REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA. Sesión 9ª, en martes 24 de octubre de 1967 (Especial: de 11 a 13.10 horas) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES LORCA, DON ALFREDO Y STARK SECRETARIO SUBROGANTE, EL SEÑOR KAEMPFE; PROSECRETARIO SUBROGANTE EL SEÑOR LARRAIN INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Suplementación del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.- Preferencia para tratar las insistencias del Senado. . . . 830 2.- Calificación de urgencia 830 3.- La Cámara se pronuncia respecto de las observaciones del Ejecutivo al proyecto que beneficia a las familias de dos voluntarios de Obras Públicas 831 4.- La Cámara se pronuncia respecto de las observaciones del Ejecutivo al proyecto que beneficia a las familias de dos voluntarios de la Patrulla de Combate de Incendios de Bosques de San Francisco de Mostazal, fallecidos en actos de servicio - 834 5.- Se aprueba la proposición de la Mesa para destinar tiempo para rendir homenaje a don Bernardo O'Higgins y a don Pedro Aguirre Cerda 840 6.- La Cámara despacha las observaciones del Ejecutivo al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Olmué para contratar empréstitos 840 7.- Preferencia para tratar tres proyectos.- Prórroga de la Sesión. 8.- La Cámara se pronuncia respecto de las observaciones del Ejecutivo al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Ovalle, provincia de Coquimbo, para contratar empréstitos 844 9.- La Cámara se ocupa de las observaciones del Ejecutivo al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Río Bueno para contratar empréstitos 848 10.- La Cámara se pronuncia respecto de las modificaciones del Senado, en tercer trámite constitucional, al proyecto que destina recursos para financiar determinados pasajes entre Santiago y Punta Arenas 851 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS. 1.- Oficio de S. E. el Presidente de la República con el que hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea el Colegio de Capitanes y Pilotos de la Marina Mercante Nacional 820 2.- Oficio de S. E. el Presidente de la República con el que incluye en la actual legislatura extraordinaria de sesiones el proyecto de ley que reforma la ley Orgánica del Banco Central y la Ley General de Bancos 820 3/19.- Oficios de S. E. el Presidente de la República con los que formula observaciones a los proyectos de ley, despachados por el Congreso Nacional, que benefician a diversas personas 820 20.- Oficio del Senado con el que manifiesta haber insistido en la aprobación de alguna de las modificaciones que introdujera al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, que esta Cámara había rechazado 821 21.- Oficio del Senado con el que devuelve aprobado con modificaciones el proyecto de ley que consulta recursos para financiar el pago de determinados pasajes aéreos liberados entre Santiago y Punta Arenas 821 22/23.- Oficios del señor Ministro del Interior, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se expresan: Del señor Cademártori, causales de la cancelación del contrato del trabajo del obrero, de la Dirección de Obras Públicas, Pedro Copier Oltmans 823 Del señor Castilla, dotación de vehículos para la Prefectura de Carabineros de Linares 824 24/25.- Oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, relativos a las materias que se señalan: 824 26/28.- Oficios del señor Ministro de Hacienda, con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, respecto de las materias que se indican: Del señor Acuña, creación de una Oficina del Banco del Estado en la localidad de Puerto Octay 826 Del señor Ochagavía, medidas en beneficio de la comuna de Puerto Natales 826 Del señor Valente, problema crediticio que afecta al departamento de Iquique 827 29/30.- Oficios del señor Ministro de Agricultura, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, acerca de las materias que se mencionan: Del señor Rosselot, problemas que afectan a los pequeños agricultores de Angol 827 Del señor Tejeda, despido de campesinos del fundo El Alamo, de Mulchén 828 31/32.- Oficios del señor Ministro de Tierras y Colonización, con los que da respuesta a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, referentes a las materias que se expresan: Del señor Olave, entrega de títulos de dominio a los componentes de la Comunidad José Manuel Antillanca 828 Del señor Valente, situación de determinados predios de la ciudad de Iquique que aparecen inscritos a nombre de don César Picasso 829 33/34.- Oficios del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, con los que se refiere a los que se le dirigieron, en nombre del señor Valente, sobre las siguientes materias: Llamado a propuestas para construcción del nuevo edificio de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, en Iquique 829 Cumplimiento del acta de avenimiento por parte de la Empresa Pesquera INDU S. A 829 Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Aguilera C., María Inés Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Ansieta N., Alfonso Arancibia C., Mario Aravena C., Jorge Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel (Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso C., Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José T. Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Correa M., Silvia Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Escorza O., José Dgo. Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Galleguillos C., Víctor Garay F., Félix Garcés F., Carlos Giannini I., Osvaldo González M., Víctor Guajardo G., Ernesto Hamuy B., Mario Ibáñez V., Jorge Iglesias C., Ernesto Isla H., José Manuel Jaque A., Duberildo Jaramillo B., Alberto Jarpa V., Miguel Koenig C., Eduardo Lacoste N., Graciela Lavandero I., Jorge Lazo C., Carmen Lorca R., Gustavo Lorenzini G., Emilio Maira A., Luis Maluenda C., María Marín M., Gladys Martín M., Luis Melo P., Galvarino Millas C., Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Montt M., Julio Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Olivares S., Héctor Palestro R., Mario Paluz R., Margarita Papic R., Luis Pareto G., Luis Parra A., Bosco Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Retamal C., Blanca Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernanda Stark T., Pedro Tejeda O., Luis Téllez S., Héctor Torres P., Mario Tuma M., Juan Valdés P., Arturo Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Videla E., Pedro Zorrilla C., Enrique El Secretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo y el señor Larraín Errázuriz, don J. Luis. Asistió el señor Ministro de la Vivienda. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. Las actas de las sesiones 2ª, 3ª y 4ª, extraordinarias, celebradas en martes 10 del presente, la primera, y en miércoles 11 las dos siguientes, de 16 a 19.30, de 11 a 12.59 y de 16 a 19.30 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados. CUENTA. Se dio cuenta de: 1°.- Nueve oficios de Su Excelencia el Presidente de la República: Con los dos primeros hace presente la urgencia para el despacho de los siguientes asuntos legislativos: Observaciones formuladas al proyecto de ley que consulta normas sobre saneamiento de títulos de dominio y urbanización de poblaciones en situación irregular, y Modificaciones del Senado al proyecto que enmienda el D.F.L. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas. -Quedaron en Tabla para los efectos de calificar las urgencias solicitadas. Posteriormente, calificadas éstas de "suma" y de "simple" se mandaron agregar a los antecedentes de los 'proyectos en Tabla.Con los dos siguientes incluye en la actual legislatura extraordinaria de sesiones, los proyectos de ley que se indican : El que crea la comuna-subdálegación de Teodoro Schmidt en el departamento de Imperial, y El que faculta al Presidente de la República para suscribir la cuota de aumento de capital exigible del Banco Intera- mericano de Desarrollo. -Se mandaron tener presente y archivar el primero y agregar a los antecedentes del proyecto en Comisión de Hacienda, el segundo. Con los cinco restantes formula observaciones a los proyectos de ley, despachados por el Congreso Nacional, que benefician a las siguientes personas: Alvarado vda. de Aránguiz, Elisa. Araya Castellanos, Carlos. Barrientos Pacheco, Carolina. Bustamante de Lara, María. Calixto Paredes, Clodomiro. Chávez vda. de Moraga, Célica del Carmen. Cofré Torres, Juan. Cavieres Contreras, Juan de Dios. Calderón González, Ester. Díaz vda. de González C., Rebeca. Díaz Santana, Laura. Escobar Díaz, Hermigido. Esbir vda. de Reyes, Carmen. Escácate Valdés vda. de Bustamante, Regina. Foncea vda. de Camus, Julia y otra. Flores González, Sara. Gallegos Hidalgo, Leoncio. González Toloza, Armandina. Garrido Pereira, María Alicia. Garrido Merino, Edgardo. Guerrero vda. de Higuera, Amanda. Garrido Benavides, Ernestina. Herrera Herrera, Rosa. Hidalgo Osorio vda. de Retes, Marina. Jordán Donoso, Teresa. Jiménez Soto vda. de Quiroga, Amelia. León Gómez, Helia. Lara Rivas, Luis. Lazcano Lucero, Jerónimo. Mandiola Flores, Fermín. Mella Matamala, Marcedonio. Merino Cerda, José. Mannarelli Soto, Lucía. Muñoz Gaete, Marta y Adela. Montoya Bassaloti, María Graciela. Mora Echague, Lilia. Manso Manso, Bernardo. Meléndez vda. de Méndez, Teresa. Maldonado Fuentes, Benericio. Morel vda. de Campos, Erna. Mayo Iván. Martel Martel, Víctor. Mena Peña, María Loreto. Osorio Silva, Leonor. Paredes Hernández, Victoria. Poblete vda. de Candía, Elena. Paredes Barrientos, Eloísa. Poblete Ortiz, Arístides. Quintanilla Henríquez, Ladislao. Reyes vda. de Casanova, Teofista. Reyes Molina vda. de Villegas, Rebeca. Reeves vda. de Henríquez, Rebeca. Rivera Gazmuri, Lucresia. Rivas Farías, Olga Mercedes. Ruiz Contador vda. de Cortés, Hilda. Romero Cancino, Alberto y otro. Robles Fernández, Rafael Arcángel. . Riveros vda. de Rubio, Inés. Santibáñez vda. de Carvajal, Constanza Gabriela. Sepúlveda Aguilera, Rosimberto. San Martín Fuentes, Ricardo. Santibáñez, Augusto. Sepúlveda Bertini, Isabel Géorgina. Soto Ramírez, Juan Domingo. Sepúlveda vda. de Benítez, Margarita. Urbina Fuentes, Luis Alberto. Valenzuela vda. de Ravanal, Graciela. Zamudio Silva, Evaristo Hernán. 2°.- Veintisiete oficios del Honorable Senado: Con el primero, comunica haber insistido en la aprobación de las modificaciones que introdujera al proyecto de ley que modifica la estructura orgánica de la Dirección de Aeronáutica, que esta Cámara había rechazado.Con el segundo, manifiesta haber insistido en algunas de las modificaciones que introdujera al proyecto de ley sobre consolidación de deudas tributarias y que esta Cámara había rechazado y respecto de las restantes modificaciones comunica no haber insistido. -Quedaron en Tabla. Con el tercero, expresa que ha accedido a lo solicitado por esta Cámara en el sentido de considerar aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera esta Corporación, el proyecto de ley que concede recursos al Centro de Atención Médica Rural de Peralillo y al Hospital de Chimbarongo, por existir un error de referencia respecto de la ley Nº 16.528 que debe entenderse hecha a la ley Nº 16.582. -Se mandó comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República el proyecto de ley respectivo y archivar los antecedentes. Con los veintitrés restantes remite aprobados los proyectos de ley que benefician a las siguientes personas: Acuña Reyes, Eduardo. Ahumada Anguita, Sara y Teresa. Alvarado Vásquez, René. Andrés Jiménez, Juan Bautista. Crisóstomo Montecinos, Rosa Elcira. Chirimeo Asalgado, Rosario y Aurelia. Espejo Pando, Felicinda. Fernández Cruz, Irma Graciela. Claudina Grozdanic, Mateo. González Bravo, Baltazar. González vda. de Pinto, Marta. López Reverdito, Raúl Pereda Lucero, Electo. Quiroga vda. de Gajardo, Julia. Rodríguez de la Maza, Carmela y otro. Rojas Castillo, Manuel. Romero González, Rafael. Romero Sepúlveda, Renato. Salas Olivares, Werner. Sandoval Vargas, Luis. Varela P., Pabla Elvira e hija. Vidal González, Olinda. Villarroel vda. de Chávez, Teresa. -Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. 3°.- Dos oficios del señor Ministro del Interior, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se señalan: Del señor Cardemil, vigilancia policial en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Viña del Mar, y Del señor Fuenzalida, destinación de vehículos motorizados para las Tenencias de Carabineros de Licantén, Vichuquén, Los Niches y Los Queñes. 4°.- Tres oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con los que da respesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, relativos a las materias que se mencionan: Del señor Garcés, extensión del servicio de automotores que unen las ciudades de Santiago y San Fernando, hasta Cu- ricó. Del señor Rosselot, destinación de un guardavías para el cruce ferroviario que existe en la ruta de acceso a la localidad de Traiguén, y De los señores Ochagavía, Morales, don Raúl, Lorca, don Alfredo, Sotomayor y Buzeta, conveniencia de que la Industria Azucarera Nacional S. A. deje sin efecto la resolución por la cual pone término a sus actividades en la provincia de Chiloé. 5°.- Un oficio del señor Ministro de Educación Pública, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Pareto, respecto de las razones por las cuales las pruebas de aptitud académica rendidas durante el presente año por alumnos que no ingresaron a la Universidad, no serían válidas para el año 1968. 6°.- Un oficio del señor Ministro de Defensa Nacional, con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Ochagavía, acerca de la conveniencia de que la Dirección de Deportes del Estado considere la posibilidad de otorgar subvenciones extraordinarias a los clubes e instituciones deportivas de la ciudad de Puerto Natales, para que construyan gimnasios cubiertos. -Quedaron a disposición de los señores Diputados. 7°.- Cinco oficios del señor Ministro de Agricultura: Con el primero solicita permiso constitucional para ausentarse del país desde el 26 de octubre en curso hasta el 15 de diciembre próximo, con el objeto de concurrir al 14º Período de Sesiones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, y al 49º Período de Sesiones del Consejo de la citada Organización, que se celebrarán en Roma, a partir del 30 del mes en curso. -Quedó en Tabla. Con los dos restantes, da respesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, relacionados con las materias que se señalan: De la señora Lazo, razones por las cuales no se habría otorgado a los pequeños agricultores ayuda técnica y crediticia con cargo a un préstamo que, para tal efecto, habría proporcionado al país el Banco Interamericano de Desarrollo, y Del señor Ochagavía, adopción de medidas tendientes a que el Instituto de Desarrollo Agropecuario provea de cuotas de abonos a su Oficina ubicada en la provincia de Chiloé. 8°.- Cuatro oficios del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social: Con el primero, se refiere al que se le remitió, en nombre de la Cámara, sobre la situación laboral que afectó al Banco de Londres y América del Sud. Con los tres siguiente, contesta los que se le enviaron, en nombre del señor Valente, relativos a las siguientes materias : Situación de los diversos sindicatos industriales y profesionales de las empresas pesqueras en relación con el plan de integración programado por la Corporación de Fomento de la Producción, y Incumplimiento de la industria Nissan Motor Chile S. A., a las instrucciones impartidas por la Inspección Departamental de Arica, respecto del pago del 10% de participación en las utilidades de la empresa, y Con el último, de respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Carvajal y de los señores Diputados pertenecientes a los Comités Parlamentarios de los Partidos Comunista y Socialista, respecto de los conflictos campesinos que afectan a las provincias de Coquimbo, Curicó y Talca. 9°.- Un oficio del señor Ministro de Salud Pública, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Iglesias, acerca de las propiedades urbanas y rurales que posee el Servicio Nacional de Salud. 10.- Tres oficios del señor Contralor Genera] de la República, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, relacionados con las materias que se expresan : Del señor Millas, situación de los obreros de la Municipalidad de La Reina, que fueron incorporados a la planta el 1º de enero de 1965. Del señor Olave, razones por las que la Dirección del Trabajo habría suspendido la aplicación del dictamen 7.316, de 1966, relacionado con el derecho de los obreros que laboraron en la demolición de la ex usina electro-metalúrgica de Corral, y De las señoras Allende, Lazo, y de los señores Werner, Osorio, Acuña y de los señores Diputados pertenecientes a los Comités Parlamentarios de los Partidos Socialista, Radical, Comunista y Demócrata Cristiano, irregularidades que se habrían producido en el Ministerio de Obras Públicas. -Quedaron a disposición de los señores Diputados. 11.- Tres mociones con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley: El señor Penna, que establece medidas de fomento y desarrollo de la minería del oro. -Se mandó a la Comisión de Minería. El señor Clavel, que libera de todo gravamen la internación de un equipo resu- citador para el tratamiento de las enfermedades al corazón destinado al Hospital Regional de Antofagasta. -Se mandó a la Comisión de Hacienda. El señor Lorca, don Alfredo, que abona tiempo a don José Raúl Pantoja Pérez. -Se mandó a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares. 12.- Tres comunicaciones: Con la primera, el Diputado señor Sanhueza manifiesta que se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días. Con la segunda, la Cámara del Senado de la República de Nicaragua agradece el homenaje rendido por esta Corporación con motivo del 146 Aniversario de la Independencia de ese país. Con la última, la Junta de Adelanto de Arica se refiere al proyecto de ley que concede beneficios a los adquirentes de viviendas de diversas poblaciones de la ciudad de Arica. -Se mandaron tener presente y archivar. CALIFICACION DE URGENCIAS. A proposición del señor Isla, (Presidente accidental), se acordó calificar de "suma" la urgencia hecha presente por Su Excelencia el Presidente de la República para el despacho de las observaciones formuladas al proyecto de ley que consulta normas sobre saneamiento de títulos de dominio y urbanización de poblaciones en situación irregular; y de "simple" la urgencia hecha presente para el despacho de las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto que enmienda el D.F.L. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas. RECLAMACION CONTRA LA CONDUCTA DE LA MESA. En conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento, correspondía discutir y votar la reclamación contra la conducta de la Mesa, interpuesta por el Comité Comunista. Puesta en discusión la reclamación, usó de la palabra el señor Tejeda, para impugnar la conducta de la Mesa, y el señor Ballesteros para apoyarla. Cerrado el debate y puesta en votación, por 55 votos contra 31, resultó rechazada la reclamación. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición del señor Isla (Presidente accidental), en orden a votar, de inmediato, la petición de permiso constitucional para ausentarse del país, formulada por el señor Ministro de Agricultura, con el objeto de concurrir al 14º Período de Sesiones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, y al 49º Período de Sesiones del Consejo de la citada Organización, que se efectuarán en Roma, Italia. Asimismo, por no reunir la unanimidad requerida, no prosperaron las sucesivas proposiciones de la Mesa, en orden a dirigir las notas solicitadas por los señores Millas y Acuña, durante los homenajes que rindieron en la sesión 4ª, a la República Democrática de Alemania y a la República Popular China, respectivamente. Con la venia de la Sala el señor Prosecretario dio lectura a la siguiente proposición, que, posteriormente, se aprobó por unanimidad: 1°.- Tratar en primer lugar del Orden del Día de la presente sesión, como corresponde hacerlo, de acuerdo con el artículo 205 del Reglamento, las insistencias del Senado al proyecto de ley sobre consolidación de deudas tributarias, omitiendo las votaciones secretas que procedan; 2°.- Tratar y dqspachar, a continuación, las insistencias del Senado -que son dos- al proyecto de ley que modifica la estructura orgánica de la Dirección de Aeronáutica; 3°.- Destinar el resto del Orden del Día, que se prorrogará para estos efectos hasta las 21 horas, a considerar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que establece normas sobre saneamiento de títulos y urbanización de poblaciones en situación irregular, conforme a las siguientes modalidades: a) Cada Comité parlamentario podrá disponer de hasta una hora para referirse a cada una o a todas las observaciones, indistintamente, sin perjuicio de los tiempos que puedan ocupar los señores Ministros de Estado que intervengan en el debate; b) Los Comités parlamentarios podrán cederse sus tiempos entre sí, y las interrupciones que se concedan se entenderán hechas con cargo al tiempo de quien las obtenga; c) Quedan omitidas las votaciones secretas que reglamentariamente procedieren ; d) Si al término del Orden del Día de la presetne sesión no se hubiesen despachado todas las observaciones, se continuará el debate en el Orden del Día de la sesión ordinaria de mañana miércoles 18, para lo cual este Orden del Día se entenderá prorrogado por todo el tiempo necesario para despachar las observaciones en este trámite constitucional, conforme al procedimiento señalado; y e) La calificación de "suma" urgencia acordada para el despacho de estas observaciones, conservará su carácter de tal, no obstante la aprobación de esta proposición. 4°.- Los acuerdos anteriores son sin perjuicio de las Horas de Incidentes correspondientes. Pasó a presidir la sesión el señor Lorca, don Alfredo (Presidente). ORDEN DEL DIA. En conformidad con el acuerdo adoptado anteriormente, correspondía, en primer lugar del Orden del Día, considerar las insistencias del Honorable Senado en la aprobación de las modificaciones introducidas por esa Corporación al proyecto de ley sobre consolidación de deudas tributarias de los contribuyentes morosos, que fueron rechazadas por la Cámara de Diputados. Las insistencias en referencia, eran las siguientes: "Artículo 1º -La que consiste en suprimir, en el inciso primero de este artículo, la frase intercalada ".exceptuados solamente los de retención, recargo, difusión o traslación,". -La que tiene por objeto sustituir la frase "tributo, multas, intereses, costas procesales, derechos arancelarios y toda clase de recargos adeudados al 30 de junio de 1967, con adición de los", por la siguiente: "tributo e intereses adeudados al 31 de agosto de 1967, y costas procesales y derechos arancelarios adeudados a la fecha de la consolidación, con adición de los". -La que tiene por finalidad sustituir el punto final del inciso primero por dos puntos y reemplazar la tabla que figura al final de dicho inciso, por la siguiente nueva:Plazo de pago Interés Cuota mensual contado Hasta 12 meses 0,5% 10% Más de 12 meses y hasta 36 meses 1,0% 20% -La que consiste en consultar un inciso segundo nuevo, del siguiente tenor: "Condónanse las multas, sanciones y recargos, que afecten a los contribuyentes por los tributos a que se refiere el inciso anterior." Artículo 2º. -La que tiene por objeto intercalar el siguiente inciso segundo, nuevo, a este artículo: "El inciso anterior se aplicará respecto de los tributos en mora que tengan relación directa con la actividad agrícola". -La que tiene por finalidad sustituir el inciso final de este artículo por el siguiente, nuevo: "Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos calificar la procedencia de la aplicación de este artículo, respecto de los contribuyentes que deseen acogerse a sus disposiciones". Artículo 6º. -La que consiste en sustituirlo por el siguiente : "Artículo 6°.- Los Servicios de Tesorerías, ¡as Empresas del Estado, los organismos autónomos y de administración autónoma, las instituciones samifiscales, instituciones filiales de la Corporación de Fomento de la Producción y, en general, todas las instituciones que forman parte del Estado, anticiparán a sus acreedores, con cargo a los créditos que tengan pendiente y legalmente en condiciones de ser pagados, las sumas necesarias para cancelar los impuestos o contribuciones fiscales que les afecten, exceptuados los de retención, recargo, difusión o traslación. El Ministro de Hacienda girará, dentro del plazo de 30 días de solicitado, a las instituciones u organismos a que se refiere el inciso anterior, con cargo a los aportes presupuestarios que se les concedan en la Ley de Presupuestos de la Nación, las sumas que acreditaren haber pagado en conformidad al inciso anterior". Artículo 11. -La que tiene por objeto reemplazar el inciso único de este artículo, por el siguiente : "Artículo 11.