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El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Corresponde continuar la discusión de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que consulta normas sobre saneamiento de títulos de dominio y urbanización de poblaciones en situación irregular.
El proyecto está impreso en el boletín Nº 10.664-0.
Se encuentra cerrado el debate respecto del segundo de los articules nuevos propuestos a continuación del artículo 114, que figura en la página 177 del boletín comparado.
En votación la observación que consiste en agregar este artículo nuevo.
Si le parece a la Sala, se aprobará la observación.
El señor PHILLIPS.-
¡No, señor Presidente!
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 4 rotos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobado el artículo nuevo.
En discusión la observación al artículo 122.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, den Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, el nuevo artículo 122, que reemplaza el aprobado por el Congreso, tiene por objeto dar una nueva redacción a la facultad que se le concede al Presidente de la República por el artículo 59 de la ley 16.391, para que pueda refundir y ordenar todas las leyes, no sólo la que crea el Ministerio de la Vivienda, sino todas las que se hubieren dictado en el tiempo que inedia entre aquella y la publicación de este proyecto, inclusive, una vez que sea ley de la República.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, clon Alfredo (Presidente).-
Estamos en votación. Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
-Efectuada la votación en forma económica dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 20 votos.
El señor LORCA, clon Alfredo (Presidente).-
Aprobada la observación.
En discusión la observación al artículo 125 que propone suprimirlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la, afirmativa, 30 votos; por la negativa, 26 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobada la supresión del artículo 125.
En discusión la observación al artículo 126, que consiste en sustituir las palabras "quedarán obligadas a" por la palabra "podrán".
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si no se pide votación, se aprobará la modificación.
El señor MILLAS.-
No, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobada la observación.
En discusión la observación al artículo 127, que consiste en suprimirlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobada la observación
En discusión las dos observaciones al artículo 128.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA; don Alfredo (Presi-dente).-
Tiene la palabra Su Señoría
El señor RUIZ-ESQUIDE:-
Señor Presidente, las observaciones al articulo B128, que consisten en agregar, en el párrafo inicial, después de la expresión "viviendas", la frase: "y obras de equipamiento comunitario", y en el inciso segúndo, intercalar, después de la expresión "autoconstrucción", la frase, 'Además de los requisitos técnicos generales", tienen por objeto permitir a la gente modesta acogerse a las franquicias del sistema de autoconstrucción, que permanentemente se está poniendo en práctica en las poblaciones.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se votarán en conjunto las dos observaciones.
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobarán.
Aprobadas.
En discusión las observaciones al artículo 129.
El señor BUZETA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BUZETA.-
Señor Presidente, deseo referirme muy brevemente a la observación que agrega un inciso nuevo al artículo 129. La idea de fondo es resolver los problemas que en la autoconstrucción se presentan a los modestos pobladores, como incluso se hace por otros artículos del proyecto, en los que se los exime de los varios impuestos que pagan hasta por un monto de dos mil cuotas CORVI
El nuevo inciso que ahora se agrega está basado en una iniciativa que presentamos juntos con el Diputado señor Sanhueza y que la Cámara aprobó. Nosotros nos felicitamos de que el ejecutivo lo haya incluido en este proyecto porque será despachado más rápidamente y hará cuanto antes realidad los beneficios que esperan los modestos pobladores del país.
Nada más.
La señora ALLENDE.-
¿Me permite, señor Presidente? ¿Está en discusión el artículo 128?
El señor LORCA. DON Alfredo (Presidente).-
No, señora Diputada; está en discusión la observación al artículo 129.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se votarán en conjunto las dos observaciones.
Acordado.
Si no se pide votación, se darán por aprobadas.
Aprobadas.
En discusión las observaciones al artículo 130.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se votarán en conjunto las dos observaciones.
Acordado.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán.
Aprobadas.
En discusión la observación formulada al artículo 132.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión el primer artículo nuevo.
El señor NAUDON.-
Pido" la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NAUDON.-
Señor Presidente, desde luego, nos parece un poco extraño que para incluir los diversos artículos nuevos, o, mejor dicho, para establecer estas disposiciones en nuestra legislación, se haya recurrido al sistema del veto.
La letra b) del artículo en debate dice, textualmente: "La Caja Central podrá autorizar que en estas cuentas "el cálculo del reajuste a que se refiere el artículo 37 se efectúe y pague semestralmente, considerando en este caso el promedio semestral de los respectivos saldos y aplicándose como índice el que fije la Caja Central para el pago anticipado de las deudas hipotecarias."
En la actualidad el cálculo del reajuste se hace anualmente. El tenor literal de esta disposición indica que ahora el reajuste se calculará semestralmente. Sin duda, esto gravará aún a la gente que ha recibido este tipo de préstamos, porque en lugar de reajustarse una vez al año, se reajustarán en cada semestre.
Los Diputados radicales vamos a votar negativamente este artículo, porque viene a perjudicar los intereses de los beneficiarios de los préstamos y también porque, a través del veto, se introducen disposiciones que deberían ser materia de un proyecto de ley.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas, igual que el colega señor Naudon, expresamos nuestra molestia por el hecho de que, a través de un veto, se esté incorporando toda una nueva legislación. Porque este primer artículo nuevo que entramos a considerar es, en verdad, toda una ley independiente, sobre una materia totalmente ajena al proyecto.
¿De qué se trata? De modificar íntegramente, en aspectos fundamentales, el decreto con fuerza de ley 205, del año 1960. Se trata de modificaciones que afectan aspectos sustanciales del sistema de ahorro y préstamo.
En primer lugar, respecto de las atribuciones de la Caja Central, se establece que ella también podrá otorgar créditos reajustables a empresarios constructores. Esto implica que, paralelamente al objetivo de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, que es el otorgamiento de préstamos individuales a quienes deseen adquirir viviendas, la Caja Central, que hasta ahora tiene otras funciones, con cargo a las reservas que constituya, entrará por el camino de dar préstamos a las empresas constructoras, lo cual puede significar la distorsión total del sistema.
En segundo lugar, las restantes modificiones forman parte de toda una tendencia que nosotros denunciamos como altamente peligrosa, por cuanto crea enormes dificultades, en la práctica, al que desea tener una vivienda. En la actualidad, a éste se le cierran todos los otros caminos, debido al conjunto de la política Habitacional que se está siguiendo, ya que las cajas de previsión no reciben oportunamente las viviendas que la CORVI debiera construirles. La CORVI no construye en proporción a los antiguos depósitos constituidos en ella y en las Asociaciones de Ahorro y Préstamo. Nos encontramos con que la Caja Central -lo cual obedece, indudablemente, a una política del Gobierno- ha autorizado, en el último tiempo, algo que nos parece una monstruosidad y que ha creado gravísimos problemas a innumerables familias de situación mediana, de empleados, de obreros, de pequeños comerciantes o de gente de las capas medias que han adquirido viviendas en las Asociaciones de Ahorro y Préstamo: ha autorizado que el interés penal del 10,5% que se cobraba hasta ahora sobre los dividendos adeudados, se pase a cobrar sobre el saldo total de la deuda, lo cual significa una usura y una iniquidad.
Se ha autorizado que las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, por sobre la prohibición expresa del decreto con fuerza de ley 205 de cobrar un interés superior al 7%, cobren paralelamente comisiones. Sobre todo préstamo superior a 46 mil escudos, se está cobrando una comisión del 0,25%, que, por las condiciones en que se aplica, grava toda la operación y significa algo de extraordinaria trascendencia en relación a su monto y a los beneficios obtenidos.
Ahora, el Ejecutivo propone que se pueda exceder el tope del 7% establecido por el decreto con fuerza de ley 205 del 7% como interés máximo para estas operaciones. En la actualidad, las Asociaciones de Ahorro y Préstamo se financian adecuadamente, tienen una situación boyante en el terreno económico. En esas condiciones, nada aconseja, nada hace indispensable crear una perspectiva difícil, tremenda, a los que soliciten préstamos, como es la de de que en algunos casos pueda excederse el 7%.
El interés internacional del dinero es, indudablemente, inferior a tal cuantía, sobre todo para este tipo de operaciones, de manera que perfectamente, dentro del 7%, se pueden obtener préstamos internacionales.
Nosotros consideramos absolutamente injustificado que se autoricen intereses superiores al 7%.
Nos parecen igualmente del todo injustificadas las dos modificaciones de las disposiciones legales vigentes respecto a los reajustes.
La primera modificación propuesta por el Ejecutivo suprime la rebaja de un punto en relación a los índices con los cuales se calculan los reajustes.
La segunda modificación, incorporada a la letra f) de este artículo nuevo, suprime el tope del interés bancario como máximo del reajuste anual.
Cuando se estableció la nueva legislación sobre vivienda, el Gobierno y el partido de gobierno estuvieron de acuerdo en establecer este tope del interés bancario.
¿Es un pronóstico de que, a través de los mecanismos de constante devaluación del escudo chileno en relación al dólar, se va a desencadenar la inflación? ¿Es acaso un pronóstico de esta especie el que se pretende hacer al modificar una ley estableciendo que los reajustes pueden ser superiores incluso al interés bancario?
Los parlamentarios comunistas consideramos que, aunque hay una que otra justificación en lo que el Ejecutivo propone, por ejemplo, la letra g), que nos parece atendible, cualquier modificación de la legislación sobre ahorro y préstamo debe estudiarse en su integridad, en forma completa, a través de un proyecto de ley serio, que pueda ser debatido por la Cámara y el Senado y por sus Comisiones técnicas. Nos parece poco serio que se entren a establecer estas modificaciones en este proyecto, y más cuando ellas no sólo son perniciosas para los adquirentes de viviendas, sino que son precipitadas y corresponden, a nuestro juicio, a la falta de un criterio adecuado sobre la posible relación de estas operaciones con la realidad económica de nuestro país y de quienes, por encontrar cerradas todas las demás puertas, están solicitando préstamos de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo.
Nada más, señor Presidente.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, en primer lugar, si la Cámara me autoriza, como llegué un poco tarde a la sesión, quiero hacer una salvedad respecto a un artículo que el Ejecutivo propuso suprimir, lo que así acordó la Cámara, con los votos en contra de los representantes de los Partidos Socialista y Comunista.
En realidad, ese artículo, que se refiere a la población "Nueva Matucana", tuvo su origen en una indicación hecha en el Senado por la Senadora Campusano y tendía a darles títulos de dominio a sus actuales ocupantes.
La verdad es que, tal como estaba concebida, la disposición era, por un lado, técnicamente inconveniente y, desde el punto de vista jurídico, absolutamente innecesaria, por cuanto esas atribuciones las tiene la Corporación de Mejoramiento Urbano.
El Ministro que habla y el Intendente de Santiago llegaron a un acuerdo con los habitantes de esa población, dos de cuyos sectores deben ser erradicados, porque los terrenos en que están levantadas las casas son inadecuados para que allí vivan seres humanos. Son terrenos similares a aquéllos en que estaban las ex poblaciones "Colo Colo" y "Manuel Rodríguez". Me refiero al tercer sector de la "Nueva Matucana", el sector norte, que da al río, y que incluso tiene fecha para ser erradicado -no recuerdo si en enero o febrero próximo- a través de la "Operación Sitio".
Al resto de los pobladores, que tienen algunos servicios de urbanización, la mayor parte de los cuales han sido construidos con su propio esfuerzo, no se les han otorgado títulos de dominio, porque hay un proyecto para hacer pasar por ahí una carretera -parte de la Panamericana- que se construirá próximamente. Hemos llegado al compromiso de darles títulos de dominio. Ellos son dueños de la tierra, porque la llevaron físicamente, y también de todo lo que sobre ella se ha construido. De manara que cuando la ciudad, el Estado, reclamen esos terrenos para fines de carácter general, como puede ser esta carretera u otros, recibirán el tratamiento que corresponde a propietarios y, por ser propietarios de una sola vivienda, recibirán el pago al contado de la respectiva expropiación.
Este compromiso lo puse oportunamente en conocimiento de todos los parlamentarios del distrito, sin excepción ninguna, y ha sido aceptado ampliamente por los pobladores.
No quería dejar pasar esta oportunidad, porque no deseaba que, con esta votación que se ha producido hoy día, quedara la impresión de que él no se fuera a cumplir por parte del Ejecutivo. El compromiso se va a cumplir. Estamos en la etapa bastante difícil y demorosa del levantamiento topográfico. Hay viviendas levantadas en sitios extraordinariamente pequeños. Hoy viviendas definitivas y otras, en la calle.
La señora ALLENDE.-
¿Me permite?
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Naturalmente, se va ha hacer una mínima remodelación...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
La señora Laura Allende le solicita una interrupción, señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Un momentito, señor Presidente.
Quería dejar establecido...
La señora ALLENDE.-
Quiero hacer-una aclaración. ¿Me permite?
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Si quiere una interrupción la Diputada Allende, no tengo inconveniente en concedérsela.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia del señor Ministro, tiene la palabra Su Señoría.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, yo voté por que se repusiera el artículo del Senado, es decir, en contra de] veto del Ejecutivo, porque, en realidad, a pesar de que nosotros conversamos con el Ministro y con los pobladores, quienes estaban de acuerdo en ese momento, ahora ellos no han podido saber cuáles van a ser-erradicados definitivamente. El señor Mi-nitro indicó que la erradicación se hará desde una calle, San Genaro, ...¿cómo se llama la calle?
El señor PHILLIPS.-
Es un santo.
La señora ALLENDE.-
Bueno, un santo; desde esa calle. Pero en esa calle hay muchos pobladores que uno están dispuestos a irse, y no ha podido indicarse exactamente cuáles van a ser erradicados.
En este momento, dice el señor Ministro que se está haciendo un estudio. Sin embargo, ya están indicados los terrenos a donde se les va a trasladar. El temor de estos pobladores es ser trasladados sin saber a cuáles de ellos se les aplicará esta medida. Muchos de ellos no quieren retirarse, porque con su esfuerzo, durante años, rellenaron esos terrenos y levantaron sus casas.
Por eso, nosotros considerábamos necesario darles: primero, títulos de dominio a todos y, posteriormente, arreglar esta situación, de acuerdo con lo que han edificado. Con ese objeto he presentado un proyecto, por medio del cual pido que se les dé títulos de dominio a todos, porque eso sería lo justo, y que después se regularice esta situación con una expropiación justa.
Vamos a votar en contra del veto del Ejecutivo por todas estas razones.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Ministro-
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Yo lamento que la Diputada señora Allende no haya comprendido el alcance. Felizmente, desde el punto de vista del Gobierno, los pobladores sí lo han entendido, aunque, como es natural por tratarse de tres mil familias, más de alguna, individualmente considerada, pudiera no estar de acuerdo con la solución que, en definitiva, corresponda al tratamiento general del problema. Siempre se producen estos conflictos entre los intereses particulares y los intereses generales, pero las autoridades de Gobierno están encargadas, fundamental-mente, de volar por estos últimos.
Quisiera referirme, a continuación, al tema que estamos tratando. Me extraña que el señor Millas se asocie al reclamo del Diputado señor Naudon por el hecho de que, como bien lo han señalado, se sometan a la consideración del Congreso materias tan importantes como las modificaciones a los decretos con fuerza de ley Nºs. 2,205 y el que regula el 5%, a través de un veto.
Yo quiero recordar que en esta misma Cámara me comprometí con los parlamentarios, tal como lo hice en el Senado, a que el Ejecutivo aprovechara el buen ambiente general que ellos mismos habían contribuido a crear, para mejorar la legislación ce la vivienda en estos aspectos. De tal manera que ésa es la explicación de por qué estas materias evidentemente importantes han sido consideradas a través del veto en esta ocasión.
Las primeras modificaciones se refieren al decreto con fuerza de ley Nº 205, sobre sistema nacional de ahorro y préstamos. En el primer inciso se faculta a la Caja Central, el organismo del Estado que regula este sistema, para dar créditos reajustables a las empresas constructoras. Esta es una medida indispensable, desde el punto de vista del Estado, para operar en la regulación del mercado de la vivienda.
Es efectivo lo que ha dicho el señor Millas en cuanto a que este sistema primitivamente fue ideado para financiar la demanda de viviendas, vale decir, financiar el valor con que los particulares compraran las cosas a las empresas constructoras. Pero, en el hecho, se ha demostrado que era absolutamente necesario financiar también los préstamos. La Caja Central, el organismo encargado por ley de la regulación del mercado libre de viviendas, de acuerdo con normas que ella misma imparte en materia de precios, calidad, cantidad, dimensión y ubicación de las poblaciones y viviendas, necesita hacer préstamos para construir a los empresarios.
El señor ESCORZA.-
¿Me permite una consulta, señor Ministro?
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Esto va a llevar, sin duda, dentro de este mercado...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señor Cabello!
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
... a un abaratamiento de las viviendas, cuyos precios más altos se alcanzan en el mercado libre precisamente por la falta de poder regulador o por lo artificial que resultan las normas de regulación cuando no existen los instrumentos adecuados para ejercitar una acción eficaz.
La segunda disposición se refiere al cálculo de los dividendos y reajuste de ahorros depositados en cuentas especiales.
A través del sistema de ahorro y préstamo se recogen dos tipos de ahorro; uno, el que ahorra para la vivienda, el del que está ahorrando para obtener una vivienda. Como es natural, no todos obtienen de inmediato la vivienda; en el sistema de horro y préstamo chileno, de cada seis que ahorran, uno obtiene vivienda, lo que es mejor que el sistema americano, donde, de cada doce, sólo uno obtiene. Para que este sistema pueda operar con éxito, es necesario un ahorro puro que financie la producción de viviendas o la demanda de viviendas. Es el ahorro puro.
