Nacional . . . . 594.660.000 Ministerio de Obras Públicas 140.140.000 Ministerio de Agricultura 170.790.000 Ministerio de Tierras y Colonización . 12.150.000 Ministerio del Trabajo y Previsión 47.850.000 Social Ministerio de Salud Pública 536.720.000 Ministerio de Minería 57.980.000 Ministerio de la Vivienda y Urbanismo 54.130.000 MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES ENTRADAS US$ 15.000.000 Ingresos Tributarios US$ 14.000.000 Ingresos no Tributarios 1.000.000 GASTOS US$ 77.770.000 Congreso Nacional US$ 20.000 Ministerio del Interior 1.370.000 Ministerio de Relaciones Exteriores . . 9.970.000 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción 6.160.000 Ministerio de Hacienda 44.500.000 Ministerio de Educación Pública, . . . 970.000 Ministerio de Defensa Nacional . . . . 12.260.000 Ministerio del Trabajo y Previsión Social 20.000 Ministerio de Salud Pública 2.500.000 Artículo 2ºApruébase el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto de Capital de la Nación, en moneda nacional y extranjera reducida a dólares, para el año 1968, según el detalle que se indica: MONEDA NACIONAL ENTRADAS Eº 1.582.290.000 Ingresos de Capital . Eº 1.582.290.000 GASTOS Eº 2.251.420.000 Presidencia de la República E 3.310.000 Congreso Nacional 1.570.000 Ministerio del Interior 8.860.000 Ministerio de Relaciones Exteriores . . 120.000 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción 506.560.000 Ministerio de Hacienda 129.850.000 Ministerio de Educación Pública . . . . 196.300.000 Ministerio de Justicia 4.250.000 Ministerio de Defensa Nacional . . . . 30.160.000 Ministerio de Obras Públicas .... . . 672.960.000 Ministerio de Agricultura 264.960.000 Ministerio de Tierras y Colonización . 1.040.000 Ministerio del Trabajo y Previsión Social 12.110.000 Ministerio de Salud Pública 55.150.000 Ministerio de Minería 29.600.000 Ministerio de la Vivienda y Urbanismo 334.626.000 MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES ENTRADAS US$ 181.000.000 Ingresos de Capital US$ 181.000.000 GASTOS Eº 59.340.000 Congreso Nacional US$ 20.000 Ministerio del Interior 100.000 Ministerio de Relaciones Exteriores . . 510.000 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción 5.700.000 Ministerio de Hacienda 37.060.000 Ministerio de Educación Pública . . . . 300.000 Ministerio de Justicia 100.000 Ministerio de Defensa Nacional . . . . 9.350.000 Ministerio de Obras Públicas 2.200.000 Ministerio de Minería . . . 3.500.000 Ministerio de la Vivienda y Urbanismo 500.000 Artículo 3ºEl Presidente de la República deberá incorporar en la Ley de Presupuestos del año 1968, los gastos e ingresos aprobados por leyes especiales publicadas en el "Diario Oficial", en el año anterior. Artículo 4ºEn los ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se incluyen todos los gastos inherentes al estudio y construcción de obras, tales corno adquisición de maquinarias en general, conservación reparación y consumo de las mismas, materiales de construcción, jornales, asignación de traslado, viáticos y asignaciones familiares de obreros. Artículo 5ºEn los casos en que leyes especiales destinen el rendimiento de ciertos ingresos a fines específicos, se entenderán cumplidos dichos fines en la medida en que se obtengan créditos que satisfagan la misma finalidad. La obligación fiscal de entregar fondos con cargo a los ítem respectivos sólo se hará efectiva por la diferencia no cubierta por dichos créditos. Artículo 6ºLos Jefes de los Servicios funcionaimente descentralizados y de Instituciones privadas que se financien con aporte fiscal deberán enviar antes del 31 de enero a la Dirección de Presupuestos, sus Presupuestos previamente aprobados por sus respectivos Consejos Directivos. El Ministerio de Hacienda no podrá autorizar ningún aporte ni transferencia a las instituciones que contravengan esta disposición. Artículo 7ºCuando exista duda acerca de la imputación precisa que deba darse a un gasto determinado, resolverá en definitiva la Dirección de Presupuestos, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Contraloría General de la República. Artículo 8ºEl Ministro de Hacienda, por orden del Presidente de la República podrá, en el segundo semestre, ordenar traspasos entre los ítem de gastos de distintos programas correspondientes a un mismo capítulo. Durante 1968 los ítem de los programas de las ramas de la Defensa Nacional podrán excederse dentro del programa pero en ningún caso dichos ítem podrán sobrepasar el monto total que resulte de la suma de estos mismos ítem en cada Servicio. Artículo 9ºSuspéndese, por el presente año, la autorización contenida en el inciso segundo del artículo 59 del D.F.L. Nº 47, de 1959. Los Servicios funcionalmente descentralizados podrán efectuar traspasos entre ítem de un mismo presupuesto, previa autorización escrita de la Dirección de Presupuestos. Artículo 10. Los decretos de fondos, pagos directos, traspasos o de reducciones podrán ser firmados por el Ministro del ramo que corresponda "Por orden del Presidente" sin perjuicio de la firma del Ministro de Hacienda y de la información interna de la Dirección de Presupuestos, establecida en el artículo 37 del D.F.L. Nº 47, de 1959. Los decretos o resoluciones con cargo a 'Decretos de fondos" deberán ser visados por la Dirección de Presupuestos o por quien el Director delegue. No obstante, los arriendos de inmuebles a que se refiere el artículo 8º del D.F.L. N9 153, de 1932, comisiones de servicios al exterior y autorizaciones para realizar trabajos extraordinarios necesitarán además, cuando se trate de decreto o resolución, la firma del Ministro o del Subsecretario de Hacienda, respectivamente. Sin embargo, para "Subvenciones a la educación", "Cumplimiento de Sentencias Ejecutoriadas", "Asignación por cambio de residencia", Nombramiento de personal docente dependiente del Ministerio de Educación, devoluciones en general y otras materias que determine la Dirección de Presupuestos, imputados a autorizaciones de fondos, no regirá lo establecido en el inciso anterior. Las resoluciones que se dicten de acuerdo con los artículos 59, inciso segundo y 9º de la Ley Nº 16.436, cuando corresponda, deberán ser de cargo a decreto de fondos. Para los efectos de la aplicación de los incisos anteriores no regirán durante 1968 las disposiciones establecidas en los Nºs. 8 y 13 del artículo 1º de la Ley Nº 16.436. Los decretos que autoricen rebajas en las tarifas ferroviarias de cargo fiscal, deberán llevar además de la firma del Ministro de Hacienda la del Ministro solicitante y la del Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción. Artículo 11.Los decretos de fondos y los decretos que ordenen un pago, correspondientes a gastos de operación del Presupuesto Corriente en moneda nacional, conservarán su validez después del cierre del ejercicio presupuestario, debiendo imputarse los saldos no pagados y legalmente comprometidos al 31 de diciembre al ítem "Obligaciones pendientes" de cada Servicio del nuevo presupuesto. Para estos efectos el ítem "Obligaciones pendientes" será excedible en el primer semestre. Sin embargo, durante el segundo semestre los Servicios deberán traspasar las sumas necesarias para cubrir los excesos producidos en dicho ítem. Los gastos autorizados por decretos de fondos no podrán exceder en ningún Servicio Fiscal de la diferencia entre la suma de los ítem decretables y el valor de la imputación hecha al ítem "Obligaciones pendientes", en virtud de lo dispuesto en el presente artículo. No obstante lo dispuesto en los incisos anteriores, los saldos de decretos correspondientes al ítem del 2% Constitucional se imputarán al mismo ítem de la Ley de Presupuestos del año siguiente. Asimismo, los saldos de decretos correspondientes a aportes a Municipalidades, las subvenciones del Ministerio de Hacienda y los saldos correspondientes a destinaciones específicas en las glosas del Presupuesto se podrán imputar a cualquier ítem del Presupuesto Corriente o de Capital de la Ley de Presupuesto, de acuerdo al procedimiento que se indica en el artículo siguiente. Artículo 12.Los decretos de fondos y los decretos que ordenen un pago correspondientes al Presupuesto de Capital y al Presupuesto Corriente en monedas extranjeras convertidas a dólares, conservarán su validez después del cierre del ejercicio presupuestario, debiendo imputarse los saldos no pagados al 31 de diciembre a los programas e ítem correspondientes en el nuevo presupuesto. Para tales fines se entenderán creadas asignaciones en los ítem del nuevo presupuesto de igual denominación a las del año anterior y por un monto equivalente a los saldos decretados e impagos de dichas asignaciones al 31 de diciembre. En el caso de que en el nuevo presupuesto no se repitiere algún programa e ítem, se fijará por decreto supremo la imputación que se hará en el nuevo ejercicio a los saldos no pagados de decretos de fondos cursados. Artículo 13.Los compromisos, propuestas y/o gastos por adquisiciones en general y servicios no personales no podrán exceder en ningún caso en el Presupuesto Corriente en moneda nacional del monto presupuestario efectivamente decretado. Del incumplimiento de esta disposición será directa y exclusivamente responsable el Jefe del Servicio respectivo. Exceptúase de lo establecido en el inciso anterior los gastos por consumo de agua, electricidad, teléfonos y gas y las operaciones que realice la Dirección de Aprovisionamiento del Estado. Los Servicios deberán llevar un registro informativo de los compromisos adquiridos en la ejecución de sus programas. La Dirección de Presupuestos en el término de 60 días de la vigencia de esta ley instruirá sobre las normas que requiere el funcionamiento de esta información. Artículo 14.Los pasajes y fletes que ordenen los Servicios Fiscales a la Línea Aérea Nacional, a la Empresa Marítima del Estado y a los Ferrocarriles del Estado no podrán exceder de los fondos que dichos Servicios pongan a disposición de aquellos. Las empresas citadas deberán remitir a los respectivos Servicios, dentro de los primeros 15 días de cada mes, un estado de cuentas por las operaciones efectuadas en el mes anterior. Artículo 15.El Servicio de Tesorería recibirá hasta el 31 de enero de 1968 los giros, imputables a saldos de decretos de 1967, que emitan los Servicios Públicos en conformidad con el artículo 47 del D.F.L. Nº 47, de 1959 y 11 y 12 de la presente ley. Estos giros sólo podrán corresponder a obligaciones generadas en el año 1967. Esta limitación también se aplicará a los recibos que correspondan a decretos o resoluciones de pago directo del año anterior. No obstante a los saldos de decretos del ítem "Obligaciones pendientes" se podrán imputar compromisos del año 1967 y anterior. Después del 31 de enero de 1968, los saldos no girados de decretos del año anterior se entenderán derogados automáticamente y dejarán de gravar el Presupuesto vigente. Para este efecto los Servicios Públicos deberán indicar dichos saldos a la Contrataría General de la República antes del 28 de febrero, visados por el Servicio de Tesorería. Artículo 16.Se declara que 1o establecido en el artículo 47 del D.F.L. N9 47, de 1959, será aplicable tanto a los decretos de fondos como a tas que ordenen un pago. Artículo 17.A tas organismos a que se refiere el artículo 208 de la Ley Nº 13.305 y a las Municipalidades les será aplicable el artículo 47 del D.F.L. N9 47, del año 1959, Orgánico de Presupuestos. Artículo 18.El pago de tas sueldos del personal de la Planta Suplementaria se hará por el mismo Servicio en que se encuentren prestando funciones con cargo al ítem de la Dirección de Presupuestos y tas Sobresueldos y asignación familiar, con cargo a los presupuestos de los Servicios donde se encuentren destacados. En las respectivas planillas el Jefe del Servicio acreditará la efectividad de tas servicios prestados por este personal. Las vacantes que se produzcan en las Plantas Permanentes de tas distintos Servicios Públicos serán llenadas por el personal de la Planta Suplementaria Unica de la Administración Pública, hasta la extinción de ésta, siempre que éste posea la idoneidad necesaria, la que será calificada por la Dirección de Presupuestos. En la provisión de las vacantes de la Planta Permanente con personal de la Planta Suplementaria Unica no se exigirán tas requisitos establecidos en el artículo 14 del D.F.L. Nº 338, de 1960. Artículo 19. Las remuneraciones en monedas extranjeras convertidas a dólares" que deba pagar el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Defensa Nacional y Carabineros de Chile, se convertirán a moneda nacional, sólo para efectos contables y cuando se necesite, al cambio de 5,5 escudos por cada dólar. Artículo 20.Los fondos para asignación familiar consultados en el ítem 021 no se decretarán y su giro se efectuará directamente al ítem contra presentación de planillas. Artículo 21. El pago de honorarios, servicios o adquisiciones pactadas en moneda dólar podrá efectuarse indistintamente con cargo a tas ítem en dólares o en moneda corriente que correspondan. Artículo 22.Las Agencias voluntarias de Socorro y Rehabilitación acogidas al Convenio N9 400 de fecha 5 de abril de 1955, publicado en el "Diario Oficial" de 30 de octubre de 1956 y que perciban aportes fiscales con cargo a esta ley, serán supervisadas en lo que se refiere a la distribución directa de alimentos, vestuario y medicamentos a familias ó individuos, por Juntas Coordinadoras Provinciales que estarán integradas por un representante del Servicio Nacional de Salud, una Asistente Social designada polla Dirección de Asistencia Social, un representante de la Cruz Roja Chilena, un representante del Magisterio designado por el Director Provincial de Educación Primaria y un representante de la Agencia que correspondiere y otro de la Municipalidad cabecera de departamento. Una Junta Coordinadora Nacional integrada por igual número de representantes de las mismas Agencias e Instituciones, relacionará las mencionadas actividades de las agencias en el plano nacional y se pronunciará sobre las observaciones que las Juntas Coordinadoras Provinciales les planteen en relación con las actividades que les corresponde supervisar. El representante del magisterio, en este caso, será designado por el Director General de Enseñanza Primaria. Esta misma Junta Coordinadora Nacional tendrá la facultad de verificar la ubicación y servicio de tas elementos y equipos que se internen de acuerdo con el inciso 39 del Convenio antes citado. La Contrataría General de la República y la Junta Coordinadora Nacional deberán informar semestralmente a la Cámara de Diputados sobre la forma en que se ha dado cumplimiento al presente artículo y, además, todo lo relacionado con la fiscalización que hayan ejercido en esta materia. Las mercaderías importadas por las Agencias voluntarias de Socorro y Rehabilitación mencionadas en el inciso primero de este artículo quedarán exentas de las tasas y derechos que la Empresa Portuaria de Chile aplica a estas operaciones, solamente durante los primeros 60 días contados desde la fecha de recepción de las mercaderías. Vencido este plazo las Agencias mencionadas comenzarán a pagar a dicha Empresa los derechos y tasas que correspondan, con cargo a sus propios recursos. Artículo 23.Los establecimientos que impartan enseñanza fundamental gratuita a adultos obreros o campesinos, que hayan sido declarados cooperadores de la función educacional del Estado y que tengan una organización nacional, justificarán ante la Contrataría General de la República la correcta inversión de las subvenciones o aportes percibidos del Estado, con una relación de gastos en que se anuncie, mediante certificación de la respectiva dirección del plantel, el destino de los fondos percibidos. Artículo 24.Los reajustes que procedan en tas contratos celebrados por el Ministerio de Obras Públicas, en tas cuales se ha estipulado moneda dólar o su equivalente a ésta en escudos moneda nacional se imputarán a los mismos ítem con tas cuales pueda atenderse el pago de dichos contratos. Artículo 25.Autorízase a la Junta de Adelanto de Arica para imputar a su Presupuesto de Capital, hasta el porcentaje que fije el decreto supremo que aprueba su Presupuesto para 1968, tas gastos de mantención y reparación de las obras de inversión y ornato que debe mantener dicha Junta. Para los efectos de la aprobación y publicación del Proyecto de Presupuesto para 1968, con la modificación introducida en el inciso precedente, se entenderá prorrogado el plazo a que se refiere el inciso segundo del artículo 69 de la Ley N9 13.039, hasta el 28 de febrero de 1968. Artículo 26. Los Servicios Públicos podrán contratar obras, ampliaciones, reparaciones e instalaciones de cualquier naturaleza sin intervención del Ministerio de Obras Públicas o del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en su caso, por un monto no superior a E9 50.000. Las Fuerzas Armadas, Ministerio de Justicia, Carabineros de Chile y el Instituto Antártico Chileno en sus construcciones antárticas, no estarán sujetos a la intervención del Ministerio de Obras Públicas o del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en su caso, y podrán efectuar sus obras y ejecutar reparaciones, ampliaciones e instalaciones a través de los Departamentos Técnicos respectivos, sin sujeción al D.F.L. Nº 353, de 1960. Artículo 27.Los Servicios dependientes del Ministerio de Educación Pública, Carabineros de Chile y Dirección General de Investigaciones podrán destinar a reparaciones, adaptaciones o ampliaciones de tas edificios arrendados o cedidos, hasta las sumas de Eº 5.000 por . cada uno de los arrendados y Eº 10.000 por cada uno de tas cedidos. Artículo 28.El Ministerio de Hacienda con informe de la Dirección de Presupuestos y" la Oficina Nacional de Planificación establecerá los sitemas y normas de control de resultados a aplicarse en tas Servicios Fiscales y en las Instituciones Descentralizadas para el funcionamiento del Presupuesto por Programas. Los Jefes de tas Servicios Fiscales e Institucionales Descentralizadas serán responsables de mantener registros de medición de resultados y de costos e informar oportunamente de las realizaciones alcanzadas. Artículo 29.Los Jefes de tas Servicios Fiscales, de Instituciones Descentralizadas y de Instituciones privadas que se financien con aporte fiscal, deberán enviar a la Dirección de Presupuestos y a la Oficina de Planificación Nacional, informes de ejecución física y financiera de los programas que desarrolle el organismo de su responsabilidad. Artículo 30.Autorízase al Presidente de la República para que, previo informe del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, elimine del activo de la Caja Fiscal, con cargo al ítem 34, los valores pendientes en la cuenta "Ell Documentos por Cobrar" correspondientes a cheques protestados que se estimen incobrables. Artículo 31.Se declara que, con cargo a los ítem presupuestarios respectivos, los Servicios Públicos podrán contratar profesionales, técnicos o expertos a honorarios para realizar labores habituales o propias de la Institución. No obstante a funcionarios fiscales, de Instituciones descentralizadas o municipales sólo se les podrá contratar a honorarios mediante decreto supremo fundado. Artículo 32.Sólo se podrá contratar personal con cargo al ítem de "Jornales" para servicios en que prevalezca el trabajo físico y que efectúen labores especí cíficas de obreros. Los Jefes que contravengan esta disposición responderán del gasto indebido y la Contraloría General de la República hará efectiva administrativamente su responsabilidad, sin perjuicio de que en caso de reincidencia, a petición del Contralor, se proceda a la separación del Jefe infractor. Artículo 33. El personal docente del Ministerio de Educación Pública, el personal administrativo y de servicio de los establecimientos educacionales y de las bibliotecas y museos dependientes del Ministerio de Educación Pública, percibirá sus remuneraciones al cumplirse el primer mes de trabajo, contado desde la fecha de asunción de funciones comunicada por el respectivo Jefe Superior del Servicio a la Contraloría General de la República aunque su nombramiento no se encuentre totalmente tramitado. Las Tesorerías respectivas procederán a efectuar estos pagos contra la simple presentación de la planilla correspondien te acompañada, en cada caso, de una copia de la comunicación de asunción de funciones. La percepción indebida de las remuneraciones ocurrida en razón de incompatibilidad de funciones, obligará a la restitución íntegra de esos haberes por parte de los afectados en la forma que determine el Contralor General de la República, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes en esta materia. La comunicación de asunción de funciones, deberán enviarla los Jefes de establecimientos, a más tardar, 48 horas después que el empleado asuma su cargo. Los Jefes de los establecimientos deberán remitir, asimismo, a las autoridades correspondientes, antes del 31 de julio, las propuestas del personal que haya asumido funciones hasta el 31 de mayo y dentro del plazo de 15 días, contado desde la comunicación de asunción de funciones, las propuestas del personal que haya asumido en una fecha posterior a la señalada precedentemente. La infracción a las obligaciones establecidas en los dos incisos anteriores será sancionada sin más trámite, con una multa de un día de sueldo por cada día de atraso en el envío de la documentación pertinente y la harán efectiva los oficiales de presupuesto a requerimiento del Jefe Superior del Servicio. La reiterada remisión de antecedentes incompletos o que adolezcan de vicios de forma o fondo será considerada falta grave para los efectos de hacer efectiva la responsabilidad administrativa de estos funcionarios. Artículo 34.Al personal suplente que presta sus servicios en establecimientos dependientes del Ministerio de Educación Pública se les cancelará en forma oportuna sus sueldos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo con cargo a los ítem expresamente señalados para ese efecto en la presente ley. Queda autorizada la Tesorería General de la República para efectuar los mencionados pagos y hacer después los descuen los internos de los ítem. Artículo 35.Al personal docente de pendiente del Ministerio de Educación Pública y al personal administrativo y de servicio de ios establecimientos educacionales, nombrados a contrata hasta el 31 de diciembre de 1967 con cargo á los ítem "04" de los distintos Servicios de esa Se . cretaría de Estado o con cargo al ítem 09 91200.1 se le entenderán prorrogados sus contratos por todo el año 1968, sin perjuicio de que se les pueda poner término mediante decreto supremo fundado. Artículo 36.Los cargo de la administración del Estado cuya remuneración se determina por procedimientos permanentes legalmente fijados, no quedarán sometidos a las limitaciones establecidas en otras disposiciones legales. Artículo 37. Autorízase a los Servicios Fiscales de la Administración Civil del Estado para otorgar una asignación de alimentación al personal de planta, a contrata, a jornal y a honorarios que se desempeñen con el sistema de jornada única o continua de trabajo. Tendrán derecho a la asignación, los empleados que tomen alimentación en casinos o en otras dependencias de los respectivos Servicios o que se la provean ellos mismos en cualquier forma, siempre que el empleado tenga derecho al goce de sueldo. No se otorgará esta asignación cuando se proporcione alimentación por cuenta del Estado, se haga uso de permiso sin goce de sueldo o se aplique medida disciplinaria de suspensión. La asignación de alimentación se liquidará y pagará conjuntamente con el sueldo del empleado. Para el presente año, el monto de dicha asignación para los Servicios Fiscales será de Eº 20 mensuales por persona que se pagará con cargo al ítem sobresueldos de cada Programa, No obstante, cuando se trate de algunos de los casos a que se refiere el inciso tercero, se descontará la suma de Eº 1 por cada día que no dé lugar al cobro de asignación. Autorízase, asimismo, a los Servicios de la Administración del Estado para deducir de las remuneraciones de su personal, el valor de los consumos que éste efectúe en las dependencias del respectivo Servicio. En cumplimiento de lo anterior se podrá pagar directamente el valor de dichos consumos a quien proporcione la alimentación, previa conformidad del monto del descuento por el afectado. Dichos Servicios podrán habilitar y dotar dependencias que proporcionen alimentación al personal, sin intervención del Ministerio de Obras Públicas. Artículo 38.El Reglamento dictado en conformidad con el artículo 106 de la Ley Nº 16.605, que otorgó derecho de alimentación por el año 1967 al personal del Servicio de Prisiones, conservará su validez durante 1968. Artículo 39.El derecho de alimentación de que goza el personal de los establecimientos de educación del Estado, no se extenderá a sus familiares, con excep ción de los afectos al decreto Nº 2.531, del Ministerio de Justicia, de 24 de diciembre de 1928, reglamentario de la Ley Nº 4.447, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 254 del D.F.L. Nº 338, de 1960, modificado por el artículo 44 de la Ley Nº 14.453. Artículo 40. Fíjanse para el año 1968 los siguientes porcentajes de gratificación de zona de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86 del D.F.L. 338 de 1960, el artículo 5º de la Ley Nº 11.852 y en las leyes Nºs. 14.812 y 14.999, para el personal radicado en los siguientes lugares: Provincia, de Tarapacá 40 % El personal que preste sus servicios en los Retenes "La Palma", San José" y "Negreiros", en Villa Industrial, Poconchile, Puquios, Central, Codpa, Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduanas de Chaca, Camarones, Pisa gua, Zapiga, Aguada, Tarapacá, Huara, Caleta de Huanillos, Pintados, Matilla, Pica, Iris, Victoria (ex Brac), Alianza, Buenaventura, Posta Rosario, Subdele gación de Pozo Almonte y "Campamento Militar Baquedano", tendrán el 60% El personal que preste sus servicios en Visvirí y Cuya, tendrá el . . 80% El personal que preste sus servicios en Parinacota, Chucuyo, Chungará, Belén, Cosapilla, Caquena, Chilcaya, Huayatiri, Distrito de Isluga, Chiapa, Chuzmiza, Can cosa, Mamiña, Huatacondo, Laguna de Huasco, Retén Camina, Quistagama, Distrito de Camíña, NamaCamiña, Manque Col chane, Tignamar, Socoroma, Chapiquiña, Enquelga, Distrito de Cariquima, Sotoca, Jaiña, Chapiquilta, MiñeMiñe, Parca y Macaya, Portezuelo de Chapiquiña, Retén Caritaya, Putre. Alzérreca, Poroma, Sibaya, La onzana, Pachica, Coscaya, Mocha Tarapacá Pueblo, Esquiña, lilaila, Huaviña, Huarasiña, Suca y localidad de Aguas Calientes, tendrá el 100% Provincia de Antofagasta 30 % Atacama, Toconao, Estación San Pedro, Quillagua, Prosperidad, Rica Aventura, Empresa, Algor ta, Mina Despreciada, Chacanee, Miraje, Gatico, Baquedano, Mantos Blancos, Pampa Unión, Sierra Gorda, Concepción, La Paloma, Estación Chela, Alta mira, Mineral, El Guanaco, Catalina, Sierra Overa, Mejillones, Flor de Chile y Oficina Alemania, tendrá el . 60% El personal que preste sus servicios en Ascotán, Socaire, Peine, Cas pana, Ollagüe, Ujina (ex Colla huasi), Río Grande, tendrá el . . 100% Provincia de Atacama 30% El personal que preste sus servicios en la localidad de El Tránsito, tendrá el 50' Provincia de Coquimbo .... El personal que preste sus servicios en la localidad d.e El Chañar, tendrá el 50/ El personal que preste sus servicios en la localidad de Tulahuén, tendrá el 40 % El personal que preste sus servicios en la localidad de Rivadavia, Juntas de Ovalle, Rapel y Co gotí el 18, tendrá el 30% El personal que preste sus servicios en la localidad de Chalinga, tendrá el 20% El personal que presta sus servicios en los departamentos de Taltal y Tocopilla y en las localidades de Coya Sur, María Elena, Pedro de Valdivia, José Francisco Vergara, Calama, Chuquicamata y departamento de El Loa, tendrá el 50% El personal que preste sus servicios en ChiuChiu, San Pedro de Provincia de Aconcagua El personal que preste sus servicios en la localidad de Río Blanco y refugio militar de Juncal, tendrá el 30% El personal que preste sus servicios en la localidad de El Tártaro y Retén y refugio militar de Los Patos, tendrá el 20% El personal que preste sus servicios en la localidad de Caracoles, tendrá el 50% El personal que preste sus servicios en las localidades de Alica hue, Cerro Negro y Chincolco y los distritos Pedernal, Chalaco y El Sobrante, tendrá el . . 15% Provincia de Valparaíso El personal que preste sus servicios en la Isla Juan Fernández, tendrá el 60% El personal que preste sus servicios en el departamento de Isla de Pascua, tendrá el 200% Provincia de Santiago El personal que preste sus servicios en Las Melosas y los retenes Pérez Caldera y Farellones, tendrá el . . 15% El personal que preste sus servicios en la Avanzada El Yeso, tendrá el 30% Provincia de O'Higgins El personal que preste sus servicios en la localidad de Sewell, tendrá el . 10% Provincia de Colchagua El personal que preste sus servicios en la localidad de Puente Negro, tendrá 15% Provincia de Curicó El personal que preste sus servicios en la localidad de Los Queñes, tendrá el . . . 15 % Provincia de Talca El personal que preste sus servicios en las localidades de Las Trancas, los Cipreses, La Mina y Paso Nevado, tendrá el . . . . 30% Provincia de Linares El personal que preste sus servicios en las localidades de Quebrada de Medina, Pejerreyes y Las Guardias, tendrá el 60% Provincia de Ñuble El personal que preste sus servicios en la localidad de San Fabián de Alico, tendrá el 30% El personal que preste sus servicios en la localidad de Atacal co, tendrá el 40% Provincia de Concepción . . 15% Provincia de BíoBío El personal que preste sus servicios en la Subdelegación de "Quille co" y refugio militar Mariscal Alcázar, tendrá el 30% Provincia de Arauco 15% El personal que preste sus servicios en la "Isla Santa María" e "Isla Mocha", tendrá el 35% Provincia de Malleco El personal que preste sus servicios en las localidades de Lonquimay, Troyo, Sierra Nevada, Liucura, Icalma y Malalcahuello, tendrá el 30 % Provincia de Cautín El personal que preste sus servicios en la zona de Llaima, tendrá el 50% El personal que preste sus servicios en la comuna de Pucón, ten drá el 20% Provincia de Valdivia El personal que preste sus servicios en los departamentos de La Unión y Río Bueno, tendrá el 10% El personal que preste sus servicios en el departamento de Valdivia y localidad de Llifén, tendrá el 15% El personal que preste sus servicios en la localidad de Huahún y refugio militar Choshuenco, tendrá el 40% Provincia de Osorno 10 % El personal que preste sus servicios en la localidad de Puyehue y refugio militar Antillanca, tendrá el 40 % Provincia de Llanquihue . . . 10% El personal que preste sus servicios en la localidad Paso el León, Subdelegación de Cochamó y Distrito de Llanada Grande y Peulla, tendrá el 40% Provincia de Chiloé 30% El personal que preste sus servicios en Chiloé Continental y Archipiélago de las Guaytecas, tendrá el 70% El personal que preste sus servicios en la Isla Guafo, Futaleu fú, Chaitén, Palena y Faros Ra per y Auchilú, tendrá el 110% Provincia de Aisén 90% El persona] que preste sus servicios en Chile Chico, Baker, Retén Lago Castor, Puerto Ingeniero Ibáñez, La Colonia, Cisnes, Balma ceda, Lago Verde, Cochrane, Río Mayer, Ushuaia, Retenes Coi haique Alto, Lago O'Híggins, Criadero Militar "Las Bandurrias" y "Puesto Viejo", tendrá el 130%, El personal de obreros de la provincia de Aisén tendrá derecho a gozar de los mismos porcentajes de zona que los empleados de dicha provincia Provincia de Magallanes 60% El personal que preste sus servicios en la Isla Navarino, Isla Daw son, San Pedro, Muñoz Gamero, Picton, Punta Yamana, Faros Félix y Fair Way y Puestos de Vigías dependientes de la Base Williams, tendrá el 100% El personal que preste sus servicios en las Islas Evangelistas y Puerto Edén, tendrá el 150% El personal que preste sus servicios en la Isla Diego Ramírez, tendrá el 300% Territorio Antártico El personal destacado en la Antartica, de acuerdo con el artículo 1º de la Ley Nº 11.492, tendrá El 600% El personal de la Defensa Nacional que forme parte de la Comisión Antártica de Relevo, mientras dure la Comisión, tendrá el . . . . 300 % Artículo 41.Autorízase al Presidente; de la República para establecer el derecho y fijar el monto de los conceptos que a continuación se indican: gratificación de aislamiento; ración diaria compensada en especies o en dinero en las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, como hasta la fecha se ha estado efectuando; asignaciones de vestuario para Suboficiales., Clases, Marineros y Soldados, de Marina y Aviación, respectivamente, subsidios en conformidad a los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 11.824, incluso para el personal de Gente de Mar al obtener su despacho de Oficial de Mar de la Armada; asignación al personal de Gente de Mar mientras efectúan curso especial de Oficial d.e Mar; asignaciones a operadores de máquinas de Contabilidad y Estadística de las Fuerzas Armadas; asignaciones a Observadores Meteorológicos que no pertenezcan a la Fuerza Aérea ; vestuario y equipo para alumnos que ingresen a las Escuelas Militar, Naval y de Aviación, de acuerdo con los respectivos reglamentos de estos planteles; vestuario para Oficiales y Cuadro Permanente de las Fuerzas Armadas; asignación para arriendo de oficinas y casa habitación en Aduanas de Fronteras y asignación en dólares para los Cadetes de la Escuela Naval embarcados en viajes de instrucción al exterior o cuando los Cadetes de la Escuela Naval y de Aviación deban perfeccionar sus estudios en el extranjero. Los respectivos decretos de autorización deberán ser firmados por el Ministro de Hacienda. Artículo 42. El beneficio contemplado en el artículo 76, inciso cuarto, del D. F. L. Nº 338, de 1960, se imputará a la Cuenta de depósito F105, contra la cual podrán girar todos los Jefes de Servicios cuando el caso lo requiera, quienes asimismo efectuarán los reintegros correspondientes a las cuotas descontadas por planillas que cada funcionario deba reembolsar en el plazo de un año. Esta cuenta estará centralizada en la Tesorería Provincial de Santiago y su saldo no pasará a Rentas Generales de la Nación. Artículo 43.Los funcionarios públicos que regresen al país al término de su co misión en el extranjero y a quienes la Ley reconoce el derecho al pago de fletes de su menaje y efectos personales de cargo fiscal, no podrán imputar los gastos de transporte de automóviles a este derecho. Artículo 44.Reemplázase el guarismo "2%" (dos por ciento) por "4%" (cuatro por ciento), a que se refiere el inciso primero del artículo 73 del D.F.L. Nº 338, de 1960. Esta disposición también será aplicable al personal de la Corporación de Fomento de la Producción, Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; Corporación de la Vivienda, Corporación de Servicios Ha bitacionales, Corporación de Mejoramiento Urbano y Empresa Nacional de Minería. Artículo 45.Reemplázase en el inciso primero del artículo 13 de la Ley Nº 16.520 el párrafo final que está en punto seguido, por lo siguiente: "El Consejo Nacional de Menores depositará en la Cuenta de Ingreso B36j las sumas necesarias para cubrir el gasto que demande la provisión de estas vacantes". Artículo 46. Los miembros de las Fuerzas Armadas que desempeñen los cargos de Ministros o Subsecretarios de Estado, no podrán percibir ninguna de las asignaciones que consultan las leyes para el personal de sus respectivas instituciones, cuando opten por el sueldo de estos cargos. Artículo 47. Declárase compatible el cargo de Oficial Civil Adjunto de Registro Civil con el de Profesor de la Enseñanza Primaria. El cargo deberá ser desempeñado por el profesor de mayor antigüedad de la localidad de que se trate y siempre que sea mayor de edad. " Artículo 48.Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo único de la Ley Nº 16.401, el Consejo del Servicio de Seguro Social podrá transferir al Fondo de Pensiones el todo o parte del excedente producido o que se produzca en cualesquiera de los Fondos que administra dicho Servicio. Los acuerdos que adopte el Consejo en el ejercicio de esta facultad, deberán ser aprobados por la Superintendencia de Seguridad Social. Artículo 49.Los Servicios e Instituciones de la Administración Pública, las Empresas del Estado y, en general, todas las Instituciones del Sector Público no podrán adquirir, contratar o renovar contratos de arrendamiento de máquinas eléctricas y electrónicas de contabilidad y estadística y sus accesorios, ni contratar servicios para las mismas, sin previa autorización de la Dirección de Presupuestos. Asimismo, no podrán efectuar traspasos de inventario, ni poner término a contratos de arrendamiento de dichas máquinas, sin la mencionada autorización. Artículo 50.Las máquinas eléctricas y electrónicas de contabilidad, estadísticas y procesamiento de datos en general, de los Servicios, Instituciones y Empresas de la Administración del Estado, pasarán a depender de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda o de otro Servicio, Institución o Empresa, en aquellos casos y en la fecha que esta Dirección lo determine. En estas mismas fechas, sin las limitaciones establecidas en el artículo 42 del D.F.L. Nº 47, de 1959, se traspasarán en cada caso, al Presupuesto de la Dirección de Presupuestos o del Servicio que corresponda, los fondos destinados a la operación de estos equipos, existentes en el presupuesto de cada Servicio, Institución o Empresa. Estos organismos deberán además proporcionar el espacio de oficinas, locales y terrenos necesarios para la operación de estas máquinas, de acuerdo a los estudios técnicos que efectúe la Dirección de Presupuestos. Artículo 51.Se autoriza a los Servicios, Instituciones o Empresas de la Administración del Estado que utilizan máquinas eléctricas o electrónicas de contabilidad, estadísticas y procesamiento de datos en general, para dar servicio a otros Servicios, Instituciones o Empresas Públicas, y a cobrar por ellos, debiendo integrar los valores correspondientes al presupuesto del organismo respectivo. Los fondos que el Servicio de Tesorería obtenga por la prestación de servicios antes indicada ingresarán a una cuenta de depósitos, contra la cual podrá girar la Tesorería General, sin necesidad de decreto, para destinarlos a Gastos de Operación relacionados con el funcionamiento del Centro de Procesamiento de Datos. En ningún caso podrán cancelarse sueldos, sobresueldos, honorarios o cualquier otro tipo de remuneraciones con cargo a los fondos de la cuenta de depósito indicada en el inciso anterior. Artículo 52.Los derechos de aduana, impuestos y gravámenes que afecten la internación de máquinas eléctricas y electrónicas de contabilidad y estadística y sus accesorios, destinados al uso exclusivo de los Servicios de la Administración del Estado, en calidad de arrendamiento o compra, podrán cancelarse con cargo al ítem "derechos de Aduana Fiscales" de la Subsecretaría de Hacienda, incluyendo gastos por estos conceptos de años anteriores. Cuando estos artículos dejen de estar al servicio exclusivo de las Instituciones señaladas en el inciso anterior, hayan permanecido en servicio por un lapso inferior a diez años y no sean de propiedad fiscal, deberán pagarse en la Tesorería Fiscal los derechos de aduana impuestos y gravámenes que correspondan, como condición para su permanencia en el país. Artículo 53.Con cargo al Presupuesto no podrán pagarse comunicaciones de larga distancia, sino cuando sean de oficina a oficina. Del incumplimiento de esta disposición será directamente responsable el Jefe de la Sección u Oficina en que se encuentre instalado el aparato telefónico quien deberá cancelar el valor de la o las comunicaciones. Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior el Poder Judicial, los Servicios de la Dirección General de Carabineros, la Dirección General de Investigaciones, limitándose para estas Repartidones a las comunicaciones que efectúan los funcionarios que el Director General determine en resolución interna, Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección de Asistencia Social, Subsecretaría de Economía. Fomento y Reconstrucción, Dirección de Turismo, Suberintendencia de Bancos, Superintendencia de Compañías de Seguros Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, Ministerio de Agricultura, Secretaría y Administración General de Transportes, Servicio de Gobierno Interior, Ministerio del Trabajo y Previsión Social y Ministerio de Defensa Nacional e Instituciones Armadas. Artículo 54.Las sumas que por cualquier concepto perciban los hospitales, Servicios de Medicina Preventiva y Departamento Odontológico de las Fuerzas Armadas y Hospital de Carabineros se depositarán en la Cuenta Corriente Nº 1 "Fiscal Subsidiaria" del respectivo establecimiento y sobre la cual podrán girar para atender a sus necesidades de operación y mantenimiento. La inversión de estos fondos y los provenientes de la explotación comercial e industrial del Parque Metropolitano de Santiago no estará sujeto a las disposiciones del D.F.L. Nº 353 de 2960, y deberá rendirse cuenta documentada mensualmente a la Contraloría General de la República. Lo dispuesto en el Título III del D.F.L. Nº 47 de 1959, será también aplicada a los Hospitales de las Fuerzas Armadas y al Hospital de Carabineros, quienes deberán aprobar sus Presupuestos por decreto supremo. Artículo 55.Los fondos no invertidos al 31 de diciembre de cada año que provienen de la aplicación del 20% de las multas que benefician a la Superintendencia de Bancos, en virtud de lo dispuesto por el inciso final del artículo 80 del D. D. L. Nº 252, de 1960, modificado por el artículo 27 de la Ley Nº 16.253, deberán ingresar a Rentas Generales de la Nación. Artículo 56.Los fondos provenientes de la venta del carnet estudiantil en el año 1S67 depositados en la cuenta F4382 del Departamento de Cultura y Publicaciones de la Subsecretaría de Educación Pública y los que se depositen en dicha cuenta durante 1968 correspondientes a la venta, de ese año serán destinados a un programa de transporte y asistencialidad escolar, facultándose al Subsecretario de Educación Pública para efectuar los giros correspondientes. Artículo 57.Créase un Fondo destinado al cumplimiento de los fines señalados a la Comisión establecida por decreto del Ministerio de Educación Nº 13.123, de 10 de diciembre de 1966. Este Fondo será administrado por la mencionada Comisión y estará constituido por las sumas que consulte la Ley de Presupuesto y por los aportes que le hagan las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras. De su inversión deberá darse cuenta a la Contraloría General de la República, acreditando que se hadado cumplimiento al fin que justificó su creación. Con cargo a este fondo, la Comisión podrá disponer de todas aquellas medidas, que promuevan, en todas sus formas, el desarrollo científico y tecnológico del país. Artículo 58.Durante el año 1968, los; fondos que perciba o que corresponda percibir a la Universidad de Chile y a la Universidad del Norte en conformidad a. lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Nº 11.575, y en el artículo 240 de la Ley Nº 16.464, respectivamente, podrán ser empleados por éstas, además de los fines a que se refiere la letra a) del artículo 36 de la Ley Nº 11.575 en los gastos que demande la operación y el funcionamiento de esas Corporaciones sin que rijan a este respecto las restricciones que establece la letra d) del mismo artículo. Artículo 59.Los gastos por mejoramiento de la ración del contingente producidos en el Ejército durante el año 1966 y hasta el 31 de agosto de 1967, se imputarán al ítem 033 "Obligaciones Pendientes" del Presupuesto Corriente de la Subsecretaría de Guerra. Artículo 60. Facúltase al Presidente de la República para otorgar aportes a instituciones que no persigan fines de lucro y que lleven a cabo programas habi tacionales financiados total o parcialmente con préstamos de organismos internacionales. Los aportes no podrán exceder del monto de las diferencias de cambio que se produzcan en contra del organismo beneficiado con motivo de los préstamos referidos en el inciso anterior. Las mismas correspondientes se imputarán a los ítem que consulte la Ley de Presupuestos vigente. Artículo 61. Autorízase a los Servicios e Instituciones del Sector Público para adquirir en el extranjero con el sistema de pagos diferidos pudiendo comprometer futuros presupuestos de la nación, siempre que cuenten con la autorización del Ministerio de Hacienda. Artículo 62.A las importaciones que realicen los servicios y entidades del sector público, no les será aplicable la facultad establecida en el artículo 1º de la Ley Nº 16.101. Las importaciones señaladas en el inciso anterior no se considerarán para los efectos previstos en el inciso segundo del artículo 2º de la Ley Nº 16.101. Artículo 63.El Banco Central de Chile para cursar las solicitudes de importación presentadas por los organismos y entidades a que se refiere el artículo anterior, deberá exigir que previamente cuenten con la aprobación de una Comisión de Importación del Sector Público, integrada por dos representantes del Ministerio de Hacienda, y por un representante designado por el Comité Ejecutivo del Banco Central de Chile. Artículo 64.Autorízase al Presidente de la República para contraer obligaciones hasta por las cantidades aprobadas en las cuentas "Préstamos Internos" y "Préstamos Externos" del Presupuesto de Entradas para el año 1968. Artículo 65.Auméntase en doscientos cincuenta millones de dólares, por el año 1968, la autorización otorgada al Presidente de la República en el artículo 1º de la Ley Nº 9.268, modificado por la Ley N9 12.464. ' Artículo 66.Autorízase al Presidente de la República para conceder la garantía del Estado a los empréstitos que para compra de equipos y elementos en el exterior, contraten los Cuerpos de Bomberos y la Federación. Aérea de Chile y sus clubes afiliados. Estas operaciones requerirán la autorización previa del Ministro de Hacienda. Artículo 67.Facúltase al Banco Central de Chile y a la Caja de Amortización para prorrogar en ¡as condiciones que determinen sus directorios, el vencimiento de las letras en moneda extranjera a que se refiere el artículo 53 de la Ley 11,575 hasta una fecha no posterior al 31 de diciembre de 1968. Durante el año 1968 la limitación a que se refiere el inciso final del artículo 53 de la Ley Nº 11.575, quedará fijada en una suma equivalente al nivel máximo a que estas obligaciones alcanzaron en el año 1967. Artículo 68.Las adquisiciones de uso o consumo a que se refieren los ítem 08, 012, 013, 014 y las asignaciones 050, 02 y 050, 04 de todos los Servicios Fiscales y los conceptos de gastos equivalentes a los ítem y asignaciones antes señaladas de las instituciones semifiscales, empresas del Estado y demás organismos de administración autónoma se efectuarán por intermedio de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, excepto las de las Fuerzas Armadas, y se ajustarán a las normas que en materia de estandarización, especificaciones, catalogación y nomenclatura señale dicha Dirección. El Consejo de la Dirección d'3 Aprovisionamiento del Estado establecerá el régimen de excepciones a que dé lugar la aplicación de este artículo. Artículo 69.El Consejo y el Director de Aprovisionamiento del Estado, según corresponda, de acuerdo con las atribuciones que le fija la ley, podrán autorizar a los Servicios instalados permanentemente fuera del departamento de Santiago o en general las Direcciones Provinciales, Zonales o Regionales de los Servicios Públicos para que en caso justificado soliciten directamente propuestas públicas o privadas, con aviso en la Prensa, y efectúen, adquisiciones superiores a E9 1.500 y que no excedan de E9 15.000, en conformidad a las normas de control que fije la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, y por su intermedio pagarán las facturas correspondientes. Las Fuerzas Armadas se regirán por las disposiciones de la ley Nº 15.593. Las suscripciones y publicaciones en diarios, encuademación y empaste, consumos de gas, electricidad, agua y teléfonos en que incurran los Servicios Públicos y los gastos por adquisición en provincias de combustibles para calefacción y cocción de alimentos, serán pagados directamente por los Servicios sin intervención de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado. Amplíanse a Eº 1.500. y Eº 500., las autorizaciones a que se refiere el artículo 5º, letras b) y c) respectivamente del D.F.L. Nº 353, de 1960. Artículo 70.Las instituciones y organismos a que se refiere el artículo Nº 68, que deseen enajenar sus vehículos usados, deberán entregarlos a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, la cual procederá a venderlos o permutarlos en la forma que estime conveniente. En el caso de la venta, cada. Servicio conservará la propiedad de los fondos resultantes del producto líquido de la enajenación de la especie usada. La Dirección General de Investigaciones, Carabineros de Chile y Astilleros y Maestranzas de la Armada podrán enajenar directamente y de acuerdo con las normas vigentes y sin intervención de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado los materiales excedentes, obsoleto o fuera de uso, vestuario, equipo y, en general, toda especie excluida del Servicio, ingresando el producto de la venta a la Cuenta de Depósito F113 y sobre la cual podrá girar la Institución correspondiente para la adquisición de repuestos y materiales para la formación de niveles mínimos de existencia. El saldo de dicha cuenta no pasará a rentas generales de la Nación pudiendo invertirse en el año siguiente. Artículo 71. Los bienes muebles que se excluyan de los Servicios Fiscales, Instituciones semifiscales y demás organismos autónomos serán entregados en forma gratuita a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado la cual podrá destinarlos, reparados o no, a otros Servicios o Instituciones, ya sea en forma gratuita o cobrando un precio que no podrá ser superior al costo efectivo de los bienes reparados más el 2% que establece el artículo 14 del D.F.L. Nº 353, de 1960. Si la Dirección de Aprovisionamiento del Estado no se pronuncia favorablemente sobre la entrega de estos bienes dentro del plazo de 30 días de formulada la oferta se entenderá que el Servicio o Institución puede darlos de baja de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y entregarlos a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado para su enajenación. Artículo 72.Autorízase a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado para: 1. Traspasar en cualquier época del año a la correspondiente cuenta E ó F, los fondos de la Ley de Presupuesto Fiscal ; las sumas adicionales que los Servicios Públicos pongan a su disposición y los fondos propios de la Dirección. Los saldos de las cuentas E y F de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado al 31 de diciembre no pasarán a rentas generales de la Nación. 2.Efectuar traspasos entre las cuentas "E" y "F" en cualquier época del año. 3.Efectuar permutas con firmas importadoras durante el año 1968. Artículo 73.Existirá en el Consejo de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado un Comité Ejecutivo el cual estará integrado por el Ministro de Hacienda, que lo presidirá, por el Subsecretario de Hacienda, por el Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción, por un Subsecretario que mensualmente designará el Consejo y por el Director de Aprovisionamiento del Estado. En ausencia del Ministro de Hacienda presidirá la sesión el Subsecretario de Hacienda, y en ausencia de éste el Director de Aprovisionamiento del Estado. El Comité Ejecutivo sesionará con un quorum de tres de sus miembros y sus acuerdos se adoptarán por mayoría. En caso de empate decidirá el. que preside. El Consejo de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, podrá delegar en el Comité Ejecutivo el ejercicio total o parcial de sus atribuciones. Artículo 74.Sólo tendrán derecho a uso de automóviles para el desempeño de las funciones inherentes a sus cargos, los funcionarios de los Servicios Públicos que a continuación se indican: Presidencia de la República Presidente de la República 2 Secretario General de Gobierno . . 1 Subsecretario General de Gobierno . 1 Edecanes . 3 Jeep de servicio (1), Escolta para el Presidente de la República (1), a disposición de visitas ilustres (1) y Ropero del Pueblo (1) 4 Poder Judicial Presidente de la Corte Suprema . . 1 Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago 1 Jueces de Letras de Mayor Cuantía en lo Criminal de Santiago .... 1 Jueces del Crimen de las Comunas Rurales de Santiago 1 Jueces de los Juzgados de Letras de Indios (Jeeps) 5 Contraloría General de la República Contralor General de la República 1 Oficina Zonal de Antofagasta y Centro Sur 2 Ministerio del Interior Ministro y Subsecretario2 Gobierno Interior: Intendencias (26) y Gobernaciones (65) 91 Servicios de Correos y Telégrafos. 1 Carabineros de Chile 120 Esta cantidad no incluye los ve hículosradiopatrullas ni los automóviles donados a la Institución y será aumentada en el número que resulte de la aplicación del D.F.L. Nº 52, de 5 de mayo de 1953. Dirección General de Investigacio nes : para los funcionarios que el Director determine, en Resolución Interna . . . 47 Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas 1 Ministerio de Relaciones Exteriores Ministro, Subsecretario y Servicios Generales 4 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Ministro y Subsecretarios 3 Dirección de Industria y Comercio.1 Dirección de Estadística y Censos.1 Departamento de Transporte Caminero y Tránsito Público (furgón)1 Ministro y Subsecretario2 Director de Presupuestos1 Tesorero General de la República1 Superintendente de Bancos1 Superintendente de Aduanas .1 Superintendente de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio1 Director de Impuestos Internos .1 Dirección de Aprovisionamiento del Estado: Servicios Generales1 Ministerio de Educación Pblica Ministro y Subsecretario Servicios Generales Ministerio de Justicia Ministro y Subsecretario Servicio de Registro Civil e Identificación Servicio de Prisiones Ministerio de Defensa Nacional Ministro, Subsecretario, Servicio de Almirante y Comisiones de Marina y Estado Mayor de las Fuei'zas Armadas 6 Servicio del Ejército, Marina y Fuerza Aérea, según distribución que hará el Ministerio 79 Comando de Unidades independientes. Ministerio de Obras Públicas El número de vehículos será el que haya fijado o fije para cada Servicio el Director General de Obras Públicas de acuerdo con las normas estableciadas en la ley Nº 15.840. Ministerio de Agricultura Ministro y Subsecretario 2 Oficina de Planificación Agrícola . 1 Ministro y Subsecretario 2 Dirección de Tierras y Bienes Nacionales : Oficina de Tierras de Santiago, Temuco, Magallanes y Aisén 4 Ministerio del. Trabajo: y Previsión Social Ministro y Subsecretarios 3 Servicios Generales . . ; 2 Superintendencia de Seguridad Social, Superintendente 1 Dirección General del Crédito Prendario y de Martillo 1 Ministerio de Minería Ministro y Subsecretario 2 Servicio de Minas del Estado, de Magallanes 1 Ministerio de la Vivienda y Urbanismo El número de vehículos será el que se fije para cada Servicio, de acuerdo con las normas establecidas en la ley Nº 15.840. El uso de estos vehículos se sujetará a las siguientes normas: a) Será de cargo fiscal el gasto de man . tenimiento, reparaciones, bencina y demás indispensables para el cumplimiento de las respectivas funciones. Asimismo, serán de cargo fiscal los gastos de mantenimiento, reparaciones, bencina y demás indispensables, que originen los vehículos provenientes de Instituciones fiscales o Empresas Autónomas del Estado que se pongan a disposición de la Oficina de Planificación Agrícola para el cumplimiento de las funciones que le confieren las leyes y reglamentos vigentes. Sin embargo, el gasto de los automóviles del Ministerio de Defensa Nacional destinados a los Comandos de Unidades independientes se imputará a los fondos de economía del Regimiento respectivo; b) Dirección de Aprovisionamiento del Estado y el Consejo Coordinador de Ad qusiciones y Enajenaciones de las Fuerzas Armadas, en su caso, exigirán que todo vehículo de propiedad fiscal, semifiscal y de administración autónoma, lleve pintado, en colores azul y blanco, en ambos costados, en la parte exterior, un disco de treinta centímetros de diámetro; insertándose en su interior, en la parte superior, el nombre del Servicio Público a que pertenece; en la parte inferior, en forma destacada la palabra "fiscal", y en el centro un escudo de color azul fuerte. Este disco será igual para los vehículos de todas las reparticiones o funcionarios públicos y se exceptúan de su uso solamente los automóviles pertenecientes a la Presidencia de la República, Contraloría General de la República, Presidente de la Corte Suprema, Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago, Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendente de Santiago, Director de Presupuestos, Tesorero General de la República, Servicio de Correos y Telégrafos (1), Dirección General de Investigaciones, Ministerio de Relaciones Exteriores, Impuestos Internos, Carabineros, Servicio de Aduanas, Director del Registro Civil e Identificación, Servicio de Prisiones (1), furgones y camionetas del Servicio Médico Legal "Dr. Carlos Ibar", Superintendencia de Seguridad Social, Dirección de Industria y Comercio en Santiago, Dirección de Estadística y Censos (1), Oficina de Planificación Agrícola (1), Ministerio del Trabajo (1), Dirección General del Trabajo, Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas (2), Ministerio de la Vivienda y Urbanismo (1) y el vehículo que corresponda al uso personal del Jefe del Servicio en las Instituciones Semifiscales y de Administración Autónoma; c) Los funcionarios o Jefes de Servicios que no cumplan con las disposiciones del presente artículo, quedarán automáticamente eliminados del Servicio. Igual sanción sufrirán los funcionarios o Jefes de Servicios que infrinjan lo dispuesto en el artículo 67 de la ley Nº 11.575; d) Suprímese la asignación de bencina, aceite, respuestos o cualquiera otra clase de consumos para vehículos motorizados de propiedad particular que, a cualquier título, reciban los funcionarios de algunas reparticiones del Estado. e) La Dirección de Aprovisionamiento del Estado y su Consejo quedan encargados de verificar la efectividad del cumplimiento de las disposiciones a la Contraloría General de la República, con el fin de hacer aplicar sus sanciones. Para estas denuncias habrá acción pública ante la Contraloría General de la República, y f) Las solicitudes de ampliación de la actual dotación de vehículos de las Instituciones descentralizadas deberán presentarse a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado y requerirán para su aprobación del voto favorable de los dos tercios de los Consejeros presentes de dicha Dirección. Santiago, a 31 de agosto de 1967. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva. Sergio Molina Silva." 2.