- Los contribuyentes morosos de impuestos y contribuciones que paguen los tributos adeudados al 31 de agosto de 1967 al contado, dentro del plazo de 60 días contado desde la vigencia de esta ley, sólo pagarán el 50% de los intereses devengados a la misma fecha". Artículo 13. -La que tiene por finalidad sustituir, en el inciso primero de este artículo, la expresión "1º y 2º, por la siguiente: "1º, 2º y 11º. -La que consiste en agregar, en el mismo inciso primero, la siguiente frase final: "pero limitando el plazo máximo para pagar la deuda consolidada a 18 meses.", sustituyendo el punto final por una coma. -Las que tienen por objeto consultar los siguientes artículos nuevos: Artículo 15.- Reemplázanse en el artículo 18 de la ley Nº 16.623, de 25 de abril de 1967, las palabras "de la provincia de Valdivia y del departamento de Llanquihue", por "de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue". Artículo 16.- Deróganse los artículos 151 a 154 de la ley Nº 16.617, de 13 de enero de 1967. El Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos del Consejo de Defensa del Estado dependerá en lo sucesivo de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda. Artículo 17.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, contado desde la publicación de esta ley, proceda a reorganizar el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, en conformidad al artículo anterior. En uso de esta facultad podrá fijar las respectivas plantas del personal, dictar un nuevo Estatuto Orgánico y fijar sus atribuciones y deberes. La aplicación de este artículo no podrá significar, en caso alguno, expiración de funciones para el personal en actual servicio ni disminución o supresión de los cargos contemplados en las plantas vigentes del Consejo de Defensa del Estado, ni disminución de las rentas de que goce su personal, ni alteración del lugar de residencia actual del mismo. La fijación de las plantas dispuestas en este artículo, no hará perder a los funcionarios que se encasillen en ellas, los derechos contemplados en los artículos 59 y 60 del D.F.L. Nº 338, de 1960, de que gocen a esa fecha, ni su derecho a jubilar en conformidad al artículo 132 del mismó texto legal, siempre que a la fecha de su respectivo encasillamiento contaren con los requisitos exigidos en el citado artículo. Artículo 18.- El Presidente de la República efectuará el mencionado encasillamiento con los funcionarios en actual servicio de acuerdo con el orden de sus respectivos escalafones. Los funcionarios que en razón de sus promociones deban pasar de la planta administrativa a los cargos de la planta Directiva, Profesional y Técnica, en cargos que no requieren título profesional determinado, se considerarán idóneos, por el solo hecho de encontrarse actualmente en servicio. Si la remuneración asignada al cargo fuere inferior a la que recibe actualmente el funcionario, la diferencia se le pagará por planilla suplementaria o en cualquiera otra forma que determine la Dirección del Presupuesto, y se considerará sueldo para todos los efectos legales. Artículo 19.- Sólo los cargos que queden vacantes una vez ubicada la totalidad del personal en actual servicio a que se refieren los artículos anteriores, podrán proveerse con personas ajenas al Consejo de Defensa del Estado. Artículo 20.- Facúltase, también, al Presidente de la República para modificar el Título V del Libro III del D.F.L. Nº 190, de 1960, sobre Código Tributario, y para regular el porcentaje de recargo por concepto de costas personales en los juicios de cobro de impuestos y demás tributos en mora. Artículo 21.- Los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, con más de 15 años de servicios, tendrán un plazo de 90 días, contado desde la vigencia de la presente ley, para acogerse a los beneficios establecidos en los párrafos 18 al 20 del Título II del D.F.L. Nº 338, de 6 de abril de 1960, en razón de la fusión del mencionado Departamento con la Tesorería General de la República. Para calcular el monto de estos beneficios, se tomarán como base las rentas percibidas por estos funcionarios en el año 1966, y los grados y categorías que les hubieren correspondido por esas rentas en el referido año. Los que no hagan uso de esta disposición no se les aplicará la incompatibilidad del señalado D.F.L. Nº 338, en su artículo 172. Artículo 22.- Reconócese, para todos los efectos legales, el tiempo servido en carácter de ad hoc por los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, a partir de su respectiva designación y siempre que no sean imponentes de ninguna Caja de previsión. El integro de las imposiciones correspondientes será a cargo de los beneficiarios, y se calculará sobre la base de los promedios mensuales de ingresos que en tal calidad hayan percibido en los años respectivos. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas concederá hasta 36 meses de plazo para el pago de las cotizaciones de previsión que resulten de acuerdo al inciso anterior, debiendo otorgar el plazo máximo ante la sola solicitud del interesado. Artículo 41.- Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avda. La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel. La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones" y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores. Artículo 43.- Derógase el artículo 99 de la ley Nº 16.617. Los imponentes deberán enterar, en el plazo de un año, las imposiciones a que no estuvieron afectos durante la vigencia de esta disposición. Artículo 45.- Establécese un nuevo plazo de noventa días para acogerse a los beneficios y derechos establecidos en la ley Nº 16.402, de 23 de diciembre de 1965. Artículo 46.- Amplíase el plazo establecido en los artículos y decretos de las leyes que se señalan: artículo 88, ley Nº 11.860, artículo 10, letra b), ley 11.219 y artículo 17, decreto 1.340 bis, de 6 de agosto de 1930, por los guarismos que se señalan a continuación: de 5 a 20 días, de 10 a 20 días y de 10 a 20 días, respectivamente. Artículo 49.- Reemplázase el artículo 109 de la ley Nº 16.617, de 31 de enero de 1967, por el siguiente: "En el Servicio de Registro Civil e Identificación el ingreso a la última categoría o grado de su planta Directiva, Profesional y Técnica se efectuará con funcionarios de la planta Administrativa a quienes corresponda por orden de escalafón, siempre que posean los títulos profesionales o técnicos requeridos; a falta de éstos, se efectuará por la vía del ascenso, según las normas del Estatuto Administrativo". Artículo 1º. Puestas en discusión las insistencias que incidían en este artículo, usaron de la palabra los señores Basso; Valente, en los tiempos de su primero y su segundo discurso; Momberg, en los tiempos de su primero y su segundo discursos; Tuma; Lavandero, en los tiempos de su primero y su segundo discursos; Sepúlveda, don Eduardo; Rodríguez, don Juan, y Olave, y por la vía de la interrupción, los señores Basso; Momberg; Silva Ulloa; Escorza, y Sotomayor. Oportunamente la Mesa advirtió a la Sala acerca del alcance de las resoluciones de la Cámara respecto de estas insistencias. En conformidad al Reglamento, se solicitó la clausura del debate. Puesta en votación la petición de clausura, resultó aprobada por unanimidad. Puesta en votación la primera de las insistencias, por 24 votos contra 30, se acordó no insistir en el rechazo de la enmienda. Puestas en votación, sucesivamente, las dos insistencias siguientes, por unanimidad, con la abstención de los señores Diputados pertenecientes al Comité Demócrata Cristiano, se acordó no insistir en el rechazo de ellas. Puesta en votación la última insistencia, por 21 votos contra 32, se acordó no insistir en su rechazo. Artículo 2º. Puestas en discusión las insistencias que incidían en este artículo, usó de la palabra el señor Sotomayor. Cerrado el debate y puesta en votación la primera insistencia, por 31 votos contra 32, se acordó no insistir en el rechazo de la enmienda. Puesta en votación la segunda insistencia, por unanimidad se acordó no insistir en su rechazo. Artículo 6º. Sin debate, puesta en votación la insistencia respecto de este artículo, por unanimidad se acordó no insistir en su rechazo. Artículo 11. Sin debate, puesta en votación la insistencia que incidía en este artículo, por unanimidad, con la abstención de los señores Diputados pertenecientes al Comité Demócrata Cristiano, se acordó no insistir en su rechazo. Artículo 13. Puesta en votación, sin debate, la primera insistencia respecto de este artículo, no se reunió quorum reglamentario. Repetida la votación, por la unanimidad de 30 votos, se acordó no insistir en el rechazo de la enmienda. Puesta en votación la segunda insistencia, por unanimidad se acordó no insistir en su rechazo, con la misma votación. Artículo 15, nuevo. Puesta en discusión la insistencia del Senado en consultar este artículo, pasaron de la palabra los señores Acuña y Olave. Cerrado el debate, y puesta en votación, por 10 votos contra 39 se acordó no insistir en su rechazo. Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, nuevos. Puesto en discusión el primero de estos artículos, usaron de la palabra los señores Silva Ulloa y Valente. A proposición del señor Silva Ulloa, por asentimiento tácito, se acordó votar conjuntamente las insistencias del Senado en orden a consultar estos artículos. Cerrado el debate y puestas en votación, por 33 votos contra 20, se acordó no insistir en su rechazo. Artículo 41, nuevo. Sin debate, por unanimidad, se acordó no insistir en el rechazo de la enmienda que consistía en agregar este artículo. Artículo 43, nuevo. Puesta en discusión la insistencia respecto de este artículo, usaron de la palabra los señores Silva Ulloa; Ibáñez; Pa- lestro; Valente; Phillips; Cerda, don Eduardo, en los tiempos de su primero y su segundo discursos; y Fuentes, don Samuel, en los tiempos de su primero y su segundo discursos, y por la vía de la interrupción, el señor Valente. Cerrado el debate, y puesta en votación, por 18 votos contra 36, se acordó no insistir en el rechazo de esta enmienda. Artículo 45, nuevo. Puesta en discusión la insistencia que incidía en este artículo, usó de la palabra el señor Valente. Cerrado el debate, por unamidad, se acordó no insistir en el rechazo de esta modificación. Artículos 46 y 49, nuevos. Sin debate, puestas en votación sucesivamente las insistencias del Senado respecto de estos artículos, por unanimidad se acordó no insistir en el rechazo de estas enmiendas. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en el Congreso Nacional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, que se pusieron en conocimiento del Honorable Senado, se mandó comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República, redactado en los siguientes términos: Proyecto de ley "Artículo 1°.- Los deudores morosos de impuestos y contribuciones fiscales de cualquiera naturaleza, podrán solicitar al Servicio de Tesorerías la consolidación de las deudas que tenían pendientes y vencidas en dicho organismo al 31 de agosto de 1967, dentro del plazo de noventa días a contar desde la fecha de vigencia de la presente ley. Esta consolidación operará separadamente por tipo de impuesto y consistirá en la acumulación del tributo e intereses adeudados al 31 de agosto de 1967, y costas procesales y derechos arancelarios adeudados a la fecha de la consolidación, con adición de los intereses mensuales que a continuación se señalan, de acuerdo con el plazo de pago elegido por el contribuyente, y calculados solamente sobre el impuesto neto adeudado: Plazo de pago Hasta 12 meses Más de 12 meses y hasta 36 meses Condónanse las multas, sanciones y recargos, que efecten a los contribuyentes por los tributos a que se refiere el inciso anterior. Estos intereses especiales comenzarán a devengarse desde el 1º de septiembre de 1967 respecto de los contribuyentes que se acojan a la consolidación. Para hacer éfectiva la consolidación, los contribuyentes deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Cancelar, al contado, como mínimo, la cuota porcentual que en cada caso se ha indicado, calculada sobre la suma total resultante de la consolidación. b) Aceptar, por el saldo, letras de cambio de montos iguales con vencimiento al último día de cada bimestre a partir de la fecha de suscripción de las letras. El monto de cada letra no podrá ser inferior a cien escudos. El Reglamento determinará la clase de documento que se suscribirá en los demás casos. La aceptación de estas letras o documentos no constituirán novación de la obligación tributaria. c) Acreditar, mediante la exhibición de los recibos cancelados, el pago de los impuestos de la misma especie devengados con posterioridad al 31 de agosto de 1967 y pagar oportunamente los que se devenguen con posterioridad a la consolidación y mientras se encuentre pendiente el plazo elegido. La mora en el pago de cualquier período posterior del impuesto incluido en la consolidación y la devolución efectuada por el Banco de cualquiera letra protestada por falta de pago, producirán la pérdida total de los beneficios otorgados por la presente ley, respecto del .saldo insoluto de la deuda. Los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos podrán percibir sus respectivos derechos arancelarios devengados a la fecha de la consolidación, con cargo a la cuota que los contribuyentes cancelen al contado. Artículo 2º - Los contribuyentes del sector agrícola que se acojan a la consolidación de deudas tributarias que esta ley establece, no estarán obligados a cumplir con los requisitos establecidos en la letra a) del artículo 1º de esta ley. En todo caso el plazo para el pago de la primera letra de cambio vencerá el 31 de Marzo de 1968 y las restantes, bimestral- mente, a partir de esta fecha. El inciso anterior se aplicará respecto de los tributos en mora que tengan relación directa con la actividad agrícola. Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos calificar la procedencia de la aplicación de este artículo, respecto de los contribuyentes que deseen acogerse a sus disposiciones. Artículo 3°.- Los contribuyentes que a la fecha de publicación de la presente ley tengan reclamaciones pendientes ante el Servicio de Impuestos Internos, podrán acogerse a las disposiciones de esta ley, para cuyo efecto deberán solicitar el correspondiente giro provisorio. Conocida la sentencia de término de la reclamación, los contribuyentes podrán solicitar la modificación de las letras que se encuentren pendientes de pago, para ajustarías a la nueva liquidación de la deuda consolidada que fuere procedente practicar. Si los pagos ya efectuados fueren superiores al monto total de la nueva liquidación, podrán solicitar la devolución de lo pagado indebidamente o en exceso. Artículo 4°.- Los contribuyentes que a la fecha de la promulgación de la presente ley se encuentren condenados por delitos configurados en el Código Tributario no podrán acogerse a las facilidades que otorga la presente ley. Artículo 5°.- Los contribuyentes que adeuden contribuciones de bienes raíces por propiedades adquiridas a la Corporación de la Vivienda y Junta de Adelanto de Arica y destinadas a la habitación, al 31 de agosto de 1967, estarán exentos del pago de los intereses penales y recargos que se aplican por el atraso en el pago de tales contribuciones siempre que éstas se enteren en Tesorería dentro de ciento ochenta días, a contar desde la fecha de publicación de la presente ley. Condónanse los recargos por excesos de consumo sobre el mínimo de agua potable para las poblaciones de la Corporación de la Vivienda, Servicio de Seguro Social, ex Fundación de Viviendas y Asistencia Social y Junta de Adelanto de Arica, devengados hasta el 31 de agosto de 1967. Asimismo, condónanse los intereses penales, sanciones y multas aplicados por el atraso en el pago de dichas deudas. Artículo 6°.- Los Servicios de Tesorerías, las Empresas del Estado, los organismos autónomos y de Administración autónoma, las instituciones semifiscales, instituciones filiales de la Corporación de Fomento de la Producción, y, en general, todas las instituciones que forman parte del Estado, anticiparán a sus acreedores, con cargo a los créditos que tengan pendientes y legalmente en condiciones de ser pagados, las sumas necesarias para cancelar los impuestos o contribuciones fiscales que les efectúen, exceptuados los de retención, recargo, difusión o traslación. El Ministro de Hacienda girará, dentro del plazo de treinta días de solicitado, a las instituciones u organismos a que se refiere el inciso anterior, con cargo a los aportes presupuestarios que se les concedan en la Ley de Presupuestos de la Nación, las sumas que acreditaren haber pagado en conformidad al inciso anterior. Artículo 7°.- Los intereses especiales establecidos en el artículo 1º no estarán afectos a recargo alguno y las letras que giren los Tesoreros Comunales serán proporcionadas por los contribuyentes y estarán exentas de impuestos, a excepción del timbre fijo. Artículo 8°.- Las letras aceptadas en pago de la deuda consolidada podrán ser entregadas en cobranza al Banco del Estado de Chile, institución que podrá cobrar la comisión mínima establecida para esta clase de operaciones. Artículo 9°.- También podrán acogerse a la consolidación los contribuyentes que tengan convenios suscritos con el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos o Tesorerías. Artículo 10.- Facúltase al Presidente de la República para modificar las normas que rigen la declaración de incobra- bilidad de los impuestos y contribuciones en mora. En uso de esta facultad podrá modificar las causales de incobrabilidad, los mínimos incobrables y el procedimiento establecido respecto de esta materia en el Código Tributario. Artículo 11.- Los contribuyentes morosos de impuestos y contribuciones que paguen los tributos adeudados al 31 de Agosto de 1967 al contado, dentro del plazo de sesenta días contado desde la vigencia de esta ley, sólo pagarán el 50% de los intereses devengados a la misma fecha. Artículo 12.- Dentro del plazo de 30 días después de publicada esta ley, quedarán suspendidos todos los apremios judiciales en contra de los deudores morosos a que se refiere el inciso primero del artículo 1º de esta ley. Artículo 13.- Los deudores morosos por falta de pago de imposiciones a los Institutos de Previsión, podrán celebrar convenios con esas Instituciones en la misma forma y condiciones establecidas en los artículos 1º, 2º y 11 de la presente ley, consolidando las deudas que tuvieren con ellos al 31 de agosto de 1967, pero limitando el plazo máximo para pagar la deuda consolidada a 18 meses. El no cumplimiento de cualquiera de las cuotas, en la fecha fijada en el respectivo convenio, hará efectivo el total de la deuda. La respectiva Institución previsional podrá aplicar las sanciones e intereses penales que correspondan demandando judicialmente al patrón o empleador o reiniciando las acciones judiciales deducidas en contra de ellos, en su caso. Los convenios que se celebren en conformidad al inciso primero no producirán novación de las obligaciones de los empleadores con la respectiva Institución de Previsión. Los personales dependientes de las empresas, entidades o personas que se acojan a lo dispuesto en el inciso primero, gozarán de todos los beneficios que las leyes de previsión respectivas les otorgan. Artículo 14.- Reemplázanse en el artículo 18 de la ley Nº 16.623, de 25 de abril de 1967, las palabras "de la provincia de Valdivia y del Departamento de Llanquihue", por "de la provincia de Valdivia, Osorno y Llanquihue". Artículo 15.- Deróganse los artículos 151 a 154 de la ley Nº 16.617, de 13 de enero de 1967. El Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos del Consejo de Defensa del Estado dependerá en lo sucesivo de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda. Artículo 16.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, contado desde la publicación de esta ley, proceda a reorganizar el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, en conformidad al artículo anterior. En uso de esta facultad podrá fijar las respectivas plantas del personal, dictar un nuevo Estatuto Orgánico; y fijar sus atribuciones y deberes. La aplicación de este artículo no podrá significar, en caso alguno, expiración de funciones para el personal en actual servicio ni disminución o supresión de los cargos contemplados en las plantas vigentes del Consejo de Defensa del Estado, ni disminución de las rentas de que goce su personal, ni alteración del lugar de residencia actual del mismo. La fijación de las plantas dispuestas en este artículo, no hará perder a los funcionarios que se encasillen en ellas, los derechos contemplados en los artículos 59 y 60 del D. F. L. Nº 338, de 1960, de que gocen a esa fecha, ni su derecho a jubilar en conformidad al artículo 132 del mismo texto legal, siempre que a la fecha de su respectivo encasillamiento contaren con los requisitos exigidos en el citado artículo. Artículo 17.- El Presidente de la República efectuará el mencionado encasillamiento con los funcionarios en actual servicio, de acuerdo con el orden de sus respectivos escalafones. Los funcionarios que en razón de sus promociones deban pasar de la planta administrativa a los cargos de la Planta Directiva, Profesional y Técnica, en cargos que no requieren título profesional determinado, se considerarán idóneos, por el solo hecho de encontrarse actualmente en servicio. Si la remuneración asignada al cargo fuere inferior a la que recibe actualmente el funcionario, la diferencia se le pagará por planilla suplementaria o en cualquiera otra forma que determine la Dirección de Presupuesto, y se considerará sueldo para todos los efectos legales. Artículo 18.- Sólo los cargos que queden vacantes una vez ubicada la totalidad del personal en actual servicio a que se refieren los artículos anteriores, podrán proveerse con personas ajenas al Consejo de Defensa del Estado. Artículo 19.- Facúltase, también, al Presidente de la República para modificar el Título V del Libro III del D.F.L. Nº 190, sobre Código Tributario, y para regular el porcentaje de recargo por concepto de costas personales en los juicios de cobro de impuestos y demás tributos en mora. "Artículo 20.- Los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, con más de 15 años de servicios, tendrán un plazo de 90 días, contado desde la vigencia de la presente ley, para acogerse a los beneficios establecidos en los párrafos 18 al 20 del Título II del D.F.L. Nº 338, de 6 de abril de 1960, en razón de la fusión del mencionado Departamento con la Tesorería General de la República. Para calcular el monto de estos beneficios, se tomará como base las rentas percibidas por estos funcionarios en el año 1966, y los grados y categorías que les hubiere correspondido por esas rentas en el referido año. Los que no hagan uso de esta disposición no se les aplicará la incompatibilidad del señalado D.F.L. Nº 338, en su artículo 172. Artículo 21.- Reconócese, para todos los efectos legales, el tiempo servido en carácter de ad-hoc por los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, a partir de su respectiva designación y siempre que no sean imponentes de ninguna Caja de Previsión. El integro de las imposiciones correspondientes será a cargo de los beneficiarios, y se calculará sobre la base de los promedios mensuales de ingresos que en tal calidad hayan percibido en los años respectivos. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas concederá hasta 36 meses de plazo para el pago de las cotizaciones de previsión que resulten de acuerdo al inciso anterior, debiendo otorgar el plazo máximo ante la sola solicitud del interesado. Artículo 22.- Extiéndese por un año a contar de la fecha de publicación de esta ley el beneficio establecido en el artículo 45 de la ley Nº 16.282, de 28 de julio de 1965, siempre que se trate de la reconstrucción o reparación de inmuebles dañados por los sismos de marzo de 1965. Artículo 23.- Autorízase al Presidente de la República para ordenar la acuñación de monedas de oro y plata de curso legal, fijando su cantidad, peso, ley, valor, tipo y denominación de ellas. Artículo 24.- Agrégase al artículo 78 del D.F.L. Nº 190, de 5 de abril de 1960, sobre Código Tributario, el siguiente inciso tercero: "Cesará, asimismo, la responsabilidad del notario si dentro del plazo de un año a contar desde la fecha de otorgamiento del documento respectivo, no se le hubiere notificado la liquidación de los impuestos que se adeuden." Artículo 25.- Se declara que lo dispuesto por el artículo 10 transitorio de la ley Nº 16.433, reemplazado por el artículo 59 de la ley Nº 16.478, comprende también a los Tesoreros de las Municipalidades de Santiago y Valparaíso. "Artículo 26.