Hay otros sistemas actualmente en el país, como el del Banco del Estado, donde el cálculo del reajuste se hace semestral-mente, y otros, que han llegado a ser competitivos del sistema nacional de ahorro y préstamo. Por eso al Gobierno le preocupa que pudiera bajar el ahorro puro, que no busca la vivienda, sino otro tipo de alicientes, y propone que en este sistema se pueda liquidar semestralmente el reajuste que se paga, y no anualmente, como hasta ahora, y como sucede con las cuentas de ahorro del Banco del Estado.
Respecto del interés mismo, a través de la letra d) se solicita que se suprima el límite del 7%. En el fondo, se persigue promediar, entre las operaciones a través de las cuales se hacen préstamos altos y aquéllas con las cuales se hacen presta-tamos bajos, un interés más favorable para estos últimos, que pueda ser compensado y financiado por un interés mayor que pagarán las operaciones a través de las cuales se obtienen créditos más altos.
De este promedio resultaría un interés inferior al 7% para las operaciones más; bajas, y un interés superior al límite legal vigente de 7%.
El señor TUMA.-
¿Me concede una interrupción, señor Ministro?
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Respecto a la letra c), yo le voy a pedir a la Cámara. -ya que no es oportuno retirar el veto- que la rechace, puesto que esta materia va. a ser tratada por el Ejecutivo en un proyecto especial sobre legislación tributaria que va a ser enviado al Congreso Nacional próximamente...
El señor TUMA.-
¿Me permite una interrupción?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿A qué letra se refiere el señor Ministro?
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
A la letra c), señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Ha terminado, señor Ministro?
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Sí, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, he escuchado con mucha atención lo expresado por el señor Ministro respecto de este artículo. Pero, volviendo a lo dicho por el Diputado señor Orlando Millas, a nosotros nos parece inconveniente establecer un interés más alto que el actual tope del 7%, porque si bien los préstamos más altos se conceden con un interés del 10%, como lo están haciendo ahora las asociaciones de ahorro y préstamo, es indudable que los préstamos mayores también obligan al adquirente a un ahorro previo superior. Entonces todo estaría en la misma relación: si el préstamo es alto, el adquirente hace un sacrificio y aporta una suma mayor. Ahora, si el interés es del 10% y a ello se agrega el reajuste, que es bastante "bravo", me parece que muchos adquirentes se van a ver en grandes dificultades para pagar estos dividendos, porque un préstamo alto obliga también a un dividendo más alto, y este dividendo más alto a un reajuste mayor y después a un interés superior. En consecuencia, ¿dónde están las ventajas y las facilidades? Si alguien obtiene un préstamo elevado se debe sencillamente al hecho de que es mayor su capacidad para hacer un ahorro previo y reunir lo que se llama "un pie", para la adquisición de un bien raíz. Por lo demás, si alguien adquiere una casa de mayor valor es porque tiene más hijos, más familia, y necesita, entonces, una vivienda grande. Desde luego, por este sistema no se obtienen casas lujosas; en general todas son D.F.L. Nº 2, y aquellas que no lo son tampoco pueden ser muy buenas, puesto que el préstamo máximo es de 65 mil escudos.
Por eso, creo que no debería aprobarse esta disposición en la cual se da libertad para aumentar los intereses a más del 7%.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Gustavo Lorca.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, nosotros concordamos con los planteamientos de los señores Naudon y Millas, en el sentido de que no es posible modificar por la vía del veto una legislación tan trascendental como ésta. Hemos escuchado las explicaciones del señor Ministro en relación a este artículo nuevo, Creo que muchas son atendibles y otras, motivo de discusión, evidentemente. Pero no podemos aceptar que se legisle con esta precipitación en materias de tanta trascendencia, sin estudiar o establecer la filosofía de las diversas disposiciones que determinaron la dictación de los decretos con fuerza de ley Nºs 2 y 205. Y la mejor demostración de que se ha obrado con precipitación en esta materia es que el propio Ministro ha pedido a la Cámara que rechace una de las modificaciones contenidas en este artículo, lo que prueba que se ha procedido con ligereza al formular este veto que se somete, también con precipitación, a la consideración del Congreso Nacional.
Nada más.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, concuerdo con lo expresado por el señor Diputado, porque me parece que esta materia es de suma importancia y debería haberse discutido en Comisión. Sin embargo, no se nos ha dado la oportunidad. Creo que utilizar la vía del veto para modificar esta legislación, sin darnos la posibilidad de oponernos, o expresar lo que nosotros quisiéramos que se hiciera en este sentido, es aprovecharse de la mayoría que la Democracia Cristiana tiene en la Cámara de Diputados.
Además, ahora que está presente el señor Ministro, quisiera pedir una sesión especial para tratar todo lo referente a la vivienda, sobre todo el nuevo reglamento que aplica la CORVI para optar a casas. Es necesario también hacer un estudio profundo sobre la forma como está procediendo la CORVI con el Servicio de Seguro Social, al cual le debe 23 mil millones de pesos y no le entrega viviendas. Le solicito al señor Ministro que quede comprometido con nosotros para tratar este tema, ya que siempre se escabulle, sobre el cual no se ha profundizado como es necesario.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, quiero referirme a la palabras del DiputadoGustavo Lorca. Yo he dado una explicación del por qué estoy pidiendo el rechazo de la letra c), ya que reglamentariamente no se puede retirar una parte del veto. Esta materia está contenida dentro de un proyecto que próximamente enviará el Ejecutivo; no estaba incluida entre las materias que iba a someter el Gobierno a consideración del Congreso Nacional. Entonces, con ocasión de la redacción de este veto, se ha pretendido excluirla. No hay otra razón, y los motivos generales por los cuales se propone esta legislación son los explicados y no otros.
Muy distintas son las razones por las cuales algunos sectores políticos quieren evitar que se traten estos problemas, conjuntamente con esta legislación que a solicitud de la mayoría del Parlamento, el Gobierno ha propuesto.
Respecto de las observaciones de la señora Allende, me voy a seguir escabullendo y le ruego que me excuse de no aceptar el compromiso.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente)-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, en relación con lo que ha manifestado el señor Ministro respecto de la población "Nueva Matucana", nosotros hemos votado en contra de las observaciones al artículo pertinente por una razón muy concreta. Se trata de un artículo facultativo en relación al Presidente de la República. Tal como el señor Ministro lo ha indicado, se está abordando el problema. Nosotros quisiéramos que se mantuviera, y por nuestra parte lo hemos hecho, la manifestación de la voluntad del Parlamento en el sentido de que esto tenga una solución adecuada. Es el mismo criterio expresado por la colega señora Allende.
En cuanto a lo referente a las Asociaciones de Ahorro y Préstamos, a diferencia de otras modificaciones legales que más adelante se van a considerar, aquí se trata de una materia respecto de la cual nada se consideró cuando se discutió el proyecto originalmente, porque en ninguna forma tenía referencia directa o indirecta con ello.
Por eso, nosotros mantenemos nuestro criterio en el sentido de que es extremadamente grave que. a través de un veto aditivo sorpresivo, sin que ella pudiera ser estudiada en forma adecuada por el Parlamento, se eleven los intereses que han regido desde el establecimiento de este sistema como interés máximo, cuando la tendencia internacional no es aumentar el interés del dinero. Y en relación a eso, se fijó la tasa del 7%.
También nos parecen graves las otras denuncias que he formulado, en nombre de los parlamentarios comunistas, y que reiteramos, en el sentido de que existe una serie de medidas que conforman una política que puede ser extremadamente perniciosa para los adquirentes de viviendas mediante este sistema. He dicho.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente)- Tiene la palabra Su Señoría,
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, sin insistir en las razones dadas por el señor Ministro, quiero recalcar que la supresión de la frase: "y no serán superiores al 1%" en el artículo 46 del decreto con fuerza de ley Nº 205, propuesta por el Ejecutivo en la letra d) de este artículo nuevo del veto, tiene por objeto, como se ha señalado, permitir, en alguna circunstancia, aumentar este interés con un tope, cuya fijación encomienda justamente a la Caja Central. Esta previa autorización del Presidente de la República, fijará, repito, el aumento de la tasa de interés máximo. De manera que la Caja tampoco queda absolutamente libre para subir indefinidamente este interés, como lo señala la misma letra e) del primer artículo nuevo del veto.
El propósito de estas normas es poder obtener créditos internacionales, y, al mismo tiempo, abaratar los intereses; de modo que, en otras circunstancias, para gente de menores recursos y tras el objetivo de viviendas económicas que vayan a beneficiar a los sectores menos favorecidos, la caja Central pueda jugar con este sistema de manera de tener flexibilidad. De otra suerte, si no procediéramos en esta forma, la Caja Central debería fijar un interés mínimo, que tendrá que ser mas alto que el que ahora fijamos para cooperativas, que en este momento en un 2%. En cambio, así podemos conseguir que se otorguen créditos con un interés superior a gente que puede pagarlo.
Esto nos permite beneficiar a aquellos a quienes queremos favorecer, como son las cooperativas, bajando el interés incluso más alá del 2% actual
Es decir, hay en este aspecto, al contrario de lo que se ha señalado aquí, un interés altamente social de parte del Gobierno, encaminado a favorecer preferentemente a aquellos sectores a los cuales nosotros queremos darles la posibilidad do obtener casas con las mayores facilidades posibles.
Nada más, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a los señores Diputados, el primer artículo nuevo se votará desde la letra a) hasta la letra i), con excepción de la letra c).
El señor PHILLIPS-¿Por qué?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Perqué el señor Ministro así lo ha solicitado. Por eso consulto a la Sala.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En votación el primer artículo nuevo, con excepción de la letra c).
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobado el primer artículo nuevo.
Si le parece a los señores Diputados, se rechazará la letra c).
El señor PHILLIPS -
No, señor Presidente. Que se vote.
El señor CLAVEL.-
Lo único bueno es la letra c).
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 2 votos; por la negativa, 31 votos.
El señor LORCA, den Alfredo (Presidente).-
Rechazada la letra c) del primer artículo nuevo.
El señor Secretario va a hacer una aclaración respecto del segundo artículo nuevo propuesto por el Ejecutivo.
El señor MILLAS.-
La ley que figura en el texto no es la que corresponde.
El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).-
Justamente, ésa es la aclaración.
En poder de ¡os señores Diputados hay un oficio aclaratorio, por medio del cual el Gobierno dice que el encabezamiento de este artículo, que expresa: "Deróganse los artículos 2º, 3º y 4º del artículo 22 de la ley Nº 16.676.", debe cambiarse por el siguiente; "Deróganse los artículos 2º, 3º y 4º del artículo 22 de la ley Nº 15.676."
El señor PHILLIPS.-
¿Cuándo llegó eso?
El señor MILLAS.-
Podría leerse esa ley para conocer los alcances de la disposición.
La señora ALLENDE.-
Estamos legislando en una cosa que no conocemos, y todavía con errores.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Esta es la mejor demostración de lo que hemos dicho.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro, para que informe a la Cámara mientras se trae la ley.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, la ley que se trata de modificar, dictada hace algunos años, impone a la Corporación de la Vivienda la obligación de construir escuelas en todas las poblaciones que ella haga. Esta obligación la han venido cumpliendo la "CORVI" y, especialmente, la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales.
En esta materia, cree que nadie podría negar la gran cantidad de escuelas que esta Administración ha construido a lo largo del país.
Los recursos que tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo otorgan para la construcción de escuelas por medio de la-Ley de Presupuestos, han sido asignados al Ministerio de Educación Pública y a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. En consecuencia, aquí se propone que se releve a la Corporación de la Vivienda de la obligación directa de construir escuelas, manteniéndose siempre su obligación de reservar terrenos para dicho objeto en todas las poblaciones que ella edifique.
Ocurre hoy el hecho absurdo de que la Corporación de la Vivienda ha construido edificios escolares en mayor cantidad de los aportes a que la ley obliga a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. Según datos del Departamento de Construcción de la "CORVI", son casi 20 millones de escudos lo que esa institución ha gastado, en los dos últimos años, en construcción de escuelas. En cambio, por la mecánica de la ley todavía vigente, la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, que naturalmente está de acuerdo con esta nueva disposición, sería legalmente acreedora de la Corporación de la Vivienda en 10 millones de escudos, sin que pudiera siquiera operar la compensación legal por las escuelas que ésta ha construido.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
No sé si el señor Millas desea aún que se lea el texto de la ley, después de la explicación del señor Ministro.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LORCA don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, puede ser que la explicación dada por el señor Ministro tenga un objeto práctico respecto de la deuda que pudiere tener ¡a Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, en virtud de esta obligación de la Corporación de la Vivienda de construir escuelas, que le fue impuesta por la ley Nº 16.391 que creó el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo cuando era Ministro de Obras Públicas el señor Collados.
De más está decir que, cuando vino ese proyecto al Congreso, se dijo que ella iba, a ser una panacea y que todo el mundo iba a tener casa. No quiero leer lo que dijo, en esa oportunidad, el señor Collados en la Cámara; pero todas estas modificaciones que ahora se proponen, en un libreto de 224 páginas, sobre esta misma materia, son elocuentes. Es importante que se introduzca una modificación en el sentido de que, cuando la Corporación de la Vivienda construya una población, deje en ella un sitio para que la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales edifique allí una escuela. Pero no vaya a ocurrir que si la CORVI no lo hace, esa escuela quede sin construir. Se podría buscar un mecanismo para obviar esto; porque, como en todo caso, los fondos son fiscales, del Estado, por lo tanto son los mismos. Podrían asignarse en la Ley de Presupuestos fondos destinados a la CORVI, de los que tiene que recibir la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. ¿Por qué? Porque, como sucede ahora, ésa tiene que buscar otros contratistas para hacer esas escuelas en esas poblaciones en construcción. En cambio, si las hace la CORVI, se construiría la población completa, incluida la escuela, y la entrega se haría en conjunto. Creo, en consecuencia, que es más conveniente la forma como fue planteado esto por el propio Ejecutivo en el veto a la ley de 23 de noviembre de 1965, en el que no quiso innovar sobre esta materia...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS.-
No me mire asustado, señor Ruiz-Esquide, porque puedo mostrar la ley, que tengo aquí. Entonces, es conveniente este criterio del Ejecutivo. Podría ser modificada sólo la parte contable en la Ley de Presupuestos. Así, cuando la Corporación de la Vivienda construya un grupo habitacional, éste cuente positivamente con la escuela correspondiente.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Yo no he mirado asustado al señor Phillips.
En primer lugar el colega plantea el temor de que la CORVI no vaya a construir estas escuelas en las poblaciones que ella edifique y que, por ello, se dejen de construir escuelas en Chile. Esto está absolutamente en contradicción con la experiencia y la realidad de estos dos últimos años.
En efecto, las poblaciones que se han construido cuentan con escuelas y prueba de ello es el hecho de que el plan habitacional está marchando como todos conocemos.
En segundo lugar, lo único de que se trata es de resolver el problema actual, para evitar lo que se ha señalado por el señor Ministro. Por eso, este proyecto propone solamente derogar los incisos 2º, 3º y 4º del artículo 22 de la ley Nº 16.676, conservando el inciso primero, que obliga a la CORVI a reservar sitios para la construcción de las escuelas que sean necesarias, de acuerdo con el Ministro de Educación Pública, según señala la ley Nº 15.676, del 28 de septiembre de 1964.
Pues bien, por otra parte, parece lógico que, en una población, cada instrumento del Estado cumpla con su cometido, en los fines para los cuales fue creado. Es evidente que si la Corporación de la Vivienda va a construir poblaciones y a dejar sitios reservados para escuelas, precisamente la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, que es el instrumento adecuado para este objeto, debe ser la* que las construya. De modo que no hay temor de que pudiere paralizarse la construcción de escuelas. Se trata, simplemente, de un problema contable, como ha señalado el señor Ministro.
El señor NAUDON.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LORCA don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NAUDON.-
El inciso segundo, después del inciso primero que deroga los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 22 de la ley Nº 16.676, dice, según el veto: "La Corporación de la Vivienda transferirá a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales Sociedad Anónima, los edificios de su dominio, construidos en sus poblaciones para el funcionamiento de escuelas y parvularios, la que se hará en pago de los aportes establecidos en el inciso segundo del artículo 22 de la ley Nº 15.676. Para estos efectos, se declara que el valor de los referidos edificios es equivalente al de los aportes adeudados por la Corporación de la Vivienda, quedando, en consecuencia, totalmente extinguida cualquiera obligación a favor de la mencionada sociedad".
Nos surge la interrogante, señor Presidente, de si acaso el valor de las escuelas y parvularios es equivalente a los aportes que la Corporación debió hacer a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. Porque aquí vamos a. establecer la equivalencia por disposición legal, sin conocer el valor de los inmuebles que se entregan y de los aportes que se adeudan.
Por tales razones, estimamos que esta disposición no puede ser aprobada, porque carecemos de les elementos de juicio que habríamos tenido si se hubiese presentado un proyecto de ley dispositivo que hubiere permitido su debate y su amplia discusión tanto en las Comisiones como en la sala.
El señor PHILLIPS.-
¿Me permite una interrupción, señor Diputado?
El señor NAUDON.-
Con todo agrado.
El señor PHILLIPS.-
Gracias.
El señor LORCA don Alfredo (Presidente).-
con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Gracias.
Sería interesante conocer la equivalencia que se hace por la ley -supongo que los datos los va a dar el señor Ministro- porque, en el caso de que fuera sólo respecto de la parte fiscal que existe en la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, tendría que ser de un determinado tipo de acciones; porque, do otra manera, sería favorecer a los tenedores de otro tipo de acciones que reciben-dividendos por ellas; yo diría, con una ganancia hecha a través del Fisco, sin tener mayor participación en él.
