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- rdf:value = " CONSOLIDACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES.- QUINTO TRAMITE CONSTITUCIONAL.El señor ISLA (Presidente accidental).-
Corresponde, en consecuencia, tratar, en primer término, en su quinto trámite constitucional, las insistencias del Honorable Senado en la aprobación de las modificaciones introducidas al proyecto de ley sobre consolidación de deudas de los contribuyentes morosos.
-Las insistencias, impresas en el boletín Nº 10.738-S-6is, son las siguientes:
"Artículo 1?
-La que consiste en suprimir, en el inciso primero de este artículo, la frase intercalada ",exceptuados solamente los de retención, recargo, difusión o traslación,".
-La que tiene por objeto sustituir la frase "tributo, multas, intereses, costas procesales, derechos arancelarios y toda clase de recargos adeudados al 30 de junio de 1967, con adición de los", por la siguiente: "tributo e intereses adeudados al 31 de agosto de 1967, y costas procesales y derechos arancelarios adeudados a la fecha de la consolidación, con adición de los".
-La que tiene por finalidad sustituir el punto final del inciso primero por dos puntos y reemplazar la tabla que figura al final de dicho inciso, por la siguiente nueva:
Plazo de pago Interés Cuota mensual contado
Hasta 12 meses 0,5% 10%
Más de 12 meses y hasta 36 meses 1,0% 20%
-La que consiste en consultar un inciso segundo nuevo, del siguiente tenor:
"Condónanse las multas, sanciones y recargos, que afecten a los contribuyentes por los tributos a que se refiere el inciso anterior."
Artículo 2º
-La que tiene por objeto intercalar el siguiente inciso segundo, nuevo, a este artículo:
"El inciso anterior se aplicará respecto de los tributos en mora que tengan relación directa con la actividad agrícola."
-La que tiene por finalidad sustituir el inciso final de este artículo por el siguiente, nuevo:
"Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos calificar la procedencia de la aplicación de este artículo, respecto de los contribuyentes que deseen acogerse a sus disposiciones."
Artículo 6º
-La que consiste en sustituirlo por el siguiente:
"Artículo 6°.- Los Servicios de Tesorerías, las Empresas del Estado, los organismos autónomos y de administración autónoma, las instituciones semifiscales, instituciones filiales de la Corporación de Fomento de la Producción y, en general, todas las instituciones que forman parte del Estado, anticiparán a sus acreedores, con cargo a los créditos que tengan pendiente y legalmente en condiciones de ser pagados, las sumas necesarias para cancelar los impuestos o contribuciones fiscales que les afecten, exceptuados los de retención, recargo, difusión o traslación.
El Ministro de Hacienda girará, dentro del plazo de 30 días de solicitado, a las instituciones u organismos a que se refiere el inciso anterior, con cargo a los aportes presupuestarios que se les concedan en la Ley de Presupuestos de la Nación, las sumas que acreditaren haber pagado en conformidad al inciso anterior."
Articulo 11
-La que tiene por objeto reemplazar el inciso único de este artículo, por el siguiente:
"Artículo 11.- Los contribuyentes morosos de impuestos y contribuciones que paguen los tributos adeudados al 31 de agosto de 1967 al contado, dentro del plazo de 60 días contado desde la vigencia de esta ley, sólo pagarán el 50% de los intereses devengados a la misma fecha."
Artículo 13
-La que tiene por finalidad sustituir, en el inciso primero de este artículo, la expresión "1° y 2º", por la siguiente: "1º,, 2º y 11º".
-La que consiste en agregar, en el mismo inciso primero, la siguiente frase final: "pero limitando el plazo máximo para pagar la deuda consolidada a 18 meses.", sustituyendo el punto final por una coma.
-Las que tienen por objeto consultar los siguientes artículos nuevos:
Artículo 15.- Reemplázanse en el artículo 18 de la ley Nº 16.623, de 25 de abril de 1967, las palabras "de la provincia de Valdivia y del departamento de Llanquihue", por "de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue".
Artículo 16.- Deróganse los artículos 151 a 154 de la ley Nº 16.617, de 13 de enero de 1967.
El Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos del Consejo de Defensa del Estado dependerá en lo sucesivo de la
Subsecretaría del Ministerio de Hacienda.
Artículo 17.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, contado desde la publicación de esta ley, proceda a reorganizar el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, en conformidad al artículo anterior.
En uso de esta facultad podrá fijar las respectivas plantas del personal, dictar un nuevo Estatuto Orgánico y fijar sus atribuciones y deberes.
La aplicación de este artículo no podrá significar, en caso alguno, expiración de funciones para el personal en actual servicio ni disminución o supresión de los cargos contemplados en las plantas vigentes del Consejo de Defensa del Estado, ni disminución de las rentas de que goce su personal, ni alteración del lugar de residencia actual del mismo.
La fijación de las plantas dispuestas en este artículo, no hará perder a los funcionarios que se encasillen en ellas, los derechos contemplados en los artículos 59 y 60 del D.F.L. Nº 338, de 1960, de que gocen a esa fecha, ni su derecho a jubilar en conformidad al artículo 132 del mismo texto legal, siempre que a la fecha de su respectivo encasillamiento contaren con los requisitos exigidos en el citado artículo.
Artículo 18.- El Presidente de la República efectuará el mencionado encasillamiento con los funcionarios en actual servicio, de acuerdo con el orden de sus respectivos escalafones.
Los funcionarios que en razón de sus promociones deban pasar de la planta administrativa a los cargos de la planta Directiva, Profesional y Técnica, en cargos que no requieren título profesional determinado, se considerarán idóneos, por el sólo hecho de encontrarse actualmente en servicio.
Si la remuneración asignada al cargo fuere inferior a la que recibe actualmente el funcionario, la diferencia se le pagará por planilla suplementaria o en cualquiera otra forma que determine la Dirección del Presupuesto, y se considerará sueldo para todos los efectos legales.
Artículo 19.- Sólo los cargos que queden vacantes una vez ubicada la totalidad del personal en actual servicio a que se refieren los artículos anteriores, podrán proveerse con personas ajenas al Consejo de Defensa del Estado.
Artículo 20.- Facúltase, también, al Presidente de la República para modificar el Título V del Libro III del D.F.L. Nº 190, de 1960, sobre Código Tributario, y para regular el porcentaje de recargo por concepto de costas personales en los juicios de cobro de impuestos y demás tributos en mora.
Artículo 21.- Los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, con más de 15 años de servicios, tendrán un plazo de 90 días, contado desde la vigencia de la presente ley, para acogerse a los beneficios establecidos en los párrafos 18 al 20 del Título II del D.F.L. Nº 338, de 6 de abril de 1960, en razón de la fusión del mencionado Departamento con la Tesorería General de la República. Para calcular el monto de estos beneficios, se tomarán como base las rentas percibidas por estos funcionarios en el año 1966, y los grados y categorías que les hubieren correspondido por esas rentas en el referido año. Los que no hagan uso de esta disposición no se les aplicará la incompatibilidad del señalado D. F. L. Nº 338, en su artículo 172.
Artículo 22.- Reconócese, para todos los efectos legales, el tiempo servido en carácter de ad hoc por los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, a. partir de su respectiva designación y siempre que no sean imponentes de ninguna Caja de previsión.
El integro de las imposiciones correspondientes será a cargo de los beneficiarios, y se calculará sobre la base de los promedios mensuales de ingresos que en tal calidad hayan percibido en los años respectivos.
La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas concederá hasta 36 meses de plazo para el pago de las cotizaciones de previsión que resulten de acuerdo al inciso anterior, debiendo otorgar el plazo máximo ante la sola solicitud del interesado.
Artículo 41.- Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel.
La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores.
Artículo 43.- Derógase el artículo 99 de la ley Nº 16.617.
Los imponentes deberán enterar, en el plazo de un año, las imposiciones a que no estuvieron afectos durante la vigencia de esta disposición.
Artículo 45.- Establécese un nuevo plazo de noventa días para acogerse a los beneficios y derechos establecidos en la ley Nº 16.402, de 23 de diciembre de 1965.
Artículo 46.- Amplíase el plazo establecido en los artículos y decretos de las leyes que se señalan: artículo 88, ley Nº 11.860, artículo 10, letra b), ley 11.219 y artículo 17, decreto 1.340 bis, de 6 de agosto de 1930, por los guarismos que se señalan a continuación: de 5 a 20 días, de 10 a 20 días y de 10 a 20 días, respectivamente.
Artículo 49.- Reemplázase el artículo 109 de la ley Nº 16.617, de 31 de enero de 1967, por el siguiente:
"En el Servicio de Registro Civil e Identificación el ingreso a la última categoría o grado de su planta. Directiva, Profesional y Técnica se efectuará con funcionarios de la planta Administrativa a quienes corresponda por orden de escalafón, siempre que posean los títulos profesionales o técnicos requeridos; a falta de éstos, se efectuará por la vía del ascenso, según las normas del Estatuto Administrativo."
El señor ISLA (Presidente accidental).-
En discusión las insistencias del artículo 1º.
El señor BASSO.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Basso.
El señor BASSO.-
Señor Presidente, me voy a referir, específicamente, a la insistencia del Senado para agregar en el artículo 1°los impuestos de retención.
Esta iniciativa fue motivada por una indicación que hicimos los Diputados radicales con otros Diputados de Oposición en la Comisión de Hacienda cuando se discutió este proyecto en el primer trámite. Rechazada por los Diputados de la Democracia Cristiana, fue nuevamente presentada en el Senado y ahora la tenemos aquí en el quinto trámite.
La razón que tuvimos para presentarla fue que centenares de instituciones a través del país nos solicitaron que lo hiciéramos. Es cierto que el impuesto de compraventa es de retención y que el comerciante, el industrial o todo aquel ciudadano que lo perciba debe depositarlo en un plazo determinado. Pero si no lo han depositado oportunamente, no es porque hayan querido hacer otra clase de negociaciones con este dinero, porque el impuesto mismo, los elevados intereses y derechos penales, no darían margen para hacer ningún negocio de utilidad. Si no lo han hecho, es por la desesperante situación económica en que han vivido el comerciante y el industrial. No son precisamente los altos comerciantes, los altos industriales, los que están abocados a este problema. Son modestos comerciantes, modestos industriales, los que hoy día están enfrentados a esta grave situación y que si no la pagan, deberán ir a la cárcel.
Hay un sinnúmero de comerciantes minoristas, en la provincia de Ñuble, por ejemplo, que están abocados a esta amenaza, repito, no porque hayan querido hacer otra clase de negocios con este dinero, sino porque no lo han tenido en el momento oportuno. Conozco el caso de un pequeño comerciante de Chillán que no pagó oportunamente la suma de 80 mil pesos por impuestos de compraventa, y al mes siguiente ha tenido que pagar 140 mil pesos. Es decir, en un mes, se le subió el impuesto en 60 mil pesos.
Por eso, y como es de toda justicia esta insistencia del Senado, solicita a los colegas de la Democracia Cristiana que la voten afirmativamente, porque con ello van a llevar tranquilidad a miles y miles de comerciantes, industriales y de ciudadanos que hoy día están amenazados con la cárcel si es que no se aprueba esta franquicia.
Los Diputados radicales vamos a votar favorablemente la insistencia del Senado en cuanto a incluir los impuestos de retención, recargo, difusión o traslación.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Valente.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, el Senado ha insistido en incluir, en el artículo 1º de este proyecto, los impuestos de retención, recargo, difusión o traslación, con lo cual no hace sino completar la intención del legislador en cuanto a la necesidad de consolidar todas las deudas de los morosos de impuestos y contribuciones fiscales.
La mayor razón que se da para justificar la insistencia de la Honorable Cámara en el tercer trámite constitucional, en el cual rechazó la inclusión de estos impuestos, es que ellos son pagados por los contribuyentes, de manera que no constituyen realmente tributos para les comerciantes establecidos, quienes simplemente deben integrar en Tesorería las cantidades retenidas a los clientes.
En realidad, nosotros encontramos justificado incluir entre los impuestos consolidados a los de difusión, traslación, retención o recargo. No es por mala voluntad que el comerciante no integra estos impuestos oportunamente en Tesorería. Es, precisamente, una falla de la ley, es el mal sistema establecido en la ley 12.120, que creó el impuesto de compraventa y los impuestos de retención, lo que obliga al comerciante a no integrar con prontitud y en un plazo determinado los impuestos retenidos.