- Exímese a las escuelas gratuitas del pago de los impuestos fiscales y municipales que gravan su construcción y de las deudas, fiscales o municipales, de pavimentación. Si con posterioridad se diere a esos inmuebles un destino distinto del indicado deberán enterarse los impuestos o derechos que se hubieren devengado, recargados con el interés bancario correspondiente. Condónanse los impuestos fiscales y municipales que se hayan devengado con ocasión de la construcción de la escuela gratuita "Presidente John F. Kennedy", ubicada en la comuna de La Cisterna del Departamento Presidente Aguirre Cerda y perteneciente a la Sociedad de Instrucción Primaria de Santiago. Artículo 27.- Inrtodúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 16.419: á) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 1° la frase "a una Cuenta del Presupuesto de Entradas de la Nación", por la siguiente: "a una Cuenta Especial de Depósitos que abrirá la Contrataría General de la República.". b) Sustitúyese el inciso tercero, por el siguiente: "Contra la Cuenta de Depósitos a que se refiere el inciso anterior sólo podrá girar el Rector de la Universidad de Chile, para cumplir con los fines establecidos en el artículo 59, hasta concurrencia de los fondos acumulados." "Artículo 28.- Condónanse las deudas contraídas con el Fisco por la Escuela Nº 3 "Santa Teresita", de San Antonio, correspondientes a jos empréstitos que le fueren otorgados por los Decretos del Ministerio de Educación Pública Nºs. 6.189, de 1959; 13.866, de 1959; 906, de 1960; 2.542, de 1960; 4.754, de 1960; 8.627, de 1960 y 2.845, de 1961, como, asimismo, sus intereses, sanciones y multas. El gasto que signifique la aplicación del presente artículo se imputará a los recursos de la ley Nº 11.766, de 30 de diciembre de 1954. Artículo 29.- Concédese un nuevo plazo de 180 días para que los deudores que se encuentren atrasados en el cumplimiento de sus obligaciones con la Corporación de Fomento de la Producción puedan acogerse a lo dispuesto en la letra b) del artículo 186 de la ley Nº 16.640, de 28 de julio de 1967. Artículo 30.- Las exenciones establecidas en el artículo 1º de la ley Nº 16.528 favorecerán también a los servicios que efectúen las empresas navieras chilenas mediante el transporte de carga y pasajeros desde y hacia Chile y entre puertos del exterior. El Presidente de la República, previo informe de la comisión técnica creada por el artículo 59 de la ley Nº 16.528, determinará libremente, por Decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que deberá llevar también la firma del Mi_ nistro de Hacienda, el porcentaje de devolución de los impuestos, contribuciones y derechos que directa o indirectamente graven o afecten los costos del referido transporte cuya exención no opere de pleno derecho. Este porcentaje se aplicará sobre los valores obtenidos por las empresas navieras chilenas al liquidar las divisas correspondientes a los fletes percibidos en moneda extranjera, y no podrá exceder del 30% de los valores obtenidos por la liquidación de las divisas retornadas. El Presidente de la República podrá, en el momento que juzgue conveniente, aumentar el porcentaje fijado. Sólo podrá rebajarlo una vez transcurridos 3 años después de establecido y la reducción entrará en vigencia 180 días después de la dictación del Decreto correspondiente. La devolución a que se hace referencia en los incisos anteriores se hará efectiva mediante la entrega de los certificados de valores divisibles de que trata el artículo 89 de la ley Nº 16.528 y que emitirá el Banco Central de Chile a la orden de la empresa naviera una vez acreditados los respectivos retornos y liquidación de las divisas y considerando sólo los valores obtenidos de la liquidación. Estos certificados podrán ser aplicados por sus tenedores a los fines señalados en el artículo,10 de la misma ley.No obstante lo dispuesto en el inciso tercero, cada seis meses el Presidente de la República podrá disminuir el porcentaje de devolución asignado en conformidad a este artículo, si se comprueba que, durante ese lapso, el tipo de cambio aplicable a la liquidación de las divisas retornadas ha experimentado un aumento superior al índice de precios al por mayor durante el mismo período. En todo caso, la rebaja no podrá ser superior a la diferencia de variación de ambos factores ni al 50% del porcentaje de devolución vigente a esa fecha. Los decretos de disminución, que se dicten por este motivo, llevarán las firmas de los Ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Hacienda y entrarán en vigencia una vez transcurridos 60 días, contados desde su publicación en el "Diario Oficial". Artículo 31.- Los Armadores, Agentes de Naves, Embarcadores u otros similares, nacionales o extranjeros, particulares, fiscales, semifiscales, y los que representen a organismos o instituciones funcionalmente descentralizadas o a Empresas u organismos autónomos del Estado, deberán solicitar el personal de Jefes de Bahía, Jefes de Cubierta, Jefes de Muelles o de Descarga, sus respectivos ayudantes y Tarjadores al Sindicato o Gremio correspondiente, para las faenas de embarque y/o descarga en naves o embarcaciones nacionales o extranjeras, para la recepción, entrega, pesaje y medida de la carga en embarque y/o descarga en los recintos aduaneros, portuarios, muelles mecanizados, malecones particulares, fiscales o semifiscales, en puertos marítimos, fluviales o lacustres. Asimismo, deberán solicitar el personal de Estibadores al Sindicato o Gremio correspondiente, para las faenas de estiba, desestiba, acondicionamiento o movilización de la carga a bordo de las naves de alta mar o especiales, estén éstas a la gira o atracadas a muelles mecanizados, muelles o malecones particulares, fiscales o semifiscales, en puertos marítimos, fluviales o lacustres. Estos personales deberán estar en posesión del comprobante de inscripción en los Registros de Matrículas y Permisos, otorgados por las Oficinas de Contratación de Empleados Marítimos de Bahía, Fluviales y Lacustres y de Trabajadores Marítimos de Bahía, Fluviales y Lacustres, respectivamente, las que llevarán dichos registros. El personal señalado en el inciso primero, contratado a base de sueldo o tarifa por turno, dia-turno o por jornada, de acuerdo con los Convenios Colectivos, Avenimientos o Fallos Arbitrales, tendrá la categoría de Empleado Particular y estará acogido al régimen de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. Artículo 32.- La designación de los personales señalados en el artículo anterior, será efectuada por el correspondiente Inspector designado por el Presidente de la respectiva Oficina de Contratación, de acuerdo con las normas contenidas en el Reglamento General de Trabajo en Bahía. Mientras se dicta el nuevo Reglamento de Matrículas, las Oficinas de Contratación de Trabajadores Marítimos de Bahía, Fluviales y Lacustres y de Empleados Marítimos de Bahía, Fluviales y Lacustres, aplicarán en lo que fuere compatible, el Decreto Supremo Nº 153 (M), de 22 de febrero de 1966, publicado en el Diario Oficial de 11 de marzo de 1966, Reglamento General de Matrícula del Personal de Gente de Mar, Fluvial y Lacustre y se entenderán vigentes las matrículas otorgadas hasta la fecha por la autoridad marítima, las que serán reemplazadas en su oportunidad, respetándose la antigüedad de su primitivo otorgamiento. La realización de las faenas señaladas en el inciso primero del artículo precedente, se entenderá sin perjuicio de las labores propias de los Empleados de Compañías Navieras en Aduana de Valparaíso, definidas en el Anexo Nº 2 del Reglamento General del Trabajo en Bahía, de dicho puerto. Estas últimas funciones que cumplen los Empleados de Compañías Navieras en Aduana, exclusivamente en Valparaíso, se efectuarán separadamente sólo hasta que se produzca la fusión voluntaria del Sindicato Profesional de éstos con el Sindicato Profesional de Empleados de Bahía del mismo puerto, oportunidad en que la realizará el personal fusionado y se entenderá derogado el artículo 12 bis del Decreto Supremo (M) Nº 153, antes señalado. Artículo 33.- Aplícanse las disposiciones señaladas en el inciso tercero del artículo 31, e incisos primero y segundo del artículo 32 a lo dispuesto en la ley Nº 16.372 y a los personales y funciones contempladas en el artículo 13 del D. S. (M) Nº 153. Artículo 34.- Los deudores morosos por concepto de dividendos hipotecarios y los deudores morosos por concepto de anticipos de dividendos de la Corporación de la Vivienda, de la Corporación de Servicios Habitacionales y los imponentes del Servicio de Seguro Social, tendrán derecho a celebrar convenios con dichas instituciones en la misma forma y condiciones establecidas en los artículos 1º y 2º de la presente ley; o en la forma que determinen los respectivos Consejos, consolidando las deudas que aquéllos tuvieren con ellas al 31 de agosto de 1967. Artículo 35.- Reemplázase el inciso final del artículo 125 de la ley Nº 15.575, de 15 de mayo de 1964, por el siguiente: "Los recursos que se obtengan en virtud de lo dispuesto en el inciso primero se depositarán en una cuenta subsidiaria de la Cuenta Unica Fiscal y al término del ejercicio presupuestario no pasarán a rentas generales de la Nación. Sobre esta Cuenta Subsidiaria, que se denominará "Impuesto Aporte Cooperativas Vitivinícolas", sólo podrá girar el Tesorero General de la República para poner los fondos existentes a disposición de la Corporación de Fomento de la Producción, la que los destinará exclusivamente al servicio de los empréstitos que para las cooperativas vitivinícolas contrate en Chile o en el extranjero y si hubiere excedentes para invertirlos directamente en los fines que acuerde con la Federación de Cooperativas Agrícolas Vitivinícolas de Chile. Artículo 36.- Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel. La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores. Artículo 37.- Los acreedores de bonificaciones de abonos podrán obtener en conformidad al artículo 6º de esta ley, anticipos por el total o parte de sus acreencias con el fin de cancelar en los términos allí establecidos sus obligaciones tributarias. Artículo 38.- Derógase el artículo 99 de la ley Nº 16.617. Los imponentes deberán enterar, en el plazo de un año, las imposiciones a que no estuvieron afectos durante la vigencia de esta disposición. Artículo 39.- Las cooperativas de cualquier clase, cuya existencia haya sido aprobada por Decreto Supremo, que en su constitución o en sus reformas estatutarias no hayan cumplido con todas las formalidades legales, podrán hacerlo dentro de los noventa días siguientes a la fecha de vigencia de la presente ley, con lo cual se entenderá saneado el vicio que les afectare. No podrán acogerse a este beneficio las cooperativas contra las cuales se esté tramitando una demanda judicial de nulidad fundada en el incumplimiento de esas formalidades. Artículo 40.- Establécese un nuevo plazo de noventa días para acogerse a los beneficios y derechos establecidos en la ley Nº 16.402, de 23 de diciembre de 1965. Artículo 41.- Amplíase el plazo establecido en los artículos y decretos de las leyes que se señalan: artículo 88 ley Nº 11.860, artículo 10, letra h) ley Nº 11.219 y artículo 17 del Decreto Nº 1.340 bis de 6 de agosto de 1930, por los guarismos que se señalan a continuación: de 5 a 20 días, de 10 a 20 días y de 10 a 20 días, respectivamente. Artículo 42.- Declárase que todas las exenciones o franquicias tributarias de que actualmente goza o en el futuro se concediera a la Empresa de Comercio Agrícola favorecerán, igualmente, a las sociedades en que aquélla tenga o en el futuro tuviere aportes de capital y cuyos otros socios sean exclusivamente instituciones fiscales o semifiscales, empresas del Estado, o Sociedades formadas exclusivamente por éstas. Artículo 43.- Declárase que a la Sociedad Vinos de Chile S. A. "VINEX", mientras sus acciones pertenezcan en su totalidad a instituciones del Estado, le es aplicable la disposición del artículo 34 Nº 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta . Artículo 44.- Reemplázase el artículo 109 de la ley Nº 16.617, de 31 de enero de 1967, por el siguiente: "Artículo 109.- En el Servicio de Registro Civil e Identificación el ingreso a la última categoría o grado de su planta Directiva, Profesional y Técnica se efectuará con funcionarios de la planta Administrativa a quienes corresponda por orden de escalafón, siempre que posean los títulos profesionales o técnicos requeridos, a falta de éstos se efectuará por la vía del ascenso, según las normas del Estatuto Administrativo." Correspondía, a continuación, considerar las insistencias del Honorable Senado en la aprobación de las modificaciones introducidas al proyecto de ley que modifica la estructura orgánica de la Dirección de Aeronáutica, rechazadas por la Cámara de Diputados. Las insistencias en referencia eran las que consistían en suprimir los artículos 35 y 36. Con la venia de la Sala, puestas en discusión conjuntamente, usaron de la palabra los señores Acevedo y Pareto. Cerrado el debate, y puestas en votación, por la unanimidad de 31 votos se acordó insistir en la aprobación de estos artículos. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en el Congreso Nacional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, que se pusieron en conocimiento del Honorable Senado, se mandó comunicar a S. E. el Presidente de la República, redactado en los siguientes términos: Proyecto de ley " TITULO I DE LA DIRECCION DE AERONAUTICA Organización. Artículo 1°.- La Dirección de Aeronáutica será un servicio dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación, cuyas funciones se le asignan en la presente ley y que, para los efectos de lo establecido en el Título III, del Decreto con Fuerza de Ley Nº 47, de 4 de diciembre de 1959, deberá considerarse como un servicio funcionalmente descentralizado. Le corresponderá fundamentalmente la dirección y administración de los Aeródromos Públicos y de los servicios destinados a la ayuda y protección de la navegación aérea. Dependerán de la Dirección de Aeronáutica la Oficina Meteorológica de Chile y la Escuela Técnica Aeronáutica. Artículo 2°.- El cargo de Director de Aeronáutica será desempeñado por un General de la Fuerza Aérea en servicio activo, o por un General o Coronel en retiro de esta Institución. Se requerirá además que el designado por el Presidente de la República esté en posesión del título de Oficial de Estado Mayor o de Ingeniero Aeronáutico, indistintamente. El Jefe de la Oficina Meteorológica de Chile será un especialista perteneciente al Escalafón de Meteorólogos de la Dirección de Aeronáutica. TITULO II Funciones. Artículo 3°.- Corresponderá a la Dirección de Aeronáutica: a) Autorizar el establecimiento y funcionamiento de los aeródromos en el territorio nacional, clasificarlos de acuerdo con su uso y destino y determinar las condiciones de su operación. b) Controlar y fiscalizar los aeródromos públicos y privados y administrar los públicos de dominio fiscal. c) Organizar y controlar el tránsito aéreo en el país. d) Proporcionar servicio de control del tránsito aéreo en los aeródromos públicos de dominio municipal o particular cuando la Junta de Aeronáutica Civil lo determine. e) Construir, operar y mantener las instalaciones y obras anexas de cualquier orden destinadas a servir de ayuda y protección a la navegación aérea, como, también, autorizar su construcción, operación y mantenimiento por terceros. f) Mantener servicios meteorológicos para las operaciones aéreas y otras actividades nacionales. g) Proponer al Presidente de la República, previo informe de la Junta de Aeronáutica Civil, las tasas y derechos que se cobrarán por el uso de los aeródromos públicos de dominio fiscal y aquellos a que se refiere la letra d) y demás servicios e instalaciones destinados a la protección y ayuda de la navegación aérea. h) Proporcionar asesoría técnica a la Dirección de Aeropuertos del Ministerio de Obras Públicas en las construcciones de aeródromos y de sus edificios e instalaciones. i) Otorgar concesiones o celebrar arrendamientos u otra clase de contratos en los aeródromos sometidos a su administración, como, asimismo, en los terrenos que le sean destinados. j) Fiscalizar las actividades de la aviación civil no comercial, así como las escuelas y cursos civiles de aviación, las fábricas y maestranzas de aviación civil pu- diendo dictar las normas reglamentarias para los fines señalados. k) Aprobar los planes de distribución de ios fondos que para el fomento de la aviación civil no comercial otorguen las leyes y supervigilar la distribución de dichos fondos. 1) Informar las solicitudes de concesión de personalidad jurídica a los Clubes Aéreos en el país. m) Llevar el Registro Nacional de Matrícula de Aeronaves, practicar las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y cancelaciones que procedan, y otorgar Jas copias y certificados que se le soliciten. n) Autorizar provisionalmente a las aeronaves que se construyan o adquieran en el extranjero para volar con distintivo chileno desde el lugar de construcción o adquisición hasta un punto determinado en el territorio nacional. ñ) Inspeccionar las aeronaves matriculadas en Chile para determinar sus condiciones y estado para el vuelo; otorgar los correspondientes certificados de aeronave- gabilidad, suspenderlos y cancelarlos; y mantener el registro correspondiente. Podrá también inspeccionar, en la misma forma, las aeronaves extranjeras que operen en Chile. o) Otorgar licencias a todo el personal aeronáutico que, en conformidad a los reglamentos, requiera de ellas; convalidar, cuando proceda, las otorgadas por otros Estados; suspenderlas, cancelarlas y llevar el registro correspondiente. p) Impartir instrucción técnica aeronáutica y otorgar los títulos en las especialidades que determine el respectivo reglamento, pudiendo concertar convenios o acuerdos de carácter educacional con Universidades u otro Instituto de enseñanza profesional o técnica. q) Dictar normas para que la operación de aeronaves se efectúe dentro de los límites de la seguridad aérea. r) Investigar las infracciones a las leyes, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con la navegación aérea, cuya aplicación y control le corresponda y, en especial, los accidentes que ocurran a aeronaves civiles de cualquiera nacionalidad en territorio chileno y los que ocurran a aeronaves chilenas en aguas o territorios no sujetos a otra soberanía; y observar o cooperar en la investigación de accidentes de aeronaves civiles chilenas que se realicen por otros Estados, cuando a éstos les corresponda esa investigación. s) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta de Aeronáutica Civil en lo que se refiere a las operaciones aéreas que se realicen. t) Proponer o tomar, según corresponda, las medidas del caso para la adopción de las normas y recomendaciones aprobadas por la Organización de Aviación Civil Internacional. u) Designar los. funcionarios que deban hacer uso de las becas que, en materias aeronáuticas, otorguen los Estados u Organismos nacionales o internacionales y proponer la designación de los represen tantes de Chile ante los congresos, reuniones o conferencias internacionales sobre materias técnicas aeronáuticas, y v) Adquirir directamente en el país o en el extranjero, con cargo a los fondos de que disponga, previas las correspondientes propuestas públicas o propuestas o cotizaciones privadas, conforme al reglamento, los bienes muebles o materiales técnicos necesarios para los estudios, construcciones, reparación, mantenimiento y conservación de las obras a su cargo o para la administración y explotación de los servicios que esta ley le encomienda atender y, en general, ejecutar los actos y celebrar los contratos que se requieran para el cumplimiento de sus fines. Artículo 4°-La Dirección de Aeronáutica podrá por, orden y cuenta de terceros, efectuar estudios técnicos y peritajes mediante remuneración. Artículo 5ª-Las construcicones, instalaciones y plantaciones en los aeródromos públicos, en su zona de aproximación y en los terrenos circundantes a las instalaciones de ayuda y proyección a la navegación aérea, requerirán autorización previa de la Dirección de Aeronáutica. Las construcciones e instalaciones en los aeródromos sólo podrán ser autorizadas previo informe de la Dirección de Aeropuertos del Ministerio de Obras Públicas. Artículo 6°.- Las aeronaves particulares de matrícula extranjera no podrán permanecer en Chile, sin autorización de la Dirección de Aeronáutica, más allá del plazo fijado por el Reglamento. Artículo 7°.- El Servicio de Búsqueda y Salvamento de Aeronaves será atendido por la Fuerza Aérea de Chile. TITULO III Disposiciones Generales Artículo 8°.- Por Decreto Supremo se fijarán las condiciones generales, derechos y rentas mínimas y plazos máximos para el otorgamiento de las concesiones y la celebración de los contratos a que se refiere la letra i) del artículo 3º; como también los mínimos y máximos de los derechos que se deban cobrar por las certificaciones, diligencias o actuaciones de la Dirección. En los casos de concesiones, los derechos que deba pagar el concesionario podrán consistir en un porcentaje del precio de venta de los artículos o elementos de que se trate, debiendo dicho porcentaje ser fijado en el Decreto Supremo a que se alude en el inciso precedente. Las concesiones que el Director otorgue a los Clubes Aéreos podrán ser gratuitas, como, asimismo, los terrenos que se le otorguen a Línea Aérea Nacional-Chile en el Aeropuerto de Pudahuel para los fines de mantenimiento, dirección y administración de su Empresa. Artículo 9°.- Las empresas de transporte aéreo cobrarán y percibirán las tasas que, en conformidad al reglamento, deban pagar los pasajeros y los remitentes o consignatarios de mercaderías. Dentro de los primeros quince días del mes siguiente a su percepción, las sumas que por este concepto perciban dichas empresas deberán ser remitidas a la Dirección. En todo caso, las empresas de transporte aéreo serán responsables, en la forma que determine el reglamento, del pago de esta obligación. Artículo 10.- El pago de las tasas correspondientes a las operaciones de aeronaves será de cargo de la persona por cuya cuenta o riesgo se opera o explota la aeronave. Responderá de dicho pago, solidariamente con el operador, la persona a cuyo nombre esté inscrita la aeronave en el Registro Nacional de Matrícula de Aeronaves. Artículo 11.- La Dirección de Aeronáutica cobrará y percibirá las tasas y derechos aeronáuticos en la forma, plazos y fechas que determine el Reglamento. El atraso en el pago de las tasas será sancionado con un interés penal igual al que el Fisco esté autorizado para cobrar por los impuestos atrasados. El Director podrá condonar, total o parcialmente, los intereses penales devengados, previo acuerdo de la Junta de Aeronáutica Civil. Una copia del documento de cobro de tasas y derechos aeronáuticos, autorizada por el Director, servirá de suficiente título ejecutivo. Las tasas y derechos aeronáuticos atrasados podrán ser declarados incobrables por acuerdo de la Junta de Aeronáutica Civil. Los Tribunales del Departamento de Santiago serán competentes para conocer de los juicios que origine el cobro de las tasas y derechos aeronáuticos. El procedimiento ejecutivo especial establecido en el D.F.L. Nº 288, de 1960, sobre Cobranza Judicial de Impuestos, será aplicable al cobro de las tasas y derechos aeronáuticos. Artículo 12.- Las infracciones a las leyes, reglamentos y disposiciones o normas que la Dirección dicte en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la presente ley, serán sancionadas por ella, sin perjuicio de la competencia que, en su caso, corresponda a la Justicia Ordinaria o a los Juzgados de Aviación y Navales. La sanción consistirá en multa a beneficio fiscal hasta por un máximo de veinte sueldos vitales anuales, escala A), del departamento de Santiago, o suspensión o cancelación de la respectiva licencia, pudiéndose acumular la sanción de multa a cualquiera de las otras dos. Las sanciones serán impuestas por Resolución del Director de Aeronáutica, pudiendo el afectado reclamar de ella ante el Ministro de Defensa Nacional, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde su notificación, siempre que se trate de Resoluciones que apliquen una multa superior a 10 sueldos vitales o que importe la cancelación de la licencia. Las resoluciones que impongan una multa tendrán mérito ejecutivo, sirviendo de título suficiente una copia de las mismas autorizadas por el Director. La resolución que aplique sanciones se notificará personalmente o por medio de una carta certificada dirigida al domicilio que el afectado haya registrado en la Dirección de Aeronáutica. Artículo 13.- Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar los terrenos en los que se hayan establecido o sea necesario establecer aeródromos y los terrenos o construcciones en que existan o sea necesario instalar equipos de ayuda y protección a la navegación aérea, de comunicaciones aeronáuticas y construcciones anexas. Estas expropiaciones se realizarán por intermedio de la Dirección General de Obras Públicas, en conformidad a su ley orgánica. Artículo 14.