El señor LORCA don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Cerrado el debate.
En votación el segundo de los artículos nuevos.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 7 votos.
El señor LORCA don Alfredo (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el tercero de los artículos nuevos prepuestos en el veto.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Se trata simplemente de que la ley Nº 15.228 obligó a los bancos comerciales a depositar el 5% de sus utilidades en cuotas de ahorro, que podían retirar pasado un plazo de tres años, el que está por vencer. Estas cuotas no las pueden retirar en dinero, porque su objeto es aplicarlas sólo a fines habitacionales, como lo ha entendido el Gobierno, pues ese sigue siendo propósito.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
El señor PHILLIPS.-
Que se vote.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa 42 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobado el artículo nuevo.
En discusión el cuarto de los artículos nuevos.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS-
Señor Presidente, en relación con este artículo deseo preguntarle al señor Ministro del ramo si esto significa volver a las antiguas empresas EMPART. Por lo menos, esto parece desprenderse de la disposición en debate, cuando dice: "La Caja de Previsión de Empleados Particulares podrá formar con la Corporación de Mejoramiento Urbano sociedades...", etcétera. ¿Quiere decir que se restablece el sistema de las empresas EMPART, tan criticado por todo el mundo en este país?
Nada más.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, lo que ha entendido el señor Diputado es, precisamente, lo contrario de lo que establece este artículo. Ocurre que las empresas EMPART, a pesar de la decisión del legislador, tan compartida, según Su Señoría por tocios los sectores, en el sentido de que no debían seguir operando, de hecho y a través de mecanismos legales que no es del caso precisar en esta oportunidad...
El señor PHILLIPS.-
¡Sí, es del caso analizarlos!
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
... han continuado operando.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Phillips, Su Señoría ha hecho una pregunta. No veo la causa de su enojo porque se le contesta.
Puede continuar el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Esta disposición permitirá a la Caja de Previsión de Empleados Particulares, la que por mandato de la ley sólo puede contratar con la Corporación de la Vivienda, intervenir en programas de remodelación urbana, es decir, en los mismos planes que varios señores Diputados, a propósito de la discusión de este proyecto, han estimado necesario realizar, particularmente en Santiago. En otras palabras, se autoriza a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para contratar con la Corporación de Mejoramiento Urbano, repartición del Estado encargada por la ley de las remodelaciones urbanas.
Por un lado, se trata de que esta Caja de Previsión pueda echar mano de los fondos todavía vinculados a las empresas EMPART; y, por otro, de que se pueda asociar con la Corporación de Mejoramiento Urbano para fines de remodelación.
Al respecto, existe un proyecto específico, que es la remodelación de la Plaza Italia. Para ello se ha comprado un terreno, que permitirá remodelar la parte de Plaza Italia con Alameda. Sólo se está esperando la aprobación de este artículo para que la Caja de Previsión de Empleados Particulares pueda disponer, en sociedad con la Corporación de Mejoramiento Urbano, de los dineros necesarios.
El señor ESCORZA.-
¡Cómo no va a entender esto el colega Phillips!
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, no era tan al revés la cosa, porque, indiscutiblemente, al margen de la ley o buscando las cinco patas al gato, lograron quedarse trabajando dos empresas EMPART, en circunstancias que la ley dispuso en forma clara que debían terminar.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -
¿Cuáles son?
El señor PHILLIPS.-
Eso lo debe saber Su Señoría, porque es Diputado de Gobierno.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -
De los nombres.
El señor PHILLIPS.-
Pregúnteselos a su Ministro, que él le diga cuáles son esas firmas.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Phillips, ruego a Su Señoría evitar los diálogos.
El señor PHILLIPS.-
-El señor Eduardo Sepúlveda, Diputado por Valparaíso, quiere que le diga los nombres de esas firmas. ¡Que se los pregunte al Ministro!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señor Sepúlveda!
El señor PHILLIPS.-
El señor Sepúlveda debe saber de qué se trata. Es su obligación como parlamentario. A lo mejor se lleva una sorpresa con los nombres de esas firmas.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -
¿Por qué no los dice? Este hemiciclo le garantiza a Su Señoría decir las cosas por su nombre.
El señor PHILLIPS.-
Ya llegué a la mayoría de edad, hace mucho tiempo.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -
No lo parece.
El señor PHILLIPS.-
A lo mejor, a Su Señoría le conviene preguntarle al señor Ministro y aclarar el problema.
El señor LORCA, don Alfredo (Presi-dente).-
Ruego al señor Phillips dirigirse a la Mesa.
El señor PHILLIPS.-
Después cargan con el señor Presidente, y no quiero que lo hagan...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Muchas gracias.
Puede continuar Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Continúo, manifestando que ojalá, no vaya a ocurrir lo mismo con esto de la remodelación y lleguemos quizás a qué cosas.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los Diputados comunistas estamos de acuerdo con la idea de que la Caja de Previsión de Empleados Particulares entre en sociedad con la Corporación de Mejoramiento Urbano para estas construcciones. Aunque estimamos que sólo la CORVI debiera encargarse de tales construcciones, de acuerdo con las disposiciones de la Ley del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, prestaremos nuestro apoyo a cualquier procedimiento que agilice la actividad relacionada con remodelación.
En realidad, tememos, por la forma en que está redactado este artículo nuevo, que él dé lugar a que las sociedades EMPART que actualmente existen, una de las cuales se halla en quiebra o próxima a estarlo, en tanto que la otra también se encuentra con una serie de dificultades económicas, por razones financieras ajenas a sus propias actividades constructoras, pudieran salvarse con este procedimiento de entrar a formar parte de las nuevas sociedades.
Entendemos, de acuerdo con las explicaciones del señor Ministro y en conformidad con el criterio lógico de la materia, que se trata solamente de sociedades entre la Caja de Previsión de Empleados Particulares y la Corporación de Mejoramiento Urbano. Quisiéramos una declaración del señor Ministro, muy terminante, en el sentido de que estas sociedades las entiende el Gobierno entre estas dos entidades: la Caja de Previsión de Empleados Particulares y la Corporación de Mejoramiento Urbano. Sobre esta base, votaremos favorablemente el artículo; de lo contrario, por las dudas que entregaría su redacción, tendríamos que rechazarlo.
Nada más.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, la disposición, se basa, precisamente, en lo que ha señalado el señor Millas: permitir a la Caja de Previsión de Empleados Particulares contratar y formar sociedades con los organismos dependientes del Ministerio de la Vivienda que ejecutan trabajos de remodelación. Si fuera la CORVI la que cumpliera esa labor, no requeriría de esta disposición legal. Paro como por la división de la CORVI hay ahora varias instituciones, para que esta función pase a la Corporación de Mejoramiento Urbano es necesaria la autorización legal.
La sociedad que se pretende formar, en este caso, es exclusivamente entre la Caja de Previsión de Empleados Particulares y la Corporación de Mejoramiento Urbano.
Quisiera hacer un alcance a las palabras del Diputado señor Phillips. No se trata de revivir el sistema de las EM-PART; este sistema, muy similar, por lo demás, al de las empresas capitalizadoras del 5%, estaba estructurado en torno de una sociedad constructora, a disposición de la cual se ponían dineros públicos; en este caso, de los empleados particulares.
No es ésta la filosofía ni la idea de esta sociedad que, lisa y llanamente, es una de las tantas que ha hecho la Corporación de Mejoramiento Urbano, como las formadas con las Municipalidades, o como podría hacerlo el día de mañana, con otras entidades. En este caso, se trata de formar sociedades con la Caja de Previsión de los Empleados Particulares, de acuerdo con las normas sobre edificación, venta, etcétera, que esta misma repartición del Estado determine al efecto.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el cuarto de los artículos nuevos.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 2 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobada la observación.
En discusión el quinto de los artículos nuevos propuestos por el Ejecutivo.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, de acuerdo con el artículo 49 de la ley que creó el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, a nosotros nos parece absolutamente claro que, mientras no se haya efectuado la transferencia a los asignatarios, no se deben pagar, en ningún momento, las contribuciones a que se refiere este artículo propuesto por el Ejecutivo.
Creemos que esa situación es clara y que el criterio mantenido por las Fiscalías de los Servicios correspondientes tendrá que ser compartido, indudablemente, por Impuestos Internos y por todos los otros Servicios.
Conocemos casos en que Impuestos Internos ha dejado sin efecto todos los roles de una población por haber sido de propiedad, precisamente, de la Corporación de Servicios Habitacionales.
Ahora bien, la ley mencionada establece, asimismo, que los títulos de dominio tienen que ser entregados en el plazo máximo de un año. Lo que ha sucedido es que, en muchos casos, no se han entregado en el plazo de un año, por problemas de diversa índole, sobre los cuales no es el momento de abundar, situación que se viene arrastrando desde largo tiempo. En esas condiciones, incluso resulta peligroso que poblaciones en funcionamiento no hayan pagado sus derechos municipales durante largo tiempo. Por eso, los Diputados comunistas somos partidarios, primero, de que se mantengan las disposiciones actuales, en el sentido de que no se pague ningún impuesto o contribución mientras la población pertenezca a la Corporación de Servicios Habitacionales o a la CORVI; y, segundo, que la transferencia del título de dominio opere en el plazo de un año desde la asignación definitiva.
El artículo propuesto por el Ejecutivo aclara la ley vigente, pero modificándola, al establecer que también se pagarán estas contribuciones desde el momento que se haga la entrega material de las viviendas a los asignatarios. Esto crea un problema, pues da margen para suponer que pudiera mediar un plazo superior al año, no en forma excepcional y transitoria, durante el período de organización del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, sino que se podría temer que el plazo siguiera operando Inicia adelante, lo cual, en ningún caso, creemos que pudiera o debiera ocurrir.
Por eso, en el entendido de que, en conformidad con las disposiciones vigentes, existe esta exención tributaria, que, simplemente, el Ejecutivo reproduce con una nueva redacción, respecto del asunto concreto de que se trata, y considerando que esta nueva redacción aparece limitativa y pudiera perjudicar, en esas condiciones, a los asignatarios de viviendas, los Diputados comunistas estimamos preferible la vigencia de las actuales normas establecidas en la ley que creó el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
He dicho.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, la disposición en debate tiene un objetivo exclusivamente aclarativo respecto de algunas interpretaciones dadas por Impuestos Internos a través de diversos dictámenes. De manera que este artículo tiende a aclarar esa situación, pues él, taxativamente, no hace otra cosa que interpretar lo que ya había dicho la ley Nº 18.691.
Respecto del segundo punto, prácticamente no se innova y no puede haber temor porque en ese sentido no se modifica en absoluto la ley que creó el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
El señor KAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, efectivamente lo que se ha pretendido es resolver un problema que, aunque sea teórico, provoca muchos dolores de cabeza al Ministerio y que, normalmente, ha significado que a los asignatarios de viviendas, en el momento en que éstas se les entregan les cobre muchas veces varios períodos de contribuciones que no se han pagado. Esto le crea dificultades, no a la Corporación de la Vivienda, sino al propio asignatario, directamente con la Dirección de Impuestos Internos. Hay dictámenes contradictorios, pero la línea más o menos permanente en esta materia ha sido de que debe pagar, a pesar de que estoy de acuerdo con el Diputado señor Midas, en el sentido de que el espíritu del legislador fue que no pagara. Se quiere aclarar estas dudas y terminar con los problemas prácticos, definitivamente, a través de la ley interpretativa.
Respecto de la entrega de los títulos de dominio, una cosa es lo que dice la ley y otra es lo que en la práctica ocurre. La verdad es que este año se ha desplegado un esfuerzo realmente grande, con muchos sacrificios, para poder entregar el mayor número de títulos de dominio posible. Ya hemos entregado, en el curso del año, más de 50.000 títulos de dominio en todo el país y particularmente en Santiago. En algunos casos esto ha ocurrido después de 13 o 15 años contado desde que los asignatarios pasaron a ocupar la vivienda. De manera que no se justifica la preocupación del Diputado señor Millas, porque el Gobierno está consciente de esta obligación y, al límite de sus posibilidades, irá poniéndose al día en el fardo bastante grande que en esta materia ha recibido.
La señora ALLENDE.-
¿Me permite una pregunta?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, puede ser que no le haya entendido bien al señor Ministro. Por eso, quisiera que me aclarara un punto. ¿Las contribuciones de bienes raíces se empezarán a pagar desde el momento en que se tenga el título de dominio? Eso es lo que quiero saber: si el asignatario no paga hasta que tenga el título de dominio.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
El artículo dice exactamente:... "solo serán exigibles a contar de la fecha en que la respectiva vivienda o local sea transferida a terceros por dicha Institución". O sea, desde el momento en que al tercer adquirente, -poblador, vecino, comerciante, la persona que se hace cargo de la vivienda- adquiere dominio legal con la transferencia e inscripción del título en el Conservador de Bienes Raíces. Desde ese momento empieza a pagar.
La señora ALLENDE.-
Gracias, señor Ministro.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, pareciera que la afirmación que ha hecho el señor Ministro, explicando desde cuando se podrán cobrar estos impuestos, no fuera tan categóricamente clara, porque la parte final del artículo en referencia expresa: "...sólo serán exigibles a contar de la fecha en que la respectiva vivienda o local sea transferida a terceros por dicha Institución, o desde la fecha en que se haga entrega material de dichas viviendas o locales a los asignatarios".
De modo que va a regir no desde el momento de la inscripción del título o de la transferencia, sino desde el instante en que el asignatario tome posesión de la vivienda.
Así que me parece que hay una confusión de parte del propio señor Ministro sobre el alcance de este artículo.
La señora ALLENDE.-
¿Puedo hacer otra pregunta?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Su Señoría puede hacer uso de su derecho.
Tiene la palabra la señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Quisiera preguntar al señor Ministro, por qué razón les asignatarios tienen que pagar su título de dominio. Esto rae parece una injusticia.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, la verdad es que esta materia no dice relación con el artículo que está en discusión. No tendría inconveniente en conversar sobre éste y muchos otros problemas relacionados con la vivienda con la Diputada señora Allende o con cualquier otro señor Diputado, pero no es un tema que esté en debate.
La observación que hace el Diputado señor Acuña es efectiva. Tal como aparece redactada la disposición se puede aplicar en uno u otro sentido, pero la idea que se tuvo en vista fue la de que los impuestos sólo empezaran a cobrarse desde la transferencia.
Como para los efectos reglamentarios de la votación, entiendo que en esta Sala el veto es indivisible, yo mismo me encargaré de hacer la indicación correspondiente para que la frase final sea rechazada durante su discusión en el Senado, porque el objetivo de esta disposición ha sido el de zanjar estas dudas de interpretación y favorecer, en definitiva, a los asignatarios de las viviendas, que son los que soportan todos los gravámenes con que se recarga el valor de la propiedad.
El señor MILLAS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RUIZ-
ESQUIDE-Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Millas; a continuación el señor Ruiz-Esquide.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, creo que si hay asentimiento unánime do la Sala y si el propio Ejecutivo está de acuerdo en que hay dos ideas en el nuevo artículo que ha propuesto, una de las cuales corresponde a la frase final, en la que aquél no desea insistir, podríamos dividir la votación y resolver nosotros el problema, no dejándolo entregado a la decisión del Senado, donde se presentaría, constitucionalmente, en los mismos términos. Lo que tendríamos que hacer es considerar que en el veto hay dos ideas, una, que es aclaratoria de disposiciones que han creado dudas, y la segunda, que involucra algo diferente, porque se trata de una materia nueva que se incorpora.
Por eso, de acuerdo con lo expresado por el Ministro, solicito la división de la votación. Estamos en el momento oportuno para pedirle, pues no se ha cerrado el debate.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, respecto a lo que preguntaba la Diputada señora Allende, quiero insistir en que el artículo en discusión no se refiere a esa materia, sino que al pago de los impuestos.
En cuanto a lo que planteaba el señor Millas, tengo entendido que podemos aceptar su proposición, ya que el Ejecutivo y los parlamentarios de estos bancos también concordamos con ese criterio de que les impuestos sólo se paguen desde la transferencia. Esa fue la idea que se quiso incorporar en el veto.
Pido que se recabe el asentimiento para separar las dos ideas del veto, a fin de poder rechazar la frase final.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Quiero hacer un alcance. La Mesa entiende que existen dos ideas totalmente distintas, por lo que podría aceptarse la división de la votación. En sesiones pasadas la Mesa discrepó con algunos señores Diputados, a los que estima mucho, en un caso en que se trataba de una sola idea contenida en dos o tres artículos. De aprobarse uno solo quedaba trunca toda la ley. En este caso, en cambio, se trata de dos ideas diferentes incluidas en un veto aditivo.
De todas maneras, solicito el asentimiento unánime de la Sala para dividir la votación.
Acordado.
Si le parece a los señores Diputados, se aprobará la totalidad del artículo 5°, nuevo, menos la frase final que dice: "o desde la fecha en que se haga entrega material de dichas viviendas o locales a los asignatarios.", que se rechazaría.
Acordado.
En discusión el 6º de los artículos nuevos.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Por este artículo nuevo se faculta al Banco del Estado para que pueda participar también en las operaciones de compra de aquellas casas y viviendas en cuyo financiamiento haya participado. Por eso lo exime de la prohibición establecida en el número 6) del artículo 84 del decreto con fuerza de ley Nº 252, que dice que no podrán los bancos conceder créditos directa o indirectamente para hacer inversiones en los bienes que administren.