Mientras no se legisle y no se modifique en forma sustancial el procedimiento para integrar los impuestos de retención que los comerciantes deben mantener en su poder, debe aprobarse por la Cámara de Diputados, en este quinto trámite constitucional, la inclusión de estos impuestos en la consolidación general.
El procedimiento que se establece, repito, en la ley 12.120, además de obligar a los comerciantes a prestar un servicio gratuito al Estado -porque en este aspecto son realmente funcionarios, que tienen la obligación legal de retener estos impuestos- les significa la amenaza permanente de ir a la cárcel o de sufrir otras medidas penales, por no integrarlos oportunamente.
Encontramos de toda justicia la insistencia del Senado en esta parte del artículo 1º. Los Diputados comunistas también vamos a votar a favor de la inclusión de los impuestos de recargo, retención, difusión o traslación, entre las deudas por consolidar.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Momberg.
El señor MOMBERG.-
Señor Presidente, el Partido Nacional expresa, por mi intermedio, que en este artículo votará a favor de incluir en la consolidación estos impuestos de traslación y compraventa que se han citado.
Quiero abundar un poco con respecto al impuesto de compraventa. En muchas oportunidades, por la situación económica por la que atraviesa el comerciante, por el poco poder comprador que existe, se produce competencia entre un negocio y otro. La competencia es un hecho patente. ¿Cuál es la posibilidad de entrar en la competencia por la venta directa de los productos donde se consulta el impuesto de compraventa? Hay que buscar la mejor manera de "entrar" con el producto. Con el producto se "entra" a través del mayor plazo, del menor valor, de la menor utilidad del comerciante que vende; y por último, se ha llegado al extremo de vender la mercadería en parcialidades, sin cobrar pie.
Yo me hago un planteamiento. Si un comerciante para, poder entrar a la competencia debe vender su mercadería sin cobrar siquiera un pie, ¿qué capital necesita tener para alcanzar también a pagar el 7% de impuesto a la compraventa? Es evidente que le es imposible hacerlo, y en esto habría una justificación para consolidar las deudas por estos impuestos a la compraventa. Ahora, si la situación económica del país fuera bastante fuerte y de una consistencia real, no cabe duda de que el comerciante debería pagar dicho impuesto automáticamente por cuanto al vender pasa a ser depositario del Fisco. Pero, repito, la actual situación económica del país justifica muchos males en esta ley.
Por eso, los Diputados nacionales votaremos favorablemente esta consolidación de deudas por impuestos planteada y aprobada por el Senado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, nosotros también vamos a votar favorablemente la insistencia del Honorable Senado en lo que se refiere a la inclusión, entre las franquicias que se conceden en el artículo 1° del proyecto en discusión, de los impuestos de compraventa o retención, a los cuales ya se han referido varios señores Diputados.
Nosotros estimamos que el impuesto a la compraventa, que está incluido en el precio de venta de la mercadería o producto, no es lo principal, sino lo accesorio en el cobro hecho por el comerciante. Según nuestras leyes, no cometen delito aquellas personas que no han enterado oportunamente estos valores a la Dirección de Impuestos Internos o a la Tesorería, sino que sólo podrán ser citados por el juez y, si declaran que no tienen dinero para enterar dicho impuesto, quedan en seguida en libertad. ¿Por qué? Porque, como he dicho, se trata de una suma accesoria a un cierto valor que el comerciante ha cobrado a quienes ha vendido la mercadería.
En consecuencia, me parece de toda justicia que este impuesto también sea incluido dentro de estas franquicias. Porr lo demás, no se le está perdonando ningún centavo al comerciante; no hay ninguna condonación. Sólo se está dando mayor plazo. Desde el momento que se conceden algunas facilidades de pago para los dornas impuestos, estimamos de justicia favorecer a los comerciantes morosos que por alguna, circunstancia no han podido pagarlos, no por antojo ni por mala voluntad, sino porque no tienen los medios suficientes, por la restricción de créditos existente o, a veces, por malos negocios. El Senado, con muy buen criterio, los ha incluido en el artículo 1°para que gocen de la misma franquicia. Por ese motivo, nosotros vamos a votar con el Senado en esta insistencia.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
No quiero abundar en más detalles. Este tema fue largamente debatido, ya que el artículo se alcanzó a tratar en esta Corporación en el trámite anterior. Sin embargo, cabe señalar que éste es un impuesto que se ha cobrado a los consumidores; de tal manera que el comerciante está percibiendo un impuesto pagado prácticamente al contado por el consumidor que adquiere la mercadería. ¿Qué ocurriría, entonces, si procediéramos de acuerdo con lo expresado por algunos señores parlamentarios? Que estableceríamos una franquicia que sería absolutamente desleal para aquel comerciante que, no digo mediante un esfuerzo, sino en un acto de honradez, entrega este impuesto oportunamente a Impuestos Internos. Es evidente que ese comerciante se sentiría frustrado al ser equiparado con otro que prácticamente ha tomado estos impuestos del consumidor para usarlos como si fueran propios.
En consecuencia, por el hecho de que el comerciante es solamente un depositario de los impuestos que ha cobrado, que no le pertenecen y que ha recibido al contado, aprobar una disposición de esta naturaleza no significa otra cosa que permitir que, en el futuro, así como en este caso, se concedan también condonaciones o exenciones para los malos contribuyentes.
Ya en el pasado hemos aprobado condonaciones generales, y resulta, que quienes más se han aprovechado de ellas han sido los grandes deudores del Fisco. Aquellos que debían uno, dos o tres mil millones de pesos fueron los que se acogieron a estas condonaciones de deudas aprobadas por el Congreso.
El señor BASSO.-
¿Me permite, señor Diputado?
El señor LAVANDERO.-
Con todo agrado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia del señor Lavandero, tiene la palabra el señor Basso.
El señor BASSO.-
Solamente para aclarar al señor Lavandero que aquí no se trata de condonación. Lo que se está pidiendo es una facilidad para pagar los impuestos y no una condonación.
Un señor DIPUTADO.-
Es una consolidación.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Agradezco la advertencia de mi estimado amigo y colega señor Basso. Pero quiero decirle, porque seguramente no ha escuchado bien mis frases, que yo señalaba que estas facilidades eran comparables a otras otorgadas en distintas oportunidades por el Parlamento, relativas no a consolidación de deudas, sino a condonación, y que quienes se habían acogido a ellas en esas ocasiones eran precisamente los malos contribuyentes, y nosotros le habíamos otorgado entonces una carta blanca al mal contribuyente que había burlado al Fisco en muchos millones de pesos.
En este caso, no tratándose de condonación, sino de consolidación de deudas, entregaríamos también una carta de buena conducta a quienes se han aprovechado de recursos que no les son propios, pues los han pagado precisamente los contribuyentes que van a comprar. El comerciante, al vender sus producto, ha percibido el impuesto correspondiente y lo ha guardado para usarlo, a continuación, en su propio giro de negocios. Consideramos que este criterio hace variar las reglas del juego para aquéllos que han sido buenos contribuyentes; por eso nosotros no lo hemos aceptado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado?
Con todo respeto, quiero hacer ver a la Sala que cualquiera sea el resultado de la votación, primará el criterio del Senado.
Puede continuar Su Señoría,
El señor LORCA (don Gustavo).-
Entonces, ¿para qué seguimos discutiendo?
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite, señor Diputado?
El señor LAVANDERO.-
Con todo agrado. Pero antes me había pedido una interrupción el señor Momberg.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Momberg.
El señor MOMBERG.-
Solamente para manifestar que concuerdo en algo de lo planteado por el señor Lavandero. Pero veo el problema de otro modo. Las reglas del juego a que se refiere Su Señoría pueden aplicarse sólo a una situación económica normal. Es natural y lógico que en ella no deba producirse ni condonación ni consolidación de deudas. Pero cuando se habla de condonación y de consolidación y se ha aprobado ya un proyecto de esta naturaleza, creo que hay un entendimiento en el sentido de que la. situación económica porque atraviesa el país es mala. Porque si fuera buena no existirían la palabra "condonación" ni la palabra "consolidación". Estos términos sólo se usan cuando la situación económica por que atraviesa el país es anormal. Este es el caso presente. De lo contrario, ni siquiera estaríamos discutiendo un proyecto de esta naturaleza, porque no habría justificación para levantar la voz en favor de los contribuyentes que no han pagado sus impuestos y contribuciones.
Como la situación económica que estamos viviendo es excepcional, porque tendríamos que estar ciegos para no verla, tenemos que recurrir a argumentos antieconómicos que están fuera de foco. Hay que consolidar la deudas ¿Por qué? Porque no hay plata. Hay que condonar las deudas, porque no hay plata. Ni siquiera hay que preguntarnos a nosotros, a la Oposición, cuál es la situación económica del país. Basta con preguntarles al lustrabotas, al "micrero", a la persona que vive de un sueldo, cuál es la situación económica que están viviendo.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Momberg? El señor Lavandero desea recuperar su derecho.
El señor LAVANDERO.-
Eso quiere decir que Chile ha vivido en la anormalidad.
El señor MOMBERG.-
Vaya a preguntarle al hombre de la calle.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, suponiendo...
El señor MONTT.-
Los que desean la condonación, después gastan cientos de millones de pesos en ir al extranjero.
El señor MOMBERG.-
¿De millones me habla?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señor Montt! ¡Señor Momberg!
Puede continuar el señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, creí que la interrupción que concedí a mi estimado amigo y colega señor Momberg era para hacer alguna observación. En realidad, veo que él se extendió en otras materias.
En todo caso, quiero advertir...
El señor MOMBERG.-
El hombre de la calle le puede contestar mejor que yo.
El señor LAVANDERO.-
Colega, señor Momberg, yo le concedí una interrupción. Por lo menos, le ruego que conversemos a través del señor Presidente.
El señor MOMBERG.-
Perdóneme, señor Diputado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Respecto a lo dicho por el señor Momberg, en cuanto a que las palabras consolidación y condonación no se deberían usar dentro de un régimen o situación normal, quiero señalar, en primer lugar, que lo de las condonaciones es un vicio del pasado, no del presente. En otro Gobierno se aprobaron proyectos de condonación, porque seguramente se consideró que lo ocurrido en esa oportunidad era más grave que lo que está sucediendo ahora.
El señor MOMBERG.-
¡Era un vicio!
El señor LAVANDERO.-
En segundo lugar, el hecho de que se produzca una situación anormal que, por último, yo podría aceptar para no entrar a discutir acerca de si estamos viviendo una situación difícil, desde su punto de vista. ..
El señor OCHAGAVIA.-
¡La media cosa! Para los democratacristianos no es difícil!
El señor LAVANDERO.-
Le rogaría al señor Diputado que tuviera tranquilidad y que me escuchara. Yo no he interrumpido a nadie y, si mi colega lo desea, le puedo conceder una interrupción.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Lavandero, le ruego dirigirse a la Mesa.
El señor PHILLIPS.-
El señor Lavandero va a perder varios votos.
El señor OCHAGAVIA.-
¡Y quiere ser Senador!
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, quiero señalar en primer término, que estaría bien si nosotros aprobáramos una consolidación frente a una situación anormal, a una situación aflictiva de contribuyentes que, debido al giro de su negocio, de su empresa, de su actividad, no hubieran tenido dinero en el momento oportuno para pagar sus impuestos. Pero el caso que está defendiendo mi colega señor Momberg es distinto. No se trata de otorgar facilidades para que los comerciantes paguen sus impuestos, sino para que devuelvan lo que otros pagaron al contado y que ellos han querido "escamotear". Esa es la gran diferencia.
Nosotros no podemos aceptar que, mientras los buenos contribuyentes pagan oportunamente sus impuestos, no sólo los de ellos sino que también los que reciben de terceros en depósito...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me perdona, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.
El señor LAVANDERO.-
...otros no los entreguen oportunamente al Fisco.
En una situación anormal, cuando se trata de deudas de los propios impuestos de los contribuyentes, estamos dispuestos a consolidarlas, pero cometeríamos una injusticia bastante considerable si aprobáramos una medida de esta naturaleza tratándose de comerciantes que han usado en su propio beneficio recursos ajenos.