- La administración de los terrenos que el Fisco" adquiera para eró- dromos y para instalaciones de ayuda y protección a la navegación aérea, corresponderá a la Dirección de Aeronáutica, desde su adquisición para dichos fines. Artículo 15.- Los contratos de estudios y proyectos, de ejecución de obras, de aprovisionamiento de vehículos, materiales, maquinarias y equipos u otros, incluyendo el pago de expropiaciones, podrán celebrarse para que sean cumplidos o pagados en mayor tiempo que el del año presupuestario con posterioridad al término del respectivo ejercicio. En estos casos podrán efectuarse imputaciones parciales de fondos en el año presupuestario vigente, de acuerdo a las normas establecidas en la Ley Orgánica de Presupuestos. Artículo 16.- Los recursos de la Dirección de Aeronáutica se formarán: a) Con los fondos percibidos por concepto de la aplicación del Reglamento de Tasas y Derechos Aeronáuticos y con los fondos percibidos por los intereses penales a que se refiere el artículo 11 de la presente ley. b) Con los fondos que se le destinen anualmente en la Ley de Presupuesto de Entradas y Gastos de la Nación. c) Con las erogaciones, herencias, legados, donaciones y demás bienes o ingresos que perciba a cualquier título. d) Con los saldos de presupuestos corriente y de capital del ejercicio del año anterior, que se encuentren depositados en las cuentas bancarias de la Dirección de Aeronáutica al final del ejercicio respectivo, los que, en consecuencia, no pasarán a rentas generales de la Nación. e) Con los fondos percibidos de instituciones fiscales, semifiscales, municipales o particulares que le encomienden algún proyecto, estudio técnico, peritaje o construcción específica, y f) Con el producto de.la. enajenación de sus bienes y de la explotación de sus servicios. Artículo 17.- El Director de Aeronáutica depositará los fondos a que se refiere la presente ley en el Banco del Estado de Chile, en cuentas subsidiarias de la Cuenta Unica Fiscal que se denominarán "Cuenta de la Dirección de Aeronáutica", contra las cuales girará para los fines y en la forma determinados en la ley. Artículo 18.- La Dirección de Aeronáutica estará exenta de derechos de internación y de toda clase de impuestos o contribuciones fiscales o municipales. TITULO IV Del personal Artículo 19.- Las Plantas del Personal de la Dirección de Aeronáutica, serán las que fije anualmente el Presidente de la República en conformidad al artículo 53 del D.F.L. Nº 47, de 1959. Artículo 20.- Los cargos de las Plantas a que se refiere el artículo anterior serán clasificados y remunerados de acuerdo con la escala de sueldos vigente para la Administración Civil del Estado. El encasillamiento derivado de la aplicación de la presente ley no será considerado ascenso para ningún efecto legal. Artículo 21.- Salvo lo dispuesto en el artículo anterior, el personal de las Plantas de la Dirección de Aeronáutica tendrá, para todos los efectos legales, la calidad de Empleado Civil de las Fuerzas Armadas; gozará de los mismos beneficios de atención médica, dental, hospitalaria y ambulatoria de que goce el personal en servicio activo de la Fuerza Aérea de Chile y se aplicarán a su respecto las disposiciones de la ley Nº 12.856, modificada por la ley Nº 15.448. Artículo 22.- Podrán ingresar a los cargos de las Plantas Directiva, Profesional y Técnica de la Dirección de Aeronáutica las personas que tuvieren el título de la respectiva especialidad otorgado por la Universidad de Chile y demás Universidades reconocidas por el Estado, por la Escuela Técnica Aeronáutica o por las Fuerzas Armadas, tanto del país como del extranjero. Artículo 23.- El Director de Aeronáutica podrá contratar los profesionales, técnicos o expertos que sean necesarios para el funcionamiento de los servicios de su dependencia, de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de Presupuestos. Artículo 24.- Se faculta al Director de Aeronáutica para trasladar y disponer el cambio de destino del personal de su dependencia en los casos en que sea necesario para el buen funcionamiento del servicio. Artículo 25.- El Director podrá, con autorización del Ministro de Defensa Nacional y en caso de accidentes de aeronaves chilenas ocurridos en el extranjero, comisionar uno o más funcionarios investigadores, para ausentarse del país, pudiendo dictarse el decreto supremo de pago de remuneraciones o viáticos en moneda extranjera con posterioridad a su salida del territorio nacional. Artículo 26.- Las comisiones de servicio al extranjero de los funcionarios de la Dirección de Aeronáutica se regirán por las disposiciones del D.F.L. Nº 63, de 1960. Artículo 27.- Mientras la Dirección de Aeronáutica no cuente en sus plantas con un número suficiente de funcionarios para la atención de todos los servicios que esta ley le encomienda, la Fuerza Aérea de Chile le destinará el personal que sea necesario- La Dirección de Aeronáutica proporcionará a la Fuerza Aérea de Chile el servicio de telecomunicaciones que esta institución le requiera. El personal destinado por la Fuerza Aérea de Chile a prestar servicios en la Dirección de Aeronáutica, gozará durante su permanencia en ella, además de la remuneración que le corresponda, de una gratificación de 10%, que se aplicará sobre los sueldos imponibles, porcentaje que no estará afecto a imposiciones de carácter previsional. Dicha gratificación será cancelada con cargo a los recursos establecidos en el artículo 16 de la presente ley. Artículo 28.- Si el nombramiento de Director de Aeronáutica recae en un Oficial General, en servicio activo, éste deberá optar, para los efectos de su remuneración, entre la renta determinada conforme al artículo anterior o la establecida para el cargo en la Planta. Artículo 29.- La disposición del artículo 79 del D.F.L. Nº 338, de 1960, se aplicará al personal de la Dirección de Aeronáutica. Artículo 30.- . El personal de la Dirección de Aeronáutica no podrá tener interés alguno en empresas o servicios de aeronavegación comercial ni formar parte de sus consejos o directivas. Artículo 31.- El personal de la Dirección de Aeronáutica que goce de pensión, jubilación o montepío, percibirá sus remuneraciones reducidas en el 50% del monto de la respectiva pensión, jubilación o montepío. El personal con pensión de jubilación, retiro o montepío no tendrá derecho a re- liquidar su pensión sino al enterar cinco años de servicios en la Dirección de Aeronáutica- Artículo 32.- Las multas y los intereses penales que la presente ley establece o autoriza cobrar se pagarán con un recargo de un diez por ciento en beneficio del "Instituto Chileno de Derecho Aéreo", institución a la cual se le otorgó personalidad jurídica por el decreto supremo Nº 1.859, de 1965, del Ministerio de Justicia. La Dirección de Aeronáutica girará estos fondos trimestralmente a la orden del nombrado Instituto. No se aplicará el recargo establecido en el artículo 49 de la ley Nº 8.737 sobre las multas o intereses penales mencionados en este artículo- Artículo 33.- Las empresas nacionales de transporte aéreo concederán pasaje liberado al personal de la Dirección de Aeronáutica que sea designado por ésta para cumplir funciones específicas de control e inspectoría de dichas empresas. Artículo 34.- Agrégase en el artículo 39 del D.F.L. Nº 118, de 1960, el siguiente inciso, como segundo: "No obstante, en el caso de existir plazas de Tenientes del Escalafón masculino de Orden y Seguridad no llenadas por las causales indicadas en el inciso anterior, la Dirección General de Carabineros quedará facultada para dispensar a los Subtenientes del solo requisito de tiempo en el grado para los efectos de disponer su promoción al grado superior." Artículos transitorios Artículo 1°.- Facúltase al Presidente de la República para encasillar en las nuevas Plantas de la Dirección de Aeronáutica al personal civil que preste sus servicios en dicha Dirección a la fecha de vigencia de la presente ley, sin sujeción a las reglas sobre provisión de cargos. Artículo 2°- El Presidente de la República encasillará en las nuevas Plantas de la Dirección de Aeronáutica a aquel personal de Meteorólogos o Controladores de Tráfico Aéreo de la Planta de la Fuerza Aérea de Chile que manifiesten su voluntad en tal sentido- Las vacantes que se produzcan en los Escalafones de "Meteorólogos" y de "Controladores de Tráfico Aéreo", contempladas en la letra D, Nº II del artículo 4P del D.F.L. S. 2 Nº 6, de 27 de octubre de 1966, no se llenarán. Estos escalafones sólo continuarán hasta su total extinción- La dispuesto en este artículo no afectará en caso alguno a ios ascensos que legal o reglamentariamente corresponda efectuar en los respectivos escalafones. Artículo 39- Los fondos que correspondan a las remuneraciones y asignaciones familiares del personal de los Escalafones de Meteorólogos y Controladores de Tráfico Aéreo, que están considerados en el Presupuesto de la Fuerza Aérea de Chile, serán traspasados al Presupuesto de la Dirección de Aeronáutica para los efectos del financiamiento del gasto originado con el encasillamiento de dicho personal en la Planta de la Dirección de Aeronáutica. Artículo 4°.- Al personal señalado en la presente ley, que sea encasillado en las plantas de la Dirección de Aeronáutica le será válido, para todos los efectos legales, el tiempo servido en sus actuales empleos. Artículo 5°.- Las remuneraciones de los funcionarios de la Dirección de Aeronáutica que sean encasillados en las nuevas plantas, no podrán, en caso alguno, ser inferiores a las de que gozaban a la fecha de vigencia de la presente ley. Las diferencias que por este concepto se produzcan se pagarán por planillas suplementarias. Artículo 6°.- El Presidente de la República, por decreto supremo, determinará los bienes fiscales que pasarán a formar parte del inventario de la Dirección de Aeronáutica que se reestructura por la presente ley. Artículo 7º - El Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Aeronáutica deberá dictarse dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Artículo 8°.- .Al personal de la Junta de Aeronáutica Civil, a que se refiere el artículo 29 del D.F.L N° 241, de 1960, le serán íntegramente aplicables las disposiciones del D.F.L. Nº 209, de 1953, la ley Nº 12.856, de 1958, y las disposiciones sobre Medicina Preventiva del personal de Defensa Nacional. Artículo 9°.- La presente ley comenzará a regir noventa días después de su publi- cación en el "Diario Oficial"." Por último, correspondía considerar, en conformidad con el acuerdo adoptado al iniciarse la sesión, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional, que establece normas sobre saneamiento de títulos de dominio y urbanización de poblaciones en situación irregular. Las observaciones en referencia consistían en suprimir los artículos 35 y 36. Artículo 2º Puestas en discusión las observaciones que incidían en este artículo, usaron de la palabra los señores Millas; Hamilton (Ministro de la Vivienda) ; y por la vía de la interrupción, la señora Allende. Pasó a presidir la sesión el señor Pareto, (Primer Vicepresidente). Cerrado el debate, por no haber número en la Sala, se procedió a llamar a los señores Diputados hasta por 5 minutos, en conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento. Reunido quorum reglamentario y puesta en votación la primera observación, resultó aprobada por unanimidad. Puesta en votación la segunda observación a este artículo, también resultó aprobada por unanimidad. Artículos 3º, 4º, 8º, 10, 11, 16, 26, 29, 36 y 39 Sin debate, puestas en votación, sucesivamente, las observaciones que incidían en estos artículos, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 40 Puesta en discusión la observación a este artículo, usó de la palabra el señor Millas. Con la venia de la Sala, el señor Prosecretario dio lectura a un oficio de S. E. el Presidente de la República, rectifica- torio de la observación formulada. Cerrado el debate y puesta en votación la observación, resultó aprobada por una-' nimidad. Artículos 50, 60, 61, 63, 64, y nuevo después del 69 Sin debate, puestas en votación, sucesivamente las observaciones que incidían en estos artículos, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 73 Puesta en discusión la observación a este artículo, usó de la palabra la señora Allende. Cerrado el debate y puesta en votación la observación, resultó aprobada por unanimidad. Artículo 75 Puesta en discusión la observación que incidía en este artículo, usó de la palabra el señor Millas. Cerrado el debate y puesta en votación la observación, también, resultó aprobada por unanimidad. Artículos nuevos, después del 77 A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó discutir y, posteriormente, votar, en conjunto estos tres artículos. Puestas en discusión estas observaciones, usaron de la palabra los señores Sotomayor; Hamilton (Ministro de la Vivienda) ; Naudon; Lorca, don Gustavo; Ruiz-Esquide; y Millas. Cerrado el debate y puestas en votación las observaciones, resultaron aprobadas por 26 votos contra 14. Artículo 78 Puesta en votación, sin debate, la observación a este artículo, se aprobó por unanimidad. Artículo 79 Puestas en discusión las observaciones que incidían en este artículo, usaron de la palabra la señora Allende y los señores Sotomayor y Hamilton (Ministro de la Vivienda). Cerrado el debate y puesta en votación la primera observación, se aprobó por unanimidad. Con la venia de la Sala, puestas en votación conjuntamente, el resto de las observaciones al artículo, también, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 83 Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, se aprobó por unanimidad. Artículo 88 Puestas en discusión las observaciones que incidían en este artículo, usaron de la palabra los señores Millas, Naudon y Ruiz- Esquide. Cerrado el debate, y puestas en votación, sucesiva mente, las tres observaciones, se aprobaron por 20 votos contra 11. Artículo 91 Sin debate, puestas en votación, con la venia de la Sala, conjuntamente las dos observaciones a este artículo, se aprobaron por unanimidad. Artículo 94 Puesta en votación la observación a este artículo, usaron de la palabra los señores Palestro y Hamiltoh, (Ministro de la Vivienda) . Cerrado el debate y puesta en votación, se aprobó por unanimidad, con la abstención del señor Palestro. Artículo 97 Puestas en discusión las observaciones que incidían en este artículo, usaron de la palabra los señores Millas; Hamilton (Ministro de la Vivienda) ; Naudon; Lorca, don Gustavo; y Sotomayor. Cerrado el debate y puestas en votación, sucesivamente las dos primeras observaciones, se aprobaron por 35 votos contra 2. Puestas en votación sucesivamente las dos observaciones restantes, resultaron aprobadas por 25 votos contra 20, y por 41 votos contra 2, respectivamente. Artículo 100 Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, se aprobó por unanimidad, con la abstención de los señores Diputados pertenecientes a los Comités Comunista e Independiente. Artículos 105 y 107 Sin debate, puestas en votación, sucesivamente, las observaciones que incidían en estos artículos, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 110 Puesta en discusión la observación a este artículo, usaron de la palabra los señores Naudon; Hamilton (Ministro de la Vivienda); Millas; señora Allende; Acuña; Ruiz-Esquide; Lorca, don Gustavo, y Phillips. Pasó a presidir la sesión el señor Stark (Segundo Vicepresidente). Cerrado el debate y puesta en votación la observación, se aprobó por 24 votos contra 18. Artículo 112 Sin debate, puestas en votación, sucesivamente, las observaciones que incidían en este artículo, se aprobaron por unanimidad. Artículo 113 Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobada, también, por unanimidad. Artículos nuevos, después del 114 Puesto en discusión el primero de estos artículos, usó de la palabra el señor Millas. Cerrado el debate, con la venia de la Sala, usó de la palabra el señor Hamilton (Ministro de la Vivienda). Puesta en votación la observación, se aprobó por 27 votos contra 13. Puesto en discusión el segundo de estos artículos, usaron de la palabra los señores Millas, Hamilton (Ministro de la Vivienda), y Phillips. Cerrado el debate, por haber llegado la hora de término del Orden del Día, que se encontraba prorrogada, quedó pendiente la votación de esta observación. Con la venia de la Sala, pasó a presidir la sesión el señor Barrionuevo (Presidente accidental). INCIDENTES El primer turno de la Hora de Incidentes correspondía al Comité Demócrata Cristiano. Usó de la palabra, en primer término el señor Sotomayor, para referirse a la falta de teléfonos en la provincia de Colchagua, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro del Interior, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la instalación de servicio telefónico en las comunas de Lolol, Pumanque, Paredores, Marchigüe, La Estrella, Rosario y Pichilemu, de la referida provincia, como, asimismo, informar a esta Cámara acerca de los planes del Supremo Gobierno en materia de telecomunicaciones dentro del país, especialmente en la provincia de Colchagua'. En seguida, SSa. se refirió a la instalación de industrias en la provincia de Colchagua, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. A proposición de la Mesa, por asentimiento unánime, se acordó conceder inmediatamente después de la Cuenta de la sesión ordinaria del día miércoles próximo, 18 del presente, 7 minutos al señor Acuña y 10 minutos al señor Montes, para que puedan rendir homenaje a la Convención Nacional de la Iglesia Bautista y a Ernesto Guevara, respectivamente. A continuación, usó de la palabra el señor Santibáñez, para referirse a la huelga de los abogados del Consultorio Jurídico gratuito de Valparaíso, y solicitó que, en su nombre se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Justicia, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. SSa. se refirió, en seguida, a diversas irregularidades que se habrían producido en la construcción de una población de la Cooperativa de Viviendas "Almirante Wilson", de Valparaíso, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Usó de la palabra, a continuación, la señora Retamal, para referirse al elevado precio de venta de las hortalizas, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Garay, Escorza y Fuenzalida, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Por la vía de la interrupción, usó de la palabra el señor Garay, para solicitar que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva informar a esta Cámara si es efectivo que en la provincia de Aisén hay libertad de precios para las verduras y frutas llevadas desde otras zonas del país y, por tal motivo, la Dirección de Industria y Comercio no podría ejercer control alguno. En seguida, la señora Retamal se refirió a diversas necesidades de la Escuela Nº 218 de la comuna de Las Barrancas, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la construcción de un comedor, de tres salas de clases, y de un baño para los profesores, y la instalación de cierros, en el referido plantel educacional. SSa., a continuación, rindió homenaje a los Centros de Madres, con ocasión del Día de la Madre, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Escorza y Santibáñez, se dirigiera una nota de congratulación a la señora María Ruiz-Tagle de Frei, en su calidad de Presidenta de la institución denominada "CEMA", que agrupa y organiza tales Centros. Por último, SSª. se refirió a la situación del Cuerpo de Bomberos de Las Barrancas, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Escorza y Palestro, se dirigieran oficios a los señores Ministros del Interior y de Hacienda, con el objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que se otorgue una subvención especial al referido Cuerpo de Bomberos, para la construcción de un Cuartel adecuado y para la adquisición de una motobomba. El turno siguiente correspondía al Comité Radical, que cedió su tiempo al señor Palestro, quien se refirió a diversos problemas que afectan a los pequeños comerciantes e industriales, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. El turno siguiente correspondía al Comité Comunista. Usó de la palabra, en primer término, el señor Tejeda para referirse a diversas necesidades de la comuna de Laja, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones a los señores Ministros del Interior, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Hacienda, de Justicia, Obras Públicas, Salud Pública, Vivienda y Urbanismo, y Tierras y Colonización, con el objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan acoger las peticiones contenidas en ellas, que sean de la competencia de cada uno de esos Ministerios. En seguida, SSª. se refirió a la situación del Cuerpo de Bomberos de Mulchén, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Palestro, se dirigiera oficio al señor Ministro del Interior, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que en el Presupuesto de la Nación correspondiente al año 1968 se consulte una subvención especial para que dicho Cuerpo de Bomberos pueda adquirir materiales de trabajo y casacas para los voluntarios. SSª. se refirió, a continuación al aniversario del Liceo de Hombres de Los Angeles, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Palestro, se dirigiera oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que se apresuren los trabajos de construcción del nuevo edificio destinado al funcionamiento de dicho Liceo, con el propósito de que pueda estar habilitado antes' que se inicien las clases el próximo año. Asimismo, solicitó SSª., a lo que adhirió el señor Palestro, se dirigiera una nota de congratulación con motivo del nuevo aniversario del plantel educacional mencionado, al Rector, al Cuerpo de Profesores y al personal administrativo y auxiliar de dicho Liceo. Por último, el señor Tejeda se refirió a diversas necesidades de la provincia de Bío-Bío, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Palestro, se transmitieran sus observaciones a los señores Ministros del Interior, de Hacienda y de Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan acoger las peticiones contenidas en ellas, que sean de la competencia de esas Secretarías de Estado. Por último, usó de la palabra el señor Valente, para referirse al conflicto laboral que afecta al personal de la Empresa Pesquera Tarapacá y a la actuación del Administrador de dicha Empresa, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Palestro, se transmitieran sus observaciones a los señores Ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Trabajo y Previsión Social, y se reiteraran las anteriores peticiones de SSª. sobre la misma materia, para lo cual sería conveniente remitir nuevamente a dichas Secretarías de Estado los antecedentes correspondientes. Con la venia de la Sala usó de la palabra el señor Morales, don Raúl, en el tiempo restante al Comité Radical, del que no usó el señor Palestro por un error. SSª. se refirió al Cabildo Abierto realizado en Puerto Aisén para protestar por medidas administrativas adoptadas por el Intendente de la provincia, y solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Palestro, se dirigieran los siguientes oficios : Al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que el nuevo edificio que se construirá en la ciudad de Puerto Aisén para los servicios públicos y la Intendencia de la provincia, se ubique frente a la plaza pública, en el mismo lugar donde ha estado siempre, y alrededor del cual se formó la ciudad. Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva informar a esta Cámara acerca de las razones por las cuales los barcos de la Empresa Marítima del Estado están siendo desviados de sus rutas e itinerarios en los canales de las provincias australes. El turno siguiente, correspondía al Comité Democrático Nacional. Usó de la palabra el señor Fuenzalida para referirse a las necesidades de diversas localidades de la provincia de Curicó, y solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios: Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la ampliación de las instalaciones de energía eléctrica a toda la localidad de Barba Ru-bia, y la extensión de la red de distribución hasta las localidades de Caone y La Palma. Al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, : e sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la construcción de un camino que una a las localidades de Barba Rubia, El Parrón y Caone. El turno siguiente, correspondía al Comité Socialista. Con la venia del Comité, usó de la palabra el señor Lorca, don Gustavo, para referirse a las obras realizadas en el túnel de Lo Prado, al contrato respectivo y a las nuevas tarifas de peaje, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Obrar: Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. El turno siguiente correspondía al Comité Independiente, en cuyo tiempo el señor Lorca, don Gustavo, prosiguió sus observaciones. CAMBIOS DE MIEMBROS DE COMISIONES En conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento, se deja testimonio de los siguientes cambios efectuados en el personal de las Comisiones, entre la última sesión y la presente: Hacienda Renunció la señora Maluenda, y en su reemplazo se designó al señor Cademártori. Economía y Transporte Renunció el señor Acevedo, y en su reemplazo se designó al señor Valente. Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Aguilera C., María Inés Allende O., Laura Ansieta N., Alfonso Arancibia C., Mario Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl A. Basso C., Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F.. José T. Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Corvalán S., Ernesto Correa Marín Silvia De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dueñas A., Mario Escorza O., José Dgo. Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Galleguillos C„ Víctor Garay F., Felix Giannini I., Osvaldo Ibáñez V., Jorge Iglesias C., Ernesto Isla H., José Manuel Jarpa V., Miguel Koenig C., Eduardo Lacoste N., Graciela Lavandero I., Jorge Lazo C., Carmen Lorca V., Alfredo Palestro R., Mario Paluz U.. Margarita Pareto G., Luis Penna M., Marino Pereira B., Santiago Poblete G., Orlando Retamal C., Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Morales A., Raúl Muga G., Pedro Olave V., Hernán Olivares S.( Héctor Marambio P., Joel Martín M., Luis Martínez C., Juan Melo P., GalvarinoSívori A., Carlos Sota U., Vicente Sotomayor G., Fernando Stark T., Pedro Tejeda O., Luis Torres P, Mario Tuma M., Juan Valdés Ph., Arturo Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Zepeda C., Hugo Zorrilla C., Enrique El Secretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y el señor Larraín Errázuriz, don J. Luis. Asistió el señor Ministro de Agricultura. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES Las actas de las sesiones 2ª, 3ª, y 4ª extraordinarias, celebradas en martes 10 del presente, la primera, y en miércoles 11, las dos siguientes, de 16 a 19.30, de 11 a 12.59 y de 16 a 19.30 horas, respectivamente, se dieron por aprobadas por no haber merecido observaciones. CUENTA Se dio cuenta de: 1°.- Un oficio del señor Ministro de Relaciones Exteriores con el que contesta el que se le envió, en nombre de las señoras Lazo y Allende, y de los señores Acevedo, Aguilera, don Luis; Cademártori, Olave, Cantero, Palestro, Robles, Sepúlveda, don Francisco; Tuma y Valente, sobre otorgamiento de visas para el ingreso a nuestro país de una delegación juvenil de la -Dos oficios del señor Ministro de Hacienda con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, relativos a las materias que se indican: Del señor Castilla, respecto de las deudas que tiene la Caja Autónoma de Amortización con las Municipalidades de Parral, Linares, San Javier y otras; y Del señor Ochagavía, rebaja de los ava- los de los bienes raíces urbanos de la ciudad de Puerto Natales. 3°.- Un oficio del señor Ministro de Justicia, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Pereira, acerca del retiro y traslado de diversos funcionarios de la Dirección General de Prisiones. 4°-Nueve oficios del señor Ministro de Obras Públicas, con los que contesta los que se le enviaron,-en nombre de los señores Diputados que se mencionan, relacionados con las materias que se señalan: Del señor Castilla, construcción de un edificio para las oficinas de la Dirección de Obras Sanitarias de la ciudad de Longaví; Del mismo señor Diputado, reparación del camino que une a las localidades de Putagán y de Coironal, de la comuna de Yerbas Buenas; Del señor Garcés, ejecución de diversas obras públicas en la provincia de Curicó; Del señor Jaque, instalación de servicio de alcantarillado en las poblaciones Santa Leonor y Esmeralda, de la ciudad de Tal- cahuano; Del señor Jarpa, habilitación del camino de Tucapel a Trupán, en la provincia de Ñuble; Del señor Millas, dotación de agua po- táble para el sector alto de la localidad de San José de Maipo; Del señor Ochagavía, construcción de diversas obras públicas en las provincias de Chiloé y de Aisén; Del señor Rosales, pavimentación del camino de acceso a la comuna de Codegua, en la provincia de O'Higgins; y Del señor Sívori, habilitación del camino de acceso a la Comunidad Córdoba, ubicada en el departamento de Curacautín. 5°.- Cinco oficios del señor Ministro del Trabajo Previsión Social, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se expresan:Del señor Aguilera, don. Luis, tramitación burocrática que sufrirían las personas que recurren a las diversas oficinas de la Administración Pública; Del señor Guajardo, situación de los imponentes del Servicio de Seguro Social que tramitan su expediente de jubilación; De los señores Tejeda y Aravena, don José Andrés, cumplimiento de la ley 10.383 y de los D.F.L. 243 y 245, por parte de la firma Yaconi Hermanos, que construyó el canal de riego del fundo Santa Amelia, de Coigue; Del señor Valente, diversas denuncias formuladas por SSª. en contra de determinadas industrias ubicadas en la provincia de Tarapacá; y Del señor Valenzuela, don Héctor, y de los señores Diputados pertenecientes a los Comités Parlamentarios de los Partidos Comunistas, Demócrata Cristiano y Radical, incumplimiento en el pago de imposiciones por parte de la Compañía Productora Nacional de Aceites S. A., de Santiago. 6°-Cinco oficios del señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, relativos a las materias que se señalan: Del señor Garcés, instalación de servicio de alcantarillado en la Población La Granja, de Curicó; Del señor Palestro, prolongación de las calles Berman, Sebastopol y América, de la comuna de San Miguel; Del señor Rodríguez, don Manuel, solución al problema de alcantarillado existente en la calle Guangualí, de Rengo; Del señor Rosselot, entrega de títulos de dominio a los adquirentes de viviendas de la Población Arizona, de Los Sauces ; y Del señor Sotomayor, valor del metro cuadrado de construcción de las viviendas denominadas "económicas". -Quedaron a disposición de los señores Diputados. -Un oficio de la Comisión de Gobierno Interior con el que manifiesta haber elegido Presidente al Diputado señor Fuenzalida, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento de la Corporación. -Se mandó tener presente y archivar. OMISION DE LA LECTURA DE LA CUENTA A proposición del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por asentimiento tácito, se acordó omitir la lectura de parte dé la Cuenta, e insertarla en la versión oficial respectiva. PERMISO CONSTITUCIONAL En conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento, correspondía discutir y votar el permiso constitucional solicitado por el señor Ministro de Agricultura para ausentrase del país, a contar desde el 26 de octubre y hasta el 15 de diciembre próximo, con el objeto de concurrir al 14 Período de Sesiones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, y al 49º Período de Sesiones del Consejo de la citada Organización, que se celebrarán en Roma, Italia. Puesta en discusión la petición de permiso constitucional, usó de la palabra el señor Trivelli (Ministro de Agricultura). Cerrado el debate y puesta en votación, se aprobó por unanimidad. A indicación del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por asentimiento unánime, se acordó destinar el tiempo necesario, inmediatamente después de la Cuenta, de la sesión ordinaria que debe celebrar la Corporación el día martes 7 de noviembre, con el objeto de rendir homenaje a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, URSS. En conformidad con el objeto de la sesión a que había ordenado citar el señor Presidente, correspondía "analizar los efectos causados por el sismo que afectó a los departamentos de Coquimbo y La Serena el día 26 de septiembre próximo pasado". En los turnos correspondientes a los Comités Demócrata Cristiano- Radical, Socialista, e Independiente, usaron de la palabra, respectivamente, los señores Torres, Valdés Phillips, y Penna; Fuentealba ; Galleguillos; con la venia del Comité los señores Torres y Valdés Phillips; Aguilera, don Luis; y Tejeda, y por la vía de la interrupción, Aguilera, don Luis. En el transcurso del debate, pasaron a presidir la sesión, sucesivamente, los señores Pareto, Lorca, don Alfredo, y Stark, (Primer Vicepresidente, Presidente, y Se- segundo Vicepresidente, respectivamente). PROYECTO DE ACUERDO Por haber llegado la hora de término reglamentario de la sesión, correspondía votar los siguientes proyectos de acuerdo presentados, a los que, con la venia de la Sala dio lectura el señor Prosecretario, y resultaron aprobados por unanimidad ai ser puestos en votación, sucesivamente: -De las señoras Allende y Lazo y el señor Palestro, apoyados por el señor Aguilera, Comité Socialista: "A raíz del sismo último los pobladoi es de Guayacán, Comuna de Coquimbo, en su mayoría gente de trabajo, sufrieron graves deterioros en sus viviendas, y como una ley especial los favorece, la Honorable Cámara acuerda: Solicitar a S. E. el Presidente de la República y al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, den cumplimiento a la ley 16.392, cuyo Reglamento fue promulgado en el Diario Oficial Nº 26.571, del 21 de octubre de 1966, y de acuerdo al artículo 29, la Empresa Nacional de Minería, deberá transferir los terrenos que posee en Guayacán, comuna de Coquimbo, a sus actuales ocupantes. El reglamento señala que la Corporación de Servicios Habitacionales con mayor conocimiento y experiencia en la materia, deberá proceder a la entrega de los terrenos y casas en conformidad a la Ley, cuyo reglamento fue dictado hace un año". -Del señor Torres, apoyado por los señores Aguilera, don Luis, y Valdés don Arturo, Comité Socialista y Demócrata Cristiano, respectivamente: "Solicitar a S. E. el Presidente de ia República y señor Ministro de Hacienda contemple en el presupuesto de la Nación en conformidad a la ley 16.282, artículo 66, disposición transitoria, un ítem especial para la construcción de edificios públicos en la siguiente prioridad: Construcción Hospital San Pablo de Coquimbo. Construcción Aduana y Gobernación Marítima. Construcción Juzgado y Cárcel y Oficinas Registro Civil. Construcción Edificios Escuelas números 1 y 30. La construcción de los 4 edificios arriba mencionados, fue aconsejada técnicamente su demolición, y están ubicados en la comuna de Coquimbo. Reparación Edificio Fiscal donde funcionan actualmente las oficinas del Registro Civil e Identificación y las oficinas de la Inspección Provincial del Trabajo, ubicadas en la Comuna de La Serena. El artículo 66 transitorio de la ley número 16.282, dice a la letra: "Los gastos e inversiones que deban realizarse para cumplir las finalidades de las disposiciones transitorias de la presente ley, se consultarán en las leyes de Presupuestos en los años 1966 y 1967, las cuales deberán contener un Item especial denominado "Reconstrucción de Zonas desvastadas por el sismo. (Que en este caso sería el 26 de septiembre de 1967, en los Departamento:; de Coquimbo y La Serena)." -De los mismos señores Diputados: "Como es de conocimiento público, los Departamentos de Coquimbo y La Serena, fueron afectados por un violento' sismo el 26 de septiembre pasado, y sumado a la sequía continua en la zona, ha repercutido en sus habitantes, su comercio y en todas sus capas sociales una'grave crisis económica, la Honorable Cámara de Diputados, acuerda: 1°.- Solicitar a S. E. el Presidente de la República y señor Ministro del Traba- jo, en su calidad de Presidente de las Cajas de Previsión, se aplique la ley 16.282 y se cumpla con ¡a ley 14.813 en su totalidad, a todos los imponentes activos y jubilados de los Departamentos ya señalados. Artículo 16, Ley 16.282 dice: "El Presidente de la República dentro del plazo de 60 días, contado desde la fecha del sismo o catástrofe podrá dictar normas para el otorgamiento de préstamos personales o de auxilio o hipotecarios por las instituciones de previsión social, incluida la Caja de Accidentes del Trabajo, sin sujeción a las disposiciones de las respectivas leyes orgánicas. En uso de esta facultad podrá fijar el objeto, los montos, intereses, garantías, condiciones de pago y demás que estime necesarios: Señalar los fondos con cargo a los cuales dichas instituciones otorgarán estos préstamos, autorizar, para este sólo efecto la contratación de créditos por es tas instituciones en el Banco Central do Chile, Banco del Estado de Chile y Bancos Particulares". -De las señoras Allende y Lazo y los señores Torres y Palestro, apoyados por los señores Aguilera, don Luis, Cademártori y Valdés Phillips, Comités Socialista, Comunista y Demócrata Cristiano, respectivamente : "La Honorable Cámara de Diputados acuerda, solicitar a S. E. el Presidente de la República y al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, aplique las disposiciones transitorias de la Ley Nº 16.282, artículo 34 a la Población Gabriela Mistral, ubicada al costado de la Avda. Juan A. Ríos de la comuna de Coquimbo". El artículo 34 a la letra dice: "Con cargos a sus fondos propios y a los de la presente ley, la Corporación de la Vivienda, nocirá reparar, reconstruir y rehabilitar todas aquellas construcciones ejecutadas por ellas, sea por cuenta propia, por cuenta de otras instituciones o por mandatos de terceros, sin perjuicio de repetir en contra del respectivo contratista cuando ella fuere precedente y así lo resuelva su Consejo. De las señoras Allende, Lazo y del señor Palestro apoyados por los señores Aguilera, don Luis; A. Valdés y Cademártori, Comités Socialista, Demócrata Cristiano y Comunista, respectivamente. Solicitar al señor Ministro del Interior, y a S. E. el Presidente de la República declare y dicte Decreto de Zona afectada por el sismo a los Departamentos de Coquimbo y La Serena y se apliquen las disposiciones de la Ley 16.282, sus artículos 5º y 20 permanentes, 6º, 7º, 8º, 10, 11, 12, 14 y 15 y 17, inciso primero; 18, 21, 23, 24, 25, 27, 38, 40 y 43 transitorios. De los señores Torres, Penna, Fuentealba y Zepeda, apoyados por los señores A. Valdés y Aguilera, don Luis, Comités Demócrata Cristiano y Socialista, respectivamente. "Considerando, Los efectos producidos por los sismos del 26 de septiembre y 6 de octubre últimos que afectaron a las ciudades de Coquimbo y La Serena. La Honorable Cámara acuerda: 1) Dirigirse al Presidente de la República, solicitándole la pronta dictación de un decreto supremo que señale a las comunas de Coquimbo y La Serena como afectadas por los sismos últimos, conforme lo prescrito en la ley Nº 16.282, para que se permita la total aplicación de las disposiciones de la citada ley. 2) Pedir al Supremo Gobierno destine los fondos necesarios ya solicitados por elMinisterio de la Vivienda, para proceder a la reconstrucción de las viviendas destruidas y demás inversiones según lo dispuesto en la ley 16.282. 3) Solicitar al Supremo Gobierno fi- nanciamiento al Servicio Nacional de Salud, para que se inicie cuanto antes la construcción del Hospital, dado que el que había hubo de ser evacuado en su mayor parte y deberá demolerse, en el Puerto de Coquimbo. 4) Dirigirse al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que el Banco del Estado, otorgue rápidamente facilidades crediticias al comercio y a los particulares de ambas ciudades que deban reponer el menaje destruido por el sismo, y 5) Pedir al Supremo Gobierno que ordene la reconstrucción de los edificios públicos y localidades escolares indispensables, que hayan quedado destruidas o en mal estado. En el tiempo restante del Comité Independiente, usó de la palabra el señor Zepeda. Ofrecida la palabra sucesivamente, a los Comités Demócrata Cristiano, Radical, Comunista, Democrático Nacional, y Socialista, en el tiempo restante de la sesión, ningún señor Diputado usó de ella. A proposición de la Mesa, por asentimiento unánime, se acordó empalmar la sesión ordinaria que debía celebrar la Corporación en la tarde del día de hoy, con la sesión a que había ordenado citar el señor Presidente, motivada en una presentación suscrita por 30 señores Diputados, con el objeto de "tratar los problemas de la Universidad Técnica en particular y Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Aguilera C., María Inés Agurto, Fernando S. Allende G., Laura Ansieta N., Alfonso Arancibia C., Mario Aravena C., Jorge Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso C., Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José Tomás Canales C., Gilberto Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Corvalán S., Ernesto Correa M., Silvia Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dueñas A., Mario Escorza O., José Dgo. Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César R. Fuenzalida M., Mario Galleguillos C., Víctor Garay F., Félix Giannini I., Osvaldo González M., Víctor Guajardo G., Ernesto Hamuy B., Mario Ibáñez V., Jorge Iglesias C., Ernesto Isla H., José Manuel Jaque A., Duberildo Jarpa V., Miguel Koenig C., Eduardo Lacoste N., Graciela Lavandero I., Jorge Lazo C., Carmen Lorca R., Gustavo Lorca V., Alfredo Maira A., Luis Marambio P., Joel Marín M., Gladys Martínez C., Juan Melo P., Galvarino Millas C., Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Montes M., Jorge Montt M., Julio Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Osorio P., Eduardo Palestro R., Mario Paluz R.. Margarita Papic R., Luis Pareto G., Luis Parra A., Bosco Penna M., MarinoPereira B., Santiago Phillips P-, Patricio Poblete G., Orlando Retamal C., Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez II., Manuel Rodríguez N., Juan Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Santibáñez C., Jorge Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., Eduardo El Secretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo y el señor Larraín Errázuriz, don J. Luis. Asistió el señor Ministro de la Vivienda. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados. CUENTA Se dio cuenta de: 1°.- Dos mociones con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley: Los señores Olivares, Aguilera, don Luis, Olave y señora Lazo, que establece normas para la prevención de accidentes del trabajo. -Se mandó a la Comisión de Trabaje y Seguridad Social. El señor Pareto, que concede pensión a don Pedro Herrera Fuentes. -Se mandó a la Comisión Especial de Solicitudes Particular es. INTEGRACION DE LA COMISION MIXTA DE PRESUPUESTOS A proposición del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por unanimidad se acordó designar a los señores Ballesteros; Cademártori; Cerda, don Eduardo; Daiber; Lavandero; señora Lazo; Pareto; Penna; Poblete; Phillips, y Rioseco, para que integren la Comisión Mixta de Presupuestos, en representación de la Cámara de Diputados. HOMENAJE A LAS IGLESIAS BAUTISTAS DE CHILE En conformidad con el ".cuerdo adoptado en la sesión, 5ª, el señor Acuña rindió homenaje a las Iglesias Bautistas de Chile, y solicitó que, en nombre de la Cámara, lo que por unanimidad así se acordó, se dirigiera una nota a los representantes de la Institución, para expresarles sus cordiales saludos de fraternidad y consideración por sus altos postulados de bien común. HOMENAJE AL GUERRILLERO ARGENTINO- CUBANO ERNESTO GUEVARA También en virtud del acuerdo adoptado en la sesión 5ª., usó de la palabra el señor Montes, para rendir homenaje a la memoria del guerrillero argentino-cubano Ernesto "Che" Guevara, y solicitó que, en nombre del Comité Comunista, a lo que adhirieron los Comités Radical y Socialista, se dirigieran notas de condolencia a la familia del guerrillero y al Gobierno Revolucionario de Cuba. Posteriormente, por asentimiento tácito, se acordó acceder a lo solicitado. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperaron las sucesivas proposiciones de la Mesa, en orden a conceder la palabra a los señores Fuentealba; Tuma: Palestro; señora Lazo; Guajardo, y Olave. ORDEN DEL DIA En primer lugar del Orden del Día correspondía continuar la discusión de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que consulta normas sobre saneamiento de títulos de dominio y urbanización de poblaciones en situación irregular. Las observaciones en referencia aparecen insertas en el acta de la sesión do fecha 17 del presente mes. Se encontraba cerrado el debate respecto del segundo de los artículos nuevos pro puestos a continuación del artículo 114. Puesta en votación la observación que consistía en agregar este artículo, resultó aprobada por 30 votos contra 4. Artículo 122 Puesta en discusión la observación que consistía en sustituir este artículo, usó de la palabra el señor Ruiz-Esquide. Cerrado el debate y puesta en votación la observación, se aprobó por ,28 votos contra 20. Artículo 125 Sin debate, puesta en votación la observación que incidía en este artículo, se aprobó por 30 votos contra 26. Artículo 126 Sin debate, puesta en votación la observación que incidía en este artículo, resultó aprobada por 32 votos contra 28. Artículo 127 Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, se aprobó por 31 votos contra 28. Artículo 128 Puestas en discusión las observaciones al artículo 128, usó de la palabra el señor Ruiz-Esquide. Cerrado el debate, con la venia de lo Sala puestas en votación conjuntamente las dos observaciones, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 129 Puestas en discusión las observaciones al artículo 129, usó de la palabra el señor Buzeta. Cerrado el debate y puestas en votación conjuntamente las dos observaciones, con la venia de la Sala, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 130 Sin debate, con la venia de la Sala puestas en votación conjuntamente las dos observaciones a este artículo, se aprobaron por unanimidad. Artículo 132 Sin debate y por unanimidad se aprobó la observación que incidía en este artículo, al ser puesta en votación. Artículos nuevos Nº 1 Puesta en discusión la observación para agregar este artículo, usaron de la palabra los señores Naudon, Millas, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), Turna, Lorca, don Gustavo; señora Allende, y Ruiz-Esquide. Cerrado el debate, con la venia de la Sala puesto en votación el artículo, con excepción de la letra c), resultó aprobado por 35 votos contra 18. Puesta en votación la letra c). se rechazó por 2 votos contra 31. Nº 2 Con la venia de la Sala, el señor Prosecretario dio lectura al oficio rectificatorio de la observación que consistía en agregar este artículo. Puesta en discusión la observación, usaron de la palabra los señores Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), Phillips, Ruiz-Esquide, y Naudon. Cerrado el debate y puesta en votación la observación, se aprobó por 28 votos contra 7. Nº 3 Puesta en discusión la observación que consistía en agregar este artículo, usó de la palabra el señor Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo). Cerrado el debate y puesta en votación., se aprobó por la unanimidad de 42 votos. Nº 4 Puesta en discusión la observación para agregar este artículo, usaron de la palabra los señores Phillips, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), y Millas. Cerrado el debate y puesta en votación, se aprobó por 44 votos contra 2. Nº 5 Puesta en discusión la observación que consistía en agregar este artículo, usaron de la palabra los señores Millas, Ruiz-Esquide, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), señora Allende, y Acuña. A petición del señor Ministro de la Vivienda, por unanimidad se acordó dividir la votación respecto de esta observación, con el objeto de votar separadamente la frase "o desde la fecha en que se haga entrega material de dichas viviendas o locales a los asignatarios". Cerrado el debate y puesta en votación la observación sin la frase señalada, se aprobó por unanimidad. Puesta en votación la frase final indicada, se rechazó, también, por unanimidad. Nº 6 Puesta en discusión la observación para agregar este artículo, usó de la palabra el señor Ruiz-Esquide. Cerrado el debate y puesta en votación, resultó aprobada por unanimidad. Nº 7 Puesta en discusión la observación para agregar este artículo, usaron de la palabra los señores Acuña, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), Escorza, y Ruiz-Esquide. Cerrado el debate y puesta en votación, se aprobó por 19 votos contra 12. Nº 8 Puesta en discusión la observación que consistía en agregar este artículo, usaron de la palabra los señores Phillips, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanis- ma), Acuña, Ruiz-Esquide, Escorza, y la señora Allende. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la petición del señor Acuña, en orden a dirigir oficio al señor Contralor General de la República, con el objeto de que informara a ia Cámara acerca del alcance exacto de las disposiciones del artículo que se propone por esta observación. Cerrado el debate y puesta en votación la observación, ésta resultó ineficaz. Repetida la votación, por 22 votos contra 8 se aprobó la observación. Nºs. 9, 10, 11, 12 y 13 Sin debate, puestas en votación sucesivamente las observaciones que consistían en agregar estos artículos, resultaron aprobadas por unanimidad. Nº 14 Puesta en discusión la observación para consultar este artículo, usaron de la palabra los señores Phillips, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), Acuña, Millas, Cerda, don Eduardo; Ruiz- Esquide, Fuentes, don Samuel; y la señora Allende. Cerrado el debate y puesta en votación, se aprobó por unanimidad. Nº 15 Puesta en discusión la observación para agregar este artículo, usaron de la palabra los señores. Millas, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), y la señora Allende. Pasó a presidir la sesión el señor Stark (Segundo Vicepresidente). Cerrado el debate y puesta en votación la observación, se aprobó por unanimidad. Nºs. 16, 17 y 18 Sin debate, puestas en votación sucesivamente, las observaciones para agregar estos artículos, se aprobaron por unanimidad. Nº 19 Puesta en discusión la observación que consistía en agregar este artículo, usaron de la palabra los señores Lorca, don Gustavo; Millas, Naudon, señora Allende, Ha- milto (Ministro de la Vivienda y Urbanismo) , y Phillips. El Comité Socialista cedió 10 minutos de su tiempo al señor Millas. Respecto de este artículo se solicitó votación nominal. Cerrado el debate y puesta en votación la petición de votación nominal se aprobó por unanimidad. Tomada la votación, dio el siguiente resultado: Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados: Acevedo, Acuña, Aguilera, don Luis; Aguilera, doña María Inés; Agurto, Allende, Ansieta, Aravena, don Jorge; Argandoña, Ballesteros, Barrionuevo, Cademártori, Camus, Canales, Cantero, Cardemil, Cerda, don Carlos; Cerda, don Eduardo; Clavel, Corvalán, Daiber, De la Jara, Demarchi, Escorza, Fuentealba, Galleguillos, Giannini, Ibáñez, Iglesias, Lacoste, doña Graciela; Maira, Martínez, Meló, Millas, Monares, Muga, Naudon, Paluz, doña Margarita; Penna, Poblete Robles, Rodríguez, don Manuel; Rosselot, Ruiz-Esquide, Santibáñez, Sbarbaro, Sepúlveda, don Eduardo; Stark, Tejeda, Valdés, don Arturo; Valente, Valenzuela, don Renato; Valenzuela, don Héctor; Videla y Zorrilla. Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados: Lorca, don Gustavo; y Phillips, clon Patricio. En consecuencia, resultó aprobada la observación por 55 votos contra 2. En el transcurso de la votación, fundamentaron su voto los señores Lorca, don Gustavo; y Millas. Nºs. 20, 21, 22 y 23 Sin debates, puestas en votación sucesivamente las observaciones que consistían en agregar estos artículos, resultaron aprobadas por unanimidad. Nº 24 Puesta en discusión la observación para agregar este artículo, usaron de la palabra los señores Naudon, Hamilton (Ministro de la Vivienda y Urbanismo), Millas, señora Allende, y Ruiz-Esquide. Cerrado el debate y puesta en votación, resultó aprobada por 34 votos contra 7. Nº 25 Puesta en discusión la observación para agregar este artículo, usó de la palabra el señor Millas. Pasó a presidir la sesión el señor Pareto (Primer Vicepresidente). Cerrado el debate f puesta en votación la observación, resultó aprobada por unanimidad. Nº 26 Sin debate, puesta en votación la observación que consistía en agregar este artículo, resultó aprobada por unanimidad. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de las observaciones en su primer trámite constitucional y los acuerdos respectivos se mandaron comunicar al Honorable Senado. A proposición de la Mesa, por unanimidad, se acordó votar de inmediato, sin debate, las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Diputados, que introduce enmiendas a la Ordenanza de Aduanas, en lo relativo a la mercadería importada por servicios públicos, y conceder 5 minutos al Comité Comunista y 2 minutos al señor Giannini, para referirse a tales enmiendas. Las modificaciones en referencia, eran las siguientes: Artículo 1º Ha reemplazado el inciso segundo pollos siguientes artículos, nuevos: "Artículo 2°.- Los Servicios Públicos, las Instituciones Semifiscales, Semifiscales de Administración Autónoma o Autónomas y las Empresas del Estado que importen mercancías para su uso o consumo, estarán exentas de derechos, tasas e impuestos percibidos por las Aduanas. Esta liberación comprenderá, además, la Tasa de Despacho establecida en el artículo 190 de la ley Nº 16.464. Las importaciones a que se refiere este artículo se sujetarán en todo a la legislación vigente y deberán ser autorizadas en forma expresa por decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, con mención del organismo consignatario de las mercaderías que comprenda la autorización y el valor CIF correspondiente. Tales decretos llevarán, además, la firma del Ministro de Hacienda. Artículo 3°.- Facúltase a los Administradores de Aduana para entregar las mercancías a sus destinatarios, previo reconocimiento, cuando se trate de importaciones para el sector público o instituciones privadas, siempre que se trate de derechos e impuestos. Con el objeto de asegurar el correcto término de la tramitación del documento de destinación respectivo, el Administrador de Aduana adoptará las medidas necesarias a ese fin. Artículo 4°.- Agrégase la siguiente letra "n" al artículo 51 del DFL. Nº 213, de 1953: "n.- Autorizar, sin el trámite de aforo, la liquidación, el pago de los gravámenes que procedan, el retiro de materias primas, maquinarias y aparatos para la industria que se presenten sin embalaje, efectos de diplomáticos y de gobiernos extranjeros, mercancías destinadas a los servicios del Estado, Universidades u otras mercancías que, a proposición del Superintendente de Aduanas, acuerde la Junta General de Aduanas. La autorización precedente sólo procederá en el caso que el pedido arancelario esté de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 154 de esta Ordenanza, que corresponda a la documentación requerida y que los valores aduaneros sean los normales para esta clase de importaciones.". Artículo 5°.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 160 del DFL. Nº 213, de 1953: "El cincuenta por ciento de las sumas recaudadas por concepto de la tasa establecida en este artículo será destinado a los fines previstos en el artículo 41, letra n) de esta Ordenanza, Los ingresos provenientes de esta disposición, como asimismo todos los demás que las leyes destinan a la misma finalidad, deberán integrarse y egresarse en conformidad a la modalidad establecida en el artículo 194, letra d), de la ley Nº 16.464, de 1966, y su reglamento.". Artículo 6°.- Reemplázase el texto de la letra d) del artículo 134 de la ley Nº 16.464 publicada en el Diario Oficial de 25 de abril de 1966, por el siguiente: "d) Un veinte por ciento (20%) para ser destinado a los fines previstos en el artículo 41 letra n) de la Ordenanza de Aduanas, incluyéndose a los funcionarios afectos al DFL. Nº 218, de 1960. A este mismo fin se aplicarán todas las sumas a que se refiere este artículo que por cualquier causa no pudieren ser asignadas a alguna de las finalidades señaladas por las letras anteriores, y". Artículo 7°.- Las operaciones materiales que se requieran para la ejecución de las funciones y actividades del Servicio de Aduanas sólo podrán estar sujetas a la fiscalización jerárquica de las autoridades, unidades operacionales y funcionarios del mismo Servicio. Artículo 8°.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el Decreto Supremo Nº 2/772, de 18 de agosto de 1943 y sus modificaciones posteriores, de rerechos consulares y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las Aduanas, incluso los que se cobren a través de la Empresa Portuaria de Chile, y exímese de la obligación de efectuar depósitos previos u otras obligaciones en el Banco Central de Chile, los siguientes vehículos: un Country Squire Station Wagón Ford 1968; tres Falcon Station Wagón Futura 1968; tres Bronco U 154 Long Roof 1968; dos camionetas Piek up Ford F 100 1968; y un camión Ford F 350 .con doble rueda trasera 1968, destinados a la Empresa Nacional de Semillas S. A. C. Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la fecha de vigencia de la presente ley, las especies referidas fueren enajenadas a cualquier título o destinadas a fines distintos, se aplicará lo dispuesto en la Ordenanza General de Aduanas. Artículo 9°.- Libérase del pago ele derechos ele internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto Nº 2.772, de 18 de agesto de 1943 y sus modificaciones, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas, al vehículo ambulancia Supervan Econoline, Ford del año 1966, número de serie 73 9702H6AH, peso dos mil ochocientas libras, equipado con un neumático de cambio, una cama con dos colchones y otros artículos destinados a su función asistencial, consignado a la Junta de Vecinos de la población "22 de Julio", comuna de La Granja, departamento Presidente Pedro Aguirre Cerda. Autorízase, en su caso la internación de dicho vehículo y exímesele de la obligación de efectuar los depósitos previos. Si dentro del plazo ele cinco años, contado desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del Decreto con Fuerza de .Ley Nº 213, ele 1953, sobre Ordenanza de Aduanas. Artículo 10.- Agrégase'al Nº 2 del artículo 145 de la Ordenanza de Aduanas, DFL. Nº 213, de 1953, el siguiente inciso segundo: "Sin embargo, tratándose del caso específico contemplado en la letra d) del Nº 4 de este artículo, se tendrá por caución suficiente la prenda del vehículo y efectos en ella mencionados, garantía que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39, se entenderá constituida por el solo hecho de la anotación de su ingreso al país en el Registro Especial a que se refiere el artículo 9º de la ley Nº 15.123, para el vehículo y el que establezca el Servicio ele Aduanas para las demás mercancías o efectos. La prenda así constituida, no obstará al uso de dichos vehículos y efectos por parte del turista en tránsito temporal, el que los retendrá en su poder en calidad de depositario precario. Los actos o contratos que origine la admisión temporal de vehículos o efectos de turistas no estarán gravados por la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado u otros impuestos de cualquier naturaleza. Artículo 11.- Libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto Nº 2.772, de 18 de agosto de 1943 y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las aduanas, incluso los que se cobren a través de la Empresa Portuaria de Chile, a dos ambulancias marca Opel Olympia 1700, modelo del año 1966, con carrocería Miesen, motor Nº 170008861, chasis Nº 153435261 y motor número 170003340, chasis Nº 15345350, respectivamente, cada una equipada con una camilla, calefacción, radio y otros artículos especiales destinados a su función asistencia!, consignadas al Instituto Médico de Concepción S. A. Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la vigencia de esta ley. las especies a que se refiere este artículo fuesen enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del DFL. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas." Artículo 2º Ha pasado a ser artículo 12. Ha suprimido el guarismo "1°.- " del inciso primero. Ha suprimido el Nº 2º con sus incisos y letras. Ha suprimido el inciso tercero de este artículo- que se inicia con las palabras "El Conservador de Bienes Raíces. . Artículo 3° Ha pasado a ser artículo 13. Ha sustituido el inciso final por el siguiente: "Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del DFL. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas." A continuación, ha agregado el siguiente inciso, nuevo: "No regirán respecto de las mercaderías a que se refiere el presente artículo las prohibiciones, limitaciones, depositos y demás condiciones o requisitos generales, o especiales establecidos por las leyes vigentes." Artículo 4° Ha sido rechazado. En seguida, ha agregado los siguientes artículos transitorios, nuevos: "Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para refundir en un solo texto el DFL. Nº 213, de 1953, y sus modificaciones, inclusive las de la presente ley, debiendo ciarle número de ley. "Artículo 2°.- El artículo 6º regirá desde el 25 de abril de 1966, fecha de vigencia del artículo 194 de la ley Nº 16.464. Artículo 3°.- Condónanse los derechos, multas, intereses y cualquier otro cobro formulado a la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios S. A., con motivo de las internaciones que hubiere efectuado al país de elementos destinados a las construcciones o habilitaciones que le corresponda efectuar." Con la venia de la Sala, el señor Prosecretario dio lectura al oficio complementario del Honorable Senado, con el cual rectifica la enmienda introducida al inciso segundo del artículo 1º de este proyecto, en el sentido de aclarar que el referido inciso se sustituye por los artículos signados con los números 2º, 3º y 4º, y que el resto de los artículos, que figuran con los números 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10 y 11, son artículos nuevos, y corresponde, por lo tanto votarlos separadamente. En conformidad con el acuerdo anterior, usaron de la palabra los señores Valente y Giannini, y con la venia de la Sala el señor Clavel. Cerrado el debate, a proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó votar conjuntamente todas las modificaciones, con excepción de las siguientes que, posteriormente, también se acordó votar conjuntamente: La que consistía en agre- gar un artículo 89 nuevo; la que suprimía el Nº 2 del artículo 2º; la que suprimía el inciso tercero del mismo artículo 2º, y la que sustituía el inciso final del artículo 3º. Puestas en votación, en conformidad al acuerdo anterior, las modificaciones, resultaron aprobadas por unanimidad. Puestas en votación el resto de las modificaciones señaladas, se aprobaron con los votos en contra del Comité Comunista. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en el Congreso Nacional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, que se pusieron en conocimiento del Honorable Senado, se mandó comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República, concebido en los siguientes términos: Proyecto de ley "Artículo 1º -Suprímese en el inciso primero del artículo 170 del DFL. Nº 213, de 1953, Ordenanza General de Aduanas, la frase "aunque sean de propiedad fiscal", seguida de una coma. Artículo 2°.- Los Servicios Públicos, las Instituciones Semifiscales, Semifiscales de Administración Autónoma o Autónomas y las Empresas del Estado que importen mercaderías para su uso o consumo, estarán exentas de derechos, tasas e impuestos percibidos por las Aduanas. Esta liberación comprenderá, además, la Tasa de Despacho establecida en el artículo 190 de la ley Nº 16.464. Las importaciones a que se refiere este artículo se sujetarán en todo a la legislación vigente y deberán ser autorizadas en forma expresa por decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, con mención del organismo consignatario de las mercaderías que comprenda la autorización y el valor CIF correspondiente. Tales decretos llevarán, además, la firma del Ministro de Hacienda. Artículo 3°.- Facúltase a los Administradores de Aduana para entregar las mercancías a sus destinatarios previo reconocimiento, cuando se trate de importaciones para el sector público o instituciones privadas, siempre que se trate de mercancías afectas a exenciones totales de derechos e impuestos. Con el objeto de asegurar el correcto término de la tramitación del documento de destinación respectivo, el Administrador de Aduana adoptará las medidas necesarias a ese fin. Artículo 4°.- Agrégase la siguiente letra "n" al artículo 51 del D.F.L. Nº 213, de 1953: "n.- Autorizar, sin el trámite de aforo, la liquidación, el pago de los gravámenes que procedan, el retiro de las materias primas, maquinarias y aparatos para la industria que se presenten sin embalaje, efectos de diplomáticos y de gobiernos extranjeros, mercancías destinadas a los servicios del Estado, Universidades u otras mercancías que, a proposición del Superintendente de Aduanas, acuerde la Junta General de Aduanas. La autorización precedente sólo procederá en el caso que el pedido arancelario esté de acuerdo con lo. dispuesto en el artículo 154 de esta Ordenanza, que corresponda a la documentación requerida y que los valores aduaneros sean los normales pa,ra esta clase de importaciones.Artículo 5°.- Agrégase el siguiente inciso, final al artículo 160 del DFL. N° 213, de 1953: "El cincuenta por ciento de las sumas recaudadas por concepto de la tasa establecida en esté artículo será destinado a los fines previstos en el artículo 41, letra n) de esta Ordenanza. Los ingresos provenientes de esta disposición, como asimismo todos los demás que las leyes destinan a la misma finalidad, deberán integrarse y egresarse en conformidad , a la modalidad establecida en el artículo 194, letra d), de la ley Nº 16.464, de 1966, y su reglamento.". Artículo 6°.- Reemplázase el texto de la letra d) del artículo 194 de la ley Nº 16.464 publicada en el Diario Oficial, de 25 de abril de 1966, por el siguiente: "d) Un veinte por ciento (20%) para ser destinado a los fines previstos en el artículo 41, letra n) de la Ordenanza de Aduanas, incluyéndose a los funcionarios afectos al DFL. Nº 218, de 1960. A este mismo fin se aplicarán todas las sumas a que se refiere este artículo que por cualquier causa no pudieren ser asignadas a alguna de las finalidades señaladas pollas letras anteriores, y". Artículo 7°-Las operaciones materiales que se requieran para la ejecución de las funciones y actividades del Servicio de Aduanas sólo podrán estar sujetas a la fiscalización jerárquica de las autoridades, unidades operacionales y funcionarios del mismo Servicio. Artículo 89-Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el Decreto Supremo Nº 2772, de 18 de agosto de 1943 y sus modificaciones posteriores, de derechos consulares y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las Aduanas, incluso los que se cobren a través de la Empresa Portuaria de Chile, y exímese de la obligación de efectuar depósitos previos u otras obligaciones en el Banco Central de Chile, a los siguientes vehículos: un Country Squire Station Wagón Ford 1968; tres Falcon Station Wagón Futura 1968; tres Bronco U 150 Long Roof 1968; dos camionetas pick-up Ford F-100 1S68; y un camión Ford F-350 con doble rueda trasera 1968 destinados a la Empresa Nacional de Semillas S. A. C. Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la fecha de vigencia de la presente ley, las especies referidas fueren enajenadas a cualquier título o destinadas a fines distintos, se aplicará lo dispuesto en la Ordenanza General de Aduanas. Artículo 9°.- Libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto Nº 2.772, de 18 de agosto de 1943 y sus modificaciones, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas, al vehículo ambulancia Supervan Econoline, Ford del año 1966, número de serie 78 9702H6AH, peso dos mil ochocientas libras, equipado con un neumático de cambio, una cama con dos colchones y otros artículos destinados a su función asistencial, consignado a la Junta de Vecinos de la población "22 de Julio", comuna de La Granja, departamento Presidente Pedro Aguirre Cerda. Autorízase, en su caso, la internación de dicho vehículo y exímesele de la obligación de efectuar los depósitos previos. Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas. Artículo 10.- Agrégase al Nº 2 del artículo 145 de la Ordenanza de Aduanas, DFL. Nº 213, de 1953, los siguientes incisos: "Sin embargo, tratándose del caso específico contemplado en la letra d) del Nº 4 de este artículo, se tendrá por caución suficiente la prenda del vehículo y efectos en ella mencionados, garantía que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º, se entenderá constituida por el solo hecho de la anotación de su ingreso al país en el Registro Especial a que se refiere el artículo 99 de la ley Nº 15.123, para el vehículo y el que establezca el Servicio de Aduanas para las demás mercancías o efectos. La prenda así constituida, no obstará al uso de dichos vehículos y efectos per parte del turista en tránsito temporal, el que los retendrá en su poder en calidad de depositario precario. Los actos o contratos que origine la admisión temporal de vehículos o efectos de turistas no estarán gravados por la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado u otros impuestos de cualquiera naturaleza." Artículo 11.- Libérase del pago de derechos de internación,, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto Nº 2.772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores y, en general de todo derecho o contribución que se perciba por las aduanas, incluso los que se cobren a través de la Empresa Portuaria de Chile, a dos ambulancias marca Opel Olympia 1700, modelo del año 1966, con carrocería Miesen, Motor Nº .170008861 chasis Nº 153435261 y Motor Nº 17000340 chasis Nº 153435350. respectivamente, cada una equipada con una camilla, calefacción, radio y otros artículos especiales destinados a su función asistencia!, consignadas al Instituto Médico de Concepción S. A. Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán sanciones establecidas para la infracción, de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del DFL. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas. Artículo 12.- Los oficiales y tripulantes chilenos de la Marina Mercante Nacional con residencia en el país que adquieran las mercancías que más adelante se señalan, con el producto de sus remuneraciones percibidas en moneda extranjera, gozarán de las siguientes franquicias : Podrán importar artículos constitutivos de menaje de casa adecuados y suficientes para sus necesidades y las de su grupo familiar pagando el 25% del total de los derechos señalados en el Arancel Aduanero vigente. Tendrán derecho a lo señalado en el inciso anterior los oficiales y tripulantes que cumplan con los siguientes requisitos: a) Haber prestado servicios por un período no inferior a cinco añoá; b) Que el valor de las mercancías que importen dentro del año calendario, no exceda del monto de las remuneraciones percibidas en moneda extranjera en el exterior durante el año precedente, con un máximo de US$ 1.000. No obstante, tratándose de un viaje ocasional, el tripulante podrá hacer uso de esta franquicia hasta por el total de las remuneraciones percibidas en moneda extranjera en ese viaje, con el máximo ya señalado. Estas importaciones podrán efectuarse en un solo viaje o en los diversos viajes que haga durante el año en que use de la franquicia, y c) Los elementos de menaje de casa a que se refiere este número sólo podrán reponerse, por una sola vez, después de cinco años. Las mercancías que se importen al amparo de las disposiciones de este artículo podrán internarse al país sin necesidad de hacer depósito previo ni registrarse la operación en el Banco Central de Chile. Las mismas no podrán ser objeto de negociación de ninguna especie, tal como compraventa, arrendamiento, comodato o cualquier otro acto jurídico que signifique la tenencia, posesión o dominio por persona extraña al beneficiario de la franquicia sin perjuicio de lo que dispone el artículo 39 letra d) de la Ordenanza General de Aduanas.La inobservancia da las restricciones señaladas precedentemente presumirán el delito de fraude al Fisco, a que se refiere el artículo 186 de la Ordenanza General de Aduanas. Un Reglamento que deberá emitir el Presidente d'e la República dentro del plazo de 90 días, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, determinará las normas a que se sujetará el control y fiscalización de esta franquicia por parte del Servicio de Aduanas. Artículo 13.- Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto ¡supremo Nº 2.772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas y de las obligaciones de depósitos previos, y autorizase la internación de las siguientes mercaderías. a) Un automóvil "Volga" M-21 y un proyector cinematográfico "Ukrania", contenidos en un bulto de 2.400 kilos y dos bultos de 220 kilos, procedentes de la Unión Soviética y destinados a la Central Unica de Trabajadores de Chile, y b) Un órgano no automático, marca Hammond, Modelo L-lll, terminación caoba colorada, completo, con banqueta, para 230 v. 50c., contenido en dos cajas de un peso aproximado de 166 kilos, destinado a la Congregación del Buen Pastor de Santiago. Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del D.F.L. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas. No regirán respecto de las mercaderías a que se refiere el presente artículo las prohibiciones, limitaciones, depósitos y demás condiciones o requisitos generales o especiales establecidos por las leyes vigentes. Artículos transitorios Artículo 1º.- Autorízase al Presidente- de la República para refundir en un solo texto el D.F.L. Nº 213, de 1953, y sus modificaciones, inclusive las de la presente ley, debiendo darle número de ley. Artículo 2º.- El artículo 6º regirá desde el 25 de abril de 1966, fecha de vigencia del artículo 194 de la ley Nº 16.464. Artículo 3º.