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 277.Santiago, 5 de septiembre de 1967. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto retirar la urgencia hecha presente para el despacho del proyecto de ley que dicta normas sobre prestaciones familiares y sobre nivelación de las asignaciones familiares. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Eduardo Frei Montalva. Bernardo Leighton G." 3.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 278.Santiago, 5 de septiembre de 1967. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que dicta normas sobre prestaciones familiares y sobre nivelación de las asignaciones familiares. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Eduardo Frei Montalva. Bernardo Leighton G." 4.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 1.934.Santiago, 2 de septiembre de 1967. Por oficios Nºs. 10.876 y 10.899, de l9 de agosto del año en curso, V. E. tuvo a bien dar a conocer a este Ministerio las peticiones formuladas por el Honorable Diputado don Renato Emilio De la Jara Parada, en orden a que se adoptaran las medidas tendientes a obtener el aumento de dotación del personal que atiende el Retén Coigüe y el Cuartel de la Comuna de Negrete, provincia de BíoBío, a fin de prestar una mejor vigilancia policial en esa zona. Al respecto, cúmpleme remitir a V. E., para su conocimiento y el del Honorable Parlamentario señor De la Jara Parada, copia de la nota N9 16.615, de 24 del mes. en curso, en la que la Dirección General respectiva informa sobre el particular. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Bernardo Leighton Guzmán." 5.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 1.935.Santiago, 2 de septiembre de 1967. Por oficio Nº 10.019, de 13 de junio último, V. E. tuvo a bien dar a conocer a este Departamento de Estado, la petición formulada por el Honorable Diputado don Duberildo Jaque Araneda, en el sentido de que se adopten las medidas tendientes a obtener la creación de un Retén de Carabineros en la localidad de Villa Manqui mávida, de la provincia de Curicó. Al respecto, la Dirección General de Carabineros ha enviado a este Ministerio la nota Nº 17.181, de 30 de agosto del año en curso, cuyo original me permito acompañar a la presente comunicación, para conocimiento de V. E. y del Honorable Diputado señor Jaque. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Bernardo Leighton Guzmán." 6.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 1.936.Santiago, 2 de septiembre de 1967. En respuesta al oficio de esa Honorable Cámara N9 10.875, de 28 de julio último, dirigido a este Ministerio a solicitud del Honorable Diputado señor Fernando Sotomayor García, sobre la situación que afecta a los empleados y obreros del fundo San José de Peñuelas, en la comuna de San Fernando, tengo el honor de adjuntarle, para su conocimiento y el del Honorable Diputado mencionado, el oficio N9 599, de 25 de agosto en curso, por el que el Intendente de Colchagua informa sobre el particular. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.): Bernardo Leighton Guzmán." 7.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 1.932.Santiago, 2 de septiembre de 1967.Por oficio N9 10.845, de 29 de julio del año en curso, V. E. tuvo a bien dar a conocer a este Ministerio la petición formulada por el Honorable Diputado don Fernando Sotomayor García, en orden a que se adopten las medidas necesarias para obtener la construcción de un Cuartel para el Retén "Lo Moscoso", de la Prefectura de Colchagua. Sobre el particular cúmpleme manifestar a V. E., que la construcción de dicho Cuartel fue solicitada a la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, mediante oficio N9 11.064, de 30 V1966, pero no ha sido considerado en los planes elaborados por dicha Secretaría de Estado, al parecer, por falta de fi nanciamiento. Sin embargo, se ha vuelto a insistir sobre ello ante el Ministerio de Obras Públicas habiéndose dispuesto, entre tanto una mayor vigilancia policial en el sector de Lo Moscoso. Agradeceré a Y. E. quiera tener a bien poner lo anterior en conocimiento del Honorable señor Sotomayor García. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Bernardo Leighton Guzv.ióm." 8.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 1.929.Santiago, 2 de septiembre de 1967. Por oficios Nºs. 9.762 y 9.936, de 10 y 16 de mayo del año en curso, V. E., a petición de los Honorables Diputados señores Guido Castilla H. y Luis Pareto G., solicitó obtener el aumento del número de empleados de la oficina que la Compañía de Teléfonos tiene en Linares y la instalación de un servicio telefónico en los locales de las Escuelas Nºs. 66 y 67, de la población "Santiago", de esta capital. Al respecto, me es grato remitir, para conocimiento de V. E. y de los Honorables Parlamentarios mencionados, los oficios Nºs. 4.160 y 4.162, de 28 del actual, de la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas, por los que se informa sobre el particular. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.): Bernardo Leighton Guzmán." 9.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES "Nº 17.878.Santiago, 31 de agosto de 1967. Tengo el honor de referirme a su oficio Nº 1.035, de 28 de junio último, el que se sirve acompañar solicitud del Honorable Diputado don Jorge Montes Moraga, con el objeto de que se ubique y proporcionen noticias de doña Mireya Aravena Insun za, después de su traslado a Argentina en 1960 e ingreso a la Orden Religiosa "Hermanas Obreras Catequistas de Jesús Sacramentado". Sobre el particuar cúmpleme expresar a V. E. que el señor Cónsul General de Chile en Buenos Aires, por oficio N9 824/ 315, de 7 del actual, ha informado de las diligencias realizadas sobre la materia y lo expresado por doña Mireya Aravena, en el sentido de "que era su deseo que la dejaran seguir cumpliendo su destino religioso, que era su vocación", y que, "oportunamente su señora madre le había dado la autorización correspondiente para que pudiera ingresar a la orden y posteriormente, para profesar". Para más completa ilustración de V. S. adjunto remito copia del mencionado oficio Nº 824/315 y original de la "Declaración Jurada" prestada al respecto por doña Mireya Aravena Insunza, en la vida religiosa, Sor María Carmen. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Gabriel Valdés." 10.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION "Nº 908.Santiago, 31 de agosto de 1967. En respuesta al oficio Nº 10.042, de 13 de junio ppdo., en que se transcribe la petición del Honorable Diputado señor Gabriel de la Fuente Cortés, en orden a que se practique una investigación para establecer la efectividad de irregularidades que se habrían cometido en el otorgamiento de propuestas para ensacar, coser y fletar trigo y avena de la Oficina Compradora de Productos de la Empresa de Comercio Agrícola en Purén, cúmpleme poner en su conocimiento texto del oficio N9 13.379, de 17 del mes en curso, de esta Empresa, que dice como sigue: "En varias Oficinas Compradoras de la Empresa de Comercio Agrícola, especialmente aquellas de compra directa y que tienen que atender despachos, es norma permanente llamar a propuestas por el trabajo de coser, ensacar y fletar sus productos. "Tales propuestas, de acuerdo con las circunstancias, las ordena el funcionario encargado por ECA de la instalación de esas Oficinas, en este caso un Visitador, quien deja las instrucciones para que el Agente o Comprador correspondiente las solicite entre aquellas personas que se interesen por el trabajo, otorgándola, posteriormente, a aquella que ha cotizado el precio más bajo, dé garantía de cumplimiento y disponga de los mejores medios para ejecutarlas. "En el caso qué nos ocupa, esto es, las propuesas de la Oficina Compradora de Purén, el Visitador destacado en esa zona, don Eduardo Vial Castillo, dispuso que la Agencia de Angol a cargo de don Basilio Game Ilo, solicitara las cotizaciones de rigor. "Como se evidencia en las fotocopias que me permito adjuntar al presente oficio se presentaron a esta propuesta don Agustín Boissier Besserer, don Carlos Schmidlin Koogler y don Luis G. Rivas Leal, cotizando el primero de los nombrados Eº 1. y los dos restantes un precio' similar de Eº 0,80 por sacos de 80 kilos. "Con los antecedentes a la vista, los funcionarios Vial y Game, acordaron otorgar el trabajo a don Luis Rivas, atendiendo a las siguientes razones: "En primer término, porque el equipo de transporte del señor Rivas, tractor y coloso, era de mayor rendimiento y capacidad que el camión del señor Schmidlin, modelo antiguo y pequeño. "En seguida tuvieron presente, que cuando fue encomendado este trabajo al señor Schmidlin, temporada 1964/1965, no cumplió en forma debida, provocando continuos retrasos en los despachos, lo que se confirma en el memo interno de instrucción Nº 1.147, del 21 de julio de 1965, del Ingeniero Agrónomo Visitador clon Joaquín Zamudio, en el que refiriéndose a estos retrasos, ordena al Comprador que atendía a la sazón esta Oficina, don Ramón Arellano, exigir al señor Schmidlin mayor agilización en los despachos. "En lo que respecta al mayor precio que se le estaría pagando al señor Rivas, he sido informado que, efectivamente,, le fue acordado por el Visitador señor Vial un reajuste de E9 0,20, atendiendo a una solicitud que éste presentara el 9 de marzo a la Agencia de Angol, haciendo valer que no había sacado bien sus cálculos pues, aparte de los salarios y leyes sociales que tenía que afrontar, no había considerado debidamente el alza, de un 20% más o menos, que el 28 de enero de 1967 experimentó la bencina. "Para acordar lo anterior tuvo presente el señor Vial que el valor de Eº 1 se estaba pagando por el mismo trabajo en las Oficinas de Curacautín y Victoria y estimó de justicia hacerlo con el señor Rivas, tanto más cuanto que con este precio quedaban resguardados también los intereses de la Empresa. "Aparte de las fotocopias de las propuestas que se presentaron, me permito adjuntar al presente oficio, la de un Certificado otorgado por el Director del Tránsito de Purén y la solicitud de reajuste del señor Rivas."Además, se acompaña al presente oficio las fotocopias de los antecedentes mencionados. Dios guarde a US. (Fdo.): Domingo Santa María S. C." 11.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS "Nº 585.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero a los oficios de V. S. Nºs. 10.620 y 10.691, de fechas 14 y 18 de julio del presente año, por medio de los cuales tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre de esa Honorable Cámara y del Honorable Diputado, don Fernando Ochagavía Valdés, respectivamente, se informe acerca del sumario que se habría instruido a la Firma Yaconi Hermanos, por incumplimiento de las especificaciones de la propuesta para la construcción de un aeródromo en la localidad de Balmaceda, provincia de Aisén. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que la firma a cargo de la construcción del Aeropuerto de Balmaceda es "Empresa de Obras y Construcciones Limitada", y no la firma contratista "Yaconi Hermanos". En cuanto a las infracciones que esta firma habría incurrido, respecto a las Especificaciones Técnicas, ellas han consistido, aparentemente, en no lograr con sus pavimentos en ciertos sectores de la losa la resistencia mínima exigida, lo que una vez comprobado por el Laboratorio de IDIEM, de acuerdo con las bases del contrato, van a ser demolidos y rehechos sin costo para el Fisco. Finalmente, con respecto al Sumario a que se hace referencia en los oficios de V. S., éste no ha sido intruido contra la Firma Contratista, sino contra personal de la Inspección Fiscal, por supuesta infracción a sus obligaciones funcionarías. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 12.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 592.Santiago, 4 de septiembre de 1967, Me refiero al oficio de V. S. Nº 10.993, de 11 de agosto del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don América Acuña Rosas, la ejecución de diversas obras viales en la comuna de Purranque. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que dicho oficio ha sido enviado a la Dirección General de Obras Públicas, a fin de que sea considerada la petición del Honorable Diputado señor Acuña. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 13.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 581.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V. S. Nº 10.574, de 14 de julio del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Luis Aguilera B., la instalación del servicio de alcantarillado en la comuna de Los Vilos, como asimismo, la instalación del servicio de agua potable en los departamentos de Illapel; Com barbalá y Elqui. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que la petición formulada por el Honorable Diputado fue enviada a la Dirección de Obras Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, para su consideración. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 14.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Me refiero al oficio de V. S. N9 10.576, de 14 de julio de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Luis Aguilera E., se informe sobre la fecha en que se llamaría a propuestas públicas para la construcción de un estanque para el servicio de agua potable de Tierras Blancas y la fecha de iniciación de los trabajos correspondientes. Sobre el particular, cúmpleme informar a VS. que la obra en referencia no se encuentra incluida en los programas de obras de la Dirección del ramo. Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 15.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 596.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención al oficio de V. S. Nº 11.062, de 16 de agosto de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Fernando Santiago A., la instalación de servicio de agua potable y la construcción de canales de desagües de las aguas lluvias en Población "Cancha Municipal" de Lota, tengo el agrado de informar a V. S. que los antecedentes relacionados con la materia se han enviado al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, por Providencia Nº 2.586, de 25 de agosto en curso, por corresponderle. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 16.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 593.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención al oficio de V. S. N9 11.024. de 8 de agosto del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre del Honorable Diputado don Fernando Santiago Agurto, la terminación de un edificio en Talcahuano destinado a una policlínica del Servicio Nacional de Salud, pongo en conocimiento dé V. S. que el oficio en referencia ha sido enviado al Ministerio de Salud Pública por Providencia N9 2.545, de 23 de agosto del presente año, por corresponder a esa Secretaría de Estado pronunciarse al respecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 17.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 575. Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V. S. Nº 10.156, de 13 de junio de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Guido Castilla H., la instalación del servicio de agua potable en la localidad de Piguchén, provincia de Linares. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que a la Dirección de Obras Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, corresponde la ejecución de los servicios de agua potable en localidades con más de 1.000 habitantes. Piguchén, de acuerdo al Censo de 1960, solo cuenta con 280 habitantes, quedando comprendida, en consecuencia, entre las localidades con mínimo de habitantes inferior a 1.000, y que corresponde atender al Servicio Nacional de Salud a través de la Oficina de Saneamiento Rural. Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 18.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Me refiero al oficio de V. S. N9 9.811, de 10 de mayo del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Guido Castilla Hernández, la instalación de servicio de alcantarillado en las localidades de Villa Alegre y de Longaví, de la provincia de Linares, como asimismo, que se dote de Servicio de agua potable y se construya casa para la administración en el pueblo de Longaví. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que en el programa de obras de la Dirección de Obras Sanitarias, se considera la confección de los estudios para dichas obras en los años 1969 y 1970, respectivamente, y la construcción de ellas en el período 197072. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 19.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 589.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V.S. Nº 10.840, de 26 de julio del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Mario Dueñas A., se adopten las medidas tendientes a obtener que los obreros de la Dirección de Vialidad no sean privados del derecho a percibir viáticos. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que por Decreto Nº 534, de 1965 de este' Ministerio., se reglamentó ei pago de viáticos del personal de obreros de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes. En él se dispone que tendrán derecho a este subsidio los obreros que por razones de servicio deban ausentarse del lugar de su desempeño habitual. Por consiguiente, cumplida esta condición procede el pago de este beneficio. ¡En la especie, la Dirección de Vialidad al igual que el resto de los Servicios dependiente de la Dirección General aplica en su integridad la disposición a que se hace referencia. Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 20.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 586.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V. S. Nº 10.720, de 24 de julio de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Clemente Fuentealba, la instalación de servicio de alcantarillado en la comuna de Vicuña. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que el oficio en referencia fue enviado a la Dirección de Obras Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, a fin de que se tengan presentes las observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor Fuentealba. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 21.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 584.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención al oficio de V. S. Nº 10.610, de 11 de julio del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre del Honorable Diputado don Carlos Garcés Fernández, se instalen los Servicios de Alcantarillado en la Población La Granja de Cu ricó, pongo en conocimiento de V. S. que el oficio en referencia ha sido enviado al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo por Providencia N9 2.463, de 14 de agosto del presente año, por corresponder a esa Secretaría de Estado pronunciarse al respecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 22.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 583.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención al oficio de V. S. Nº 10.600, de 12 de julio del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Carlos Garcés Fernández, se ejecuten los trabajos de remoción de las dunas que habrían inundado parte del edificio que ocupa la Escuela de la localidad de Duao, provincia de Curicó, pongo en conocimiento de V. S. que el oficio en referencia ha sido enviado al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo por Providencia Nº 2.401 de 9 de agosto, por corresponder a esa Secretaría de Estado pronunciarse al respecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 23.- OFICÍO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 590.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V. S. Nº 10.901, de 2 de agosto del año en curso,, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre del Honorable Diputado don Luis Guastavino Córdova, se informe acerca de las obras de construcción de un puerto en Isla Grande de Tierra del Fuego. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que las obras en referencia, se encuentran en la etapa de anteproyecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 24.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 594.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V. S. Nº 11.038: de 8 de agosto del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Duberildo Jaque Araneda, se instale servicio de alcantarillado en las poblaciones de la ciudad de Talcahuano que carecen de él. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que dicho oficio ha sido enviado a la Dirección de Obras Sanitarias dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, a fin de que sea conside da la petición del Honorable Diputado señor Jaque. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 25.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS "Nº 577.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención al oficio de V. S. Nº 10.337. de julio último, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado el estudio y presupuesto de la instalación de servicio de alcantarillado en el sector que comprende la calle Arteaga y el límite Poniente de la comuna, entre las calles San Pablo y Carrascal de Quinta Normal, pongo en conocimiento de V.. S. que dicho oficio se envió al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo por corresponder a esa Secretaría de Estado pronunciarse al respecto, de acuerdo al artículo 14 de la ley Nº 16.391. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmun do Pérez Zujovic." 26.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Me refiero al oficio de V. S. Nº 10.374, de 27 de junio del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre de la Honorable Diputada doña Gladys Marín Millie, se adopten las medidas tendientes a obtener que sea puesto en actividad el colector ubicado en calle Mapocho, en el Sector comprendido entre las calles Martín Gil y Luis Vicenti, de la Comuna de Quinta Normal. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que el referido oficio fue puesto en conocimiento de la Dirección de Obras Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, para su consideración. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic." 27.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 572.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero a los oficios d'e V.S. Nºs. 10.226 y 10.256, de 14 y 21 de junio del presente año, por medio de los cuales solicita a esta Secretaría de Estado, en nombre del H. Diputado don Raúl Morales A., se informe a esa Corporación acerca del valor aproximado del presupuesto de construcción de un estadio que conste de 300 graderías, camarines con servicios higiénicos y cancha de fútbol, sin consideración del terreno que ocupe. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. lo siguiente: 1.Costo aproximado de una cancha de fútbol del tipo reglamentario. Comprendería la nivelación del terreno, (máximo 1%) sin drenaje, colocación tierra especial y empastada Eº 45.000 :2.Costo aproximado del pabellóncamarines, servi cios higiénicos (más o menos 100m2.) . . . . 600.000 3.Costo aproximado de graderías d.e estructura metálica con capacidad para 300 personas 75.000 Es cuanto puedo informar a V. S. sobre lo solicitado. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 28.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 598.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención a! oficio de VS. Nº 11114, de 16 de agosto de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del H. Diputado don Fernando Ochagavía V., la instalación del servicio de agua potable en Queilén, provincia de Chiloé, tengo el agrado de informar a VS., que los antecedentes relacionados con dicha materia, se han enviado a la Dirección d'e Obras Sanitarias, para su consideración. Dios guarde a V. S. (Fd'o.) : Edmundo Pérez Zujovic." 29.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 597.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero a los oficios de VS. Nºs. 11113 y 11135 de 16 de agosto del año en curso, por medio de los cuales tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre del H. Diputado don Fernando Ochagavía Valdés, la construcción del camino entre la localidad de Queilén y la Carretera Panamericana y la terminación de las obras de construcción del camino de acceso a la localidad de Palena, en la provincia de Chiloé. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que los oficios en referencia han sido enviados a la Dirección de Vialidad, a fin de que sean consideradas las observaciones del H. Diputado. Dios guarde a V. S. (Fd'o.) : Edmundo Pérez Zujovic." 30.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 595.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención al oficio de VS. Nº 11041, de 8 de agosto del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre del H. Diputado don Fernando Ochagavía Valdés,, se construya un puente entre las localidades de Manao y de Hueldén en Ancud, provincia de Chiloé, pango en conocimiento de VS. que dicha solicitud ha sido enviada a la Dirección de Vialidad, a fin d'e que sea considerada la observación del H. Diputado. Dios guarde á V. S. (Fd'o.) : Edmundo Pérez Zujovic." 31.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 587.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de VS. Nº 10745, de 24 de julio del presente año, por medio del cual tiene a bien transmitir a esta Secretaría de Estado las observaciones formuladas por el H. Diputado don Mario Palestro R., que aparecen insertas en la versión oficial de la sesión 17ª que se acompaña, relacionadas con diversas necesidades que afectarían a las poblaciones José María Caro y otras de la provincia de Santiago, con el objeto de que se acojan las peticiones contenidas en ellas, que sean d'e competencia de este Ministerio. Sobre el particular, cúmpleme informar a VS. que dicho oficio ha sido enviado a la Dirección General de Obras Públicas, a fin de que sean consideradas las observaciones formuladas por el H. Diputado. Dios guarde a V. S. (Fd'o.) : Edmundo Pérez Zujovic." 32.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 569.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de VS. Nº 9708, de 2 de mayo del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del H. Diputado don Mario Palestro R., se adopten las medidas tendientes a obtener que se consulten recursos para el abovedamiento del Zanjón de la Aguada, en la comuna de San Miguel. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que dicho oficio se envió a la Dirección de Obras Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, a fin de que sea considerada la petición del H. Diputado. Dios guarde a V. S. (Fd'o.) : Edmundo Pérez Zujovic." 33.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 574.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio d'e V.S. Nº 10058, de 13 de junio del año en curso por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre del H. Diputado don Manuel Rodríguez Huenumán, se instalen semáforos en los sectores en que la segunda vía de la Carretera Panamericana Sur atraviesa a las poblaciones "Rancagua Sur" y "Granja Estadio", en Rancagua. Sobre el particular, cúmpleme informar a VS. que este Ministerio ha estudiado una solución general al problema que se presenta cuando los caminos cruzan zonas urbanas. Esta solución consiste en construir calles de servicios laterales a ambos costados del camino, bidireccionales, las cuales se comunicarán por Pasos Superiores que en el camino se contempla. Estas calles laterales deben ser construidas con el financiamiento de propietarios de los predios colindantes a ellas, o por la Municipalidad respectiva. Actualmente se está iniciando la construcción del Paso Superior Braden y dentro de los planes de inversión de la Dirección de Vialidad para los próximos años se consulta la construcción de otros cruces a Distinto Nivel. Mientras tanto el camino Longitudinal en el sector Rancagua tendrá tránsito de velocidad restringida, pero no habrá semáforos en ningún cruce. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 34.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS.} "Nº 573.Santiago, 4 de septiembre de 1967. En atención al oficio de VS. Nº 10064, de 13 de junio del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del H. Diputado don Manuel Rodríguez H., la instalación de servicio de agua potable en la localidad de Pelequén, provincia de O'Hig gins, cúmpleme informar a VS. que se llamó a propuestas el 3 de marzo del año en curso para la habilitación de dos sondajes. La ejecución de las obras de instalación se abordarán en el prximo año, de acuerdo al proyecto que se encuentra aprobado. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 35.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 571.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de VS. Nº 9862, de 9 de mayo del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del H. Diputado don Francisco Sepúlveda G.,. la pronta terminación de las obras de construcción del camino que unirá a la localidad de Ca dquilda y la Carretera Panamericana Sur, departamento de Maullín. Sobre el particular, cúmpleme informar a VS. que dicha materia ha sido enviada a la Dirección de Vialidad a fin de que se tenga presente en una futura programación de obras. Cabe agregar a VS. que para la terminación de la construcción en referencia su costo se estima en E9 280.000. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 36.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 588.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V.S. N9 10753, de 25 de julio del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar d'e esta Secretaría de Estado en nombre del H. Diputado don Luis Valente Rossi, se construyan obras públicas en la provincia de Ta rapacá. Sobre el particular, cúmpleme informar a VS. que con respecto a la construcción del camino entre las caletas Huanillos del NorteLoa de la ciudad de Iquique, vuestra solicitud ha sido enviada a la Dirección de Vialidad, a fin de que sean consideradas las observaciones del H. Diputado. En cuanto al nuevo aeródromo de Chu cumata, cabe informar a VS. que se encuentra en la etapa de anteproyecto y estudio de factibilidad. Dios guarde á V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 37.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 568.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de VS. N9 9115, de 24 de enero del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre del H. Diputado don Enrique Zorrilla Concha, se repare el camino que une las localidades de Lomas de Vásquez y de Malcho, departamento de Parral. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que en el sector Lomas de Vásquez Malcho, Km. 37 al 42, cuyo tramo es de 5 Km. sólo existe una huella tropera que se desarrolla en plena montaña. Para la construcción de dicho camino se necesitará hacer previamente un estudio del trazado, que la Dirección de Vialidad tratará de incluir en alguna próxima programación. Dios guarde a V. S. (Fd'o.) : Edmundo Pérez Zujovic." 38.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 599.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de VS. Nº 11133, de 16 de agosto del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre de los HH. Diputados señores Fernando Santiago Agurto y Galvarino Melo P., se adopten las medidas tendientes a obtener una solución al problema cuyos antecedentes se consignan en el documento que se adjunta, con relación a la necesidad de que se paguen a la Empresa de Obras y Construcciones de Concepción las sumas que se le adeudarían por la ejecución de diversas obras públicas, a fin de evitar la paralización de faenas y la cesantía de obreros y empleados. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que dicho oficio ha sido enviado a la Dirección General de Obras Públicas, a fin de que sean consideradas las observaciones de los HH. Diputados. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 39.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 578.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero a los oficios de VS. Nºs 10121, 10369 y 10518, de 14 y 30 de junio y 12 de julio de 1967, por medio de los cuales tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre d'e los HH. Diputados señores Mario Fuenzalida y Carlos Garcés, la construcción de un paso bajo nivel en el cruce ferroviario de la calle Freire de la ciudad de Curicó. Sobre el particular, cúmpleme informar a VS. que la Dirección de Vialidad, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, está abocada a la confección de los estudios respectivos para la ejecución de dicha obra, para lo cual ha enviado los antecedentes necesarios a la Empresa de Ferrocarriles del Estado para que proyecte y envíe el presupuesto, con el fin de obtener a la brevedad posible el costo total de las obras a realizar, con el objeto de señalar su financiamiento. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmun do Pérez Zujovic." 40.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 580.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V.S. N9 10379, de 30 de junio de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre de los HH. Diputados señores Luis Aguilera Báez y Jorge Montes Moraga, se inicien los trabajos de construcción del canal proyectado entre el Embalse La Paloma y el Sector denominado Peñón de la provincia de Coquimbo. Sobre el particular, cumpleme informar a V. S. que la referida obra se encuentra en ejecución, de acuerdo al programa que ha elaborado la Dirección de Riego dependiente da la. Dirección General de ObrasPúblicas, en relación al Embalse La Paloma. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 41.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS. "Nº 576.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Me refiero al oficio de V.S. Nº 10244, de 20 de junio del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado en nombre de los HH. Diputados señores Gustavo Cardemil Alfaro, Ernesto Guajardo Gómez y José Isla Hevia, se le conceda al personal que trabaja en las Plazas de Peaje en Zapata y Angostura los medios de movilización y una asignación de estímulo y alimentación. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que todo el personal que presta sus servicios en las Plazas de Peaje, tienen locomoción proporcionada por el Servicio, asignación de estímulo y viático el cual corresponde al pago de alimentación. Cabe agregar a V. S. que se está estudiando la posibilidad de otorgar al personal de Peaje una asignación especial que vendría a reemplazar el viático que reciben en la actualidad. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 42.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. "Nº 572.Santiago, 30 de agosto de 1967. En relación con el oficio Nº 9336, por el cual se transmite a este Ministerio, a petición del H. Diputado don Eduardo Clavel Amión y los señores Diputados pertenecientes al Comité Socialista, las observaciones formuladas por el primero de los nombr'ados, en relación con la situación económica y previsional de los empleados y obreros de la empresa Cable West Coast, debo informar a SS. que: 1.A la fecha Cable West Coast ha procedido al cierre de las sucursales ubicadas en Arica, Iquique, Antofagasta, La Serena, Coquimbo, Valparaíso, Los Andes, Concepción y Talcahuano de acuerdo con lo establecido en el acta suscrita en la Subsecretaría del Trabajo, con fecha 11 de agosto de 1966. 2.En lo que se refiere al cumplimiento de los beneficios pactados en el acta ya mencionada, la empresa ha dado cumplimiento a ella. El señor A. H. Róbinson, Gerente General de la misma, expresó al funcionario comisionado para estos efectos, que debido a la situación financiera por la que atraviesa la firma que el representa, no fue posible mejorar las condiciones convenidas con su personal. Es cuanto puedo informar a SS. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : William Thmjer Arteaga." 43.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA. "Nº 1699.Santiago, 1º de septiembre de 1967. En respuesta a su oficio Nº 10885, de 1º de agosto en curso, por el cual V. E. da a conocer a esta Secretaría de Estado la petición del H. Diputado señor Samuel Astorga, con el objeto de obtener una solución al problema de los aranceles que rigen en los cementerios de la ciudad de Iquique, tengo el agrado de manifestarle que el Servicio Nacional de Salud ha solicitado al señor Director de la I Zona de Salud un informe de la materia, y en cuanto éste le sea remitido, se podrá dar una respuesta al H. Diputado. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay." 44.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA. 12 d'e julio del presente año, V. E. solicita a este Ministerio le sean remitidos todos los antecedentes relacionados con la construcción de un nuevo hospital para la ciudad de Curicó. Sobre el particular, me permito informarle que el nuevo hospital de Curicó se iniciará este año, comenzando por el Consultorio Externo y su funcionamiento será el que proporciona la ley Nº 16.582, de 24 de noviembre de 1966. El programa definitivo se está estudiando a fin de que se ajuste a las reales necesidades de esa importante área. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay." 45.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE MINERIA. "Nº 800.Santiago, 31 de agosto de 1967. Por oficio Nº 10342 de 27 de julio último, V. E. a solicitud del Honorable Diputado don Ernesto Iglesias, se sirvió requerir a este Ministerio información acerca del tipo de atención y servicios médicos de que disponen los empleados y obreros de la Empresa Nacional de Minería, con indicación de los recursos con que dicha asistencia médica cuenta, en materia de profesionales, personal auxiliar, medicamentos, hospitalizaciones y otros aspectos médicos, como, asimismo, el costo y fi nanciamiento de dichos beneficios. Al respecto, puedo informar a V. E. lo siguiente: La Empresa Nacional de Minería cuenta en la actualidad, (datos al 31 de abril de 1967) con un personal de 950 empleados y de 1.980 obreros, distribuidos en lo siguientes lugares: Altamira Inca de Oro Carrera Pinto Paipote Copiapó Vallenar El Salado Aguirre Cerda Domeyko Elisa de Bordos Tres Cruces La Serena Coquimbo La política seguida por esa Empresa respecto a la atención médica a su personal se ha orientado hacia el objetivo de obtener el mejor aprovechamiento posible de los servicios médicos estatales existentes en las diferentes zonas en que se desarrollan sus labores, aplicando el criterio de no duplicar funciones y servicios. Consciente de que estos servicios estatales tienen deficiencias, especialmente en los lugares más apartados y de escasos recursos, se ha preocupado de suplirlos o complementarlos, ya sea construyendo policlínicas para ser manejados por el Servicio Nacional de Salud o subvencionando al personal que atiende los existentes. Es así como, ha construido policlínicas en Ventanas, Paipote, Aguirre Cerda, Eli. sa de Bordos, Domeyko y Osvaldo Martínez, los que ha entregado para su atención por el Servicio Nacional de Salud. En Cabildo, Illapel, Domeyko, Paipote, Aguirre Cerda y Osvaldo Martínez, subvenciona practicantes con el fin de obtener una mejor atención a su personal. Por otra parte, ha contratado los servicios de médicos asesores para las plantas de Ventanas, La Serena, Paipote, Chaña ral (Osvaldo Martínez) y Taltal, los cuales están dirigidos por un médico asesor jefe que reside en Santiago, y cuyas labores consisten en facilitar una atención oportuna y expedita de los asegurados en los distintos establecimientos del Servicio Nacional de Salud; conseguir atención médica a los empleados bajo un sistema d'e libre elección y con las tarifas, mínimas del Colegio Médico, controlar la atención de los accidentados del trabajo, practicar los exámenes de admisión y los controles periódicos legalmente obligatorios de todo el personal, colaborar en los planes de seguridad industrial y prevención de enfermedades profesionales, especialmente silicosis, y asesorar a las comisiones locales de bienestar en los problemas pertinentes. Cuenta además con asistentes sociales que actúan en las plantas de Ventanas, Paipote y. las periféricas de Paipote como Aguirre Cerda, Elisa de Bordos, Carrera Pinto, Inca de Oro y Osvaldo Martínez, las que se preocupan de los problemas socioeconómicos, habitacionales, legales, etc., del personal. Asimismo, mantiene una dotación d'e seis ambulancias: 2 en Ventanas, 2 en Paipote, 1 en Osvaldo Martínez, y 1 en Santiago y está importando directamente otras seis más, para atender en las diversas plantas los urgentes problemas deriva, dos de la lejanía a los centros hospitalarios y los traslados de enfermos o accidentados a los centros asistenciales. Preocupación preferente de la Empresa es lo relacionado con la seguridad industrial de sus trabajadores. Para ello, está constantemente dictando normas a través de su Departamento de Seguridad Industrial a fin de prevenir al máximo los accidentes. El riesgo se cubre mediante un autoseguro, consistente en la provisión de fondos en los presupuestos anuales d'e la Empresa ascendentes al 1% de los sueldos y al 2% de los jornales. En materia de prevención y tratamiento de enfermedades profesionales, ENA MI, desde hace tres años y con la colaboración del equipo móvil de Abreu del Instituto de Higiene del Trabajo y Contaminación Atmosférica del Servicio Nacional de Salud, ha estado practicando, anualmente exámenes radiológicos a todo su personal y se tiene actualmente en •estudio la importación de un equipo radiológico móvil, de valor de US$ 40 a 50 mil para hacer este estudio con mayor frecuencia y pesquisar, al mismo tiempo, los casos de tuberculosis del personal y de sus familiares. También se está iniciando la confección de fichas clínicas a todo el personal de la Empresa, en donde, además del examen clínico completo inicial, exámenes de laboratorios, de audición y visión y estudio de la aptitud de trabajo, se anotarán los exámenes médicos periódicos, los controles radiológicos y diferentes causas de ausentismo del trabajo. Parte importante de la preocupación de la Empresa por los problemas asistenciales de sus trabajadores se manifiesta a través de una Oficina de Bienestar, organismo creado en conformidad a disposiciones legales vigentes sobre la materia, y al cual contribuye a financiar en los 2/3 (dos tercios) de su presupuesto, aparte de proporcionarle algunos funcionarios. Esta Oficina de Bienestar, a través de sus médicos asesores, facilita a los asegurados una expedita atención en el Servicio Nacional de Salud y a los empleados les ofrece una buena atención médica con las tarifas mínimas, a través del sistema de libre elección. Bonifica a sus socios el 80% de sus gastos médicos, comprendiendo consulta, hospitalización, exámenes de laboratorio, intenvenciones quirúrgicas, etc. ; paga el 50% de los gastos de estada y el 80% de los de movilización de los enfermos que deben recurrir a centros especializados; otorga, además, préstamos por gastos de enfermedad, incluyendo los dentales, de los socios y de sus cargas familiares; subvenciona colonias escolares, mantiene un campamento de veraneo en Caldera para su personal y promueve y Subvenciona actividades deportivas, medidas todas que redundan en beneficio de la salud de sus trabajadores y de sus familias. En cuanto al costo y financiamiento de estos servicios, resulta difícil englobarlos en unas pocas cifras por la diversidad de ellos; sin embargo, sus principales rubros pueden resumirse como sigue: 1. Policlínicas.La inversión hecha por la Empresa en edificios e implementos para policlínicas, es la siguiente, de acuerdo a los valores de inventario al 31 de diciembre de 1966: En Paipote 108 m2 construido en 1951 . . Eº 16.568. En Ventanas, 222 m2, construido en 1966 60.241.73 En Osvaldo Martínez 188 m2, construido en 1936 7.332.40 En Elisa de Bordos, posta sanitaria, construido en 1930 . . . 1.555. En Domeyko, construido en 1935 300. En Aguirre Cerda 59,38 m2 construido en 1960 .... 24.669.50 Implementos y enseres varios para uso de policlínicas de Paipote, Ventanas y Aguirre Cerda . . .. 15.377.40 Total Eº 126.044.20 2.La inversión hecha en ambulancias es la siguiente: En Paipote, Chevrolet 1956 (valor residual) E9 4,36 En Paipote, Chevrolet 1966 (valor residual) 15.760.44 En Ventanas, Chevrolet 1962 (valor residual) . . 9.978.04 En Ventanas, Chevrolet 1966, (valor residual) . . 15.760.04 En Osv. Martínez, Chevrolet 1966 (valor residual) 15.760.04 En Santiago, Chevrolet 1966, (valor residual) . . 15.760.04 Total . . Eº 73.022.95 En marzo del presente año, el directorio de la Empresa acordó la inversión de US$ 27.000 para la adquisición de 6 ambulancias con equipo completo, cuya orden de compra se está cursando. 3. Personal médico y paramédico. El costo anual de operación del personal médico y practicantes es el siguiente: 6 Médicos asesores a ho norarios Eº 50.178.12 3 Practicantes Subv. a honorarios 17.457,24 3 Practicantes de planta, inc. ley. Soc 42.060. Total Eº 109.695.36 4.Asistentes sociales. 3 Asistentes sociales de planta, incluidas leyes sociales Eº 59.037.96 5.Aportes de la Empresa a Bienestar. Anualmente la Empresa aporta a la Oficina de Bienestar el 2%. de las remuneraciones del personal asociado, el que representa el 75% del total de trabajadores de la Empresa. Durante el presente año, este aporte será de alrededor de Eº 380.000. De acuerdo a las estadísticas de bienestar, alrededor del 22% de esta cantidad se destina a auxilios por enfermedad y cerca de un 40% a auxilios o premios por matrimonio o nacimiento de hijos; gran parte del resto se destina a préstamos por enfermedad, dentales, escolares, por vacaciones, habitacionales, etc. En 1966, se concedieron por bienestar 1.166 auxilios por enfermedad con un costo de Eº 55.550.78 y se otorgaron préstamos por enfermedad en 413 casos con un monto total de Eº 161.207,88. 6.En materia de Seguridad Industrial, como ya se ha dicho, la Empresa tiene un autoseguro proveyendo fondos en el presupuesto anual para atender a los accidentados. Esta provisión de fondos es a base del 1% sobre los sueldos y del 2% sobre los jornales de sus trabajadores. Entre el 1º de julio de 1966 y el 30 de junio de 1967, la provisión de fondos alcanzó aproximadamente a Eº 325.000 y se pagó por accidentes alrededor de E9 224.000. Es cuanto puedo informar a V. E. sobré el particular. Dios guarde a V. E. (Fd'o.) : Alejandro Hales Jamarne." 46.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO. "Nº 865.Santiago, 4 de septiembre de 1967. Ha recibido este Ministerio su oficio N9 9805, de 9 de mayo del presente año, sobre petición del H. Diputado Guido Castilla H., referente a la posibilidad de llevar a efecto la construcción de 50 y 100 casas de emergencia en las comunas de Colbún y Retiro, respectivamente, de la provincia de Linares. Al respecto, cúmpleme manifestar a V. E. que el Subdepartamento de Autoconstrucción de la Corporación de Servicios Habitacionales, tiene inscritas como postulantes a futuros programas, a 500 familias que componen el "Centro de Pobladores Sindicato Agrícola", de la comuna de Retiro. La citada Corporación podría solucionar, en forma parcial, el déficit habitacio nal de dichas comunas, a través de la "Operación Pequeños Propietarios", para lo cual es necesario que las familias interesadas, que tengan sitio propio, se inscriban en la Delegación Regional de Linares, a fin de tener derecho a recibir una vivienda prefabricada, desarmada, y, además, la ayuda técnica indispensable. Debo hacer presente a V. E. que el Plan 1967 consulta, para la provincia en referencia, 196 operaciones sitio, 80 viviendas mínimas y 15 para Cajas de Previsión. Es cuanto puedo informar a V. E. sobre el particular. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Juan Hamilton Depassier." 47.- OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA. "Nº 56426.Santiago, 31 de agosto de 1967. Me refiero al oficio señalado en la suma, de fecha 16 de agosto del año en curso, mediante el cual V. E. ha tenido a bien solicitar a esta Contraloría General informe acerca del estado de tramitación del expediente de jubilación del Cabo grado 59 1° del Servicio de Prisiones, señor Erasmo Sigisfredo Hernández Díaz. Al respecto, debo expresar a V. E. que la Resolución del Departamento de Pensiones del Ministerio de Hacienda Nº 4579, de 1967, que le otorgaba pensión de retiro a la persona ya individualizada, a contar desde el 2 de noviembre de 1966, y le concedía el reajuste de pensión dispuesto por la ley N9 16.617, fue Tomada Razón por este Organismo Contralor con fecha 22 de agosto del presente año, siendo remitido el día 23 a la Tesorería General de la República, con el objeto de que culmine su tramitación, y se proceda a su cumplimiento, por parte de la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile. Es cuanto puedo informar a V. E. respecto del informe requerido. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Héctor Humeres M." 48.- OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA. "Nº 56475.Santiago, 31 de agosto de 1967. Se ha recibido en esta Contraloría General la presentación en que V. E. a solicitud del H. Diputado señor Luis Valente Rossi pide que este Organismo emita un pronunciamiento sobre la legalidad del decreto N9 506, de 1959, del Ministerio de Tierras y Colonización toda vez que en su opinión, al fijarse en el citado decretó un precio de venta a los terrenos de la Población Juan José de San Martín de la ciudad de Arica se estaría violando lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N9 13.039, que establece la transferencia gratuita para determinados predios cuando se reúnan determinados requisitos. Sobre el particular este Organismo se permite manifestarle, en primer término, que al tomar razón del referido decreto N9 506, procedió a examinar su legalidad y estimando que se ajustaba a derecho le dio curso legal. Ahora bien, en relación con la observación que tuviera a bien formular el H. Diputado señor Luis Valente Rossi en el sentido de que la fijación de un precio de venta a los terrenos en cuestión vulneraría la norma del artículo 33 de la ley Nº 13.039 debe señalarse que ella dispone que la transferencia de los predios fiscales a que se refiere la ley Nº 11.825 de 13 de julio de 1955 destinados a la construcción de viviendas se hará gratuitamente a las personas que sean actualmente imponentes, en calidad de asalariados de cualquier institución de previsión social, y siempre que reúnan los requisitos exigidos. En consecuencia, de acuerdo con la norma citada para la procedencia de la transferencia gratuita deben concurrir las siguientes condiciones: a) que sean terrenos fiscales a los que se refiere la ley Nº 11.825; b) que se destinen a construcción de viviendas; c) que el adquirente sea a la fecha de la ley imponente en calidad de asalariado de alguna institución de Previsión y que reúna los requisitos que se exigen en el artículo 33 de la ley Nº 11.825. En el caso planteado, si bien se trata de la transferencia de terrenos fiscales de los que se mencionan en la ley Nº 11.825, el adquirentes de ellos no fue un imponente (persona natural) sino que la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (persona jurídica) razón por la cual la gratuidad establecida en el artículo 33 tantas veces citado no sería aplicable toda vez que no habría cumplido uno de los requisitos que ella misma exige. Sin perjuicio de lo anterior y en el evento que se pretendiera que la Caja de Previsión de la Defensa Nacional al transferir a su vez los terrenos en cuestión a sus imponentes debiera hacerlo en forma gratuita es necesario observar que aquello tampoco sería procedente, pues ya no se trataría de terrenos fiscales, como estipula el artículo 33 de la ley Nº 11.825, sino que de bienes propios e incorporados al patrimonio dé la Caja de Previsión. Transcríbase a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Héctor Humeras M." 49.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar un proyecto de ley, de origen en un Mensaje, por el cual se crea la comuna subdelegación de Teodoro Schmidt, en el Departamento de Imperial, provincia de Cautín. El Supremo Gobierno expresa, en la exposición de motivos que acompaña al presente proyecto de ley, que ha iniciado su tramitación legislativa a requerimiento de numerosos vecinos de esa zona, expresado por intermedio del Comité de Adelanto de dicha localidad. Pertenece actualmente Teodoro Schmidt, en su mayor extensión, al territorio jurisdiccional de la comunasubdelegación de Saavedra, dentro del distrito Nº 9 "Puculón" de esa comuna, en su extre sur, junto al ramal de ferrocarril de Freire a Toltén, formando parte de la estación del mismo nombre, a la altura del kilómetro 45 de dicha vía férrea. Agrega el Ejectuivo que la nueva comuna de Teodoro Schmidt estaría integrada por un sector perfectamente definido, ya que constituye la zona de influencia del citado ferrocarril de Freire a Toltén. Forma una unidad geográfica, económica y social con caracteres bien nítidos, y cuya creación no significará perjudicar o restar importancia a las actuales comunas subdelegaciones de Saavedra, Nueva Imperial y Toltén, como para pensar que ellas vean mermados de manera notoria sus territorios, poblaciones o presupuestos. Termina el Mensaje señalando que, por otra parte, la unidad comunal de Teodoro Schmidt tal como se propone tendrá suficientes entradas e importancia económica y demográfica para constituirse en comunasubdelegación autónoma. La Comisión Informante ha considerado atendibles las razones expuestas por el Supremo Gobierno, que justifican la creación de la nueva comunasubdelegación y le ha prestado su aprobación en los mismos términos en que viene concebido. Como puede apreciarse la nueva división políticoadministrativa obedece, en primer término, a un antiguo anhelo de los habitantes de un sector territorial de las actuales comuna de Saavdera, Toltén y Nueva Imperial, y su creación tiene, desde luego, una plena justificación humana, por cuanto dadas las distancias y los precarios medios de comunicación de dicha región, una importante población superior a las diez mil personas resulta seriamente perjudicada y debe soportar enormes sacrificios, de todo orden, para acudir a los centros administrativos de su jurisdicción para cumplir sus obligaciones legales. Por otra parte, consideraciones de orden geográficas, de aislamiento local, de necesidades de extensión de los servicios asistenciales y administrativos, de un más rápido desarrollo y desenvolvimiento de las vastas comunidades existentes en esa región, pesaron definitivamente en el ánimo de la Comisión para aceptar la formación de esta nueva comuna. El financiamiento del municipio que se crea está perfectamente asegurado con los diferentes rubros de los ingresos ordinarios que tendrá la Corporación Edilicía y que son, de acuerdo con las tradicionales fuentes de recursos económicos de que disponen las Municipalidades, un porcentaje del total de las contribuciones sobre la propiedad territorial; las patentes comerciales, industriales y de vehículos; contribuciones directas municipales por concepto de servicios, etc. Esta estimación global de los probables ingresos de la Municipalidad de Teodoro Schmidt deberá comprender su debida distribución en una proporción que pueda asegurar, junto con el pago de los gastos de mantención y de los funcionarios de dicha Corporación que se calcula en un promedio de alrededor de un 85%, la mantención, funcionamiento, obras de inversión y atención de los servicios indispensables para la comunidad. Para una mejor comprensión de los señores Diputados acerca de los efectos y alcances que tendrá la creación de la comuna de Teodoro Schmit en materia de población, superficie y entradas económicas, se acompañan, a continuación, diversos cuadros y antecedentes estadísticos, confeccionados por la Dirección de Estadística y Censos, y acerca de la situación humana y financiera de las comunas de Saavedra, Toltén e Imperial, que deberán ceder parte de su territorio, sobre la base de cifras que, por tener cierta antigüedad, dan margen a ciertos errores que en ningún caso resultan de consideración o desfiguran una visión general comparativa de la materia.POBLACION CENSO 1960 Comunas afectadas con la creación de Teodoro Schmidt Comunas Viviendas Hombres Mujeres Total Saavedra 5.189 15.446 14.758 30.204 Toltén 2.754 8.450 7/558 16.008 N. Imperial 5.530 15.410 15.857 51.267 Población futura comuna T. Schmidt, según sectores que la integrarían Distritos Viviendas Hombres Mujeres Total 7º P. Domínguez (parte) 103 291 281 572 8º Molco 203 '587 571 1.158 9º Puculón 472 1.293 1.284 2.677 10º Chelle (Saavedra) . . . 389 1.120 1.150 2.270 1.167 3.291 3.286 '6.577 2º Esperanza (parte Toltén) 627 1.746 1.727 3.473 627 1.746 1.727 3.473 11 Nohualhue (parte) . . ? 12 Huilío (N. Imperial) . 461 1.295 1.221 2.516 461 1.295 1.221 2,516 Total futura Comuna . . 2.255 6.632 6.234 12.566 Nota.La población correspondiente a distritos incompletos es sólo aproximada. Población con que contarían las comunas afectadas en caso de crearse la de Teodoro Schmidt y porcentaje que perderían % Comunas Viviendas Hombres Mujeres Total Pérdida Saavedra 4.022 12.155 11.472 23.627 21,77 Toltén 2.127 6.704 5.831 12.635 21,69 N. Imperial 6.069 14.115 14.636 28.751 8,04 T. Schmidt 2.255 6.332 6.234 12.566De los cuadros precedentes se deduce que la futura comuna le restaría a la de Saavedra los distritos 8º Molco, 9º Pucu lón, 10º Chelle y parte del distrito 7º Puerto Domínguez, los que en conjunto suman un total de 6.577 habitantes; a la de Toltén, parte del distrito 2º Esperanza con un población de 3.473 habitantes y Nueva Imperial, el distrito 12 Huilío y parte del distrito 11 Nohualhue, los que suman poco más de 2.616 habitantes. Expresadas estas cifras en porcentajes, significan una pérdida de población del orden del 21,7% para Saavedra, 21/69% para Toltén y 8,04% para Nueva Imperial. Saavedra quedaría con 23.627 habitantes, Toltén con 12.635, Nueva Imperial con 28.751 y Teodoro Schmidt con 12.566. Avalúos de las comunas afectadas con la creación de la comunat Teodoro Schmid Comunas Saavedra . . . . Toltén Nueva Imperial Av. Imponible 6.094.293 4.885.428 12.129.954 Avalúos con que quedarían comunas de Saavedra, Toltén, Imperial y Teodoro Schmidt Comunas Saavedra . Toltén . . Imperial . . T. Schmidt Av. Imponible 3.985.633 3.319.967 10:661.796 4.522.960 Porcentaje que perderían las comunas afectadas con la creación de la de T. Schmidt Comunas Av. Total Exento Av. Im ponible (%) (%) (%) Saavedra .... 32,31 30,05 32,27 Toltén 32,48 33,63 32,02 Imperial .... 