Me ha solicitado una interrupción mi colega señor Ramón Silva Ulloa, y se la concedo, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia del señor Lavandero, puede hacer uso de una interrupción el señor Ramón Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, respecto de esta observación, cualquiera que sea el criterio que adopte la Cámara, no quita ni pone rey, porque ya con el pronunciamiento del Senado, en cuarto trámite constitucional, queda de hecho suprimida la frase, de acuerdo con la Constitución.
En todo caso, quiero señalar que, si bien es cierto que se trata de tributos de retención, que la supresión de esta frase permitiría consolidar, no es menos verdadero que la filosofía general del proyecto es la de dar facilidades a los deudores morosos de impuestos para consolidar las deudas, las multas, los intereses y las costas judiciales.
El propio Gobierno, que ha anunciado que va a enviar en breve una reforma constitucional -que nosotros no conocemos- ha sido el que ha propiciado el despacho de este proyecto. Por eso, ante estas explicaciones, que son de conocimiento público, nosotros creemos que como "el que puede lo más, puede lo menos", en el caso de los impuestos de retención, hay que considerar que la inmensa mayoría de los comerciantes afectos a esta disposición son comerciantes pequeños, de poco capital, que, en un momento de angustia, se ven en la necesidad de recurrir al impuesto retenido para salvar compromisos,
a sabiendas de que la ley es demasiado drástica con ellos. Porque, en el caso de formalizarse la denuncia, tal hecho les acarrea prisión inconmutable, de tal manera que, corriendo el riesgo de prisión, han tenido que usar recursos que, en realidad, no les pertenecen, para salvar una emergencia. Por consiguiente, nosotros creemos que respecto de un proyecto con las características que he señalado, el Senado ha procedido correctamente.
Nada más y muchas gracias, colega.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, para no abundar más, sólo quiero decir que es cierto lo que ha indicado mi colega Silva Ulloa, en el sentido de que cualquiera que sea la resolución de la Cámara, en el hecho ya está suprimida la frase del texto de su iniciativa; de modo que no habrá ley en esta materia, en cuanto a esa frase.
En todo caso, debo dejar sentado el hecho de que cada vez que nosotros hemos aprobado un tipo de disposición de esta naturaleza, como consta en la Comisión de Hacienda, no es gente modesta la que se ha acogido a ella, sino, por el contrario, contribuyentes acomodados. En el pasado Gobierno, se envió a la Cámara una lista de las personas que se habrían acogido a la última condonación que se hizo. Y se vio que eran varios señores, como Yarur, Sumar, etc., los que se acogieron a ella, en circunstancias de que estaban a punto de ser enjuiciados por mora en el pago de sus impuestos. Entonces, salieron "libres de polvo y paja" y riéndose de los contribuyentes que habían pagado oportunamente. De manera que no son los contribuyentes más modestos los que resultan beneficiados con esta clase de disposiciones; sino, por el contrario, lo son aquéllos que tienen conocimiento exacto de la ley y que, oportunamente, por intermedio de abogados, contadores o representantes, recurren en este sentido a Impuestos Internos y se acogen a este tipo de beneficios.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Ha terminado Su Señoría?
El señor LAVANDERO.-
Sí, señor Presidente.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, había solicitado del señor Lavandero una interrupción, para aclarar lo que acaba de manifestar.
El señor Lavandero ha dicho que este proyecto, en general, beneficia a los contribuyentes de recursos, que tienen la posibilidad de pagar oportunamente sus impuestos. Esto es cierto. Es posible que sea así. Sin embargo, creo que es conveniente recordar, en esta oportunidad, que aquellos contribuyentes poderosos que tienen recursos como para saldar sus impuestos oportunamente gozan de franquicias tributarias que les permiten pagar en forma muy reducida los impuestos que les corresponden.
No sé si el señor Lavandero o los Diputados de Gobierno han recibido también una nota o carta de alrededor de unas doscientas o trescientas organizaciones de pequeños comerciantes y de pequeños industriales de todo el país, que están pidiendo, precisamente, la inclusión de estos impuestos de retención entre los que se consolidan en esta disposición. Ahora, aquí no se trata de burlar los impuestos, ni de no pagarlos. Al contrario. El proyecto de consolidación pretende que una deuda que se ha mantenido flotante e impaga durante muchos años, se convierta en una deuda determinada, dándole un plazo para que ella sea solventada, con las facilidades del caso, con el objeto de que no continúe impaga, de acuerdo con diferentes medidas adoptadas, en general, por la ley respecto de la tramitación que hay para el pago de este impuesto.
Por consiguiente, acogiendo precisamente, esta petición que hemos recibido de todo el país, de no menos de trescientas -repito- organizaciones gremiales de pequeños comerciantes...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado?
El señor VALENTE.-
...nosotros vamos a votar apoyando la medida adoptada por el Senado, en el sentido de incluir este impuesto en el proyecto de consolidación de deudas.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Honorable señor Valente, el Honorable señor Momberg le solicita una interrupción.
El señor VALENTE.-
Con todo agrado se la concedo.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Momberg.
El señor MOMBERG.-
Por fin he podido concordar con el señor Valente - pues ya hace mucho tiempo que no estábamos de acuerdo en ninguna idea- cuando ha declarado que un sinnúmero de pequeños comerciantes ha solicitado la consolidación de las deudas provenientes de este impuesto.
Por otra parte, quiero observar lo siguiente: cuando se pretende criticar, como lo hacía el señor Lavandero, diciendo que son los grandes comerciantes los que se aprovechan de estas leyes para no pagar sus impuestos, hay que hacer una comparación: si se sacan cuentas de cuántos son los grandes comerciantes, resultará que de ciento, sólo diez suelen aprovecharse de estas condonaciones...
El señor MELO.-
¡Se aprovechan todos!
El señor MOMBERG.-
No más de diez. De cien comerciantes, hay noventa pequeños comerciantes, noventa a los cuales hay que defender en esta oportunidad, porque se trata de noventa comerciantes que están desesperados con la situación actual. Si bien el colega señor Lavandero tiene razón al decir que ellos son meros recaudadores de estos impuestos, quiero hacerle notar la angustiosa situación económica por que atraviesan.
Creo que, con la mejor buena fe, estos pequeños comerciantes, que han cobrado durante el mes el impuesto de 7% sobre la compraventa, movidos por la desesperación de un momento de apuros, que puede derivarse de la adquisición de nueva mercadería que deben pagar de inmediato, o de una deuda que, en ese momento, el receptor les está cobrando, hacen uso de un dinero que no es de ellos. Estoy de acuerdo en que no deben usar de este dinero, porque no les pertenece. Pero yo me pregunto: ¿quién puede decir, poniéndose la mano en el corazón que en estos momentos por que atraviesa Chile, que él no haría uso indebido de un dinero, creyendo, con la mejor buena fe, que dentro de quince días va a poder devolverlo? Desgraciadamente, sucede que transcurridos esos quince días, se encuentra en la imposibilidad de hacerlo.
Este es el problema al que se encentran abocados los comerciantes.. Y, por eso, han formulado esa petición para que la retención correspondiente al impuesto sobre la compraventa sea incluida en esta ley de consolidación de deudas tributarias. Esto lo encuentro justificado, sobre todo en la situación por que atravesamos hoy día. Estimo que, en tiempos normales ello no debería hacerse por ningún motivo; pero, en épocas anormales, cuando el dinero llega a las manos del comerciante en forma de depósito o de retención, como "la necesidad tiene cara de hereje", hace uso de él, pensando, con ese razonamiento tan sencillo: "Mañana tendré una mayor venta y podré reembolsar los dineros". Desgraciadamente, ocurre que no tiene ventas y no puede cumplir, cayendo en este problema.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Valente.
El señor VALENTE.-
He concedido una interrupción al Diputado señor Basso, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia del señor Valente, tiene la palabra Su Señoría.
El señor BASSO.-
Señor Presidente, he escuchado con mucha atención los argumentos del colega señor Lavandero; y ellos me producen la impresión de que el colega Lavandero no ha tenido nunca un problema de carácter económico; que nunca ha tenido él compromisos bancarios; que nunca ha tenido que correr o deambular por muchas casa o golpear muchas puertas para poder pagar un cheque; que nunca ha tenido enfermos graves entre sus familiares; que siempre ha estado en la abundancia y siempre ha desconocido situaciones difíciles; que no conoce el problema que afecta a los pequeños comerciantes e industriales de Chile, que son los que sufren las consecuencias de las situaciones de crisis económicas...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LAVANDERO.-
Yo también puedo decir...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Honorable señor Lavandero, le ruego guardar silencio.
El señor BASSO.-
Pero otra sería su opinión sí Su Señoría conociera la angustia de los pequeños comerciantes, de aquél que tiene apenas un millón de pesos en ventas al mes y que debe pagar setenta mil pesos mensuales del impuesto a esas ventas. Es cierto que durante esos treinta días ha estado percibiendo el porcentaje del 7% del impuesto a las compraventas; pero ocurre que cuando ha tenido que pagar, no ha tenido esos setenta escudos. ¿Por qué? Porque ya sea que está enfermo un familiar, que ha tenido que cubrir un cheque o pagar una letra. Porque, vuelvo a insistir, no hay comerciante que quiera pagar el doble por concepto de intereses penales y exponerse a la cárcel por no enterar oportunamente en Tesorería el impuesto adeudado. ¡Cómo va a querer ir a la cárcel un comerciante, como dice el señor Lavandero, por capricho! No hay ninguna clase de negociación o transacción comercial que pueda dar más utilidad que lo que significa el costo de los intereses penales, equivalente casi al doble de la deuda por concepto de impuestos a la venta, en treinta días de mora.
De ahí la angustia que experimentan cientos de pequeños industriales y comerciantes, lo que nos ha impulsado, primero, a presentar una indicación en la Comisión de Hacienda; después, a insistir en el Senado; y, ahora, a votar favorablemente estas modificación, señor Lavandero. Porque no se trata de comerciantes poderosos, como Su Señoría dice, sino de pequeños comerciantes e industriales que Su Señoría no conoce; porque parece que siempre trajina en la alta banca, en el alto comercio y en los altos círculos financieros.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Valente.
¿Terminó Su Señoría?
El señor VALENTE.-
Sí, señor Presidente.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Sepúlveda, don Eduardo
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, en el debate de esta tarde, quisiera hacer presente que resulta desde todo punto de vista peligroso establecer un precedente como el que ha insinuado algunos colegas, violentando normas morales, respecto del uso indebido de dinero que corresponde a la comunidad, porque es el producto de impuestos requeridos por el Estado para cumplir sus fines. Los comerciantes son simples depositarios de ese dinero y no pueden, ni por vía de excepción, tener un trato preferencial en esta materia.
Por eso, los Diputados de la Democracia Cristiana rechazaremos la modificación del Senado, en los términos planteados hace un momento por el Diputado señor Basso.
El señor ESCORZA.-
¿Me concede una interrupción, colega ?
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, concedo una interrupción al colega señor Escorza.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Escorza.
El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, me parecen curiosos los argumentos esgrimidos por los colegas que han defendí-do la tesis de aceptar lo mal aprobado por el Senado.
Como saben muy bien los señores Diputados, en especial los del Partido Comunista, los obreros, que en todas partes ganan salarios bastante bajos, son, generalmente, los mayores compradores de los comerciantes minoristas. Y ellos, por sus compras, pagan el impuesto de compraventa. Es decir, tienen más conciencia tributaria que los comerciantes, a quienes pretendemos darles esta franquicia. En efecto, cuando los trabajadores realizan una compra, pagan el 7% de impuesto de compraventa, porque saben que con esa plata se construyen escuelas, caminos, etcétera. Sin embargo los comerciantes, que son meros depositarios en este aspecto, han solicitado esta franquicia inexplicable.
No me extraña que la Derecha defienda esto, porque ella viene hablando de "colerismo" en Chile desde hace mucho tiempo, sobre todo ahora; "colerismo" que, a mi juicio, es producto de la mala administración de ellos en Gobiernos anteriores. Pero, en todo caso, que lo defiendan los comunistas resulta muy extraño.
¿Cuánto ganan los campesinos? Y cuando van a comprar a un almacén, ¿no pagan el impuesto de compraventa? ¿Y no tienen que pagar también las utilidades que corresponden a los comerciantes? A mi entender, estamos tratando un problema "fuera de tiesto". Por eso, considero a los colegas como abogados de una causa indefendible y que no tienen asidero real para aclarar su posición.