El objeto fundamental de esto es abaratar, en alguna medida, el costo de aquellas viviendas que el Banco del Estado ha ayudado a financiar y en las que, generalmente, está interesado gente modesta.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si no se pide votación, se dará por aprobado este artículo.
Aprobado.
En discusión el 7º de los artículos nuevos.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, es solamente para consultarle al señor Diputado informante o al señor Ministro el alcance de esta excepción. Considero necesario esclarecer cuáles son los medios de transporte que obliga a usar la ley, actualmente, a la Corporación; y cuáles son los otros que podría usar.
Estimo que en este caso habría que defender los intereses del Estado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, la ley actualmente exige que el transporte se haga en ferrocarril. Resulta que en la zona norte, particularmente, es más difícil, a veces es más caro y, en casos de urgencia, retarda mucho las operaciones recurrir al ferrocarril...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En la zona sur es imposible, señor Ministro.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS.-
¡Ah!, se me había olvidado que los dos son contendores.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
En la zona austral es imposible, efectivamente.
De manera que se trata de facultar a la Corporación de Servicios Habitacionales para poder operar con otros medios de transporte. Normalmente, será el camión.
El señor ESCORZA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, encuentro que esta disposición es muy amplia. No dice claramente que se podrán usar otros medios de transporte sólo en los lugares donde no existe ferrocarril. Yo no desconfío del señor Ministro y estimo que este artículo es perfectamente aplicable en la zona austral, porque en ella no hay ferrocarril. Pero donde existen, no me parece justo que se proceda de otra manara porque la. Empresa de los Ferrocarriles del Estado, y al respecto la ley Nº 14.999 es clara.
Como no se puede modificar el artículo en este trámite, desearía que el señor Ministro esclareciera concretamente que lo dispuesto en él sólo regirá en zonas donde no haya ferrocarril.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, el artículo dice muy claramente: "podrá emplearse otros medios de transporte..."; de tal manera que se deja al criterio de ese organismo usar otros medios, especialmente en la zona austral, como con tanta agudeza lo ha señalado el señor Presidente. No se trata, evidentemente, de entrar en competencia con los ferrocarriles, puesto que siendo todos servicios del Estado, mal podría uno de ellos, estar interesado en desfinanciar a otro. Este artículo sólo permite encarar algunas situaciones de excepción que naturalmente se presentan en los extremos del país.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, creo que es muy conveniente, en esta materia, conocer la opinión del Gobierno y, particularmente, la del señor Ministro. Personalmente, estimo que, si bien se entrega al criterio de la Corporación de Servicios Habitacionales el uso discrecional de otros medios de transporte ello no debe ocurrir en perjuicio del financiamiento de la Empresa de los Ferrocarriles. Aquí se ha dicho que se van a emplear otros medios de transporte en las zonas donde no hay transporte ferroviario. En todo caso, es útil plantear algunas ideas en relación con hechos que han sucedido.
La verdad es que no siempre se ha visto que la politica de gobierno ya sea respecto a transporte o a construcción de escuelas o viviendas, resguarde los intereses regionales y utilice los medios que corresponden a las condiciones económicas de la zona afectada o beneficiada. Por ejemplo, en las ultimas temporadas de verano hemos visto en el sur que, a través de flotas de camiones, se han transportados estructuras para construir escuelas prefabricadas y para levantar casas básicas. Esto, evidentemente, ha causado malestar en la zona sur, porque implica la aplicación de una política que no es la más conveniente para el interés del país. Ello se demuestra con este ejemplo, pues para el transporte de materiales de construcción desde Santiago o zonas adyacentes hacia el sur hasta Puerto Montt, no se utilizan los ferrocarriles y han llegado camiones con patentes de la zona central llevando estas estructuras. Asimismo, se ha podido comprobar, por ejemplo, y éste es un hecho que no admite discusión, que contrariando los intereses de toda la región y afectando gravemente -por eso doy el ejemplo- a la industria maderera del extremo sur, se han llevado estructuras de casas prefabricadas de pino de la zona central del país, perjudicando la madera autóctona de la región y llevando consigo el grave proceso de crisis y de cesantía a los aserraderos y a la gente que trabaja allí en la explotación de bosques.
Por estas razones, he traído a colación estos ejemplos para impedir que se incurra en errores que muchas veces perjudican los intereses de algunas provincias que requieren la utilización de materias primas de su región, que dan vida, trabajo y bienestar a la gente de esa zona del país.
Nada más, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación
-efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa 12 votos
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobado el 7º de LOS artículos nuevos
En discusión el 8º de los artículos nuevos.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, sería conveniente una aclaración de parte del señor Ministro para conocer el alcance del inciso final que se pretende introducir, que dispone: "Declárase, además, legalmente efectuados los pagos de remuneraciones al personal de funcionarios, empleados y obreros de la Corporación de Servicios Habitacionales, es por el periodo del año 1966."
Esto significa que ha habido un reparo de la Contraloría? No cabría otra interpretación.
Nada más.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo),- Picio la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Esta disposición ha sido incorporada a petición de los empleados y obreros de la Corporación de Servicios Habitacionales,
En el año 1966, en que se produjo la integración en la Corporación de Servicios Habitacionales, establecida por la ley que creó el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, los funcionarios de la Corporación de la Vivienda, se dictaron las resoluciones sobre plantas del personal a que se refiere este artículo. Esas estructuraciones han tenido varios reparos de tipo formal por parte de la Contraloría General de la República, la que, al mismo tiempo, ha señalado que el camino para enmendarlos es la vía de la sanción o ratificación por ley.
Esto ha creado, naturalmente, un problema de inestabilidad respecto de mucho.., funcionarios que han recibido las remuneraciones que les correspondía de acuerdo con dichas resoluciones, plantas y encasillamiento; por lo que, cíe no a-probarse una disposición de esta especie, se verían en la necesidad de tener que devolver los emolumentos percibidos en exceso.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, en verdad sería interesante, por tratarse de un hecho desconocido, que en relación con los reparos formulados por la Contraloría General de la República a los acuerdos o resoluciones de la Corporación de Servicios Habitacionales se proporcionaran mayores antecedentes referentes al monto de los beneficios o porcentajes de asignaciones extraordinarias rechazadas por el organismo contralor, pues pareciera incidir en eso el problema legal planteado.
El Señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
En verdad señor Presidente, no se trata del pago de asignaciones, sino, simplemente, del encasillamiento de los empleados de la Corporación de Servicios Habitacionales que ha sido reparado, en consideración a ciertos detalles, por la contraloría General de la República. Esto ha creado como decía el señor Ministro, un clima de inestabilidad para los empleados quienes han sido los primeros en solicitar de acuerdo con lo sostenido por el señor Hamilton, que los acuerdos de la Corporación de Servicios Habitacionales sean sancionados por ley con el fin de terminar con esta situación.
En realidad, al monto de los beneficios no podría señalarlo exactamente; pero no es en absoluto alto. Lo único que se ha producido, repito, es una situación incómoda para los envolcados de dicho servicio.
El señor ESCORZA,-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS.-
¿Me permite una interrupción, señor Diputado?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Escorza: a continuación, el señor Phillips.
El señor ESCORZA.-
A mí me parece un poco incomprensiva la actitud de los colegas que no quieren dar su voto favorable a esta disposición propuesta por el Ejecutivo en el voto, puesto que ella establece una especie de racionalización de las plantas del personal y, más que nada, abre el desarrollo de la carrera funcionaría para estos empleados dependientes de los servicios del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Tanto más cuando todos los funcionarios han requerirlo en forma insistente la aprobación de este artículo; incluso algunos parlamentarios hemos recibido comunicaciones de sus organizaciones gremiales.
De tal manera que aun cuando por aspectos estrictamente legales, al margen de la cuestión social, la contraloría hablara reparado esas resoluciones, en todo caso, hay una razón de fondo, planteada en forma concreta, para regularizar definitivamente la situación de estos personajes y, lo que es más importante, promover el desarrollo de sus carreras funcionarias. En tales condiciones, me parece que la oposición a esta iniciativa es incomprensible.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Phillips.
El señor Phillips.-
Señor Presidente, creo que el colega Escorza va un poco lejos. Nosotros no pretendemos oponernos a esta disposición, pero queremos saber, porque es nuestra obligación de parlamentarios, qué estamos votando.
Por eso lo hemos preguntado al señor Ministro, quien hidalgamente ha reconocido que ha habido objeciones de parte de la Contraloría, y que no aprobarlo significaría para los funcionarios la devolución de determinados fondos. Podría suceder lo mismo que en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, donde también se pagaron remuneraciones de acuerde con un determinado encasilla-miento y hubo hasta una huelga porque la Contraloría después, objetó esos pagos.
El señor ESCORZA.-
Pero éste es otro caso; es la planta de un servicio.
El señor PHILLIPS.-
Perdóneme, colega. El señor Ministro reconoció que tendrían que devolverse ciertas sumas.
En consecuencia, como no conocemos la cuantía de los fondos ni la razón de la observación, porque el proyecto vetado ni siquiera ha ido a Comisiones, sólo preguntamos para saber lo que estamos votando. No vamos a votar en contra, porque no queremos provocar un conflicto ni obligar a los empleados a que devuelvan las sumas ya devengadas, las cuales según el señor Ruiz-Esquide, son exiguas.
Como no conocemos el monto, ni creo que el señor Escorza, honradamente, tampoco lo conozca, queremos saber el alcance de esta disposición, lo que no significa que vayamos a votar en contra de ella, sino a favor. Pero lo lógico sería tener los datos, porque es una disposición aditiva al proyecto que se discute.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro; a continuación, la señora Allende.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, en varias oportunidades se ha dicho en la Cámara que el Ejecutivo está introduciendo diversas materias por la vía del veto, que no van a Comisión. Entiendo que la Honorable Cámara acaba de modificar su propio Reglamento Interno. De manera que, si los vetos no van a Comisión, es por decisión de la propia Cámara, y no per decisión de un Ministro o del Ejecutivo.
En seguida, problemas como los que estamos analizando en este momento, ocurrieron antes, y los señores parlamentarios, que tienen bastante más experiencia en estos asuntes legislativos que el Ministro que habla, lo saben. Sin ir más lejos, en el día de ayer los señores Diputados sancionaron lo relativo al pago de la asignación de estímulo a todos los empleados de las corporaciones dependientes del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo que tienen la calidad jurídica de empleados particulares, a quienes por años y años so les ha venido pagando dicha asignación -porque son tan empleados como los llamados empleados públicos dependientes de la misma Corporación- y respecto de los cuales una interpretación jurídica de la Contraloría General de la República determinó que no les correspondía recibir ese beneficio que habían tenido durante varios años. Este no es un problema de este año, de pasado ni del anterior, sino desde que existe este sistema de empleados públicos y particulares trabajando con el Estado.
Nada más, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente),-
Tiene la palabra la señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, volvemos a la misma situación: a reclamar de que se haya presentado, por la vía del veto, materias que nosotros no tuvimos la oportunidad de consultar con los empleados.
Aquí, respecto de varios artículos, se nos ha dicho que son aspiraciones de los empleados del Ministerio y que la Democracia Cristiana ha recibido solicitudes a este efecto. Sin embargo, hemos recibido atrasada, en este momento, una solicitud de los funcionarios firmada por la Presidenta Nacional de la Asociación de Empleados de la Dirección General de Obras Urbanas, por la Presidenta Nacional de la Asociación de Empleados da la Dirección de Pavimentación Urbana y por un Secretario Nacional, pidiéndonos que rechacemos lo que anteriormente habíamos votado favorablemente por no haber tenido conocimiento de que los empleados no estaban de acuerdo con el veto.
Así las cosas, vamos a seguir encontrándonos con materias nuevas que han sido incorporadas sin que nos hayan dado la oportunidad de consultar y de profundizar a su respecto. Me parece que esto es aprovecharse de la mayoría que tienen en el Congreso para hacer modificaciones que nosotros no podemos rebatir, porque han sido presentadas en último momento.
El señor ESCORZA.-
¡Háganlo con la mayoría que tienen en el Senado!
El señor OLAVE.-
¿Qué tiene que ver la mayoría del Senado con esto?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, lo dicho por la señora Diputada no tiene nada que ver con el artículo. Ella se ha referido a una carta dirigida por representantes de los empleados de la Corporación de Obras Públicas y no de la Corporación de Servicios Habitacionales.
Además, como ha señalado el colega señor Escorza, él ha recibido noticias y peticiones en este sentido de los empleados de la Corporación de Servicios Habitacionales...
La señora ALLENDE.-
Que las lea.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
...y la señora Allende no las ha recibido.
Podría inferirse, con el mismo sistema de deducción que aquí se aplica, que los Diputados de la Democracia Cristiana están más en contacto con los empleados de la Corporación de Servicios Habitacionales...
El señor RODRIGUEZ (don Manuel). -
¡Es indudable!
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Honorable señor Rodríguez, don Manuel!
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Por otra parte, el señor Ministro ha establecido claramente que ésta es una solicitud presentada por los empleados sobre materias que les benefician y que ha sido corroborada por la petición formulada al señor Escorza. De manera que no hay otro procedimiento; lo único que se quiere es dar respaldo y tranquilidad a esos empleados. Insistir sobre la materia y decir que estamos frente a un veto que nosotros no conocíamos y que se pretende aprovechar de una mayoría parlamentaria, no es justo. Creo que, lealmente, los colegas deben reconocer que la mayoría democratacristiana ha tenido amplio criterio en relación con este tipo de problemas y ha sido también consecuente con la minoría.
Por último, al tratarse de un veto aditivo, éste tiene que tener también mayoría en el Senado. Come Sus Señorías tienen la mayoría en el Senado -y no la Democracia Cristiana- podrán perfectamente hacer las correcciones del caso y votar en contra si les parece inconveniente la disposición. En tal caso, no habrá ley sobre esta materia.
Nada más.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, quiero hacer presente que los Diputados radicales votaremos favorablemente esta disposición en el bien entendido de que hace justicia a las empleados y permite obviar dificultades de interpretación o alteraciones que ha habido en los encasillamientos. Pero, con el mismo buen espíritu, quisiera que la Cámara acordara enviar un oficio a la Contrataría General de la República, pidiéndole todos los antecedentes sobre la materia...
El señor CORVALAN.-
¡Hay muchos radicales gobiernistas ahí!
El señor POBLETE.-
¿Cuáles son, para expulsarlos?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar el oficio a que se ha referido el señor Acuña.
El señor ESCORZA.-
No hay acuerdo.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Hay oposición.
El señor ACUÑA.-
¿Por qué se opone el señor Escorza, señor Presidente?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
El señor Escorza es libre para emitir una opinión contraria a cualquiera petición, señor Acuña.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).-
Han votado solamente 26 señores Diputados.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Durante la votación:
El señor VALENTE.-
Se ha retirado la oposición para el envío del oficio.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Estamos en votación.
-Efectuada, nuevamente la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos: por la negativa, 8 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobado el 8º de los artículos nuevos.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, el 9º, el 10, el 11, el 12 y el 13 de los artículos nuevos, fueron aprobados por asentimiento un��nime.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión el 14º, de los artículos nuevos.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Al Diputado que habla le llama profundamente la atención lo dispuesto en este artículo, en que se dice: "Condónanse las deudas...".
Ayer se despachó en quinto trámite constitucional el proyecto de ley sobre consolidación de deudas de los contribuyentes morosos. Pues bien, fueron bastante enfáticos los Diputados de Gobierno, al sostener, por intermedio del señor Cerda, don Eduardo, que el Ejecutivo no aceptaría la condonación de deudas. Yo no sé si esta indicación es obra del Ejecutivo.
¡Qué bueno que haya llegado el señor Cerda; ahora me puedo explayar!
El señor CERDA (don Eduardo).-
No he hablado.
El señor PHILLIPS.-
Decía que ayer. Su Señoría sostuvo, en el quinto trámite constitucional del proyecto de ley que consolida las deudas tributarias, que jamás habría condonaciones. Y ahora resulta que este proyecto ha venido a probar dos cosas distintas a las que sostuvo el señor Cerda, presente en la Sala. La primera, que hay modificaciones, en cuanto a la renta imponible, dentro de estos servicios; y la segunda, que ésta es una condonación de deudas. Sería conveniente fijar las reglas del juego para todas las deudas que hay en el país, sin excepciones.
Un proyecto que presentó el señor Basso, que también condonaba deudas y entregaba títulos de dominio en una población, entiendo que será vetado. No sé si esta condonación se hace por el hecho de tratarse del departamento de Ultima Esperanza, provincia de Magallanes, donde tiene la suerte el señor Presidente de que el señor Escorza no llegue con su representación...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señor Phillips !
Ruego a los señores Diputados evitar los diálogos.
El señor PHILLIPS.-
Me gustaría que se nos diera una explicación de esto.
Nada más.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).- Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
No me voy a referir a la chacota que hizo el señor Diputado de una disposición que es producto de un compromiso que contrajo el Presidente de la República con el pueblo de Ultima Esperanza, en su última visita allá. No se refiere, como dice, a la condonación de tributos, sino de intereses y multas devengados y a la concesión de un nuevo plazo para pagarlos, en virtud de la situación, pública y notoria, por la que atraviesa ese departamento, en que ha habido aumento de la cesantía. Esta se ha producido, fundamentalmente, por el problema que afecta a los trabajadores de Puerto Natales, que laboran en el lado argentino, en Río Turbio.
El Presidente de la República ha escogido el camino más corto para materializar este compromiso moral suyo con el pueblo de este departamento, y lo ha sometido a la consideración del Congreso Nacional en la disposición en debate,
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Acuña.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, los Diputados radicales vamos a votar favorablemente esta disposición, que propone en su veto el Ejecutivo, porque, evidentemente, tiende a favorecer a los contribuyentes modestos morosos en el pago de contribuciones y demás impuestos, ya sean fiscales o municipales, condonando sus deudas por concepto de intereses y multas.