5;66 3,19 8,34 Según los cálculos efectuados, la comuna de Saavedra perdería el 32,27% de su avalúo imponible; la de Toltén, el 32,02% y Nueva Imperial, el 8,34% del avalúo imponible. Como se expresó anteriormente la Comisión no introdujo ninguna enmienda al texto del proyecto remitido por el Ejecutivo. El artículo 1° ordena la creación de la comunasubdelegación de Teodoro Schmidt, en el departamento de Imperial, y fija sus límites. La disposición contenida en el artículo 2º reglamenta y resuelve las situaciones que se producirán con ocasión de entrar en funcionamiento la nueva comuna, a la fecha de promulgación de la ley, respecto a las cuentas por pagar y las contribuciones, patentes y demás créditos a favor de las actuales Municipalidades de Saevedra, Nueva Imperial y Toltén, y que correspondan a la nueva Corporación Edilicia de Teodoro Schmidt. Esta última no podrá cobrar suma alguna de dinero, devengada con anterioridad a la vigencia de la ley, a las referidas Municipalidades de las cuales se segrega, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por las Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial o Toltén. El artículo 3º dispone que el Presidente de la República queda facultado para convocar a inscripciones especiales en los nuevos Registros Electorales correspondientes a la comuna que se crea, y la Municipalidad respectiva será elegida en la fecha en que corresponda efectuarse la próxima elección ordinaria de regidores en todo el país. Asimismo, por el artículo 4º se faculta al Jefe del Estado para designar, mientras no se integren a sus funciones los regidores elegidos en la forma indicada en el artículo anterior, una Junta de Vecinos compuesta por cinco miembros que tendrá, en dicho período, la administración comunal, sujeta a las normas que dicte el Presidente de la República para tal efecto, especialmente en lo relativo a la organización de los servicios de Tesorería, Registro Civil, Carabineros y otros indispensables para su normal funcionamien Por último, el artículo 6º hace extensivas a las disposiciones del proyecto en informe la autorización concedida al Presidente de la República, por el artículo 2° de la ley Nº 4:544, para refundir en un solo texto la legislación relativa a la división política y administrativa del país. En mérito de las consideraciones expuestas, la Comisión de Gobierno Interior acordó recomendar a la Honorable Cámara la aprobación de esta iniciativa de ley, concebida en los siguientes términos: Proyecto de ley: Artículo 1ºCréase la comunasubdele gación de Teodoro Schmidt, en el departamento de Imperial, con los siguientes límites : Al Norte, el lindero sur de la antigua hijuela 26, de Juan Levín, y su prolongación, desde el Océano Pacífico hasta la laguna del Budi; la laguna del Budi, desde el lindero sur de la antigua hijuela 26 hasta la desembocadura del estero Comoe; el estero Comoe, desde su desembocadura en la laguna del Budi hasta la desembocadura del estero Quifo; el estero Quifo, desde su desembocadura en el estero Comoe hasta el lindero sur de la antigua hijuela 167; el lindero sur de las antiguas hijuelas 167, 168, 38 y 140, desde el estero Quifo hasta el estero Molco; el estero Molco, desde el lindero sur de la antigua hijuela 140 hasta su desembocadura en el estero Mañío; el estero Mañío, desde la desembocadura del Estero Molco hasta el lindero poniente de la antigua hijuela 44; el lindero poniente de las antiguas hijuelas 44 y 45, desde el estero Mañío hasta el lindero sur de la antigua hijuela 45; el lindero sur de las antiguas hijuelas 45, 43ª. 52ª, 52, 54 y 192ª, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 45 hasta el lindero poniente de la antigua hijuela 204; el lindero poniente de las antiguas hijuelas 204 y 205, desde el lindero sur de la antigua hijuela 192 hasta el lindero sur de la antigua hijuela 205; el lindero sur de las antiguas hijuelas 205ª y 226, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 205ª hasta el estero Rehualhue; el estero Rehualhue, desde el lindero sur de la antigua hijuela 226 hasta le lindero sur de la antigua hijuela 201, y el lindero sur de la antigua hijuela 201, desde el estero Rehualhue hasta él lindero poniente de la antigua hijuela 72. Al Este, la línea recta de linderos que limita, entre otras, por el poniente las antiguas hijuelas 72, 83, 214, 239, 226, 229 y 258, y su prolongación, desde el lindero sur de la antigua hijuela 201 hasta el río Toltén. Al Sur, el río Toltén, desde la prolongación de la línea recta de linderos antes mencionada hasta la prolongación del lindero norte de la hijuela 108, de Francisco Vásquez; el lindero norte de la antigua hijuela 108, y su prolongación, desde el río Toltén, hasta la Faja Sur; la Faja Sur, desde el lindero norte de la antigua hijuela 108, de Francisco Vásquez hasta el lindero oriente de la antigua hijuela 5, de Marcelo Tralol Llanca, y el lindero oriente y norte de la antigua hijuela 5, de Marcelo Tralol Llanca, y su prolongación, desde la Faja Sur hasta el Océano Pacífico. Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la prolongación del lindero norte de la antigua hijuela 5, de Marcelo Tralol Llanca hasta la prolongación del lindero sur de la antigua hijuela 26, de Juan Levín. Artículo 2ºLas cuentas por pagar de las actuales Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial y Toltén, serán de cargo de estas Corporaciones. Las contribuciones, patentes, cuentas y demás créditos a favor de las Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial y Toltén, pendientes a la fecha de la promulgación de la presente ley, y que corresponden a la nueva Municipalidad de Teodoro Schmidt, deberán pagarse a las Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial y Toltén. La Municipalidad de Teodoro Schmidt no podrá cobrar suma alguna de dinero, devengada con anterioridad a la fecha de vigencia de esta ley, a las Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial y Toltén, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por estas Municipalidades. Artículo 3ºFacúltase al Presidente de la República para convocar a inscripciones especiales en los nuevos Registros Electorales de la comunasubdelegación de Teodoro Schmidt. La Municipalidad respectiva será elegida en la fecha en que corresponda efectuar la próxima elección ordinaria de Regidores en todo el país. Artículo 4ºAutorízase al Presidente de la República para nombrar un Junta de Vecinos en la nueva comunasubdelegación de Teodoro Schmidt, creada por esta ley, compuesta de cinco miembros, a uno de los cuales designará Alcalde. Esta Junta de Vecinos tendrá a su cargo la administración comunal, hasta que entre en función la Municipalidad que deberá elegirse en forma ordinaria de acuerdo a la Ley de Elecciones. Artículo 5°Autorízase al Presidente de la República para que dentro de los 30 días siguientes a la vigencia de esta ley, dicte las providencias necesarias para organizar en la nueva comunasubdelegación los Servicios de Tesorería, Registro Civil, Carabineros y demás que sean necesarios para la administración comunal. Artículo 6°Extiéndese a las disposiciones de la presente ley la autorización concedida al Presidente de la República por el artículo 2º de la ley Nº 4.544, de 25 de enero de 1929." Sala de la Comisión, a 28 de junio de 1967. (Fdo.) : Jorge Santibáñez.Juan Acevedo. Carlos Demarchi. Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente), Acevedo, Castilla, Demarchi, Fuenzalida y Téllez. Se designó Diputado informante al Honorable señor Fuenzalida. (Fdo.) : Jaime de Larraechea, Secretario de Comisiones." 50.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda tomó conocimiento y prestó su aprobación en conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 62 del Reglamento de la Corporación, al proyecto de ley, informado por la Comisión de Gobierno Interior, que crea la comuna subdelegación de Tedoro Schmidt, en la provincia de Cautín. La Comisión acordó prestar su aprobación a un contraproyecto presentado por el Ejecutivo sobre esta materia y omitir en este trámite lo dispuesto en los números 1º, 2º y 3º del artículo 63 del Reglamento de la Corporación. En virtud de los acuerdos antes mencionados, la Comisión de Hacienda os propone la aprobación del proyecto de ley en los términos que se proponen en este informe y que reemplaza el aprobado por la Comisión de Gobierno Interior. El proyecto de ley es del siguiente tenor : Proyecto de ley: "Artículo 1ºCréase la comunasubdelegación de Teodoro Schmidt, con parte de los territorios comunales de Saavedra, Toltén, Nueva Imperial, Carahue y Freire, de la provincia de Cautín, comprendidos dentro de los siguientes límites: Norte: El lago Budi y su prolongación en línea recta, desde el Océano Pacífico hasta la faja Nº 10; la faja Nº 10, desde el lago Budi hasta el lindero entre los predios Bolleco (rol 55221, vigente en 1965) y Nº 4 (rol 55121, vigente en 1965), de José Peña R.; la línea, de linderos que separa, por una parte, los predios Bolleco, de José Peña R.; El Carmen, de Juan Leal L. (rol 55220, vigente en 1965) ; Hijuela Chica, de José Peña R. y otro (rol 55218, vigente en 1965) ; El Membrillo, de Benjamín Suazo M. (rol 55217, vigente en 1965; El Número, de Juan de Dios Leal L. (rol 55215, vigente en 1965) ; Motrolhue, de José Vega S. (rol 55214, vigente en 1965), y Motrolhue, de Margarita. Stuardo S. (rol 55213, vigente en 1965), de los predios Nº 4, de José Peña R.; Bolleco, de Juana Leiva A. (rol 55122, vigente en 1965) ; Bellavista, de Abel Leiva A. (rol 55124, vigente en 1965) ; Bellavista, de Lorenza Durán L. (rol 55125, vigente en 1965) ; Infiernillo, de la Suc. José Stuardo M. (rol 55126), vigente en 1965), y Bilbao, de Elfrén Zambrano S. (rol 5511, vigente en 1965) ; por la otra, desde, la faja Nº 10 hasta el estero Bolleco; el estero Bolleco, desde el lindero entre los predios Motrolhue, de Margarita Stuardo S., y Bilbao, de Elfrén Zambrano S., hasta el lindero que separa los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T. (rol 55315, vigente en 1965), y Hualpín, de Juan Santos Vega L. y otro (rol 55314, vigente en 1965) ; el lindero entre los los predios antes citados, desde el estero Bolleco hasta el lindero norte del predio El Guindo, de Mercedes Stuardo T.; la línea de linderos que limita por el norte los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T.; El Parrón, de María Cruz Stuardo (rol 55318, vigente en 1965), y El Manzano, de María Cruz Stuardo (rol 55319, vigente en 1965), desde el lindero entre los predios El Guindo, de Mercedes Stua.rdo T. y Hualpín, de Juan Santos Vega L. y otro hasta el estero Hualpín; el estero Hualpín, desde el lindero norte del predio El Manzano, de María Cruz Stuardo, hasta su desembocadura en el estero Comoe; el estero Comoe, desde la desembocadura del estero Hualpín hasta el lindero norte del predio La Colonia, de Alejandro Riquelme P. (rol 5461, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios La Colonia, de Alejandro Riquelme P.; El Porvenir, de Ruperto Araneda A. (rol 5462, vigente de 1965) ; Las Rosas, de Virginia Rebolledo R. (rol 5464, vigente en 1965), y Las Rosas, de Margarita González S. (rol 5465, vigente en 1965), desde el estero Comoe hasta el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R. (rol 5466, vigente en 1965) ; el lindero poniente del predio antes citado, desde el lindero norte del predio Las Rosas, de Margarita González S., hasta el lindero norte del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R.; la línea, de linderos que limita por el norte los predios Las Rosas, de Raúl Araneda R.; Molco, de Graciela Lagos G. (rol 5571, vigente en 1965) y San Alejandro, de Taludino Carrillo J. (rol 5572, vigente en 1965), desde el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R., hasta el lindero oriente de la propiedad de Taludino Carrillo J.; el lindero oriente del predio antes citado, desde su lindero norte hasta el lindero norte del predio Santa Ester (Lt. 3), de Carmen Rodríguez V. (rol 5573, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios Santa Ester (Lt. 3), Santa Ester (Lt. 2), de Efraín Fernández B. (rol 5576, vigente en 1965) ; San Luis, de Luisa Urrutia G. (rol 55710, vigente en 1965), y Santa Rosa, de Alejandro Urrutia N. (rol 55712, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J., hasta el camino de Catripulli a Nueva Imperial; el camino de Catripulli a Nueva Imperial, desde el lindero norte del predio Sarita Rosa, de Alejandro Urrutia N., hasta el estero Molco; el estero Molco, desde el camino de Catripulli a Nueva Imperial hasta su desembocadura en el estero Mañío; el estero Mañío, desde la desembocadura del estero Molco hasta el lindero sur del predio Descanso, de la Suc. Vicente Rivas C. (rol 62453, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el sur los predios Descanso, de la Suc. Vicente Rivas C.; La Felicidad, de Esteban Huaquil C. (rol 62452, vigente en 1965) ; Los Avellanos, de Carlos Jotré Núñez (rol 62425, vigente en 1965) ; San Juan, de Avelina Quilaqueo Q. (rol 62348, vigente en 1965) ; Manuel Huai qualf E., y Trangoy, de Zoila Baeza vda. de R. (rol 62438, vigente en 1965), desde el estero Mañío hasta el lindero oriente del predio de Zoila Baeza vda, de R.; el lindero oriente del predio antes citado, desde su deslinde sur hasta el lindero sur del predio Las Margaritas, de Bernardi no Curaqueo U. (rol 62436, vigente en 1965) ; el lindero sur de los predios Las Margaritas, de Bernardino Curaqueo U.; Santa Inés, de José Jaque M. (rol 6216, vigente en 1965), y El Alma, de César Tenorio I. (rol 62444, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio de Zoila Baeza vda. de R., hasta el lindero oriente del predio El Rincón, de Damián Concha S. (rol 62314, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio a.ntes citado, desde el lindero sur del predio El Alma, de César Tenorio I., hasta el estero Nei cuf; el estero Neicuf, desde el lindero este del predio El Rincón, de Damián Concha S., hasta el lindero oriente del predio La Patagua, de Juan Hueche C.; la línea de linderos que limita por el oriente los predios La Patagua, de Jua.n Hueche C. (rol 62225, vigente en 1965) ; Neicuf, de Carlos Sáez C. (rol 62340, vigente en 1965) ; El Carmen, de Damián Concha S. (rol 62315, vigente en 1965; Santa Virginia, de Damián Concha S. (rol 6239, vigente en 1965) ; El Laurel, de Margarita Mellado vda. de A. (rol 62335, vigente en 1965), y San Juan, de Miguel Diez S. (rol 62337, vigente en 1965), desde el estero Neicuf hasta el estero Rehuelhue, y el estero Rehuelhue, desde el lindero oriente del predio San Juan, de Miguel Diez S., hasta el lindero poniente del predio Huilío, de Eduardo Navarrete S. (rol 30326, vigente en 1965). Este: El lindero poniente de los predios Huilío, de Eduardo Navarrete S. y Constantina González vda. de S. (rol 30328, vigente en 1965), desde el estero Rehuelhue hasta el lindero oriente del predio La Florida, de Pedro Sáez P. (rol 6298, vigente en 1965) ; la. línea de linderos que limita, entre otros, por el oriente, los predios La Florida, de Pedro Sáez P.; San Juan de Dios, de Juan Quilaqueo Q. (rol 62927, vigente en 1965) ; José Alarcón C. (rol 6288, vigente en 1965) ; San Remigio, de Félix García A. y otro (rol 62810, vigente en 1965) ; Los Cipre ses, de Polidoro García A. (rol 62812, vigente en 1965) ; Huilío, de Carmen Chá vez L. (rol 62811, vigente en 1965) ; Huilío, de la Suc. Penna (rol 63012, vigente en 1965), y San Antonio, de Mercedes Quintrucura R. (rol 63016, vigente en 1965), desde el lindero poniente del predio Huilío, de Constantina. González vda. de S., hasta el lindero sur del predio SanAntonio, de Mercedes Quintrucura R.; una línea recta, desde la conjunción de los deslindes oriente y sur del predio San Antonio antes citado, hasta la conjunción de los' deslindes norte y oriente del predio Santa Juana, de la Suc. Avelina Mora (rol 63019, vigente en 1965) ; el deslinde oriente del predio antes citado, desde su deslinde norte hasta el estero Llollelhue; el estero Llollelhue, hasta el lindero oriente del predio Santa Juana, de la Suc. Ave lino Mora, hasta la línea, de linderos que limita por el oriente los predios de la Reducción Ignacio Huilcán (rol 63020, vigente en 1965), e Isla Bolonio, de Florentina Pérez vda de P. (rol 30421, vigente en 1965), y dicha línea de linderos, desde el estero Llollelhue hasta el río Toltén. Sur: El río Toltén, desde el lindero oriente del predio Isla Bolonia, de Florentina Pérez vda. de P., hasta la. desembocadura del estero Metrenquén; el estero Metrenquén, desde su desembocadura en el río Toltén hasta la línea del ferrocarril a Estación Toltén; la línea del ferrocarril a Estación Toltén, desde el estero Metrenquén hasta el camino público a Porma, y el camino público a Porma y su prolongación en línea recta, desde la línea del ferrocarril a Estación Toltén hasta el Océano Pacífico. Oeste: El Océano Pacífico, desde la prolongación del camino público de Porma. hasta la línea recta que une el lago Budi con el océano. Artículo 2ºLa comunasubdelegación de Teodoro Schmidt formará parte del departamento de Imperial, Artículo 3ºModifícase el límite oeste de la comunasubdelegación de Freire por el siguiente: la línea de linderos que limita por el oriente los predios Isla Bolonia, de Florentina Pérez vda. de P. (rol 30421, vigente en 1965), y Reducción Ignacio Huilcán (rol 63020, vigente en 1965), desde el río Toltén hasta el estero Llollelhue; el estero Llollelhue, desde la línea de linderos antes citada hasta el lindero oriente del predio Santa Juana, de la Suc. Avelino Mora (rol 63019, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio antes citado, desde el estero Llollelhue hasta su lindero norte; una línea, recta, desde la conjunción de los linderos oriente y norte del predio Santa Juana, de la Suc. Ave lino Mora, hasta la conjunción de los linderos sur y oriente del predio San Antonio, de Mercedes Quintracura R. (rol 63016, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita, entre otros, por el oriente, los predios San Antonio, de Mercedes Quintracura R..; Huilío, de la Suc. Penna, (rol 63012, vigente en 1965) ; Huilío, de Carmen Chávez L. (rol 62811, vigente en 1965) ; Los Cipreses, de Polidoro García A. (rol 62812, vigente en 1965) ; San Remigio, de Félix García A. (rol 62810, vigente en 1965) ; José Alarcón C. (rol 6288, vigente en 1965) ; San Juan de Dios, de Juan Quilaqueo Q. (rol 62927, vigente en 1965), y La Florida, de Pedro Sáez P. (rol 6298, vigente en 1965), desde el lindero sur del predio San Antonio, de Mercedes Quintracura R., hasta el lindero poniente del predio Huilío, de Constantina González vda. de S. (rol 30328, vigente en 1965) ; el lindero poniente de los predios Huilío, de Constantina González vda. de S. y Eduardo Navarrete S. (rol 30326, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio La Florida, de Pedro Sáez P., hasta el lindero norte del predio Eduardo Navarrete antes citado, y la línea recta de linderos y su prolongación que limita, entre otras, por el poniente, las antiguas hijuelas 191 y 104, desde la conjunción de los linderos norte y poniente del predio de Eduardo Navarrete S. hasta el río Quepe. Artículo 4°Modifícanse los límites este, sur y oeste de la comunasubdelegación de Nueva Imperial por los siguientes :hasta el camino de Galvarino a Temuco; el camino de Galvarino a Temuco, desde el lindero surp.oniente de la antigua hijuela 492 hasta el vado de Las Toscas, en el estero Renaco; el estero Renaco, desde el vado de Las Toscas hasta la desembo cura del estero Pichicautín o Yapeleo; el estero Pichicautín o Yapeleo, desde su desembocadura en el estero Renaco hasta su origen; una línea recta, desde el origen del estero Pichicautín o Yapeleo hasta el origen del estero Tranahuillín; el estero Tranahuillín, desde su origen hasta su desembocadura en el río Cholchol; el río Cholchol, desde la desembocadura del estero Tranahuillín hasta la desembocadura del estero Fisquico; el estero Fis quico, desde su desembocadura en el río Cholchol hasta el camino alto de Nueva Imperial a Temuco; el camino alto de Nueva Imperial a Temuco, desde el estero Fisquico hasta el lindero oriente de la antigua hijuela 366; la línea de linderos que limita, entre otras, por el oriente, las antiguas hijuelas 366, 368, 290, 309 y 312, desde el camino alto de Nueva Imperial a Temuco hasta el río Quepe; el río Que pe, desde el lindero oriente de la antigua hijuela 312 hasta el lindero poniente de la a.ntigua hijuela 104, y la línea recta de linderos que limita, entre otras, por el poniente las antiguas hijuelas 104 y 191, y su prolongación, desde el río Quepe hasta el estero Rehuelhue. Sur: El estero Rehuelhue, desde la prolongación de la línea recta de linderos que limita, entre otras, por el poniente, las antiguas hijuelas 104 y 191 hasta el lindero oriente del predio San Juan, de Miguel Diez S. (rol 62337, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el oriente los predios San Juan, de Miguel Diez S.; El Laurel, de Margarita Mellado vda. de A. (rol 62335, vigente en 1965) : Santa Virginia, de Damián Concha. S. (rol 6239, vigente en 1965) ; El Carmen, de Damián Concha S. (rol 62315, vigente en 1965) ; Neicuf, de Carlos Sáez C. (rol 62340, vigente en 1965) ; Neicuf, de Juan Sáez C. (rol 62341, vigente en 1965), y La Patagua, de Juan Hueche C. (rol 62225, vigente en 1965), desde el estero Rehuelhue hasta el estero Neicuf; el estero Neicuf, desde el lindero oriente del predio La Patagua, de Juan Hueche C., hasta el lindero oriente del predio El Rincón, de Damián Concha S. (rol 62314, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio antes citado, desde el estero Neicuf hasta el lindero sur del predio El Alma, de César Tenorio I. (rol 62444, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el sur los predios El Alma, de César Tenorio I.; Santa. Inés, de José Jaque M. (rol 6216, vigente en 1965), y Las Margaritas, de Bernardino Curaqueo U. (rol 62436, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio El Rincón, de Damián Concha S., hasta el lindero, oriente del predio Trangoy, de Zoila Baezá vda. de R. (rol 62438, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio de Zoila Baeza vda. de R., desde el lindero sur del predio Las Margaritas, de Bernardino Curaqueo U., hasta su lindero sur, y la línea de linderos que limita por el sur los predios Trangoy, de Zoila Baeza vda. de R.; Manuel Huaiquilaf E.; San Juan, de Avelina Quilaqueo Q. (rol 62348, vigente en 1965) ; Los Avellanos, de Carlos Jofré Núñez (rol 62425, vigente en 1965) ; La Felicidad, de Esteban Huaquil C. (rol 62452, vigente en 1965), y Descanso, de la Suc. Vicente Rivas C. (rol 62453, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio de Zoila Baeza vda. de R., hasta el estero Mañío. Oeste: El estero Mañío, desde el lindero sur del predio Descanso, de la Suc. Vicente Rivas C., hasta su desembocadura en el río Imperial; el río Imperial, desde la desembocadura del estero Mañío hasta el brazo oriente de dicho río que forma la isla Curimil; dicho brazo oriente, desde el río Imperial hasta el lindero oriente de la antigua hijuela 4; la línea de linderos que limita por el oriente las antiguas hijuelas 4, 80, 81, 84 y 86, desde el brazo oriente del río Imperial que forma la isla Curimil hasta el lindero norte de la antigua hijuela 86; el lindero norte de la antigua hijuela 86, desde el lindero oriente de dicha hijuela hasta la prolongación hacia el sur de la línea recta de linderos que limita, entre otras, por el oriente, la antigua hijuela 111; dicha prolongación de linderos, desde el lindero norte de la antigua hijuela 86, hasta el lindero oriente de la antigua hijuela 111, y el lindero oriente de las antiguas hijuelas 111, 134, 160, 186, 215, 244 y 274, desde la prolongación hacia el sur de dicha línea de linderos hasta el río Guanaqui. Artículo 5º Modifícanse los límites norte y oeste de la comunasubdelegación de Toltén, por los siguientes: Norte: El camino público de Porma y su prolongación en línea recta, desde el Océano Pacífico hasta la línea del ferrocarril a Estación Toltén, la línea del ferrocarril a Estación Toltén, desde el camino público de Porma hasta el estero Metrenquén; el estero Metrenquén, desde el ferrocarril a Estación Toltén hasta su desembocadura en el río Toltén, y el río Toltén, desde la desembocadura del estero Metrenquén hasta la. desembocadura del río Comuy o Mahuidanche. Oeste: El Océano Pacífico, desde la Punta Ronca hasta la prolongación en línea recta del camino público de Porma. Artículo 6ºModifícase el límite sur da la comunasubdelegación de Carahue por el siguiente: el camino de Nueva Imperial a Catripulli, desde el estero Molco hasta el lindero norte del predio Santa Rosa, de Alejandro Urrutia M. (rol 55712, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios Santa Rosa, de Alejandro Urrutia N.; San Luis, de Luisa Urrutia G. (rol 55710, vigente en 1965) ; Santa Ester (Lt. 2), de Efraín Fernández B. (rol 5576, vigente en 1965), y Santa Ester (Lt. 3.), de Carmen Rodríguez V. (rol 5573, vigente en 1965), desde el camino de Nueva Imperial a Catripulli hasta el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J. (rol 5572, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J., desde el lindero norte del predio Santa Ester (Lt. 3), de Carmen Rodríguez V., hasta su lindero norte; la línea de linderos que limita por el norte los predios San Alejandro, de Taludino Carrillo J.; Molco, de Graciela. Lagos G. (rol 5571, vigente en 1965), y Las Rosas, de Raúl Araneda R. (rol 5466, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J., hasta el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R.; el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R., desde su lindero norte hasta el lindero norte del predio Las Rosas, de Margarita González S. (rol 5465, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios Las Rosas, de Margarita González S.; Las Rosas, de Virginia Rebolledo R. (rol 5464, vigente en 1965) ; El Porvenir, de Ruperto Araneda A. (rol 5462, vigente en 1965), y La Colonia, de Alejandro Riquelme P. (rol 5461, vigente en 1965), desde el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R., hasta el estero Comoe; el estero Comoe, desde el lindero norte del predio La Coloniá, de Alejandro Riquelme P., hasta el lindero sur de la antigua hijuela 122a; la línea de linderos que limita, entre otras, por el sur, las antiguas hijuelas 122a, 120, 118 y 117, desde el estero Comoe hasta el lindero poniente de la antigua hijuela 117; el lindero poniente de la antigua, hijuela 117, desde el lindero sur de dicha hijuela hasta el estero Llabotra; el estero Llabotra, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 117 hasta su confluencia con el estero Curi leufu, y el estero Curileufu, desde su confluencia con el estero Llabotra hasta el lindero poniente de la antigua hijuela 84. Artículo 7ºModifícanse los límites este, sur y oeste de la comunasubdelegación de Saavedra, por los siguientes: Este: El lindero poniente de las antiguas hijuelas 282, 252, 223, 194, 168, 142 y 118, desde el lindero norte de la antigua hijuela 283 hasta el lindero norte de la antigua hijuela 100; el lindero norte y poniente de la antigua hijuela 100, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 118 hasta el lindero norte de la antigua hijuela 84; el lindero norte, poniente y sur de la antigua hijuela 84, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 100 hasta el lindero poniente de la antigua hijuela 78; el lindero poniente de las antiguas hijuelas 78 y 76, desde el lindero sur de la antigua hijuela 84 hasta el río Imperial ; el río Imperial, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 76 hasta la desembocadura del estero Chacai; el estero Chacai, desde su desembocadura en el río Imperial hasta su confluencia con el estero Huillinco; el estero Huillinco, desde su confluencia con el estero Chacai hasta el lindero poniente de la antigua hijuela 46; la línea de linderos que limita, entre otras, por el poniente, las antiguas hijuelas 46 y 84, desde el estero Huillinco hasta el estero Curileufu; el estero Curi leufu, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 84 hasta su confluencia con el estero Llabotra; el estero Llabotra, desde su confluencia con el estero Curileufu hasta el lindero poniente de la antigua, hijuela 117; el lindero poniente de la antigua hijuela 117, desde el estero Llabotra hasta el lindero sur de dicha hijuela, y la línea de linderos que limita, entre otras, por el sur, las antiguas hijuelas 117, 118, 120 y 122a, desde el lindero poniente de la antigua hijuela 117 hasta el estero Comoe. Sur: El estero Comoe, desde el lindero sur de la antigua hijuela 122a hasta la desembocadura del estero Hualpín; el estero Hualpín, desde su desembocadura en el estero Comoe hasta el lindero norte del predio El Manzano, de María Cruz Stuardo (rol 55319, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios El Manzano, de María Cruz Stuardo; El Parrón, de María Cruz Stuardo (rol 55318, vigente en 1965), y El Guindo, de Mercedes Stuardo T. (rol 55315, vigente en 1965), desde el estero Hualpín hasta el lindero entre los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T., y Hualpín, de Juan Santo' Vega L. y otro; el lindero entre los predios antes citados, desde el lindero norte del predio El Guindo, de Mercedes Stuardo T., hasta el estero Bolleco; el estero Bolleco, desde el lindero que separa los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T., y Hualpín, de Juan Santos Vega L. y otro (rol 55314, vigente en 1965), hasta el lindero entre los predios Motrolhue, de Margarita Stuardo S. (rol 55213, vigente en 1965), y Bilbao, de Elfrén Zambrano S. (rol 5511, vigente en 1965) ; la línea de linderos que separa, por una parte, los predios Motrolhue, de Margarita Stuardo S.; Motrolhue, de José Vega 8. (rol 55214, vigente en 1965) ; El Número, de Juan de Dios Leal L. (rol 55215, vigente en 1965) ; El Membrillo, de Benjamín Suazo N. (rol 55217, vigente en 1965) ; Hijuela Chica., de José Peña R. y otro (rol 55218, vigente en 1965) ; El Careen, de Juan Leal L. (rol 55220, vigente en 1965), y Bolleco, de José Peña R. (rol 55221, vigente en 1965) ; de los predios Bilbao, de Elfrén Zambrano S.; Infiernillo, de la Suc. José Stuardo M. (rol 55126, vigente en 1965) ; Bella Vista, de Lorenza Durán L. (rol 55125, vigente en 1965) ; Bella Vista, de Abel Leiva A. (rol 55124, vigente en 1965) ; Bolleco, de Juana Leiva A. (rol 55122, vigente en 1965, y Número Cuatro, de José Peña. R. (rol 55121, vigente en 1965) ; por la otra, desde el estero Bolleco hasta la, faja Nº 10; la faja Nº 10, desde el lindero entre los predios Bolleco y Número Cuatro, de José Peña R., hasta el lago Budi, y el lago Budi, y su prolongación en línea recta, desde la faja Nº 10 hasta el Océano Pacífico. Oeste: El Océano Pacífico, desde la prolongación en línea recta del lago Budi hasta la desembocadura del río Tirúa. Artículo 8º El límite oeste del departamento de Temuco, entre los ríos Toltén y Quepe, corresponda al mismo que establece la presente ley para el comunal oeste de Freire. Artículo 9º Modifícanse los límites este, sur y oeste del departamento de Imperial, por los siguientes: Este: El camino de Galvarino a Temuco, desde el lindero sur de la antigua hijuela 492 hasta el estero Renaco, en el vado da Las Toscas; el estero Renaco, desde el vado de Las Toscas hasta la desembocadura del estero Pichicautín o Yapeleo; el estero Pichicautín o Yapeleo, desde su desembocadura en el ástero Renaco hasta su origen; una línea recta, desde el origen del estero Pichicautín o Yapeleo hasta el origen del estero de Tranahuillín, el estero Tranahuillín, desde su origen hasta su desembocadura en el río Cholchol; el río Cholchol, desde la desembocadura del estero Tranahuillín hasta la desembocadura del estero Fisquico; el estero Fisqui co, desde su desembocadura en el río Cholchol hasta el camino alto de Nueva Imperial a Temuco; el camino alto de Nueva Imperial a Temuco, desde el estero Fisquico hasta el lindero oriente de la antigua hijuela 366; la línea, de linderos que limita, entre otras, por el oriente, las antiguas hijuelas 366, 368, 290, 309 y 312, desde el camino alto de Nueva Imperial a Temuco hasta el río Quepe; el río Quepe, desde el lindero oriente de la antigua hijuela 312 hasta el lindero poniente de la antigua hijuela 104, y la línea recta de linderos que limita, entre otras, por el poniente, las antiguas hijuelas 104 y 191, y su prolongación, desde el río Quepe hasta el estero Rehuelhue. Sur: El estero Rehuelhue, desde la prolongación de la línea, recta de linderos, que limita, entre otras, por el poniente, las antiguas hijuelas 104 y 191 hasta el lindero oriente del predio San Juan, de Miguel Diez S. (rol 62337, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el oriente los predios San Juan, de Miguel Diez S.; El Laurel, de Margarita Mellado vda. de A. (rol 62335, vigente en 1965) ; Santa Virginia, de Damián Concha S. (rol 6239, vigente en 1965) ; El Carmen, de Damián Concha S. (rol 62315, vigente en 1965) ; Neicuf, de Carlos Sáez C. (rol 62340, vigente en 1965) ; Neicuf, de Juan Sáez C. (rol 62341, vigente en 1965), y La Patagua, de Juan Hueche C. (rol 62225, vigente en 1965, desde el estero Rehuelhue hasta el estero Neicuf; el estero Neicuf, desde el lindero oriente del predio La Patagua, de Juan Hueche C., hasta el lindero oriente del predio El Rincón, de Damián Concha S. (rol 62314, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio antes citado, desde el estero Neicuf hasta el lindero sur del predio El Alma, de César Tenorio I. (rol 62444, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el sur los predios El Alma, de César Tenorio I.; Santa Inés, de José Jaque M. (rol 6216, vigente en 1965), y Las Margaritas, de Bernardino Curaqueo U. (rol 62436, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio El Rincón, de Damián Concha S., hasta el lindero oriente del predio Trangoy, de Zoila Baeza vda. de R. (rol 62438, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio de Zoila Baeza. vda. de R., desde el lindero sur del predio Las Margaritas, de Bernardino Curaqueo U., hasta su lindero sur; la línea de linderos que limita por el sur los predios Trangoy, de Zoila Baeza vda. de R.; Manuel Huaiquilaf E.; San Juan, de Avelina Quilaqueo Q. (rol 62348, vigente en, 1965) ; Los Avellanos, de Carlos Jofré Núñez (rol 62425, vigente en 1965) ; La Felicidad, de Esteban Huaiquil C. (rol 62452, vigente en 1965), y Descanso, de la Suc. Vicente Rivas C. (rol 62453, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio de Zoila Baeza vda. de R., hasta el estero Mañío; el estero Mañío, desde el lindero sur del predio Descanso, de la Suc. Vicente Rivas C., hasta el estero Molco; el estero Molco, desde su desembocadura en el estero Mañío hasta el camino de Nueva Imperial a Catripulli; el camino de Nueva Imperial a Catripulli, desde el estero Molco hasta el lindero norte del predio Santa Rosa, de Alejandro Urrutia N. (rol 55712, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios Santa Rosa, de Alejandro Urrutia N.; San Luis, de Luisa Urrutia G. (rol 55710, vigente en 1965) ; Santa Ester (Lt. 2), de Efraín Fernández B. (rol 5576, vigente en 1965), y Santa Ester (Lt. 3), de Carmen Rodríguez V. (rol 5573, vigente en 1965), desde el camino de Nueva Imperial a Catripulli hasta el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J. (rol 5572, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J., desde el lindero norte del predio Santa Ester (Lt. 3), de Carmen Rodríguez V., hasta su lindero norte; la línea de linderos que limita por el norte, los predios San Alejandro, de Taludino Carrillo J.; Molco, de Graciela Lago G. (rol 5571, vigente en 1965), y Las Rosas, de Raúl Araneda R. (rol 5466, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J., hasta el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R.; el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R., desde su lindero norte hasta el lindero norte del predio Las Rosas, de Margarita González S. (rol 5465, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios Las Rosas, de Margarita González S.; Las Rosas, de Virginia Rebolledo R. (rol 5464, vigente en 1965) ; El Porvenir, de Ruperto Araneda A. (rol 5462, vigente en 1965), y La Colonia, de Alejandro Riquelme P. (rol 5461, vigente en 1965), desde el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R., hasta el estero Comoe; el estero Comoe, desde el lindero norte del predio La Colonia, de Alejandro Riquelme P., hasta el estero Hualpín; el estero Hualpín, desde su desembocadura en el estero Comoe hasta el lindero norte del predio El Manzano, de María Cruz Stuardo (rol 55319, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios El Manzano, de María Cruz Stuardo; El Parrón, de María Cruz Stuar dodo (rol 55318, vigente en 1965), y El Guindo, de Mercedes Stuardo T. (rol 55315, vigente en 1965), desde el estero Hualpín hasta el lindero entre los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T., y Hualpín, de Juan Santos Vega L. y otro; el lindero entre los predios antes citados, desde el lindero norte del predio El Guindo, de Mercedes Stuardo T., hasta el estero Bolleco; el estero Bolleco, desde el lindero que separa los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T., y Hualpín, de Juan Santos Vega L. y otro (rol 55314, vigente en 1965), hasta el lindero entre los predios Motrolhue, de Margarita Stuardo S. (rol 55213, vigente en 1965), y Bilbao, de, Elfrén Zambrano S. (rol 5511, vigente en 1965) ; la línea de linderos, que separa, por una parte, los predios de Motrolhue, de Margarita Stuardo S.; Motrolhue, de José Vega S. (rol 55214, vigente en 1965) ; El Número, de Juan de Dios Leal L. (rol 55215, vigente en 1965) ; El Membrillo, de Benjamín Suazo K. (rol 55217, vigente en 1965) ; Hijuela. Chica, de José Peña R. y otro (rol 55218, vigente en 1965); El Carmen, de Juan Leal L. (rol 55220, vigente en 1965), y Bolleco, de José Peña R. (rol 55221, vigente en 1965), de los predios Bilbao, de Elfrén Zambrano S.; Infiernillo, de la Suc. José Stuardo M. (rol 55126, vigente en 1965) ; Bella Vista, de Lorenza Durán L. (rol 55125, vigente en 1965) ;Bella Vista, de Abel Leiva A. (rol 55124, vigente en 1965) ; Bolleco, de Juan Leiva A. (rol 55122, vigente en 1965), y Número Cuatro, de José Peña R. (rol 55121, vigente en 1965) ; por la otra., desde el estero Bolleco hasta la faja N9 10; la faja N9 10, desde el lindero entre los predios Bolleco y Número Cuatro, de José Peña R., hasta el lago Budi, y el lago Budi y su prolongación en línea recta, desde la faja N9 10 hasta el Océano Pacífico. Oeste: El Océano Pacífico, desde la prolongación en línea recta del lago Budi hasta la desembocadura del río Tirúa. Artículo 10. Modifícanse los límites norte y oeste del departamento de Pitruf quén, por los siguientes: Norte: El lago Budi y su prolongación en línea recta, desde el Océano Pacífico hasta la faja Nº 10; la faja N9 10, desde el lago Budi hasta el lindero entre los predios Bolleco (rol 55221, vigente en 1965), y Número Cuatro (rol 55121, vigente en 1965), de José Peña R.; la línea de linderos que separa, por una parte, los predios Bolleco, de José Peña R.; El Carmen, de Juan Leal L. (rol 55220, vigente en 1965) ; Hijuela Chica, de José Peña R. y otro (rol 55218, vigente en 1965) ; El Membrillo, de Benjamín Suazo M. (rol 55217, vigente en 1965) ; El Número, de Juan de Dios Legal L. (rol 55215, vigente en 1965) ; Motrolhue, de José Vega S. (rol 55214, vigente en 1965), y Motrolhue, de Margarita Stuardo S. (rol 55213, vigente en 1965) ; de los predios Número Cuatro, de José Peña R.; Bolleco, de Juana. Leiva A. (rol 55122, vigente en 1965) ; Bella Vista, de Abel Leiva A. (rol 55124, vigente en 1965) ; Bella Vista, de Lorenza Durán L. (rol 55125, vigente en 1965) ; Infiernillo, de la Suc. José Stuardo M. (rol 55126, vigente en 1965), y Bilbao, de Elfrén Zambrano S. (rol 5511, vigente en 1965) ; por la otra, desde la faja N9 10 hasta el estero Bolleco; el estero Bolleco, desde el lindero entre los predios Motrolhue, de Margarita Stuardo S., y Bilbao, de Elfrén Zambrano S., hasta el lindero que separa los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T. (rol 55315, vigente en 1965), y Hualpín, da Juan Santos Vega L. y otro (rol 55314, vigente en 1965) ; el lindero entre los predios antes citados, desde el estero Bolleco hasta el lindero norte del predio El Guindo, de Mercedes Stuardo T.; la línea'de linderos que limita por el norte los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T.; El Parrón, de María Cruz Stuardo (rol 55318, vigente en 1965), y El Manzano, de María Cruz Stuardo (rol 55319, vigente en 1965), desde el lindero entre los predios El Guindo, de Mercedes Stuardo T., y Hualpín, de Juan Santos Vega L. y otro hasta el estero Hualpín; el estero Hualpín, desde el lindero norte del predio El Manzano, de María Cruz Stuardo, hasta su desembocadura en el estero Comoe; el estero Comoe, desde la desembocadura del estero Hualpín hasta, el lindero norte del predio La Colonia, de Alejandro Riquelme P. (rol 5461, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el norte los predios La Colonia, de Alejandro Riquelme P.; El Porvenir, de Ruperto Araneda A. (rol 5462, vigente en 1965) ; Las Rosas, de Virginia Rebolledo R. (rol 5464, vigente en 1965), y Las Rosas, de Margarita González S. (rol 5465, vigente en 1965), desde el estero Comoe hasta el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R. (rol 5466, vigente en 1965) ; el lindero poniente del predio antes citado, desde el lindero norte del predio Las Rosas, de Margarita González S., hasta el lindero norte del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R.; la línea de linderos que limita por el norte los predios Las Rosas, de Raúl Araneda R.; Molco, de Graciela Lagos G. (rol 5571, vigente en 1965), y San Alejandro, de Taludino Carrillo J. (rol 5572, vigente en 1965), desde el lindero poniente del predio Las Rosas, de Raúl Araneda R., hasta el lindero oriente de la propiedad de Taludino Carrillo J.; el lindero oriente del predio antes citado, desde su lindero norte hasta el lindero norte del predio Santa Ester (Lt. 3), de Carmen Rodríguez V. (rol 5573, vigente en 1965; la línea de linderos que limita por el norte los predios Santa Estar (Lt. 3) ; Santa Ester (Lt. 2), de Efraín Fernández E. (rol 5576, vigente en 1965) ; San Luis, de Luisa Urrutia G. (rol 55710, vigente en 1965), y Santa Rosa, de Alejandro Urrutia N. (rol 55712, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio San Alejandro, de Taludino Carrillo J., hasta el camino de Catripulli a Nueva Imperial; el camino de Catripulli a Nueva Imperial, desde el lindero norte del predio Santa Rosa, de Alejandro Urrutia N., hasta el estero Molco; el estero Molco, desde el camino de Catripulli a Nueva Imperial, hasta su desembocadura en el estero Mañío; el estero Mañío desde la desembocadura del estero Molco hasta el lindero sur del predio Descanso de la Suc. Vicente Rivas C. (rol 62453, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita por el sur los predios Descanso, de la Suc. Vicente Rivas C.; La Felicidad, de Esteban Hua quil C. (rol 62452, vigente en 1965) ; Los Avellanos, de Carlos Jofré Núñez (rol 62425, vigente en 1965) ; San Juan, de Avelina Quilaqueo Q. (rol 62348, vigente en 1965) ; Manuel Huaiquilaf E., y Trangoy, de Zoila Baeza vda. de R. (rol 62438, vigente en 1965), desde el estero Mañío hasta el lindero oriente del predio de Zoila Baeza vda. de R.; el lindero oriente del predio antes citado, desde su deslinde sur hasta el lindero sur del predio Las Margaritas, de Bernardino Curaqueo U. (rol 62436, vigente en 1965) ; el lindero sur de los predios Las Margaritas, de Bernardino Curaqueo U.; Santa Inés, de José Jaque M. (rol 6216, vigente en 1965), y El Alma, de César Tenorio I. (rol 62444, vigente en 1965), desde el lindero oriente del predio de Zoila Baeza vda. de R., hasta el lindero oriente del predio El Rincón, de Damián Concha S. (rol 62314, vigente en 1965) ; el lindero oriente del predio antes citado, desde el lindero sur del predio El Alma, de César Tenorio I., hasta el estero Neicuf; el estero Neicuf, desde el lindero este del predio El Rincón, de Damián Concha. S., hasta el lindero oriente del predio La Patagua, de Juan Hueche C.; la línea de linderos que limita por el oriente los predios La Patagua, de Juan Hueche C. (rol 62225,vigente en 1965) ; Neicuf, de Juan B. Sáez C. (rol 62341, vigente en 1965) ; Neicuf, de Carlos Sáez C. (rol 62340, vigente en 1965) ; El Carmen, de Damián Concha S. (rol 62315, vigente en 1965) ; Santa Virginia, de Damián Concha S. (rol 6239, vigente en 1965) ; El Laurel, de Margarita Mellado vda. de A. (rol 62335,vigante en 1965), y San Juan, de Miguel Diez S. (rol 62337, vigente en 1965), desde el estero Neicuf hasta el estero Rehuelhue; el estero Rehuelhue, desde el lindero oriente del predio San Juan, de Miguel Diez S., hasta el lindero poniente del predio Huilío, de Eduardo Navarrete S. (rol 30326, vigente en 1965) ; el lindero poniente de los predios Huilío, de Eduardo Navarrete S. y Constantina González vda. de S. (rol 30328, vigente en 1965), desde el estero Rehuelhue hasta el lindero oriente del predio La Florida, de Pedro Sáez P. (rol 6298, vigente en 1965) ; la línea de linderos que limita, entre otros, por el oriente, los predios La Florida, de Pedro Sáez P.; San Juan de Dios, de Juan Quilaqueo. (rol 62927, vi, gente en 1965) ; José Alarcón C. (rol 6288, vigente en 1965) ; San Remigio, de Félix García A. y otro (rol 62810, vigente en 1965) ; Los Cipreses, de Polidoro García A. (rol 62812, vigentes en 1965) ; Huilío, de Carmen Chávez L. (rol 62811, vigente en 1965) ; Huilío, de la Suc. Penna (rol 63012, vigente en 1965), y San Antonio, de Mercedes Quintrucura R. (rol 63016, vigente en 1965), desde el lindero poniente del predio Huilío, de Constantina González vda. de S., hasta el lindero sur del predio San Antonio, de Mercedes Quintrucura R.; una línea recta, desde la conjunción de los deslindes oriente y sur del predio San Antonio antes citado hasta la conjunción de los deslindes norte y oriente del predio Santa Juana, de la Suc. Avelino Mora (rol 63019, vigente en 1965) ; el deslinde oriente del predio antes citado, desde su deslinde norte hasta el estero Llollelhue; le estero Llollelhue, desde el lindero oriente del predio Santa Juana, de la Suc. Avelino Mora, hasta, la línea de linderos que limita por el oriente los predios de la Reducción Ignacio Huilcán (rol 63020, vigente en 1965), e Isla Bolonio, de Florentina Pérez vda. de P. (rol 30421, vigente én 1965) ; dicha línea de linderos, desde el estero Llollelhue hasta el río Toltén, y el río Toltén, desde el lindero oriente del predio Isla Bolonio, de Florentina Pérez vda. de P. (rol 30421, vigente en 1965), hasta, la desembocadura del río Voipir. Oeste: El Océano Pacífico, desde la Punta Ronca hasta la línea recta, que une el lago Budi con el océano. Artículo 11..Las cuentas por pagar de las actuales Municipalidades de Saavedra., Nueva Imperial, Toltén, Carahue y Freire, serán de cargo de estas Corporaciones. Las contribuciones, patentes, cuentas y demás créditos a favor de las Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial, Toltén, Carahue y Freire, dependientes a la fecha, de la promulgación de la presente ley, y que correspondan a la nueva Municipalidad de Teodoro Schmidt, deberán pagarse a las Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial, Toltén, Carahue y Freire. La Municipalidad de Teodoro Schmidt no podrá cobrar suma alguna de dinero, devengada con anterioridad a la fecha de vigencia de esta ley, a las Municipalidades de Saavedra, Nueva Imperial, Toltén, Carahue y Freire, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por estas Municipalidades. Artículo 12.Facúltase al Presidente de la República para convocar a inscripciones especiales en los nuevos Registros Electorales de la comunasubdelegación de Teodoro Schmidt. La Municipalidad respectiva será elegida en la fecha en que corresponda efectuar la próxima elección ordinaria de Regidores de todo el país. Artículo 13.Autorízase al Presidente de la República para nombrar una Junta de Vecinos en la nueva comunasubdelegación de Teodoro Schmidt, creado por esta. ley, compuesta de cinco miembros, a uno de los cuales designará Alcalde. Esta Junta de Vecinos tendrá a su cargo la administración comunal, hasta que entre en funciones la Municipalidad que deberá elegirse en forma ordinaria de acuerdo a la Ley de Elecciones. Artículo 14.Autorízase al Presidente de la República para que, dentro de los treinta días siguientes a la vigencia de esta ley, dicte las providencias necesarias para organizar en la nueva comunasub delegación los servicios necesarios para la administración comunal. Artículo 15.Extiéndese a las disposiciones de la presente ley la autorización concedida al Presidente de la República por el artículo 2º de la ley Nº 4.544, de 25 de enero de 1929." Sala de la Comisión, 31 de agosto de 1967. (Fdo.) : Jorge Lavandero. Eduardo Cerda. Orlando Poblete." Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores Lavandero (Presidente), Cademártori, Cerda, don Eduardo ; Irureta, Lazo, doña Carinen; Muga, Phillips, Poblete, Rodríguez, don Juan, y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Lavandero. (Fdo.) : Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión." 51.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros un proyecto de ley, originado en una moción del señor Valente, que autoriza a la Municipalidad de Pica para contratar un empréstito. La Municipalidad en referencia tiene especial interés en atender la ejecución de todas las obras de urbanización que hasta la fecha no ha podido realizar debido a los escasos recursos de que dispone. Cabe señalar al respecto, que sólo hace muy poco tiempo se dio término a la instalación de los servicios de agua potable y alumbrado público, de los cuales carecían los habitantes de Pica, como en la actualidad carecen de los relativos a la pavimentación de sus calles que son barridas por los vientos pampinos. Estas últimas obras y aquellas destinadas al ornato de la ciudad, permitirán mejorar notablemente las condiciones en que vive la población, y aún más harán posible el desarrollo de otras actividades, como la turística, debido a las excepcionales posibilidades que tiene en este aspecto una región como ésta. La Comisión comparte con el autor de esta iniciativa de ley, la autorización que se otorga a la Municipalidad de Pica para obtener créditos hasta por una cantidad de E9 100.000, y destinar esta suma a las obras que se ha hecho referencia. Para atender el servicio del o los préstamos que se obtengan, se destinan los fondos provenientes de la aplicación de la letra e) del artículo 29, del Decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, los cuales se complementan con los recursos que corresponde percibir a este Municipio de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 de la ley N9 11.828, modificada por la ley N9 16.425, de 25 de enero de 1966. En virtud de la letra e) del artículo 29 del Decreto de Hacienda antes citado, la Municipalidad de Pica puede disponer de la cantidad de E9 4.340 anuales, y le es posible, también, destinar Eº 14.000 de los recursos de la ley del cobre, con lo cual obtiene el financiamiento adecuado para servir los intereses y amortizaciones de un préstamo o empréstito de E9 100.000 si éste se contrata a un plazo no inferior a diez años. La Comisión estima que esta materia de ley está debidamente financiada y propende a objetivos de interés público que son por ella compartidos. Por este motivo, le ha pretado su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1ºAutorízase a la Municipalidad de Pica para contratar con el Banco del Estado de Chile u otros organismos de crédito, nacionales o extranjeros, un préstamo hasta por la suma de cien mil escudos (E9 100.000). Artículo 2º El monto de este préstamo será invertido íntegramente, en la realización de obras de urbanización. Sin embargo, con el acuerdo de la mayoría de los dos tercios de sus regidores en ejercicio, la Municipalidad podrá modificar el destino de esta inversión. Artículo 3º El préstamo a que se refiere el artículo primero de la presente ley, se servirá con los fondos provenientes de lo dispuesto en la letra e), del artículo 2º, del Decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, y el saldo que faltare para completar dicho servicio, con los recursos derivados de la aplicación del artículo 27, de la ley Nº 11.828, modificada por la ley Nº 16.425, de 25 de enero de 1966.". Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Orlando Poblete. Osvaldo Basso. Gustavo Cardemil." Aprobado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Cardemil, Poblete, Fuenzalida, Basso, Suárez, Papic y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Valente. (Fdo.) : José Manuel Matte Yañez, Secretario de Comisiones." 52.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR. "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informar el proyecto de ley, originado en una moción de los Honorables Diputados Valenzuela, don Renato, Sotomayor y Cancino por el cual se autoriza a las Municipalidades de San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo, Santa Cruz, Palmilla, Chépica, Peralillo, Mar chigüe, Pumanque, Paredones, Lolol, Rosario Lo Solís, la Estrella y Pichilemu para contratar empréstitos. Las Municipalidades indicadas necesitan realizar diversas obras de mejoramiento local, que se hacen indispensables para satisfacer necesidades de su población, y que no es posible lograrlas sin una ayuda financiera extraordinaria así como a la Municipalidad de San Fernando se destinan Eº 850.000 para realizar obras sanitarias y de alcantarillado en la comuna, adquisición de campos deportivos, ampliación de los existentes, ampliación del edificio Consistorial, mercado y matadero Municipal, aportes al Cuerpo de Bomberos, y otras que en el proyecto de ley se detallan. La Municipalidad de Placilla solicita autorización para contratar un empréstito hasta por Eº 100.000, destinado a adquirir terrenos para hacer la. Plaza de la localidad, aporte para abovedar el canal urbano, para construir tribunas populares en el Estadio Municipal y aporte a la Dirección de Obras Públicas para abrir, arreglar caminos y construir puentes. Se autoriza a la Municipalidad de Nancagua para contratar empréstitos hasta por la suma de Eº 200.000., destinados a un Centro de Atención Médica, aporte a la Dirección de Obras Públicas para arreglo y apertura de caminos, aporte a Endesa para luz eléctrica y aporte a la Sociedad de Establecimientos Educacionales para construcción Escuela de Ya quil. La Municipalidad de Chimbarongo requiere un empréstito de Eº 300.000., para instalar teléfonos rurales, construir el edificio Municipal y Teatro y aporte a la Endesa para luz eléctrica. Se autoriza a la Municipalidad de Santa Cruz para contratar un empréstito hasta por Eº 270.000., para construir un Hotel de Turismo y el edificio del Teatro Municipal. Por su parte, la Municipalidad de Palmilla solicita, la autorización necesaria para contratar empréstitos de E9 280.000 para aportar a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales de Pa niague, a la Dirección de Obras Públicas para abrir y arreglar caminos, a la Dirección de Pavimentación para construir veredas en la comuna de Palmilla, construc cin de una Plaza de Juegos Infantiles, instalación de teléfonos en Los Maquis y aporte a la Endesa para luz eléctrica. Los E9 180.000 que se autoriza contratar a la municipalidad de Chépica se invertirán en la expropiación de terrenos para trazar una calle en la Avenida 18 de Septiembre al Estadio, para construir una policlínica en Auquinco, y terminación del Estadio Municipal. La Municipalidad de Peralillo con los E9 160.000 que se le autoriza contratar, destina un aporte a Endesa para instalar luz eléctrica en Mata Redonda, Parrones y Molineros, terminación del estadio y Matadero Municipal en Villa Población y adquisición de una casa para la Policlínica de dicha localidad. Se autoriza a la Municipalidad de Mar chigüe para contratar un empréstito por E9 75.000 para aportar a Endesa con el fin de instalar luz eléctrica en Peñablan ca y arreglos de caminos y puentes. La Municipalidad de Pumanque con los E9 35.000 que se le autoriza, construirá un salón auditorio popular al servicio de Escuelas, Organizaciones Comunitarias y actividades artísticas. A la Municipalidad de Paredones se le autorizan Eº 28.000., que aportará a Endesa para luz eléctrica de Bucalemu. A su vez se autoriza a la Municipalidad de Lolol para contratar un empréstito hasta Eº 70.000 para instalar teléfonos, cerrar el Estadio y ampliar el cementerio. Los E9 35.000 que se autoriza contratar a la Municipalidad de Rosario de Lo Solís se aportarán a Endesa para luz eléctrica en Rauquilco, Talca y Maquehua. Se autoriza a la Municipalidad de Pi chilemu para contratar un empréstito hasta Eº 150.000., para proporcionar agua potable al pueblo de Viudas, prolongación eléctrica de Cáhuil a Barrancas y Las Villas, aporte a la Dirección de Obras Sanitarias y a la de Pavimentación. Finalmente a la Municipalidad de La Estrella se le autoriza Eº 40.000 para aportar a la Endesa para luz eléctrica, a la Dirección de Pavimentación y construcción de galerías en la Media Luna, Los avalúos de los Bienes Raíces de estas comunas son los siguientes: San Fernando, Eº 97.340.636; Placilla, Eº 12.820.217; Chimbarongo, E9 39.288.896; Nancagua, Eº 23.537.533; Lolol, E9 7.727.884; Santa Cruz, Eº 31.701.185; Chépica, Eº 20.806.047; Pumanque, Eº 4.097.363; Paredones, Eº 3.105.946; Palmilla, E9 31.588.896; Rosario de Lo Solís, E9 4.030.274; Pichile mu, Eº 16.560.040.; Ma.rchigüe, Eº 8.274.052; La Estrella, Eº 4.497.805; Peralillo, Eº 18.605.159. Para atender el servicio del o los empréstitos que se contraten, se destinará por las Municipalidades mencionadas, el rendimiento de las respectivas tasas parciales sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de las Municipalidades nombradas, establecidas en la letra e) del Decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N9 15.021. La disposición legal citada establece que la tasa de un 20 por mil en que se fija el Impuesto Territorial, estará formada, entre otras tasas particulares, por un uno por mil correspondiente al pago de los impuestos municipales. Vuestra Comisión ha estimado justo el deseo expresado por las Municipalidades antes citadas de contratar empréstitos municipales con los fines señalados, razón por la cual se recomienda la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º Autorízase a las Municipalidades que se indican y por las cantidades que se señalan para contratar, en forma directa e independiente cada una de ellas, en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones de crédito o ban carias y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años. Escudos a) Municipalidad de San Fernando 850.000 b) Municipalidad de Placilla 100.000 c) Municipalidad de Nancagua . . . 200.000 d) Municipalidad de Chimbarongo 300.000 e) Municipalidad de Santa Cruz 270.000 f) Municipalidad de Palmilla 280.000 g) Municipalidad de Chépica 180.000 h) Municipalidad de Peralillo 160.000 i) Municipalidad de Marchi güe 75.000 j) Municipalidad de Pumanque 35.000 k) Municipalidad de Paredones 28.000 1) Municipalidad de Lolol . . 70.000 11. m) Municipalidad de Rosario Lo Solís 35.000 n) Municipalidad de La Estrella 40.000 12, ñ) Municipalidad de Pichilemu 150.000 Escudos 1. 1.Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para Al 2. cantarillado y Agua Potable en la Comuna de San 3 Fernando 100.000 2.Iluminación, Ampliación, 4. mejoramiento y adquisición de Campos Deportivos . 190.000 3.Ampliación y mejoramiento alumbrado público en la Comuna de San Fernando 120.000 4.Ampliación Edificio Consistorial 45.000 5.Mercad o 30.000 6.Matadero Municipal . . . . 