De lo que se trata aquí es de terminar con un vicio, porque los vicios pueden convertirse en precedentes funestos. Los señores dirigentes de los comerciantes, que están en tribunas, saben que, dada la situación existente, esos dineros se necesitan para poder cumplir los programas del Gobierno que están en ejecución.
Por eso, aquellos colegas "agoreros" que han planteado magníficamente esta causa para criticar al Gobierno, corno lo hacen afuera y lo hacen aquí todos los días, están equivocados...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ESCORZA.-
Pero desgraciadamente, la Honorable Corte Suprema tiene "manga ancha" para juzgarlos.
Creo que no se puede seguir en este predicamento; y lo justo es que la Cámara insista en su proposición primitiva, porque sabemos que en el Senado hay una mayoría que no representa al pueblo, sino que a los intereses creados, muy mal manejados, en los últimos años, por sus gobiernos; mayoría que no se quiere convencer de que ahora las cosas han cambiado. En un régimen de libertad como el nuestro, no se puede estar usando argumentos que no tienen consistencia alguna para defender a comerciantes o industriales que fueron depositarios de dineros entregados por los trabajadores y que debían enterar, oportunamente, en las arcas fiscales, que tanto los necesitan para emplearlos en beneficio de la comunidad.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Sepúlveda, don Eduardo.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Concedo una interrupción al señor Silva Ulloa.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Silva Ulloa.
El señor MOMBERG.-
Cambien la revolución por las reglas de los negocios...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Momberg, ruego a Su Señoría guardar siendo.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, creo que la Honorable Cámara ha perdido lamentablemente 45 minutos en discutir si insiste o no...
El señor MOMBERG.-
¡No importa!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
... en circunstancias que, cualquiera que sea el criterio que adopte frente a estas modificaciones, no hay ley sobre la materia. Prevalecerá el criterio del Senado en el sentido de suprimir la frase en cuestión, porque en este quinto trámite constitucional no tiene ningún efecto el pronunciamiento de la Cámara.
El señor MOMBERG.-
Sicológicamente lo tendrá en la opinión pública.
El señor ESCORZA.-
No existe tal efecto sicológico.
El señor SILVA ULLOA.-
Cada colectividad política ha fijado su criterio frente a la idea que el Senado insiste en suprimir. Nosotros creemos que éste ha obrado bien; los colegas democratacristianos piensan que ha actuado mal.
Hay una serie de disposiciones en las cuales el Senado ha insistido y que, indudablemente, necesitan el pronunciamiento de la Cámara. Es lógico que, en la medida en que agotemos el tiempo en esta discusión, dispondremos de menos minutos para referirnos a esas otras modificaciones.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Sepúlveda.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
He terminado.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Señor Presidente, de las expresiones de los Diputados de la Democracia Cristiana, especialmente de las vertidas por el señor Lavandero, se deduce que ellos tienen aprensión no en cuanto a los comerciantes minoristas y pequeños industriales que pueden beneficiarse con esta consolidación de deudas, sino con respecto al alto comerciante mayorista y grandes industriales.
Es lamentable que el señor Lavandero, en su calidad de Presidente de la Comisión de Hacienda -donde, según dijo, se discutió latamente este proyecto- no hubiera propuesto, entonces una limitación a la consolidación, para que ella no se hiciese extensiva a los comerciantes mayoristas y grandes industriales entre los cuales nombró a más de alguno.
Otro Diputado de la Democracia Cristiana, a mi juicio, con ligereza, se refirió a principios morales que se violaban, por parte de los pequeños comerciantes e industriales, al hacer uso indebido de dineros provenientes de estos impuestos de retención, con lo cual ha presumido que dichas personas habrían actuado dolosamente.
Los hechos demuestran lo contrario, porque, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, cuando no se entera el impuesto de retención, de traslación, etcétera, dentro de los plazos fijados por la ley, se hacen las denuncias a la justicia y las penas son inconmutables. Y si el Servicio de Impuestos Internos no ha formulado estas denuncias, es porque en su concepto, no existe dolo, ni mal uso, ni violación de principios morales. Son las circunstancias económicas por las que atraviesa el país las que han impedido a estos modestos y pequeños comerciantes e industriales cumplir con estas obligaciones, como hubiese sido su deseo. Luego, entonces, es injusto el cargo que se está formulando a estas personas.
En seguida, el colega Escorza nos ha dicho que no defendemos a los trabajadores. ¡Equivocado está!
Los Diputados radicales, permanentemente, hemos estado defendiéndolos, y así ha ocurrido al rechazar los reajustes miserables concedidos por el Gobierno, porque han significado para ellos verdaderos sueldos de hambre.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Montt, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Nosotros hemos exigido reajustes de acuerdo con el alza del costo de la vida.
El señor ARANCIBIA.-
¡Y relegaron a los dirigentes a Pisagua!
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Arancibia, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Cuando escucho a los colegas democratacristianos hablar de lo ocurrido en Pisagua, recuerdo a los obreros muertos en "El Salvador". Los que fueron relegados a Pisagua volvieron; los caídos en "El Salvador" no volverán. Sus Señorías deben callar, entonces, por respeto a los obreros de cuya muerte es responsable este gobierno.
-Hablan varios señores Diputados a, la vez.
El señor SOTOMAYOR.-
¿Volvieron los de la Plaza Bulnes?
El señor BASSO.-
Fueron ocho los muertos en "El Salvador".
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
El colega Escorza ha dicho que hemos dejado de lado a los trabajadores con motivo de este proyecto.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Basso, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Eso no es efectivo Estamos defendiendo a otros trabajadores, también honestos, como son los pequeños comerciantes e industriales. No pretendemos favorecer a los grandes comerciantes e industriales. Como somos minoría en la Honorable Cámara, no hemos podido legislar en la forma que hubiéramos deseado. Luego, las argumentaciones dadas por los colegas democratacristianos carecen de fundamento, pues no los guía el propósito de beneficiar a esos pequeños industriales y comerciantes, a quienes tanto les prometen.
El señor LAVANDERO.-
¡Qué absurdo!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Montt, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Por último, se ha dejado claramente establecido que, en este proyecto, no hay condonación, sino consolidación de deudas. Los contribuyentes van a pagar todas las deudas vencidas al 31 de agosto, con todos los intereses y costas, salvo las multas, sanciones y recargos. Así que no estamos haciendo nada indecoroso, sino todo lo contrario: frente a la actual situación económica del país, estamos cumpliendo con un deber moral.
Nada más.
El señor OLAVE.-
Pido la palabra
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OLAVE.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas queremos refutar algunas expresiones vertidas por los colegas democratacristianos en el debate, quienes, en un planteamiento bastante atrevido, a mi juicio, han pretendido comparar a los comerciantes que deben retener impuestos con verdaderos delincuentes.
El señor MONTT.-
¿Quién ha dicho eso?
El señor OLAVE.-
Parece que el colega Montt o tiene mal oído o no entiende el sentido de las expresiones vertidas por sus propios colegas de bancos.
El señor MONTT.-
Es una afirmación "chueca" la de Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Montt, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor OLAVE.-
¿Cómo se atreve a preguntar: "¿quién ha dicho eso?". Sus propios colegas han dicho textualmente que los pequeños comerciantes...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡ Honorable señor Montt! Voy a amonestar a Su Señoría.
El señor OLAVE.-
...se quedan con el impuesto a las compraventas en sus bolsillos, por lo que son "indecorosos". Se puede revisar, en cualquier instante, la versión taquigráfica; de modo que no es conveniente tratar de negar lo que acaban de decir en presencia del resto de la Honorable Cámara.
Existe un error fundamental al argumentar en el sentido de que habría apropiación indebida de dineros por deudores morosos del impuesto de compraventa. Si bien es cierto que, en pequeña medida, esto ocurre...
El señor LAVANDERO.-
¡Ah, es cierto entonces!
El señor OLAVE.-
...no es menos efectivo que la gran mayoría de los comerciantes, como lo sabe perfectamente el colega Lavandero, tienen que declarar las compraventas dentro de treinta días para enterar este impuesto, en circunstancias que muchísimas empresas comerciales pagan sus deudas a noventa días plazo; de modo que el comerciante debe facilitar su dinero al Fisco, por adelantado, para financiar este impuesto a la compraventa. Y, lo que es peor, el Servicio de Impues- tos Internos no acepta ninguna deducción en cuanto al pago del impuesto a la compraventa u otros cuando, a su vez, el Fisco es deudor del comercio local en cualquier pueblo de las distintas provincias del país. O sea, se califica poco menos que de inmoral al comerciante que retiene los dineros correspondientes al impuesto, por razones sobradamente conocidas en Chile; pero cuando el Fisco no paga lo que le debe al comercio, no es inmoral, no es poco serio y no infringe ninguna disposición.
Si se quiere ser consecuente con la realidad económica que vive el país, y si el Fisco no es capaz de pagar sus deudas, ni siquiera las previsionales con muchas Cajas, hecho que ha provocado el desfinanciamiento de varias de ellas, lo que en verdad lesiona los intereses de los trabajadores, a los cuales pretende defender con tanto entusiasmo el colega Escorza, debería establecerse una disposición que obligara al Fisco a cumplir con sus compromisos pagando oportunamente sus deudas.
Los Diputados socialistas, para ser consecuentes con esta actitud de defender a los pequeños comerciantes e industriales y, en general, a la gente que está viviendo un momento difícil a causa de la crisis económica por que atraviesa el país, vamos a votar por la no insistencia de la Honorable Cámara en su disposición primitiva.
Nada más.
El señor LAVANDERO.-
¿Podría contestar al colega, señor Presidente?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
No, señor Diputado, porque Su Señoría ha hecho uso del tiempo de sus dos discursos.
El señor MOMBERG.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MOMBERG.-
Señor Presidente, con respecto a este impuesto de la compraventa, ya se ha dicho, en este debate, por todos los sectores políticos y en todos los tonos, lo que ha sucedido. La verdad de las cosas es que si en situaciones económicas normales se propusiera otorgar el beneficio que consulta el artículo 1º a todos los deudores morosos de impuestos, ya estaría de acuerdo en que sería improcedente legislar en ese sentido. Pero como el país atraviesa por una situación económica anormal, consideramos conveniente incluir también a los deudores morosos de impuestos de compraventa.
Yo me pregunto: ¿qué clase de deuda, de crédito, o qué orden de cosas, en el actual proceso económico del país, no ha cambiado su manera de ser? Si en situaciones normales no era aceptable que por retención del impuesto a la compraventa se pidiera una consolidación, ni siquiera una insinuación al respecto, no es menos cierto que hoy día resulta común, natural y vulgar -y nadie se avergüenza por ello - algo que antes no era factible: el poseedor de una cuenta bancaria que ha suscrito un convenio, una letra, un pagaré, un sobregiro antes del vencimiento dice: "Puedo abonar un 10, un 15 o un 20%", y sobre esta base se le concede la prórroga solicitada. Esto se debe a que no hay poder económico para poder pagar.
A los argumentos del colega Olave, habría que agregar algo referente a un problema bien sencillo.
Yo quiero recordar, en relación con el gobierno anterior, cuya gestión financiera fue criticada por los señores Escorza y Lavandero, algo que sucede en este momento: la bonificación por abono a los agricultores se les está debiendo desde hace tres años, pese a que, anualmente, se destinan las sumas para pagarla, una vez que se liquida el producto agrícola.
Un señor DIPUTADO.-
¿Y en el Gobierno de Alessandri cuándo se pagaba?
El señor MOMBERG.-
Y ahora se acaba de pagar dicha bonificación...
-Hablan varios señores Diputados a la, vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡ Honorable señor Sotomayor!
El señor MOMBERG.-
...con bonos del Estado a tres años plazo, sin reajuste, y con el 12% de interés, títulos que los agricultores han recibido con una depreciación evidentemente enorme del valor que ellos invirtieron, hace tres años.
Señor Presidente, este documento del Estado, en pago de la bonificación por abono a tres años plazo con el 12% de interés y sin reajuste, acaba de ser entregada, en este minuto. Ya se ha cumplido el primer año y hay agricultores que no saben qué es de su pagaré y ni cómo pagarlo. No se puede ser "más papista que el Papa"...
El señor SOTOMAYOR.-
¿Me concede una interrupción?
El señor MOMBERG.-
El problema es la situación económica por la que atraviesa el país y hay que buscar una manera de arreglarlo. Creo que con la consolidación se va a poder solucionar...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿ Me permite, señor Diputado ?