Desgraciadamente, esta política, favorable, sin duda, para los contribuyentes, se aplica aquí por la vía de la excepción. Todas las indicaciones que presentamos los Diputados radicales, en conjunto con oíros sectores de la Oposición...
El señor VALENTE.-
De avanzada...
El señor ACUÑA.-
...a un proyecto despachado hace poco, que otorgaban facilidades a los contribuyentes morosos y condenaban las multas y los intereses penales, e incluso las costas de la cobranza judicial, fueron rechazadas, en forma categórica, por los parlamentarios de Gobierno, aduciendo que no podían autorizar esa condonación. Sin embargo, aquí se establece una excepción, que celebrarnos. La celebramos, pero desearíamos que ella comprendiera también las multas de modestos contribuyentes de todo Chile, a quienes se está siguiendo acción judicial a través del Servicio de Cobranzas de Impuestos Internos. Si no ha podido pagar sus impuestos, con mayor razón no pueden pagar las multas, los intereses penales ni las costas procesales de todo el sistema de la cobranza.
Nada más.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, respecto del problema de la condonación de multas e intereses penales, con-cuerdo con el planteamiento hecho por el señor Acuña.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Es lamentable que el señor Presidente no visite otras ciudades y vea la miseria que existe.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Samuel Fuentes, está con la palabra el señor Phillips. Ruego a Su Señoría respetar el derecho del señor Diputado.
El señor PHILLIPS.-
No hay inconveniente en que el señor Samuel Fuentes efectúe una interrupción con cargo a mi tiempo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, como ha manifestado el señor Acuña, es indiscutible que la condonación es contraria a lo sostenido ayer por el Gobierno. Y esta disposición es mucho más amplia, porque da facilidades para el pago de impuestos y contribuciones. Compren do que debe tener los antecedentes necesarios para proponer esto.
No he querido chacotear al plantear el problema. Sé que esta disposición fue pedida por el Presidente de la Cámara, señor Alfredo Lorca. Solo quería saber si había más contendores, en beneficio del señor Presidente.
Como digo, no he querido hacer chacota. El Ministro, y perdóneseme la expresión, está un poco "sobrado"...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS.-
Resulta que la señora Allende plantea un problema y el Ministro le contesta que ella no entiende esa materia. Pero sí la entienden los pobladores. En seguida, pregunté si una disposición agregada por el Ejecutivo significaba volver a las empresas EMPART y contestó que todo lo contrario, pero que no es así. Ahora me dice que soy chacotero. No sé si la inexperiencia o la juventud del señor Ministro lo hace creer que todos los parlamentarios somos analfabetos, pero es indiscutible que la actitud que ha tenido hacia la Diputada Allende, que es una dama, constituye una falta de respeto.
En seguida, Su Señoría sabe que no chacoteo, que sólo deseaba aclarar un concepto, ya que el artículo en discusión está en manifiesta contradicción con lo que ayer se sostuvo, con tanto énfasis, en el quinto trámite de un proyecto.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, nos complace que el Presidente de la República, en su visita a Puerto Natales, haya conocido la gravísima situación de ese departamento.
Los parlamentarios comunistas, a través de un proyecto que me correspondió presentar' y que ahora se encuentra en Comisión, propusimos, precisamente, esta condonación, pero sí en términos que nos parecían más adecuados. Naturalmente, vamos a prestar nuestra aprobación a este artículo patrocinado por el Presidente de la República, después de cerciorarse en el terreno de la necesidad de estas condonaciones.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, cuando venía entrando a la Sala, escuché al señor Phillips expresar en forma muy "sobrada", que, en esta ocasión, estábamos haciendo lo contrario de lo que había indicado ayer respecto del problema de intereses y multas. En primer lugar, debo expresar y aclarar una cosa: ayer no me referí a este asunto. Pero, en esta oportunidad, es necesario recalcar la posición sostenida por el Ejecutivo desde hace mucho tiempo y que seguirá siendo su misma política. Desde el momento en que se condonan los intereses y multas, se beneficia a aquellos contribuyentes que no han pagado oportunamente, aunque existan razones por las cuales no lo han podido hacer, porque, en el caso contrario, si se aplicara la política que se siguió en gobiernos anteriores, de condonación de intereses y multas, sólo se perjudicaría a los buenos contribuyentes que en la fecha que corresponde pagan sus tributos al Fisco.
Por otro lado, hemos indicado que, tampoco, en ningún caso, aceptaremos más condonaciones de intereses y multas. En cuanto al problema concreto que estamos estudiando esta tarde, que se refiere al departamento de Ultima Esperanza, lugar donde hay situaciones excepcionales, corno lo ha manifestado aquí el señor Ministro, era necesario actuar en esta forma. Por esa razón, se ha incluido en este veto esta disposición, y en el futuro, cuando se presenten casos excepcionales, en forma bien demostrada, estaremos llanos a hacer excepciones a la regla.
El señor ACUÑA.-
¿Cómo se van a calificar las excepciones?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría
El señor RUIZ-ESQUIDE,-
Señor Presidente, creo que este problema ha quedado totalmente esclarecido con lo dicho por el señor Cerda, porque se trata de una situación absolutamente excepcional; y los señores Diputados tendrán que comprender que, justamente, la excepción confirma la regla. De otro modo no nos veríamos obligados frente a situaciones que no son las habituales para el resto del país.Por otra parte, me alegro cíe que el colega señor Phillips haya planteado la discusión con seriedad. El se ha molestado por la actitud que estima "sobrada" de parte del señor Ministro.
Creo que quienes conocemos al señor Ministro sabemos que, en este debate, ha tenido una actitud consecuente y respetuosa y no ha tenido el más mínimo ánimo de ofender en absoluto a la señora Allende, porque sería una falta de cortesía a la cual no está habituado.
En segundo lugar, el señor Phillips hace muy mal en quejarse de repente por lo que estima que es falto de seriedad en ti debate, cuando es público y notorio que, a pesar de ser simpáticas sus intervenciones, tiene tendencia a festinar los debates, porque él cree tener cierta habilidad para eso. Nosotros no lo hemos segando en este tren y. cuando él lo ha querido hacer, hemos actuado con seriedad y con cierto ánimo de llevar el debate en forma tranquila y agradable. Pero si él estima que el señor Ministro y cualquiera de los Diputados democratacristianos hemos actuado en forma que causa desagrado al resto de los colegas, tendremos que pedirle seriamente que de aquí en adelante tenga la misma actitud que permanentemente nosotros liemos mantenido.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Debo recordar a los señores Diputados que está en discusión el 14º de los artículos nuevos propuesto en el veto del Ejecutivo, sobre el cual sería interesante que hicieran uso de la palabra.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, yo me felicito de que Su Excelencia el Presidente de la República haya comprobado esta miseria en la zona sur del país, que motivó este artículo nuevo del veto del Ejecutivo, para solucionar un grave problema a los contribuyentes del departamento de Ultima Esperanza de la provincia de Magallanes.
Ya mi colega Acuña ha manifestado que los parlamentarios radicales votaremos favorablemente esta disposición. Por mi parte, quiero pedir al señor Ministro de la Vivienda, presente en la Sala, que visite la provincia de Cautín, especialmente los pueblos de Nueva Toltén, Puerto Saavedra y Queule.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Escorza, ruego a Su Señoría guardar silencio.
E! señor FUENTES (don Samuel).-
Nosotros presentamos un proyecto de ley por el que se condonan las deudas de los contribuyentes de esos pueblos, que fueron arrasados por el terremoto y el maremoto de 1960, porque, efectivamente, en ellos no quedó nada en pie. La Corporación de la Vivienda reconstruyó estos pueblos en otros lugares, pues los antiguos terrenos se los "robó" el mar a raíz de los sismos de 1960; pero ahora está vendiendo las viviendas que fueron financiadas -como muy bien lo sabe el señor Presidente de la República, quien en esa época era parlamentario- con los fondos de la ley de reconstrucción. En consecuencia la CORVI aparece en estos momentos haciendo un gran negocio con los fondos de la reconstrucción. Ni siquiera se han condonado los intereses, ni mucho menos los reajustes de las deudas.
Por esta, pido al señor Ministro que aunque vamos a entrar en un período electoral, si es posible, visite la provincia de Cautín, a fin de que se entere en el terreno mismo de los problemas que hemos planteado y obtenga, así, del Presidente de la República su patrocinio para un proyecto sobre condonación general de las deudas de los contribuyentes de esos pueblos, cuya situación tiene que ser mucho más precaria que la del departamento de Ultima Esperanza, puesto que los sismos de 1960 arrasaron completamente a los pueblos mencionados, a raíz de lo cual sus habitantes perdieron sus casas. su mobiliario y todo lo que tenían.
Por lo tanto, aprovecho la oportunidad que me ofrece la discusión de este artículo para solicitar al señor Ministro, confiando en su espíritu joven y en su cordialidad hacia los parlamentarios, que visite la provincia de Cautín; o que, si no puede ir, crea en la palabra de los parlamentarios de la zona y procure conseguir, cuanto antes, que se envíe al Parlamento un proyecto para condonar -repito- las deudas de los contribuyentes que acabo de enumerar, afectados por un cataclismo a raíz del cual nada quedó en pie.
No se trata de favorecer a grandes propietarios ni a grandes comerciantes, sino a personas que quedaron en la más absoluta miseria, inmensamente mayor de la que afecta a los habitantes de! departamento de Ultima Esperanza, en la provincia de Magallanes.
Nada más.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Allende. ¿Desea referirse al artículo?
La señora ALLENDE.-
No, no es sobre el artículo; me voy a referir, justamente, a lo que dijo el señor Phillips, agradeciéndole que me haya defendido, porque, en realidad, el señor Ministro me ha hablado de un modo un poco despectivo. Respecto a esto, quiero aprovechar la oportunidad para decirlo que esta poca deferencia la he venido sintiendo desde que está en el cargo de Ministro, porque lo conozco desde hace muchos años; nunca obtengo una audiencia, a pesar de que tengo graves problemas relacionados con el Ministerio a su cargo que deseo plantearle. De manera que dejo bien esclarecido en esta ocasión que para mí el Ministerio de la Vivienda, está cerrado, cuando trato de hablar con el señor Hamilton, y -sólo he podido hacerlo cuando el señor Ministro nos ha llamado para tratar el problema de la población Nueva Matucana.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a los señores Diputados, se aprobará.
Aprobado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión el 15º de los artículos nuevos.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas vamos a aprobar este artículo, haciendo una aclaración para la interpretación de la ley y, si fuera distinto el criterio del Ejecutivo, convendría que el señor Ministro lo señalara. Nosotros entendemos que, en este caso, se trata de operaciones hechas directamente con los adquirentes de las viviendas que están sujetas a pre construcción, o sea, que no se trata de ventas hechas por mayor a firmas constructoras.
Por otra parte, se habla en el artículo de que "el precio no sea superior a dos mil unidades reajustables". Entendemos que se trata no sólo de que el precio sea menor de dos mil unidades reajustables sino, además de ello, que la persona que efectúa la adquisición la haga hasta por dos mil unidades reajustables.
Nada más.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, esta disposición recoge las ideas que ya habían sido aprobadas por la Cámara de Diputados en un proyecto presentado por los Diputados señores Buzeta y Sanhueza, con una salvedad. Ella establece exactamente lo mismo; pero se le ha dado una redacción con la cual se ha pretendido mejorar, en ese aspecto, el proyecto, limitando esta liberación tributaria, para evitar entorpecimientos o abusos y evitando la posibilidad de que ella pudiera hacerse extensiva a las partes o piezas de una casa, porque, con ese sistema, podríamos llegar al extremo de que se compraran chapas en la mercería y no se cobrara el impuesto correspondiente en la factura.
Además, quisiera aprovechar esta ocasión para decir, muy brevemente, algo relativo a lo que expresara, hace un momento, la Diputada señora Allende.
La verdad es que no la he ofendido. Tal vez sea un defecto mío el decir las cosas con extraordinaria claridad y a veces con crudeza; pero repito que no la he ofendido y ella misma no se ha sentido ofendida hasta que la aludió su abogado señor Phillips.
Es efectivo que no siempre he podido recibir a la parlamentaria señora Allende. La habré recibido unas cuatro o cinco veces en mi oficina. Por lo demás, tendría muy buenas razones para no haberlo hecho. Lamentablemente la Diputada señora Allende -y quiero decir esto como excusa al resto de los señores parlamentarios- entiende que cualquier problema que diga relación con la vivienda tiene que tratarse directamente con el Ministro de esta Cartera. A pesar de que el Ministro tiene todo su tiempo y toda su capacidad, aunque limitados, al servicio de ella, no puede tampoco abandonar la responsabilidad que le ha sido confiada y no puede distraer demasiado tiempo en audiencias; pero creo que los señores parlamentarios que están presentes son testigos de que, dentro de esta limitación, cualquier persona que ha desempeñado un cargo de esta naturaleza siempre ha tenido las puertas abiertas para servirlos.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Me parece bien extraño que el señor Ministro esté interpretando anticipadamente lo que le voy a plantear. No he conversado más de tres veces con él en los cinco meses en que desempeña su cargo. Ha concedido audiencias a otras personas y yo, por lo tanto, he desistido de pedírselas.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Le rogaría a la señora Diputada que se refiriera a la materia en debate.
-Habían varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo nuevo.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el 16º de los artículos nuevos.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado,
En discusión el 17º de los artículos nuevos.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara se aprobará.
Aprobado.
En discusión el 18º de los artículos nuevos.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara se aprobará.
Aprobado.
En discusión el 19º de los artículos nuevos.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LORCA (don Gustavo).-
¿Cuánto tiempo me queda, señor Presidente?
El señor STARK (Vicepresidente).-
Le restan 37 minutos a Su Señoría.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Como se han aprobado algunas modificaciones al decreto con fuerza de ley Nº 2 y este artículo nuevo incide, precisamente, en él, voy a hacer algunas consideraciones de carácter general acerca de la legislación consagrada en este decreto con fuerza de ley y, al mismo tiempo, me voy a referir en especial, a algunos aspectos relacionados con la supresión que se hace en este veto de disposiciones que inciden en el aporte del 5%.
Como seguramente recordarán los señores Diputados, en los diez años anteriores a 1959, en el país se construyeron en conjunto, por los sectores público y privado, no más de cien mil viviendas en total, es decir, un promedio de diez mil viviendas al año. A pesar de que en ese entonces regía la ley Nº 7.600, que creó la Caja de la Habitación, y la Nº 9.185, mejor conocida como "ley Pereira"; que se otorgaban créditos hipotecarios para la vivienda, a los imponentes de las instituciones de previsión, y que se habían dispuesto algunos incentivos especiales para quienes construyeran viviendas de superficie edificada no superior a 150 o a 200 metros cuadrados, según el caso, no existían, sin embargo, los instrumentos apropiados para abordar programas habitacionales de magnitud suficiente como para satisfacer las necesidades del país. La mayor parte de la obra realizada en esos años estuvo a cargo de los servicios públicos y semifiscales, y la superficie media edificada por unidad de vivienda no excedió los 105 metros cuadrados.
En agosto de 1959, durante la administración del Presidente Alessandri, y en uso de las facultades que le otorgó el Congreso, el Ejecutivo dictó el decreto con fuerza de ley Nº 2 y, a principios de 1960, el decreto con fuerza de ley Nº 205. El primero creó el concepto de "vivienda económica", cuya superficie edificada no debía sobrepasar de 140 metros cuadrados, pero con un rendimiento habitacional obligatorio, en forma de no exceder los 17,5 metros cuadrados edificados por habitante ; el segundo decreto estableció la Caja Central y las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, con capacidad para percibir ahorros y otorgar préstamos a largo plazo para la construcción o adquisición de viviendas económicas.
Ambos decretos con fuerza de ley, complementados con sucesivas disposiciones posteriores, forman en conjunto lo que se denominó el Plan Habitacional. La ley autorizó entonces al Presidente de la República para decidir reglamentariamente los lugares en que podían construirse las "viviendas económicas", las especificaciones técnicas a que debían sujetarse, y los beneficios tributarios a que podían acogerse, los que, básicamente, eran los mismos contenidos en leyes anteriores, pero dispuestos de manera de favorecer a las viviendas de superficie inferior a 70 metros cuadrados edificados. Creó asimismo nuevos canales de ahorro popular, ahora reajustables, a fin de precaverlos de la desvalorización monetaria, y estableció préstamos hipotecarios también reajustables para defender, a su vez, las reservas de las instituciones que participaran en el plan; extendió al comercio y a la agricultura la obligación que antes tenía la industria, de destinar el 5% de las utilidades a construir viviendas para el personal, y estableció una serie de medidas adicionales que habilitaron a la CORVI para hacerse cargo de la responsabilidad central del programa.
Estas medidas resultaron de positivo beneficio para el país: durante la Administración pasada se construyeron 186 mil viviendas en total, de las cuales el sector privado abordó más del 50%, y la superficie media por vivienda no pasó de 75 metros cuadrados de superficie edificada.
En otras palabras, durante dicho período se construyeron alrededor de 30 mil viviendas por año, en promedio, lo cual significó triplicar el ritmo de construcción habitacional alcanzado durante el decenio anterior. Sin embargo, si se tiene en cuenta que el plan habitacional se inició a principios de 1960, y que en 1964 se produjo una retracción ante la incertidumbre producida por la elección presidencial, se comprende que el plan operó sólo durante cuatro o cuatro años y medio, por lo que el ritmo efectivo de construcción llegó a cerca de 40 mil viviendas al año.