20.000 I. 7.Aporte a la " Dirección de 2. Turismo para habilitar zona de Balneario Popular en Puente Negro 25.000 3. 8.Adquisición furgón mortuorio 30.000 4. 9.Adquisición terrenos y habilitación de plazas de juegos infantiles 15.000 10.Adquisición liébres para servicio comunal .. . . .. 100.000 Aporte al Cuerpo de Bomberos para ampliación, mejoramiento edificios y adquisición materiales . . 55.000 Aporte a la Dirección de Pavimentación para construcción aceras y soleras 90.000 Aporte a Dirección de Obras Públicas para construcción de un Retén de Carabineros en Tinguiri rica 30.000 Eº 850.000 Municipalidad de Placilla. Compra de terrenos para Plaza Aporte para abovedar canal urbano Para tribunas populares en Estadio Municipal Aporte a Dirección de Obras Públicas para abrir y arreglar caminos y construcción Puentes Total Eº 100.000 Municipalidad de Nancagua. Escudos Centro Atención Médica . . 60.000 Aporte a la Dirección de Obras Públicas para arreglos y apertura de caminos 30.000 Aporte a Endesa para Luz Eléctrica 40.000 Aporte a Sociedad Establecimientos Educacionales para construcción Escuela Yaquil 70.000 Total Eº 200.000Municipalidad de Chimbarongo. Escudos 1.Teléfonos rurales 50.000 2.Edificio Municipal y Teatro . . 200.000 3.Aporte a Endesa para Luz Eléctrica 50.000 Total Eº 300.000 Municipalidad de Santa Cruz. Escudos 1.Edificio y Teatro Municipal 140.000 2.Para construcción Hotel Turismo de Santa Cruz . . 130.000 Total Eº 270.000 Municipalidad de Palmilla. Escudos 1.Aporte a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para construcción Escuela de Pania güe 100.000 2.Aporte a la Dirección de Obras Públicas para abrir y arreglar caminos 50.000 3.Aporte a la Dirección de Pavimentación para veredas y pavimentación en la Comuna de Palmilla . . . . 30.000 4.Plaza de Juegos Infantiles 20.000 5.Teléfono a Los Maquis . . 30.000 6.Aporte a Endesa para Luz Eléctrica 50.000 Total . . . E? 280.000 Municipalidad de Chépica. Escudos 1.Expropiación para sacar calle de 18 de Septiembre a Estadio 40.000 2.Policlínica de Auquinco . . 50.000 3.Veredas de Paredones de Auquinco y Auquinco. . . . 20.000 4.Teléfono Chépica Abajo . . 7.000 5.Teléfono Paredones de Auquinco 13.000 6.Terminación de Estadio . . 30.000 7.Expropiación calles al Rincón de Chépica, Luminarias de Chépica, Auquinco y Paredones de Auquinco . . 20.000 Total Eº 180.000 Municipalidad de Peralillo. Escudos 1.Aporte a Endesa para Luz Eléctrica en Mata Redonda, Parrones y Molinero . . . . 80.000 2.Terminación Cierro Estadio Municipal y Matadero en Villa Población 10.000 3.Construcción Teatro Municipal en Villa Población .... 50.000 4.Adquisición de casa para Policlínica en Villa Población 20.000 Total Eº 160.000 Municipalidad de Marchigüe. Escudos 1.Construcción salón auditorio popular al servicio de E s c u e las. Organizaciones Comunitarias, Actividades artísticas 35.000 Total.. . . Eº 35.000 Municipalidad de Paredones. Escudos 1ºAporte a Endesa para Luz Eléctrica para Bucalemu. . 28.000 Total Eº 28.000 Escudos 1.Teléfono 50.000 2.Cierre Estadio 8.000 3.Ampliación Cementerio, veredas 12.000 Total Eº 70.000 Municipalidad Rosario lo Solís. Escudos 1.Aporte a Endesa para Luz Eléctrica en Rauquilco, Talca y Manquehua . . . . 35.000 Total . Eº 35.000 Municipalidad de Pichilemu. Escudos 1.Agua Potable Pueblo de Viudas 20.000 2.Prolongación eléctrica de Cáhuil a Barrancas y La Villa 20.000 3.Expropiación baños tibios 20.000 4.Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para mejoramiento y Agua Potable en la Comuna de Pichilemu 60.000 5.Aporte a la Dirección de Pavimentación para aceras, calzadas y calles 15.000 6.Aporte para cerrar perímetro Estadio Municipal . . 15.000 Total Eº 150.000 Municipalidad La Estrella. Escudo 1.Aporte a la Endesa para Luz Eléctrica . . .... . . 20.000 2.Aporte a la Dirección de Pavimentación para veredas . . . . . . . 10.000 o.Construcción Galerías Me Total Eº 40.000 "Artículo 4ºDestínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contraten las Municipalidades señaladas, en el Artículo 1º, del rendimiento de las respectivas tasas parciales sobre el avalúo imponible de los bienes raíses de las Comunas de San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo, Santa Cruz, Palmilla, Chépica, Peralillo, Mar chigiie, Pumanque, Paredones, Lolol, Rosario Lo Solís, La Estrella, y Pichilemu, establecidas en la letra e) del artículo 2º del decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la Ley Nº 15.021. "Artícido 5ºLas Municipalidades indicadas, en sesiones extraordinarias especialmente citadas y con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio, podrán invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida consultada para una, si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. "Artícido 6ºEn caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, las Municipalidades respectivas podrán girar con cargo al rendimiento del tributo establecido en el artículo 4º para su inversión directa en las obras señaladas en el artículo 3º y hasta la total ejecución de las mismas. Podrán, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrajeren por un monto inferior al autorizado. "Artículo 7ºSi los recursos a que se refiere el artículo 4º fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, las Municipalidades respectivas completarán las sumas necesarias con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las sumas destinadas a sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de los personales de empleados y obreros municipales correspondientes. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordaren las respectivas Municipalidades en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los tercios de los Regidores en ejercicio. "Artículo 8ºEl pago de intereses y amortizaciones ordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto las Tesorerías Comunales de San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo, Santa Cruz, Palmilla, Chépica, Peralillo, Marchigüe, Pumanque, Paredones, Lolol, Rosario Lo Solís, La Estrella, Pichilemu, pondrán oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto de Alcalde si no se hubiere dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9ºLas Municipalidades respectivas depositarán en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, las Municipalidades mencionadas deberán consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzcan la contratación del o los empréstitos, y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley. Sala de la Comisión, 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luís Valente. Orlando Poblete. Jorge Santibáñez. Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Cardemil, Poblete, Fuenzalida, Basso, Suárez, Papic y Valente. Se designó Diputado Informante al Honorable Diputado, Cardemil. (Fdo.) : José Manuel Matte, Secretario de Comisiones". 53.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR. "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros un proyecto de ley, originado en una moción del señor Olave, que autoriza a la Municipalidad de Valdivia para contratar empréstitos. La Municipalidad en referencia, al igual que otros municipios del país, está abocada a satisfacer diversas necesidades que son de evidente urgencia para la población de su comuna. Es indudable que existe una verdadera preocupación edilicia de mejorar y perfeccionar los servicios comunales, la cual es más notoria en las comunas que tienen ciudades con un mayor número de habitantes. Con ello se persigue, además de otros fines, el establecer las condiciones favorables para fomentar el desarrollo económico y social de una zona, que resulte atractiva para la instalación de nuevas industrias y de actividades que redunden posteriormente en beneficio de la comunidad. Al efecto, Honorable Cámara, la Municipalidad de Valdivia, sin ser una excepción en este caso, ha previsto la conveniencia de ejecutar diversas obras que le irán permitiendo, a medida de sus posibilidades, el logro de los objetivos enunciados. En base a ellos, ha estimado conveniente requerir la autorización legal conducente a obtener los recursos que le son necesarios a través de un empréstico hasta por la cantidad de Eº 2.545.000.. Este préstamo será servido con los fondos que le corresponde percibir de conformidad a lo establecido en la letra e) del artículo 29 del Decreto de Hacienda N9 2047, de 29 de julio de 1965, o sea, con la tasa del uno por mil de impuesto territorial. El avalúo de la comuna asciende a E9 254.556.694, y el uno por mil de dicho avalúo a Eº 254.556. suma que aumentará progresivamente según aumente el avalúo indicado. El servicio de la deuda puede atenderse holgadamente, si el préstamo se contrata a un plazo no inferior a 10 años. En la iniciativa de ley en informe, además de las disposiciones que reglamentan el uso de la facultad que se otorga a la Municipalidad de Valdivia para contratar un empréstito y que son de común ocurrencia en esta legislación, se consultaba un artículo que autoriza a las Municipalidades de la provincia de Valdivia para enajenar terrenos de sus dominios, en venta privada, a personas de escasos recursos, que no fueren dueños de otros bienes raíces y reúnan determinados requisitos. Se estimó, al efecto, que esta disposición debería comprender una facultad permanente para todos los municipios de la República, por cuanto constituye un medio eficaz para satisfacer, en parte, las enormes necesidades habitacionales de los sectores de menores recursos de la población y no cabía, en consecuencia, limitar esta facultad sólo a los municipios de la provincia de Valdivia, debido a que el problema de falta de viviendas afecta por igual a todas las comunas del país. Vuestra Comisión comparte plenamente las aspiraciones de la Municipalidad de Valdivia, y la necesidad de facilitar la solución del problema habitacional en la forma como se plantea en esta iniciativa de ley. Por las razones expuestas os propone la aprobación del siguiente Proyecto del ley: "Artículo 1ºAutorízase a la Municipalidad de Valdivia para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otra institución de crédito, que produzcan hasta la suma de Eº 2.545.000, al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años. Artículo 2ºFacúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 3ºEl producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las siguientes obras: 1) Compra de vehículos e implementos, para la movilización gratuita de estudiantes en la comuna de Valdivia . E9 2) Adquisición de uno o más predios para crear un Parque Industrial destinado a la ampliación e/o instalación de nuevas industrias. 3) Adquisición de uno o más predios para crear nuevas poblaciones 4) Habilitación y mejoramiento del Estadio Municipal 5) Erogación para camino de Valdivia a la playa de Curiñanco . 6) Pavimentación de barrios populares . . . 300.000. 7) Extensión y mejoramiento de la. red de agua potable 250.000. 8) Extensión y mejoramiento de la red de alumbrado público. . 250.000. Eº 2.545.000. Artículo 4º La Municipalidad podrá, con acuerdo adoptado en sesión extraordinaria especialmente citada para el objeto y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, aumentar la partida consultada para una de las obras si resultare insuficiente para su total ejecución con fondos de las otras, alterar el orden de prelación en la ejecución de ellas, e invertir los saldos de una en otra. Artículo 5º La Municipalidad de Valdivia servirá los empréstitos que se autoriza contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destina a este objeto el decreto de Hacienda N9 2047, de 29 de julio de 1965. Artículo 6º Autorízase, en caso de contratarse en parte o de no contratarse los empréstitos referidos en el artículo 1º, la inversión directa en la ejecución de las obras indicadas en el artículo 3º, del uno por mil a que se refiere el artículo anterior, y su percepción por la Municipalidad hasta la terminación de las obras. Artículo 7º El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de los empréstitos se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Valdivia, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde, en el caso de que éste no haya sido dictado en la debida oportunidad. La Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el servicio de la deuda interna. Artículo 8º La Municipalidad de Valdivia depositará en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio de los préstamos hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad referida deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzcan la contratación del empréstito, y en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley. Artículo 9ºLa Municipalidad publicará en un diario o periódico del departamento y en la primera quincena del mes de enero de cada año, un estado del servicio de los préstamos y de las inversiones con los fondos que la ley consulta. Artículo 10.Autorízase a las Municipalidades del país para enajenar terrenos de su dominio, en venta privada, a personas de escasos recursos que no sean dueños de bienes raíces y reúnan los requisitos que se establezcan en el Reglamento que cada Corporación deberá aprobar con acuerdo de los 4/5 de sus regidores en ejercicio. La venta deberá acordarse con el mismo quorum anterior, en un precio mínimo que corresponda al avalúo fiscal del terreno e incluya el costo de su urbanización, el que se pagará en un plazo de diez años. Podrá comprenderse en la venta una habitación económica de un costo máximo que, sumado al valor del terreno, dé un precio total que no exceda de un sueldo vital anual del Departamento de Santiago. En el ejercicio de esta facultad, las Municipalidades podrán vender terrenos de su actual dominio o de los que adquieran en el futuro a cualquier título." Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luis Valente. Mario Fuenzalida.Osvaldo Basso." Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Basso, Cardemil, Fuenzalida, Papic, Poblete, Suárez y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Acevedo. (Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario de Comisiones." 54.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR. "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros un proyecto de ley, originado en una moción de los señores Cabello, Ramírez y Aravena, por el cual se autoriza a las Municipalidades de Talca, Maule, Pelarco, Río Claro, San Clemente, Pencahue, Molina, Sagrada Familia y Cu repto para contratar empréstitos. Las Municipalidades señaladas tienen imperiosa necesidad de ejecutar importantes obras de adelanto local, con el objeto de satisfacer las urgentes necesidades de su población. Estas obras necesitan, para su materialización, de aportes extraordinarios que incrementen sus fondos. Esta situación mueve a la Corporación Edilicia de Talca a requerir un empréstito de hasta Eº 3.000.000. para desarrollar un plan de pavimentación; construcción de aceras y calzadas; embaldosamiento de la Plaza Arturo Prat; adquisición de terrenos para erradicar poblaciones marginales; construcción de alcantarillado; mejoramiento de campos deportivos y balnearios populares; subvenciones a diversas instituciones; compra de automóviles y vehículos de aseo; adquisición de maquinarias para el Cuertel Urbano Municipal; aportes educacionales a diversas escuelas; a clubes deportivos; a la Universidad técnica de Talca, y una serie de destinaciones que tienen por objeto dar una adecuada solución a problemas de distinta índole. Por su parte la Municipalidad de Maule solicita autorización para contratar un préstamo hasta por Eº 340.000., para construcción de plazas con juegos infantiles; ampliación y mejoramiento del Estadio Municipal; creación de un cementerio; instauración de un campo deportivo en San Manuel; terminación del Teatro Municipal; reparación de la tenencia de Carabineros; mejoramiento del servicio de alumbrado público, y desarrollo de un plan de pavimentación, construcción de aceras y calzadas. Se autoriza a la Municipalidad de Pelarco para contratar un empréstito de Eº 250.000. destinados a habilitar un edificio para Carabineros de Chile; a la adquisición de terrenos para la erradicación de poblaciones marginales; a desarrollar un plan de pavimentación; a mejoramiento de campos deportivos; a extensión y mejoramiento de la red de agua potable y de alcantarillado, y a la construcción de un matadero. La Municipalidad de Río Claro requiere un empréstito de Eº 240.000. con el objeto de destinarlos a la instalación de un teléfono público; para la adquisición de una ambulancia; para mejorar y ampliar el servicio de alumbrado público; instalación de una red de agua potable; compra de terrenos para habilitarlos como campos deportivos; ampliación y reparación del Cementerio; construcción de juegos infantiles; terminación del Teatro y Matadero Municipales. A su vez la Municipalidad de San Clemente solicita Eº 1.100.000. para emplearlos en el desarrollo de un plan de pavimentación, construcción de aceras y calzadas ; en la ampliación del Cementerio; en la construcción del Teatro Municipal; en la ampliación de la red de alumbrado público; en la reparación y ampliación de campos deportivos, en la reparación y remodelación del Matadero Municipal y otras obras de adelanto. A la Municipalidad de Pencahue se la autoriza para contratar un empréstito hasta por la cantidad de Eº 160.000. para emplearlos, entre otros, en el mejoramiento y ampliación del servicio de alumbrado público; en la instalación de juegos infantiles. La Municipalidad de Molina requiere Eº 800.000. para realizar trabajos de agua potable y electrificación en diferentes sectores; para habilitar, mejorar y comprar terrenos para campos deportivos; para adquirir vehículos motorizados; para realizar obras de pavimentación, y para la construcción del edificio para el Cuerpo de Bomberos. Asimismo, se autoriza a la Municipalidad de Sagrada Familia para contratar un empréstito de Eº 250.000. para ser invertidos en la construcción de soleras, aceras y calzadas; para dotar de alcantarillado a dicho pueblo; para cierros de estadios; para mejoramiento del alumbrado público y para la construcción de una piscina. Finalmente, se otorga la autorización que corresponde, a la Municipalidad de Curepto, para que contrate un préstamo equivalente a la suma de Eº 115.000. para mejorar y extender el servicio de alumbrado público; para el desarrollo de un plan de pavimentación; para mejorar campos deportivos y extender la red de agua potable. Estas comunas tienen los siguientes avalúos de bienes raíces: Talca, escudos 206.381.995; Maule, Eº 17.563.753; Pe larco., Eº 24.930.356; Río Claro, escudos 24.204.194; San Clemente, Eº 122.615.286; Pencahue, Eº 8.124.716; Molina, escudos 45.289.003; Sagrada Familia, escudos 16.928.192, y Curepto, Eº 7.588.694. Para atender el servicio del o los empréstitos que se contraten, será destinado el rendimiento de las respectivas tasas parciales sobre el avalúo imponible de los bienes raíces, por las Municipalidades indicadas, que se establecen en la letra e) del Decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, que reglamentó la ley N9 15.021. Esta disposición establece que la tasa de un 20 por mil, en que se fija el Impuesto territorial estará formada, entre otras tasas particulares, por un uno por mil correspondiente al pago de los impuestos municipales. Por las consideraciones expuestas, vues tra Comisión considera de toda justicia el deseo manifestado por las Municipalidades referidas de contratar empréstitos con los fines establecidos y, por consiguiente, os recomienda la aprobación del proyecto en los términos que a continuación se señalan : Proyecto de ley: "Artículo 1ºAutorízase a las Municipalidades que se indican y por las cantidades que se señalan para contratar, en forma directa e independiente cada una de ellas, en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones de crédito o bancarias. empréstitos a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años. a) Municipalidad de Talca E9 3.000.000. b) Munici palidad de Maule 340.000. c) Municipalidad de Pe larco 250.000. d) Municipalidad de Río Claro . 240.000. e) Municipalidad de San Clemente 1.100.000. f) Municipalidad de Pencahue 160.000. g) Municipalidad de Molina 800.000. h) Municipalidad de Sagrada Familia. . . . 250.000. i) Municipalidad de Cu repto 115.000. "Artículo 2º Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. "Artículo 3ºEl producto del o los empréstitos que cada una de las Municipalidades contraten, en virtud de la autorización concedida en el artículo 1º, deberá invertirse en la ejecución de las siguientes obras: Municipalidad, de Talca 1.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para desarrollar un plan de pavimentación, construcción de aceras y calzadas en el barrio oriente de Talca Eº 400.000. 2.Embaldosamiento de la Plaza Arturo Prat de Talca. . . 50.000. 3.Terminación construcción Cuartel Cuarta Compañía de Bomberos de Talca. 20.000. 4.Aporte a la Dirección General de Obras Públicas para ejecutar trabajos con aportes de la Comunidad en Cooperativas de viviendas y poblaciones marginales y adquirir terrenos para irradicar poblaciones marginales de Talca 150.000. 5.Para construcción Cuartel Segunda Compañía Bomberos Barrio Norte . . . 10.000. 6.Aporte al Centro de Vecinos de la Población Oriente de Talca para obras de adelanto del barrio 30.000. 7.Para construcción de alcantarillado, colector Norte de Talca 200.000. 8.Aporte para construcción Estadio Barrio Norte 100.000. 9.Mejoramiento campo deportivo Población Costanera o Tomás Marín de Poveda y plaza juegos infantiles 30.000. 10.Aporte a la Dirección Zonal de Obras Públicas para la apertura de calle 6 Oriente hacia Población "Brilla el Sol" y construcción de un puente.en ese sector 110.000. 11.Para comprar o construir Sede Comunitaria Población Tomás Marín de Po veda 25.000. 12.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para desarrollar un plan de pavimentación, construcción de ace / ras y calzadas en la Comuna 500.000. 13.Para mejoramiento de los balnearios populares Regidor Guillermo Urzúa y Lir cay de Talca . . . 25.000. 14.Aportes a los centros de padres del Liceo de Hombres Talca y Seminario San Pelayo de Talca para habilitar y mejorar sus locales y construir obras en sus respectivos colegios. (Ambos sonCentenarios) . . . 15.Subvención Liceo Particular (gratuito) Nocturno barrio Oriente 16.Subvención Casa de de Huérfanos de Talca 17.Aporte al Club Deportivo Atlético Comercio para terminar su estadio techado 18.Aporte para ampliación y construcción sede social de la Asociación Rehabilitados Alcohólicos de Talca (ARDA) . . 19.Compra de un Furgón para la Cuarta Comisaría Rural de Carabineros de Talca 20.Aporte para construcción Cuartel de Carabineros Población Manso de Ve lasco de Talca. . . 21.Para adquisición de vehículos de aseos, camiones recolectores de basura y un buldozzer 22.Compra de maquinarias para el Cuartel Urbano Municipal 23.Aporte para la Biblioteca Municipal . 24.Aportes Educacionales a las diferentes escuelas de la Comuna, para reparaciones, construcción, ampliación y habilitación de locales escolares. . . . 100.000. 25.Aporte a los clubes deportivos para terminaciones de sus gimnasios techados, 5.000. Club 21 de Mayo, Deportivo Oriente, Santa Ana y Juvenil 30.000. Seminario . . . . 50.000. 26.Aporte a la Universidad Técnica de Talca para adquisición de terrenos y 12.000. construcción de los edificios universita tarios 180.000. 27.Aporte al centro de vecinos Población Dionisio Staburuaga 30.000. de Talca para adqui rir o construir su sede comunitaria. . 10.000. 28.A porte al Club Aéreo de Talca para 30.000. adquirir un avión ambulancia .... 50.000. 29.Para mejoramiento y hermoseamiento de la plaza Abate Mo 30.000. lina de Talca . . . 10.000. 30.Aporte al centro de vecinos de la Población Abate Molina de Talca para termi 400.000. nar su sede comunitaria 20.000. 31.Para construir juegos infantiles en los 50.000. diversos barrios de Talca 50.000. 50.000. 32.Aporte al Club Deportivo "Talca National" de Talca, para construir un gimnasio techado 50.000. 33.Aporte al Cuerpo de Bomberos de Talca. 20.000. 34.Para adquirir terre 80.000. nos y construir una Eº 3.000.000. Municipalidad, de Maule 1.Construcción de Plazas con juegos infantiles ...... E9 20.000. 2.Ampliación y mejoramiento Estadio Municipal 25.000. 3.Para comprar terrenos y habilitar campos deportivos en. Colín 15.000. 4.Construcción de dos salas en el edificio de la Alcaldía Municipal para equipo Psicotécnico y Tesorería 40.000. 5.Compra camioneta furgón 30.000. 6.Creación de un Cementerio en Maule. 20.000. 7.Construcción de Plaza y kiosko en pueblo de Duao. . . . 20.000, 8.Construcción campo deportivo en San Manuel 15.000. 9.Arreglo edificio Municipal de Queri . . 20.000. 10.Terminación Teatro Municipal de Maule 50.000. 11.Aporte para reparar Tenencia de Carabineros de Maule. . 10.000. 12.Mejoramiento y ampliación del servicio alumbrado público en los diferentes sectores de la Comuna 30.000. 13.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para desarrollar un plan Total E9 340.000. Municipalidad de Pelarco 1.Aporte para construcción y habilitación de un edificio para Carabineros de Chile a objeto sea destinado a una Tenencia de Carreteras en Panguilemo . Eº 50.000. 2.Adquisición de terrenos para erradicación de poblaciones marginales . . 5.000. 3.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para desarrollar un plan de pavimentación y mejoramiento de las calles en San Rafael y Pelarco 45.000. 4.Mejoramiento y ampliación del servicio de alumbrado público en los diferentes sectores de la comuna y electrificación. 30.000. 5.Para compra de terrenos y mejoramiento de los campos deportivos de la Comuna dando preferencia a Pelarco y San Rafael .... 20.000. 6.Compra de un bien raíz para Posta y Clínica del Niño Sano en San Rafael . 5.000. 7.Para mejoramiento, extensión e instalación de agua potable en Pelarco y otrossectores 8.Aporte para la construcción del alcantarillado en Pelarco . 9.Para construir un matadero en la Comuna 35.000. 9.Para construir juegos infantiles . . . 10.000, 10.Para terminar el Teatro Municipal de Cumpeo . . . . . 5.000, 11.Para terminar matadero Municipal. . 25.000. 12.Para reparar y ampliar o construir un edificio Municipal . 30.000. Municipalidad de Río Claro Total Eº 240.000, 1.Como aporte para instalación de un teléfono público en el sector de Bolsico . 2.Para compra de una ambulancia Municipal . 3.Mejoramiento y ampliación del servicio de alumbrado público en diferentes sectores de la Comuna y electrificación de El Bolsico y Camarico Alto 4.Como aporte para instalación de agua potable en Cumpeo y Camarico. . . . 5.Instalación de agua potable en las Escuelas Nºs. 55 y 41 de la Comuna . . . 6.Para compra de terrenos, habilitación y mejoramiento de los campos deporti deportivos de la Comuna, en especial Cumpeo, Camarico y Bolsico 7.Ampliación y reparación del Cementerio local 8.Hermoseamiento y ornato de la Plaza y Alameda de Cumpeo 1.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para 30.000. desarrollar un plan de pavimentación, construcción de aceras y calzadas en los diferentes sectores de la Comuna, especialmente el pueblo de San Clemente. . 25.000. 2.Para ampliar el Cementerio de San Clemente 3.Para construcción 30.000. Teatro Municipal de San Clemente . . . 4.Para construcción de un edificio Mu 10.000. nicipal para instalar oficinas públicas de la Comuna .... 5.Para terminar construcción Cuartel de Bomberos de San Clemente y habilitación del local . . . 30.000. 6.Aporte a la Asociación Rehabilitados Alcohólicos de San 15.000. Clemente., (ARDA) 7.Ampliación de red para alumbrado pú 10.000. blico y electrificación de los diferentes sectores especialmente en Mariposas 40.000. 8.Aporte para la construcción Retén de Carabineros de Punta de Diamante . . 25.000. 9.Reparación y ampliación de campos deportivos en diferentes sectores de la Comuna, incluyendo el campo deportivo de Mariposas . . . 30.000. 10.Para reparaciones y remodela ción del Matadero Municipal de San Clemente . . 20.000. 11.Aporte a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para construir nuevas Escuelas en Mariposas, Corralones sector Lomillas y Ramadi lla " . . . 80.000, 12.Para construir posta del Servicio Nacional de Salud en Corralones y ampliación de la Posta de Mariposas . . . 50.000, 13.Para construir Posta del S.N.S. en San Valeriano 25.000, 14.Para ampliación y habilitación de la Cruz Roja de San Clemente 20.000, Total Eº 1.100.000, Municipalidad de Pencahue 1.Mejoramiento y ampliación del servicio de alumbrado público y electrificación de los diferentes sectores de la Comuna Eº 20.000. 2.Para instalación de agua potable del pueblo de Pencahue y ampliación red Agua Potable de Corinto . 40.000. 3.Habilitación, mejoramiento y compra de terrenos para campos deportivos de los diferentes sectores de la Comuna 25.000. 4.Como aporte a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para construir grupo escolar en Corinto 30.000. 5.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para desarrollar un plan de pavimentación de calles y veredas en Pencahue y Corinto 20.000. 6.Instalación de juegos infantiles en Pencahue y Corinto y remodelación de la Plaza de Pencahue, construcción de plaza en Corinto 25.000. Total Eº 160.000. Municipalidad de Molina 1.Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para trabajos de agua potable y alcantarillados en las poblaciones marginales de la Comuna Eº 1OO.OOO. 2.Adquisición de vehículos motorizados para el servicio municipal 100.000. 3.Efec t u a r mejoramiento y extensión de la red de alumbrado público . . . 120.000. 4.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para obras de pavimentación en poblaciones marginales .... 200.000. 5.Aporte a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para la construcción de un edificio para el Liceo de Molina . . . 200.000. 6.Establecimiento y mejoramiento de campos deportivos incluso la adquisición de terrenos necesarios para ello . 50.000. 7.Aporte para la construcción del Edificio para el Cuerpo de Bomberos de Molina 30.000. Total Eº 800.000. Municipalidad de Sagrada Familiai 1.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para construcción de soleras, aceras y calzadas Eº 90.000. 2.Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para dotar de alcantarillado al pueblo de Sagrada Familia 60.000. 3.Como aporte al Club Unión Central de Villa Prat para construcción de su Sede Social 10.000. 4.Para cierros de los Estadios Municipales de Sagrada Familia y Villa Prat . 20.000. 5.Para mejoramiento del alumbrado público de la Comuna. . 30.000. 6.Para el hermosea miento de las Plazas de Sagrada Familia y Villa Prat. 20.000. 7.Para la construcción de una piscina Municipal 20.000. Total E9 250.000. Municipalidad de Curepto 1.Mejoramiento y extensión del servicio de alumbrado público de la Población Manuel Rodríguez y los Olivos de Curepto, extensión de la red de alumbrado al sector de Tabunco y Villaseca en Hua quén Eº 40.000. 2.Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para desarrollar un plan de pavimentación en Curepto y Gualleco 50.000. 3.Me j o r a miento de campos deportivos en la Comuna en sus diferentes sectores, incluyendo el campo deportivo del Club Pedro Antonio González, de Gualleco 20.000. 4.Para mejoramiento y extensión de la red de agua potable en la calle Manuel Rodríguez, de Curepto 5.000. Total Eº 115.000. "Artículo 4 º Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contraten las Municipalidades señaladas en el artículo 1º, el rendimiento de las respectivas tasas parciales sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de las Comunas de Talca, Maule, Pelarco, Río Claro, San Clemente, Pencahue, Molina, Sagrada Familia y Curepto, establecidas en las letras d) y e) del decreto de Hacienda N9 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N9 15.021. "Artículo 5ºLas Municipalidades indicadas, en sesiones extraordinarias especialmente citadas y con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio, podrán invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida consultada para una, si resultare insuficiente para su tota] ejecución, con fondos de las otras, o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. "Artículo 6º En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, las Municipalidades respectivas podrán girar con cargo al rendimiento del tributo establecido en el artículo 4º para su inver sin directa en las obras señaladas en el Artículo 3º y hasta la total ejecución de las mismas. Podrán, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrajeren por un monto inferior al autorizado. "Artículo 7ºSi los recursos a que se refiere el artículo 49 fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, las Municipalidades respectivas completarán las sumas necesarias con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las sumas destinadas a sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de los personales de empleados y obreros municipales correspondientes. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordaren las respectivas Municipalidades en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. "Artículo 8ºEl pago de intereses y amortizaciones ordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto las Tesorerías Comunales de Talca, Maule, Pelarco, Río Claro, San Clemente, Pencahue, Molina, Sagrada Familia y Curepto, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrán oportunamente a disposición de dicho Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto de Alcalde si no se hubiere dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. "Artículo 9ºLas Municipalidades respectivas depositarán en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, las Municipalidades mencionadas deberán consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursso que produzcan la contratación del o los empréstitos, y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 de la presente ley. Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luis Valente R. Orlando Poblete. Jorge Santibáñez. Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Cardemil, Poblete, Fuenzalida, Basso, Suárez, Papic y Valente. Se designó Diputado Informante al H. señor Poblete. (Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario de Comisiones". 55.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR. "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros un proyecto de ley, originado en una moción del señor Olave, que autoriza a la Municipalidad de La Unión para contratar empréstitos. El proyecto de ley en informe tiene por objeto otorgar una autorización a la Municipalidad de La Unión para contratar empréstitos que le produzcan hasta la suma de Eº 580.000., con el objeto de realizar diversas obras de beneficio comunal. Como se ha expresado en otras oportunidades, resulta de toda conveniencia el propósito de este municipio de buscar una solución adecuada a los problemas que se le plantean permanentemente por carecer, la comuna, de diversas obras de interés que son imprescindibles para mejorar las condiciones de vida de la población. Consecuente la Comisión con el espíritu progresista de la Municipalidad de La Unión, estima que la autorización legal que solicita debe ser concedida por las proyecciones futuras que tendrá para el desarrollo económico y social de esa zona. Se financia el empréstito indicado, con el producto de la tasa parcial del uno por mil del impuesto territorial que se aplica para estos fines, de conformidad a las disposiciones de la letra e) del artículo 29 del Decreto de Hacienda N9 2.047, de 29 de julio de 1965. Al efecto, Honorable Cámara, el avalúo territorial de la comuna asciende a la cantidad de Eº 58.987.468., y el uno por mil de dicha suma que se destina al servicio del empréstito, alcanzará aproximadamente a Eº 50.000. anuales, cantidad con la cual es posible atender al servicio de la deuda si ésta se contrata a un plazo no superior a 10 años. Atendidas las razones expuestas, vuestra Comisión os propone la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º Autorízase a la Municipalidad de La Unión para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otra institución de crédito, que produzcan hasta la suma de Eº 580.000, al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo dé diez años. Artículo 2º Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar él o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 3º El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las siguientes obras: Escudos 1.Adquisición de luminarias y demás implementos 70.000 2.Adquisición de uno o más predios, para crear nuevas poblaciones . 100.000 3.Extensión y mejoramiento de la red de agua potable. . 60.000 4.Erogación para construir o reparar puente principal sobre río Llollelhue 230.000 5.Pavimentación barrios populares 60.000 6.Habilitación de plazas de juegos infantiles 60.000 Total Eº 580.000 Artículo 4ºLa Municipalidad podrá, con acuerdo adoptado en sesión extraordinaria especialmente citada para el objeto y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, aumentar la partida consultada para una de las obras si resultare insuficiente para su total ejecución con fondos de las otras, alterar el orden de prelación en la ejecución de ellas, e invertir los saldos de una en otra. Artículo 5ºLa Municipalidad de La Unión servirá los empréstitos que se autoriza contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destina a este objeto el decreto de hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965. Artículo 6º Autorízase, en caso de contratarse en parte o de no contratarse los empréstitos referidos en el artículo 1º, la inversión directa en la ejecución de las obras indicadas en el artículo 3º, del uno por mil a que se refiere el artículo anterior, y su percepción por la Municipalidad hasta la terminación de las obras. Artículo 7º El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de los empréstitos se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo objeto la Tesorería Comunal de La Unión, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde, en el caso de que éste no haya sido dictado en la debida oportunidad. La Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el servicio de la deuda interna. Artículo 8º La Municipalidad de La Unión depositará en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio de los préstamos hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad referida deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del empréstito, y en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley. Artículo 9º La Municipalidad publicará en un diario o periódico del departamento y en la primera quincena del mes de enero de cada año, un estado del servicio de los préstamos y de las inversiones hechas con los fondos que la ley con sulta". Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luís Valente. Osvaldo Poblete. Jorge Santibáñez". Aprobado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Cardemil, Poblete, Fuenzalida, Basso, Suárez, Papic y Valente. Se designó Diputado Informante al Honorable señor Acevedo. (Fdo.): José Manuel Matte Yáñez, Secretario". 56.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR. "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior, pasa a informar el proyecto de ley, originado en una moción de los HH. Diputados señores Cerda, don Eduardo, e Iglesias, por el cual se autoriza a la Municipalidad de La Ligua para contratar empréstitos. Constituye una antigua aspiración de los habitantes de La Ligua el poder contar con la ejecución de diversas obras de adelanto local que se hacen indispensables para un normal desenvolvimiento de la vida de la comunidad. Desgraciadamente, la Municipalidad de La Ligua no ha podido dar satisfacción a estas justas aspiraciones con los recursos consultados en su Presupuesto de Gastos Ordinarios, debiendo, en consecuencia recurrir al financiamiento extraordinario de que da constancia esta iniciativa legal, por la cual se autoriza a la Municipalidad mencionada para contratar con el Banco del Estado de Chile u otros organismos de crédito nacional o internacional, préstamos hasta por la suma de Eº 140.000, a un interés que no puede ser superior al corriente bancario, y con una amortización que extinga la deuda en un plazo no niayor de diez años. El producto del o los empréstitos que se contraten, los invertirá la Municipalidad de La Ligua en diversas obras de mejoramiento del Estadio Municipal, en aportes para pavimentación de poblaciones en Cerro Municipal y para obras sanitarias en el mismo cerro y en calle Papudo, en la confección de planos catastrales, en aportes al proyecto del Banco Interamerica no de Desarrollo, Valle Hermoso, para dotar de alumbrado al sector Pueblo de Roco de Valle Hermoso, para la formación y mejoramiento de plazas públicas en Valle Hermoso, Placilla de Ligua, La Chimba, para instalar teléfonos públicos en poblaciones de la comuna, tales como la Wis consin, El Mirador, Cerro del Medio, Cerro La Grupa y La Chimba, e instalación de refugios en paraderos de buses en sectores rurales. Para servir el o los préstamos que se contraten, se destinará con este exclusivo objeto, el rendimiento de la contribución territorial del uno por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna, a que se refiere la letra e) del decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, que fijó la tasa única del impuesto territorial. Si estos recursos fueren insuficientes, la Municipalidad de La Ligua, completará la suma necesaria con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias. El avalúo actual de los bienes raíces de la comuna asciende a E9 199.484.88. Vuestra Comisión ha compartido las ideas contenidas en la iniciativa legal en informe, razón por la cual os propone la aprobación del siguiente Proyecto de ley : "Artículo 1º.Autorízase a la Municipalidad de La Ligua para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado da Chile u otras instituciones de crédito nacional o internacional hasta por la cantidad de ciento cuarenta mil escudos (Eº 140.000). El interés que se convenga no puede ser en ningún caso superior al corriente bancario y la amortización de la o las deudas se hará de manera que se extinga en un plazo máximo de diez años. Artículo 2º.Facúltase al /Banco del Estado u otras instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo 1º para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos. Artículo 3º.El producto del o los empréstitos autorizados contratar por la presente ley deberá ser invertido en los siguientes fines: a) Para diversas obras de mejoramiento Estadio Municipal Eº 40.000 b) Aporte Pavimentación Poblaciones Cerro Municipal 20.000 c) Obras Sanitarias Cerro Municipal y calle Papudo 15.000 d) Planos Catastrales . . . . 5.000 e) Aporte proyecto BID de Valle Hermoso 5.000 f) Para dotar de alumbrado sector Pueblo de Roco de Valle Hermoso 15.000 g) Formación y mejoramiento de plazas públicas en Valle Hermoso, Placilla de Ligua, La Chimba y Co. Municipal 15.000 h) Para instalación teléfono público en Poblaciones de la comuna, Wisconsin, El Mirador, Cerro del Medio, Cerro La Grupa y La Chimba 15.000 i) Instalación de refugios en paraderos de buses en sectores rurales 10.000 Total Eº 140.000 Artículo 4º.Destínase con el exclusivo objeto de atender el servicio del o los empréstitos que autoriza la presente ley, el rendimiento de la contribución territorial del 1% (uno por mil) sobre el avalúo imponible de la comuna de La Ligua, a que se refiere la letra e) del artículo 2º del decreto Nº 2.047 de 29 de junio de 1965 del Ministerio de Hacienda que fijó la tasa única del impuesto territorial. Artículo 5º.La Municipalidad de La Ligua, en sesión extraordinaria especialmente citada y con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras consultadas. Artículo 6º.En caso de no contratarse los empréstitos, la Municipalidad de La Ligua podrá girar con cargo al rendimiento de dicho tributo para su inversión directa en las obras a que se refiere el artículo 3º. Podrá asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el préstamo se contrajera por un monto inferior al autorizado. Artículo 7º.La Municipalidad de La Ligua completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, si los recursos a que se refiere el artículo 49 fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida. Si por el contrario, hubiere excedente, se destinará este, sin nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordara la Municipalidad' en sesión extraordinaria especialmente citada, con' el voto de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Artículo 8º.El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de La Ligua, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde en caso que no haya sido dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9º.La Municipalidad de La Ligua depositará en la cuenta de depósito fiscal F26 Servicios de Empréstitos y Bonos los recursos a que destine esta ley al servicio del o los préstamos y la cantidad que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad de La Ligua deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, loa recursos que produzca la contratación del empréstito y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley. Sala de la Comisión, 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luis Valente.Orlando Poblete.Jorge Santibáñez. Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente Accidental), Acevedo, Cardemil, Poblete, Fuenzalida, Basso, Suárez, Papic y Valente. Se designó Diputado informante al H. señor Cardemil. (Fdo.): José Manuel Matte, Secretario de Comisiones.". 57.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR. "Honorable Cámara: La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción del Honorable señor Basso, por el cual se autoriza a la Municipalidad de Coihueco para contratar empréstitos. Esta iniciativa legal tiene por objeto permitir a dicho Municipio que cuente con los recursos necesarios para la realización de diversas obras de adelanto comunal como son la ampliación y reparación del Estadio Municipal; la construcción de un nuevo matadero; instalación de alumbrado público en diversas localidades; pavimentación de aceras y calzadas y mejoramiento de caminos. Para este propósito se autoriza la contratación de empréstitos con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones ban carias hasta por un total de E9 500.000, pagaderos a un plazo máximo de 10 años, los que serán servidos con los recursos provenientes del uno por mil consultado dentro de la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces. La Co misión fue informada de que los ingresos que la Municipalidad percibe por este rubro son suficientes para el servicio de esta deuda. El artículo 1º consulta la autorización necesaria para que la Corporación edili cia pueda contratar estos créditos, y establece las condiciones en que estas operaciones deben hacerse. Por el artículo 29, que fue modificado por la Comisión, se faculta a las instituciones bancarias para tomar estos empréstitos hasta por la suma de E9 500.000. En el artículo 39, que fue reemplazado por la Comisión por el que consta del texto del proyecto con que termina este informe, consulta las partidas en que se distribuirán estos recursos para los efectos de su inversión, con indicación de las obras a realizarse. Por el artículo 49 se destinan los recursos provenientes del uno por mil consultado dentro de la tasa única para el servicio de los créditos que contrate la Municipalidad. El artículo 59 otorga a la Municipalidad de Coihueco las facultades necesarias para que, cumpliendo con los requisitos que la disposición establece, pueda contar con la flexibilidad necesaria para la mejor realización de los fines que el proyecto en informe persigue. Como complemento de lo anterior, el artículo 69 consulta el procedimiento a seguir en el caso de que la Corporación edi licia no pueda contratar los créditos que se le autorizan, para lo cual le permite invertir directamente los recursos contemplados en el artículo 49 en la realización de su plan de mejoramiento comunal. Para el caso de que los fondos provenientes del tributo consultado en el artículo 49 fueren insuficientes para el servicio de la deuda que se contratará, el artículo 79 permite a la Municipalidad destinar recursos de sus rentas ordinarias para este fin. El artículo 8º establece la forma en que se efectuará el pago de los intereses y amortizaciones de la deuda, el que como es usual se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública. Finalmente, el artículo 99 y último, determina la cuenta de depósito fiscal en que la Municipalidad de Coihueco deberá depositar los recursos necesarios para el servicio de los empréstitos que contrate, y la forma de ingresar estos fondos extraordinarios en su presupuesto anual. Por las consideraciones expuestas, la Comisión prestó su acuerdo al proyecto en informe y acordó recomendar su aprobación, redactado en los siguientes términos: Proyecto de ley "Artículo 1º.Autorízase a la Municipalidad de Coihueco y por el monto que se señala para contratar, en forma directa, en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones de crédito bancarias, empréstitos a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años. Artículo 2º.Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito, para tomar el o los empréstitos hasta por la suma de quinientos mil escudos (E9 500.000). Artículo 3º.El producto del o los empréstitos que la Municipalidad de Coihueco contrate, en virtud de la autorización concedida en la presente ley, deberá invertirlo en la ejecución de las siguientes obras y adquisiciones: 1.Ampliación y reparación del Estadio Municipal de Coihueco; adquisición de terrenos en sectores rurales de la comuna y para construcción de nuevos campos deportivos . . . . Eº 100.000 2.Reparación y mantención de caminos comunales; adquisición de elementos mecánicos para tal efecto 60.000 3.Extensión, mejoramiento y mantención de la red eléctrica de Coihueco e instación de alumbrado público en Niblinto, Tal quipén, Tanilboro y Población Aguirre Doolan . 60.000 4.Pavimentación aceras y calzadas, construcción de soleras en Coihueco, Niblinto y Minas del Prado 250.000 30.000 Total E9 500.000 Artículo 4º.Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contrate la Municipalidad de Coihueco señalados en los artículos 1º y 2º, el rendimiento del impuesto del uno por mil comprendido en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la Comuna de Coihueco, establecido en la letra e) del artículo 29 del Decreto de Hacienda N9 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N9 15.021. Artículo 5º La Municipalidad indicada, en sesiones extraordinarias especialmente citadas y con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio, podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida cansultada para una, si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. Asimismo, dicha Municipalidad queda facultada para invertir los mencionados fondos en cualquiera otra obra de adelanto local, aun cuando no fueren de aquéllas a que se refiere el artículo 39, siempre que ello fuere acordado por la respectiva Corporación en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Artículo 6º En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, la Municipalidad podrá girar con cargo al tributo establecido en el artículo 4º para la inversión directa en las obras señaladas en el artículo 39 y hasta la total ejecución de las mismas. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las. menciona das obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrajeran por un monto inferior al autorizado. Artículo 7º Si los recursos a que se refiere el artículo 4º fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las sumas destinadas a sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de los personales de empleados y obreros municipales correspondientes. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acuerde la Municipalidad en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Artículo 8º El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias se harán por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Coihueco, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si no se hubiere dictado en la oportunidad debida. La Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública atenderá el pago de estos servicios, de acuerdo a las normas establecidas en ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9º La Municipalidad de Coi hueco depositará en la Cuenta de Depósito Fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y Amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad mencionada deberá consultar en su respectivo presupuesto anual, en la Partida de Ingresos Extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley." Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luis Valente. Orlando Poblete. Jorge Santibáñez." Aprobado en sesión de fecha 30 del presente, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente), Acevedo, Basso, Cardemil, Fuenzalida, Papic, Poblete, Suárez y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Basso. (Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario accidental." 58.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción del Honorable señor Jaque, que autoriza a la Municipalidad de Concepción para contratar empréstitos. Esta iniciativa de ley tiene por objeto proporcionar a dicha Corporación edilicia los recursos necesarios y suficientes con el objeto de construir un gimnasio techado, obra que constituye una sentida aspiración de los deportistas de la zona y que las autoridades respaldan. Esta construcción permitirá la realización de actividades deportivas durante todo el año a las organizaciones de esta índole que existen en la ciudad y sus alrededores, como asimismo, servirá de vigoroso estímulo para la educación física entre los escolares y estudiantado en general, al proporcionar un local adecuado e independiente de las condiciones climáticas, normalmente desfavorables en la zona. Para esta finalidad, la iniciativa en informe propone la modificación de las leyes N^s 15.398 y 15.731, la primera de las cuales autorizó a la Municipalidad de Concepción para contratar empréstitos para la realización de la obra antes señalada y estableció para el servicio de la deuda de dichos préstamos una contribución adicional de un uno por mil, gravamen que fue alzado por la ley N9 15.731 a un tres mil. Posteriormente, el Ejecutivo procedió a dictar el decreto reglamentario de Hacienda N9 2.047, de fecha 29 de julio de 1965, en uso de la facultad otorgada por el artículo 16 de la ley N9 15.021 al Presidente de la República para refundir y uniformar las diversas tasas del impuesto territorial,' fijándola en un veinte por mil. Como consecuencia de la aplicación de este nuevo texto legal, el recargo establecido por la ley N9 15.371 se redujo a uri' uno por mil, suma que no allegó los fondos suficientes a la Tesorería Municipal para financiar los trabajos de construcción del gimnasio. En consecuencia, dicha obra no se ha podido terminar, no obstante encontrarse terminados los estudios y proyectos necesarios, por lo que es urgente buscar una solución rápida y expedita a este problema. Además, cabe hacer presente que debido al tiempo transcurrido la suma originalmente consultada es insuficiente, pollo que es necesario aumentar el monto de los préstamos que la Municipalidad podrá contratar. El avalúo total imponible de los bienes raíces de la comuna de Concepción supera los E9 500.000.000, por lo que los recursos que ingresan a la Tesorería y que se pueden destinar al pago de empréstitos municipales permiten servir préstamos de un monto total de E9 5.000.000. Por el artículo l9 del proyecto en informe, se modifica la ley N9 15.398 en dos aspectos: por el primero se aumenta la cantidad que podrá contratar la Municipalidad a cinco millones de escudos; y por el segundo, se consultan los recursos necesarios para el servicio de la deuda. El artículo 2° y último, autoriza a la Corporación edilicia para invertir directamente dichos recursos en la construcción del gimnasio, para el caso de que no se puedan contratar el o los empréstitos autorizados. Con el mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisión de Gobierno Interior prestó su aprobación al proyecto en informe en los mismos términos en que estaba redactado, y acordó recomendar la aceptación de su texto que es el siguiente: Proyecto de ley: "Artículo l9 Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N9 15.398, modificada por la ley N9 15.731: 1. Reemplázase en el artículo l9 la expresión y cifra "dos millones de escudos (E9 2.000.000)", por "cinco millones de escudos (E9 5.000.000)". 2. Reemplázase el artículo 49 por el que se indica a continuación: "Artículo 49 El servicio del o los empréstitos que autoriza esta ley se pagará con el rendimiento de la tasa parcial de un uno por mil sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Concepción, establecida en la letra e) del artículo 29 del decreto reglamentario de Hacienda N9 2.047, de 29 de julio de 1965.". Artículo 29 La Municipalidad de Concepción podrá girar con cargo al rendimiento a que se refiere el N9 2 del artículo anterior, para su inversión directa en la construcción del gimnasio cubierto de la ciudad de Concepción, en la forma establecida en los incisos primero y segundo del artículo 59 de la ley N9 15.398, en el caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, o sólo una parte de ellos." Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luis Valente. Orlando Poblete. Jorge Santibáñez. Aprobado en sesión de fecha 30 del presente, con asistencia de los señores Santi báñez (Presidente), Acevedo, Basso, Cardemil, Fuenzalida, Papic, Poblete, Suárez y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Poblete. (Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario accidental." 59.