El señor Sotomayor le solicita una interrupción.
El señor MOMBERG.-
Con mucho gusto se la concedo.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la interrupción el señor Sotomayor.
El señor SOTOMAYOR.-
Agradezco la interrupción que me concede el colega Momberg.
Era para aclarar que el atraso en el pago de las bonificaciones de abono se debe a los tres años que quedó debiendo el Gobierno anterior, porque desde 1965 este Gobierno está pagando las bonificaciones de abono a la base. De manera que fue el Gobierno anterior el que no dejó establecidos los fondos para estos efectos, y el atraso en su pago no es culpa de este Gobierno, sino que del anterior.
El señor MOMBERG.-
La verdad es que es solamente del año 1966 y hay un pequeño error del colega señor Sotomayor. En el Gobierno anterior la bonificación era de un 48%, como bien lo sabe Su Señoría. En cambio ahora, ¿cuánto significa en plata la bonificación de abono, aparte de haber subido en el 12% ? No alcanza ni a un 7% respecto de la del Gobierno anterior que, como dije, era de un 48%.
Me agradaría que el señor Sotomayor abriera un foro sobre esta materia, porque en esta materia entiendo...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOMBERG.-
Por lo demás no es éste el fondo del problema en discusión. Lo traje a colación sólo para justificar mi planteamiento, porque ya que el Gobierno, como decía el colega señor Ola-ve, se permite demorarse dos o tres años en pagar a sus acreedores que son sus abastecedores, considero lógico que los contribuyentes puedan tener una franquicia de esta naturaleza.
No desconozco, como se decía hace un instante, que hay situaciones irregulares. Mi colega hablaba de inmoralidad. Creo que no estamos en una época en que se pueda hablar de esto, porque hay un dicho que dice que "no hay que escupir para arriba". No se trata de inmoralidades, sino que hay que ver la situación económica del país. Hablando de inmoralidades...
El señor VALDES (don Arturo).-
No se vaya a morder la lengua... !
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡ Señor Valdés Phillips!
El señor MOMBERG.-
El señor Valdés dice que me puedo morder la lengua. Como Su Señoría habla una vez al año... .
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOMBERG.-
El asunto es que hay que buscarle una solución a este problema y creo que la mejor manera da hacerlo es aprobando esta proposición del Senado.
Con respecto a lo expresado por el señor Silva Ulloa, estoy de acuerdo en que la insistencia de la Cámara no hará variar en absoluto esta disposición; pero estimo conveniente que quede constancia en la versión de la posición de los partidos políticos y de los parlamentarios respecto de la defensa que hacen de un problema de tanta trascendencia, que está gravitando en forma importante en la economía del país.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Se ha solicitado la clausura del debate. En votación la petición.
Si le parece a los señores Diputados, se dará por aprobada.
Aprobada.
En votación la primera insistencia del Senado.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 24 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
En votación la segunda insistencia del Senado que tiene por objeto sustituir en el inciso primero del artículo 1°, la frase "tributo, multas, intereses,"... etcétera.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Estamos en votación, señor Diputado.
El señor SILVA ULLOA-
Señor Presidente, si la Cámara insistiera en su planteamiento, no habría ley, y quedaría un artículo incompleto. Así es que estamos obligados -para que haya ley- a aceptar el criterio del Senado...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? La Mesa supone que los señores Diputados conocen el proyecto en debate, puesto que tienen el respectivo boletín en sus manos. La Mesa no puede estar dando explicaciones a cada momento.
Efectivamente, señor Diputado, si se insiste en el criterio de la Cámara, no hay ley en la materia y quedaría sin ningún sentido el artículo 1°.
Si le parece a los señores Diputados, se acordará no insistir...
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con la abstención de los Diputados democratacristianos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
...con la abstención de la Democracia Cristiana.
Acordado.
El señor SEPULVEDA (don Francisco).-
Y, ¿por qué no proceder del mismo modo, señor Presidente, con todas las demás disposiciones del artículo?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Me parece que tendríamos que seguir el mismo criterio respecto de las otras modificaciones al artículo 1°.
Si le parece a la Sala, se aprobarían las demás modificaciones al artículo 1° con la misma votación.
Acordado.
La Cámara acuerda no insistir.
En votación la modificación del Senado que consiste en consultar un inciso segundo nuevo, del siguiente tenor:
"Condónanse las multas, sanciones y recargos, que afecten a los contribuyentes por los tributos a que se refiere el inciso anterior."
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
El Senado insiste en condonar las multas, pero la Cámara no ha aceptado ese criterio.
El señor TUMA.-
Entonces no hay ley.
El señor ACUÑA.-
¡No pueden pagar los impuestos y van a pagar las multas!
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa 21 votos; por la negativa 32 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
En discusión las insistencias del Senado en el artículo 2º.
El señor SOTOMAYOR.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SOTOMAYOR.-
Señor Presidente, me asalta una duda respecto a si el inciso segundo nuevo del Senado sería restrictivo o no para los sectores de mediano, y pequeños agricultores. En la forma en que lo despachó la Cámara de Diputados, los deudores del INDAP y de algunas otras empresas semifiscales agrícolas podrían acogerse a esta ley para pagar sus deudas, pero el inciso segundo nuevo lo hace más restrictivo aún. Por eso, nosotros vamos a estar con el criterio de la Cámara.
Ahora, quiero haber un alcance a lo que dijera el colega señor Momberg denantes, en el sentido de que nunca la situación económica había sido tan mala como ahora. En realidad, si fuera así, no entiendo porqué las empresas aéreas no tenían un solo pasaje disponible para viajar al extranjero en todo el mes de septiembre, ni comprendo tampoco cómo se han gastado 30 millones de dólares en viajes al exterior. Entonces hay que recibir con beneficio de inventario esta afirmación de que la situación económica nunca ha sido más mala.
-Hablan varios señores Diputados a la ve?:.
El señor SOTOMAYOR-
En realidad...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señor Momberg!
El señor SOTOMAYOR.-
.. .es en el sector del Partido Nacional donde está la gente acomodada y es ella la que sale a pasear al extranjero. De manera que no podemos creer lo que dice el señor Momberg.
Nada más.
El señor PALESTRO.-
Los nuevos ricos del régimen son los asesores y los que salen.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Los promotores son los que viajan.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Cerrado el debate.
En votación la insistencia del Senado que consiste en intercalar un inciso segundo nuevo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado, por la afirmativa 31 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
En votación la insistencia del Senado sobre la segunda modificación al artículo 29, que sustituye su inciso final.
Quiero advertir a la Sala que si la Cámara insiste en su criterio, no habrá ley en esta parte del proyecto.
Si le parece a la Cámara, no se insistirá.
Acordado.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Muy bien!
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión la insistencia del Senado en su modificación al artículo 6º.
El señor MAIRA.-
Es consecuencia de lo anterior.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Hago presente a la Sala que si la Cámara insiste en su criterio, no habrá ley sobre la materia.
¿Se acordaría no insistir, con la misma votación anterior?
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No insistir!
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Acordado.
La Cámara acuerda no insistir.
La señora LAZO.-
-¡Qué eficiencia!
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión la insistencia del Senado en las modificaciones al artículo 11.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Advierto a la Sala que existe la misma situación que en el caso anterior. Si la Cámara insiste en su criterio, no habrá ley sobre la materia.
Si le parece a la Cámara, se acordará no insistir, con la abstención de los señores Diputados democratacristianos.
Acordado.
En discusión la insistencia del Senado en las modificaciones al artículo 13.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la insistencia en la primera modificación, que consiste en sustituir, en el inciso primero del artículo, la expresión "1º y 2º" por "1º, 2º y 11".
El señor SILVA ULLOA.-
Es consecuencia de lo aprobado.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).-
Han votado solamente 26 señores Diputados.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación.
Ruego a los señores Diputados no abstenerse.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
Un señor DIPUTADO.-
Los que insistan en el criterio de la Cámara se abstienen, ¿no es así?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Diputado, se han hecho varias votaciones en la misma forma y se han abstenido los Diputados de su partido.
-Repetida la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la negativa, 30 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
En votación la segunda modificación del Senado al artículo 13, que consiste en agregar, en el mismo inciso primero, la siguiente frase final: "pero limitando el plazo máximo para pagar la deuda consolidada a 18 meses", sustituyendo el punto final por una coma.
Si le parece a la Cámara, con la misma votación anterior se acordará no insistir.
Acordado.
El Senado insiste en mantener los artículos nuevos que la Cámara había rechazado.
En discusión el artículo 15, nuevo.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Acuña.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, el artículo 15, nuevo, que el Senado insiste en mantener, es una norma de esencial justicia, por cuanto sólo hace extensivas las franquicias tributarias que se concedieron, como bien se mencionada aquí, en la ley Nº 16.623, de 25 de abril del presente año.
Esos beneficios favorecieron a la provincia de Valdivia y al departamento de Llanquihue, de la provincia de Llanquihue. Han sido reclamadas por el resto de las comunas y departamentos de las provincias de Llanquihue y Osorno. Las Cámaras de Comercio y todos los sectores de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue han insistido en su mantenimiento, y los parlamentarios de Gobierno saben perfectamente bien la necesidad y la justicia que involucra este hecho.
Por estas razones, los Diputados radicales hacemos presente que votaremos favorablemente este artículo, por cuanto sólo se trata de hacer extensiva una norma legal imperante parcialmente a una zona que se va a beneficiar en su integridad; y, porque es obvio, esencial y de elemental justicia que así se proceda, dada la grave situación económica que afecta a las tres provincias que he mencionado.
El señor OLAVE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OLAVE.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas vamos a estar con el criterio del Senado, por cuanto mediante el artículo 15 se quiere ampliar las disposiciones favorables que benefician a la provincia de Valdivia y al departamento de Llanquihue, en la provincia del mismo nombre, al departamento de Puerto Varas y a la provincia de Osorno.
Como toda la zona de Valdivia, Osorno y Llanquihue fue afectada por los sismos de mayo, que produjeron graves trastornos de tipo tributarios a la industria y al comercio, nosotros vamos a apoyar con todo entusiasmo la extensión de estos beneficios a las provincias hermanas de Osorno y Llanquihue.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la insistencia en el rechazo del artículo 15, nuevo, del Senado.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 39 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir en su criterio.
En discusión la insistencia del Senado en el artículo 16, nuevo.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ramón Silva Ulloa; a continuación, el señor Valente.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, nuevos, en que ha insistido el Senado, vienen a solucionar el problema creado al Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, del Consejo de Defensa del Estado, por la ley Nº 16.617.
Nosotros, tanto cuando se discutió el proyecto que se convirtió en ley Nº 16.617, como ahora, estamos de acuerdo con la solución propuesta.
Creemos que es la más conveniente y, por consiguiente, vamos a aceptar el criterio del Honorable Senado, porque resuelve satisfactoriamente, dentro de los medios en que es posible en estos instantes, el problema que ha preocupado a todo el personal del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Valente.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, yo no sé si los colegas Diputados han recibido diferentes notas de algunos organismos que tienen interés en este artículo.
Estas notas son controvertidas en lo que se refiere al planteamiento hecho por la Asociación Nacional de Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos y al formulado por la Asociación de Empleados de Tesorerías de Chile.
Los primeros, en dos notas que han hecho llegar a la Cámara, manifiestan que estarían de acuerdo con la disposición que deroga las disposiciones pertinentes de la ley Nº 16.617, vale decir, los artículos 151 y 152 de esa ley, y dan algunas argumentaciones, entre las cuales podemos mencionar:
"a) Incorporación a sueldo del actual personal de Receptores y Depositarios;
"b) Contratación de un nuevo personal que reemplace a los secretarios de los receptores y depositarios, y que actualmente éstos mantienen a su costo, y
"c) Obtención de material de trabajo, muebles y equipos en sustitución del que es de propiedad personal de los mencionados funcionarios."
Esto es como consecuencia de lo que significaría mantener el artículo 16 de la ley Nº 16.617.
En seguida, se señala aquí que el mayor gasto que originaría la incorporación del personal de receptores y depositarios a la Asociación Nacional de Empleados de Tesorería de Chile, significa aproximadamente, cinco millones de escudos anuales, el monto al que deben agregarse las sumas correspondientes a los rubros de asignación de zona, incentivo, y seguramente, el financiamiento de la locomoción.