¿Fue esta cifra, o en el peor de los casos, fue el promedio del sexenio, de 30 mil viviendas anuales, insuficiente para satisfacer el crecimiento vegetativo de la población, como se ha afirmado?
Yo diría que no, ya que las necesidades habitacionales en un año determinado no pueden relacionarse con el crecimiento demográfico de ese año, sino con el número de nuevos hogares que en ese mismo año se agregan, el que se compara mejor con la cifra de nacimientos ocurridos veinte años antes, o, en el mejor de los casos, en una fecha intermedia. Por esto es que, en 1960, teniendo en cuenta el crecimiento demográfico de los últimos años y el índice habitacional del país, se determinó que, para atender las necesidades de este orden, originadas por el incremento de la población, se requerían entre 25 mil y 30 mil nuevas viviendas en ese año.
Se ha sugerido en esta Honorable Cámara que, al amparo del decreto con fuerza de ley Nº 2, se habrían cometido abusos, porque se construyeron "edificios de departamentos" y "casas de lujo", y porque los propietarios de estas viviendas estarían cobrando precios altos o arriendos exorbitantes.
Creo conveniente esclarecer estas afirmaciones.
Los incentivos concedidos por el D.F.L. Nº 2 a las "viviendas económicas", se pueden clasificar en dos categorías: aquellos actuales, que benefician la construcción y venta de la vivienda misma; y aquellos diferidos, que benefician, a lo largo del tiempo, el usufructo de sus propietarios.
Entre los primeros se destacan los siguientes: la exención del impuesto a los contratos de edificación y a los recibos de dinero; la rebaja de un 50% de los impuestos a que está afecta la escritura que se extienda con motivo de la construcción o transferencia de la vivienda, y la exención de los impuestos de compraventa y cifra de negocios por los materiales destinados a la construcción, siempre que la vivienda no tenga más de 70 metros cuadrados de superficie edificada y que los impuestos no excedan, por vivienda, de dos sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago (Eº 600 de hoy).
Los segundos son, principalmente, los siguientes: la exención del impuesto fiscal comprendido en la contribución de bienes raíces durante 20 años, cuando se trata de viviendas inferiores a 70 metros cuadrados de superficie; durante 15 años cuando la vivienda está comprendida entre 70 y 100 metros cuadrados, y sólo durante 10 años cuando la vivienda tiene más de 100 metros cuadrados y, por supuesto, no exceda de 140 metros cuadrados para cumplir el requisito de vivienda económica; la exención del impuesto complementario a las rentas que produzcan estas viviendas, y la exención del impuesto de herencia.
Para precisar la importancia de los beneficios, presentaré un ejemplo actual.
En el caso de una vivienda de 80 metros cuadrados de superficie, cuyo precio supondremos.de E° 60.000, las exenciones tributarias actuales a la construcción y venta representan no más de Eº 3.600; es decir, un 6% de su valor, en el caso de la vivienda construida para la venta, y de sólo Eº 1.400 (2,3%), en caso de que se destine al uso de quien la construyó.
Por otra parte, los beneficios diferidos, en el supuesto de que su propietario esté en el tramo del 20% del global complementario y que el conjunto de bienes legados a su muerte alcance a Eº 200.000, llegan a las siguientes cifras:
a) Eº 900 al año (1,5%) por contribución fiscal de bienes raíces durante 15 años (cifra que actualizada al 12% de interés anual, representa alrededor de 6.000 escudos en la fecha de su construcción) ;
b) Eº 960 al año (20% sobre 8%) por impuesto complementario (beneficio que en la actualidad no existe por haber sido reemplazado por la renta presunta) ; y
c) Eº 6.000 por una vez (10%) al fallecimiento del dueño (cifra que representa Eº 200 en la fecha de la construcción, actualizada con la norma indicada, suponiendo que el fallecimiento ocurre después de 30 años).
En resumen, los beneficios diferidos debidamente actualizados representan 6 mil 200 escudos; es decir, alrededor de 10% de su valor comercial.
Debe anotarse, sin embargo, que la vivienda de nuestro ejemplo significa una entrada para el Fisco bastante mayor que los beneficios que ofrece a su propietario. Por concepto de tributos directos, incluyendo impuesto de compraventa y cifra de negocios por los materiales y servicios incorporados a su construcción; impuesto de transferencia; impuesto a la renta de profesionales, empleados y obreros que trabajan en la construcción, de los que fabrican los materiales y otros que se emplean en ella y de los que los transportan ; impuesto de categoría y otros a las utilidades de las empresas abastecedoras, etcétera, el Fisco percibe por lo menos Eº 4.500, es decir, 7,5% del valor de la vivienda.
Por otra parte, los impuestos diferidos se distribuirían de la siguiente manera:
a) La Municipalidad, el 0,5% anual de bienes raíces durante 15 años (equivalente a Eº 2.050 actualizados) ;
b) El Fisco y la Municipalidad, ambos, el 2% anual, desde esa fecha en adelante (equivalente a Eº 1.495 actualizados, en el supuesto de que la vivienda termine su vida útil en 30 años), y
c) El Fisco, el impuesto a la renta presunta de 8% en el tramo de 20%) (equivalente a Eº 7.900 actualizados, en el mismo supuesto anterior).
En resumen, los impuestos diferidos, que se conservan debidamente actualizados, representan Eº 11.445, es decir, más del 19% del valor comercial de la vivienda, y todo ello sin considerar los impuestos indirectos derivados del consumo sucesivo de los factores involucrados en la construcción, los que representan algo más del 7% de su costo.
De lo anterior se desprende que los incentivos tributarios que ofrece el D.F.L. 2 no son tan atractivos como para desviar hacia la vivienda la inversión de capitales que en otros sectores obtienen mejores beneficios. Mayor ventaja ofreció antes la ley 12.919, que permitía deducir de la renta imponible las inversiones efectuadas en viviendas inferiores a 150 metros cuadrados de superficie edificada, ley que fue naturalmente derogada por la Administración pasada, después de dictar el D.F.L. 2. Lo que sí tiene verdadera importancia para el inversionista es la garantía dispuesta en el artículo 18 del D.F.L. 2, desconocida en el pasado, la que, a través de un contrato con el Estado, le asegura que los beneficios vigentes en la fecha de la construcción, no podrán serle escamoteados por ninguna ley posterior.
Si una vivienda, como la de nuestro ejemplo, es construida por iniciativa, privada, sólo en el caso de que existan incentivos como los señalados en el D.F.L. 2, el país tiene que comparar los beneficios que le reporta su construcción, con los perjuicios que le representa la renuncia a determinados impuestos, los que, a mi juicio, son despreciables, por cuanto la vivienda, en la gran mayoría de los casos, no se habría construido, si tales incentivos no existieran. Y como en definitiva es indispensable que esa vivienda y otras miles como ella se construyan, porque en caso contrario crecería descontroladamente el déficit habitacional, el Estado, en caso de suprimir los incentivos, deberá asumir por su cuenta la responsabilidad total del programa, y el financiamiento de su comercialización. ¿Puede hacer esto la CORVI con sus propios recursos y su ya recargada organización?
Es evidente que cada país tiene un límite máximo de disponibilidades materiales, humanas y financieras destinables a la vivienda, el que no puede sobrepasarse, sin lesionar el desarrollo equilibrado de la economía considerada en su conjunto. Pero mientras esa meta no se alcance y existan recursos desocupados y capacidad financiera disponible a través de los ahorros de los interesados en vivienda, parece inconveniente entorpecer el desarrollo de una actividad que arrastra a muchas otras y que responde a una necesidad imperiosa de la colectividad.
No ha existido, por lo tanto, a mi juicio, abuso de los beneficios que otorga el D.F.L. 2, aunque se hubieran construido a su amparo algunos centenares de viviendas, cuyas características técnicas pudieran exceder el espíritu de la ley. Su número alcanza a un porcentaje insignificante de la labor realizada y, en definitiva, según demostré, los beneficios generales y los tributos que ellas han pagado al Fisco exceden con mucho las ventajas que obtuvieron por el D.F.L. 2.
En resumen, el balance de su construcción resulta a todas luces positivo para el país.
Ahora, ¿qué se entiende por casas de lujo? Aquéllas que destinadas a servir a un grupo familiar tienen una dimensión exagerada, lo que no puede ocurrir con una vivienda D.F.L. 2, la que, como se ha dicho, está limitada a 140 metros cuadrados de superficie; o bien, aquéllas que dentro de una. cierta superficie edificada tienen gran espacio destinado a recepción o esparcimiento, lo que tampoco acepta el D.F.L. 2, el que obliga a un rendimiento habitacional preciso para cada vivienda; o aquéllas que están terminadas con cierta prolijidad y que, por lo tanto, ocuparon mano de obra calificada; o bien, aquéllas en que se emplearon materiales especiales como azulejos en sus revestimientos, mármol en sus pisos, aluminio en sus puertas y ventanas, o tal vez instalaciones de calefacción o agua caliente, las que desde hace años han pasado a ser servicios indispensables para una vivienda normal. El concepto de "vivienda económica", a diferencia de la ley Pereira, que obligó en su época a un elaborado control de costos y de materiales permitidos, entregó al promotor o dueño la libertad de resolver, una vez cumplidos los requerimientos básicos de superficie, y rendimiento sobre el diseño, especificaciones, materiales, y otros que le resultaren convenientes como inversión, en la certeza de que el mercado comprador o de arriendo no le recompensaría los recargos de costos por agregados superfluos o suntuarios que se hubieran incorporado a ella.
En todo caso, el D.F.L.2 entregó al Presidente de la República la facultad de resolver respecto a las especificaciones máximas aceptables para la construcción de las viviendas, como también respecto de la ubicación en que podían ser construidas, en vista de que pudiera llamarse también lujosa una vivienda ubicada en un lugar sin claro destino habitacional permanente.
Estas facultades han sido ya varias veces esgrimidas para proscribir el uso de determinados materiales o prohibir la construcción de viviendas económicas en algunos sectores específicos, como en el centro de Santiago, por presumir que departamentos en esa ubicación pudieran destinarse a un fin no habitacional; o en los lugares de veraneo, como Viña del Mar, donde las viviendas pudieran aprovecharse en forma no permanente.
Las restricciones de ubicación dispuestas por la Administración Alessandri fueron posteriormente suspendidas en el actual Gobierno por decreto Nº 296 del Ministerio de la Vivienda, de 1966, y por la ley Nº 16.582 del mismo año.
Por otra parte, ¿es conveniente la construcción de edificios de departamentos? Sobre esta materia las opiniones están divididas. Sin embargo, todos coinciden en que Santiago está llegando a dimensiones acromegálicas; se extienden los suburbios mientras se mantienen barrios anticuados de mal rendimiento habitacional y con grave recargo en el costo de operación de los servicios públicos. Para corregir este defecto, el D.F.L. 2 no sólo permitió sino que estimuló la remodelación urbana sobre la base de construir edificios de altura, autorizando el uso de, ascensores, a fin de lograr un mejor aprovechamiento del área habitable y aliviar así los problemas que encarecen la administración comunal. Varias manzanas del viejo Santiago han sido remodeladas al amparo del D.F.L. 2. Tal vez el cambio de algunos conceptos caducos ha sido uno de los mejores aportes al progreso urbanístico.
Además, se dice que los propietarios de viviendas D.F.L. 2 cobran por ellas precios o arriendos exagerados; sin embargo, muchas veces, estos cargos se hacen con ligereza y sin verificar si los precios de venta están por encima del costo de reposición, o si las rentas de arrendamiento exceden el 11% que permite la ley. Lo que ocurre es que las viviendas no protegidas por el D.F.L. 2 están fuertemente depreciadas por las leyes de congelación y por los privilegios de inamovilidad concedidos a sus arrendatarios; de modo que, por comparación con éstas, las viviendas D.F.L. 2 aparecen sobrevaluadas.
En las viviendas que creó el D.F.L. 2 quedaron protegidas, por contrato con el Estado, la estabilidad de sus beneficios y la libertad de sus dueños para fijar las rentas de arrendamiento, porque se supuso, con razón, que los beneficios dispuestos estimularían la iniciativa privada a la producción de viviendas en tal medida que la competencia obligaría a bajar arriendos y precios a niveles más apropiados.
Destruir los incentivos de la ley, equivale a paralizar el abastecimiento de viviendas y, por lo tanto, a provocar escasez y especulación. ¿Está ocurriendo esto hoy en día? ¿Influye en los eventuales inversionistas la incertidumbre de posibles modificaciones del D.F.L. 2?
No hace mucho que un colega afirmó en este hemiciclo que el régimen del señor Alessandri estafó a 70 mil familias, que teniendo sus cuotas completas depositadas en CORVI, aún esperan su casa propia, porque el D.F.L. 2 protegió a las empresas constructoras, prestándoles dinero para construir viviendas que después vendían a la CORVI. A continuación me referiré a este cargo.
El artículo 80 del D.F.L: 2 permitió a la CORVI prestar a empresas constructoras, en cuotas de ahorro, por no más de dos años, hasta el 80% del valor de la construcción de conjuntos habitacionales, de ubicación, características y precio de venta previamente autorizado por el Consejo de la institución, a fin de contribuir a la producción de viviendas que se ajustaran a las necesidades de imponentes de instituciones de previsión y de los postulantes que habían celebrado convenios de ahorro y préstamo con la CORVI, y que para ello comprometieron determinados programas de ahorro previo en diferentes ciudades del país. No es efectivo que la CORVI podía comprar esas viviendas. La ley no se lo permitió; pero sí pudo complementar su capacidad realizadora con el esfuerzo de empresas que se ajustaron a las normas dispuestas por su Consejo. En esta forma se llevó adelante la remodelación de una serie de sectores en las principales ciudades del país y los ahorrantes tuvieron posibilidad de elegir la vivienda que mejor acomodara a sus intereses.
¿Qué interferencia tuvieron estos préstamos de construcción con las expectativas de los postulantes en cuotas de ahorro? Evidentemente ninguna. Los préstamos de construcción sólo pueden hacerse a corto plazo, probablemente el mismo que habría necesitado CORVI para construir directamente las viviendas; en cambio, los préstamos a los postulantes para comprar viviendas, van de veinte a treinta años.
Por el contrario, estos préstamos ayuda-ron a satisfacer oportunamente a quienes tuvieron convenios de ahorro y préstamo de plazo convenido, y naturalmente la CORVI destinó para este objeto los ahorros que recibió de los postulantes que optaron por esa alternativa.
Mi colega afirmó también que el artículo 22 del D.F.L. 2 eximió de sanciones a los poseedores de capitales mal habidos si los dedicaban a la construcción.
El artículo 22 del D.F.L. 2 dice textualmente lo siguiente: "Los que edifiquen "viviendas económicas" estarán liberados, para los efectos tributarios y cambíanos, de la obligación de justificar el origen de los capitales empleados en ellas, siempre que acrediten su existencia con anterioridad al presente decreto con fuerza de ley. Tal anterioridad se presumirá de derecho respecto de las construcciones que se inicien antes del 30 de junio de 1960, y estén terminadas antes del 31 de diciembre de 1961."
En otras palabras, la ley condonó, poruña vez, la sanción en que hubieran incurrido quienes con anterioridad al D. F.L. 2 retiraron utilidades no declaradas, haciendo posible, por esta vía, el retorno al país de capitales perdidos para la actividad nacional, siempre que se destinaran a la construcción de viviendas económicas.
Finalmente, se ha dicho que gracias al D.F.L. 2 puede que "haya personas que tengan hasta 200 casas liberadas de todo" y que pueden cobrar lo que quieran por su arriendo, porque no pueden ser "congelados".
En realidad estas viviendas no "están liberadas de todo", como lo he demostrado más arriba; ojalá haya muchas personas que orienten sus recursos disponibles a la construcción de viviendas, a fin de destruir la especulación que por falta de ellas sufre el país, y en el futuro no puedan cobrar "lo que quieran" como renta de arrendamiento.
En resumen, las disponibilidades del D.F.L. 2 permitieron poner en marcha un programa habitacional sin precedentes en la historia, con un ritmo de construcción suficiente para atender el crecimiento demográfico del país, y otorgar para ello exenciones tributarias prudentes, en todo caso, inferiores a los beneficios que en definitiva recibe el Fisco por la construcción de estas viviendas.
Por último, quiero decir algunas palabras sobre el llamado impuesto del 5% a las utilidades creado por la ley Nº 7.600 y complementado por el D.F.L. 2, en atención a que el veto que ahora nos ocupa, dispone facultar a Su Excelencia el Presidente de la República para modificarlo en algunos aspectos.
Antes que nada debo recordar que ese 5% no es un impuesto corriente; nació como una obligación a los empresarios de destinar una parte de sus utilidades a la atención de las necesidades habitacionales de su personal, obligación que sólo se transformaría en impuesto a beneficio fiscal si el empresario no la cumplía en el plazo fijado para ello.
Refuerza tal propósito el hecho de que las viviendas que construye o adquiere el empresario con cargo al 5%, los préstamos que otorga a su personal para comprar su vivienda y las cuotas de ahorro que deposita en CORVI, son y siguen siendo, en definitiva, patrimonio indiscutido del empresario.
En el caso de los industriales, mineros y agricultores, la obligación indicada disminuye al 2% una vez satisfechas totalmente las necesidades habitacionales del personal. Sin embargo, en el caso del comercio, donde el número de empleados y obreros es proporcionalmente muy inferior al de las actividades productoras antes señaladas, el D.F.L. 2, que amplió por primera vez el gravamen a esa actividad, dispone una norma diferente, ya que en este caso la obligación se satisface destinando el 5% a la construcción o compra de "viviendas económicas", sin que ellas sean necesariamente para su personal ; paro, en cambio, la obligación tiene carácter permanente y, por lo tanto, no disminuye ni se exime cuando el personal está totalmente domiciliado.