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros un proyecto de ley, originado en una moción de los señores Cardemil y Sepúlveda, don Eduardo, por el cual se autoriza a la Municipalidad de Puchuncaví para contratar un empréstito. Desde hace mucho tiempo es una aspiración de los habitantes de esta comuna el poder contar con los fondos suficientes para construir el Teatro Municipal y una sede de espectáculos, lo que no ha podido lograrse con los recursos ordinarios con que cuenta la Municipalidad. De allí que esta Corporación haya decidido solicitar la autorización legal necesaria para contratar un préstamo por la suma de 80.000 escudos, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años, con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias. Con el objeto de extender el servicio del o de los empréstitos que se autoricen, se destinará el rendimiento del impuesto del uno por mil comprendido en la tasa única que, para el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Puchuncaví, se señala en la letra e) del artículo 2? del decreto de Hacienda N9 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N? 15.021. El avalúo de los bienes raíces de la comuna de Puchuncaví alcanza a la suma de E? 87.618,87. Si los recursos a que se ha hecho mención fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren con la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinaxias. Vuestra Comisión comparte los propósitos contenidos en la iniciativa legal en informe, razón por la cual os recomienda la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo l9Autorízase a la Municipalidad de Puchuncaví para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, que produzcan hasta la suma de E9 80.000, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años. Artículo 29 Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos. Artículo 3? El producto del o los empréstitos será destinado por la Municipalidad de Puchuncaví a la construcción de un edificio donde funcione el Teatro Municipal y una sala de espectáculos. Artículo 49Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento del impuesto del uno por mil comprendido en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Puchuncaví, señalado en la letra e) del artículo 2? del decreto de Hacienda N9 2.074, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N9 15.021. Artículo 5° Si los recursos a que se refiere el artículo anterior fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las cantidades destinadas a sueldos y salarios de sus empleados y obreros. Artículo 69 En caso de no contratarse los empréstitos, la Municipalidad de Puchuncaví podrá girar tu;i cargo al rendimiento del tributo señalado en el artículo 49 para su inversión directa en la obra a que se refiere el artículo 39. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de la mencionada obra el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el préstamo se contrajere por un monto inferior al autorizado. Artículo 79 El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se efectuará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Puchuncaví, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde, si no hubiere sido dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para él pago de la deuda interna. Artículo 89 La Municipalidad de Puchuncaví depositará en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad de Puchuncaví deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos y, en la partida de egresos extraordinarios, la inversión proyectada de acuerdo con el artículo 39 de la presente ley." Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luis Valente. Orlando Poblete. Jorge Santibáñez. Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Basso, Cardemil, Fuenzalida, Poblete, Papic, Suárez y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Cardemil. (Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario de Comisiones." 60.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción del Honorable señor Diputado don Osvaldo Basso, que autoriza a la* Municipalidad de Bulnes para contratar empréstitos. Dicha iniciativa autoriza a la Corporación antes mencionada para contratar préstamos con entidades bancarias hasta por la suma de E9 540.000, pagaderos en un plazo máximo de 10 años. Con estos recursos la Municipalidad deberá realizar un plan de pavimentación de aceras y calzadas en las localidades de Bulnes, Santa Clara y Pueblo Seco; como asimismo, trabajos de ampliación de las redes de agua potable y alcantarillado de Bulnes y otros pueblos de la comuna. Además, adquirirá equipos para el servicio de aseo. Extenderse sobre la conveniencia de que el Municipio realice estas inversiones en beneficio de los habitantes de la comuna, resulta inoficioso, por cuanto se trata de rubros totalmente imprescindibles y de una necesidad impostergable. La Comisión fue informada de que los recursos de que dispone la Municipalidad por concepto del rendimiento del uno por mil de la tasa única que grava los bienes raíces de la comuna, son suficientes para el servicio del o los empréstitos que esta iniciativa legal en informe autoriza contratar. El artículo l9 del proyecto contempla la autorización necesaria para que la Municipalidad de Bulnes pueda contratar el o los empréstitos necesarios, en las condiciones que en él se establecen. El artículo 29 fue modificado por la Comisión en orden a aumentar el monto de la suma que se autoriza contratar a E9 540.000. La Comisión estimó conveniente modificar el artículo 39 con el propósito de aumentar la suma a distribuir entre las diversas obras a E9 540.000 y, además, beneficiar a otras localidades de la comuna, para lo cual se mencionan en el texto. El artículo 49 consulta los recursos para el servicio de la deuda; el 59 faculta a la Municipalidad para invertir los excedentes que se produzcan en una obra en otra; alterar el orden de prelación y suplemental' una partida con los fondos de otra si fuere necesario pára la total terminación de ella. Consulta, asimismo, esta disposición la facultad de la Municipalidad para invertir estos fondos en cualquier obra de adelanto municipal que fuere ne saria, aun cuando no se encuentre entre las mencionadas en el artículo 39 El artículo 69 consulta el procedimiento a emplearse en el caso de que la Municipalidad no obtenga los empréstitos que esta iniciativa legal la autoriza para contratar, para llevar adelante las obras de mejoramiento en que está empeñada. El artículo 79 la autoriza para destinar fondos de sus recursos ordinarios para el servicio de la deuda en el caso de que los consultados en el artículo 49 sean insuficientes; y en el caso de que éstos excedan los dividendos que deberá pagar en las instituciones bancarias con las cuales realice estas operaciones de crédito, la autoriza para realizar nuevas obras con dichos excedentes. El artículo 89 consulta el sistema de pago de los intereses y amortizaciones, el cual se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública; y el 99 la obliga a depositar en la cuenta fiscal que se indica los recursos necesarios; como asimismo, a consultar en la forma que en él se establece, en su presupuesto anual el ingreso y egreso de estos recursos. Por estas consideraciones, la Comisión de Gobierno Interior prestó su aprobación al proyecto en informe y acordó recomendar su aceptación en los siguientes términos: Proyecto de ley: "Artículo l9Autorízase a la Municipalidad de Bulnes, y por el monto que se señala para contratar, en forma directa, en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones de crédito bancarias, empréstitos a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de 10 años. Artículo 29 Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos hasta la suma de E9 540.000 (quinientos cuarenta mil escudos). Artículo 39 El producto del o los empréstitos que la Municipalidad de Bulnes contrate, en virtud de la autorización concedida en la presente ley, deberá invertirlo en la ejecución de las siguientes obras y adquisiciones: 1.Para pavimentar aceras y calzadas y construir soleras para el pueblo de Bulnes, Santa Clara y Pueblo Seco E9 270.000 2.Para la ampliación de la red de agua potable de Bulnes y los otros pueblos de la comuna .. .. 100.000 3.Para la ampliación de la red de alcantarillado de Bulnes . . 100.000 4.Para la adquisición de un camión y elementos para servicio de aseo 70.000 E9 540.000 Artículo 4 9Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contrate la Municipalidad de Bulnes señalados en los artículos l9 y 29, el rendimiento del impuesto del uno por mil comprendido en la tasa que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Bulnes, establecido en la letra e) del artículo 2? del decreto de Hacienda N? 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N9 15.021. Artículo 59 La Municipalidad indicada, en sesiones extraordinarias especialmente citadas y con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio, podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida consultada para una, si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. Asimismo, dicha Municipalidad queda facultada para invertir los mencionados fondos en cualquiera otra obra de adelanto local, aun cuando no fuere de aquellas a que se refiere el artículo 39, siempre que ello fuere acordado por la respectiva Corporación en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Artículo 6? En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, la Municipalidad podrá girar con cargo al tributo establecido en el artículo 4? para la inversión directa en las obras señaladas en el artículo 39 y hasta la total ejecución de las mismas. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrajeran por un monto inferior al autorizado. Artículo 79 Si los recursos a que se refiere el artículo 49 fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las sumas destinadas a sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de los personales de empleados y obreros municipales correspondientes. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acuerde la Municipalidad en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Artículo 8? El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias se harán por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Bulnes, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si no se hubiere dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización de la Deuda Pública atenderá el pago de estos servicios de acuerdo a las normas establecidas en ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9°La Municipalidad de Bulnes depositará en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad mencionada deberá consultar en su respectivo presupuesto anual, en la partida de Ingresos Extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y, en la partida de Egresos Extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 de la presente ley." Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1967. (Fdo.) : Luis Valente. Orlando Poblete. Jorge Santibáñez. Aprobado en sesión de fecha 30 del presente, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente), Acevedo, Basso, Cardemil, Fuenzalida, Papic, Poblete, Suárez y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Basso. (Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario accidental". 61.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros el proyecto de ley originado en una moción de la Honorable Diputada señora Laura Allende, por el cual se autoriza a las Municipalidades de Conchalí, Quilicura, Curacaví y Lampa para contratar empréstitos. Las Municipalidades antes mencionadas necesitan con urgencia dar solución a diversos problemas relacionados con obras de adelanto local, cuya ejecución se ha visto postergada por varios años por falta de los dineros necesarios para empren prenderlas. De allí que se haya reunido ahora a solicitar la autorización legislativa para obtener los fondos necesarios, por medio de préstamos contratados con el Banco del Estado de Chile u otra institución de crédito o bancaria. La Municipalidad de Conchalí, que solicita la autorización para contratar un préstamo por la suma de E9 2.400.000, proyecta invertirlos en aportes a la Dirección de Obras Sanitarias para trabajos de alcantarillado en la comuna, para internar al país camiones recolectores de basuras, para obras de pavimentación de la comuna, para abovedamiento de canales en la misma comuna, para extensión y mejoramiento de la red de alumbrado público, para adquirir terrenos destinados a campos deportivos y para construir un nuevo edificio consistorial. La comuna de Maipú, solicita un préstamo de E9 2.800.000 para destinarlos a extensión de redes de agua potable y alcantarillado, para invertir en un plan ha bitacional en conformidad a lo dispuesto en la ley N9 15.732, para destinarlo al Estadio Municipal, al nuevo edificio consistorial y aportes para trabajos de pavimentación en la comuna. La Municipalidad de Quilicura, por su parte, solicita un préstamo de E9 240.000, para invertirlo en dar la cuota al contado para la adquisición de microbuses para la Empresa Municipal de Transportes, construcción del Estadio Municipal, extensión y mejoramiento de la red de alumbrado público, trabajos de pavimentación en la comuna y aporte a la" Dirección de Obras Sanitarias para trabajar en la comuna. La Municipalidad de Curacaví solicita E° 130.000, para extensión y mejoramiento de la red de alumbrado público y aportes a la Dirección de Obras Sanitarias para extensión y mejoramiento de la red de agua potable. Finalmente, la Municipalidad de Lampa solicita E9 140.000, para aportes a la Dirección de Pavimentación Urbana, a la; Dirección de Obras Sanitarias y extensión de la red de agua potable. Se destina para el servicio del o de los empréstitos que se contraten el rendimiento de la tasa parcial de un uno por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de las comunas mencionadas. El avalúo de los bienes raíces de las comunas mencionadas es el siguiente: Conchalí: E9 279.139.206. Maipú: E9 333.024.173. Quilicura: E9 23.819.803. Curacaví: E9 145.244.096. Lampa: E9 155.732.010. Se autoriza expresamente a la Municipalidad de Conchalí para crear, pactar o constituir sociedades comerciales civiles, organismos autónomos o empresas municipales, con el objeto de atender actividades industriales, comerciales, en la comuna, o de prestación de servicios asistenciales, recreativos o cualesquiera otros relacionados con sus funciones propias. Dicha Municipalidad podrá concurrir con los particulares o con otras instituciones u organismos estatales o particulares en la creación y funcionamiento de las sociedades o empresas referidas en la forma y condiciones que determinan sus estatutos aprobados por esa Municipalidad. Vuestra Comisión ha compartido el propósito contenido en la iniciativa legal en informe, razón por la cual os recomienda la aprobación del siguiente Proyecto de ley: Artículo l9 Autorízase a las Municipalidades que se indican, y por las cantidades que se señalan, para contratar en forma directa e independiente cada una de ellas, en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones de crédito o bancarias, empréstitos a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo' máximo de diez años: a) Municipalidad de Con ohalí E9 2.400.000 b) Municipalidad de Maipú 2.800.000 c) Municipalidad de Quilicura 240.000 d) Municipalidad de Cura caví 130.000 e) Municipalidad de Lampa 140.000 Artículo 29 Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 39 El producto de los empréstitos que cada una de las Municipalidades antes nombradas contrate, en virtud de la autorización concedida por el artículo l9, deberá invertirse en la ejecución de las siguientes obras: Municipalidad de Conchalí a) Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para trabajos de alcantarillado en la comuna E9 300.000 b) Para internar al país camiones recolectores de basura, para el servicio de aseo de la comuna .. . . 400.000 c) Para pavimentación de la comuna 300.000 d) Para abovedamiento de canales en la comuna . . 100.000 e) Para extensión y mejoramiento de la red de alumbrado público 400.000 f) Para adquirir terrenos destinados a campos deportivos y piscinas . . .. 300.000 g) Para construir nuevo edi dificio consistorial . . . . 600.000 TOTAL E9 2.400.000 Municipalidad de Maipú Para extensión de redes de agua potable E9 400.000 Para extensión red de alcantarillados 300.000 Para invertir en plan ha bitacional en conformidad con la ley N9 15.732 . . . . 800.000 Para Estadio Municipal 400.000 Para nuevo edificio consistorial 500.000 Aporte para trabajos de pavimentación en la comuna . . . 400.000 TOTAL E9 2.800.000 Municipalidad de Quilicura Para dar cuota al contado por microbuses, polla Empresa Municipal de Transportes Colectivos . E9 Para construcción de Estadio Municipal c) Para extensión y mejora a) miento de la red de alumbrado público . 20.000 d) Para trabajos de pavimentación en la comuna . . . 20.000 e) Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para trabajos en la comuna . . . . 20.000 TOTAL E9 240.000 Municipalidad cle Curacaví a) Para extensión y mejoramiento de la red de alumbrado público E9 90.000 b) Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para la extensión y mejoramiento de la red de agua potable 40.000 TOTAL E9 130.000 Municipalidad de Lampa a) Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para el estudio e instalación de alcantarillado en la comuna . . . E9 50.000 b) Extensión y mejoramiento de la red de alumbrado público 50.000 c) Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para trabajos de pavimentación en la comuna . . . 40.000 TOTAL E9 140.000 Articula 4? Destínase al servicio del o los empréstitos que contraten las Municipalidades señaladas en el artículo l9, el rendimiento de la tasa parcial de un uno por mil sobre los avalúos de los bienes raíces en las comunas de Conchalí, Maipú, Quilicura, Curacaví y Lampa, respectivamente, señalada en la letra e) del artículo 29 del decreto de Hacienda número 2.047, de fecha 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N9 15.021. Articula, 59Las Municipalidades de Conchalí, Maipú, Quilicura, Curacaví y Lampa, en sesión extraordinaria especialmente citada y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, podrán invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida consultada para una si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de la otra, o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. Artículo 69En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, las Municipalidades podrán girar con cargo a los recursos a que se refiere el artículo 49 para su inversión directa en las obras señaladas en el artículo 39 y hasta la total ejecución de las mismas, para lo cual la Tesorería General de la República entregará semestralmente a las expresadas Municipalidades el uno por mil del impuesto territorial referido que se recaude respectivamente en dichas comunas. Podrán, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de, la deuda, en el evento de que el & los empréstitos se contrajeren por un monto inferior al autorizado. Artículo 79 Si los recursos a que se refiere el artículo 49 fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, las Municipalidades de Conchalí, Maipú, Quilicura, Curacaví y Lampa, completarán las sumas necesarias con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste sin necesidad de nueva autorización legal a las obras de adelanto comunal que acordaren las respectivas Municipalidades en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio. Artículo 89 El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto las Tesorerías Comunales de Conchalí, Maipú, Quilicura, Curacaví y Lampa, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrán oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si no hubiere sido dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización de la Deuda Pública atenderá el pago de esos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9° Las Municipalidades de Conchalí, Maipú, Quilicura, Curacaví y Lampa, depositarán en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y hasta la cantidad a que asciend# dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, las Municipalidades mencionadas deberán consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con el artículo 39 de la presente ley. Artícuo 10. La Municipalidad de Conchalí podrá crear, pactar o constituir sociedades comerciales civiles u organismos autónomos o empresas municipales, con el objeto de atender actividades industriales, comerciales, de equipamiento de la comuna o de prestación de servicios asiá tenciales, recreativos, artísticos, culturales y cualesquiera otros relacionados con sus funciones propias. Dicha Municipalidad podrá concurrir con los particulares o con otras instituciones y organismos estatales o particulares en la creación y funcionamiento de las sociedades, organismos o empresas refe ridades en el inciso anterior, en la forma y condiciones que determinen sus estatutos aprobados por esa Municipalidad. Sólo podrán crearse estas sociedades, organismos o empresas con participación mayori taria de la Municipalidad en sus capitales, utilidades y directorios. Los organismos o empresas autónomas gozarán de personalidad jurídica independiente de la Municipalidad, tendrán patrimonio propio y autonomía, sin perjuicio de las facultades de supervigilancia y control que correspondan en conformidad a la ley. El Presidente de la República dictará un reglamento sobre organización y funcionamiento de estos organismos y establecerá las normas que regulen las relaciones entre ellos y su personal y que establezcan su representación legal, judicial y extrajudicial, como asimismo las demás que faciliten su funcionamiento. Las sociedades, organismos o empresas, gozarán de las mismas franquicias, beneficios, derechos y exenciones que las leyes de carácter general o particular establezcan en favor de la Municipalidad, y sus balances anuales quedarán sometidos a la fiscalización de la Contraloría General de la República. Los empleados y obreros que se contraten para su atención tendrán el carácter de particulares. Sala de la Comisión, a l9 de septiembre de 1967. (Fdo.) : Luis Valente R. Jorge Fuenzalida. Osvaldo Basso. Acordado en sesión de 30 de agosto, con asistencia de los señores : Santibáñez (Presidente) , Acevedo, Basso, Cardemil, Fuenzalida, Papic, Poblete, Suárez y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Basso. (Fdo.) : José Luis Larraín E., Secretario Jefe de Comisiones". 62.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros un proyecto de ley, originado en el Honorable Senado, que dispone la transferencia a sus actuales ocupantes de determinados terrenos ubicados en la comuna de Iquique. La materia de ley en informe tiene por objeto dar solución a un problema planteado a la Municipalidad de Iquique y a los ocupantes de unos terrenos ubicados en esa comuna. En efecto Honorable Cámara, con motivo del grave problema social que afectó a la provincia de Tarapacá por el cierre de las oficinas salitreras hace algunos años atrás, una parte considerable de los trabajadores que laboraban en las oficinas que fueron paralizadas, se trasladó a la ciudad de Iquique en busca de una actividad que Ies permitiera atender a su subsistencia y la de sus familias. Para ello fue necesario primero permitirles el uso de algunos terrenos con el objeto de que construyeran sus modestas viviendas. La Municipalidad de Iquique consciente de su responsabilidad social de otorgar' los medios, dentro de sus escasas disponibilidades, para habilitar viviendas a sus nuevos pobladores, optó erróneamente por destinar para dicho efecto unos terrenos que creyó ser de propiedad municipal, en circunstancias que tenían sus legítimos propietarios. Este hecho motivó que los dueños de] predio entablaran diversas acciones judiciales en contra de los ocupantes y de los regidores que concurrieron con sus votos a la adopción de los acuerdos respectivos. Es indudable que la Municipalidad de Iquique si hubiera tenido conocimiento oportuno de que los terrenos en referencia 110 eran de su propiedad, no habría adoptado los acuerdos que adoptó y habría dispuesto de otros predios para la misma finalidad. Sin embargo, ello es, en cierto modo explicable, atendida la emergencia de las circunstancias en que dichos hechos se produjeron, lo cual si bien no justifica esta actitud, atenúan su gravedad por los objetivos perseguidos. El proyecto del Honorable Senado establece, en primer término, qüe se exime de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquier naturaleza a los regidores de esa Municipalidad, que concurrieron con sus votos a los loteos que forman las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de esa comuna. En esta forma se resuelve la culpabilidad que afectaría a la autoridad municipal por las resoluciones que adoptó. La Comisión incorporó a dicho artículo, en la parte pertinente, a la población Arturo Prat que se formó en los terrenos objeto de esta controversia. Eh segundo término, se declaran de utilidad pública todos estos predios, de conformidad a los planos de loteo aprobados por «dicha Municipalidad. Por el artículo 39, se autoriza a la Municipalidad referida para expropiar esos terrenos y transferirlos a sus' actuales ocupantes, los cuales los adquirirán al valor que se fije en relación al monto de la indemnización que se pague. El precio que resulte será pagado por los ocupantes en un plazo no inferior a cinco años. Finalmente, se consulta una disposición que declara que los loteos en referencia cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes, y los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces correspondientes, deberán inscribir sin más trámite los instrumentos públicos requeridos. Estima vuestra Comisión que es de toda conveniencia dar solución, también, al problema de la vivienda de los ocupantes de los predios mencionados, que junto con «construir sus habitantes en ellos, han realizado mejoras y otras obras de beneficio comunitario. Por las razones expuestas vuestra Comisión os propone la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo l9 Decláranse exentos de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquiera naturaleza, a los regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de dicha comuna. Artículo 2° Decláranse de utilidad pública los terenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planes de loteo aprobados por la Municipalidad. Artículo 39 Autorízase a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que se refiere el artículo l9 de la presente ley, y para transferirlos posteriormente a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de 90 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Los terrenos indicados en el inciso anterior, serán adquiridos por dichos ocupantes y el precio que se fije se pagará en sesenta mensualidades. Para determinar el monto de la indemnización que corresponde al expropiado, no se tomará en cuenta el mayor valor que pudiere tener el predio expropiado, con motivo de las obras de urbanización ejecutadas, o de las mejoras o construcciones que existan en el inmueble, salvo que el expropiado acredite que tales obras han sido costeadas por él. Artículo 49 Declárase que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberá inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios.". Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1967. (Fdo.) : Orlando Poblete. Osvaldo Basso. Gustavo Cardemil. Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Cardemil, Poblete, Fuenzalida, Basso, Suárez, Papic y Valente. Se designó Diputado informante al Honorable señor Valente. (Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario de Comisiones." 63.- INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA. "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros acerca de un proyecto de ley, iniciado en un Mensaje, con urgencia calificada de "simple", que introduce diversas enmiendas al Código Penal en lo relativo a los delitos contra la salud pública. Colaboraron con esta Comisión en el estudio de la iniciativa en informe los señores : Ministro de Justicia, don Pedro J. Rodríguez; Subsecretario de Justicia, don Alejandro González; Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile y asesor del Ministerio, don Alfredo Etcheberry; Presidente del Colegio Médico de Chile, don Luis Pino; Presidente y Secretario de la Asociación de Psicólogos, don Héctor Fernández Provoste y don Luis Bravo Valdivieso, respectivamente; Secretario de la Asociación de Cultores de Vida Natural, don Rafael Lezaeta; y los señores Roberto Viveros, Víctor Cereceda y Washigton' Domb, en representación del Servicio Nacional de Salud. Nuestra Constitución Política determina en el artículo 10, N? 14, que "es deber del Estado velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país". La salud pública se ha definido como el estado en que un pueblo ejerce normalmente todas sus funciones orgánicas. La labor asistencial y terapéutica, la prevención y control de las enfermedades, la adecuada nutrición de niños y adultos, el mejoramiento de las condiciones de higiene y de salubridad de la población constituyen preocupación preferente del Estado, que realiza su misión a través de los diversos organismos que la ley ha creado para dar cumplida satisfacción a estas necesidades. Desde un punto de vista de derecho la salud pública representa uno de los bienes jurídicos más fundamentales y de mayor significado social. El resguardo de este bien jurídico esencial ha sido consagrado por nuestro ordenamiento jurídico a través de diversos cuerpos legales, especialmente el Código Pena] y el Código Sanitario. Las disposiciones punitivas del Código Penal en cuanto a la tutela del bien jurídico de la salud se inspiran en la noción de peligro que diera a conocer el gran tratadista de Derecho Penal de la Escuela Clásica, Francisco Carrara, quien expresa en el Tomo VI del Programa del Curso de Derecho Criminal que "Es innegable que todos los habitantes de una ciudad tienen igual derecho a que no se infecte el aire que los circunda y el que viola ese derecho no ofende a un solo individuo o a una sola familia determinada, porque viola un derecho que es común a todos; y lo mismo dígase del agua o de cualquiera cosa que pueda ser accesible al uso de todos", y agrega el insigne maestro de la Universidad de Pisa "al interés que tiene el individuo que no se perjudique la salud de su cuerpo, no sólo por la acción directa de una mano enemiga sino tampoco por la infección de aquellas sustancias que son alimentos constante e indispensable para sus fuerzas vitales, corresponde un derecho particular. Pero cuando estas cosas se contemplan en la relación que tiene con una multitud de hombres congregados mediante una estable asociación, el derecho individual viene a convertirse en un derecho social común a todos ellos, porque todos efectivamente necesitan o aprovechan de ellas o porque un número indeterminado puede necesitarlas o aprovecharlas." Diversos tratadistas, entre los cuales debe destacarse, además, al célebre penalista Carlos Binding, han desarrollado la noción del peligro como elemento subjetivo de un grupo de delitos, entendiéndose por tales aquellos en los que basta para la realización típica que se haga correr un riesgo al objeto protegido como bien o interés jurídico. Se trata, en consecuencia, de delitos que entrañan peligro colectivo o común y que el legislador sanciona, por lo mismo que afectan a la salud de'las personas en general, sin atender a si algún bien jurídico individual ha sido concretamente lesionado por la acción delictuosa. En general, podemos decir que el Código Penal nuestro, vigente desde hace casi un siglo, se encuentra, obviamente, atrasado en materia de delitos contra la salud pública, y sus disposiciones que fueron suficientes para esa época pasada aparecen en la actualidad notoriamente ineficaces para sancionar las múltiples formas que pueden revestir esta clase de delitos que son en cierta manera una consecuencia del progreso científico alcanzado por la humanidad. Por su parte, el Código Sanitario, vigente desde el año 1931 y los reglamentos que lo complementan, se limitan a imponer sanciones pecuniarias de carácter administrativo que además de su reducido monto, de escasa significación, no llevan consigo la reprobación moral y demás consecuencias inherentes a la comisión de delitos. Formuladas estas breves consideraciones de orden general, pasa vuestra Comisión, en seguida, a referirse a las principales disposiciones que contiene el proyecto en informe. En primer término, comentaremos las modificaciones que el proyecto consulta para el párrafo 14 del Título VI del Libro II del Código Penal, bajo el epígrafe de "Crímenes y simples delitos contra la salud pública", que aún cuando se contienen en el artículo T>? del proyecto representan la materia fundamental del mismo. Los artículos 313 a) y 313 b) se refieren a las sustancias medicinales y sustituyen el precepto contenido en los ai'tículos 313 y 314 del texto vigente, que contemplan las figuras delictivas relativas a medicamentos y demás sustancias similares. A este efecto el artículo 313 a) castiga tanto la fabricación como el expendio de sustancias medicinales deterioradas o adulteradas en su especie, cantidad, calidad o proporción, siempre que este último acto fuere realizado con pleno conocimiento, es decir, a sabiendas. Exige, también, que ellas sean peligrosas para la salud' por su nocividad o por el menoscabo de sus propiedades curativas. Esta última circunstancia constituye un concepto adicional, puesto que la disposición vigente habla sólo de nocividad. La clandestinidad de cualquiera de estos actos se estima como circunstancia agravante. El artículo siguiente sanciona el expendio al público de otras sustancias peligrosas para la salud, sin estar competentemente autorizado para ejecutar dicho expendio, como asimismo, sanciona al que teniendo autorización efectúa este expendio contraviniendo las disposiciones legales o reglamentarias relativas a la cantidaden que pueden suministrarse o a la necesaria advertencia del peligro a los consumidores. Para el primer caso, la pena privativa de libertad que se aplicaría a los infractores es de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales; y, para el segundo, presidio menor en su grado medio y multa de cinco a veinte sueldos vitales. Con respecto a la multa se establece una norma de carácter general en el sentido de que la expresión "sueldo vital" en cualquiera disposición del Código Penal, significa que se trata de un sueldo vital mensual del departamento de Santiago, escala A. Los preceptos analizados constituyen una adecuación de las normas punitivas a las nuevas modalidades de la industria farmacéutica, si se tiene presente el progreso de la química y farmacopea y los modernos laboratorios que poseen grandes recursos económicos y que, por efecto de la propaganda pueden ocasionar daños serios y de gran extensión en la salud de los habitantes. Los artículos 314 a) y 314 b) se refieren a las bebidas y a las sustancias alimenticias y comestibles en general. El primei'o de los preceptos nombrados incrimina la acción de alterar, adulterar, envenenar o infectar bebidas o comestibles destinados al consumo público, siempre que sean peligrosas para la salud, sea por su acción nociva o por el menoscabo apreciable de sus propiedades alimenticias. Por su parte, el artículo siguiente, sanciona el expendio a sabiendas al público o la distribución a cualquier título, de las sustancias alimenticias cuando éstas sean inaptas, descompuestas, infectadas, adulteradas, envenenadas o deterioradas de manera que constituyan un peligro para la salud. El inciso segundo de este mismo artículo establece una presunción de tipo legal en el sentido de que se entenderá que existe tal expendio por el hecho de tener a la venta, en un lugar público, los expresados artículos alimenticios. Por el inciso final se configuran dos circunstancias agravantes especiales: primero, el expendio clandestino, y segundo, la publicidad que se hiciere a un producto adulterado. Porque en estos casos los hechos descritos revelan una conducta de mayor perversidad moral y peligrosidad' social. Las penas que se han establecido para el caso previsto en el artículo 314 a) están en concordancia con la gravedad del hecho que se incrimina y es así que, se establece la pena de presidio mayor en su grado mínimo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. La situación analizada en el artículo 314 b) se castiga con la pena de presidio menor en su grado máximo y multa, también, de cinco a cincuenta sueldos vitales. Por el artículo 315 se desea proteger dos importantes bienes jurídicos cuales son el aire y las aguas destinadas a la bebida. Para este efecto se sanciona tanto el envenenamiento como la contaminación de estos elementos, siempre que afecten a un grupo numeroso e indeterminado de personas y, que, los actos descritos sean de tal entidad que revistan un peligro cierto, grave y próximo para la salud. Este precepto se hace indispensable si se tiene presente el desarrollo industrial y científico alcanzados por nuestro país y comprende hasta la contaminación que pudiera derivarse para una población por efectos de radiación atómica. Ahora bien, es en consideración a la importancia y su significación social, que este bien jurídico de la salud se protege en esta ocasión imponiendo al delito descrito la pena de presidio mayor en su grado mínimo y multa de tres a diez sueldos vitales. En el artículo 317 se establece una norma de carácter general para todas las figuras delictivas a que nos hemos referido anteriormente, y consiste en el agravamiento de la pena en uno o dos grados si a consecuencias de cualquiera de dichos delitos se produjere la muerte o enfermedad grave de alguna persona, concediéndose al Juez la facultad amplia de poner aplicar esas penas según sea la naturaleza y número de tales consecuencias. Asimismo, la multa podrá elevarse hasta el doble del máximo señalado en cada caso. En el inciso segundo de este precepto se persigue configurar algunos cuasidelitos cuando alguno de los hechos sancionados se cometiere por grave imprudencia o negligencia, castigándose con las penas de presidio menor en su grado mínimo y multa de uno a cinco sueldos vitales. Pero si, a consecuencias de tales actos resultare la muerte o enfermedad grave de una o varias personas, dichas sanciones se elevarán a la de presidio menor en su grado medio y. multa del doble del caso anterior. El artículo 316 configura un nuevo delito para el que, de propósito, propagare una enfermedad grave y contagiosa. Las disposiciones contenidas en el Código Sanitario sobre el particular son de carácter preventivo y, además, obligan a los médicos y demás personas y autoridades a denunciar la existencia de enfermos contagiosos bajo pena de multas de carácter administrativo. Esta norma punitiva viene, en consecuencia, á llenar un evidente vacío de nuestra legislación, y exige para tipificar el delito, que se trate de una enfermedad, grave y contagiosa, y particularmente, que se proceda con el propósito manifiesto y la intención positiva de propagarla, lo que importa requerir la existencia de un dolo específico en la conducta del actor. En atención al grave daño que para la sociedad se deriva de esta acción, se sanciona el delito con la pena de presidio mayor en su grado mínimo y, además, multa de tres á diez sueldos vitales. El artículo 318 mantiene la norma vigente relativa a la infracción de las reglas higiénicas o de salubridad acordadas por la autoridad en tiempo de epidemia o contagio. Sólo se sustituyó la penalidad impuesta que era de reclusión menor en sus grados mínimo a medio, por presidio menor en grado mínimo, y se aumenta la multa de uno a cinco sueldos vitales. Los artículos 319 a), 319 b), 319 c), 319 d), 319 e), 319 f) y 319 g), se refieren al tráfico de estupefacientes y otras drogas que ejerzan efectos de dependencia del individuo respecto de ellas. Estos delitos se sancionan en la actualidad' basándose en las prescripciones de los artículos 313 y 314 y en relación con el reglamento sobre estupefacientes que establece que, para los efectos de la aplicación de los artículos señalados del Código Penal, quedan incluidos dentro de los "productos nocivos a la salud los. estupefacientes que se indican en el artículo 37*del presente reglamento", es decir, el inciso segundo del artículo 37 del Decreto Supremo N? 137, publicado el 17 de mayo de 1960. En general podemos decir que el proyecto distingue claramente entre quién es toxicómano y las personas que se dedican o están vinculadas al tráfico de drogas. Para el primero, y de acuerdo con la doctrina penal y criminológica más autorizada, y por tratarse de un verdadero enfermo, el proyecto no consulta normas punitivas, pero ello no significa irresponsabilidad penal para él por los actos delictuosos en que incurra, vinculados con la toxicomanía, como podrían ser la falsificación de recetas, sustracción de drogas o el hurto de dinero para adquirirlas. El artículo 319 a) sanciona la producción de estupefacientes en contravención a las disposiciones de la ley o los reglamentos, comprendiendo en esta expresión tanto la elaboración como la fabricación, extracción o preparación de estas sustancias. A continuación, el artículo 319 b) castiga a quien suministre a terceros, sin estar legalmente autorizado para hacerlo, dichas sustancias; o las adquirieren, sustrajeren o portaren consigo con tal fin. En las mismas condiciones a quienes importaren, exportaren o transportaren a través del territorio nacional, o almacenaren o tuvieren en su poder cantidades considerables de las mismas o las materias primas destinadas a su preparación. Se incluye, en consecuencia, a toda forma de comercio ilegal de estupefacientes. El artículo 319 c) sanciona el expendio d'e las sustancias estupefacientes en contravención a las disposiciones legales o reglamentarias; y, al médico que las recetare sin que haya una justificación médica o terapéutica para ello, o que las recetare en dosis apreciablemente mayores que las necesarias. tLas penas que se imponen por los delitos a que nos hemos referido recién van desde presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado medio, y multas de hasta cien sueldos vitales. Los preceptos de los artículos 319" d) y 319 e) persiguen el castigo de quienes promovieren o facilitaren el enviciamien to de terceros, como asimismo, al que a sabiendas proporcionare un local con el objeto de poder consumir estas sustancias. Las penas aplicables fluctúan entre presidio menor en su grado medio a máximo, agravándose si la persona a quien se envicia fuere un menor de edad, y sin perjuicio de las multas que varían desde tres a veinte sueldos vitales. La Comisión analizó con especial detenimiento la situación relativa a ciertas sustancias técnicamente denominadas sico trópicas, tales como los barbitúricos, anfe taminas y otras drogas tranquilizantes, respecto de las cuales los expertos están de acuerdo en que su uso abusivo constituye un importante problema de la salud pública, que se agrava cada día más y que se piensa que continuará acentuándose en la medida que nuevas sustancias sedantes y estimulantes se incorporen al mercado de estos productos. Vuestra Comisión concordó con la apreciación de que este tipo de drogas, que causan dependencia física y psíquica, constituyen un grave problema, ya señalado por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, y consecuencialmente estimó conveniente introducir un artículo especial, que es el 319 e), para hacer aplicables las normas señaladas en los cinco artículos anteriores a las personas que empleen drogas de esta especie, que producen efectos de dependencia del individuo ante ellas. Sin embargo, en consideración a que se trata de una materia que no es conveniente precisar en forma absoluta en razón de que continuamente se producen nuevos descubrimientos científicos relativos a ellas, se ha preferido que sean los reglamentos restrictivos del Servicio Nacional de Salud los que establezcan las modalidades para su uso. En lo tocante a las penas aplicables, se faculta al Tribunal para poder rebajarlas hasta en tres grados, considerando que normalmente, tanto el tráfico como el uso de estas sustancias no alcanza la gravedad que tienen las de los estupefacientes. El artículo 319 g) establece para los casos de reiteración o de reincidencia, en cualquiera de los delitos relativos a estupefacientes, o drogas que produzcan efectos de dependencia, y siempre que la apreciación de la personalidad, móviles y antecedentes del responsable, pusieren de manifiesto que se trata de un delincuente habitual o por tendencia respecto de esta clase de infracciones, la pena de extrañamiento mayor en su grado máximo, es decir, se producirá la expulsión del reo del territorio de la República al lugar que éste elija, por un tiempo que fluctúa entre quince y veinte años, pena que se cumplirá obviamente luego de la privativa de libertad que pudiera habérsele impuesto A continuación nos referiremos a los artículos 4?, 5?, 6?, 79 y 8? del proyecto en informe, que establecen algunas normas de tipo procesal, principalmente en relación con los delitos .analizados anteriormente. Por el artículo 4? se determina que las sustancias estupefacientes y las materias primas empleadas en su elaboración que sean incautadas por los Tribunales o la Policía, deberán ser entregadas en depósito al Servicio Nacional de Salud, y si el respectivo proceso termina con la condena del inculpado, las referidas sustancias pasarán al dominio de dicho Servicio. Este destino parece obvio si se tiene presente que el Servicio Nacional de Salud es el llamado por la ley a fiscalizar todo lo relacionado con los estupefacientes. . El artículo 5? establece que el Director General del Servicio Nacional de Salud, personalmente o por delegado, figurará como parte y tendrá tocios los derechos de tal desde que se apersone al juicio y sin necesidad de formalizar querella, respecto de los juicios criminales que se inicien por delitos contra la salud pública, ejercicio ilegal de las profesiones de médico, dentista, químicofarmacéutico, bioquímico y otras, relativas al arte de curar, como asimismo, respecto de aquellas en que esté comprometido el interés económico del Servicio aludido. Se le faculta, igualmente, para poder imponerse del sumario, a menos que el Tribunal por resolución fundada dictada en resguardo del éxito de la investigación, determine otra cosa. Se obliga, además, al Tribunal, a facilitar a la defensa del Servicio Nacional de Salud la obtención de copias simples de todas las actuaciones que se practiquen sin necesidad de que medie resolución escrita. Contempla, asimismo, la posibilidad de que el Tribunal solicite información técnica del Servicio, especialmente en cuanto diga relación con el peligro que revisten los hechos de que se trata para la salud pública, siempre que no se trate de juicios que se hayan iniciado por denuncia o querella del mismo servicio; y, el mérito probatorio que se asigna a este informe es el mismo contemplado en el artículo 472 del Código de Procedimiento Penal, para el dictamen de dos peritos que perfectamente acordes, que afirmen con seguridad la existencia de un hecho que han observado o deducido con arreglo a los principios de la ciencia, arte u oficio que profesan, podrá ser considerado como prueba suficiente de la existencia de aquel hecho si dicho dictamen no está contradicho por el de otro u otros peritos. El artículo 6? se refiere, en seguida, a la excarcelación de los . detenidos y procesados en los juicios por los delitos contra la salud pública, determinándose que se regirán por las reglas generales contenidas en el Código de Procedimiento Penal; pero, la fianza que corresponda exigir en estos casos deberá ser necesariamente constituida en dinero efectivo y no podrá ser inferior a la mitad del mínimo de la multa señalada por la ley como sanción para el respectivo delito. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 310 del Código de Derecho Internacional Privado, para el concepto de reiteración y el de reincidencia se tendrá presente o mejor dicho, en cuanta, la sentencia dictada en un estado extranjero contratante, salvo en los casos en que se opusiere la legislación social. Más adelante, el artículo 79 del proyecto de ley en informe reafirma el concepto contenido en el artículo citado del Código de Derecho Internacional Privado, y teniendo presente la circunstancia de que hay algunos países que no han suscrito el referido Código, se estimó indispensable establecer una disposición en este sentido y 'a este efecto se establece que, para de terminar que existe reincidencia o habitua lidad criminal respecto de los delitos contra la salud pública, se tendrán en cuenta las sentencias firmes dictadas en un Estado extranjero, salvo el caso de que hayan sido dictadas en violación de la jurisdicción de los tribunales nacionales. Se agrega, por el inciso segundo, que ellos darán siempre lugar a extradición tanto activ'p como pasiva, aún en ausencia de tratado^ sobre la materia, y sin perjuicio de las exigencias de orden procesal o administrativo que las leyes establezcan. Sólo nos resta hacer mención del artículo 89 de este proyecto, y que modifica el artículo 69 del Código Orgánico de Tribunales, cuyo objeto es conceder jurisdicción a los Tribunales chilenos para poder conocer de las causas por delitos contra la salud pública, cualquiera que fuere el lugar de su perpetración, cuando se pusiere en peligro la salud de habitantes de la República. Esta última norma se justifica plenamente por consideración a la trascendencia d'el bien jurídico que se pretende salvaguardar, cual es la salud, aunque las infracciones hayan tenido lugar fuera de los límites territoriales, lo que constituye una excepción al principio de la territorialidad de la ley penal. Corresponde ahora referirnos a las modificaciones que se introducen al párrafo 8 del Título IV del Libro II del Código Penal, en lo que dice relación con el ejercicio ilegal de una profesión y de la usurpación de nombres, y que contiene el artículo l9 del proyecto de ley en informe. En la actualidad esta figura delictiva relativa al ejercicio ilegal de las artes curativas se encuentra contemplada en el artículo 213 d'el Código Penal, que genéricamente sanciona el hecho de fingirse titular de alguna profesión y ejercer actos propios de ella. El Código Sanitario castiga también estos actos pero solamente con multas de tipo administrativo. El precepto fundamental se encuentra contenido en el artículo 313 a) que castiga al que careciendo de título profesional competente o no estando legalmente habilitado para el ejercicio profesional ejerciere actos propios de la profesión de médico, dentista, químicofarmacéutico u otra relativa al arte de curar. Consulta a continuación este mismo precepto algunos actos que son propios de las profesiones citadas y a este efecto señala, en primer término, el de atribuirse la respectiva calidad de profesional; el ofrecer esos servicios públicamente, por cualquier medio de propaganda o publicidad, y realizar habitualmente diagnósticos, prescribir tratamientos o llevar a cabo operaciones o intervenciones curativas de aquellas cuya ejecución requiera los conocimientos o las técnicas inherentes a tales profesiones. Es decir, se ha tratado de involucrar los casos más frecuentes y que representan una mayor peligrosidad para el bien jurídico tutelado, esto es, la salud pública. El inciso final excluye una situación que de la propia naturaleza del precepto se desprende, pero que para mayor claridad se ha querido establecer expresamente, cual es que estas normas no se aplicarán en ningún caso a la prestación de primeros auxilios cuando no es posible obtener oportuna atención profesional. El artículo siguiente sanciona el ejercicio incorrecto de la profesión médica o de alguna auxiliar de ella, y a este efecto castiga a quien ofreciere la prevención o curación de enfermedades o defectos por medio de fórmulas ocultas o sistemas infalibles ; y castiga también al que prestare su nombre para amparar el jercicio profesional de un tercero no autorizado como tal. El artículo 213 c) es una disposición de carácter aclaratorio que determina que las sanciones que se consignan en los dos artículos precedentes, que fluctúan d'esde presidio menor en su grado mínimo a medio, y multa de uno a cinco sueldos vitales, son sin perjuicio de las que correspondieren por la muerte, lesiones u otras consecuencias punibles que pudieren, even tualmente, derivarse de la comisión de tales delitos. Los artículos 214 y 215 no alteran las figuras delictivas contempladas en los artículos 213 y 215 actualmente vigentes, y solamente se han modificado las penas adicionales con multas en sueldos vitales, de acuerdo con el nuevo criterio que aplica el proyecto en esta materia. El actual artículo 214 del Código Penal, se elimina. En el artículo 2? del proyecto en informe se contiene el reemplazo del párrafo 9, del Título VI, del Libro II del Código Penal, denominado "Simples delitos relativos a las epizootias" por el de "Delitos relativos a la salud, animal y vegetal. Las modificaciones en referencia tuvieron su origen en una indicación complementaria enviada por el Ejecutivo y están directamente relacionadas con la salud pública. En general podemos decir que estas nuevas normas tienden a evitar la propagación de las enfermedades de los animales y las plagas vegetales. Se sanciona al que incurriere maliciosamente en actos de esta naturaleza con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de tres a d'iez sueldos vitales. El artículo 290 a) establece la obligación que pesa sobre la persona a quien le corresponde denunciar, tan pronto como fuere posible, a la autoridad sanitaria, la existencia de enfermedades o plagas que la autoridad competente haya determinado como de denuncia obligatoria. Como asimismo, adoptar las medidas que estuvieren a su alcance tendientes a evitar esa propagación. A continuación, se castiga también a quien infringiere las instrucciones de la autoridad competente destinadas a impedir la propagación de una enfermedad animal o la de una plaga vegetal, siempre que hubiere tenido conocimiento de dichas instrucciones. En seguida, el artículo 291, sanciona más severamente si con motivo de las infracciones a que se refieren los artículos anteriores hubiere resultado la propagación de la enfermedad o plaga. Las penas corporales fluctúan desde presidio menor en su grado mínimo a medio; y las multas, desde uno a cincuenta sueldos vitales. Por último, debe destacarse que, por el artículo 291 b) se destina el producido de las multas que se apliquen por estos conceptos a incrementar los fondos del Servicio Agrícola y Ganadero del Ministerio de Agricultura, que precisamente se dedica a proteger y resguardar la salud d'e los animales y vegetales del país. Por las consideraciones expuestas y las que, en su oportunidad, os dará a conocer el señor Diputado Informante, vuestra Comisión os recomienda la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo l9Sustitúyese el párrafo 8, del Título IV, del Libro II del Código Penal, por el siguiente: 8.Del ejercicio ilegal de una profesión y de la usurpación de nombres. Artículo 213 a.El que, careciendo del título profesional competente o no estando legalmente habilitado para el ejercicio profesional, ejerciere actos propios de la profesión de médico, dentista, químicofarmacéutico, bioquímico u otra relativa al arte de curar, aunque sea a título gratuito, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de uno a cinco sueldos vitales. Para estos efectos se entenderá que ejercen actos propios de dichas profesiones: 19El que se atribuya la respectiva calidad; 29El que ofrezca tales servicios públicamente por cualquier medio de propaganda o publicidad; 3°El que habitualmente realizare diagnósticos, prescribiere tratamientos o llevare a cabo operaciones o intervenciones curativas de aquéllas cuya ejecución exige los conocimientos o las técnicas propios de tales profesiones. Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren primeros auxilios cuando no es posible obtener oportuna atención profesional. Artículo 213 b.El que, estando legalmente habilitado para el ejercicio de una profesión médica o auxiliar de ella ofreciere la prevención o curación de enfermedades o defectos por fórmulas ocultas o sistemas infalibles, será penado con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de uno a cinco sueldos vitales. En las mismas penas incurrirá el que prestare su nombre para amparar el ejercicio profesional de un tercero no autorizado para el mismo. Artículo 213 e.Las penas señaladas en los artículos precedentes se impondrán sin perjuicio de las que correspondieren por la muerte, lesiones u otras consecuencias punibles que eventualmente resultaren ele la comisión de tales delitos. Artículo 214.Fuera de los casos señalados en los artículos anteriores y de los contemplados en leyes especiales, todo el que se fingiere autoridad, funcionario público o titular de una profesión que requiera título, y ejerciere actos propios de dichos cargos o profesiones, será penado con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de uno a cinco sueldos vitales. Artículo 215.El que usurpare el nombre de otro será castigado con presidio menor en su grado mínimo, sin perjuicio de la pena que pudiere corresponderle a consecuencia del daño que en su fama o intereses ocasionare a la persona cuyo nombre ha usurpado. Artículo 29Reemplázase el párrafo 9, del Título VI, del Libro II del Código Penal, por el siguiente: 9.Delitos relativos a la salud animal y vegetal. Artículo 289.El que de propósito propagare una enfermedad animal o una plaga vegetal, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 290 a.El propietario o encargado de especies animales o vegetales afectadas por enfermedades o plagas cuya denuncia sea obligatoria por disposición de la ley o de la autoridad competente, deberá efectuar dicha denuncia tan pronto como le fuere posible y quedará obligado, mientras reciba instrucciones de la autoridad sanitaria, a. tomar las medidas que estuvieren a su alcance para impedir la propagación de la enfermedad o de la plaga. La infracción de lo dispuesto en el inciso anterior será sancionada con presidio menor en su grado mínimo o multa de uno a cinco sueldos vitales. Artículo 290 b.Los que, teniendo conocimiento de ellas infringieren las instrucciones de la autoridad competente destinadas a impedir la propagación de una enfermedad o de una plaga vegetal, serán penados con presidio menor en su grado mínimo o multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 291.Si con motivo de las infracciones a que se refieren los dos artículos precedentes hubiere resultado la propagación de la enfermedad o plaga, las penas serán de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Artículo 291 b.Las multas que se aplicaren en virtud de los delitos e infracciones de que trata el presente párrafo se depositarán en una cuenta especial del Servicio Agrícola y Ganadero y los fondos ingresarán al patrimonio de dicho Servicio. Artículo 3PSustitúyese el párrafo 14, del Título VI, del Libro II del Código Penal, por el siguiente: 14.Crímenes y simples delitos contra la salud pública. Artículo 313 a.El que fabricare o a sabiendas expendiere a cualquier título sustancias medicinales deterioradas o adulteradas en su especie, cantidad, calidad o proporciones, de modo que sean peligrosas para la salud por su nocividad o por el menoscabo de sus propiedades curativas, será penado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Si la fabricación o expendio fueren clandestinos, ello se considerará como circunstancia agravante. La expresión "sueldo vital" en cualquiera disposición del Código Penal significa un sueldo vital mensual del departamento de Santiago, escala A). Artículo 313 b.El que sin estar competentemente autorizado, expendiere al público a cualquier título otras sustancias peligrosas para la salud distintas de las señaladas en el artículo precedente, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de cinco a veinte sueldos vitales. En las mismas penas incurrirá el que, estando competentemente autorizado para el expendio de tales sustancias, lo efectuare contraviniendo las disposiciones legales o reglamentarias relativas a la cantidad en que pueden suministrarse o a la necesaria advertencia del peligro a los consumidores. Artículo 314 a.El que alterare, adulterare, envenenare o infectare bebidas o comestibles destinados al consumo público, de modo que sean peligrosos para la salud por su nocividad o por el menoscabo apreciable de sus propiedades alimenticias, será penado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Artículo 314 b.El que expendiere a sabiendas al público o distribuyere a cualquier título sustancias alimenticias inaptas, descompuestas, infectadas, adulteradas, envenenadas o deterioradas de modo que sean peligrosas para la salud, será penado con presidio menor en su grado máximo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Para los efectos de este artículo se presumirá que la situación de expender establecida en el inciso anterior se configura por el hecho de tener a la venta en un lugar público los artículos alimenticios a que éste se refiere. El expendio clandestino y la publicidad de un producto adulterado constituirán circunstancias agravantes. Artículo 315. El que envenenare o contaminare el aire o las aguas destinadas a la bebida de un grupo numeroso o indeterminado de personas de tal modo que creare un peligro cierto, grave y próximo. para la salud, será penado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 316.El que de propósito. propagare una enfermedad grave y contagiosa, será penado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de tres a diez sueldos vitales. Artículo 317.Si a consecuencia do cualquiera de los delitos señalados en los cinco primeros artículos de este párrafo, se produjere la muerte o enfermedad grave de alguna persona, las penas corporales se elevarán en uno a dos grados, según la naturaleza y númerQ, de tales consecuencias, y la multa podrá elevarse hasta el doble del máximo señalado en cada caso. Si alguno de los delitos sancionados en los cinco primeros artículos de este párrafo se cometiere por grave imprudencia o negligencia, las penas serán de presidio menor en su grado mínimo y multa de uno a cinco sueldos vitales. Si de ello resultare la muerte o enfermedad grave do una o varias personas, las penas serán ele presidio menor en su grado medio y multa de uno a diez sueldos vitales. Artículo 318.El que infringiere las reglas higiénicas o ele salubridad acordadas por la autoridad en tiempo de epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo y multa ele uno a cinco sueldos vitales. Artículo 319 a. El que elaborare, fabricare, extrajere o preparare sustancias estupefacientes en contravención a las disposiciones de la ley o de los reglamentos, será penado con presidio mayor en su grado medio y multa de diez a cien sueldos vitales. Artículo 319 b.En las mismas penas incurrirán los que, sin estar legalmente autorizados: l9Suministraren a terceros a cualquier título sustancias estupefacientes o las adquirieren, sustrajeren o portaren consigo con tal fin. 2°Importaren, exportaren o transportaren a través del territorio nacional sustancias estupefacientes. 