Luego se abonan otras razones más; pero, también creo útil dar a conocer lo que opina la Asociación Nacional de Empleados de Tesorerías, en la parte pertinente de la nota que nos ha llegado.
La comunicación expresa:
"Esta disposición legal que se desea derogar, sólo persigue: cambiar el sistema actual de cobro de los impuestos morosos por otro más expedito y menos oneroso para los contribuyentes.
"Más expedito, porque aprovechando que Tesorerías es quien atiende a los contribuyentes, es ésta quien los conoce y determina cuáles de estos se han atrasado, voluntaria o involuntariamente, y puede avisarles de inmediato, ya sea por teléfono o por una nota, de su retardo en el cumplimiento de sus deberes con el Fisco, o sea, puede establecer un contacto humano. Hasta ahora esta institución ha hecho esta labor, pero no en gran escala, como hubiese sido su deseo, pues se lo impedía el gran volumen de trabajo contable que debía efectuar en forma manual, principalmente. Sin embargo, a fin de poder brindar una mucho mejor atención al público que concurre a sus oficinas y también liberar a su personal de labores rutinarias, está mecanizando totalmente su labor de contabilización de documentos y para esto cuenta con un Centro de Procesamiento de Datos que ya es un modelo, en su género, por muchos conceptos.
"Esta fusión también permite algo muy importante para el contribuyente, que el pago de los tributos morosos sea menos oneroso, pues el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos funcionaba a base de personas que cobraban un honorario por su actuación. Con esta fusión, este personal, como el de Tesorerías, tendrá una remuneración como cualquier empleado público, por efectuar la función de rescatar haberes insolutos al Fisco. Se terminará, también, con una gran injusticia con la mayor parte del personal del mismo Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, pues había funcionarios que recibían, por concepto de derechos de depositarios, especialmente, sumas millonarias, mientras otros que no les cabía en suerte desempeñarse en plazas como Santiago, Valparaíso, etcétera, recibían modestas sumas por concepto de honorarios. Además, el personal administrativo y de servicios menores de este Departamento se encuentra mal remunerado y su paso a Tesorerías les permitirá mejorar su renta y tener la expectativa de una mejor carrera."
Nosotros estamos de acuerdo con esta presentación de la Asociación de Empleados de Tesorerías de Chile; y, en consecuencia, votaremos en contra de estos artículos que derogan los artículos 151 y 154 de la ley Nº 16.617.
Nada más, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se hará una sola votación de los artículos 16 a 22 inclusive.
Acordado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 20 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
En discusión el artículo 41, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se acordará no insistir.
Acordado.
En discusión el artículo 43, nuevo, propuesto por el Senado, que deroga el artículo 99 de la ley Nº 16.617.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ.-
Pido la palabra.
El señor LORCA don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Silva Ulloa. A continuación, podrá hacer uso de ella el señor Ibáñez.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, vamos a votar con el mismo criterio del Senado respecto del artículo 43, que deroga el artículo 99 de la ley Nº 16.617.
Durante la discusión del proyecto que se convirtió en ley Nº 11.617, hicimos presente la injusticia evidente que significaba ese artículo, que limitaba las jubilaciones de quienes habían obtenido lo que se llama "perseguidora" a un 60% de su remuneración, respecto de funcionarios pertenecientes a la Escala Directiva, Profesional y Técnica, y a un 70% en los casos de funcionarios de la Planta Administrativa-
La verdad es que la disposición aprobada, que hoy se pretende derogar, ha significado que muchos funcionarios públicos que están en condiciones de obtener su jubilación no se acojan a ella y, prácticamente, los escalafones no funcionen. Porque indudablemente que constituye una injusticia privar del 30 ó 40% de sus remuneraciones, según el caso, a quien, después de treinta o más años de servicios, ha alcanzado un cargo determinado dentro de los escalafones. Y esto resulta aún más penoso, por el hecho de que se hace cuando ha transcurido gran parte de la vida de los funcionarios.
Creo que sobre esto podríamos argumentar latamente, pero es indudable que lo que corrige el artículo 43 en discusión, es de justicia evidente y, por eso, nosotros apoyaremos la insistencia del Senado y daremos nuestros votos para subsanar la injusticia a que me he referido.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ibáñez, don Jorge.
El señor IBAÑEZ.-
Señor Presidente, cuando se propuso el artículo 99 de la ley Nº 16.617, que estableció la imponibilidad de un 60% del sueldo para la Planta Directiva, Profesional y Técnica, y del 70% para la Planta Administrativa, se estableció una trampa extraordinariamente lesiva para los intereses previsionales de los empleados públicos. El fundamento de este artículo consistió en ofrecer a los servidores públicos la posibilidad de aumentar sus rentas al no hacer imponible este 30 ó 40%, respectivamente. Pero rápidamente, como lo hicimos presente en el momento de discutirse este artículo, se observó la injusticia contenida en él, respecto de las posibilidades de jubilación de estos funcionarios.
Si bien es cierto que la ley Nº 16.617 estableció como base para el desahucio el ciento por ciento de los sueldos, limitó en el mismo porcentaje, o sea, en un 40% y un 30% el monto de la jubilación. En la práctica y comparando las rentas del personal en servicio activo de la Planta Directiva con las que percibirían estos funcionarios al jubilar, se ha podido demostrar que con la rebaja de un 40% estas últimas disminuyen en la siguiente forma:
Los funcionarios de la Primera Categoría en servicio activo perciben Eº 3.343; el personal jubilado en esta Categoría, Eº 2.006. La diferencia mensual, considerando el porcentaje de 40%, es de 1.337 escudos.
En la Segunda Categoría, los funcionarios en servicio activo perciben Eº 2.760; los jubilados, sólo Eº 1.655. La diferencia entre el sueldo del personal en servicio activo y el de los jubilados es de Eº 1.105.
En la Tercera Categoría, el sueldo del personal en servicio activo es de Eº 2.263; el del jubilado, de Eº 1.358. La diferencia entre ambas rentas es de Eº 905.
En la Cuarta Categoría, el personal en servicio activo percibe Eº 1.863; el jubilado, Eº 1.118. Hay una diferencia de 745 escudos.
En la Quinta Categoría, los funcionarios de esta planta en servicio activo perciben Eº 1.696; los jubilados, Eº 1.018. Existe una diferencia de Eº 678.
Pues bien, ésta es la diferencia que se establece aplicando exclusivamente la disminución del 40% de las rentas del funcionario; pero ocurre que los empleados que llegan a las categorías superiores de los Servicios en la Administración perciben un 5% por cada año de servicio sobre los treinta años de trabajo, con un tope de 25%. Además, al funcionario con treinta años de servicios se le disminuyen las imposiciones en un 5%. Si se suma, entonces, para estos funcionarios, el descuento del 40% más el porcentaje que deja de percibir, además del porcentaje establecido como imposiciones, más los impuestos por concepto de renta o para establecimientos educacionales, ocurre que, perfectamente la disminución de las remuneraciones de los funcionarios jubilados de la Planta Directiva, Profesional y Técnica puede llegar casi a un 50%.
Esto es lo que sucede con los funcionarios de la Planta Directiva, Profesional y Técnica. Podrá argumentarse que éstos son los menos, pero si examinamos y trasladamos el mismo problema a los empleados de las plantas administrativas, observaremos que el fenómeno es mucho más grave. Desde luego, los funcionarios de las plantas administrativas que no tengan topes de escalafón, ven disminuidas sus rentas en un 30%. Sobre este 30% les son aplicables exactamente las mismas disminuciones por otros conceptos o tipos de imposiciones. Los funcionarios que no llegan al tope del escalafón jubilan con promedios, los que se determinan sobre la base del 70% de la renta que está percibiendo al momento de la jubilación, incorporándola a las últimas 36 mensualidades.
En estos instantes, todavía no se advierte la gravedad de las consecuencias de este artículo 99 que se pretende derogar, porque sólo se está aplicando a partir del 1°de enero de 1967. De tal suerte que los promedios son, en estos momentos, un poco más elevados; pero, en todo caso, la disminución de la renta de los funcionarios de las escalas administrativas también se reduce en más de un 50 %.
Si a ello se agrega que el Fondo de Revalorización de Pensiones se encuentra desfinanciado en una cantidad aproximada a los 60 millones de escudos, se comprenderá cuál es la situación con que enfrentan los funcionarios después de 30 años de servicios, cuando se encuentran en una edad en que ya no puede desarrollar una actividad diferente, precisamente, por razones de edad y de salud. Los funcionarios que después de 30 años han logrado un standar de vida ajustado a la renta que están percibiendo en servicio, de inmediato y por el solo hecho de jubilar, la ven reducida en un 50 %, cuando tienen el más legítimo derecho a un descanso y tranquilidad.
¿Qué es lo que está ocurriendo en estos instantes en la Administración Pública? Que los funcionarios que tienen más de 30 años de servicios viven con la preocupación constante y con el temor de alejarse alguna vez de sus servicios, porque, inmediatamente, en ese mismo instante, se ven enfrentados a una tragedia de orden económico. Así es cómo se observa que la Administración Pública tiene funcionarios con 31, 32, 35 y hasta 40 años de servicio, porque, evidentemente, no se atreven a acogerse al beneficio de la jubilación, ya que se perjudican extraordinariamente.
Por otra parte, antes de que surgiera la posibilidad de derogar este artículo en el Senado, los parlamentarios radicales ya habíamos presentado otro proyecto en la Cámara con el mismo objeto, es decir, para derogar el artículo 99 de la ley Nº 16.617.
Además de las razones que se han dado, existen también otros argumentos que deben ser considerados por esta Cámara al votar este artículo. Si se tratara de una disposición aplicable a toda la Administración Pública, sin excepción, tal vez podría argumentarse que se está aplicando una norma de carácter general. Pero ocurre que hay servicios, algunos de los cuales me voy a permitir señalar, que están al margen -lo que nos parece de entera justicia- de esta disposición limitativa de un derecho previsional, como es la jubilación, rigiendo para ellos el sistema que existía antes de la dictación del artículo 99 de la ley Nº 16.617. Estos servicios son los siguientes: Contraloría General de la República, Ministerio de Obras Públicas, Superintendencia de Seguridad Social, Servicio Nacional de Salud, Fuerzas Armadas, Cuerpo de Carabineros de Chile, Magisterio, Ferrocarriles del Estado, Empresa Portuaria de Chile, CORFO, IN-DAP, ECA y todos los Servicios autónomos, Archiveros Judiciales, Notarios, Conservadores, Receptores Judiciales, Procuradores del Número, personal del Ministerio de Agricultura y entidades filiales.
Por estas razones, y de acuerdo con la actitud permanente que hemos tenido frente a este problema, en especial, frente a los servicios fiscales, votaremos por la insistencia en la disposición del Senado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, consecuentes con la primitiva posición adoptada por los Diputados de estos bancos y también por los Senadores socialistas, vamos a. votar favorablemente el artículo repuesto en el Senado, que fuera rechazado en los primeros trámites constitucionales por la mayoría democratacristiana de esta Cámara y también votado en contra por los Senadores del partido de Gobierno.
Creemos también que, de una vez por todas, es indispensable terminar con esta angustia que representa para un importante sector de ex servidores del Estado estar marginados de beneficios de que gozan, como bien se ha dicho, la mayoría de los ex funcionarios de servicios públicos y de administración autónoma.
Toda ley discriminatoria es injusta. Por eso, en esta oportunidad reafirmamos la posición que mantuvimos en el primer trámite en orden a estimar que el criterio del Gobierno en este aspecto no significa otra cosa que una exacción, una vergonzosa exacción de un legítimo derecho adquirido por estos ex funcionarios del Estado después de muchos años de lucha. Dijimos en aquella ocasión, y lo reafirmamos esta tarde, que no era posible marginar de beneficios de que gozan prácticamente todos los ex servidores del Estado a un sector, tal vez el peor pagado de la Administración Pública, ni desconocer los legítimos derechos conquistados por ellos después de muchos años de lucha. Después que estos ex funcionarios han cumplido su paso por la Administración Pública, y cuando ya, peinando canas, están dispuestos, podríamos decir, a gozar de lo que ellos se hicieron merecedores después de largas jornadas de trabajo, esta limitación que se establece los coloca en ¡a condición de ex servidores públicos de segunda categor��a.