Los grandes y medianos empresarios, aquéllos que tienen sindicalizado a su personal, o bien cuyas utilidades permiten que el 5% alcance como para construir una o más viviendas en el año, podían aplicar cómodamente la ley, conservando la propiedad de ese 5%. Sin embargo, los pequeños, cuyo 5% de utilidades anuales no alcanza para pagar el costo de una unidad habitacional, debían pagar su 5% al Fisco, a menos que pudieran comprar cuotas CORVI con 40% de recargo.
Para resolver este problema, el D.F.L. 2 autorizó a las sociedades constructoras de viviendas económicas para recibir aportes de obligados y realizar programar, habitacionales rigurosamente controlados por la CORVI. Para recibir aportes, las sociedades deben constituir cauciones en favor de CORVI de por lo menos el ciento por ciento de la suma autorizada, y para poder imputarlos, deben presentar previamente a la CORVI proyectos que requieren la aprobación de su Consejo y en que deben señalarse no sólo la ubicación, el plan general, los diseños y las especificaciones técnicas, sino los presupuestos de construcción y los plazos en que deben ejecutarse las obras.
En otras palabras, manteniendo la CORVI la autoridad necesaria para obligar a las sociedades constructoras a ajustarse a las normas habitacionales que dispone el Gobierno, la ley permite, al mismo tiempo, a los pequeños empresarios agruparse y realizar en conjunto, con el 5% de sus utilidades, una obra que no habrían podido abordar por separado, y todo ello, sin perder la propiedad de sus aportes.
La ley establece claramente que, si la sociedad constructora que recibe aportes de obligados no cumple en tiempo y forma los proyectos aprobados para su imputación, debe restituir a la CORVI, dentro del plazo de 90 días, no sólo los aportes percibidos, sino las multas correspondientes, para cuyo evento la CORVI está obligada por ley a tener en su poder los resguardos necesarios.
No parece, por lo tanto, conveniente innovar en la materia, y sí indispensable que la CORVI aplique con rigor, en caso de que no lo haya hecho antes, las herramientas que la ley le otorga actualmente, a fin de aprovechar en mejor forma las sociedades constructoras como prolongación de su capacidad de realización habitacional.
Si bien es cierto que, después de ocho años de experiencia con el D. F. L. 2, a juicio de mi partido, existen algunos aspectos que merecen revisarse, los difíciles momentos porque atraviesa el país aconsejan no modificar en forma precipitada disposiciones que han dado valiosos frutos en el pasado, para no ahuyentar así al capital privado del papel que le corresponde en la solución de nuestros problemas habitacionales.
He dicho.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Atendiendo a que ha terminado el tiempo del Comité Comunista, puede Su Señoría hacer uso de hasta diez minutos cedidos por el Comité Socialista.
El señor MILLAS.-
Gracias.
Los parlamentarios comunistas estimamos que significan pasos hacia adelante, en la revisión de franquicias tributarias otorgadas en términos que han dado margen a actuaciones escandalosas. El artículo que estamos considerando y el antepenúltimo de los nuevos propuestos por el Ejecutivo, que modifica, fundamentalmente, el D.F.L. 285, así como las otras disposiciones relacionadas con él.
Nosotros tenemos la satisfacción de haber reclamado desde que se promulgaron los decretos con fuerza de ley 2 y 285, de haber efectuado denuncias constantes sobre la materia, las cuales se reactualizaron a raíz de una indicación que presenté, en representación de mi partido, en la discusión de este proyecto de ley, en el sentido de establecer un tope, para que las franquicias tributarias rigieran para todo aquel propietario o adquirente de hasta tres viviendas económicas, pero que, a lo menos, se limitaran pasada la cuarta vivienda económica de un mismo propietario o adquirente.
Esta tesis es la que seguimos sustentando. Creemos que sobre esta base debiera irse a una revisión completa sobre la materia.
Cuando formulamos las denuncias del caso, al fundamentar aquella indicación a que me he referido, fuimos objeto de toda una campaña tendenciosa, que falseó nuestra posición: editoriales de "El Mercurio" y de "La Nación", declaraciones de la Cámara Chilena de la Construcción, que encontraron eco incluso en personaros de Gobierno.
El impuesto del 5% puede liberarse en caso de construirse viviendas para los trabajadores. Nosotros estimamos que el hecho de que esta liberación se aplique también cuando los recursos, que debieran ser entregados al Estado para construir viviendas para los trabajadores de las empresas, se aportan para obtener ganancias usurarias, exageradas, aprovechando la franquicia tributaria y especulando con la vivienda, es algo absolutamente inconveniente.
Estimamos inconveniente la amplitud con que están otorgadas aquellas franquicias del D.F.L. 2. Precisamente que, en atención a la gravedad que reviste el problema habitacional en Chile, somos partidarios de la mayor amplitud de tales franquicias para el adquirente de hasta tres viviendas económicas y estimamos que debe revisarse la legislación actual. No planteamos la supresión de todas las franquicias, sino una revisión pasado aquel límite.
En relación a las viviendas que se construyen con los fondos del 5% de las utilidades, consideramos que debiera establecerse todo un mecanismo para asegurar que llegara a haber la transferencia del dominio al obrero o al empleado de la industria o firma respectiva. Porque lo que nosotros queremos favorecer es la tendencia a la propiedad familiar, a que cada familia tenga el título de dominio del techo bajo el cual se ampara su hogar.
Por eso, aunque las estimamos insatisfactorias, aunque no nos parece que sean una legislación nueva, completa, sobre la materia, aunque no recogen aquel criterio nuestro de separar la situación del adquirente de hasta tres viviendas inclusive y la de quien adquiere o posee más, nosotros aprobamos astas observaciones del Ejecutivo. Creemos que corresponden, que son una respuesta a aquella, campaña que nos sentimos honrados de haber sostenido los parlamentarios comunistas insistentemente, campaña que se refiere a la necesidad de sanear las normas sobre esta materia.
En el artículo que concretamente estamos considerando, cada una de las modificaciones de las normas que rigen sobre estas' franquicias es, indudablemente, aceptable y corresponde a una realidad.
El hecho de que se mantenga aquella disposición que está en el inciso segundo del artículo 9º del D.F.L. 2, nosotros entendemos que debiera también conducir a que se rebajaran los costos correspondientes. Se requiere un estudio completo del problema habitacional. Nosotros, en este sentido, tenemos una actitud constructiva. No hemos negado jamás normas legales que el Gobierno ha solicitado y que pueden conducir a que haya más viviendas en Chile; todo lo contrario. Creemos, sí, que se aprovecha mal la legislación vigente cuando hay liberalidad absoluta en relación a los costos de la construcción, cuando se especula en los costos de la construcción, cuando no hay control ni de los costos de la construcción propiamente tal ni de sus insumos, cuando se permite una especulación extraordinaria con viviendas que están siendo favorecidas con las franquicias existentes.
En resumen, los parlamentarios comunistas, sin considerar que las modificaciones que hace el Gobierno den una solución definitiva, las celebramos como paso adelante en el terreno de avanzar algo siquiera hacia una racionalización en esta materia. Por eso, daremos nuestra aprobación al artículo en debate.
Nada más.
El señor NAUDON.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NAUDON.-
Señor Presidente, nosotros vamos a votar favorablemente esta observación, porque tiende a mejorar las disposiciones existentes. Pero, como lo hicimos presente cuando se trató la indicación del Partido Comunista para derogar franquicias tributarias respecto a. las sociedades cuyo objeto sea exclusivamente construir, por cuenta propia o ajena, viviendas económicas y, me parece, respecto a los tenedores de bienes inmuebles construidos mediante este sistema legal, hacemos notar que estas modificaciones no van al fondo del problema.
A nuestro juicio, el problema radica en las exenciones otorgadas a las sociedades cuyo objeto sea exclusivamente construir, por cuenta propia o ajena, viviendas económicas, exenciones que se mantienen en gran medida. Ya advertimos en aquella oportunidad que ellas no benefician a los adquirentes de estas casas, porque el precio del metro cuadrado de estas viviendas económicas es exactamente igual al precio al cual se ofrecen las casas edificadas por sociedades constructoras que no se encuentran en el caso que indica el artículo 9º del D.F.L. 2.
Por eso, estimamos que el problema no ha sido abordado. Creemos que podría haberse mejorado mucho esto si se hubiera presentado un proyecto de ley y no un veto, que no nos deja margen alguno para modificarlo.
Nada más.
El señor PHILLIPS.-
¿Qué dice la Cámara Chilena de la Construcción?
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, nosotros, los socialistas, vamos a votar favorablemente este artículo, porque estimamos que significa empezar a considerar una modificación del D.F.L. 2, lo que es muy necesario, porque se ha abusado mucho de estas disposiciones. Hemos visto cómo se han levantado edificios verdaderamente de lujo y no se ha aprovechado este decreto con fuerza de ley para favorecer a la gente de escasos recursos. Este artículo ya es algo, un paso siquiera, y por eso vamos a votarlo favorablemente.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Señor Presidente, durante el trámite anterior de este mismo proyecto en la Cámara, al oponerme a la indicación que formuló el señor Millas -y quiero corregir lo dicho por el señor Naudon: no afectaba a las empresas constructoras, sino exclusivamente a los tenedores de más de tres viviendas D.F.L. 2-, tuve oportunidad de expresar, por un lado, que el Gobierno apreciaba y estaba dispuesto a mantener inalterables las franquicias vigentes para las inversiones en viviendas, que la comunidad necesita que se mantengan y, por otro, que dado el clima creado tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado a este respecto, iba a proponer, por la vía del veto, las enmiendas o rectificaciones que vinieran a mejorar esta legislación.
Consecuente con lo expresado entonces, el Ejecutivo ha presentado el veto en esta materia. Estas son las únicas modificaciones -las únicas- que la actual Administración va a proponer del D.F.L. 2 y que tienden, como digo, a mejorarlo.
Me referiré después a la parte que modifica el D.F.L. 205, que se refiere a la forma de aprovechar el 5%, y particularmente, a la manera de captarlo a través de las sociedades particulares.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, es indiscutible que el planteamiento del señor Ministro viene a. tranquilizar al sector empresarial.
Sería conveniente que la Cámara de la Construcción se hiciera eco de sus palabras. Porque durante los seis años del Gobierno del señor Alessandri, día a día, en "El Mercurio", en sus páginas semanales, atacó todas estas disposiciones, y hoy día, a página entera, pide un diálogo abierto con el Gobierno, una discusión amplia de estos temas.
Entiendo que las inquietudes de los empresarios de la construcción desaparecen en gran parte con la aclaración hecha por el señor Ministro de Estado del ramo correspondiente, en el sentido de que, aparte de las modificaciones que están propuestas en estos artículos y que, naturalmente, deberá conocer el Senado, no habrá otras durante el Gobierno del señor Frei.
Es cuanto quería decir.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Se ha pedido a la Mesa votación nominal para este artículo 19 nuevo, propuesto por el Ejecutivo.
Si le parece a los señores Diputados, se aprobará esta disposición.
Aprobada.
En votación nominal.
-Durante la votación:
El señor LORCA (don. Gustavo).-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, hasta por dos minutos.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, como manifesté al término de mi intervención, nosotros estamos dispuestos a estudiar las modificaciones convenientes a esta legislación; pero, como también dije al comenzar el debate de estas materias, no podemos aceptar hacerlo en la forma como lo ha propuesto el Ejecutivo: por la vía del veto. Creemos que algunas disposiciones pueden, evidentemente, ser perfeccionadas -no hay nada más imperfecto que lo que ha salido de la mano del hombre- en forma completamente correcta, analizando todas sus consecuencias y estudiando plenamente, en los hechos y en la realidad, los resultados que deben producirse. Es evidente que nosotros debemos estudiar muy a fondo las perspectivas y, sobre todo, las consecuencias prácticas en los hechos, en la aplicación económica que estas modificaciones pueden producir en el contexto general de la economía del país. Como lo expresé en mi intervención, es indispensable ver estas implicancias. Por eso, me permití en esa larga exposición precisar el contenido profundo del decreto con fuerza de ley Nº 2 y señalar cómo él ha influido en forma notoria para producir un plan habitacional que significó en la anterior Administración un éxito realmente extraordinario, reconocido por el propio Presidente de la República. Y esta Administración también ha hecho uso de él en forma tal que le ha permitido mantener el ritmo de edificación tal cual se había proyectado en el Gobierno anterior.
Un señor DIPUTADO.-
Pero se han hecho cambios.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Pero evidente. Sus Señorías dijeron que tenía que haber cambios.
Por eso, nosotros vamos a votar negativamente. No tememos el debate respecto de algunas modificaciones fundamentales ...
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Terminaron los dos minutos.
El señor LORCA (don Gustavo).-
...pero sí objetamos el procedimiento seguido por el Ejecutivo. Eso lo manifestamos al comenzar la discusión de esta disposición.
Por eso, voto que no.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
¡No quieren cambios! ¡Eso es lo que pasa!
El señor PHILLIPS.-
¡Es bueno cambiar para mejor!
El señor CLAVEL.-
¡En el Senado se va a arreglar esto!
El señor MILLAS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas, por las razones que expresé en la discusión de este artículo, votaremos favorablemente.
A nosotros, indudablemente, no nos alcanza lo expresado por el señor Ministro respecto del criterio del Gobierno de no avanzar en relación a nuevas modificaciones sobre esta materia. Nosotros sostenemos el criterio de establecer una diferenciación, a través de disposiciones legales, en las franquicias del decreto con fuerza de ley Nº 2, a fin de que ellas sean muy amplias para los adquirentes de hasta tres viviendas, y se limiten drásticamente y tengan otro carácter en relación a quienes sean poseedores de más de tres viviendas.
Somos partidarios de que estas disposiciones tiendan a la propiedad familiar de la vivienda, que es el objeto del establecimiento de estas franquicias y consideramos un escándalo y un exceso que rijan para la especulación con las viviendas.
En todo caso, hemos estudiado cuidadosamente cada una de las modificaciones propuestas ahora por el Ejecutivo y -aunque no nos parecen de fundamental importancia- concordamos en que ellas significan pasos adelante que son positivos.
Por eso, las votaremos favorablemente.
He dicho.
-Efectuada la votación, en forma nominal, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos; 'por la negativa, 2 votos.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Aprobado el artículo 19, nuevo.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados: Acevedo, Acuña., Aguilera, don Luis; Aguilera, doña María Inés; Agurto, Allende, Ansieta, Aravena, don Jorge; Argandoña, Ballesteros, Barrionuevo, Cademártori,, Camus, Canales, Cantero, Cardemil, Cerda, don Carios; Cerda, don Eduardo; Clavel, Corvalán, Daiber, De la Jara, Demarchi, Escorza, Fuentealba, Galleguillos, Giannini, Ibáñez, Iglesias, Lacoste, doña Graciela; Maira, Martínez, Melo, Millas, Monares, Muga, Naudon, Paluz, doña Margarita; Penna, Poblete, Robles, Rodríguez, don Manuel; Rosselot, Ruiz-Esquide, Santibáñez, Sbarbaro, Sepúlveda, don Eduardo; Stark, Tejeda, Valdés., don Arturo; Valente, Valenzuela, don Renato; Valenzuela, don Héctor; Videla y Zorrilla.
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados: Lorca, don Gustavo; y Phillips, don Patricio.
-Puestos en discusión y votación los artículos 20, 21, 22 y 23 nuevos, fueron aprobados sucesivamente por asentimiento tácito.
El señor STARK (Vicepresidente).-
En discusión el artículo 24, nuevo.
El señor NAUDON.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NAUDON.-
Señor Presidente, este artículo es el que nos ha causado mayor preocupación de todas las disposiciones del veto que agregan artículos nuevos al proyecto. En efecto, a pretexto de facultar al Presidente de la República para refundir en un texto único, con número de ley, diversas disposiciones se le están dando al Presidente de la República facultades para legislar, facultades delegadas sobre materias de especial importancia que inciden en el "plan habitacional", las cuales, como hemos dicho, nos habría gustado verlas en un proyecto positivo y concreto, y no en un veto aditivo.
El Presidente de la República pretende, con este veto, alterar el sistema de percepción y aplicación del impuesto del 5% sobre las utilidades. El Partido Radical está de acuerdo en que debernos alterar el sistema actual; porque, indiscutiblemente, éste beneficia más a las Asociaciones de Ahorro y Préstamos y a las sociedades constructoras, en tanto que lo que se canaliza hacia el Estado mismo es una cantidad menor que la que se recibe por esos otros canales que van hacia sectores privados.
Tengo aquí una estadística de lo percibido por estos tres conceptos en el año 1966. Lo recaudado por la Tesorería alcanza a 8.948.000 escudos; la recaudación de fondos propios, a 14.542.000 escudos; y los depósitos de sociedades constructoras a 22.963.000 escudos. Como se puede apreciar, lo que percibe la Tesorería, o sea, el Fisco mismo, es muy inferior a lo que se está percibiendo a través de esas otras dos fuentes o canales de percepción.