3'Almacenaren tales sustancias o tuvieren en su poder cantidades considerables de las mismas o de materias primas destinadas a su preparación. Artículo 319 e.El que, estando autorizado para el expendio de sustancias estupefacientes, las suministrare en contravención a las disposiciones legales o reglamentarias será penado con presidio menor en su grado máximo y multa cío cinco a cincuenta sueldos vitales. En las mismas penas incurrirá el módico que recetare sustancias estupefacien tes sin una necesidad médica o. terapéuti ca que lo justifique o en dosis apreciabla mente mayores que las necesarias. Artículo 319 el.El que promoviere o facilitare el enviciamiento de terceros coy el uso habitual de sustancias estupefacientes será penado con presidio menor en su grado máximo y multa ele tres a diez sueldos vitales. Si la persona a quien se envicia fuere menor de edad la pena será de presidio mayor en su grado mínimo y multa de tres a veinte sueldos vitales. Artículo 319 e.El que a sabiendas pro porcionare un local, a cualquier título, para que terceros concurran a él con el objeto ele consumir sustancias estupefacientes, será penado con presidio menor en su grado medie y multa ele tres a diez sueldos vitales. Artículo 319 f.Para los efectos señalados en los artículos que se refieren a los estupefacientes, se aplicarán dichas disposiciones a aquellas drogas que produz can efectos de dependencia elel individuo ante ellas y que estén incluidas en los reglamentos restrictivos de su uso por ei Servicio Nacional de Salud, pudiendo el Tribunal rebajar las penas hasta en tres grados. Artículo 319 g. Cuando la reiteración de los delitos previstos en los seis artículos precedentes, o la reincidencia en los mismos, y la apreciación de la personalidad, móviles y antecedentes del resyonsa sable pusieren de manifiesto que se trata ele un delincuente habitual o por tendencia respecto de esta clase ele infracciones, se le impondrá además la pena de extrañamiento mayor en su grado máximo, que se cumplirá después de la pena mayor en su grado máximo, que se cumplirá después de la pena privativa de libertad que eventualmente se le hubiere impuesto. Artículo 49 Las sustancias estupefacientes y materias primas empleadas en su elaboración que sean incautadas por los Tribunales o la Policía, deberán ser entregadas en depósito al Servicio Nacional ele Salud. Si el respectivo proceso termina por condena, dichas sustancias pasarán al dominio del Servicio Nacional de Salud. Artículo 5° En los juicios criminales que se incoen por los delitos previstos en los párrafos 8 del Título IV y 14 del Título VI del Libro II del Código Penal o por delitos en que esté comprometido el interés económico del Servicio Nacional de Salud, el Director General de Salud por sí o por delegado, figurará corno parte y tendrá todos los derechos de tal desde que se apersone en ellos, sin necesidad de formalizar querella; también podrá imponerse del sumario, a menos que el Tribunal, por resolución fundada que dicte en resguardo del éxito de la investigación, determine otra cosa. El Tribunal correspondiente facilitará a la defensa del Servicio Nacional de Salud la obtención do copia simple de todas las actuaciones que se practiquen, sin formalidad alguna y sin necesidad de resolución escrita. En los juicios mencionados en el inciso precedente, que no se hubieren iniciado por denuncia o querella del Servicio Nacional de Salud, el Tribunal deberá solicitar un informe técnico al Servicio, especialmente en cuanto al peligro que los hechos investigados ofrezcan para la salud pública. El mérito probatorio de este informe se regirá por el artículo 472 del Código de Procedimiento Penal. Artículo 69En los procesos que se sigan por los delitos del párrafo 14 del Título VI del Libro II, la excarcelación de detenidos y procesados se regirá por las reglas generales, pero la fianza, en su caso, deberá ser necesariamente constituid 1 en dinero efectivo, y no podrá ser inferior a la mitad del mínimo de la multa señalada por la ley como sanción del respectivo delito. Artículo 1°Para determinar si existe reincidencia o habitualidad criminal respecto de los delitos contemplados en el párrafo 14 del Título VI del Libro II del Código Penal, se tendrán en cuenta las sentencias firmes dictadas en un Estado extranjero, salvo en cuanto hubieren sido dictadas en violación de la jurisdicción de los Tribunales nacionales. Por su naturaleza y gravedad, los delitos mencionados en el inciso precedente darán siempre lugar a extradición, tanto activa como pasiva, aun en ausencia de tratados sobre la materia, sin perjuicio do las exigencias de carácter procesal o ad ministrativo que las leyes establezcan. Artículo1 89 Sustituyese el número 39 del artículo 6° del Código Orgánico de Tribunales por el siguiente: "3°Los que van contra la soberanía o contra la seguridad exterior del Estado, perpetrados ya sea por chilenos naturales, ya por naturalizados, y los contempla dos en el párrafo 14 del Título VI del Libro II del Código Penal, cuando ellos pusieren en peligro la salud de habitantes de la República.". Sala de la Comisión, a 29 de agosto do 1967. (Fdo.) : Osvaldo Giannini.César Raúl Fuentes.Ernesto Iglesias. Acordado en sesiones 91*, 100*, 101* y 102*, de 8 de marzo, y 17, 22 y 29 de agosto de 1967, respectivamente, y con asistencia de los señores: Fernández (Presidente), Giannini (Presidente), Arancibia, Cabello, Fuentes, don César; González, don Víctor; Iglesias, Lacoste, doña Graciela; Maira, Millas, Morales, don Carlos; Tejeda, Valenzuela, don Renato; y Valenzuela, don Ricardo. Se designó Diputado informante al señor Giannini. (Fdo.) : Eduardo Mena Arroyo, Secretario." 64.- INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION. "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización pasa a informaros un proyecto de ley, originado en una moción del señor Basso, por el cual se autoriza al Presidente de la República para transferir a la Municipalidad de Yungay el Estadio de esa comuna. La Comisión concuerda con el autor de esta iniciativa de ley en que es necesario otorgar facilidades y promover nuevas y mejores vías que permitan dar un desarrollo integral a las prácticas deportivas, por cuanto las juventudes requieren, de manera indispensable, contar con centros modernos y acondicionados en forma adecuada, que faciliten tanto el ejercicio de prácticas de perfeccionamiento físico como el acceso, a ellos, del mayor número posible de personas. El artículo único del proyecto concede, una autorización al Presidente de la República para transferir a la Municipalidad de Yungay, los terrenos que forman el Estadio de dicha comuna, y señala el avalúo de los mismos y el número del rol fiscal correspondiente. En la actualidad dicha Corporación Edilicia se ve en la imposibilidad ele realizar inversiones de importancia para reparar el mencionado campo deportivo, debido a que no tiene atribuciones legales que así se lo permitan, razón por la que se encuentra en condiciones deficientes impidiendo, de ese modo, que cumpla eficientemente con las finalidades para las cuales fue construido. Por las consideraciones expuestas, vuestra Comisión estima que el proyecto do ley en informe constituye una considerable ayuda para estimular el crecimiento y el progreso del deporte en la zona, motivo por el que os propone la aprobación del siguiente Proyecto del ley: "Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para transferir a la Municipalidad de Yungay los terrenos quo forman el Estadio de dicha comuna, cuyo avalúo es de E9 4.670. y que corresponden al Rol Fiscal N9 5015.". Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1967. (Fdo.) : Juan Turna.Juan Acevedo. Renato Laemmermann," Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Sotomayor (Presidente accidental), Acevedo, Jarpa, Leammermann y Turna. Se designó Diputado informante al Honorable señor Laemmermann. (Fdo.) : José Luis Larraín Errázuriz, Secretario Jefe de Comisiones." 65.- INFORME DE LA COMISION DE LA VIVIENDA. "Honorable Cámara: La Comisión Especial de la Vivienda pasa a informar el proyecto, de origen en una moción del señor Lorca, clon Alfredo, por el cual se destinan recursos para realizar un plan de construcción o compra da viviendas destinadas a los Jueces Letrados, a los Relatores y a los Secretarios de los Juzgados de Mayor Cuantía de asien^ to de Corte. Como es de conocimiento público, existe en nuestro país un agudo déficit habi tacional que afecta, principalmente, a la, gran mayoría del sector asalariado. Por otra parte, y como consecuencia directa de esta escasez de viviendas, los cánones ele arrendamiento han experimentado alzas tan elevadas que impiden a muchos servi dores públicos disfrutar de las ventajas de vivir con su grupo familiar en una casa habitación independiente y cómoda y en lugares próximos a aquel en que desempeñan sus funciones. Este fenómeno se hace sentir con mayor gravedad en determinados miembros del Poder Judicial, los cuales, dadas las especiales características de la carrera judicial, son trasladados frecuentemente de un lugar a otro del país, en la mayoría de los cuales no existen viviendas destinadas para ellos, por cuanto el organismo que legalmente está encargado de proveer a estos fines la Junta de Servicios Judiciales dispone de recursos muy exiguos para solucionar siquiera, parcialmente, este problema, ya que debe atender, además, a numerosas otras obligaciones y necesidades, tales como adquisición de locales para el funcionamiento de los Tribunales y su alhajamiento. Por ello, en la imposibilidad de poder pagar una renta de arrendamiento elevada, deben establecerse, la mayoría de las veces, en residenciales o pensiones, lo cual no guarda relación con la dignidad y majestad de las funciones que desempeñan. Estos hechos, que han sido puestos de relieve permanentemente por los señorea Presidentes de la Excelentísima Corte Suprema en los discursos de inauguración del Año Judicial, y que constituyen una preocupación del Poder Ejecutivo cuya solución en forma integral no ha podido abordar por falta de recursos económicos, dieron origen y fundamentan el proyecto en informe, el que contó con la aprobación unánime de la Comisión, y que quedó estructurado, luego de las modificaciones que le introdujo, sobre las siguientes bases: l9Se aumenta el impuesto que grava el poder o la delegación de poder conferido en juicio en un 200%, lo cual significa que éste ascendería a E9 2,25 en razón de que en la actualidad es de E9 0,75 de auer do con lo dispuesto en el N9 79 del artículo 99 de la ley N9 16.272. Por este capítulo se recauda actualmente la suma de 190.000 escudos anuales, según informaciones del Departamento de Planificación, Sección Estudios Económicos y Financieros, del Servicio de Impuestos Internos, lo cual induce a hacer un cálculo estimativo do rendimiento del orden ele E9 380.000. anuales, aproximadamente, para cumplir las finalidades que persigue el proyecto. Sobre el particular, debe destacarse quo unánimemente la Comisión estuvo da acuerdo en aceptar este recargo imposi tivo, en razón de que lo estimó ele mínim:\ entidad, dado el hecho de que constituye un gasto insignificante para los litigantes en proporción al volumen ele los intereses que, generalmente, se ventilan en los Tribunales de Justicia y de otros gastos e^i que se debe necesariamente incurrir. Además, se tuvo en consideración la circunstancia de que las personas ele escasos recursos están amparadas por el privilegio de pobreza, que les permite litigar sin incurrir en desembolsos económicos. No obstante, reglamentariamente corresponderá a la Comisión ele Hacienda pronunciarse sobre esta materia. 29Se cobrará una renta a los miembros del Poder Judicial beneficiarios ele las viviendas, equivalente al 10% del sueldo vital, escala A del departamento en que estuviere ubicado el inmueble, mientras usen y habiten estas viviendas. 39Los recursos que se produzcan por aplicación de las disposiciones antedichas, se entregarán a la Junta de Servicios Judiciales, con las siguientes finalidades: a) el producto del recargo del impuesto al poder conferido en juicio se destinará a la adquisición o construcción de viviendas para los Jueces Letrados, los Relatores y Secretarios de Juzgados de Mayor Cuantía de Asiento de Corte, y b) los fondos que se recauden por la renta que pagarán los mencionados funcionarios judiciales, los destinará exclusivamente a atender los gastos de reparación y mantenimiento de las viviendas o casas habitaciones que adquiera o construya para los fines de la ley en proyecto. 4n asistencia de la señora Dip (Presidenta accidental), señora Retamal, señora Aguilera y señores Cabello, Fuentealba y Sanhueza. Se designó Diputado Informante al H. señor Fuentealba. (Fdo.) : José Luis Larraín Errázuriz. 77.- MOCION DEL SEÑOR PAPIC "Honorable Cámara: La I. Municipalidad de Panguipulli está empeñada en un amplio programa de adelanto local, para cuyos efectos sus entradas ordinarias no le permiten solventar dichas inversiones en los plazos que las obras deben realizarse. Para conocimiento de la H Cámara debo informar que los Ingresos ordinarios de la I. Municipalidad de Panguipulli en los años 19641965 y 1966, alcanzaron a la suma de E° 1.005.057,23, según consta en Certificado N9 28 de la Tesorería Comunal respectiva. El Avalúo de la Comuna, vigente a la fecha, asciende a la suma de E9 4°.850.687 (cuarenta y nueve millones ochocientos cincuenta mil seiscientos ochenta y siete escudos) y las contribuciones semestrales derivadas de los avalúos imponibles, por el presente año, ascienden a E9 443.824.66 (cuatrocientos cuarenta y tres mil ochocientos veinticuatro escudos sesenta y seis centésimos), lo cual consta en Certificado expedido por la Administración de la XIII Zona del Servicio de Impuestos Internos, Sección Avaluaciones. Si se considera un ingreso teórico del 1% en E° 46.000.000 anuales, esto es, si todos los contribuyentes pagaran sus contribuciones, ya que hay que considerar también una cantidad exenta total de contribuciones, sin embargo, considerando sus entradas ordinarias anuales (en 1966 de E9 531.237.51), la I. Municipalidad no tiene problemas en completar la cantidad de E9 100.000.00 anuales, conforme lo señala el Artículo 59 de este Proyecto, para ser invertidos en amortización e intereses. De acuerdo con esta exposición, me permito presentar a la H. Cámara el siguiente Proyecto de Ley que autoriza a la I. Municipalidad de Panguipulli, para contratar empréstitos de acuerdo con las modalidades del mismo. Proyecto de ley: Artículo l°.- Autorízase a la Municipalidad de Panguipulli, para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile o cualquiera otra Institución de Crédito, uno o más empréstitos hasta por la suma de E° 1.005.000 (Un millón cinco mil escudos 00/100) a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años, quedando facultado el Banco del Estado de Chile y demás Instituciones de Crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere este Artículo. Artículo 2°.- Facultase al Banco del Estado de Chile u otras Instituciones de Crédito o bancarias (Corporación de Fomento de la Producción) para tomar el o los empréstitos a que se refiere el Artículo anterior, en los términos que se señala. Para estos efectos y para los plazos de amortización de estos empréstitos, no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos. Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos que se contraten de acuerdo con la autorización concedida en el Artículo l°, serán invertidos por la Municipalidad de Panguipulli en la siguiente forma: a) Saldar los préstamos con Letras (P. L.) que a la fecha de contratación de este o estos empréstitos tenga aún pendientes la Municipalidad de Panguipulli en el Banco del Estado de Chile, y b) El sobrante se destinará en un 50% a la .construcción de un Hotel Municipal en Panguipulli, incluyendo obras de remodelación del sector, y el 50% restante a la construcción de un Teatro Municipal. Artículo 4°.- Destínase con el objeto de atender el o los empréstitos autorizados, el rendimiento del impuesto del uno por mil comprendidos en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la Comuna de Panguipulli, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N9 15.021 y en el Decreto N9 2.047 del 29 de julio de 1965 del Ministerio de Hacienda. Artículo 5°.- Si los recursos consultados no fueren suficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren con la debida oportunidad, la Municipalidad de Panguipulli completará las sumas necesarias con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias. Artículo 6°.- En caso de no encontrarse el o los empréstitos de que se trata en esta Ley, la Municipalidad de Panguipulli podrá girar con cargo a este rendimiento para su inversión directa en las obras a que se refiere el Artículo 3° Artículo 7°.- Si se produjere un sobrante en cualquiera de los rubros consultados para la inversión del o los empréstitos, dichos sobrantes podrán destinarse a incrementar cualquiera de las otras' obras a que se refiere el Artículo 3°, e igualmente, si las dos partidas de fondos de que habla la letra b) de dicho Artículo fueren insuficientes, la Municipalidad podrá modificar los porcentajes de tal forma que a lo menos una de ellas pueda concluirse totalmente, bastando para ello el acuerdo de los dos tercios de los regidores en ejercicio. Artículo 8°.- El pago de los intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda, se efectuará por medio de la Caja Autónoma de la Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Panguipulli pondrá a disposición de dicha Caja los fondos necesarios y el servicio se hará de acuerdo a las normas establecidas por ella. Artículo 9°.- La Municipalidad de Panguipulli depositará en la Cuenta Fiscal F26 "Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta Ley en su Artículo 4°, y en caso de no ser suficientes, los que consulta el Artículo 5°. Artículo 10.La Municipalidad de Panguipulli deberá consultar en su Presupuesto, en la Partida de Ingresos Extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos que autoriza esta Ley, y en la Partida de Egresos Extraordinarios, la inversión de dichos fondos de acuerdo a los dispuesto en el Artículo 3°. (Fdo.) : Luis Papic Ramos. 78.- MOCION DEL SEÑOR PAPIC "Honorable Cámara: Con motivo de los sismos que durante el mes de mayo de 1960 afectaron a una extensa área del territorio nacional, con la consiguiente destrucción, especialmente, de casas habitaciones, hubo que adoptar medidas de emergencia para acudir en inmediato socorro de los damnificados. En la ciudad de Valdivia se procedió a adjudicar habitaciones en Poblaciones o grupos habitacionales que a la fecha de la catástrofe se encontraban en construcción o en proceso de adjudicación, y que no fueron mayormente afectadas. Es así como a numerosos damnificados se les entregó viviendas en la Población "Valdivia", de propiedad del Servicio de Seguro Social, algunos de los cuales no estaban acogidos a régimen de previsión alguno. La Ley N9 14.171 consultó sistemas para resolver los problemas que la emergencia creó, al permitir ocupar casas de determinadas Instituciones de Previsión a imponentes de otras o a personas que carecían de esta calidad. Dado el tiempo transcurrido, esta situación se encuentra superada casi en su totalidad, subsistiendo solo el problema de algunas pocas familias que, debido a causas sobrevivientes, como han sido el fallecimiento del primitivo ocupante y otras, no han podido obtener que se les transfiera el dominio de su nueva vivienda. No por ser peque no, este problema es menos importante y atendible, ya que su solución permitirá cerrar un sistema que demostró operabilidad y justicia. Es por eso que con el objeto de superar esta dificultad a la mayor brevedad posible, y habida consideración de la pequeñez del mismo, vengó en someter a la consideración de la H. Cámara el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Autorízase al Servicio de Seguro Social para transferir a sus actuales ocupantes, que hubieran revestido la calidad de damnificados por los sismos del mes de mayo de 1960, las casas que actualmente ocupan en las Poblaciones "Valdivia", de Valdivia; "Rahue", de Osorno, y "Miraflores", de Puerto Montt, en aquellos casos en que en conformidad a las disposiciones vigentes sobre la materia no le fuere posible, al Servicio, vendérseles. El precio y las condiciones de venta serán las mismas que se aplican a los imponentes del Servicio. El Reglamento de terminará la mañera de acreditar el cumplimiento de los requisitos que la presente Ley establece. (Fdo.) : Luis Papic Ramos. 79.- MOCION DEL SEÑOR DUEÑAS "Honorable Cámara: La carencia de caminos acondicionados ha sido uno de los grandes problemas que han afectado a la provincia de Linares, lo cual se ha hecho particularmente notorio en aquellas rutas que unen a extensas zonas agrícolas con los centros de consumo. Es un hecho conocido que una forma de ayudar a impulsar el desarrollo económico y el progreso de una determinada región, es fundamental que ella cuente con caminos y vías en buen estado y que permitan un rápido transporte de sus productos a los grandes centros de consumo y de distribución. En la provincia de Linares existen actualmente dos puntos que capitalizan el turismo de una extensa zona, lo cual como es lógico de suponer debe ir en beneficio de la provincia y de su natural progreso. Un modo de que estos balnearios contribuyan verdaderamente al auge de la provincia de Linares, y como un modo de que este turismo deje un efectivo aporte al desarrollo de esta región, creo sería estableciendo un cobro de peaje en los caminos de acceso a estos centros de turismo que son las Termas de Catillo y Panimávida. En consideración a los antecedentes expuestos, vengo en presentar el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1°.- Establécese la instalación de Estaciones de cobro de peaje en los caminos de acceso a los balnearios Catillo, del Departamento de Parral, y Panimávida del Departamento de Linares, de la provincia de Linares, conforme con lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 14.999. Artículo 2°.- El valor de dicho peaje será fijado por el Ministerio de Obras Públicas y la recaudación que de él se obtuviere, estará destinada como aporte a la Dirección de Vialidad para pavimentar y mejorar los caminos de la provincia de Linares, según la prioridad que le fije el Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo con las necesidades de la zona. (Fdo.) : Mario Dueñas Avaria." 80.- MOCION DEL SEÑOR MOSQUERA Proyecto de ley: Honorable Cámara: En vista de los vacíos de las leyes existentes y antes la necesidad que tienen los trabajadores de adquirir artículos alimenticios, vestuario, muebles, etc., por medio de facilidades de pago se ha convertido en una costumbre perniciosa los descuentos por planillas en las casas comerciales que, en forma inescrupulosa, han especulado con las necesidades de crédito de los trabajadores en general, haciendo y cometiendo toda clase de abusos en cuanto a calidad y precios de los productos que les venden a través del famoso descuento por planilla. Siempre se ha considerado y planteado la entrega de mercaderías a plazo a los trabajadores como una regalía o favor especial. Generalmente los comerciantes han comenzado, para asegurarse el sistema, ofreciendo sus mercaderías a un precio más bajo que el de plaza y uno u otro beneficio que seduce al interesado. Sin embargo, rápidamente, se desconocen los beneficios ofrecidos y se cae en el más completo abuso y engaño hacia los compradores, siendo en definitiva los comerciantes los únicos que ganan con el sistema. Si a las razones antes anotadas agregamos el hecho que con este sistema los trabajadores dejan de ser los dueños de su dinero, no pudiendo invertirlo donde lo desean, sino donde lo desea el patrón, la casa comercial o el infaltable habilitado; a la circunstancia que se les acostumbra a no usar su dinero con responsabilidad y, finalmente, a que se priva al trabajador de la satisfacción de recibir su sueldo o salario con el derecho de invertirlo con la más absoluta libertad, como si no fuesen capaces de administrar convenientemente sus propios recursos, llegamos a la conclusión que la práctica del sistema del descuento por planilla es funesto para nuestra gran masa laboral que se ve en la necesidad de hacer uso de él. Es por los motivos anteriormente expuestos, y como una manera de evitar que sigan cometiendo estos abusos, que vengo en presentar el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1°.- Sólo se podrán descontar por planilla, de todas las remuneraciones que, por cualquier concepto, perciban los trabajadores: a) Las leyes sociales; b) Las pensiones alimenticias fijadas por sentencia judicial o por transacción judicialmente aprobada; c) Cuotas sindicales; d) Las cuotas de vivienda; e) Los préstamos o anticipos del empleador, de acuerdo a convenios establecidos individual o colectivamente; f) Los préstamos de las Cajas de Previsión; g) Los descuentos de Cooperativas formadas por los propios trabajadores y siempre que se refieran a especies vendidas efectivamente por la Cooperativa; h) Los descuentos de economatos, siempre que éstos sean de propiedad del empleador. Cualquier otro descuento es ilegal. Artículo 2°.- Los empleadores que infrinjan el artículo anterior serán sancionados con multas que fluctuarán entre 50 y 100 sueldos vitales mensuales, escala A) del Departamento de Santiago, la que se duplicará en caso de reincidencia. Estas multas serán aplicadas administrativamente por los Inspectores del Trabajo. Artículo 3°.- Los empleadores deberán conceder préstamos a largo plazo a sus obreros y empleados, de común acuerdo con los sindicatos, para cancelar las cuentas pendientes que aquellos tengan con las casas comerciales. Si la deuda se paga al contado, tendrá un 30% de descuento. Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia seis meses después de su promulgación. (Fdo.): Mario Mosquera." 81.- MOCION DE LA SEÑORA DIP Y DEL SEÑOR DEMARCHI Proyecto de ley: "Artículo único.- Los alumnos de la rama de la Marina Mercante de la Escuela Naval, señores Carlos Vilches Ibaceta y Hermógenes Pino Salgado, que prestaban servicios en el vapor "Santa Fe", de la Compañía Interoceánica de Navegación, cuyo hundimiento se presume, tendrán derecho a montepío, en caso de muerte presunta, de conformidad a las disposiciones del Título VII de la ley N° 6.036, de 18 de febrero de 1937 y sus modificaciones posteriores. Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, se entenderá que los cadetes en referencia disfrutarán de las rentas correspondientes al cargo de Piloto 39 y no regirán, para este mismo efecto, las limitaciones contempladas en los artículos 31 y 32 de dicha ley, correspondiendo, en consecuencia, un montepío equivalente al sueldo de actividad de dicho grado. El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley, lo imputará la Caja de la Marina Mercante Nacional al Presupuesto de Pensiones y será de su propio cargo. (Fdo.): Juana Dip.Carlos Demarchi." 82.- MOCION DEL SEÑOR JEREZ Proyecto de ley: "Artículo único.- oncédese a la señora Célica del C. Chávez San Martín vda. de Moraga, una pensión de gracia, por la suma de E° 300 mensuales. El mayor gasto que origine la presente ley, se cargará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. (Fdo.): Alberto Jerez H." 83.- MOCION DEL SEÑOR IRURETA Proyecto de ley: "Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Lorenzo Carrasco Carrasco, una pensión de E° 300 mensuales. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda." (Fdo.): Narciso Irureta A." 84.- MOCION DEL SEÑOR GUAJARDO Proyecto de ley: "Artículo único.- Facúltase al señor Vladimiro Draguivic Ruiz, para que haga imposiciones en la Caja de la Marina Mercante, desde el l9 de marzo de 1963 al 30 de diciembre del mismo año. La Caja de la Marina Mercante Nacional, abonará en la cuenta del señor Vladimiro Draguivic Ruiz, las imposiciones que se establecen en el inciso primero de este artículo único. (Fdo.): Ernesto Guajardo G." 85.- MOCION DEL SEÑOR VALENZUELA, DON RICARDO Proyecto de ley: "Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales y previsionales y abónense en la Hoja de Servicios de doña Adelaida Parra Parra, un año, once meses y veintinueve días, comprendidos entre el 2 de febrero de 1952 y el 31 de enero de 1954, servidos ad honorem en la Contraloría General de la República. El pago de las imposiciones tanto patronales como personales que deba imponerse a. la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por el período que se reconoce, serán de cargo de la beneficiada. Para estos efectos, la Caja ele Empleados Públicos y Periodistas tomará como sueldo base el primero que haya percibido con posterioridad al período de desafiliación que se le reconoce en la presente ley. (Fdo.): Ricardo Valenzuela." 86.- MOCION DEL SEÑOR SOTA Proyecto de ley: "Artículo único.- Concédese al señor Luis Williamson Jordán, una pensión de gracia por la suma de E° 300 mensuales. El gasto que origine la presente ley se cargará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. (Fdo.): Vicente Sota." 87.- MOCION DEL SEÑOR JEREZ Proyecto de ley: "Artículo único.- Abónase, por gracia, dos meses de servicios para todos los efectos legales, a don Abel Rojas Aguilar, alférez de Carabineros en retiro, tiempo que le será computable para el goce de quinquenios y para reliquidación de su pensión de retiro. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. (Fdo.): Alberto Jerez." 88.- PETICIONES DE OFICIOS Los señores Diputados que se indican, en conformidad con el artículo 173 del Reglamento, solicitaron que, en sus respectivos nombres, se enviaran los oficios que se indican: El señor Acuña: Al señor Ministro de Educación Pública, para que se sirva ordenar se coloque piso de madera en la Escuela N9 318 de Santiago, ubicada en la Villa Olímpica; Al señor Ministro del Interior, para que se habilite el Retén de Carabineros de Loncotoro, Comuna de Puerto Varas, y Al señor Ministro de Hacienda, a fin de que el Banco del Estado abra una sucursal en la localidad de Puerto Octay. El señor Aravena, don José Andrés, al señor Ministro del Interior, solicitándole la instalación de una segunda oficina de Correos y Telégrafos en la ciudad de Angol. El señor Astorga: Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que se sirva acoger la petición de la Junta de Vecinos de la Población "Arturo Prat", Barrio El Colorado de Iquique, en el sentido de que sea considerada en el Sector de Zona Residencial, y Al señor Ministro del Interior, para que se sirva solucionar el problema de falta de energía y luz eléctrica que afecta a la localidad de La Tirana, en Iquique. El señor Fierro, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción a fin de que se instale un aserradero mecanizado en la ciudad de Puerto Aisén. El señor Fuentes, don César Raúl, al señor Ministro del Interior, para que se sirva dotar de un vehículo a los Servicios de Investigaciones de San Carlos. El señor Garcés: Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva solucionar los diversos problemas que afectan a la provincia de Curicó; Al señor Ministro de Agricultura, para que se sirva informar sobre las proyecciones del Plan Forestal en Curicó; Al señor Ministro de Hacienda, a objeto de que se dé preferencia al financiamiento de los agricultores remolacheros de Curicó, Talca y Linares; Al señor Ministro de Obras Públicas, para que se sirva solucionar los diversos problemas que afectan a diferentes localidades de la provincia de Curicó; Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que se sirva informar cuáles el plan de construcción para el próximo año en la provincia de Curicó; Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, a objeto de que se solucionen los problemas que afectan a la provincia de Curicó. El señor Guajardo: Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, para que se sirva considerar la situación de los imponentes con derecho a jubilación del Servicio de Seguro Social, y Al señor Ministro de Justicia, para que se sirva adoptar un pronunciamiento con relación al affaire de las firmas ORVAL" y SURCO de la provincia de Valparaíso. El señor Morales, don Raúl: Al señor Ministro de Educación Pública, a objeto de que se ratifique por medio de decreto la permanencia de la Escuela Coeducacional N9 61 de Puerto Montt, en el local que ocupa desde 1965; Al mismo señor Ministro, con el objeto de que se clasifique al Instituto Politécnico de Castro en Categoría B; Al señor Ministro de Salud Pública, para que se proceda a la instalación de Postas de Auxilio en el lugar denominado Quemay de la Isla Coldita y en Cailín, comuna de Quellón, y Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, a objeto de que se estudie la posibilidad de proceder a la consolidación de la deuda que mantienen con la Corporación de la Vivienda, las personas que solicitaron préstamos inferiores a E° 2.000. El señor Ochagavía: Al señor Ministro de Hacienda, a objeto de que ordene se materialicen las aspiraciones y necesidades de la ciudad de Puerto Natales; Al señor Ministro de Obras Públicas, a objeto de que se materialicen las aspiraciones y necesidades de la ciudad de Porvenir; Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, a objeto de que el Servicio de Seguro Social impise las medidas del caso para lograr que las imposiciones de los obreros de Puerto Porvenir, provincia de Magallanes se efectúen en las oficinas locales; Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva asegurar la construcción de un matadero frigorífico en Puerto Porvenir; Al mismo señor Ministro, para que se sirva materializar las aspiraciones y necesidades que afectan a la ciudad de Puerto Natales; Al mismo señor Ministro, a objeto de que no se traslade la bodega que mantiene la Empresa de Comercio Agrícola, ubicada en Puerto Puyuhuapi; Al señor Ministro de Defensa Nacional, con el fin de que se destine una barcaza de la Armada Nacional para trasladar desde la ciudad de Puerto Montt a Castro a las delegaciones que asistirán al próximo campeonato de fútbol primario en la ciudad de Castro; Al mismo señor Ministro, para que se sirva destinar una subvención a los clubes e instituciones deportivas de la ciudad de Puerto Natales; Al señor Ministro de Hacienda para que se sirva solucionar los problemas que afectan a la ciudad de Puerto Natales; Al señor Ministro de Tierras y Colonización en los mismos términos; Al señor Ministro de Salud Pública, para que se sirva designar una Visitadora Social en' la localidad de Porvenir; Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que se sirva ordenar una investigación por anomalías que se estarían produciendo en la Delegación Regional de Corabit, ciudad de Castro; Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que se sirva solucionar los problemas que afectan a la ciudad de Puerto Natales; Á1 señor Ministro de Educación Pública, para que se sirva materializar las aspiraciones de la Escuela N°' 3 de Puerto Natales, y Al mismo señor Ministro, a fin de que considere la posibilidad de clasificar al Instituto Politécnico de Castro en la Categoría B; El señor Palestro: Al señor Ministro de Salud Pública, para que se sirva solucionar el problema que afecta a la Industria Xilotécnica, ubicada en la comuna de La Cisterna, por el estado de insalubridad en que trabajan sus obreros; Al señor Ministro de Salud en los mismos términos. El señor Parra, al señor Ministro de Educación Pública, para que se disponga la pronta cancelación de la subvención final correspondiente al Liceo Popular An dacollo, que funciona en el barrio Mapo cho con Cautín, de esta ciudad. El señor Poblete: Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva informar cuál es el presupuesto de distribución de fondos para el Instituto Corfo Norte, y cuáles son los planes que este Instituto tiene estudiados para Atacama, en los rubros minería, agricultura e industria; Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que se sirva informar si en la planificación regional de la oficina Nacional de Odeplan se encuentran considerados los problemas habitacionales de la provincia de Atacama. El señor Pontigo: Al señor Ministro de Hacienda, para que se sirva disponer que en el Presupuesto de la Nación del próximo año se consulte la suma de E? 10.000 como subvención para la Asociación de Fútbol de Com barbalá; Al señor Ministro de Agricultura, para que se sirva considerar la aspiración de los comuneros de Agua Buena, comuna de Ovalle, en el sentido de que se proceda a la expropiación de los predios que forman dicha comunidad. El señor Rodríguez Huenumán, al señor Ministro de Obras Públicas, a objeto de agilizar al máximo los trabajos de urbanización y alcantarillado ele la población San Luis de Rancagua. El señor Rosales: Al señor Ministro de Obras Públicas, a fin de que disponga lo necesario para que en el Presupuesto del próximo año se contemplen los fondos necesarios para la construcción de un puente que una las localidades de Viñilla y Carrizal; Al mismo señor Ministro, para que se sirva disponer los fondos necesarios para construir la variante entre las localidades de Carrizal y Zúñiga, en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua; Al mismo señor Ministro, para que se disponga los fondos necesarios a fin de abrir un camino entre Carrizal y la localidad de Uvas Blancas; Al mismo señor Ministro, a objeto de que disponga los fondos necesarios para pavimentar la calle principal del pueblo de Villa Prat, comuna Sagrada Familia; Al señor Ministro de Educación Pública, para que se construya un local para la Escuela N? 41 de Rancagua; Al mismo señor Ministro, para que se sirva disponer el funcionamiento de una escuela en el fundo Los Arcángeles, en la comuna de Rancagua; Al mismo señor Ministro, solicitándole la ampliación y reparación de los servicios higiénicos de la Escuela N° 15, del departamento de Caupolicán, y Al señor Ministro del Interior, para que se sirva instalar un teléfono público en la localidad de Chanquehahue, comuna de Rengo. El señor Rosselot: Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, a objeto de que se estudie la posibilidad de entregar un equipo Amplificador a la población Arizona, comuna de Los Sauces, provincia de Malleco; Al mismo señor Ministro, para que se sirva solucionar los problemas que afectan a la población Arizona, ubicado en la comuna antes indicada. El señor Sepúlveda, don Francisco, al señor Ministro de Educación Pública, a objeto de que sea considerada en los planes edificación escolar un establecimiento con internado para la Escuela N9 56 de Llanada Grande, departamento de Llan quihue. El señor Valente: Al señor Ministro de Defensa Nacional, para que se sirva disponer que se cumplan, por parte de los industriales pesqueros, los acuerdos adoptados en Iquique durante la visita del señor Ministro de Defensa Nacional; Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que se sirva disponer que el Instituto de Seguros del Estado informe sobre las pólizas de seguro de los ad quirentes de viviendas de Arica; Al señor Contralor General de la República, para que se sirva tomar las medidas para que la Empresa Marco Chilena de Iquique cumpla con los compromisos legales; Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva dejar sin efecto el alza decretada por la Empresa Portuaria de Chile, y Al señor Ministro de Hacienda, para que se sirva acoger las peticiones de los subdelegados de los pueblos ubicados en las zonas precordilleranas y del altiplano ariqueño. V.- TEXTO DEL DEBATE Se abrió la sesión a las 16 horas 15 minutos. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. Las Actas de las sesiones 36ª, 37ª, 38ª, 39ª y 40ª, están a disposición de los señores Diputados. Se va a dar lectura a la Cuenta. El señor Prosecretario da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Terminada la Cuenta. I.- CALIFICACION DE URGENCIA El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que dicta normas sobre prestaciones familiares y nivelación de las asignaciones familiares. Si no se pide otra calificación, se acordará la "simple" urgencia. Acordada. 2.- ENVIO DE UN PROYECTO DE LEY A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y DE EDUCACION FISICA Y DEPORTES. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- La Comisión Especial de Educación Física y Deportes solicita que se envíe a las Comisiones Unidas de Hacienda y Especial de Educación Física y Deportes el proyecto de ley sobre educación física, deportes y recreación. El señor RIOSECO.- No hay acuerdo. El señor LORCA, clon Alfredo (Presidente).- No hay acuerdo. El señor MORALES (don Carlos).- No es el proyecto de la Polla del Deporte. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- No es el proyecto sobre la Polla, Honorable señor Rioseco. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- El Honorable señor Rioseco, ha dado ahora la unanimidad. Acordado. 3.- VIGENCIA DE LA RECIENTE REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Debo informar a la Sala que en el "Diario Oficial" del 26 de agosto último se publicó el proyecto de acuerdo que reforma el Reglamento de la Corporación. En virtud de lo ordenado por el artículo 2°, de dicho proyecto de acuerdo, la reforma reglamentaria entrará en vigencia 15 días después de su publicación; de modo que ella deberá aplicarse a partir del 11 de septiembre en curso. Como el plazo que tienen los señores Diputados para conocer el texto refundido es breve y como, además, faltan pocos días para el término de la presente legislatura, la Mesa se permite proponer a la Sala que la reforma se comience a aplicar en la próxima legislatura extraordinaria de sesiones, es decir, desde el 19 de los corrientes. Si le parece a los señores Diputados, así se acordará. El señor ACEVEDO.- No. El señor ARAVENA (don Jorge).- ¿Se distribuyó ya? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Honorable señor Acevedo, ¿oyó la proposición de la Mesa? El señor ACEVEDO.- La oí; tenía conocimiento de ella. El señor CADEMARTORI.- Repítala, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Oí la proposición y la comprendo. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¿Está en desacuerdo para que entre a regir a partir de la próxima legislatura extraordinaria? El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- O sea, a partir del 2 de octubre. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Seguramente los señores Diputados no han escuchado la proposición. Voy a repetirla. La obligación de la Mesa es aplicar el nuevo Reglamento desde el 11 de septiembre, o sea, en seis días más. Lo que propone la Mesa es que, en vez de aplicarlo desde el 11, rija desde el 19 de septiembre. El señor ACEVEDO.- ¿Por qué no puede aplicarse desde el 11? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Porque el señor Cademártori y otros señores Diputados me han hecho saber que les agradaría disponer de algunos días para estudiarlo en profundidad. No veo qué inconveniente puede haber en que se aplique el 19 en vez del 11 de septiembre. ¿Habría acuerdo? Acordado. 4.- TIEMPO ESPECIAL PARA RENDIR HOMENAJE A LAS VICTIMAS DEL ACCIDENTE OCURRIDO EN EL MINERAL DE CHUQUICAMATA El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para rendir homenaje, en esta sesión, inmediatamente, a las víctimas de la tragedia ocurrida en el mineral de Chuquicamata, concediendo como máximo cinco minutos a cada señor Diputado que pida la palabra, entendiéndose que podrá usar de la palabra uno solo por partido, sin perjuicio de la Tabla de Fácil Despacho. ¿Habría acuerdo? El señor MONCKEBERG.- ¿Para cuándo ? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- He dicho para hoy, señor Diputado. El señor TUMA.- ¿ Por qué no para mañana? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Acaba de suceder una tragedia histórica para la clase obrera, y es preferible no esperar hasta mañana para rendirles homenaje a las víctimas. ¿Habría acuerdo para rendir homenaje hoy? Acordado. 5.- TIEMPO ESPECIAL PARA RENDIR HOMENAJE A LAS VICTIMAS DEL BARCO MERCANTE "SANTA FE" El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime ele la Sala para que, inmediatamente después del homenaje a los obreros del mineral de Chuquicamata, se rinda homenaje a las víctimas del vapor "Santa Fe". ¿Habría acuerdo? Acordado. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que la Comisión de Economía y Comercio pueda sesionar esta noche, para tratar el proyecto ele que es autor el Diputado señor Ramírez, en relación con el problema de los automóviles. El señor PHILLIPS.- No hay acuerdo. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Hay oposición. 6.- HOMENAJE A LAS VICTIMAS DEL ACCIDENTE OCURRIDO EN EL MINERAL DE CHUQUICAMATA. NOTAS DE CONDOLENCIA.- OFICIOS El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde rendir homenaje a las víctimas del accidente ocurrido en el mineral de Chuquicamata. El señor ISLA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ISLA (de pie).- Señor Presidente, en la mañana de hoy el país se ha sentido profundamente conmovido por la lamentable tragedia ocurrida en el mineral de Chuquicamata. A las 8.20 horas explotaron dos camiones que conducían dinamita para las faenas del corte C de Chuquicamata. Según las informaciones recibidas hasta este instante, murieron 21 trabajadores del, mineral y otros están gravemente heridos. En nombre de todos los Diputados de la Democracia Cristiana y, en forma muy especial, de los colegas señores Juan Argandoña y Pedro Muga, representantes de las provincias de Antofagasta y Tarapacá, rindo un homenaje muy sentido a estos heroicos trabajadores que han entregado sus vidas laborando por el progreso del país en esas duras faenas mineras del norte, en Chuquicamata, y hago llegar nuestra adhesión a sus familiares y a todas las personas que se han visto directamente afectadas por este lamentable y trágico suceso. Asimismo, quiero dejar establecido que los Diputados de estos bancos estamos prontos a adoptar todas las medidas necesarias para entregar, aunque sea materialmente, nuestro apoyo a las madres, viudas, hijos y padres de estos trabajadores que han encontrado una muerte trágica cuando laboraban por el progreso de Chile. Solicito que se recabe el asentimiento ele la Cámara, para transmitir estas expresiones a los familiares de las víctimas. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ramón Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA (de pie).- Señor Presidente, los hogares de los trabajadores del cobre han sido conmovidos hoy día por una dolorosa tragedia. Conozco personalmente a varios de los que figuran en la nómina de fallecidos. Tuve el honor de ser su compañero de trabajo y me ligaban a ellos lazos de amistad; de tal manera que este doloroso acontecimiento nos tiene, a los Diputados de estos bancos, totalmente consternados. Nosotros pensamos que en la próxima semana, con más calma, cuando ya se tengan todos los antecedentes de esta tragedia, deberíamos rendir un homenaje a las víctimas, tal como lo acostumbra esta alta Corporación. Sin embargo, quisiéramos aprovechar el acuerdo recién adoptado para solicitar a los señores Ministros del Interior, del Trabajo y Legislación Social, y de Minería, que informen a la Cámara de los hechos ocurridos y de cómo se produjo esta tragedia. Estoy seguro de que una iniciativa que presentaremos la próxima semana los Diputados de la provincia de Antofagasta en favor de las víctimas que hoy día han pagado su tributo al trabajo, va a contar con el respaldo de esta Honorable Cámara, del Congreso Nacional y del Gobierno, y se podrá convertir en ley para ir en ayuda de las familias de las víctimas, tal como lo señaló el colega señor Isla. Señor Presidente, le ruego que recabe el asentimiento de la Sala para enviar notas de pesar a las familias de los fallecidos, al Sindicato Industrial Único, al Sindicato Profesional Único de Empleados Particulares de la Chile Exploration, Chuquicamata, y a la Confederación de Trabajadores del Cobre. Mañana, cuando tenga la oportunidad de llegar al mineral, espero obtener mayores antecedentes para entregarlos al conocimiento de todos los colegas en sesiones próximas de esta Honorable Corporación, con el fin de que mediante una ley evitemos que vuelvan a ocurrir hechos tan desgraciados como el de hoy. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra la señora Carmen Lazo. La señora LAZO.- Señor Presidente, siento íntimamente esta tragedia, no sé si por el hecho de haber nacido en Chuquicamata o porque todos los trabajadores tenemos la misma sangre, ésa que a veces se vierte en una represión, como ocurrió en El Salvador, o sencillamente se paga por este llamado "salario del miedo", que arrebata tantas vidas de gente modesta, sencilla, que produce para desconocidos e ignorados patrones de Wall Street. En este momento entregan la vida más de 20 hombres, curtidos hombres morenos de nuestra tierra; quedan postrados, inválidos o indefensos muchos de ellos, y desamparadas sus mujeres y sus hijos. Nuestro colega Héctor Olivares, en nombre del Partido Socialista y de la Confederación de Trabajadores del Cobre, se ha trasladado esta misma tarde, junto a un grupo de dirigentes, al sitio de la tragedia. Señor Presidente, queremos asociarnos al homenaje que la Corporación rinde esta tarde a estos modestos trabajadores y dejar establecido que nosotros sabemos perfectamente bien que la vida de los obreros que actúan en esas faenas tan peligrosas nunca está suficientemente resguardada, porque el momento emocional pasa y después queda la secuela de la tragedia: unas mujeres abandonadas y unos cuantos niños sin destino. Por eso, en nombre de los Diputados socialistas, no sólo nos asociamos a este duelo, sino que pedimos que esta Corporación oficie a las autoridades respectivas para que ellos, de inmediato, abran la investigación correspondiente para establecer el origen de estos hechos y para que se creen los mecanismos y se propongan las medidas tendientes a solucionar los problemas que se derivan de esta tragedia. Al expresar nuestra condolencia, sentimos también que sobre la sufrida clase trabajadora chilena pesa hoy día una represión, mañana una desgracia y todos los días la incertidumbre del diario vivir. Con dolor y con pesar nos asociamos a este homenaje que se rinde a esos trabajadores. Y no sólo queremos que llegue a sus organizaciones sindicales, a sus mujeres y a sus hijos la expresión de nuestro sentimiento, sino que deseamos también que los patrones de estos obreros sepan que consideramos que sus vidas en ningún momento han estado resguardadas y, que como parlamentarios, reclamamos que se cuide mejor a estos compatriotas que a tantos miles de metros de altura laboran para enriquecer a otros que viven en empingorotados rascacielos. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Clavel. El señor CLAVEL (de pie).- Señor Presidente, el país y los parlamentarios, en forma muy especial los de la provincia de Antofagasta, fueron conmovidos esta mañana con la terrible noticia de una nueva desgracia en un centro de trabajo tan importante como es el mineral de Chuquicamata. Hasta este momento no tenemos detalles de las causas de este trágico accidente; pero sí sabemos que ha provocado la muerte de muchos obreros de ese mineral. Conocemos, por experiencia, que cada vez que suceden estas tragedias, los únicos damnificados son los familiares de los fallecidos, que luego arrastran una vida llena de tristeza y de miseria. En estas circunstancias, como muy bien señala mi Honorable colega señor Silva Ulloa, nosotros, los parlamentarios de la provincia de Antofagasta, deberemos reunimos, una vez que tengamos todos los detalles de este accidente, para ir, de acuerdo con el Ejecutivo, en ayuda de los familiares de las víctimas. Los que conocemos el trabajo en esos yacimientos, especialmente los de la mina de Chuquicamata, donde existen, sin duda alguna, sistemas de seguridad y secciones especializadas encargadas de evitar estos sucesos, que ocurren de tarde en tarde llevando la tragedia a tantos hogares, no hemos podido comprender cómo ha sucedido esta terrible desgracia. Por eso, estimo que la Cámara debe pedir a los Ministerios respectivos los informes necesarios para que la Corporación y el país entero conozcan los detalles de este accidente. Ya tendremos ocasión de referirnos a él en forma más detallada y, especialmente, de ir en ayuda de los deudos. Mientras tanto, señor Presidente, como un deber solidario, pido que se manden, en nombre de la Honorable Cámara, las condolencias a los familiares de las víctimas de este accidente, a los sindicatos del mineral de Chuquicamata y a la Confederación de Trabajadores del Cobre, haciéndoles presente el homenaje que la Corporación les ha rendido esta tarde. Nada más, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Meló. El señor MELO (de pie).- Señor Presidente, los parlamentarios comunistas también adherimos al duelo que afecta a los hombres de trabajo, especialmente a los que laboran en la gran minería, por la tragedia ocurrida en Chuquicamata. El que habla se encontraba en Chuquicamata el año 1927, cuando la fatalidad tocó a los mineros que allá trabajaban, al explotar un cerro que se estaba cargando con explosivos. Sólo salieron pedazos de nuestros compatriotas para el cementerio. Calama y Chuquicamata se movilizaron, gimiendo bajo el peso del dolor y de la muerte. En 1937, otra gran desgracia azotó a ese mineral, el más grande del mundo. Y hoy, en 1967, dos camiones cargados con dinamita chocan, dejando un saldo de 17 muertos y 17 heridos, según las noticias que tenemos hasta el momento. Por esto, nosotros acordamos esta mañana que el compañero Víctor Galleguillos se trasladara al norte, para llevar la palabra nuestra a los trabajadores de ese mineral; para llevar la palabra nuestra a los familiares, a las viudas y a los huérfanos. De ahí también que apoyamos la idea de exigir una severa investigación, porque no puede ser que de la noche a la mañana, en las principales industrias de nuestro país, la gente no sólo tenga que morirse de silicosis; sino, además en accidentes tan terribles como éste. Pedimos también que se envíe oficio a todos los sindicatos de Chuquicamata, a la Confederación de Trabajadores del Cobre, a la Federación Minera y a la Alcaldía de Calama expresándoles el sentir de esta Corporación y nuestro propósito, si es el deseo de la Sala, de llevar tranquilidad y encontrar una justa solución a los problemas que tendrán las viudas, los huérfanos y los que queden inhabilitados para trabajar, con el objeto de que mañana no les falte el pan ni la educación. Nada más, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Corvalán. El señor CORVALAN (de pie).