Por estas razones, los Diputados socialistas, consecuentes con nuestra permanente actitud de defensa de los legítimos derechos que los sectores asalariados del país, empleados y obreros, han conquistado después de muchos años de lucha, vamos a mantener el criterio que hemos sostenido durante todos los trámites del proyecto. Y, en homenaje a su pronto despacho, considerando que lleva la tranquilidad a los personales afectados por una disposición discriminatoria, y mucho más a sus familias, no nos extenderemos en mayores consideraciones sobre este problema. Por lo demás, me parece que las notas y circulares enviadas por las directivas gremiales de estos ex servidores afectados por la disposición aclaran mucho mejor las cosas, porque son ellos los que están sufriendo una lesión en el legítimo derecho de gozar de la jubilación que les corresponde. Los Diputados socialistas vamos a votar favorablemente este artículo, que deroga el artículo 99 de la ley Nº 16.617.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
¿Hasta qué hora está prorrogado el Orden del Día?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Hasta las 9 de la noche, pero hay que tratar también el proyecto sobre "loteos brujos".
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, cuando se discutió en la Cámara la actual ley Nº 16.617, el artículo 99 fue muy controvertido y los Diputados comunistas nos opusimos terminantemente a aceptar su redacción y su inclusión en el proyecto.
Como se ha manifestado por otros colegas, la disposición contenida en este artículo 99 significa una evidente injusticia en contra de los servidores públicos, por limitar el monto de las pensiones de jubilación del personal administrativo y de servicio, a un 70% de la escala de categorías, grados y sueldos mencionada en los artículos 1º y 11 de la ley Nº 16.617, y a un 60% de ella, para los funcionarios incluidos en la Planta Directiva, Profesional y Técnica citada en la misma ley.
Las organizaciones gremiales de los funcionarios públicos, semifiscales y organismos de la administración autónoma afectados por esta disposición han levantado una protesta general, a través de todo el país, pidiendo a los parlamentarios de los diferentes partidos políticos la derogación de esa disposición, debido a que los perjudica en su jubilación, al limitar el monto de la pensión que percibirán en el momento de acogerse a este beneficio previsional.
Consecuentes con el criterio sostenido por los Diputados comunistas en su oportunidad, durante la discusión de la ley mencionada, y de acuerdo con nuestra actitud permanente en torno de este artículo 99, por estimarlo altamente lesivo para los funcionarios públicos, vamos a dar nuestros votos para aprobar el artículo 43 que nos ocupa y por el cual se deroga el artículo 99 de la ley Nº 16.617.
Entendemos que en esta votación, nos acompañará la mayoría de la Cámara, con el objeto de mantener este artículo derogatorio para hacer justicia al personal de la Administración Pública; de manera que nuestros votos -repito- son favorables a la derogación del artículo 99 de la ley Nº 16.617 y a la aprobación del artículo 43, incluido por el Senado en el proyecto en debate.
Nada más, señor Presidente.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
- Tiene la palabra el señor Phillips; a continuación el señor Cerda, don Eduardo.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente seré muy breve. Respecto a la disposición que deroga el artículo 99 de la ley Nº 16.617, vamos a ser consecuentes con el planteamiento sostenido por nuestro partido durante la discusión del proyecto de ley correspondiente. Creemos que la discriminación hecha en este caso frente a algunos servidores del Estado es injusta, porque estimamos que se debería legislar para todos estos servidores, en general, y no para beneficiar a determinados sectores.
Por eso, durante la votación de las insistencias del Senado, mantendremos nuestro criterio, el cual siempre ha sido el mismo.
Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Cerda, don Eduardo.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, la discusión habida sobre este artículo 43 en la ocasión en que fue tratado, en realidad, fue bastante extensa, como asimismo se discutió ampliamente, en su oportunidad, el artículo 99 de la ley Nº 16.617 que ahora se desea derogar. Sin embargo, a fin de dejar claramente establecida la posición del Ejecutivo, en este caso, y de los Diputados democratacristianos, al haber concurrido con nuestros votos a la aprobación de este artículo 99 de la ley de reajustes y al rechazo de la modificación del Senado que lo deroga, durante el tercer trámite de este proyecto de ley, conviene señalar algunos hechos.
En primer lugar, aquí no se ha informado que, al establecer una nueva escala para la Planta Directiva Profesional y Técnica fijada de acuerdo a la última ley de reajustes;...
El señor ACEVEDO.-
¡Es igual!
El señor CERDA (don Eduardo) .-
Es exactamente igual. No se ha informado que, al establecerse una nueva escala para el sector administrativo, se incluyó dentro del sueldo base una serie de remuneraciones que no eran imponibles; y es así como, durante muchos años, y específicamente durante gobiernos anteriores, muchos de los Diputados que ahora critican nuestra actitud concedieron a los funcionarios diferentes beneficios pecuniarios que no eran imponibles. Mediante este sistema se produjo el caso de que, siendo en su totalidad imponible la remuneración que efectivamente recibía no pasaba del 30, del 40 o del 50% del total de la remuneración nominal de ese funcionario.
A propósito de esta situación, se puede citar el caso concreto de la remuneración por las horas extraordinarias, que fue incorporada a la nueva escala de sueldos y que antes era sólo una remuneración adicional no imponible.
Exactamente lo mismo sucede, señor Presidente, con los...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señores Diputados, ruego guardar silencio!
El señor CERDA (don Eduardo).-
... reajustes -me parece-del año 1961, en que sólo se concedió un aumento de remuneración de 11 escudos, por parejo, a todos los funcionarios fiscales y semifiscales, sin que ella fuera imponible.
El señor PHILLIPS.-
No fue así.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Quiero aclarar, en esta ocasión -y pido a los señores Diputados que, si alguno quiere desmentirlo, lo haga- que, de acuerdo con la nueva escala, el sueldo imponible que tiene cualquier funcionario público de ambos escalafones, en el año 1967, es superior al sueldo imponible del año anterior; y, con el fin de que no se cometiera ninguna injusticia, en la ley de reajustes últimas se estableció que, si por cualquiera razón ajena a la voluntad del legislador, algún funcionario resultare con un sueldo imponible igual o inferior al del año anterior, se impondrá la condición básica de que, en ningún caso, pudiera percibir en 1967 un sueldo imponible menor al que percibió al 31 de diciembre de 1966, más un 10%.
Es indudable que los Diputados democratacristianos quisiéramos que el total, o sea, el 100% de los sueldos fuera imponible, como lo están solicitando los funcionarios. Pero hay que considerar que las posibilidades económicas concretas del país hace imposible, en un año, duplicar casi el sueldo imponible de los funcionarios.
En la mayoría de los países que tienen legislaciones sociales bastante avanzadas, prácticamente, en ninguno de ellos, el monto imponible del sueldo de un funcionario público equivale al 100%. Hago presente al señor Valente, que me antecedió en el uso de la palabra, el caso de Rusia, donde me parece que el sueldo imponible es del orden del 70 y tantos por ciento u 80% de lo que gana un funcionario; en Suecia, es del orden del 72%.
En todo caso -vuelvo a insistir- el hecho de que en la última ley de reajustes se haya establecido como remuneración imponible el 60 % y el 70%, respectivamente, de los sueldos actuales en ningún momento esto ha afectado a los funcionarios haciendo que disminuyan sus sueldos imponibles, sino que ha ocurrido al revés, porque el promedio de las rentas imponibles ha aumentado en una cantidad muy superior a la establecida para el reajuste de la escala de sueldos.
El señor VALENTE.-
Solicito una interrupción, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? El señor Valente le solicita una interrupción.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con mucho gusto se la concedo.
El señor LORCA, don Alfredo (Presi-dente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Valente.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, lamento que la argumentación y las cifras dadas por el Diputado señor Cerda, como asimismo sus palabras, estén desmentidas por las numerosas peticiones que hemos recibido de distintos organismos gremiales de empleados públicos y semifiscales. Estas organizaciones han realizado estudios documentados, teniendo a la vista la escala de sueldos de la ley Nº 16.617, las planillas de pago, y los cálculos que tienen su fundamento, precisamente, en la aplicación del artículo 99, de la leyNº 16.617, cuyo alcance estamos discutiendo.
Todos esos organismos han coincidido -y esto no es casual- en estimar que el artículo 99 de esa ley es profundamente lesivo a los intereses previsionales de los funcionarios y, en consecuencia, han solicitado en forma unánime la derogación de este artículo y, con ello, la supresión de esta discriminación contenida en el precepto que estamos analizando.
En cuanto a lo que ha dicho el Diputado señor Cerda, referente a la previsión social en los países socialistas, yo creo que no hay discusión posible, porque nadie puede desconocer, ni el propio señor Cerda, porque está en antecedentes de lo que estoy afirmando, que en los países socialistas la previsión es absolutamente integral y nadie, ningún trabajador, cuando cumple la edad y los requisitos para jubilar, queda desamparado por el Estado. Es decir, no hay punto de comparación entre los sistemas previsionales de los países socialistas, y de la Unión Soviética, en especial, y los de los países capitalistas, entre ellos el nuestro, que es injusto, que es...
El señor PHILLIPS.-
Esto está fuera de reglamento, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señor Phillips!
El señor VALENTE.-
..muy incompleto y que, por sobre todas las cosas, perjudica a las personas cuando se acogen a la jubilación, porque no perciben la misma renta ni los mismos beneficios sociales y económicos que cuando era funcionario en servicio activo.
En consecuencia, creo haber respondido al señor Cerda sus argumentaciones.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el Diputado señor Cerda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, sólo estoy repitiendo las informaciones que se dieron anteriormente por el propio colega señor Valente, respecto de lo que ocurre en distintos países del mundo-Pero sigo insistiendo en que aquí hay una situación bien concreta: los sueldos imponibles y, como consecuencia, las jubilaciones de los distintos funcionarios, subieron en 1967 en un porcentaje promedio superior al promedio del reajuste de sueldos y salarios.
En estas condiciones, cuando desde otros bancos se dice que esta situación es completamente injusta, vuelvo a recalcar que nuestros deseos son, no sólo que el monto imponible sea igual al 100% de las rentas, sino también que las remuneraciones sean superiores. Pero, lamentablemente, éstas tienen que estar de acuerdo con las posibilidades de desarrollo del país y con las inversiones fiscales en todos los planes concretos del Gobierno, en los rubros de la educación pública, de la reforma agraria, de la construcción de viviendas o de la industrialización del país que, de otra manera, tendrían que paralizarse, con el fin de destinar los recursos disponibles a estos objetivos previsionales.
Por lo tanto, nosotros debemos ser consecuentes con nuestra anterior actuación y hacer ver que las disponibilidades económicas del país no permiten aumentar la participación del Gobierno en los beneficios previsionales futuros, porque también habría que aumentar las pensiones de jubilación que se están percibiendo. En consecuencia, manifestamos claramente, teniendo a la vista los antecedentes necesarios, como lo son las planillas, sin las cuales no pueden existir las liquidaciones de los sueldos, que rentas imponibles han aumentado mucho más que el monto mismo de ellas.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ha terminado el tiempo del primer discurso del señor Diputado; puede continuar Su Señoría en el tiempo de su segundo discurso.
El señor CERDA (don Eduardo).-
He terminado, señor Presidente.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, yo he escuchado con profunda atención los planteamientos del colega señor Cerda...
El señor VALDES (don Arturo).-
¡Harto buenos!
El señor FUENTES (don Samuel).-
... y me he dado cuenta del tremendo esfuerzo que ha estado realizando para convencernos de que el criterio de la Democracia Cristiana y del Gobierno, incorporado en el artículo 99 de la última ley de reajustes de sueldos es "inmensamente beneficioso", según sus propias palabras.
El señor CERDA (don Eduardo).-
¡No he dicho esas palabras! Dije que esta disposición era mejor que lo que había en gobiernos anteriores.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
'Ruego al señor Cerda, guardar silencio.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Sin embargo, como decían los señores Valente e Ibáñez, nosotros sólo hemos oído quejas de todos los sectores de la Administración Pública respecto de esta disposición.
Saben muy bien los colegas democratacristianos y el Gobierno mismo que, cuando se trató en el Congreso esa disposición, los empleados públicos y el Gobierno llegaron a un acuerdo para los efectos de fijar las remuneraciones que percibirían en el presente año; y que apenas se aprobó esta disposición, recibimos una presentación, mediante la cual los mismos empleados nos daban a conocer que se sentían defraudados con la actitud del Gobierno. Y tan grave era esta disposición, como lo recordará el colega Cerda, que hubo que hacerle un agregado en el último inciso, estableciendo que el desahucio se calcularía con la última renta, porque lo real es que la disposición del Gobierno pretendía que el desahucio -y así lo entendía la Contraloría- tenía que aplicarse sobre la base del 70 ó 60% del sueldo imponible, según la disposición.