Nosotros estimamos que este 5% es un impuesto y, lógicamente, debe estar destinado, en su totalidad, a alimentar los fondos necesarios para cumplir un plan habitacional. Pero no podemos aceptar que se altere la legislación mediante un veto aditivo, especialmente en la forma como está concebido, facultándose al Presidente de la República para refundir en un texto único, con número de ley, las diferentes disposiciones sobre esta materia, y dándosele, más adelante, una serie de facultades que no tienen relación alguna con la de refundir textos legales, como son las contenidas en las letras a), b), c), d), e) y siguientes del artículo a que me estoy refiriendo. Esto es especialmente serio, no sólo porque hay una delegación amplísima de facultades legislativas para refundir un sistema impositivo, sino porque no se ha tenido ni siquiera la deferencia de hacer una delegación abierta y franca de facultades al Presidente de la República a través de estas observaciones, pues se ha recurrido a un lenguaje que, evidentemente, podría hacer incurrir en error en la parte primera de la disposición que faculta al Presidente para refundir textos.
Nosotros, vuelvo a repetir, estamos de acuerdo en cambiar la forma de percepción de ese impuesto, de manera que vaya a incrementar los fondos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo para cumplir un efectivo y real plan habitacional; pero no podemos prestar nuestra aprobación a una disposición de esta naturaleza que, teniendo tal importancia, se orienta a cederle facultades al Presidente de la República en una forma, como digo, que es muy poco clara y muy poco jurídica. Indiscutiblemente, se pretende sorprender, podríamos decir, al Congreso Nacional, al formular una observación de esta especie, que no guarda relación alguna con la redacción con que empieza la disposición sobre la facultad de refundir.
Por estas razones, aunque estamos de acuerdo con la idea contenida en esta observación, nosotros vamos a votar negativamente este veto, porque involucra una delegación de facultades en una materia de substancial importancia, que debió ser tratada en un proyecto de ley que hubiere tenido sus trámites constitucionales, para analizar esta materia, haber oído la opinión de los técnicos y haberles hechos las modificaciones convenientes. Pero no de esta manera como se está pretendiendo obtener un cambio tan fundamental en la legislación sobre la materia, que el Presidente de la República puede no tan sólo refundir, como se ha dicho, sino también modificar, en forma más o menos importante.
Repito que por las razones expuestas, votaremos negativamente esta observación.
Nada más, señor Presidente.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Primeramente, no me voy a referir, por ahora, a la materia de fondo, sino, simplemente, a la observaciones del Diputado que ha hablado en nombre del Partido Radical.
Yo lamento, realmente, que no haya consecuencia entre las ideas y las acciones prácticas, entre lo que se dice y lo que se vota. El Diputado sostiene que está de acuerdo con la idea general, pero no le gusta el medio. El medio no es ilegítimo y conduce al fin que se perseguiría. Lo mismo dice, con bastante claridad, la declaración que sobre materia habitacional emitió, no hace mucho tiempo, la actual directiva del Partido Radical. En el punto 3º establece que los recursos provenientes del impuesto del 5% debe extenderse a todas las actividades que estén o han estado exentas, incluidas, entre otras, las propias empresas constructoras, que es una de las materias de que aquí se trata, que menciona por vía de ejemplo. El punto 5º dispone que el 5% se refiere a las sociedades particulares gestadoras del impuesto, que han cumplido ya una etapa dentro del plan habitacional y deben continuar su actividad exclusivamente sobre la base de la capitalización que hayan alcanzado. Este es el estudio que ha hecho el Partido Radical.
El señor NAUDON.-
Por eso digo que estamos de acuerdo en eso.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Están de acuerdo con la disposición que el Ejecutivo propone. Sin embargo, por escrúpulos de orden formal, que quisiera desvirtuar, no están dispuestos a votarla favorablemente. La verdad es que no hay ninguna delegación, directa ni indirecta, de facultades. La legislación sobre el 5%, como ocurre en muchas materias de carácter Habitacional, es demasiado frondosa y desperdigada como para que hubiera podido proponerse aquí la modificación de cada una de las disposiciones que inciden en la materia. Por eso mismo, se ha propuesto, aprovechando esta oportunidad, dar imperio al Presidente de la República para refundir en un texto único de ley, todas las disposiciones aprobadas sobre la materia, coordinando y sistematizando su redacción, sin alterar su sentido; y para establecer su articulado, fijando su ubicación. Incluso, se dan ciertas normas a las cuales debe atenerse, que son, precisamente, las que encierran la nueva política respecto del rendimiento del 5% materia en la que no hay, podríamos decir, ningún desacuerdo radical entre lo que el Gobierno está proponiendo y lo que ha declarado el Partido Radical a través de sus persone-ros autorizados y sus documentos oficiales.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas tenemos, indudablemente, la misma preocupación a que se ha referido el colega señor Naudon. Por eso, hemos analizado con mucho cuidado el carácter delegatorio de facultades que tiene, formalmente, la redacción de este artículo.
Pero, habiendo llegado a la conclusión de que, en esta materia, toda disposición es útil en cuanto ella signifique aunque sólo sea la posibilidad de un mejoramiento de las disposiciones vigentes, a fin de evitar abusos y permitir que haya una utilización social para los fines a que están destinados los recursos provenientes de este 5%, votaremos favorablemente esta disposición.
El señor NAUDON.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NAUDON.-
Señor Presidente, voy a referirme brevemente a lo dicho por el señor Ministro. Celebro, desde luego, que él esté tan interiorizado en los estudios y acuerdos de nuestra última Convención.
La diferencia que existe entre lo que se va a despachar aquí y los acuerdos de la Convención del Partido Radical consiste en que estos últimos fueron el producto del estudio hecho por comisiones técnicas, fruto de un amplio debate en ellas durante la convención misma y, después, de la discusión de las resoluciones propuestas en dicho torneo, al cual asistió un número considerable de convencionales. Acá se nos trae algo que solamente podemos aceptar o rechazar, sin que podamos introducirle modificación alguna.
Y no es solamente esta materia la que la Democracia Cristiana conoce, dentro de los informes técnicos aprobados por la Convención de nuestro partido. Si nosotros leemos el Plan de Desarrollo por la Vía no Capitalista, que es posterior cronológicamente a los acuerdos de nuestra Convención, encontraremos una identidad de conceptos y de redacción que llama la atención. Pero estamos orgullosos de que nuestras fuentes sean consultadas y sirvan de ejemplo, muchas veces, a los programas con los cuales se pretende rectificar una política mala.
Quiero referirme a algo específicamente, para reforzar mi tesis anterior. Estas facultades que se clan al Presidente de la República no están circunscritas a la refundición de la legislación, sino destinadas, además, a introducirle modificaciones. Si leemos, por ejemplo., la letra a) del artículo nuevo propuesto en la observación, que dice "Incluir entre los obligados al pago del impuesto a las sociedades cuyo objeto social sea exclusivamente construir por cuenta propia o ajena viviendas económicas o campesinas...", veremos que ésta es una facultad que alterará el régimen impositivo existente.
En su letra b) se faculta al Presidente de la República, no para refundir textos legales, sino para "establecer para qué efectos constituye impuesto a la renta la obligación del pago del impuesto de 4% y 5% sobre las utilidades".
En la letra c) se faculta al Presidente de la República para "establecer un procedimiento que permita al Presidente de la República aumentar la tasa del impuesto sobre las utilidades hasta el 7%, en cualquiera de las formas de cumplir esta obligación o vías de imputación o liberación del tributo, o disminuirla hasta el 5% de las mismas utilidades...".
Todas éstas son facultades específicamente de tipo legislativo, que, al serle concedidas al Presidente de la República, involucran una delegación ele facultades.
Así, si examinamos la letra siguiente, veremos que se están concediendo facultades de tipo legislativo al Presidente de la República, para que modifique, altere y complemente un sistema impositivo. Nosotros estamos de acuerdo en que ello se haga, como lo ha dicho muy bien el señor Ministro; pero no por esta vía, sino como debe hacerse, de acuerdo con nuestra organización institucional y democrática: a través de un proyecto de ley, y no sorpresivamente por un veto aditivo, que en esta parte excede a toda tolerancia.
Nada más, señor Presidente.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, los socialistas votaremos favorablemente esta observación, aun cuando ella concede facultades realmente extraordinarias al Presidente de la República, porque deseamos que, de cualquier forma, se modifique la disposición vigente.
Hay industriales que aprovechan este impuesto aplicándolo a sociedades constructoras de las cuales son socios y en las que obtienen otras ganancias.
También quisiéramos que se aprobara un proyecto que hemos presentado, en el cual se establece que las casas que se construyan con este 5% que las industrias depositan, sean vendidas obligatoriamente a sus empleados y obreros.
Esperamos que este proyecto se aprueba, porque es la única manera de que esta gente, que es arrendataria, pueda llegar a tener su título de dominio sobre las viviendas eme le proporcionan las industrias.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, la apreciación del señor Naudon acerca del método poco democrático que, a su juicio, se ha usado, no corresponde a ¡a realidad, porque está perfectamente establecida la aplicación del veto aditivo para este tipo de disposiciones.
Además, en la facultad que se le otorga al Presidente de la República para refundir en un solo texto todas las disposiciones que actualmente están desperdigadas, se le especifican las cosas que debe hacer y las medidas que ha de adoptar, lo que, de hecho, significa que no podrá realizar o tomar otras. En las disposiciones incluidas en las letras a) a f), se le indica exactamente el sentido de las modificaciones que deseamos hacer y con las cuales el Partido Radical está de acuerdo.
De manera que, en el fondo, esta facultad es incluso más restrictiva que las otorgadas en ocasiones anteriores para refundir y sistematizar disposiciones sobre cualquier otra materia.
Por otra parte, no puede constituir sorpresa para el Partido Radical lo que aquí se plantea. Sabemos, como sus mismos parlamentarios lo señalan y nosotros hemos reconocido, que han estudiado esta materia. De consiguiente, tienen criterio formado al respecto. Si coinciden con nosotros respecto de lo planteado por el Ejecutivo, no les debe costar gran esfuerzo, evidentemente, compatibilizar su pensamiento con las diversas disposiciones. No hay tal sorpresa para los parlamentarios radicales.
Por otra parte, la alegría del señor Naudon, porque, a su entender, hemos acogido las ideas que ellos pretenden aplicar en esta materia, de modo que habríamos tenido como fuente los acuerdos de la Convención del Partido Radical, es una satisfacción un poco extraña. En efecto, todo el mundo conoce que, desde hace cerca de dos años, el Partido Demócrata Cristiano, conjuntamente con el Gobierno, ha estado estudiando la manera de modificar las disposiciones que afectan al 5%, y esto se expresa en el informe de la Comisión Política y Técnica, aprobado por unanimidad en la última Junta Nacional del Partido. No se trata de algo discutido y analizado en tan breve tiempo como que haya habido que recurrir al Partido Radical. Son ideas anteriores que han sido estudiadas, en conjunto, por el Gobierno y el partido, lo que explica que se proponga este artículo.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas ya hemos expresado nuestro acuerdo con este artículo. Creemos absolutamente lógico que hayan surgido iniciativas de diversos sectores. La Convención del Partido Radical, con bastante seriedad, analizó profundamente este problema; él se ha planteado en el último informe de la Democracia Cristiana, y el Ejecutivo también lo hace a través de esta iniciativa. Los Diputados comunistas venimos denunciando, desde su vigencia, el carácter extraordinariamente peligroso del decreto con fuerza de ley Nº 285, de 1953 y todo aquello que tiene de irregular. ¿De qué se trata? De que hay un problema que preocupa a muy amplios sectores.
Ahora bien, queremos hacer notar que, dentro de lo que el señor Ministro ha declarado, de que en materia de franquicias el Gobierno tiene el criterio de sólo llegar hasta lo que aquí propone, no creemos incluido algo que nada tiene que ver con ellas, y es aquello a que se refería la colega señora Allende.
Ella hacía notar la necesidad de perfeccionar las disposiciones del decreto con fuerza de ley Nº 285, en el sentido de establecer un sistema eficiente que permita, sin las dificultades actuales, que los obreros y empleados del área industrial puedan llegar a tener la propiedad de las viviendas que se han construido mediante este mecanismo del 5% de las utilidades, destinado, en general, a esos fines, y establecido en el decreto con fuerza de ley mencionado. Estimamos esto de la mayor importancia...
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el primer tiempo que le había concedido el Comité del Partido Socialista. Su Señoría puede continuar en el tiempo que le ha cedido nuevamente el mismo Comité, hasta por seis minutos.
El señor MILLAS.-
Muchas gracias.
Decía que consideramos indispensable ir también a una legislación sobre esta materia. Creo que, en este sentido, no alcanzan las limitaciones a que se ha referido el señor Ministro, porque el deseo nuestro es que, efectivamente, exista una legislación, y creemos que puede haber ambiente general para obtenerla. Sobre esta materia, hay un proyecto presentado por Diputados socialistas y otro patrocinado por Diputados democratacristianos, entre ellos el señor Ruiz-Esquide, presente en la Sala.
Nosotros estimarnos necesaria una legislación sobre el particular; y, por el momento, nos parece de importancia que las facultades que se otorgan al Presidente de la República estén enmarcadas en los términos propuestos en el artículo en debate; que se trate, simplemente, sin alterar su sentido, de codificar las disposiciones vigentes e introducir en ellas determinadas disposiciones concretas. Entre estas atribuciones, es cierto, va a permanecer el hecho de que el Presidente de la República pueda, con flexibilidad, manejar, como establece la letra c), ciertos márgenes en relación a los porcentajes de utilidad que se deben aplicar, según la empresa respectiva y las circunstancias. En general, que se trate de establecer un tope, de que siquiera sólo hasta el 31 de diciembre de 1968 pudiera producirse el escándalo actual de que se destinen fondos del 5% para ser invertidos en sociedades de capitales que venden, con evidente especulación, viviendas destinadas a obreros o a empleados; y que solo por cuatro años, desde la vigencia de la ley, se pueda aplicar esto en los términos que establece la letra d).
Nos parece que esta limitación es de un plazo exageradamente dilatado. Conocemos los criterios que el Gobierno ha barajado en cuanto a contratos suscritos, sus planes ya en realización, etcétera. Aunque discrepamos con el Ejecutivo en cuanto al margen de esa autorización, consideramos siquiera un paso adelante el establecer estos plazos definitivos para conseguir que, al término de ellos, termine el escándalo que ha regido sobre esta materia.
He dicho.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor HAMILTON (Ministro de la Vivienda y Urbanismo).-
La verdad es que el Gobierno había entendido el problema del mismo modo en que lo ha planteado el señor Millas, porque pretende mantener inalterables las medidas que dependen del Ejecutivo en cuanto a las franquicias de que gozan actualmente las inversiones en viviendas. Pero esto no tiene nada que ver con la aplicación del impuesto de un 5%, que no es inversión privada, sino recursos públicos que han estado sirviendo de capital en manos de particulares.
Precisamente a través de la facultad de la letra c) del artículo en discusión, el Presidente de la República orientará este impuesto hacia la personalización; de manera que, mediante el incentivo, sea la tasa de impuesto más baja aplicable en aquellos casos en que realmente las viviendas vayan destinadas al obrero o al empleado y de aquellos empresarios obligados al pago de impuestos. Este, que fue el espíritu inicial de la ley, dictada en tiempos de don Juan Antonio Ríos, se fue perdiendo a lo largo del tiempo en sucesivas modificaciones, hasta llegar a lo que el señor Diputado ha criticado con tanta razón, a mi juicio, en materia de la captación de este impuesto por parte de sociedades particulares; con fondos públicos, se ha producido una capitalización extraordinariamente grande, como que algunas de ellas tienen capitales varias veces superiores a los bancos.
Por lo tanto, lo que el señor Diputado planteaba está dentro de la línea de propósitos que el Gobierno ha seguido sobre esta materia.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos; por la negativa, 7 votos.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Aprobado el vigésimo cuarto de los artículos nuevos.
En discusión el vigésimo quinto de los artículos nuevos.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas votaremos favorablemente este artículo nuevo. Al respecto, yo había presentado, en representación de mi partido, un proyecto de ley que se encuentra pendiente en la Comisión Especial de la Vivienda para su aprobación posterior por la Honorable Cámara. Se trata de un criterio sustentado por unanimidad por los Regidores de la Municipalidad de La Reina.
La verdad es que el proyecto que sobre la misma materia, oportunamente presentamos los cinco Diputados del tercer distrito y que autorizaba a la Municipalidad de La Reina, de acuerdo con lo dispuesto por la ley Nº 16.368, para constituir una población, fue modificado en el Senado en el sentido de obligarla a entregar una lista, un Registro de Pobladores Inestables, el cual se elaboró con demasiada premura. Es efectivo que algunos pobladores están contemplados en él dos veces, a través de diversos familiares; es efectivo que quedaron algunas poblaciones sin ser consideradas; y es efectivo también que algunas personas han renunciado a su derecho.
Por eso, al margen de consideraciones políticas, en la Municipalidad de La Reina ha habido un criterio unánime para plantear el sistema que yo propuse primero como proyecto y que ahora se incluye en este artículo.
Lo establecido en el inciso final de esta disposición, en cuanto a que los acuerdos de esa Municipalidad sobre esta materia deberán ser adoptados con el quórum, a lo menos, de los tres cuartos de los Regidores en ejercicio significa que no sólo el partido de mayoría en esa Corporación, que es el partido ele gobierno, resolverá sobre el particular, sino que los acuerdos serán generales. Esto demuestra la seriedad con que la Municipalidad de La Reina ha abordado el problema.
Por estas razones y, además, por habérnoslo solicitado los pobladores de la comuna, votaremos favorablemente este artículo. Nos complace que el hecho de incluir esta disposición en el proyecto por la vía del veto aditivo permita que haya pronto ley sobre la materia.
He dicho.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado,
En discusión el vigésimo sexto de los artículos nuevos.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Terminada la discusión de las observaciones del Ejecutivo a este proyecto.
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