- Señor Presidente, el acuerdo de esta Honorable Cámara, en orden a recordar en la presente sesión la tragedia de Chuquicamata, nos obliga a dejar constancia de nuestro testimonio de adhesión a las expresiones vertidas por algunos colegas de distintos bancos que nos han antecedido en el uso de la palabra. Habría sido nuestro interés llevar a la práctica la opinión sustentada por los parlamentarios de la provincia de Antofagasta, en cuanto a esperar la llegada de mayores antecedentes con el objeto de rendir homenaje a las víctimas y, también, tributar un mejor homenaje a sus deudos mediante la concesión de algunos beneficios. No obstante, nos parece impostergable, al comprobar la emoción con que los distintos sectores de esta Cámara se han referido a la tragedia, expresar también algunos sentimientos respecto a lo que es la vida de los mineros y a la eventualidad permanente del peligro que los acecha. El solo hecho de recordar, junto con el Honorable Diputado señor Clavel, que se trata de un accidente ocurrido en una de las industrias mejor dotadas del país de sistemas de prevención y de saber también que es negocio para las empresas mantener previsión sobre los accidentes, que les permite mantener el ritmo de producción, tiene que hacer pensar a la Honorable Cámara en lo insondable e imprevisible que es a veces la fatalidad de los hombres que laboran frente al "salario del miedo", como decía una Honorable Diputada esta tarde. Además, esos camiones, para ahondar un poco más, como quien dijera, en abono de los conocimientos que los Diputados debemos tener de los problemas de la zona, no iban cargados con fulminante, el detonante común que se opera en la pequeña y mediana minerías, sino llevaba las pastas para producir un explosivo muy superior, que se está preparando diariamente en el propio pique donde va a practicarse la explosión. Todo esto induce a concluir que era mucho más difícil suponer que se produjera el accidente. De suerte, que estos trabajadores han llegado esta mañana a sus faenas a. entregar su vida con la mayor tranquilidad, imaginamos, y con la mayor confianza de que iban a un día más de trabajo para construir la grandeza de este país. Señor Presidente, hay que dejar constancia de que el Gobierno y los organismos responsables ya han dispuesto que en el día de hoy se trasladen hasta el mineral de Chuquicamata los personeros a quienes les corresponde la responsabilidad de dictaminar las fallas humanas o la responsabilidad industrial que pudiera afectar a los empresarios de Chuquicamata. Debemos expresar también en esta Honorable Cámara que nosotros, como parlamentarios de la provincia de Antofagasta, estamos siempre vigilantes y atentos a denunciar las irregularidades de las faenas, que visitamos constantemente por invitación de los sindicatos. Entonces, en el desempeño de nuestras funciones podemos comprobar si se están violando las leyes, se está exponiendo en forma excesiva, y en algunos casos escandalosa, la seguridad de los trabajadores. Por eso, esta tragedia que afecta a los sindicatos de Chuquicamata nos golpea doblemente: en nuestra condición dé nortinos y de chilenos, así como en nuestra calidad de autoridades responsables de la fiscalización del cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y de la seguridad de nuestros compatriotas. Por último, deseamos adherir a las expresiones de los distintos parlamentarios, y anunciar nuestra disposición para levantar, sobre el dolor, los sentimientos que animan a la Honorable Cámara en cuanto a responder en forma solidaria a esos hogares que van a quedar en el abandono y aprobar, si es posible sobre Tabla, un proyecto de ley que dé seguridades en la obtención de algunos beneficios que los jefes de familia desearon siempre para ellos y cuyo logro la muerte les vino a impedir. Nada más, señor Presidente. El señor PHILLIPS.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PHILLIPS (de pie).- Señor Presidente, una nueva desgracia enluta los hogares de los mineros de Chuquicamata. Esta tragedia ha costado numerosas vidas de gente dedicada por entero a hacer saltar la tierra a golpes de dinamita para sacar su riqueza, con el objeto de que ella pueda ser aprovechada en parte por el país, y ha significado, en la mañana de hoy, una nueva catástrofe nacional. No queremos adelantar juicios en este momento; sólo deseamos lamentar profundamente este accidente. Nos preocuparemos de que las viudas, los hijos e hijas de las víctimas puedan tener medios para su educación y mantención en el futuro, pues son los que quedan en la tierra. Respecto de quienes se fueron a la otra vida, sólo nos resta desearles la paz y tranquilidad que dan las creencias religiosas. Queremos hacer llegar nuestros sinceros sentimientos de condolencia a la gente del mineral, a los sindicatos respectivos y a la Confederación' del Cobre. Nada más, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar, en nombre de la Cámara, notas de condolencias a los familiares, a los sindicatos de trabajadores, a la Confederación del Cobre,… El señor CADEMARTORI.- Y a la Federación Minera. El señor MELO.- A la Municipalidad de Calama. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- … a la Federación Minera y a la Municipalidad de Calama. Acordado. Además, se enviarán en nombre de la Corporación los oficios solicitados durante sus intervenciones por los señores Diputados. 7.- HOMENAJE A LAS VICTIMAS DEL BARCO MERCANTE "SANTA FE". NOTAS DE CON CONDOLENCIA. OFICIOS. AMPLIACION DE LA COMPETENCIA DE LA COMISION ESPECIAL DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde rendir homenaje a las víctimas del barco nacional "Santa Fe". El señor ANSIETA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ANSIETA (de pie).Señor Presidente, una vez más, el mar cobró sus víctimas. Una tripulación completa fue tragada en el misterio de sus aguas inquietas. Ellos, los hombres de mar, pagaron con su vida su actitud de permanente desafío a la naturaleza y a los riesgos propios de la navegación marítima. Treinta y cinco hombres, entre oficiales y tripulantes, componían la tripulación del "Santa Fe", al mando del Capitán Fernando Silva Cárcamo. El día 13 de agosto, la nave trasmitió su última posición a la cuadra de la isla Guamblin; luego, una espesa cortina de silencio cayó sobre la nave y su tripulación. La inquietud primero y la desesperación después comenzaron a crecer entre las madres, esposas, hijos, hermanos, parientes y amigos, a medida que los días transcurrían y que nada se sabía de los seres queridos. ¡Qué terrible agonía para quienes le pedían al mar que entregara, al menos, una huella o un indicio de donde se encontraban o lo que les había sucedido! Pero el mar ha guardado celosamente su secreto, y la ciudadanía entera, especialmente la porteña, se ha visto como vida ante tanta tragedia, ante tanto dolor La investigación sumaria que se está realizando por orden de la Dirección del Litoral y de la Marina Mercante, que es la autoridad competente en estos casos, permitirá así lo esperamos esclarecer las causas que provocaron este accidente tan lamentable. Que nuestras palabras lleven a los familiares de los desaparecidos, por intermedio de la Honorable Cámara, nuestra comunión en su sufrimiento y el sentimiento más profundo de nuestro pesar por la pérdida de tantas vidas valiosas para sus hogares y para la Patria. Los parlamentarios democratacristianos de Valparaíso estamos estudiando un proyecto de ley que contemple una ayuda para los parientes de las víctimas, y que no sólo permita solucionar este caso en especial, sino que también pueda ser una fórmula permanente de ayuda para los familiares cuando se produzcan estas tragedias que en forma tan intensa han conmovido a la opinión pública. Solicito, señor Presidente, que se envíen notas de condolencias en nombre de la Honorable Cámara a los familiares de las víctimas y también a los sindicatos de oficiales y tripulantes de la Marina Mercante Nacional. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Cantero. El señor CANTERO (de pie).- Señor Presidente, hace cinco días se puso término a la dramática búsqueda del barco de carga "Santa Fe", desaparecido el domingo 13 de agosto cerca del Golfo de Penas, mientras navegaba rumbo al puerto argentino de San Nicolás, cargado con varios miles de toneladas de mineral de hierro. Desgraciadamente, a pesar de la intensa y esforzada labor de diversas unidades de la Armada Nacional y de aviones de la Fuerza Aérea de Chile, no fue posible ubicar resto alguno del "Santa Fe", ni de su infortunada tripulación, dándolos, así, por definitivamente perdidos. Se ha consumado, de esta manera, una nueva y tremenda tragedia que afecta a los hombres de mar y que ha sumido en el dolor a muchas familias de Valparaíso que hoy lloran la muerte de 37 seres queridos, entre los cuales se encontraban dos jóvenes cadetes de la Escuela Naval, y cuyo desaparecimiento enluta las banderas del Sindicato de Oficiales de nuestra Marina Mercante, cuyos dirigentes se encuentran presentes en las tribunas de esta Corporación, y enluta también las banderas del Sindicato de Tripulantes y de todas las organizaciones de trabajadores de nuestro principal puerto. Todo el pueblo de Valparaíso, todo el pueblo de Chile, expresa en estos momentos su congoja por esta tragedia. Los Diputados comunistas queremos hacer llegar nuestras más sentidas condolencias a los familiares de las víctimas y a las organizaciones gremiales a las cuales ellos pertenecían, ante el duelo que los aflige. Queremos, a la vez, rendir sentido homenaje a los esforzados miembros de nuestra Marina Mercante, que arriesgan permanentemente su vida, no sólo por la peligrosa naturaleza de su labor, sino también porque muchas veces tienen que hacerse a la mar en barcos que no reúnen todas las condiciones de seguridad indispensables para la navegación y el transporte de carga, y sin que exista, a nuestro juicio, de parte de las autoridades competentes el control y vigilancia necesarios en estos casos. Cada vez que ocurre una tragedia, como la que hoy lamentamos, que cuesta tantas y tan valiosas vidas, surge en el acto la pregunta: ¿cuáles son las causas de esta desgracia? ¿Pudo ella haberse evitado? Y si pudo haberse evitado, ¿quiénes son los responsables? Y luego, ¿qué medidas se tomarán en el futuro para prevenir al máximo hechos tan lamentables? Es cierto que en este caso no se conocen las circunstancias precisas que motivaron el naufragio del "Santa Fe"; pero eso no debe impedir que se haga una investigación a fondo no sólo en torno de este hecho, de sus causas, sino también en lo relativo a examinar si las medidas de seguridad hoy existentes para la navegación mercante son suficientes y eficaces y si se aplican con toda la rigurosidad requerida. Nos parece que en este sentido la Cámara de Diputados debe preocuparse y solicitar a la Comisión investigadora de la Marina Mercante Nacional, inicie la labor correspondiente. Sólo así nos estaríamos haciendo eco de una de las resoluciones de la Primera Convención de Oficiales de la Empresa Marítima del Estado, que señalaba en uno de sus acuerdos exigir de la autoridad competente dé cumplimiento a lo que dispone el Reglamento Internacional sobre seguridad de la vida humana en el mar, en lo que se relaciona con la forma de cómo deben navegar las naves. Hay hechos denunciados por oficiales de la Marina Mercante, que deberían ser tomados en cuenta cuando se investigue el hundimiento del "Santa Fe". Este barco es del tipo "Liberty" y fue construido en Estados Unidos en 1943, durante la segunda guerra mundial, para transportar pertrechos bélicos. Su duración estaba prevista sólo para cinco años. Sin embargo, fue adquirido en 1960, por la Compañía Naviera Santa Fe, cuando tenía ya 17 años de servicio, a pesar de que la ley N? 12.041 establece que las compañías armadoras sólo podrán adquirir barcos que tengan como máximo diez años de edad. Por otra parte, el "Santa Fe" no era barco metalero, no había sido construido para transportar metales. Fue reparado varias veces; entre el 5 y el 15 de septiembre del año pasado estuvo en el dique de ASMAR de Talcahuano y, luego, en febrero de este año fue enviado a los Estados Unidos., Anteriormente, en 1959, había sido alargado en 20 metros en astilleros del Japón. En estas condiciones, será preciso averiguar si el "Santa Fe" era un barco adecuado para transportar minerales a puertos extranjeros y por rutas marítimas tan peligrosas como es, justamente, aquélla donde quedó sepultado para siempre con toda su tripulación. Son muchos los hogares modestos que han perdido al padre, al esposo, al hermano, al hijo, los únicos sostenes de esas familias. La suerte de ellas y la educación y el futuro de esos niños que han quedado sin padre dependen de que el Parlamento y el Gobierno despachen en forma rápida una ley que beneficie a los deudos de las víctimas, asegurándoles una indemnización adecuada y el pago de una pensión no inferior al sueldo que ganaban los oficiales y tripulantes desaparecidos. En este sentido, las organizaciones sindicales de oficiales y tripulantes quieren, y tienen derecho a ello, decir también su palabra respecto del proyecto que se apruebe en el Congreso. Igualmente, habrá que exigir a las compañías armadoras que otorguen la indemnización que corresponde a quienes han perdido a un ser querido en la plenitud de su vida y mientras cumplía con su labor profesional. Los Diputados comunistas reiteramos nuestro pesar por esta tragedia y solicitamos que se envíen, en nombre de la Cámara, notas de condolencia a los familiares de los marinos desaparecidos y a las organizaciones gremiales respectivas. El señor BALLESTEROS.- Señor Presidente, solicito un minuto, en relación con esta materia. El señor PARETO (Vicepresidente).- Después del homenaje, Honorable Diputado. -Hay varios señores Diputados inscritos. El señor BALLESTÉROS.- Muy bien. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fierro. El señor FIERRO (de pie).- Señor Presidente, más de treinta marinos mercantes, con sus correspondientes oficiales, y un barco destinado al transporte de metales han sucumbido en los mares del sur de nuestro prolongado litoral. Esta tarde la Cámara, justicieramente, está rindiendo un homenaje a quienes entregaron sus vidas en el cumplimiento de su deber. Por eso, los Diputados socialistas populares nos asociamos a este homenaje, y concurriremos con nuestros votos para aprobar cualquier iniciativa que presenten los colegas Diputados de la provincia de Valparaíso o el Ejecutivo, con el objeto de favorecer y de hacer justicia a los familiares que han quedado desamparados. A la vez, solicitamos que se dirijan notas de condolencia, en nombre de la Cámara, al Sindicato de Oficiales de la Marina Mercante, a la Escuela Naval, por la pérdida de dos guardiamarinas; y también a los organismos gremiales a que estaban adheridos estos soldados del trabajo. Nada más, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Turna. El señor TUMA (de pie).- Señor Presidente, los miembros de la Comisión de Agricultura que viajaron a Chiloé en la segunda semana de agosto recién pasado tal vez hayan sido los últimos en divisar el trágico barco llamado "Santa Fe". Ese domingo nos separamos en dos Subcomisiones, una que voló hacia Achao y otra, en la cual iba el que habla, lo hizo hacia Quellón, por intermedio de un avión de la Fuerza Aérea, y divisamos este barco metalero. Cuando escuchamos las noticias y leímos en los diarios su desaparecimiento, nos pareció casi increíble que pudiera haberse perdido esta nave. Y nos ha embargado la emoción al saber que en ella iban 35 tripulantes y 2 cadetes de nuestra Marina de Guerra. No hemos tenido ninguna noticia más. Nadie sabe si, desgraciadamente, se dio vuelta de campana, si explotó, se perdió o se estrelló en los arrecifes este barco cuando navegaba a la salida del peor de nuestros canales sureños, donde está ubicada la isla de Guamblin y donde ocurren siempre muchas tragedias a nuestros compañeros trabajadores del mar y ele la pesca. Quiero insistir en que este barco, correspondiente a la serie del "Liberty" y construido durante la segunda guerra mundial fue dotado de una estructura demasiado ligera para resistir o para exponerlo a los ataques de los submarinos; su vida estaba calculada para 5 años y se sabía que iba a poder navegar sólo por este corto lapso, como lo dijo el Honorable Diputado señor Cantero, después de habérsele agregado con posterioridad, una nueva bodega. Lo anterior indica que esta nave no estaba preparada para navegar en esos mares, y menos con una carga de 11 mil toneladas de metal. Por eso creemos que deben investigarse las condiciones en que este barco estaba navegando y trabajando en el transporte de esta clase de carga. Además queremos señalar que no sólo los barcos de nuestra Marina Mercante trabajan en condiciones muy dudosas de seguridad a lo largo del litoral, porque ello también ocurre con nuestra Marina de Guerra. En un segundo viaje que efectuó la Comisión de Agricultura, a las provincias del sur, con motivo del estudio del proyecto sobre pesca y caza enviado por el Ejecutivo, nos correspondió, durante la semana pasada, ir a la isla Santa María, por lo cual tuvimos que viajar en un barco de la Armada llamado "Corneta Cabrales", el cual funcionaba antes con carbón y fue transformado para que lo hiciera con petróleo. Aun cuando nosotros no somos marinos, al navegar en él, nos dimos cuenta de las deficientes condiciones en que trabajan los hombres de la Armada Nacional. Y lo peor de todo es que el muelle de Lota, donde nos embarcamos, estaba en pésimas condiciones, totalmente carcomido. Se cimbraba a nuestro paso, y, cada tres tablones, faltaban cuatro. Tuvimos que subir, primero, a un bote para llegar a la lancha a motor que nos transportaría al "Cabrales". Cuando estuvimos próximos a la isla de Santa María, este barco sólo pudo dejarnos a tres millas de la costa. Tuvimos que subir nuevamente a la lancha a motor, luego a un bote, y, por último, andar a pie, mojándonos los tobillos, para poder llegar hasta la playa, debido a que no hay muelles adecuados en nuestros puertos y menos aún en las caletas. Las condiciones en que trabajan en Chile los hombres del mar son muy peligrosas. Por eso, esta tarde, al rendir un cálido homenaje a esos valientes compañeros que, desgraciadamente, desaparecieron con el vapor "Santa Fe", rendimos también homenaje a los trabajadores del mar, en general. Pido que, en nombre del Comité de los Diputados socialistas y espero que haya unanimidad para hacerlo en nombre de la Cámara se hagan llegar notas de condolencias al Sindicato de Tripulantes de la Marina Mercante, al Sindicato de Oficiales de la Marina Mercante y a los familiares de las víctimas de esta terrible tragedia. Al mismo tiempo, anunciamos que apoyaremos cualquier proyecto que beneficie a los deudos de estas víctimas. Nada más, señor Presidente. El señor PHILLIPS.- ido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PHILLIPS (de pie.- Señor Presidente, los Diputados nacionales adherimos al homenaje que la Cámara de Diputados rinde esta tarde a las víctimas del desaparecido vapor "Santa Fe". Ayer el puerto de Valparaíso se vestía de blanco ante la llegada del buque escuela "Esmeralda", lleno de regocijo por la vuelta de sus hijos amados. En el día de hoy, después de cinco días de haber cesado la búsqueda del "Santa Fe", se enluta el puerto para rendir el más cálido homenaje de despedida a un grupo de seres queridos que han partido hacia otros destinos. Los familiares de los desaparecidos, de los mayores y de los más jóvenes que iban a formar las futuras legiones de la Armada de Chile, también han sido víctimas de esta tragedia. Por eso, adherimos a las palabras dichas por otros señores Diputados y solicitamos que se haga llegar a los familiares de las víctimas y a los sindicatos correspondientes, nuestra adhesión y nuestro sentimiento de pesar ante tan magna tragedia. Nada más. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Camus. El señor CAMUS (de pie).- Señor Presidente, el mar, que a veces es un manto azul, inmenso y quieto, que es acicate de la imaginación y de la poesía, que es fuente de riqueza y emporio del hombre, que es origen y sustento de la vida,, que es medio de acercamiento entre los pueblos, que es estadio y camino de las civilizaciones y de las edades, se torna, a veces, duro, implacable y despiadado con el hombre. En nuestro Chile, donde tenemos una extensa costa, lo vemos constantemente encrespado, atacando nuestras construcciones, nuestros puertos y nuestras ciudades. Y cuando, en su insensato afán por destruir lo que encuentra a su paso, se enfrenta con una nave, con un barco, con un bote pesquero, el mar los ataca, los reduce, los destruye, sin saber ni reparar en que, al hacerlo, está destruyendo también la vida de hombres que trabajan, que luchan, que se trasladan de un lugar a otro sobre sus aguas para cumplir cada uno un destino distinto. Esta tarde estamos rindiendo homenaje a las víctimas de un barco de nuestra Marina Mercante que, no sabemos cómo, sucumbió a estas inconsecuencias del mar. No sabemos cuál fue el trágico fin de estos hombres que tripulaban el "Santa Fe", pero sabemos cómo tienen que sentir y sufrir sus familiares la desgracia de haber perdido a estos seres queridos. Sabemos también que sus compañeros de lucha y de batalla en el frente de la navegación mercante y en el frente de la Marina de Guerra, es decir, de la Armada Nacional, se hacen solidarios, ante el inescrutable destino que les espera. Sin embargo, nosotros no podemos dejarlo todo a lo irremediable. Como legisladores, sabemos que, en estos casos, se presenta un problema de previsión que es posible afrontar. Como ya se ha expresado esta tarde, sabemos que quienes disponían que siguiera navegando un barco que ya había cumplido con exceso el tiempo durante el cual debía permanecer a flote y podía útilmente prestar sus servicios a la Marina Mercante Nacional, estaban cometiendo, al mismo tiempo, un acto criminal. Y ante este acto, los Diputados radicales deseamos que, esta tarde, nos comprometamos en la Cámara a llevar hasta sus últimas consecuencias la investigación de este caso, a través de nuestra Comisión Especial de la Marina Mercante, para que no sólo se estudie la situación de este barco y estas vidas que ya han desaparecido, sino que estudiemos la manera de prevenir futuros accidentes que pudieren producirse, a través de un análisis severo, consciente e implacable de las condiciones en que están navegando nuestros .barcos mercantes. Queremos, asimismo, que se hagan llegar las condolencias de esta Corporación a los familiares de las víctimas del "Santa Fe", a las organizaciones a que ellos pertenecían y, especialmente, a la Armada Nacional, por la pérdida de dos jóvenes cadetes que navegaban en dicho barco. El señor PARETO (Vicepresidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra, por un minuto, el Honorable señor Ballesteros, para referirse a esta materia. El señor BALLESTEROS.- Señor Presidente, junto con sumarme al homenaje que esta tarde se ha rendido a las víctimas del naufragio del barco metalero "Santa Fe", y acogiendo las sugerencias que en todas las intervenciones se han formulado, solicito que la Honorable Cámara acuerde ampliar la competencia de la Comisión Especial Investigadora de la situación de la Marina Mercante Nacional, al estudio de las circunstancias que rodearon el naufragio del citado barco metalero. Quiero concretar esta petición, a fin de que la Comisión Especial Investigadora pueda conocer los antecedentes del caso que se desea analizar. El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para adoptar los siguientes acuerdos, que han formulado los distintos oradores: 1°.- Enviar notas de condolencias a los familiares de las víctimas, a los Sindicatos de Oficiales y de Tripulantes de la Marina Mercante y a la Escuela Naval; 2°.- Ampliar la competencia de la Comisión Especial Investigadora de la Marina Mercante para que estudie también la tragedia del "Santa Fe", a cuyos tripulantes se acaba de rendir homenaje, y 3°.- Solicitar al Gobierno que se apliquen los acuerdos de la Convención sobre seguridad de la vida humana en el mar. Si le parece a la Honorable Cámara… El señor CANTERO.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor PARETO (Vicepresidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría. El señor CANTERO.- La competencia solicitada por el colega Ballesteros para que la Comisión Especial Investigadora de la Marina Mercante estudie el caso del "Santa Fe" debe hacerse extensiva, no sólo a la investigación de este naufragio en sí mismo, sino que a las medidas de seguridad existentes en este instante para la navegación de la Marina Mercante en el país. El señor PARETO (Vicepresidente) Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la petición del Honorable señor Ballesteros, con el agregado del Honorable señor Cantero, que la Mesa entiende incluido, y se enviarán las notas de condolencia y los oficios solicitados. El señor BALLESTEROS.- Está comprendido. El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo? Acordado. El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Jaque. Acordado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor JAQUE.- Es sólo para pedir que se trate sin debate, al término de la Tabla de Fácil Despacho, un proyecto muy sencillo, informado por la Comisión de Gobierno Interior y aprobado en esa Comisión por unanimidad, que autoriza a la Municipalidad de Concepción para contratar un empréstito. El señor PARETO (Vicepresidente).- Si le parece a la Honorable Cámara, se acordará tratar, al término de la Tabla de Fácil Despacho, el proyecto solicitado por el Honorable señor Jaque. El señor VALDES (don Arturo).- No, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor CLAVEL.- ¿Quién se opuso? El señor PARETO (Vicepresidente).- La Mesa ha observado que hay oposición sobre la materia. El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para conceder la palabra, por cinco minutos, a la Honorable señora Carmen Lazo, sin perjuicio de la Tabla de Fácil Despacho. El señor ESCORZA.- No, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente). -No hay acuerdo. La señora LAZO.- Era para tratar un problema obrero, señor Escorza. Tendré muy presente su oposición. 8.- MODIFICACION DE LA LEY N° 12.401, PARA REBAJAR EL APORTE DE LOS EMPLEADOS PARTICULARES JUBILADOS AL FONDO COMUN DE ASIGNACION FAMILIAR El señor PARETO (Vicepresidente).- En la Tabla de Fácil Despacho, corresponde continuar el debate del proyecto que modifica la ley N? 12.401. El proyecto está impreso en el boletín N° 10.758. Estaba con la palabra el Honorable señor Clavel. Le restan tres minutos de su segundo discurso. Puede continuar Su Señoría. El señor CLAVEL.- Señor Presidente, el proyecto que aparece en el primer lugar de la Tabla fue debatido extensamente en la sesión anterior, por todos los Comités de la Cámara. Como los que figuran con los números 2) y 3), son sumamente sencillos, yo propongo que se voten sin discusión con el primero, en el orden que les corresponde en la Tabla. Nada más, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para proceder en la forma solicitada por el Honorable señor Clavel? El señor PHILLIPS.- No, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor CARDEMIL.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría, Diputado informante del proyecto. El señor CARDEMIL.- Señor Presidente, lamento que no haya habido asentimiento para despachar los tres proyectos de la Tabla. Tal como lo dijo el Honorable señor Clavel, el miércoles pasado discutimos en forma extensa el primero, desde todos los puntos de vista. Como antecedente, quiero agregar que este proyecto cuenta con el asentimiento de la Asociación de Empleados Particulares Jubilados de Chile, de la que voy a leer una nota que he recibido sobre esta materia. Dice así: "Honorable Diputado, don Gustavo Cardemil. "Estimado compañero Diputado: "Por acuerdo de nuestra última reunión de Directiva de la Asociación, nos es muy grato transcribir a usted los agradecimientos por el curso que se está dando en la Cámara al proyecto que modifica la ley N1? 12.401, en el sentido de nivelar el aporte al Fondo de Compensación de Asignación Familiar en nuestra Caja de Previsión y que usted presentó con los Honorables Diputados señores Héctor Valenzuela y Mario Torres. Es de nuestro deber solicitar a su persona mantener el optimismo en cuanto a su total aprobación en la Cámara. "Saludan atentamente a Ud., Luis Espinoza Hurtado, Presidente. Pablo Radebach Osorio, Secretario General." Como lo acaban de escuchar Sus Seño lúas, se trata de un sentido anhelo del gremio de empleados particulares jubilados. No quiero alegar más antecedentes, sino pedir a los Honorables colegas que lo despachemos pronto, a fin de que este beneficio sea una realidad en esta legislatura ordinaria. No se trata de una suma considerable, pero sí constituye una sentida aspiración. Concedo una interrupción al Honorable señor Acevedo. El señor PARETO (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, la disposición en debate se refiere sólo a los empleados particulares jubilados. Pero yo quiero hacer notar, respecto de los de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, que, obtenido el beneficio de la jubilación, deben continuar cotizando el 10%. En este sentido, la Asociación de Profesores solicita "que la Caja continúe haciendo el descuento del 5 % que hace a todo profesor que cumple 30 años de servicio", porque, paradojalmente, al jubilar pierde este beneficio y nuevamente debe seguir pagando el 10%. Es decir, el imponente que cumple 30 años de servicios sólo tiene la obligación de cotizar un 5%. Pero si se acoge a los beneficios de la jubilación, se lo obliga a cotizar el cien por ciento, más. Como el proyecto en debate es una iniciativa que evidentemente hace justicia, el Honorable colega César Godoy Urrutia hará llegar a la Mesa una indicación destinada a que los beneficios del artículo único sean aplicables a los jubilados de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. En consecuencia, ruego a los Honorables colegas que se opusieron a votarlo sin debate, que se sirvan prestar su aprobación junto con la indicación que presentaremos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Es una materia distinta. El señor ACEVEDO.- Yo pido a mis Honorables colegas que no se opongan, porque esta iniciativa entrega inmediatos beneficios a los jubilados de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares, y también los entregaría de aprobarse nuestra indicación, a los jubilados de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Cómo se financia, Honorable colega? El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede continuar el Honorable señor Cardemil, Diputado informante. El señor CARDEMIL.- El Honorable señor Clavel me ha pedido una interrupción, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- El Honorable señor Clavel solamente podría usar de la palabra por acuerdo unánime de la Sala, pues ha hecho uso del tiempo de sus dos discursos. El señor CLAVEL.- ¡Me queda un minuto ! El señor CARDEMIL.- Continúo, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede continuar Su Señoría. El señor CARDEMIL. Este proyecto, que rebaja el aporte de los jubilados particulares al Fondo de Compensación de Asignación Familiar, está financiado en exceso. Según cálculos, el Fondo tiene a la fecha un excedente de más de 30 millones de escudos. De modo que la rebaja del aporte no incidirá mayormente en su financiamiento. Respecto de la indicación del Honorable señor Acevedo no sé qué alcances podría tener en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, pero entiendo que sería un fuerte impacto, porque sabemos que se encuentra totalmente desfinanciada, como sabemos también que la causa fundamental está en el incumplimiento del Fisco de la obligación de depositar totalmente las imposiciones. Tal vez cuando haya un proceso normal en esa Caja, se podría estudiar una fórmula. En tocto caso el Honorable señor Acevedo tiene derecho de presentar su indicación. Pero, a mi juicio, entrabaría el despacho de este proyecto, porque tendría que esperarse el patrocinio del Ejecutivo para su financiamiento. Es de justicia, pero podría traernos dificultades. Por eso, yo le rogaría que la presentara en un nuevo proyecto de ley, a la espera de mayores antecedentes, a fin de que la Comisión de Trabajo y Legislación Social nos proporcionara un informe completo sobre la materia. Eso es todo. El señor PHILLIPS.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PHILLIPS.- Señor Presidente, nosotros votaremos favorablemente el proyecto informado por el Honorable señor Cardemil, que entiendo es uno de sus autores. El señor CARDEMIL.- Exacto, Honorable Diputado. El señor PHILLIPS.- Respecto de la indicación formulada por el Honorable señor Acevedo, nos parece de toda justicia que el sector público jubilado entre en este mismo mecanismo, que indiscutiblemente favorecerá al sector de los empleados particulares jubilados. Pero, como lo dijo en su explicación el Honorable Diputado informante, la Caja de Empleados Públicos y Periodistas no estaría en condiciones de dar este beneficio, que es muy poco, a sus jubilados. Como nada se dice en el informe, puesto que se trata de un proyecto de fácil despacho, y como no sé cuál sería el alcance que podría tener la indicación del Honorable señor Acevedo, porque tampoco tenemos antecedentes a la mano, no me voy a pronunciar sobre ella. Lo que sí me llama la atención es lo dicho por el Honorable señor Acevedo respecto del pago del ciento por ciento que de sus imposiciones hacen los jubilados con más de treinta años de servicio, como sería el caso de los profesores. Esto sería conveniente que lo aclarara el Honorable Diputado informante. Es cuanto quería decir. Muchas gracias. El señor ESCORZA.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ESCORZA.- Señor Presidente, el proyecto que acaba de informar el Honorable señor Cardemil representa un sentido de solidaridad de los empleados particulares en servicio activo hacia sus colegas jubilados. Como los antecedentes que tuvo en vista la Comisión de Trabajo y Legislación Social fueron claros, sus miembros aprobaron esta iniciativa por unanimidad. Es de justicia porque se trata de una sentida aspiración de los empleados particulares jubilados, planteada a través de la Confederación de Empleados de Chile. Como se trata de un estudio serio, es factible que le demos nuestra aprobación, con el objeto de satisfacer un sentido deseo de los empleados particulares jubilados. Por eso, los Diputados democratacristianos lo votaremos favorablemente. Eso es todo. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable Diputado señor Monares. El señor MONARES.- Señor Presidente, en relación con la indicación que formulara nuestro Honorable colega Juan Acevedo, creemos que ella cambia completamente el sentido de este proyecto, porque se refiere a una materia totalmente diferente. Aquí se trata de favorecer a un sector pasivo de trabajadores, que hace un aporte evidentemente mayor que el de los trabajadores en actividad, para formar el Fondo Común de Asignación Familiar, que en definitiva se reparte, porque es de compensación. Pero los funcionarios públicos no tienen el mismo sistema; de manera que no es posible aplicarles la misma solución. Por este motivo y porque no conocemos todos los antecedentes de tipo financiero relacionados con esta indicación, nosotros vamos a votar en contra de ella. Si se presenta en la Comisión de Trabajo, la estudiaremos, porque nos parece interesante. Pero, en esta ocasión, por referirse a una materia totalmente diferente, no estamos de acuerdo en considerarla. Nada más. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Godoy. El señor GODOY URRUTIA.- Señor Presidente, hemos examinado el problema a la luz de la realidad, muy objetivamente. Hasta el año 1925, por ejemplo, los profesores tenían derecho a jubilar con la renta completa correspondiente a su último sueldo, sin necesidad de hacer imposiciones de ninguna clase. Al resto de los funcionarios de la Administración Pública también se les reconocía el derecho a jubilar, si bien me parece que el tiempo servido era un poco más extenso que los 30 años fijados para el magisterio. Pues bien, con la dictación de la ley que creó la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, se fijaron las contribuciones de los funcionarios para formar el fondo de jubilación y un aporte muy inferior, a cargo del Estado. Según se sabe, el Éticamente no lo hace efectivo, por lo que todo lo paga con gran irregularidad. Prácticamente no lo hace efectivo, por lo que esta Caja, como otras, ha vivido permanentemente en una situación bastante difícil para cumplir sus compromisos, no digo ya para acoger las solicitudes que los imponentes hacen a fin de disponer de algunos de los beneficios que teóricamente ella les asigna. Lo paradójico del caso es que todo profesor que cumple 30 años de servicio, por imperio de la ley, reduce la imposición a un 5%. Pero, una vez jubilado, esta imposición se duplica, pasa a ser del 10%. Esto es un verdadero contrasentido, porque el jubilado percibe aproximadamente un 55% de la renta que cobraba en actividad. A eso todavía le agregan una imposición doble de aquélla con que concurría para tener derecho a la jubilación o a otros beneficios. Por eso, nos ha parecido que la disposición de fondo de este proyecto, merece, desde todo punto de vista, extenderse a los funcionarios de la Administración Pública imponentes de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas. Los cálculos actuariales permiten deducir que el que ha estado imponiendo durante 30 años un porcentaje determinado para la jubilación, cubre totalmente el riesgo y después de 30 años ahora casi nadie jubila con ese tiempo, sino con 35, 40 ó más años y puede gozar de la jubilación a que tiene derecho. Le concedo una interrupción al Honorable colega Acevedo. El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, he solicitado una interrupción al Honorable señor César Godoy sólo por la intervención del Honorable colega Monares, Comité del Partido Demócrata Cristiano, que ha anunciado sus votos contrarios a la indicación. A los colegas de mayoría, que no desean votar favorablemente la indicación para los jubilados de la Caja de Empleados Públicos, quiero hacerles presente que todo imponente de esa Caja aporta a ella un 10% de sus rentas. Transcurridos 30 años, sea como imponente de la Caja, o con años reconocidos por la continuidad de la previsión, por el solo hecho de cumplir 30 años, se le rebaja la obligación de imponer de 10% a 5%. En consecuencia, hay financiamiento para un 5%. Ahora más, la Ley de Revalorización de Pensiones le concede al imponente una subvención por cada año que permanezca sobre los 30 de servicio, con un máximo de 25% y 6 sueldos vitales como renta. De aquí se desprende que, si se mantiene en servicio activo por más de 30 años, el imponente sólo tiene obligación de aportar un 5%. Ahora bien, por el hecho de retirarse, de jubilar, se le duplica la imposición de 5% a 10%. Si estaba financiado con 5% ¿por qué se va a desfinanciar si, jubilado, continúa con ese 5%? Se llega a la conclusión de que la imposición de un 10% es algo así como un castigo, para impedir que, cumplidos los 30 años, el imponente jubile, porque le es mucho más ventajoso continuar trabajando, ya que tiene menos imposición y, además, una subvención extraordinaria. En consecuencia, el espíritu, la filosofía de la ley es que aquel que jubile, por el hecho de acogerse a jubilación, debe pagar un 5% más. Para evitarse el tener que pagarlo, debe entonces, continuar en el trabajo, debe continuar siendo imponente activo de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas. Creo que el problema está claro... El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Sólo que se refiere a otra materia. El señor ACEVEDO.- No, Honorable colega; es la misma materia. Se refiere a previsión. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Pero esa imposición no va al Fondo de Asignación Familiar. El señor ACEVEDO.- Naturalmente que no va al Fondo de Asignación. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- El proyecto dice otra cosa. El señor PARETO (Vicepresidente).- Ruego al Honorable señor Acevedo dirigirse a la Mesa y evitar los diálogos. El señor ACEVEDO.- Excúseme, señor Presidente. La ley está mal concebida en este sentido. Si ésta es una oportunidad para modificarla, si este proyecto de ley, de iniciativa de los colegas de mayoría, es un buen vehículo para que viaje un beneficio de tipo social para los jubilados de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas ¿por qué los colegas son tan egoístas e insisten en tirarlos abajo del carruaje? ¿Por qué no los llevan en este vehículo? Este proyecto contará con el asentimiento del Senado y retornará a la Cámara. Si viene con algunas modificaciones, estaremos prestos a calificarlas, a ver si son o no convenientes para los intereses de los imponentes. Por eso, he solicitado esta interrupción, para insistir ante los Honorables colegas de mayoría, del Partido Demócrata Cristiano; pero noto que, en este sentido, están intransigentes, total y absolutamente intransigentes. Ellos quieren que sea un nuevo proyecto. Eso no es ninguna novedad. No cuesta nada elaborar un nuevo proyecto que vaya a la Comisión de Trabajo, que duerma allí el sueño de los justos. . . El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Ningún proyecto duerme en la Comisión de Trabajo. El señor ACEVEDO.- … que el Presidente nunca lo ponga en Tabla. Porque eso es lo que sucede. Sólo prosperan los proyectos de mayoría; no los de minoría, aun cuando concedan un beneficio. Parece que es como un estigma el que los presente la minoría. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¡Cuando son sólo demagogia! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PARETO (Vicepresidente).- Ruego a los Honorables Diputados guardar silencio. El señor ACEVEDO.- Yo quiero insistir en que hay financiamiento. Si hay financiamiento con el 5% mientras el imponente está en actividad ¿por qué no puede haberlo si se mantiene este 5% cuando está retirado? El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- En la sesión pasada se le explicó. El señor ACEVEDO.- El imponente con más de 30 años de servicios además de la renta, percibe una subvención cuan, do está retirado, pierde la subvención y tiene la obligación de aportar un 5% más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Se está refiriendo a otra materia. El señor ACEVEDO.- Evidentemente, pero es materia de tipo previsional y, en tal sentido, cabe dentro del proyecto que ha patrocinado un grupo de Diputados democratacristianos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Advierto a los Honorables Diputados que quedan tres minutos para el término de la Tabla de Fácil Despacho. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, en compañía de los colegas Eduardo Osorio, Monares y Cardemil, he presentado una indicación para agregar al artículo único de este proyecto un inciso que tiende a resolver un problema permanente de los empleados particulares: de los excedentes que se producen anualmente. El señor CARDEMIL.- Es la misma materia. El señor SILVA ULLOA.- Por esta disposición se faculta al Consejo para que, una vez terminado el ejercicio, distribuya el excedente en proporción a las cargas familiares. El señor CARDEMIL.- Es atinente a la materia. El señor SILVA ULLOA.- Ruego a la Honorable Cámara prestarle apoyo a esta indicación. Nada más. El señor SEPULVEDA (don Francisco).- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SEPULVEDA (don Francisco).- Señor Presidente, nosotros, los Diputados socialistas, estamos de acuerdo con la indicación que han formulado los Honorables señores Acevedo y Godoy, porque no vemos ninguna razón para conceder este beneficio a los pensionados de la Caja de Empleados Particulares y dejar al margen de él a los de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas. Tengo entendido que cuando los empleados obtienen su jubilación está ya acumulado el fondo de desahucio correspondiente. De manera que no habría ninguna razón para temer desfinanciamiento por parte de la Caja. Por eso, el Comité Socialista aprueba y respalda la indicación presentada por los Honorables colegas comunistas. El señor PARETO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará. Aprobado. Se dará lectura a las indicaciones. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Godoy, Acevedo y Tejeda para agregar un inciso al artículo único del proyecto, que diga: "Las disposiciones precedentes se aplicarán también a los empleados jubilados de la Administración Pública imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas". Indicación de los señores Silva Ulloa, Osorio, Monares y Cardemil para agregar un inciso al artículo único, que diga: "Se faculta al Honorable Consejo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares para destinar un excedente anualmente, sin perjuicio de la reserva legal, a reliqui dar el monto de la asignación familiar del año precedente." El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación el artículo único con la primera indicación leída. Efectuada la votación en forma eco nómica, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado. El señor PARETO (Vicepresidente).- La Mesa tiene dudas sobre el resultado de la votación. Se repetirá por el sistema de sentados y de pie. Repetida la votación por el sistema de sentados y de pie, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 28 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Se ha producido empate. Se va a repetir nuevamente la votación, en forma económica. Repetida nuevamente la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 30 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Se ha producido empate por segunda vez. De acuerdo con el artículo 158 del Reglamento, la votación de esta indicación queda para la sesión siguiente. El señor SILVA ULLOA.- Votemos la otra indicación, señor Presidente. Preferencia para la votación de los proyectos de la Tabla de Fácil Despacho. El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar, sin discusión, los otros dos • proyectos de la Tabla de Fácil Despacho, impresos en los boletines N9s. 10.754 y 10.759. ¿Habría acuerdo? -Varios señores DIPUTADOS.- Sí. El señor PARETO (Vicepresidente).- Acordado. 9.- LIBERACION DE DERECHOS PARA LA INTERNACION DE ELEMENTOS DESTINADOS A LA PARROQUIA SAN JUAN EVANGELISTA, DE LOTA, PROVINCIA DE CONCEPCION El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación general el proyecto de ley que figura en el boletín N° 10.754, que libera de derechos la internación de elementos destinados a la Parroquia San Juan Evangelista, de Lota. Si le parece a los señores Diputados, se aprobará en general. El señor PHILLIPS.- ¡Que se vote! El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos. El señor PARETO (Vicepresidente). -Aprobado en general el proyecto. Se va a leer las indicaciones. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Turna, Buzeta y Sanhueza, para agregar un inciso nuevo que diga: "Libérase, además, en las mismas condiciones, lo siguiente: "Una unidad dental y un sillón dental destinado al Club Social Hogar del Viajantes que fueron importados bajo el Registro de Importación N? 275802, del 11 de abril de 1967, por el valor CIF. de 1.022,87 dólares según factura N? 2914, de la firma HAKUSUI TRADING Co. Ltda. de Osaka, Tokio, Japón; un juego Unidad Rayos X para uso dental "AC MEXS" (X2) según factura 3.096 e instrumentos dentales según factura 3.097, ambos de un valor de US$ 755,24, CIF. Valparaíso." El señor SANHUEZA.- En homenaje a la delegación de Diputados japoneses. El señor PARETO (Vicepresidente). En votación el artículo con la indicación. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobado. Terminada la votación del proyecto, 10.- CELEBRACION DE CARRERAS EXTRAORDINARIAS EN BENEFICIO DEL CLUB DE DEPORTES YUGOSLAVENSKI SOKOL, DE ANTOFAGASTA El señor PARETO (Vicepresidente).- Corresponde votar el proyecto que figura en el boletín N° 10.759, que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en los hipódromos de Santiago, en beneficio del Club de Deportes Yugoslavenski Sokol, de Antofagasta. El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. El señor VALDES (don Arturo).- ¡Hasta cuándo carreras! El señor PARETO (Vicepresidente).- Si le parece a los señores Diputados, se aprobará el proyecto. El señor DAIBER.- Que se vote, señor Presidente. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 5 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Aprobado en general el proyecto. Se dará lectura a las indicaciones. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Morales, don Carlos ; Silva Ulloa, Clavel y Muga para reemplazar el texto del proyecto por el siguiente: "Artículo 1°.- Autorízase al Club Hípico de Santiago y a la Sociedad Hipódromo Chile para que efectúen anualmente, por un plazo de 6 años, cada uno de ellos y en días no festivos, una reunión extraordinaria de carreras, a beneficio del Club de Deportes Yugoslavenski Sokol, de la ciudad de Antofagasta. "Artículo 2°.- El producto de estas reuniones extraordinarias de carreras será invertido en dicha ciudad en la siguiente forma: a) El 8,42% para terminar la construcción del Estadio cubierto del Club de Deportes Yugoslavenski Sokol de Antofagasta, y para la cancelación de las deudas contraídas y pendientes por este concepto, y una vez terminada esta obra, dicho porcentaje pasará al Club Hípico de Antofagasta para la terminación de sus tribunas, graderías, cancha de carrera, policlínica y corrales. Terminadas estas obras el porcentaje pasará a incrementar los fondos del Ministerio de Obras Públicas que lo destinará exclusivamente para construir, de preferencia, nuevos gimnasios en la provincia de Antofagasta; b) La distribución general del 28% descontado de las apuestas mutuas en las reuniones extraordinarias a que se refiere la presente ley a beneficio de la institución mencionada, se hará en la siguiente forma: Caja de Previsión de Preparadores y Jinetes, bonificación (artículo 5°, letra e), 2,46%. Caja de Previsión de Preparadores y Jinetes, bonificación (artículo 59, letra f), 0,40%. Gratificación empleados (artículo 5°, letra m), 1,12%; Gratificación obreros (artículo 5°, letra i), 0,25%; Premios, 7,25%; Eliminación, 0,30 % ; Control doping, 0,05%; Bonificación propietarios (artículo 2°, número 12), 0,30%; Gastos administración (artículo 2°, número 2 y artículo 4°), 3,90% ; Gastos apuestas mutuas (artículo 2°, número 2 y artículo 4°), 2,55 %; Club Deportivo Jugoslavenski Sokol de Antofagasta, 8,42 %, y Sociedad de Escritores de Chile, 1,00%. Total 28,00%o. "Artículo 3°.- En estas reuniones, se destinará íntegramente a la institución a que se refiere el artículo l9 las entradas de boleterías que en ellas se reciban por los hipódromos, y el total de la comisión sobre las apuestas mutuas, simples y combinadas que rijan en el momento en que ellas se verifiquen, sin otros descuentos que los contemplados en el artículo 2°, números 1 y 2 y en el artículo 5°, letras e), f), i) y m) y artículo 2°, número 12 del decreto N9 1.995, de 23 de septiembre de 1966, sumas que dichas instituciones las percibirán directamente de los expresados hipódromos. "Artículo 4°.- Las instituciones beneficiadas percibirán, también directamente, de estas reuniones extraordinarias el producto del impuesto establecido en los artículos 47 y 48 de la ley N° 14.867, de 4 de julio de 1962. "Artículo 5°.- Destínase, con cargo a los recursos que consulta la presente ley y por una sola vez, la cantidad de 60 mil escudos, para que la Federación Chilena de Tenis de Mesa financie los gastos de preparación y desarrollo del XIV Campeonato Sudamericano de Tenis de Mesa; E9 30.000 para atender los gastos que demande la celebración del Congreso Mundial de Cronistas Deportivos, y E° 8.000 para que la Dirección de Deportes del Estado los invierta en el financiamiento del Campeonato de Fútbol de Escuelas Primarias de 1967. Las instituciones beneficiadas percibirán las sumas indicadas en el inciso anterior directamente del hipódromo en que se efectúe la primera de las reuniones hípicas a que se refiere la presente ley y bajo las mismas condiciones establecidas para el otro beneficiario. "Artículo 6°.-|El déficit que pudiera producirse en cada reunión por insuficiente rendimiento del porcentaje para gastos de apuestas mutuas de cada una se prorrateará entre todos los beneficiarios de la reunión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 23, inciso primero, del Decreto de Hacienda N9 1995, de 23 de septiembre de 1966". El señor PARETO (Vicepresidente).- En el fondo, la indicación reemplaza todo el proyecto. El señor MORALES (don Carlos).- Solicito la palabra para dar una explicación. El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito la venia de la Sala para conceder un minuto al Honorable señor Morales. Acordado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor MORALES (don Carlos).- Señor Presidente en verdad, la modificación es muy pequeña. Sólo se actualiza el proyecto, porque, como se presentó hace algún tiempo, se refería a una legislación antigua, en la que se repartía el 26% por concepto de impuesto en la hípica; el verdadero descuento que existe en los hipódromos es del 28%. En segundo lugar, hemos establecido, en el artículo 3°, la verdadera legislación que existe en la actualidad, que es la contenida en el decreto de Hacienda N° 1995 de 23 de septiembre de 1966. De modo que no hay ninguna innovación de fondo, sino que se ha actualizado el proyecto con la legislación vigente en materia de hípica. Nada más. -Varios señores DIPUTADOS.- ¡Estamos de acuerdo! El señor PARETO (Vicepresidente).- Se va a dar lectura a otra indicación. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Morales don Carlos; y Garay, para agregar al final del inciso primero del artículo 5°, en caso de ser reemplazado el proyecto siempre sería en el artículo 5° el siguiente rubro: "E° 5.000 para que la Federación de Béisbol de Chile financie la organización y desarrollo del Primer Campeonato Nacional Juvenil de Béisbol en la ciudad de Iquique, y E9 50.000 para que la Federación de Esquí de Chile financie su participación en los Juegos Olímpicos de Invierno, a efectuarse en Grenoble en 1968." El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación la primera indicación a que dio lectura el señor Secretario, la que reemplaza el proyecto, sin perjuicio de votar posteriormente la segunda indicación. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo con la indicación. El señor ACEVEDO.- Que se vote. El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación. Durante la votación: El señor CORVALAN.- ¡Cambia todo el proyecto! El señor CLAVEL.- Se cambia el porcentaje no más, Honorable colega. La Comisión respectiva debió haber aprobado el 28% y no el 26%" Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Aprobada la indicación. En votación la segunda indicación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 24 votos; por la negativa, 5 votos. El señor PARETO (Vicepresidente).- Aprobada la indicación. Terminada la discusión del proyecto. Terminada la Tabla de Fácil Despacho. 11.- PETICION PARA TRATAR DOS PROYECTOS DE LEYES. El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para tratar, sin discusión, dos proyectos de leyes: el primero que figura en el boletín N° 10.763 y que ya ha sido informado por la Comisión de Gobierno Interior, transfiere a sus actuales ocupantes determinados terrenos de la ciudad de Iquique. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿En qué lugar de la Tabla está? El señor PARETO (Vicepresidente).- No figura en la Tabla, señor Diputado. ¿Habría acuerdo? El señor DAIBER.- No hay acuerdo. El señor PARETO (Vicepresidente).- No hay acuerdo. Solicito la venia de la Honorable Cámara para tratar el proyecto que está impreso en el boletín N° 10.756. El señor ACEVEDO.- ¿Está en la Tabla? El señor PARETO (Vicepresidente).- No está en la Tabla. El señor ACEVEDO.- ¿De qué trata? El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito la venia de la Honorable Cámara para tratarlo sobre Tabla.- Es el proyecto que destina fondos para el Consejo Nacional de Deportes y crea la "Polla del Deporte." El señor ACEVEDO.- No hay acuerdo: El señor PARETO (Vicepresidente).- No hay acuerdo. 12.- SUPLEMENTO DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS. El señor PARETO (Vicepresidente).- Entrando en el Orden del Día, corresponde continuar la discusión del proyecto que suplementa el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Diputado informante es el señor Eduardo Cerda. El proyecto de ley está impreso en el boletín N° 10.760. Estaba con la palabra el Honorable señor Phillips. Puede continuar Su Señoría. El señor PHILLIPS.- Señor Presidente, el Ejecutivo ha sometido a la consideración del Congreso Nacional un proyecto que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas para proseguir determinadas obras en el territorio nacional. El financiamiento de este proyecto se basa en los nuevos márgenes de utilidades de la comercialización de los cigarrillos. Esta medida ya había sido adoptada por el Ejecutivo, mediante un decreto que, según tengo entendido, fue objetado por la Contraloría General. La actual participación del 56% que le corresponde al Fisco en la venta de estos productos, se eleva a un 60% en virtud de una disposición de esta iniciativa legal. En este proyecto se suplementan como dijo el Diputado informante, Honorable señor Cerda, don Eduardo, algunos ítem del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas tendientes a continuar con edificaciones escolares, instalaciones de agua potable, alcantarillado y otras obras, hasta un total de E° 30.000.000. Pero hay que tomar en cuenta que, según lo dijo el Jefe de la Oficina de Planificación del Ministerio de Obras Públicas, faltan E° 33.174.000 para completar los programas que deberían haberse ejecutado en materia de obras públicas durante el presente año. Por falta de fondos, muchas obras iniciadas en 1967 tendrán que continuarse el próximo año. Al respecto, nosotros hemos insistido en que hay paralización de obras públicas a través de todo el país. En la provincia que represento en la Honorable Cámara, la situación es catastrófica: no hay ninguna obra en construcción, salvo la del acceso al puente del camino a Purén. En el artículo 4° se traspasa, al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la suma de E° 5.000.000 desde la Cuenta de Depósito F123, Reposición de Vehículos Motorizados. Nosotros hicimos presente en la Comisión Mixta de Presupuesto, el año anterior, que la suma consignada para dicho rubro era muy alzada, razón por la cual no habría inversión de ella. La prueba está hoy día a la vista, porque se traspasan E° 5.000.000. Pero lo que más nos llama la atención es el artículo 5°, respecto del cual, naturalmente, tenemos que estar en contra. El dice: "Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, refunda los diferentes impuestos o tasas que afectan a uno o más productos o tipos de productos en sus sucesivas etapas de producción o comercialización". Los Diputados de estos bancos y de otros sectores de la Honorable Cámara, nos hemos opuesto al exceso de facultades que, en cada uno de estos proyectos, se pretende entregar al Presidente de la República. En un proyecto de suplemento de obras públicas no tiene por qué venir incluida esta disposición. Tenemos razones, de peso para sentir cierta alarma. Una de ellas, expresada en varias oportunidades, en la Honorable Cámara, es el problema que se suscitó con la facultad que se otorgó al Ejecutivo respecto del arancel aduanero. En efecto, las disposiciones del arancel aduanero fijaban como tasa máxima un aumento del 15%, en materia de repuestos. Desgraciadamente, los compromisos de orden internacional a que está abocado el país por el mercado de la ALALC, lo han compelido a subirla, en algunos casos, al 17,99%; en otros, al 33,29%; y finalmente, al 57,27%; vale decir, muy lejos del 15% que autorizó la ley como límite. Estamos conscientes, y por eso hemos sido consecuentes con nuestra actitud, de que los compromisos contraídos por el país en materia de comercio exterior, lo obligan a este tipo de alzas; pero no es menos cierto que el Presidente de la República tiene atribuciones para reducir la tasa de impuestos y gravámenes que rigen sobre esta materia, sin violar los tratados internacionales que Chile ha suscrito. Y hemos puesto énfasis sobre lo ocurrido con este rubro, porque creemos que el desarrollo agrícola del país está ligado, en su producción, el costo de sus insumos. Si, por un lado, en materia de maquinaria agrícola, tenemos un alza del 32%, porcentaje de aumento del año pasado y que en 1967 lleva ese mismo ritmo, con un alza de los repuestos que va desde el 33,29% hasta el 57,27 %, aunque se dé un reajuste del 17% a los productos agropecuarios, será imposible el aumento de la producción, porque los costos quedarán muy lejos de la realidad de ésta. Pero es necesario hacer notar el criterio discriminatorio que tienen los distintos Ministerios frente a estos problemas. En este mismo proyecto, que suplementa diversos ítems del presupuesto de Obras Públicas, figura una disposición por la cual se entregan E° 12.000.000 al Ministerio de Minería. El Ministro del ramo explicó, en relación a dicha cantidad, que había plantas de pequeños mineros, como las de Domeyko e Illapel, cuyos costos eran superiores a la rentabilidad que debían obtener; y además, que estos mismos pequeños mineros no eran capaces de pagar los intereses adeudados al Banco Central, porque tenían pérdidas. En seguida, se refirió al empleo del carbón en algunas de estas plantas, en lugar de otros combustibles de menor costo. Constituye una manera de solucionar el problema de la zona de Concepción, ya que se usa, en el país, el carboncillo y el carbón de esa región. Por eso, el Ministerio de Minería recibe E° 12.000.000 en este proyecto, a fin de paliar estas deficiencias. ¡Qué distinto criterio, señor Presidente, del que se tiene en otros sectores, para los cuales no se ha buscado ninguna fuente de recursos para paliar la situación en que están, ni la política aplicada en el caso del hierro, ni la del mayor precio del cobre, o de algún rubro atinente con la zona en que se producen estos minerales! Decía, por ejemplo, que un millón de dólares es justamente para incrementar el uso del carbón, destinación que nosotros entendemos; pero lo que no alcanzamos a comprender es que en materia de costos de producción del sector agrario se aplique una política discriminatoria. Si analizamos la situación económica de distintos sectores de la producción nacional, nos encontramos en el caso de la maquinaria y medios de transporte, sobre todo camiones, por ejemplo, con que empresas de la pequeña, mediana y grandes minerías no tienen ninguna traba ni impuestos y. pueden traer libremente todos estos elementos, de acuerdo con sus necesidades. El señor OSORIO.