En esto, como no podrá desmentirlo el señor Cerda, los Diputados de oposición: el colega Valente; la colega Lazo; el Partido Radical y la Derecha, fuimos tenaces en colocar a cubierto este fondo de indemnización, este desahucio por años de servicios, porque la idea legislativa del Gobierno había dejado en situación terriblemente grave y embarazosa a los funcionarios públicos que pasaban a recibir un desahucio, calculado sobre la base de un 70 ó 60%, según el caso, en circunstancias que estaban imponiendo para este fondo especial, durante 30 o más años, por el total de sus rentas. ¿Cómo se puede venir a sostener, con desfachatez indiscutible, que en este aspecto hemos avanzado?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? El señor Cerda le solicita una interrupción.
El señor FUENTES (don Samuel).-
No puedo. Tengo el tiempo limitado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
El señor Fuentes no desea ser interrumpido.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Cómo se puede decir que con este procedimiento se mejoraba la situación económica de los funcionarios? Los propios empleados de la Caja de Empleados Públicos que tienen que ver con las jubilaciones, cuando alguien presentaba un expediente de este tipo, decían "Pero este funcionario está loco. ¿No sabe acaso que el cálculo de su jubilación tiene que hacerse sobre la base del 70 ó 60% y sobre esta base se haría el cálculo considerando las 36 últimas rentas?" Yo invito al señor Cerda a que veamos una pensión de la Caja
de Empleados Públicos, para que se dé cuenta de que un funcionario de la Administración Pública, con este procedimiento, apenas recibe un 52% de sus rentas. Yo no sé si esto es beneficioso.
El señor BASSO.-
-A veces, un 30%.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡ Señor Basso!
El señor FUENTES (don Samuel).-
Por esta razón, los Diputados del Partido Radical, para colocar a cubierto a los funcionarios de la Administración Pública, presentamos un proyecto de ley para derogar el artículo 99 de la ley 16.617.
Mi Honorable colega señor Ibáñez ha hecho un análisis de lo que esto significa para los funcionarios de categoría. No sé si también el señor Cerda podrá, con la misma facilidad, venir a sostener que es-tos funcionarios están contentos con que se les pague el 60% de su sueldo imponible como "renta perseguidora".
Lo cierto es que este despropósito previsional lo anunció la Democracia Cristiana a través de un folleto que se dio a conocer acá, en el que se promete modificarlo para que la jubilación de los hombres sea a los 63 años y la de las mujeres a los 58, aunque hayan trabajado 30, 40 o más años; pues eso ocurriría, ya que corrientemente se empieza a trabajar a los 20 años. Y esta no es una argumentación falsa de mi parte. Tengo en mis manos el folleto que fue repartido a través de todo Chile, en el que el Presidente de la Comisión de Trabajo, colega Héctor Valenzuela, anuncia la reforma previsional del Gobierno de la revolución en libertad, que dignamente representan los Honorables colegas de la Democracia Cristiana.
Con el artículo 43, que deroga el artículo 99 de la ley 16.617, no hay para qué patrocinar la idea legislativa del folleto repartido por el colega Valenzuela, que es la filosofía y la práctica de lo que el gobierno de la Democracia Cristiana ofrece a los funcionarios de la Administración Pública lesionados hasta por el incumplimiento de las leyes dictadas sobre la materia.
En seguida, ¿qué decir de la ley que benefició a las Fuerzas Armadas? A esta altura, a. más de un año de dictada, todavía estoy solicitándole al Vicepresidente de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional que se sirva pagar los beneficios que se consultaron en esa ley. Hace pocos días, me dio una respuesta. Me dice que se están pagando; que incluso están virtualmente pagados; y que el Ministro de Hacienda intervino en esta materia. ¡Tuvo que intervenir el señor Ministro de Defensa Nacional para que se pagaran!
Pareciera que estaban todos pagados, pero la institución de Temuco me informa que, desgraciadamente, no se les ha pagado a los sectores, más lesionados. ¡ Ni las leyes dictadas cumple el Gobierno de la Democracia Cristiana!
Sobre la materia, debo decir que los beneficios de la llamada pensión "perseguidora chica", establecidos en el artículo 18 de la ley 15.386, sobre Revalorización de Pensiones, que tanto critica la Democracia Cristiana, a pesar de haberlos prometido durante más de dos años, no han podido otorgarse por falta de financiamiento. He recurrido al propio Presidente de la Cámara con los dirigentes nacionales de los jubilados de Chile para pedir su intervención, a fin de que el Gobierno del señor Frei ordene el financiamiento que la ley reclama, y lo más lamentable es que el Ministerio de Hacienda no coloca a disposición de las Cajas de Previsión los fondos para pagar la revalorización. ¡Y qué me puede extrañar a mí, si ni siquiera se paga lo que gana la gente! Miles y miles de profesores particulares, que trabajaron todo el año pasado, que metido durante más de dos años, no han colocaron el edificio y aportaron los útiles para que funcione la escuela -esa escuela que tanto preocupa al Gobierno- todavía están impagos. Invito al señor Eduardo Cerda, miembro de la. Comisión de Hacienda, para que tenga la bondad de preguntar al señor Ministro de Educación las dificultades económicas que en este momento tiene para pagar el trabajo realizado hace más de un año, en el que no hay previsión, cosa que jamás había ocurrido. Antes, y doy fe en esta materia, en marzo, o en abril o mayo, a más tardar, todos los profesores particulares tenían pagadas sus subvenciones.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Ahora, a esta altura, en octubre, existe casi la seguridad de que serán pagadas para la Pascua -así me lo ha dicho el señor Ministro de Educación- siempre que disponga de recursos, porque está sujeto, según la excusa dada por el señor Eduardo Cerda, a las disponibilidades. Pero, ¿es posible que un Gobierno tan responsable como éste mantenga a sectores asalariados, como son los profesores particulares, primero sin previsión, y de esto no hago un cargo, porque los Gobiernos pasados tampoco se la dieron, y segundo, sin pagarles? Esto es inaudito, incalificable.
Nosotros lamentamos que la Democracia Cristiana, a través de la voz autorizada de mi colega Cerda, haga una afirmación tan grave.
Yo sé que los funcionarios de la Administración Pública, que han venido a pedirnos la derogación del artículo 99 de la ley Nº 16.617, están lesionados con esta disposición, que tanto discutimos en la Comisión de Hacienda. Felizmente, logramos, a través de nuestra queja, conmover a los Diputados de mayoría de la Democracia Cristiana para que el Presidente de la República aceptara la idea de colocar a cubierto el beneficio del desahucio con el ciento por ciento del sueldo, al que también se pretendía que se pagara en un 70 ó 60% del último sueldo imponible. Esta parte lapidaria hubo necesidad de aclararla, como lo demuestra la parte final del artículo 99, que dice: "No obstante lo dispuesto en el inciso primero, la imposición al Fondo de Seguro Social y al Fondo de Indemnización por años de servicios a que se refiere el artículo 38 de la ley Nº 7.295 se hará sobre el suelto total asignado a las categorías y grados de las escalas de sueldos señaladas en los artículos 1°y 11 de la presente ley."
De esta manera, gracias a nosotros, se salvó el fondo de desahucio de los funcionarios, que se pretendía lesionar.
Por estas razones, y entre otras, concordando con los planteamientos ya señalados en la discusión de esta ley, y con el criterio eminentemente social de nuestro partido, vamos a aprobar con decisión la idea del Senado, que deroga el artículo 99 de la ley 16.617, disposición lapidaria que quedará grabada con letras de amargura y de dolor en el corazón de todos los funcionarios de la Administración Pública como un atentado del Gobierno de la Democracia Cristiana.
¡Y qué decir del otro atentado ignominioso que en esta misma ley se pretendió cometer al darle una facultad extraordinaria al Presidente de la República para que pudiera eliminar de la Administración Pública a los funcionarios que causaren beneficio de jubilación!
De haberse aprobado esa barbaridad, que se salvó gracias a una decisión del Senado de la República, en estos momentos todos los funcionarios con más de 15 años de servicio, estarían permanentemente con una espada de Damocles sobre sus cabezas, sobre sus hogares, amenazados con un lanzamiento a la calle, con quince días de sueldo, y con una jubilación miserable calculada sobre la base de las 36 últimas rentas.
Eso no logró consolidarse, pero vale la pena recordarlo en estos momentos en que nuevamente se nos anuncia que los Diputados de la Democracia Cristiana, so pretexto de confesar que la Caja no cuenta con disponibilidades, mientras que el señor Ministro de Hacienda públicamente declara, día a día, que su Caja fiscal no está deteriorada, que no tiene déficit; sin embargo, no tiene para cumplir los compromisos sociales de los funcionarios de la Administración Pública.
Nada más.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, dos veces solicité una interrupción al colega señor Fuentes, con el fin de aclarar algunos aspectos.
En primer lugar, quedó bien claro, en la discusión de la ley de reajustes, como lo dijo el Ministro de Hacienda en la Comisión, que en ningún momento el Gobierno quiso lesionar el derecho del desahucio. Y cuando se incluyó el nuevo artículo, en el que señor Fuentes colaboró en forma muy eficiente, porque fue uno de sus autores, fue votado por la unanimidad de todos los señores Diputados, como quedó constancia de que nunca había sido criterio del Ejecutivo lesionar el desahucio.
En cuanto a la invitación para que vayamos a la Caja de Empleados Públicos a cerciorarnos de que las jubilaciones sobre la base del 70% de las 36 últimas rentas, representan un 56% del total de las remuneraciones, puedo manifestarle que es efectivo, pero yo le vuelvo a indicar que es superior a lo que percibían antes, cuando el señor Fuentes, o el señor Phillips que me indica, estaban en el gobierno, porque Sus Señorías dieron remuneraciones que no eran imponibles, y el funcionario público tenía una jubilación en moneda real muy inferior a la que está sujeto hoy día. Fueron agregándose unas a otras las remuneraciones no imponibles. Esto sí que perjudicaba claramente a los trabajadores.
Con motivo de la discusión de la ley de reajustes, el Gobierno fue honrado en su política de llevar todas estas remuneraciones al sueldo imponible. Habría, sido más político actuar como lo hacen quienes tratan de engañar a la opinión pública sobre lo que se hizo en esa ley. Habría bastado aumentar sólo ciertas remuneraciones y traspasarlas al sueldo imponible, y no llevarlas todas al sueldo imponible. De esa manera habría quedado demostrado que había, un avance. Jamás he dicho que ha habido un avance inmenso, porque eso sería falso. Eso no lo he planteado. Lo que he planteado es que, de acuerdo con las posibilidades reales del país, este Gobierno no ha dado un paso adelante al crear la escala única de sueldos, para que en ella se incorporen las diferentes remuneraciones. Ojalá no vuelva a suceder más en este país la vergüenza de esa ley de reajustes -creo que fue del año 1962-, que a mitad de año dio once escudos a los funcionarios de la Administración Pública, suma que no era imponible. Eso es lo que ha sucedido en el pasado. Por eso, no se nos puede venir a increpar a nosotros ahora, afirmando que estamos retrocediendo en esta materia. Lo que estamos haciendo es corregir los errores que se han cometido durante muchos años. Trataremos de seguir corrigiendo día a día todas esas leyes, sin ningún tipo de discriminación con respecto a ningún funcionario.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la insistencia en el criterio de la Cámara, o sea, en el rechazo del artículo 43.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 36 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
-Aplausos en la Sala.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión el artículo 45.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Valente.
El señor VALENTE.-
Los Diputados comunistas vamos a aprobar el artículo 45, que establece un nuevo plazo de noventa días para acogerse a los beneficios y derechos establecidos en la ley 16.402, de 23 de diciembre de 1965. Esta ley establece normas para que el personal del ex Servicio de Explotación de Puertos integre imposiciones en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Como el plazo está vencido, es justo ampliarlo, a fin de dar una nueva oportunidad a estos numerosos funcionarios para acogerse a esos beneficios previsionales.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se acordará no insistir.
Acordado.
En discusión el artículo 46.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra-Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se acordará no insistir.
Acordado.
En discusión el artículo 49.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se acordará no insistir.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
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