- La maquinaria la, ocupan en otras cosas. El señor PHILLIPS.- Del mismo modo, el sector maderero tampoco paga impuestos de ninguna clase por la internación de su maquinaria, pues está liberado de ellos, y puede importar la que desee, con la sola autorización del Banco Central. Y creo que este año, después de muchos esfuerzos por parte de algunas cooperativas lecheras del sur, podrán internar 120 camiones. Este sin duda, es un trato discriminatorio. Porque vemos que hay ciertos sectores y ciertos tipos de actividades que "las tienen todas"; en tanto que otros no tienen nada. Creo que la política económica debe ser una misma para todos los sectores de producción, y que lo que se debe ajustar es la rentabilidad de las empresas en beneficio de la producción del país, y no sólo para ciertos sectores, que son representados por algunos Diputados de la zona y que se sienten muy complacidos, en tanto que otros reclaman permanentemente por este trato discriminatorio, que, en el fondo, incide en los costos de producción. Por eso, he hecho hincapié en esta política que sigue el señor Ministro de Minería, porque ha venido a dar solución a todos los problemas de su ramo. Nada sacamos con discursos por radio y televisión, como lo han hecho otros Secretarios de Estado. Las cosas hay que llevarlas a la realidad. Hay que comprender el problema de los insumos del sector agrícola, dentro del rubro maquinarias. Los Ministerios de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Agricultura han elaborado un folleto, que resulta condenatorio para el sector agrícola. El costo de un tractor, por ejemplo, que vale 1.181 libras, 11 peniques y 10 chelines, significa en dólares 3.308,47. Es decir, con un dólar equivalente a 4,32, como en el momento en que se editó el folleto, tenemos que ese tractor cuesta 80 millones de pesos. Vale decir, que los márgenes de comercialización fijados por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no guardan relación con la realidad de los hechos. Tengo a la mano el folleto que explica eso. Si aplicamos esto en el alza de la producción de leche que se quiere hacer en el extremo sur, después de haber disminuido en el centro en un 20%, más el aumento del 5% en el sur, si el Gobierno está empeñado en aumentarla, nos encontraremos con márgenes de comercialización de otros sectores que van a influir en los equipos lecheros en un 62,2%. Entonces, con la ley a la mano, con la autorización del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción estamos encareciendo, inflando y aumentando los insumos en estos sectores. Y, después, naturalmente, cuándo se trata de fijar los precios, hay miles de factores que considerar y que tienen incidencia en el alza del costo de la vida. Pero, justamente, es el Gobierno el que debe tener el problema en sus manos y darle una solución ecuánime. Es imposible que, con el alza del precio de los repuestos en 57,27 % y con un aumento del dólar en 30,1% en materia de abonos, maquinarias y repuestos, más el alza de los salarios, se vaya a fijar precios a los productos que sean inferiores a lo que, en realidad, ha subido el costo de la vida, como ocurrió el año pasado. De aquí viene la merma en muchas actividades del sector correspondiente a la producción agrícola. La política seguida por el Ministro de Minería ha sido totalmente distinta. Me ha pedido una interrupción el Honorable colega señor Ramírez, señor Presidente, y se la concedo con todo gusto. El señor PARETO (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Ramírez. El señor RAMIREZ.- Quería hacer una consulta a mi Honorable colega. Tengo entendido que, en materia de precio de la maquinaria agrícola, sobre todo el de los tractores, hace dos años, si uno hace la comparación en términos del precio del trigo, para comprar un tractor había que pagar el valor equivalente a 1.000 quintales de trigo. En cambio, hoy ese tractor se adquiere con el valor correspondiente al precio de 660 quintales de trigo. Esto significa, indudablemente, que ha habido un mejoramiento para el sector agrícola en este sentido. Quería preguntarle si esto es efectivo, de acuerdo con los antecedentes que tenga Su Señoría. El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede continuar el Honorable señor Phillips. El señor PHILLIPS.- Puedo contestar al Honorable colega que esto ocurre así, a primera vista, porque algunos Ministerios han dado las cifras correspondientes en esos términos diciendo que unos productos se adquieren al precio de tantos quintales de trigo, y otros con menos. Pero habría que ver la proporción entre el costo de producción y el precio de venta que tiene el trigo para los agricultores. Porque es indiscutible que el aumento del precio del trigo otorgado por el Gobierno al sector agrícola, en la última cosecha, fue de un 17%. Sin embargo, el dólar subió un 30,1 %, según el Banco Central de Chile; como ocurrió, igualmente, en materia de abonos y pesticidas. Pero donde la cosa reviste mayor gravedad es en el problema de los repuestos. Ahí ya no hay explicación posible. Tengo a la mano un estudio da lo que significa alzar, junto con los derechos y recargos de importación, un 57,27%) el precio de los repuestos. Nosotros insistimos mucho con los Honorables colegas señores Cerda y Lavandero teníamos un proyecto en la Comisión de Hacienda en la necesidad de regular esto. Es un proyecto anterior, desgraciadamente rechazado por el Senado, que obligaba a indicar los precios de los repuestos en dólares, hicimos lo humanamente posible para conseguir que el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción fijara sus precios en dólares, con las utilidades correspondientes. Porque en esta materia existen otros problemas de muchísima más gravedad. Hay ciertas fábricas que producen repuestos de una categoría óptima, y otras que elaboran estos mismos repuestos de categoría inferior. En consecuencia, esos productos tienen un valor distinto en el mercado externo. Sin embargo, por el hecho de llegar a puertos chilenos, pareciera que su calidad fuera igual, ya que sus precios son tal alto en uno y otro caso. Entonces sucede que los importadores de repuestos, como ciertas piezas de acero, de menor calidad, obtienen precios mucho más remunerativos que por aquéllos que son de óptima calidad, como ocurre en el caso de las "orugas" que emplean ciertos tipos de tractores. Por eso, como decía, éste es un problema que el Ministerio de Economía tiene que afrontar. Ojalá todos los Secretarios de Estado sigan el ejemplo del Ministro de Minería, que, a mi juicio, con muy buen criterio, va a solucionar todos los problemas de la pequeña minería, en la forma y condiciones que he dado a conocer esta tarde. En este proyecto hay una disposición que significa autorizar al Presidente de la República para establecer una sobretasa adicional de hasta un 4% al impuesto sobre el paquete de cigarrillos que consagra el artículo 4° de la ley N° 11.741, de 28 de diciembre de 1954, que se refiere, justamente, a la tributación de los tabacos manufacturados; como, asimismo, para rebajarla, modificarla o restablecerla. Esta disposición me "suena" haberla visto antes, en un proyecto del Honorable colega señor Osorio, quien nos estuvo dando unas lecciones de medicina para que no fumáramos… El señor OSORIO.- Hay una de un médico ruso, según el cual hay que tener mucho cuidado. El señor PHILLIPS.- A mí, señor Diputado, el médico ruso no me preocupa. Risas en la Sala. El señor PHILLIPS.- Pero veo que, al final, estos recursos van a parar a la provincia de Aconcagua. Yo no entro a pronunciarme sobre el particular. Pero, sí, con el visto bueno de los miembros de la Comisión de Hacienda, como los señores Eduardo Cerda, Rosselot y otros, logramos que se nos aceptara la inclusión de una indicación que destina E° 500.000 para un plan de emergencia en el departamento de Curacautín, en la provincia de Malleco. Hemos hecho esta indicación con el visto bueno de los patrocinantes de esta disposición, porque no nos gusta llegar "con la cuchara al plato" que no nos corresponde. La hemos hecho, porque estimamos que el departamento de Curacautín pasa por una situación de emergencia. En efecto, la paralización de su única fábrica, que es la de maderas terciadas de la firma Mosso, ha dejado a 500 y tantas personas sin trabajo. Esperamos que esto se normalice a la brevedad; pero, como ya han transcurrido varios meses, hay allá una inmensa cesantía. Esta zona, para conocimiento de algunos señores Diputados, se dedica exclusivamente a la producción de madera. Pues bien, en Curacautín, Sierra Nevada y Lonquimay hay miles de "castillos" de maderas que no han sido vendidas por falta de poder comprador de la rama de la construcción. Por este motivo, para salvar en parte esta dificultad, hemos formulado esta indicación, que esperamos cuente con la aprobación de la Honorable Cámara. Creemos que es justa, porque no sólo la gente de Aconcagua cae en este "vacio maligno" de que hablaba el Honorable señor Osorio. Ella servirá también para que, por primera vez en la historia de la nación, se destine este tipo de recursos a esta zona, que es limítrofe y que tiene una cesantía enorme, para aliviar con ellos la situación de esos trabajadores, mientras se vuelve a poner en marcha esta industria o se buscan otras fuentes de trabajo. Nosotros votaremos favorablemente este proyecto,, porque estos suplementos y traspasos de ítem tienen por objeto continuar la ejecución de diversas obras públicas que, aunque creemos han sido reducidas en número en este año, redundarán, sin duda alguna, en beneficio de las zonas en que se desarrollen. Es cuanto quería decir. El señor PARETO (Vicepresidente).- Me permito advertir a la Sala que la urgencia de este proyecto vence el próximo viernes. Como mañana figurará en Tabla el proyecto sobre enfermedades profesionales, que, indiscutiblemente, a juicio de la Mesa, ocupará la totalidad del tiempo del Orden del Día, solicito la venia de los Honorables Diputados para votar el proyecto en debate al término del Orden del Día de la presente sesión. No hay acuerdo. El señor FUENTEALBA.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, en vista del apuro con que esto se trató en Comisiones, creo necesario aprovechar la discusión general de este proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas para hacer algunas observaciones referente a la forma como se están administrando los fondos públicos en este Gobierno. Se trata, en esta ocasión, de suplementar ítem que han resultado con déficit a la mitad del ejercicio presupuestario. No podemos oponernos a esta iniciativa, porque hay muchas obras que están por paralizar por falta de fondos, y porque se trata de proporcionar a la Empresa Nacional de Minería recursos para mejorar las tarifas que se pagan a los pequeños y medianos mineros. Se trata también de cambiar la inversión de la compra de vehículos, en algunas reparticiones, para destinarla a solucionar la falta de sitios y viviendas para la clase obrera. Se faculta al Presidente de la República para que refunda los diferentes impuestos o tasas que afectan a uno o más productos o tipos de productos, en sus sucesivas etapas de producción y comercialización. Aparentemente, parece que no fuera a gravarse á la ciudadanía con un nuevo impuesto; pero se faculta también al Presidente de la República para establecer una sobretasa adicional hasta de un 4% al impuesto sobre el paquete de cigarrillos, la cual afectará a la empresa productora de cigarrillos. Y esto significa, en primer lugar, que, en vista de la situación de la Caja Fiscal, el Presidente de la República hará uso de esta facultad cuanto antes; y, luego, que la empresa afectada buscará la manera de que este aumento lo paguen los consumidores. Se invertirá anualmente el 2% del rendimiento de los impuestos sobre los tabacos manufacturados en la realización de un "plan extraordinario de obras", que se ejecutará en las provincias afectadas por el sismo de 1965. No nos podemos oponer tampoco a esta idea; pero es necesario hacer dos observaciones. En primer lugar, debemos dejar constancia de que, con motivo de los sismos de marzo de 1965, se dictó la ley especial N° 16.282, que estableció nuevos tribu tos, que la ciudadanía aceptó por tratarse de circunstancias especiales, por la suma de E° 440.000.000. Y los pueblos afectados no han visto la realización de las obras programadas en esa ley; de suerte que nos asiste el temor de que este nuevo tributo se diluya en otros gastos fiscales. En segundo lugar, el impuesto permanente que se establece financiará un plan extraordinario que tendrá un término. Consideramos que la ley debe destinar estos fondos, una vez que termine ese plan extraordinario, en beneficio de las provincias y departamentos que se indican; es decir, en un 80% en Aconcagua, en un 15% en el departamento de Quillota; y en un 5% en el de Illapel. Al analizar el proyecto de suplementación en debate, llamamos la atención hacia el hecho de que no ha habido una política económica consciente de la realidad nacional. Existe una ley natural, que reconocen todas las doctrinas económicas modernas, según la cual en un país subdesarrollado como el nuestro, mientras las necesidades y problemas son múltiples e ilimitados, los recursos son escasos y limitados. Y esta falta de recurso se agrava con el aumento de la población, el cual, como se sabe, es en Chile del orden del 2,5% al año. Es decir, además de atender los déficit que en todo orden van quedando de año en año, tenemos que atender anualmente a 200 mil ciudadanos más, que necesitan habitación, alimentos, vestuario, trabajo, etcétera. Por esta razón no se puede realizar todo lo que se desearía. El Gobierno del señor Carlos Ibáñez del Campo no pudo hacer lo que proyectó; tuvo que terminarlo el señor Alessandri. Lo que pretendió hacer su Administración no lo pudo concluir y lo está haciendo el señor Frei. Y el plan que se ha trazado el Gobierno democratacristiano del señor Frei no lo podrá, en consecuencia, terminar él, y lo tendrá que finalizar el Gobierno que le suceda. Señor Presidente, es evidente que el balance que tiene validez para un Gobierno es el que se hace al fin del período. En consecuencia, a fines del año 1970 se podrá analizar lo que ha realizado el Gobierno de la Democracia Cristiana. Pero es fácil hacer un pronóstico. Hay un axioma en economía, que es válido para Chile, y que dice que un Gobierno puede realizar mucho más en los tres primeros años que en los restantes, porque cuando está recién elegido cuenta con toda la confianza de la ciudadanía y de las instituciones de crédito exterior. ¿Qué ha hecho la Democracia Cristiana en estos tres primeros años de su Gobierno? Tomemos el año 1966, año de gracia para la economía nacional. Contó con el aumento en cuatro y cinco veces el avalúo de las propiedades, lo que aumentó en igual proporción el rendimiento de las contribuciones de ' los bienes raíces. Percibió el impuesto patrimonial, que dio su mayor rendimiento ese año. Obtuvo los empréstitos que el señor Frei consiguió en Europa y Estados Unidos. Lo favoreció el mayor precio del cobre, sobre 70 centavos de dólar la libra. Sin embargo, pese a todos esos recursos extraordinarios, el Presupuesto de 1966 resultó desfinanciado en E° 500.000.000. Y nos preguntamos: ¿qué se hizo este dinero? ¿Dónde están los enormes caudales que recibió el señor Frei? ¿Dónde están los nuevos kilómetros de caminos pavimentados, las obras, las poblaciones definitivas, las plantas concentradoras, las industrias, etcétera?. Ha habido una mala administración, señor Presidente. No se ha tenido en cuenta que más se aprovecha un escudo invertido en caminos que en propaganda innecesaria; más rinde un escudo en plantas concentradoras que en viajes al extranjero; más provecho se obtiene invirtiendo los fondos en crear industrias que en mantener instituciones como el CONCI, Comando Nacional Contra la Inflación, que por ser carga fiscal contribuye más a la inflación; más rinde un escudo gastado en verdaderos técnicos que orienten, que en tantos asesores y promotores inexpertos. No se ha considerado que, mientras no se disminuya el gasto superfino que se lleva a cabo, mientras no se creen nuevas industrias, mientras no se produzca lo suficiente para absorber los déficit y el aumento vegetativo de la población, no se detendrá la inflación. Si este Gobierno fuera como todos los anteriores, no habría nada que criticar, pero ofreció cambios y las cosas siguen iguales o peores. Se ofreció trabajo, 200.000 nuevas plazas, según expresó el señor Frei en su campaña, y se están paralizando las oficinas salitreras en el norte y las minas de fierro en las provincias de Atacama y Coquimbo; en el sur, los trabajadores chilenos tienen que irse a la Argentina; en todo el país se está lanzando a la miseria y al hambre a millares de nuestros trabajadores sin que se creen nuevas fuentes de trabajo. Ofreció viviendas para todos los chilenos y no se construirá ni la mitad de lo que se prometió. Ofreció crear nuevas industrias y se están paralizando las empresas de la construcción y las minas. Ofreció detener la inflación y se han creado instituciones que originan gastos inútiles. Al discutir esta suplementación tenemos que observar que no se ha racionalizado la inversión de los dineros que figuran en los distintos ítem del presupuesto. En efecto, mientras a unos les falta, otros no se invierten de acuerdo con lo planificado. Como era necesario destinar nuevas tierras a la producción agrícola, se hizo un plan de construcción de obras de regadío para las provincias del norte y, por medio de la ley N° 11.828, de 1965, del nuevo trato al cobre, se le dotó de financiamiento. El año 1966, la ley produjo más de E° 60.000.000 y, según consta en un oficio del Director de Riego, que tengo en mi poder, sólo se invirtieron E° 22.389.000; y los otros, cerca de E° 40.000.000, fueron a parar a los insaciables gastos generales. Sin embargo, el río Choapa, de Coquimbo, por ejemplo, está perdiendo todos los años en el mar centenares de millones de metros cúbicos de agua, que reclaman los habitantes del más atrasado de los departamentos^ como es Ulapel, que hoy día está pasando por una grave crisis, y que necesita más que ninguna otra zona la construcción de un embalse, por tener tantas tierras de primera calidad que pueden ser aprovechadas. Además, hay otras obras de embalses que es imprescindible realizar en el río Elqui, Combarbalá y otros. En materia de caminos, se estudió un plan mediante el cual se proyectó construir la carretera panamericana y longitudinal sur desde Arica a Puerto Montt y, una vez terminando ésta, la ley número 16.255, de 1965, dispuso que los fondos se invertirían en la siguiente proporción: un 35% para construir y pavimentar los caminos transversales de las provincias de Santiago al norte, y un 45% para construir y pavimentar los caminos transversales de las provincias de Santiago a Puerto Montt y para la doble vías y pasos a nivel de la carretera norte y sur. Fuera de algunas obras de poca importancia que quedaron pendientes, en el año 1965 se le dio término a la carretera panamericana y al longitudinal sur y no se han seguido construyendo ni pavimentando los caminos transversales de las provincias indicadas. Respecto a las provincias del norte, la ley produjo el año 1968 más de E° 40.000.000 y, según consta en un oficio del Contador Relacionado de la Dirección de Vialidad, que tengo en mi poder, sólo se invirtieron E° 18.831.191, sustrayéndose de este programa 21.000.000 escudos que habrían servido para pavimentar más de 150 kilómetros de caminos. Este año pasará igual, porque no se han proyectado nuevas obras de regadío ni hay la menor intención de construir caminos. Esta es la forma cómo el Gobierno de la Democracia Cristiana está cumpliendo los programas que con tanto acierto se han formulado y en los que intervinieron técnicos de todos los partidos, conscientes de que la única manera de salir del sub desarrollo es ejecutando estas obras básicas. La provincia de Coquimbo, que represento en esta Cámara, es la más atrasada de las del norte, según lo ha reconocido el propio señor Frei. Ella tiene la mayor extensión agrícola de secano después de Aisén y Magallanes, con tierras de primera calidad, que pueden ser admirablemente aprovechadas, si se dispusiera de agua. En la provincia hay más de 2.500 kilómetros de caminos de mala calidad; pero, en vez de otorgarle mayores recursos para su desarrollo económico, se le sustrae, se le despoja en el presupuesto nacional de lo que por ley le corresponde. Esta suplementación, que en parte se financia con un nuevo tributo, y la exposición que hizo al país le señor Ministro de Hacienda el jueves 31 de agosto, justifican un breve examen de la política económica del Gobierno del señor Freí. El señor Ministro de Hacienda expresa que no hay crisis, que la situación fiscal es normal, que la producción ha subido, que la inflación se está deteniendo. Pero otra cosa dicen los miles de cesantes que hay en el país; otra cosa expresan las diferentes instituciones de previsión que no pueden conseguir que el Fisco les pague lo que les adeuda ; y otra cosa manifiestan los empresarios, sobre todo los de la construcción, que tienen sus empresas paralizadas; diferente opinión tienen los comerciantes, que han visto bajar sus ventas en porcentajes alarmantes; distinto criterio tienen los contribuyentes de todo el país que, no pudiendo pagar a tiempo los impuestos y contribuciones, han solicitado prórroga. El Gobierno no ha podido desconocer esta situación y ha manifestado el propósito de acceder a esta justa petición. Opinión diferente de la del señor Ministro de Hacienda tienen los obreros, los empleados, los médicos, el Poder Judicial, las Fuerzas Armadas, los Carabineros, el personal de Correos y Telégrafos, del Servicio Nacional de Salud, del Registro Civil, los profesores, los trabajadores de las empresas privadas, etcétera, que están viendo cada día más reducido el presupuesto de su hogar. Otra cosa expresan las dueñas de casa al ver que lo que disponen para la mantención diaria se reduce cada día más. El señor Ministro de Hacienda no quiere comprender la verdadera situación a que ha sido conducido el país por el fracaso de su política económica, ya que, mientras por un lado se habla de revolución en libertad, por el otro, continúan los mismos sistemas que se empleaban en el Gobierno anterior; se siguen elaborando los presupuestos y dictando leyes basadas en los mismos términos anteriores ; se establecen impuestos indirectos que gravan con más intensidad a la gente modesta; las industrias básicas siguen en poder de empresas extranjeras, que aprovechan el trabajo de nuestros obreros y empleados y lo transforman en utilidades que van a parar a las manos de los accionistas residentes en Europa y en Estados Unidos; los grandes empresarios nacionales cuentan con toda clase de privilegios para seguir acumulando, con el esfuerzo de la colectividad, grandes fortunas en su beneficio personal. También este proyecto de ley, en sus artículos 8°, 9° y 10, grava con un impuesto de un cuarto del sueldo mensual vital, escala b), de los empleados particulares de la provincia respectiva, por cada tonelada de concentrado, a las personas naturales o jurídicas privadas que, en el goce de mercedes de agua, obtengan, extraigan o recuperen cobre en forma de concentrados de sulfuros de cobre. Los Diputados señores Poblete y Barrionuevo se han basado para proponer este impuesto, en lo que está ocurriendo en el río Salado del departamento de Chañaral. Allí, gracias a concesiones especiales, algunas firmas particulares están aprovechando estos relaves sin mayor esfuerzo, por lo que creemos muy acertada esta iniciativa. Pero nos parece que estas deben ser explotados por la ENAMI. En efecto, para beneficiar los minerales de cobre, los mineros tienen que efectuar grandes trabajos de laboreo en sus minas, acarreos a las plantas y el procesamiento: chancado, molienda, separación del estéril, etcétera, lo que requiere instalaciones y maquinarias, con esfuerzos y costos muy subidos. En cambio, a estas empresas que aprovechan los relaves que botan las minas de Potrerillos y El Salvador, los cuales se escurren por el río Salado, les basta con captar estas aguas y sacar el mineral suspendido en ellas por efecto de la agitación normal de su curso. Creemos que no es posible que empresas particulares sigan aprovechando, sin mayor esfuerzo, estos relaves. Por este motivo, he presentado una indicación, apoyada por el Diputado señor Orlando Poblete, a fin de que, una vez que termine el plazo de la concesión de estas firmas, la explotación de estos relaves pase a poder de la Empresa Nacional de Minería, la que deberá seguir pagando el impuesto señalado. He dicho. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra El señor ACEVEDO.- El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, en la sesión anterior, al iniciar su intervención el señor Diputado informante, hice presente la necesidad de que, durante la discusión general del proyecto, estuvieran presentes en la Sala los señores Ministros de Estado, cuyas Carteras tienen relación con esta iniciativa que suplementa los Presupuestos de los Ministerios de Obras Públicas, de Minería y de la Vivienda y Urbanismo y otras partidas que se consultan. Esa insinuación a la Honorable Cámara y, especial, a la Mesa, estaba íntimamente vinculada con el programa de trabajo de la Empresa Nacional de Electric dad, S. A., ENDESA, porque en este proyecto no se consulta suplemento alguno para el Presupuesto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que a través de la Corporación de Fomento de la Producción entrega recursos a la ENDESA. Nos preocupa enormemente la situación de esta empresa, por su programa de trabajo y las obras que está realizando en la actualidad. Los colegas de las diferentes zonas del país, conocen los trabajos que está efectuando la ENDESA en la Central Hidroeléctrica de Chapiquiña, en el departamento de Arica, en la cual desea alcanzar una potencia del orden de los 30.600 voltios, para producir 116 millones de kilovatios-hora en el año. Asimismo, está abocada a la conservación y ampliación de la Central Hidroeléctrica "Salar del Mercado", y a aumentar a 16 mil voltios la potencia de la Central del sistema de Huasco. Además, en la zona central, en la provincia de Santiago, está construyendo la Central "Rapel", que constituye una de las obras más importantes de su programa, que tendrá una potencia de más o menos 350 mil voltios y podrá generar anualmente alrededor de 860 millones de kilovatios. En la construcción de esta planta trabaja un número aproximado de 2.500 obreros. El programa de la ENDESA, que está terminando algunas etapas de la Central Rapel, tiende a continuar ampliando laá obras en otras plantas generadoras de electricidad. Después de la Central Rapel se seguirían las obras de la Central El Toro, ubicada en la provincia de Ñuble, a 90 kilómetros de Los Ángeles, que será una de las plantas hidroeléctricas más potentes de América Latina; llegará a tener una potencia de generación del orden de 400 kilovatios, para producir 1.470 millones de kilovatios-hora. Esta central significará realmente un adelanto en obras de progreso no sólo para la provincia de Ñuble, sino que, en general, para toda la región sur del país. Pero, ¿qué significa esto? Mantener el financiamiento del programa que la ENDESA se ha trazado. Lamentablemente, este año, 1967, la empresa tiene un déficit de 16 millones de escudos, suma que la está restringiendo para continuar normalmente el proceso de construcción de la Central Rapel, a su vez, no le permite el" traslado de personal especializado hasta la nueva Central El Toro, de la provincia de Ñuble, porque para poder movilizar a ese contingente obrero, necesita, por lo menos, la suma de 12 millones de escudos para la sola construcción de campamentos y habilitación general en el montaje de la obra. Desgraciadamente, este proyecto que suplementa el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas ya lo hicimos presente en la Comisión y hemos querido insistir en la Sala no consulta estos recursos. Ha habido informaciones de algunos colegas en el sentido de que la ENDESA tendría financiamiento para este año; pero la verdad es que no han pasado más allá de ser meros antecedentes de tipo personal que algunos colegas han hecho. El caso es que, a indicación nuestra, fue invitado a la Comisión de Hacienda el Gerente de la ENDESA, quien nos expresó que, efectivamente, los datos proporcionados en estos instantes a la Sala por el Diputado que habla son precisamente los exactos en relación con la situación de la ENDESA. Efectivamente, la ENDESA tiene un déficit de 16 millones de escudos. Si no se entrega esa suma durante los meses que quedan para el curso de este año 1967, la Empresa Nacional de Electricidad Sociedad Anónima se verá en la imprescindible necesidad de suspender su programa de trabajo, y ello traerá como consecuencia, naturalmente, la cesantía. Hace escasamente algunos meses, en los primeros de este año, la ENDESA dio a conocer a la opinión pública un boletín oficial con su programa, sus costos y financiamiento, con la absoluta seguridad dada por los hombres de Gobierno, en cuanto a que ese financiamiento no faltaría. Y, en ese informe, la ENDESA dejó constancia de su confianza en la obtención de dichos recursos mediante un "slogan" destinado a llevar tranquilidad a los hogares de sus obreros, que decía: "El fantasma de la cesantía no pasará par ENDESA". En otras palabras, esa institución decía que "el fantasma de la cesantía" no se proyectaría sobre los hogares de sus trabajadores. Pero han transcurrido algunos meses de este año y ya el fantasma de la cesantía no sólo está afectando a la ENDESA en términos tales que le impiden cumplir su programa, sino, naturalmente, y en forma muy indirecta, está amenazando los hogares de cada uno de sus obreros. Por eso hemos deseado manifestar nuestra disconformidad por la falta de previsión demostrada tanto por el señor Ministro de Hacienda, como por el Secretario de Economía, Fomento y Reconstrucción, personaje éste último que conoce muy de cerca los programas de la ENDESA, pues en su calidad de Ministro preside el Consejo de la Empresa Nacional de Electricidad S. A.; y además, antes de ser Ministro, durante el régimen pasado fue Gerente de la firma Sigdo Koppers, que ejecutó diversos trabajos de ingeniería para ENDESA. En la construcción de la Central Rapel, donde fue necesaria la construcción de un túnel que desviara las aguas del río, la firma Sigdo Koppers realizó la desviación del curso del río. En consecuencia, esa obra fue ejecutada cuando era Gerente de dicha firma el actual Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Presidente, por lo tanto, del Consejo de la ENDESA, por albur de la política nacional. De modo que no se puede alegar desconocimiento personal, cabal y consciente de la situación por parte de ese Ministro. Lo que sucede, señor Presidente, es que ha habido falta de previsión permanente ese programa y no han estado bien en claro que tanto el señor Edgardo debidamente dedicados a él los señores Boeninger como los representantes del Ministros de Economía, Fomento y de Reconstrucción están conscientes de esta necesidad de la ENDESA, y nos han expresa que ella tendrá el financiamiento adecuado y no serán paralizadas las obras de El Toro ni las de la Central Rapel. Por lo tanto, esas plantas de tan importancia para el país seguirán adelante y tendrán oportuno financiamiento. El señor PARETO (Vicepresidente).- Si le parece a los señores Diputados, se transcribirán las observaciones del Honorable señor Acevedo a los señores Ministros a que hizo mención. Acordado. El señor ACEVEDO.- Le concedo una interrupción al colega Valente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Valente. El señor VALENTE.- Señor Presidente, nosotros vamos a apoyar este proyecto en las partes fundamentales, porque estimamos útil suplementar el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas en la suma de treinta millones de escudos, con la finalidad de terminar una serie de obras en construcción en todo el país, especialmente en los rubros de escuelas, caminos, obras de alcantarillado y de agua potable. También apoyamos la destinación que hace el artículo 2 al ítem 17/01/28.2 del Presupuesto de la Nación, que beneficiará a la Empresa Nacional de Minería, porque concordamos plenamente con la decisión adoptada por el Ministerio de Minería en orden a rebajar el valor de las maquilas para facilitar la explotación de las pequeñas y medianas minas y, al mismo tiempo, socorrer a sus modestos propietarios. De acuerdo con las explicaciones dadas por el señor Ministro de Minería en la Comisión de Hacienda, la rebaja de esta maquila corresponde a una política solicitada por los propios interesados y, sobre todo, destinada no a descargar en algunas personas que nada tienen que ver con esta explotación los mayores costos producción minera de la ENAMI. Señor Presidente, el artículo 4° autoriza el traspaso de 5 millones de escudos depositados en la cuenta F-123, y que a diferencias producidas reposición de vehículos motorizados hace corrientemente la Dirección de del Estado, a rentas de la nación, con el objeto de la “Operación Sitio”. El proyecto primitivo no señalaba en su articulado que el de este traspaso fuera a ser a la “Operación Sitio”. La Comisión estimó necesario aclarar tal disposición y la proposición formulada en tal sentido por los Diputados comunistas fue aceptada y se encuentra establecida en el artículo 4° Estamos de acuerdo con el resto del articulado en los términos en que está redactado. No objetamos de este proyecto, sino la disposición contenida en el artículo 6°, vale decir, la facultad que se le otorga Presidente de la República para subir del 56 al 60% el impuesto adicional que carga a los cigarrillos, a los cigarros y los tabacos. No nos parece justa esta forma de financiar el proyecto; hay otros medios por los cuales el Gobierno pudo perfectamente bien haber logrado los recursos necesarios para esta suplementación, y que habrían redido mucho más que los cigarrillos. En este aspecto nos remitimos a las tantas declaraciones que hemos escuchado a algunos parlamentarios de Gobierno y a personeros del Ejecutivo, en orden legislar en forma definitiva y a corto plazo sobre el término de las franquicias tributarias. Estimamos que allí está, precisamente, la fuente de financiamiento para muchos proyectos de interés general nacional, y que no corresponde recargar, como hasta ahora se ha hecho, los impuestos indirectos, pues éstos perjudican o afectan a los consumidores. Nos parece de mucha importancia disposición contenida en el artículo mediante la cual se faculta al Presidente la República para refundir los impuestos que gravan a diferentes artículos servicios. En el fondo esta disposición tiene por objeto coordinar y armonizar que gravan la compraventa algunos servicios, sin que esto signifique, supuesto, aumentar los tributos, armonizar y coordinar esas disposiciones y lo que es más importante, se procurando, de acuerdo con este artículo, el impuesto de compraventa se a la base y no a las sucesivas transacciones que sufren algunos bienes o servicios. La votación de los Diputados comunistas va a ser favorable a todo el proyecto, salvo el artículo 6°, respecto del cual hemos manifestado que no estamos de acuerdo con el financiamiento. Por último, apoyaremos las disposiciones contenidas en los artículos 7°, 8°, 9° y 10, porque ellas se relacionan con un financiamiento muy adecuado para obras que se van a desarrollar, especialmente, en la provincia de Aconcagua, en los departamentos de Quillota e Illapel, y tienen por objeto, además, lograr la recuperación de un importante fondo para el desarrollo de obras públicas en la provincia de Atacama de acuerdo con indicaciones hechas por los Diputados señores Poblete y Barrionuevo, en la Comisión de Hacienda, que fueron acogidas no sólo por el señor Ministro de Minería, sino que por la unanimidad de los Diputados, dada la justeza con que ellas se plantearon. Anuncio los votos favorables de los Diputados comunistas a todos los artículos, con excepción del 6° El señor PARETO (Vicepresidente).- Puede continuar El señor ACEVEDO.- El señor ACEVEDO.- He terminado, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Barrionuevo, don Raúl. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, pensaba que este proyecto se iba a votar en el día de hoy; por eso había solicitado la palabra para hacer una pequeña aclaración sobre la indicación de la que soy autor, para gravar a aquéllos que se benefician con la explotación del río Salado. Esta indicación la estudiamos con el ex Diputado señor Magalhaes en el período anterior… El señor CERDA (don Eduardo).- ¿Me concede una interrupción? El señor BARRIONUEVO.- Con todo gusto. El señor CERDA (don Eduardo).- Señor Presidente, solicito nuevamente que se sirva recabar el asentimiento de la Cámara para que votemos en general y particular el proyecto, a continuación. El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar el proyecto en la forma propuesta por el Diputado señor Cerda, don Eduardo. El señor CERDA (don Eduardo).- Hay urgencia en el despacho de este proyecto. El señor PARETO (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor DE LA FUENTE.- En general, sí. El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para votar en general el proyecto al término del Orden del Día? El señor CERDA (don Eduardo).- No hay acuerdo, señor Presidente. En general y particular. El señor PARETO (Vicepresidente).- No hay acuerdo. Puede continuar el Honorable señor Barrionuevo. El señor BARRIONUEVO.- Es lamentable que este proyecto, que beneficia a la pequeña minería y que proporcionará fondos para obras cuya realización son urgentes para la provincia de Atacama, no se despache esta tarde. Decía, señor Presidente, que con muchos esfuerzos había logrado convencer al Gobierno de gravar la explotación del río Salado, porque había cuatro o cinco firmas que estaban beneficiándose o enriqueciéndose, sin pagar un solo tributo. Como este proyecto de ley debía pasar por largos trámites constitucionales antes de ser aprobado por el Congreso, consulté al señor Ministro de Minería y al señor Subsecretario de Hacienda y pedí autorización para incluir la indicación correspondiente en el proyecto que suplementa diversos ítem del Ministerio de Obras Públicas. Con la ayuda de los Comités de todas las colectividades políticas, que prestaron su firma, fue incluido como indicación. Con posterioridad, cuando yo debí defender esta indicación… El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Me permite, Diputado? Ha llegado el término del Orden del Día. 13.- AMNISTÍA A DON HERMINIO SEGUNDO ESCUDERO POZO El señor PARETO (Vicepresidente).- Señores Diputados, la Mesa desea solicitar la venia de la Honorable Cámara para votar un proyecto que modifica la ley 15.395, que concedió amnistía al señor Herminio Segundo Escudero Pozo. Por un lamentable error, en ella se hizo referencia a la Corte de Apelaciones de Santiago y no a la Corte Marcial, que era lo que correspondía. El proyecto sólo tiende a reparar este error. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir el trámite, de votación secreta. ¿Habría acuerdo? Acordado. Si le parece a los señores Diputados, se aprobará. Aprobado. 14.- CONSTITUCION DE LA SALA EN SESION SECRETA El señor PARETO (Vicepresidente).- Por acuerdo de la Corporación, corresponde constituir la Sala en sesión secreta. Se suspende la sesión. Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 19 horas 20 minutos. 15.- TRANSFERENCIA DE TERRENOS A SUS OCUPANTES EN IQUIQUE, PROVINCIA DE TARAPACA El señor PARETO (Vicepresidente).- Se constituye la Sala en sesión pública. Como ha sido retirada la oposición, solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar, sin debate, el proyecto que transfiere a sus actuales ocupantes algunos terrenos en varias poblaciones de la ciudad de Arica. Acordado. El proyecto, impreso en el boletín N° 10.763, es el siguiente: "Artículo l°.- Declárase exentos de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquier naturaleza, a los regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Migue Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos, de dicha comuna. Artículo 2°.- Decláranse de utilidad pública los terrenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planes de loteo aprobados por la Municipalidad. Artículo 3°.- Autorízase a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que se refiere el artículo l9 de la presente ley, y para transferirlos posteriormente a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de 90 días, contados desde la fecha de publicación de esta ley. Los terrenos indicados en el inciso anterior, serán adquiridos por dichos ocupantes y el precio que se fije se pagará en sesenta mensualidades. Para determinar el monto de la indemnización que corresponde al expropiado, no se tomará en cuenta el mayor valor que pudiere tener el predio expropiado, con motivo de las obras de urbanización ejecutadas, o de las mejoras o construcciones que existan en el inmueble, salvo que el expropiado acredite que tales obras han sido costeadas por él. Artículo 4°.- Declárase que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberá inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios." El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si les parece a los señores Diputados, se aprobará. El señor MONARES. -De acuerdo. El señor PARETO (Vicepresidente).- Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Terminada la votación del proyecto. 16.- AUTORIZACION A LAS MUNICIPALIDADES DE LOTA, CORONEL Y PENCO, PROVINCIA DE CONCEPCION, PARA CONTRATAR EMPRESTITOS El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar, sin debate, el proyecto que autoriza a las Municipalidades de Lota, Coronel y Penco para contratar empréstitos. El señor MONARES. De acuerdo. El señor PARETO (Vicepresidente). Acordado. El proyecto, impreso en el boletín N° 10.752, es el siguiente: "Artículo l°.- Autorízase a las Municipalidades que se indican y por las cantidades que se señalan para contratar, en forma directa e independiente cada una de ellas, en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones de crédito o bancarias, empréstitos a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años: a) Municipalidad de Lota E°9 2.000.000 b) Municipalidad de Coronel 3.600.000 c) Municipalidad de Penco 1.440.000 Artículo 2°.- Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos, ni lo dispuesto en el artículo 71, inciso segundo, de la ley número 11.860. Artículo 3y El producto del o los empréstitos que cada una de las Municipalidades contrate, en virtud de la autorización concedida en el artículo l9 deberá invertirse en la ejecución de las siguientes obras: Municipalidad de Lota 1.- Mejoramiento y extensión del alumbrado público E° 1.000.000 2.- Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para trabajos de pavimentación en la comuna 500.000 3.- Dotación de elementos y equipos para el Servicio de Aseo Público de la comuna 500.000 Municipalidad de Coronel 1.- Mejoramiento y extensión del alumbrado público 1.800.000 2.- Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para trabajos de pavimentación en la comuna 900.000 3.- Terminación del edificio municipal y otros 900.000 Municipalidad de Penco 1.- Mejoramiento y extensión del alumbrado público 720.000 2.- Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para trabajos de pavimentación en la comuna 360.000 3.- Construcción del edificio municipal, habilitación de balnearios y construcción Casa de la Cultura 360.000 Artículo 4°.- Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contraten las Municipalidades señaladas en el artículo l9, el rendimiento de los impuestos comprendidos en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de las comunas de Lota, Coronel y Penco, establecidos en las letras c), d) ye) del artículo 2° del decreto de Hacienda N° 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley N° 15.021. Artículo 5°.- Las Municipalidades indicadas, en sesiones especialmente citadas, y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, podrán invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida consultada para una si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras, o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. Asimismo, dichas Municipalidades quedan facultadas para invertir los mencionados fondos en cualquiera otra obra de adelanto local, aun cuando no fuere de aquéllas a que se refiere el artículo 3°, siempre que ello fuere acordado por la respectiva Corporación en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio. Artículo 6°.- En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, las Municipalidades respectivas podrán girar con cargo al tributo establecido en el artículo 49 para su inversión directa en las obras señaladas en el artículo 39 y hasta la total ejecución de las mismas. Podrán, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrajeran por un monto inferior al autorizado. Artículo 7°.- Si los recursos a que se refiere el artículo 49 fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, las Municipalidades respectivas completarán las sumas necesarias con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las sumas destinadas a sueldos y remuneraciones de cualquiera naturaleza de los personales de empleados y obreros correspondientes. Si por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordaren las respectivas municipalidades en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Artículo 8°.- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto las Tesorerías Comunales de Lota, Coronel y Penco, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrán a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si no se hubiere dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo a las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9°.- Las Municipalidades respectivas depositarán en la cuenta de depósito fiscal "F26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, las Municipalidades mencionadas deberán consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 de la presente ley." El señor PARETO (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a los Honorables Diputados, se aprobará. El señor LAEMMERMANN.- Muy bien, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también, reglamentariamente, aprobado en particular. Terminada la votación del proyecto. 17.- CONFLICTO DEL TRABAJO EN EL MINERAL ALGARROBO, DE LA COMPAÑIA DE ACERO DEL PACIFICO PROVINCIA DE ATACAMA. OFICIOS. El señor PARETO (Vicepresidente).- En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano. El señor BARRIONUEVO.- Pido la palabra El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, de acuerdo con los convenios, el personal de empleados y obreros de la Compañía de Acero del Pacífico que trabaja en la mina Algarrobo, el 29 de junio del presente año, presentó su pliego de peticiones, solicitando un reajuste del 45% en sus sueldos. La compañía contestó en forma terminante que sólo ofrecía un aumento del 18,9%, de acuerdo con el alza del costo de la vida, según la Dirección de Estadística. Con el asentimiento de la Honorable Cámara, deseo hacer un análisis de este conflicto. Como primera providencia, el personal de la CAP explota hierro de exportación. No tiene, en consecuencia, ninguna incidencia en nuestra inflación, porque no produce alimentos ni nada que se consuma en Chile. Además, hay que considerar que la CAP está constituida mediante las siguientes acciones: 24% CORFO, 15% la Caja de Amortización y el resto es aporte de particulares. El hecho de que CORFO aporte un 24% de las acciones significa que la compañía goza de todas las garantías, entre ellas, créditos con el aval del Gobierno y ventas en el mercado internacional. Ahora bien ¿cuál es la situación de la Compañía de Acero del Pacífico? En primer lugar, posee un mineral de extraordinarias ventajas sobre los otros yacimientos de hierro en cuanto a su calidad, que es excelente, de muy buena ley y sin materias que lo descompongan. Está ubicado a 40 kilómetros de la costa, donde efectúa sus embarques a través de un muelle debidamente mecanizado, y en la misma forma realiza todas sus faenas. Posee buenos contratos en el extranjero. Sin embargo, ocurre un hecho curioso, porque, como es lógico, todo el mundo cree que la sociedad Acero del Pacífico procesa el hierro que extrae de la mina Algarrobo en su planta siderúrgica de Huachipato, pero no es así. Ocupa el hierro de la compañía extranjera Bethlehem de Coquimbo y, en cambio, el de Algarrobo lo vende todo en el exterior para ganar plata. Este es uno de los grandes negocios mineros, pues en el año 1965 ganó esta compañía 9 millones de dólares, y en 1966 estuvo muy descontenta porque, a raíz de oscilaciones en el mercado internacional, obtuvo sólo una utilidad de 6 millones de dólares. El país puede creer que, dado el magnífico negocio que hace la CAP, el departamento de Huasco, donde está ubicado el mineral de Algarrobo está gozando de los beneficios de sus riquezas, al igual que sus obreros y empleados. No, Honorable Cámara. Los salarios no guardan relación con ese buen negocio, porque aun en el año 1965, cuando obtuvieron una utilidad de 9 millones de dólares, algunos obreros ganaban E9 9. Pero lo que resulta más irritante e injusto es que esta sociedad no ha entregado ni un centavo de tributo al departamento de Huasco, en circunstancias que la Municipalidad de Vallenar, por ejemplo, debe afrontar graves problemas, entre otros proporcionar luz y agua potable a sus poblaciones marginales, construir edificios para la cárcel y el Servicio de Investigaciones. Ahí andan los locos en la calle, porque no hay un sitio adecuado donde tratarlos; los menores de edad en situación irregular deben ser recluidos en presidio por no haber lugar adecuado para ellos. En idénticas condiciones se encuentran las Municipalidades de Freirina y Huasco. No terminaría jamás de señalar las necesidades de esta histórica tierra minera. Son tantas las franquicias de que goza la CAP que llega al extremo de no pagar siquiera el 7% de impuesto a la compraventa que paga el más humilde de los ciudadanos. En el valle del Huasco existe un tremendo malestar por la actitud de esta compañía, pues sus habitantes saben que dentro de 15 o 20 años va a quedar el hoyo nada más de esta mina, ya que ahí sólo se saca y no se echa nada. Saben que al final quedarán silicosis, enfermos, inválidos y viejos, y que Vallenar seguirá con sus graves problemas. Ahora debo, como parlamentario de la zona, denunciar hechos inauditos que tuvieron lugar el domingo 27 del mes pasado en el puerto Guacolda, de propiedad de la Compañía Mina Algarrobo. Los obreros y empleados estaban en huelga legal y habían hecho sus peticiones con todo respeto y tranquilidad; sin embargo, la parte patronal ha procedido en forma descortés, despectiva y, me atrevería a, decir de acuerdo con los antecedentes que obran en mi poder, con prepotencia, ya que, mientras discutían el pliego de peticiones, tuvo frases muy duras, entre otras, que éste era un país de locos. Yo, francamente, no puedo comprender cómo una compañía que se ha enriquecido con el trabajo de los obreros y empleados puede responder de tal manera. Sobre todo si consideramos que ya se superaron los tiempos en que el trabajador era considerado como un esclavo. Ahora la convivencia humana es distinta, los trabajadores saben cuáles son sus derechos y las consideraciones que merecen ya que son ellos los que producen lo necesario para la vida de todos. Por último, los pesos más que pide el personal de esta empresa vendrían a mejorar las condiciones de vida de modestos hogares, y por cierto que esos valores quedan dentro de la tierra productora de la riqueza y mejoran, además, el ingreso del comercio local. Pues bien, la Compañía de Acero del Pacífico quiso realizar un embarque de hierro el 27 de agosto y buscó para eso personal que no posee matrícula para desempeñar tales labores, autorizada por la Dirección General del Litoral. Según tuve conocimiento, habían obtenido un permiso provisorio, con el peligro de graves accidentes por ser este personal ajeno a ese tipo de labores marítimas. Los trabajadores se indignaron por este procedimiento de la empresa para quebrar su huelga legal, y alrededor de 600 trabajadores se instalaron cerca de la barrera que tiene la CAP en el muelle mecanizado Guacolda, con el propósito de protestar. No obstante que las autoridades habían manifestado su propósito de no permitir el embarque de minerales, el señor Rubén García, por orden de la compañía, preparó la maniobra y arrió la pluma para hacer el embarque. Cuando los trabajadores vieron esta provocación de parte de la compañía, comenzaron a avanzar sobre la barrera, que estaba resguardada por personal de carabineros, armados, según averiguaciones que hice, con sus respectivas metralletas. Afortunadamente, en esos momentos llegó el Intendente de Atacama, don Luis Fuentealba, quien de inmediato se lanzó sobre la barrera y rogó a los obreros que tuvieran tranquilidad, y les aseguró que no habría embarque de hierro. Fácil es comprender cuál habría sido el resultado si no llega a tiempo el señor Intendente e interviene en forma tan inteligente y atinada, en un momento tan delicado para la tranquilidad pública. ¿Qué habría pasado si se hubiera producido una imprudencia? Por ejemplo, si alguien hubiera lanzado una piedra o si los obreros hubieran avanzado sobre la barrera que estaba defendida por carabineros armados. ¿Quién habría respondido por la pérdida de vidas que pudo haberse producido? Lo digo responsablemente:, la culpabilidad habría recaído sobre la empresa, debido a que ella en todo momento ha dado motivos para hechos de tal naturaleza, pues, desde que comenzaron las conversaciones sobre el actual conflicto, la Compañía de Acero del Pacífico no ha hecho otra cosa que agravar la situación, porque se ha negado a acceder a cualquier arreglo. Como dije anteriormente, ha sido terminante en sus respuestas y ha tratado a empleados y obreros en forma descomedida y prepotente, por cuyo motivo sobre esta compañía habría recaído toda la responsabilidad. La ciudadanía del valle del Huasco repudia la actitud de la CAP y solidariza con el movimiento de empleados y obreros. Por último, deseo manifestar que, al iniciarse los trabajos del Cerro del Algarrobo, en Vallenar, en un almuerzo que ofreció el señor Flavián Levine manifestó que esta nueva industria significaría para las actividades de Vallenar un gran incentivo, ya que se ocuparía con preferencia a las personas del valle del Huasco y las compras se harían en Vallenar. Recuerdo muy bien que dije: "Esta sociedad entra con el pie derecho". Sin embargo, cuán equivocado estaba, ya que los resultados han sido adversos. Para contratar a algún empleado u obrero, a veces, han exigido hasta conocimiento de idiomas extranjeros. Ni siquiera han comprado un kilo de clavos en el departamento del Huasco; todo lo llevan del sur. La compañía ni siquiera ha dejado un buen recuerdo en Vallenar. Ha merecido el repudio unánime de la ciudadanía por los hechos ocurridos. Deseo que se envíen oficios a los señores Ministros del Interior y del Trabajo, dándoles cuenta de los hechos que acabo de denunciar. Muchas gracias. El señor STARK (Vicepresidente).- En nombre de Su Señoría, se enviarán los oficios solicitados. El señor MELO.- Y en mi nombre. El señor POBLETE.- Y en el mío. El señor ESCORZA.- Y en el mío. El señor STARK (Vicepresidente).- También se enviarán en nombre de los Honorables señores Meló, Poblete y Escorza. Resta un minuto al Comité Demócrata Cristiano. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Radical. Ofrezco la palabra. El señor POBLETE.- Renunciamos. El señor STARK (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Comunista. El señor ACEVEDO.- Renunciamos, señor Presidente. El señor STARK (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Democrático Nacional. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Socialista. El señor AGUILERA.- Renunciamos a nuestro tiempo, para que no fracase la sesión siguiente. El señor STARK (Vicepresidente).- Habiéndose cumplido el objeto de la presente sesión, se levanta. Se levantó la sesión a las 20 horas 27 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.