- Condónanse los derechos, multas, intereses y cualquier otro cobro formulado a la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios S. A., con motivo de las internaciones que hubiere efectuado al país de elementos destinados a las construcciones o habilitaciones que le corresponda efectuar." A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito ss acordó facultar al señor Rosselot para que, posteriormente, pasara h presidir la sesión. INCIDENTES El primer turno de la Hora de Incidentes correspondía al Comité Demócrata Cristiano. Usó de la palabra, en primer término, la señora Aguilera, doña María Inés, para referirse a la necesidad de construir diversas dependencias en numerosos establecimientos educacionales, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la construcción de un gimnasio en el Liceo Nº 2 de Niñas, de Santiago, como, asimismo, de un comedor en la Escuela Nº 15, de Guacarhue, departamento de Caupolicán, que, además, pueda utilizarse como gimnasio.En seguida, SSa. se refirió a diversas necesidades de la Población Los Nogales, de Santiago, y solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios: Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que se empareje el relleno efectuado en el basural que existía en la Población Los Nogales, con el propósito de habilitar allí un parque y un campo deportivo. Al señor Ministro del Interior, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva obtener que la Municipalidad de Santiago consulte recursos para construir locales adecuados para que los integrantes de la Asociación de Comerciantes de la Población Los Nogales puedan vender sus mercaderías. SSa. se refirió,' a continuación, a diversas necesidades de la Población Lo Valledor Norte, de Santiago, y solicitó que, en su nombre se dirigieran los siguientes oficios : Al señor Ministro del Interior, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la ampliación de la red de alumbrado público a toda la Población mencionada. Al mismo señor Ministro, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva obtener la reparación de los juegos infantiles de la Plaza Panamá, como, también, la instalación de los mismos en las Plazas Méjico y Cuba, de la referida Población Lo Valledor Norte. Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la pavimentación de todas las calles de la Población Lo Valledor Norte. SSa. se refirió, posteriormente, a las deficiencias en la atención en los hospitales del Servicio Nacional de Salud, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Salud Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Por último, SSa. se refirió al pago de remuneraciones a los profesores reemplazantes, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que, a la brevedad posible, se paguen las cantidades adeudadas a tales profesores. Usó de la palabra, en seguida, el señor Penna, para analizar los problemas que afectan a los pequeños propietarios de los valles interiores de la provincia de Coquimbo, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Agricultura. A continuación, usó de la palabra el señor Valdés Phillips, para referirse a la construcción de un nuevo local para el Liceo de Hombres de La Serena, y solicitó que, en su nombre, se dirigieran oficios a S. E. el Presidente de la República y al señor Ministro de Educación Pública, con ei objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que, a la brevedad posible, se programe la construcción señalada. Se refirió SSa., en seguida, al establecimiento de bibliotecas en los locales comunitarios del país, y solicitó que, en su nombre se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Solicitó, igualmente, el señor Diputado, que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que en el Presupuesto de la Nación para el año 1968, se consulten recursos para dotar de libros a las bibliotecas de los locales comunitarios, de acuerdo al plan que alabore la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. Por último, SSa. se refirió a los efectos causados por la lluvia y la nieve caída en el valle de Elqui, y solicitó que, en su nom. bre, se transmitieran sus observaciones a los señores Ministros de Hacienda y de Agricultura, con el objeto de que, si lo tienen a bien, se sirvan acoger las peticiones contenidas en ellas. Usó de la palabra, en seguida, el señor Santibáñez, para referirse, en primer término, al servicio de trenes entre Valparaíso y los pueblos vecinos, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. A continuación, SSa. se refirió a las tarifas cobradas por las comunicaciones telefónicas entre Valparaíso y Q.uilpué, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro del Interior, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Por la vía d'e la interrupción, el ssñor Acevedo se refirió a la misma materia. Usó de la palabra el señor Sepúlveda, don Eduardo, para solicitar que, en nombre del Comité Demócrata Cristiano, se transmitieran las observaciones formuladas por el señor Santibáñez en relación con las tarifas cobradas por las comunicaciones telefónicas entre Valparaíso y Quilpué, al señor Contralor General de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Por último, usó de la palabra el señor Rosselot para solicitar que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios : Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que la Línea Aérea Nacional, en sus vuelos al sur del país, establezca escalas en las ciudades de Angol o de Victoria, provincia de Malleco. Al señor Ministro d'e Obras Públicas, a lo que adhirieron los señores Phillips y Rioseco, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener la terminación, a la brevedad posible, de los caminos en construcción en la provincia de Malleco, especialmente de los que unirán a la ciudad de Angol con la de Collipulli, y con la localidad de Coigue. El turno siguiente correspondía al Comité Radical. Usó de la palabra, en primer término, el señor Fuentealba para rendir homenaje a la memoria del guerrillero argentino-cubano Ernesto Guevara. En seguida, usó de la palabra el señor Poblete para referirse a la entrega a particulares de la Planta de la Empresa Nacional de Minería "Elisa de Bordos", de Atacama, y solicitó que, en su nombre, se transmitieran sus observaciones al señor Ministro de Minería, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Por último, usó de la palabra el señor Camus, para referirse al homenaje rendido al guerrillero argentino-cubano Ernesto Guevara. A continuación, SSa. solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro del Trabajo, con el objeto d'e que, si lo tiene a bien; se sirva informar a esta Cámara acerca de las irregularidades que se habrían comprobado en la gestión de la directiva del Sindicato de Empleados de la Cámara Marítima de Chile. El turno siguiente correspondía al Comité Comunista. Usó de la palabra, en primer término, el señor Galleguillos para referirse a diversas necesidades de la provincia de Antofagasta, y solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios: Al señor Ministro de Hacienda, a lo que adhirieron el señor Clavel y el Comité Socialista, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer que, a la brevedad posible, se paguen a las Municipalidades de la provincia de Antofagasta los fondos adeudados por concepto de participación en el rendimiento de la Ley del Cobre, Ai señor Ministro da Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer que se revisen los cálculos efectuados para determinar el costo de los arranques domiciliarios de alcantarillado, por cuanto éste resulta demasiado elevado, especialmente en la ciudad de Antofagasta. Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el objeto d'e que, si lo tiene a bien, se sirva remitir a esta Cámara todos los antecedentes relacionados con la posible bonificación que se otorgaría pollas viviendas que forman la Población To- rreblanca, de Copiapó. Al señor Ministro de Agricultura, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva informar a esta Corporación acerca del anuncio que habría efectuado la Sociedad Chilena de Fertilizantes, en orden a despedir persona! en la planta de Mejillones, y a la posible paralización de sus labores. Por último, usó de la palabra el señor Agurto para referirse al pago de pensiones y de remuneraciones de los jubilados de las Fuerzas Armadas y del Magisterio Nacional, respectivamente, y solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios : Al señor Ministro de Defensa Nacional, a lo que adhirió el Comité Socialista, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer que, a la brevedad posible, se paguen las cantidades adeudadas por aplicación de la ley de revalorización de pensiones, a los integrantes de la Asociación de Jubilados y Montepiadas de las Fuerzas Armadas, de Talcahuano. Al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer que, a la brevedad posible, se paguen las sumas adeudadas al personal del Magisterio Nacional, por concepto de remuneraciones. E3 turno siguiente correspondía al Co- mité Democrático Nacional, que renunció a su tiempo. El turno siguiente correspondía al Comité Socialista. Usaron de la palabra, sucesivamente, los señores Tuma y Palestro, para rendir homenaje a la memoria del guerrillero argentino-cubano Ernesto Guevara. El turno siguiente correspondía ai Comité Independiente, que cedió su tiempo al Comité Radical. Usó de la palabra el señor Camus para analizar diversos problemas laborales en la Fundición de Ventanas, de la Empresa Nacional de Minería, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Minería, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva informar a esta Cámara del posible incumplimiento por parte de la Empresa del acta de avenimiento suscrita con los trabajadores, como, asimismo, adopte las medidas necesarias ten. dientes a obtener la solución del conflicto existente. En seguida, SSa., se refirió a diversas necesidades de la comuna de Cobquecura, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que la Dirección de Turismo acoja las peticiones que le formuló la Municipalidad de Cobquecura por oficio Nº 62, de 19 de julio del presente año, en relación con el desarrollo turístico de la zona. Por último, SSa. se refirió a la habilitación del túnel de Chacabuco, y solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer que se mantenga habilitado dicho túnel durante el verano, y hasta que se realicen los trabajos de terminación de la obra. Correspondía, a continuación, "tratar los problemas ele la Universidad Técnica en particular y de la Universidad en general". En los turnos correspondientes a los Comités Comunista, Demócrata Cristiano, Radical, Comunista, Democrático Nacional, Socialista, e Independiente, usaron de la palabra, respectivamente, los señores Cademártori y por la vía de la interrupción la señora Lazo; Castilla, Maira y Sepúlveda, don Eduardo, y por la vía de la interrupción, Cademártori y la señora Lazo; Poblete; Cademártori y por la vía de la interrupción la señora Lazo; señora Laso y por la vía de la interrupción Momberg; Maira, y Sepúlveda, don Eduardo, y con la venia del Comité la señora Lazo. Con la venia del Comité las señoras Allende y Lazo. En el transcurso del debate pasó a presidir la sesión el señor Rosselot. Durante sus intervenciones, ia señora Lazo solicitó la inserción en la versión oficial respectiva, de una copia fotostática de los votos emitidos para la designación de un profesor en la Universidad Técnica del Estado; de una nota del Cuerpo de Paz, y de una nota dirigida por el señor Jorge Soto al señor Aristóteles Berlendis, lo que por unanimidad así se acordó, sucesivamente. Per su parte, el señor Cademártori solicitó la inserción en la versión oficial respectiva de un documento con el cual los profesores de la Universidad Técnica del Estado acogen los planteamientos de los alumnos, lo que, también, por unanimidad así se acordó. Asimismo, el señor Cademártori solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio al señor Contralor General de la República transmitiéndole las observaciones formuladas por SSa. en relación con diversas irregularidades producidas en la Uni- versidad Técnica del Estado, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas. Igualmente, el señor Maira solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los Comités Demócrata Cristiano, Comunista y Socialista, se dirigiera oficio al señor Contralor General d'e la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva disponer una investigación de las irregularidades que se habrían producido en las Universidades Técnica del Estado y Federico Santa María. A indicación de la señora Lazo, por asentimiento tácito, se acordó dirigir oficio en nombre de la Cámara, al señor Contralor General de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva obtener que se paguen las remuneraciones a los profesores de la Universidad Técnica del Estado de acuerdo con las copias de las planillas, ya que los documentos necesarios se encuentran en la Casa Central de ese plantel educacional, que está en poder de los alumnos. Por su parte, la señora Allende solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió Comité Comunista, se dirigiera oficio al señor Ministro del Interior, con el objeto de expresarle la protesta de SSas. por la violenta actitud de las fuerzas policiales con los alumnos de la Universidad Técnica del Estado. En el nuevo tiempo correspondiente al Comité Demócrata Cristiano, usaron de la palabra los señores Sepúlveda, don Eduardo, Valenzuela, don Ricardo, y por la vía de la interrupción Momberg. Por haber llegado la hora de término reglamentario de la sesión, correspondía votar los siguientes proyectos de acuerdo presentados, a los cuales, sucesivamente dio lectura el señor Prosecretario : De los señores Escorza, Valenzuela, don Ricardo; Sepúlveda, don Eduardo; Valen, zuela, don Héctor, Castilla, Maira y Rosselot, apoyados por el Comité Demócrata Cristiano. Ante la situación existente en las universidades Federico Santa María y Técnica del Estado, la Honorable Cámara acuerda: 1-.- Respaldar el justo movimiento de los universitarios y profesores de las mencionadas universidades, en procura de su democratización e incorporación al desarrollo económico y social del país, mediante la reforma universitaria. 2º.- Expresar a los Rectores de ambas universidades que la permanencia de sus personas en los cargos que invisten entorpecen la realización de la necesaria reforma universitaria, y pedirles que dejen libertad de acción a los respectivos Conse. jos Universitarios, entregando sus renuncias, como primer paso para encontrar la vía de solución a los problemas de esta hora. 3º.- Que la Contraloría General de la República investigue y dé cuenta a esta H. Cámara del destino de las subvenciones que a cualquier título hayan percibido dichas universidades, con cargo al erario nacional. De la señora Lazo apoyada por el señor Cademártori Comité Comunista. La Honorable Cámara acuerda: Apoyar el justo movimiento de los estudiantes y profesores de la Universidad Técnica, en orden a obtener la democratización efectiva de la Universidad, la elección de un Consejo representativo de profesores y estudiantes y la reforma de la ley orgánica de dicha Universidad que contemple las aspiraciones del estudiantado. De la señora Lazo apoyada por el señor Cademártori Comité Comunista. La Honorable Cámara acuerda: Recabar del Supremo Gobierno pida la renuncia del Rector de la Universidad Técnica, señor Horacio Aravena. Puestos en votación sucesivamente los dos primeros proyectos de acuerdo, resultaron aprobados por unanimidad. Puesto en votación el tercero d'e ellos, ésta resultó ineficaz. Repetida la votación, se aprobó por la unanimidad de 29 votos. CAMBIOS DE MIEMBROS DE COMISIONES En conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento se deja testimonio de los siguientes cambios efectuados en el personal de las Comisiones entre la última sesión y la presente: Hacienda Renunciaron los señores Alvarado, Garay y Muga, y se designó en su reemplazo a los señores Ansieta, Penna, y Garay, respectivamente. Minería Renunciaron la señora Retamal y el señor Monares, y se designó en su reemplazo a los señores Penna y Torres, respectivamente. PETICIONES DE OFICIOS. De acuerdo con lo establecido en el articulo 175 delReglamento Interior de la Corporación, los señores Diputados que se indican, solicitaron que, en sus respectivos nombres, se dirigieran los siguientes oficios: - (Las peticiones de oficios correspondientes a esta parte de la sesión aparecen al final de los Documentos de la Cuenta de la Sesión 7ª). Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba prorrogada, se levantó ésta a las 28 horas 47 minutos. Sesión 8ª- Extraordinaria, en jueves 19 de octubre de 1967. Presidencia del señor Lorca, don Alfredo. Se abrió a las 11 horas y, asistieron los señores:Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Aguilera C., María Inés Allende G., Laura Ansieta N., Alfonso Arancibia C., Mario Aravena C., Jorge Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Canales C., Gilberto Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Corvalán $., Ernesto Correa M., Silvia De la Jara P., Renato E. Escorza O., José Dgo. Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuenzalida M., Mario Galleguillos C., Víctor Garay F.. Félix Giannini I., Osvaldo Ibáñez V., Jorge Iglesias C., Ernesto Isla II., José Manuel Jaque A., Duberildo Jarpa V., Miguel Lavandero I., Jorge Lazo C., Carmen Lorca R., Gustavo Lorca V., Alfredo Lorenzini G., Emilio Maira A., Luis Martínez C., Juan Melo P., Galvarino Momberg R., Hardy Monares G., José Montt M., Julio Morales A., Raúl Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Osorio P., Eduardo Palastro R.. Mario Paluz R., Margarita Pareto G., Luis Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Retamal C., Blanca Rioseco V., Manuel Rodríguez II., Manuel Rodríguez N., Juan Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J„ Mariano Saavedra C., Wilna Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., i'duardo Silva U., Ramón Sotomayor G., Fernando Stark T., Pedro Urra V., Pedro Valdés Ph., Arturo Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Zorrilla C., Enrique Se dio cuenta de: 1°.- Un oficio del Honorable Senado, con el que devuelve aprobado con modificaciones el proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. -Quedó en Tabla. 2°.- Un oficio del señor Ministro de Relaciones Exteriores, con el que contesta el que se le envió, >en nombre de la Cámara, sobre la necesidad de adoptar medidas para estrechar los vínculos culturales y comerciales de nuestro país con los del área centroamericana. 3°.- Un oficio del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Valente, relativo a la situación de los choferes de taxis de Iquique respecto de su calidad de imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares. 4°.- Un oficio del señor Ministro de Salud Pública, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Olave, acerca de las deficiencias que existirían en el Hospital John Kennedy, de Valdivia. -Quedaron a disposición de los señores Diputados. ORDEN DEL DIA En conformidad con el objeto de la sesión a que había ordenado citar el señor Presidente, en primer lugar, correspondía considerar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional, que autoriza a la Municipalidad de Vichuquén para contratar empréstitos. La observación en referencia era la siguiente : "En el artículo 2° sustitúyese, después de la palabra "anterior" la "coma" (,)por un punto (.) y suprímese lo siguiente: "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos"." Puesta en discusión la observación, usaron de la palabra los señores Acevedo y Clavel. Cerrado el debate y puesta en votación la observación, resultó aprobada por unanimidad. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de la observación en su primer trámite constitucional, y el acuerdo respectivo se puso en conocimiento del Honorable Senado. En segundo lugar, correspondía considerar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional, que autoriza a la Municipalidad de Tiltil para contratar empréstitos. Las observaciones en referencia eran las siguientes: Artículo 1º Sustituyese en el artículo 1º el guarismo "Eº 300.000" por "Eº 100.000". Artículo 2º Suprímase en -el artículo 2º la frase "para cuyos efectos no regirán las disposiciones rectrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos". Artículo 3º Sustituyese el artículo 3º por el siguiente : "El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en obras de pavimentación, urbanización y saneamiento de población, alumbrado o adquisición de equipos para el aseo domiciliario". Artículo 5º Suprímese el artículo 5º. Artículo 1º Puesta en discusión la observación a este artículo, usaron de la palabra el señor Acevedo y la señora Retamal. Cerrado el debate, con la venia de la Sala, usaron de la palabra los señores Clavel, Fuentes, don Samuel; Garay, Sotomayor y Acevedo. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperaron las peticiones de los señores Clavel y Acevedo, en orden a dirigir oficios al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que obtenga que el Banco del Estado de Chile dé curso a todos los empréstitos municipales autorizados por leyes especiales, y a S. E. el Presidente de la República, con el objeto de que se sirva incluir en la actual convocatoria a sesiones extraordinarias del Congreso Nacional el proyecto de ley que modifica la ley orgánica del Banco Central de Chile y la Ley General de Bancos; respectivamente. A indicación de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó votar conjuntamente todas las observaciones a este proyecto. Puestas en votación las referidas observaciones, por unanimidad se acordó rechazarlas e insistir en los textos primitivos aprobados por el Congreso. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de las observaciones en su primer trámite constitucional y los acuerdos respectivos se pusieron en conocimiento del Honorable Senado. A proposición del señor Lorca, don Alfredo (Presidente), por asentimiento unánime, se acordó tratar y despachar en la presente sesión, a continuación de las observaciones al proyecto que autoriza a la Municipalidad de La Cruz para contratar empréstitos, con omisión de las votaciones secretas que procedieren, las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley que su- plementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Correspondía, en tercer lugar, considerar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República, al proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional, que autoriza a la Municipalidad de La Cruz para contratar empréstitos. Las observaciones en referencia eran las siguientes: Artículo 1º En el artículo 1º reemplázase lo siguiente; "hasta la suma de Eº 250.000" por esto otro: "hasta la suma de Eº 120.000". Artículo 2° En el artículo 2º suprímase la frase "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos" y sustitúye- se la "coma" (,) que la precede por un "punto" (.). Artículo 3° 3) Reemplázase el texto del artículo 3º por el siguiente: "El producto del o los empréstitos que se contraten en virtud de esta ley, se invertirán en la construcción de una sala para espectáculos o en la adquisición de vehículos motorizados para el servicio de aseo o transporte de materiales". Sin debate, con la venia de la Sala puestas en votación, conjuntamente con todas las observaciones, por unanimidad se acordó rechazarlas e insistir en los textos primitivos. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de las observaciones en su primer trámite constitucional, y los acuerdos respectivos se mandaron comunicar al Honorable Senado. Por último, correspondía, en conformidad al acuerdo anterior, considerar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Diputados, que suple- menta diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Las modificaciones en referencia aparecen entre los Documentos de la Cuenta de la sesión 8ª. Artículo 3º, nuevo Puesta en discusión la modificación que consistía en agregar este artículo, usó de la palabra el señor Melo. Cerrado el debate, con la venia de la Sala, usaron de la palabra la señora Lazo, y los señores Garay, Silva Ulloa y Cambado. A proposición del señor Cabello, por unanimidad, se acordó dirigir oficio en nombre de la Cámara a S. E. el Presidente de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva incluir en la actual convocatoria a sesiones extraordinarias del Congreso Nacional el proyecto que modifica la ley Nº 12.027, que consultó recursos para los Cuerpos de Bomberos de la República, qu-e se encuentra pendiente en el Honorable Senado, en segundo trámite constitucional. Puesta en votación la. modificación, resultó aprobada por unanimidad.Sin debate, puesta en votación esta modificación, se aprobó, también por unanimidad. Artículo 3º Puestas en discusión las enmiendas a este artículo, usó de la palabra el señor Valente. Cerrado el debate, con la venia de la Sala, puestas en votación conjuntamente todas las modificaciones, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 6°, nuevo Puesta en discusión la enmienda que consistía en agregar esta artículo, usaron de la palabra los señores Naudon, en los tiempos de su primero y su segundo discursos; Castilla, en los tiempos de su primero y su segundo discursos; Sotomayor; señora Lazo; Phillips; Lorca, don Gustavo; Acevedo, y Osorio, en los tiempos de su primero y su segundo discursos, y polla vía de la interrupción, los señores Silva Ulloa; Cabello, y Cerda, don Eduardo. En el transcurso del debate, la Mesa aplicó la medida disciplinaria de "llamado al orden" al señor Osorio. Por haber llegado la hora de término reglamentario de la sesión, la Mesa declaró cerrado el debate respecto de ésta y del resto de las modificaciones introducidas al proyecto. Puesta en votación la enmienda, resultó aprobada por unanimidad. Artículo 4º Con la venia de la Sala, puestas en votación conjuntamente todas las modificaciones a este artículo, se aprobaron por unanimidad. Puestas en votación, con la venia de la Sala, conjuntamente todas las modificaciones que incidían en este artículo, se aprobaron, también, por unanimidad. Artículos 9º, 10 y 11, nuevos Puestas en votación las modificaciones que consistían en agregar estos artículos, sucesivamente, resultaron aprobadas por unanimidad. Artículo 6º Con la venia de la Sala, puestas en votación conjuntamente las dos primeras modificaciones, se aprobaron por unanimidad, con la abstención de los señores Diputados del Comité Comunista. Puesta en votación la enmienda por la que se agregaba un inciso final nuevo, resultó aprobada por 35 votos contra 2. Artículo 7º Puesta en votación la modificación al inciso primero, se rechazó por 9 votos contra 39. Puesta en votación la enmienda al inciso segundo, se aprobó por 34 votos contra 11. Puesta en votación la sustitución del párrafo segundo del inciso segundo, se rechazó por 8 votos contra 36. Puesta en votación la modificación que incidía en el inciso cuarto, se aprobó por unanimidad. Puesta en votación la enmienda a! inciso quinto, también se aprobó por unanimidad. Puesta en votación la modificación al inciso sexto, se aprobó con el voto en contra del señor Sotomayor. Puestas en votación, sucesivamente, las modificaciones para agregar dos incisos nuevos a este artículo, se aprobaron por unanimidad. Artículo 8º Puestas en votación, sucesivamente, las cuatro enmiendas a este artículo, se aprobaron por unanimidad, las dos primeras, y por 26 votos contra 18 las dos restantes. Artículo 9" Con la venia de la Sala, puestas en votación conjuntamente todas las enmiendas al inciso único de este artículo, resultaron aprobadas por unanimidad. Puesta en votación la modificación por la que se agregaba un inciso segundo nuevo, también, se aprobó por asentimiento unánime. Artículo 10 Con la venia de la Sala, puestas en votación conjuntamente todas las modifica- ciones que incidían en este artículo, se aprobaron por unanimidad. Artículo 11 Por unanimidad se aprobó la enmienda a este artículo, al ser puesta en votación. Artículos 20, 21, 22, 23 y 24, nuevos Puestas en votación, sucesivamente, las modificaciones que consistían en agregar estos artículos, se aprobaron por la unanimidad de 39 votos, la primera; por 23 votos contra 13, la segunda; y por unanimidad, las tres restantes. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su tercer trámite constitucional, y los acuerdos respectivos se mandaron comunicar al Honorable Senado. Por no reunir la unanimidad requerida, no prosperó la proposición de la Mesa, en orden a votar de inmediato, sin debate, las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional, que concede indemnización a los familiares de las victimas de los voluntarios de la. Patrulla de Combate de Incendios de Bosques de San Francisco de Mostazal. CAMBIOS DE MIEMBROS DE COMISIONES En conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento Interior de la Corporación, se deja testimonio de los siguientes cambios efectuados en el personal de las Comisiones, entre la última sesión y la presente: Gobierno Interior Renunciaron la señora Marín y el señor Acevedo, y se designó en su reemplazo a los señores Agurto y Carvajal, respectivamente. Defensa Nacional, Educación Física y Deportes Renunció la señora Maluenda, y se designó en su reemplazo al señor Montes. Vías y Obras Públicas Renunció el señor Carvajal, y se designó en su reemplazo al señor Robles. Salud Pública Renunció el señor Valente, y se designó en su reemplazo a la señora Maluenda. Trabajo y Seguridad Social Renunció el señor Meló, y se designó en su reemplazo al señor Robles. Economía y Transporte . Renunció el señor Acevedo, y se designó en su reemplazo al señor Guastavino. Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba prorrogada, se levantó ésta a las 12 horas 31 minutos. IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 00381.- Santiago. 19 de octubre de 1967. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea el Colegio de Capitanes y Pilotos de la Marina Mercante Nacional. (Boletín Nº 10.809 de la Honorable Cámara de Diputados). Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.- Bernardo Leighton Guz- mán." 2.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 00376.- Santiago, 19 de octubre de 1967. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 57 de la Constitución Política del Estado he resuelto incluir entre las materias de que puede ocuparse el Honorable Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Sesiones, el proyecto de ley que reforma la Ley Orgánica del Banco Central y la Ley General de Bancos. (Boletín Nº 23.244 del Honorable Senado). Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.- Bernardo Leighton Guz- mán." 319.- OFICIOS DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Formula observaciones a los proyectos de ley, despachados por el Congreso Nacional que benefician a las siguientes personas: Alvarado Alvarado, Aída del Rosario y otros Acuña Kobeck, Enrique Acevedo Serrano, Olga Andía Rebolo, Alejandro Acuña Riquelme, Flor Avendaño Sepúlveda, Oscar Arrayet Yrarrázaval, René Bacluel Ballacey, Enrique Castillo Campos, Apolo Carvallo Castro, Gerardo Castillo Videla, Carlos F. Castillo Aqueveque, Juan Cabezón Díaz, Fernando Correa Correa,, Thermutys Canales vda. de Veas, Rosa E. De Castellán Hoquetis, Edith Duran Sepúlveda, María Luisa Díaz Pérez, Luis Enrique Díaz Ibaceta, Andrés Avelino Flores Herrera, Roberto Fuentes vda. de Chanks, Graciela Fuentes, Luis Alberto Forteza vda. de Barahona, Francisca Flores Avalos, Luis Fernández Viveros, Juan José Frías Muñoz, Francisco Figueroa Honorato, Eduardo García Berríos, José García Apablaza, Víctor Francisco Herrera Herrera, Víctor Manuel del C. Hinojosa Avila, María Ester y otras Huerta Núñez, Ricardo Ibáñez Quevedo, Guillermo Jacobelli Poblete, Orlando Molina Urra, Silvestre Murillo Tapia, Gerardo Madariaga vda. de Gil, María L. Meyeur Thomas, Blanca, y Elena Mera Mera, Héctor Morris Bysivinger, Edmundo Ochoa vda. de Valderrama, Elisa Orellana Mollenhauer, María Osses Alvarez, Emérita Pérez de Arce Cáceres, Carlos E. Quijada Pasten, José Demetrio Rojas Urrea, Aníbal Sandoval de la Fuente, Silverio Sepúlveda Méndez, María Felicinda y otros. Toro Cayuqueo, Emilio Trujillo, Fresia Torres Menares, Ramón Treswalt Hernández, Carlos Urrea Zapata, Humberto y otros Venegas Castro, Héctor Vera Sánchez, Humberto Vadillo Mandiola vda. de Amunátegui, Laura Valle Cabrera, Gervasio Vildósola Goycoolea, Sergio Valenzuela Aguez, Adela Valdés Freire, Amelia Vega Vega, Beatriz Villablanca Arias, José del R. Yávar Vallebuona, Luis Eugenio Zúñiga Hernández, Mario 20.- OFICIO DEL SENADO "Nº 3252.- Santiago, 19 de octubre de 1967. El Senado ha tenido a bien insistir en la aprobación de las siguientes modificaciones que introdujo al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, que esa Honorable Cámara ha rechazado: Artículo 7º Ha pasado a ser artículo 13. La que tiene por objeto sustituir, en el inciso primero las palabras finales: "en las provincias afectadas por los sismos ocurridos en el país en el año 1965.", por estas otras: "en la zona a que se refiere el inciso siguiente.". La que tiene por objeto sustituir el párrafo segundo del inciso segundo de este artículo, por el siguiente: "a) Provincia de Aconcagua . . 70.% b) Departamento de Quillota . 15% c) Departamento de Lontué . . 10:%, y d) Departamento de Illapel . . 5% Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 2.417, de fecha de hoy. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Luis F. Luengo Escalona.- Pelagio Figueroa Toro." 21.- OFICIO DEL SENADO "Nº 3295.- Santiago, 23 de octubre de 1967. El Senado ha tenido a bien prestar su aprobación al proyecto de ley de esa Honorable Cámara que destina recursos para financiar el pago de determinados pasajes entre Santiago y Punta Arenas, con las siguientes modificaciones: Como artículo 1º ha consultado el artículo 4º de esa Honorable Cámara, sustituido por el siguiente: "Artículo 1°.- Los gastos de transporte aéreo ida y vuelta entre las ciudades de Santiago y Punta Arenas, o vice-versa, por Línea Aérea Nacional, de los conjuntos artísticos, deportivos y estudiantiles que determine la Comisión a que se refiere el artículo 5º, tendrán un valor que fluctuará entre el 10 y el 50% de las tarifas ordinarias respectivas de dicha empresa. El reglameno determinará, entre los porcentajes señalados, la proporción en que deberán contribuir al financiamiento de los pagos de transporte aéreo los mencionados conjuntos. Los pasajes y transporte de carga a que se refiere este artículo, se concederán y efectuarán sujetos a las modalidades y re- glmentaciones vigentes en Línea Aérea Nacional. Se exceptúan de este beneficio los excesos de equipaje que no correspondan a las actividades de los referidos conjuntos." Artículo 1° Ha pasado a ser artículo 2º y ha sustituido su redacción por la siguiente : "Artículo 2°.- Establécese un impuesto de 2% sobre el valor de los pasajes de Santiago a Punta Arenas, o vice-versa, que expenda Línea Aérea Nacional." Ha agregado, a continuación, el siguiente inciso segundo, nuevo: "No pagarán este impuesto las personas domiciliadas en la provincia de Magallanes, que acrediten esta circunstancia en la forma que determine el reglamento," Artículo 2° Ha pasado a ser artículo 3º y ha reemplazado su texto por el siguiente: "Artículo 3°.- El producto del impuesto establecido en el artículo anterior será depositado en una cuenta especial subsidiaria de la Cuenta Unica Fiscal, en contra de la cual el Vicepresidente Ejecutivo de la Línea Aérea Nacional girará los montos correspondientes a los gastos de transportes aéreos a que se refiere el artículo 1º. Al término de cada año presupuestario, estos recursos no pasarán a rentas generales de la Nación." En seguida, ha consultado como artículo 4º, el siguiente, nuevo: "Artículo 4°.- Línea Aérea Nacional no estará obligada a prestar los servicios a que se refiere esta ley cuando no existan, fondos suficientes en la cuenta establecida en el artículo 3º, ni aún a pretexto de que se financien con el rendimiento futuro del impuesto." Artículo 3º Ha sido reemplazado por los siguientes : "Artículo 5°.- Créase una Comisión integrada por el Intendente de la Provincia de Magallanes, que la presidirá; el Alcalde de Punta Arenas; el Director de la Sede Universitaria de la Universidad Técnica del Estado de dicha ciudad; el Presidente del Consejo Local de Deportes de la misma, y por un representante de la Central Unica de Trabajadores designado por su Consejo Provincial de Magallanes. Actuará de coordinador de esta Comisión el Agente de Línea Aérea Nacional en la referida ciudad. Estos cargos se desempeñarán ad-honorem. La sede de la Comisión será la ciudad de Punta Arenas." "Artículo 6°.- La Comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá por función controlar y distribuir los pasajes y demás gastos de transporte aéreo indicados en el artículo 1º. Para estos efectos deberá programar, antes del 31 de diciembre de cada año y previa consulta al Agente coordinador de Línea Aérea Nacional, los viajes para el siguiente, teniendo especialmente en consideración el rendimiento del impuesto y las disponibilidades de la empresa transportadora, como también, la adecuada proporción de pasajes entre las diversas actividades beneficiadas." Artículo 4º Ha pasado a ser artículo 1º, reemplazado en los términos que se indicaron oportunamente. Artículo 5º Ha pasado a ser artículo 7º y ha sustituido su redacción por la siguiente: "Artículo 7°.- Línea Aérea Nacional y la Comisión a que se refiere el artículo 5º, deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República del rendimiento e inversión del impuesto establecido en el artículo 2º y de la distribución de los pasajes y demás gastos de .transporte respectivos." Como artículo 8º, ha aprobado el artículo 7º de esa Honorable Cámara, con las siguientes enmiendas: Ha sustituido las palabras "su publicación", por "publicación de ésta"; "liberados" por "y gastos de transporte", y la referencia al "artículo 4º por otra al "artículo 19". Artículo 6º Ha pasado a ser artículo 9°, sin modificaciones. Artículo 7º Como se expresó anteriormente, pasó a ser 8º en los términos que se señalaron. Lo que tengo a honra decir a V. E. en respuesta a vuestro oficio Nº 1.333, de fecha 27 de julio de 1967. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Luis F. Luengo Escalona.- Pelagio Figueroa Toro." 22,-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 2284.- Santiago, 20 de octubre de 1967. El Ministerio de Obras Públicas, con fecha 18 de octubre en curso, remitió a esta Secretaría de Estado el oficio Nº 1,061, de 31 de agosto último, de la Dirección de Obras Públicas, cuyo texto es el siguiente: "Por providencia Nº 2.477 de 17 del presente, US. ha tenido a bien solicitar un informe sobre las razones fundamentadas que se habrían tenido en cuenta para cancelarle el contrato de trabajo al obrero señor Pedro Copier Oltmans. Al respecto puedo informar a US. lo siguiente : En atención a que el señor Copier Oltmans, sin aviso previo, abandonó el trabajo durante 8 días consecutivos, esta Dirección General procedió a notificarlo de que se le cancelaba su contrato de trabajo, por haber incurrido en la causal N° 6 del artículo 2º de la ley 16.455, de 1966. Por otra parte, es necesario puntualizar, de que no ha existido ánimo de este Servicio de desconocer el fuero sindical, sino que muy por el contrario ha sido política permanente de esta Dirección General, dar las facilidades pertinentes para las actividades gremiales." Lo que tengo el honor de transcribir a V. E. para su conocimiento y el del Honorable Diputado señor José Cademártori, a cuya solicitud esa Honorable Cámara envió a este Ministerio el oficio Nº 10.911, de 1º de agosto último. Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán." 23.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 2271.- Santiago, 19 de octubre de 1967. Por oficio Nº 11.608, de 13 de septiembre último, V. E. tuvo a bien dar a conocer a este Departamento de Estado, la petición formulada por el Honorable Diputado don Guido Castilla Hernández, en orden a que se adopten las medidas pertinentes a fin de que se dote de dos vehículos de radiopatrullas a la Prefectura de Carabineros de Linares. Al respecto, la Dirección General del ramo ha informado a esta Secretaría de Estado que con motivo de las nuevas adquisiciones de vehículos marca Fiat que están llegando al país, se tiene considerado renovar algunos coches radiopatrulle- ros de provincias, como asimismo, dotar de estos medios a aquellas Unidades que lo precisen, como es el caso de Linares. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán." 24.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION "Nº 1032.- Santiago, 19 de octubre de 1967. En respuesta al oficio de la referencia, por el cual el Honorable Diputado señor Víctor González Maertens, solicita se informe sobre la posibilidad de que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado establezca un paradero ferroviario en la Población "Dreves" de Temuco, me es grato informar a U. S. que la mencionada Empresa no considera conveniente habilitar este paradero por el poco probable uso que tendría por parte del público. En efecto, se ha comprobado que los comerciantes procedentes de la costa, Puerto Saavedra, Puerto Domínguez, Nehuentué, no ocupan los servicios ferroviarios, dado que el transbordo en Carahue les hace más oneroso el transporte de sus productos. Por otra parte, los comerciantes del ramal de Nueva Imperial no ocuparían debidamente dicho paradero, ya que ellos prefieren llegar hasta la estación Temuco, en donde tienen más campo para sus actividades. Es cuanto puedo informar a U. S. Dios guarde a U.S.- (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 25.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION "Nº 1035.- Santiago, 18 de octubre de 1987. En respuesta al oficio de la referencia, por el cual el Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi solicita se informe sobre las irregularidades que se habrían producido en la Maestranza El Chinchorro del Ferrocarril de Arica a La Paz, me permito transcribir el oficio N° 220/1.639 de 21 de septiembre de 1967 de la Dirección de los Ferrocarriles del Estado que dice lo siguiente: "1°.- Sanciones injustas al personal. "Don Arturo Albarracín Montes, mueblista-modelista, reclama no haber sido encasillado como mecánico, atendida su función de modelista y de tornero en madera que invocó en tres oportunidades. Al efecto, el Grupo 7-50.25 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones, dice textualmente: "Ajustador modelista, Fundición de Metales. Fabrica y repara las plantillas de metal que se utilizan para preparar moldes en función; estudia los diseños y otros datos relativos a la plantilla que ha de fabricarse; funde el metal para darle la forma aproximada o elige una pieza de metal y hace los trazos necesarios; esmerila, pule y da forma al metal, según dimensiones prescritas, utilizando instrumentos de medición para guiarse; ajusta las partes de la plantilla por medio de tornillos, soldándolas o uniéndolas de otra manera; verifica la plantilla terminada por medio de calibres, micrómetros u otros instrumentos y hace las modificaciones necesarias; repara las plantillas rotas o en mal estado". "Como puede verse claramente, el enca. sillamiento del señor Albarracín Montes no corresponde a este Subgrupo, que se refiere exclusivamente a modelistas en metal, ya que las funciones que desempeña dicho operario están claramente definidas en el Grupo 7-79 "Trabajadores de la Madera no Clasificados bajo otros epígrafes", Subgrupo 7-79.61 "Modelista en Madera". "Fundándose en el hecho de no haber sido encasillado como mecánico por las razones anteriores, este operario se negó a acatar la -orden de ejecutar un trabajo de modelo en madera, motivo por el cual fue sancionado con la pérdida de dos días de bonificación de Asistencia y Producción, impuesta por el señor Jefe de la Maestranza en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Supremo Nº 19 de fecha 2 de febrero de 1965. Como puede observarse, la sanción aplicada es mínima si se considera que, tal como lo explica en el oficio el Honorable señor Valente, hubo desacato por parte del señor Albarracín a una orden impartida por el Jefe de la Maestranza, lo que en el Reglamento respectivo se califica de falta grave. "Don Ramón García Miranda, Jefe del Taller Carpintería, reclama del Ingeniero- Jefe de la Sección Explotación por supuesta persecución política, a raíz de habérsele solicitado su separación de la Empresa por negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. Esta determinación se ha tomado por el mal desempeño de las labores en el servicio de este funcionario. "En cuanto a la designación de su sucesor en el cargo se hará por concurso que realizará un Ingeniero del Departamento de Tracción y Maestranza, conforme a lo dispuesto por la Norma ES-119, de amplia difusión entre el personal, motivo por el cual resulta una suposición de intenciones gratuitas y antojadiza la afirmación de que se estaría tratando de favorecer a un determinado funcionario. "El señor Oscar Medel Véliz, manifiesta su disconformidad por haber sido sancionado con una amonestación escrita por falta de "Responsabilidad y Cooperación a la Empresa". El señor Jefe de la Maestranza solicitó a todos los Jefes de Talleres confeccionar una breve nómina de las Ordenes de trabajo pendiente en cada Taller. El señor Medel, en su propia declaración admite que no cumplió la orden por estimar que el hecho de que comenzaba a hacer uso de feriado a contar del día siguiente lo eximía de tal obligación, debido a lo cual resulta inoficioso una mayor aclaración sobre el punto. "2.- Negligencia del Jefe de la Maestranza. "En este caso no se encuentra ninguna afirmación que constituya un cargo definido de negligencia en- contra del ex Jefe de la Maestranza don José Luis Rodríguez Contreras, que pueda prestarse para mayor análisis. Debo dejar establecido, sin embargo, que el señor Rodríguez fue un eficiente funcionario de ejemplar corrección y dedicación a sus labores. "La referencia que se hace en este párrafo al traslado de algunas maquinarias del Taller-Carpintería, no guarda relación con la acusación de negligencia, puesto que el cambio de ubicación obedece a necesidades inmediatas e inevitables de las remodelaciones de algunos Talleres, a raíz de la instalación de nuevas maquinarias como exigencia de la modernización de la Maestranza. "3°.- Investigación de Gastos Superfinos. "Se dice que el Administrador habría gastado la suma de Eº 160.000 en el arreglo y alhajamiento de la casa-habitación de la Empresa que ocupa. Al respecto debo manifestar lo siguiente: "El señor Administrador se ha visto en la necesidad de reponer especies que había de dar de baja del inventario respectivo, debido a que los muebles con que está alhajada la casa datan de los tiempos de la construcción del Ferrocarril, es decir, tienen 54 años de uso por lo menos, y para lo cual cuenta con la disponibilidad presupuestaria indispensable y con la autorización para hacerlo. Además, correspondía hacerle a la casa los arreglos de conservación ordinaria que precisaba para mantenerla en condiciones de seguir habitándola. El total gastado asciende a la suma de Eº 45.840,79, que difiere fundamentalmente de los Eº 160.000 a que se ha hecho referencia. "Lo anterior no guarda ninguna relación con la limitación del trabajo en tiempo extraordinario, ordenada por Circular D-Nº 30/953 del 2 de junio de 1967, de la Empresa, en atención a lo dispuesto en el D.P. Nº 4.936, del 14 de septiembre de 1966, aprobado por el Decreto Supremo Nº 173, del 21 de abril de 1967, que liberó de tope el valor de la hora extraordinaria, obligando a introducir drásticas economías por ese concepto. "En cuanto a la falla de las nuevas locomotoras General Electric U-13-C recientemente adquiridas, cabe tener presente que se trata de contingencias normales en el proceso de puesta en servicio de locomotoras de nuevo diseño y que fueron previstas en las Bases Generales de la Propuesta, estableciéndose que la firma proveedora deberá garantizar durante un año su funcionamiento, incluyendo la reposición -sin costo para la Empresa- de los elementos defectuosos o dañados." Es cuanto puedo informa a V. E. Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic." 26.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA "Nº 1040.- Santiago, 18 de octubre de 1967. Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio Nº 11.384, de 6 de septiembre del año en curso, por el que solicita que el Banco del Estado de Chile estudie la posibilidad de crear una oficina en la localidad de Puerto Octay, provincia de Osor- no. Sobre el particular, lamento comunicar a V. E. que no es posible acceder a su petición, en atención a que el Banco del Estado, por ahora, no está en condiciones de afrontar los elevados gastos que demanda la instalación de una oficina Bancaria. Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Sergio Molina Silva." 27.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA "Nº 1072.- Santiago, 21 de octubre de 1967. Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio Nº 1.387, por el que, a petición del Honorable Diputado señor Fernando Ochagavía, solicita se adopten diversas medidas en beneficio de la Comuna de Puerto Natales, de la Provincia de Magallanes. Sobre el particular, y de acuerdo con lo manifestado por la Dirección de Presupuestos y por el Servicio de Impuestos Internos, cúmpleme informar a V. E. lo siguiente : Respecto del Nº 1 del oficio mencionado, relacionado con las rebajas de los avalúos de las propiedades agrícolas, existe en la actualidad en el Honorable Congreso Nacional, un proyecto de ley que modifica la ley Nº 13.908, sobre Corporación de Magallanes, y que, además, contempla una disposición para rebajar, en general, el avalúo de los predios agrícolas de esa provincia. Ahora bien, en lo relativo a la condonación de intereses moratorios y multas en que hubieren incurrido dichos propietarios agrícola, es materia de una ley especial resolverlo. Por último, y en relación con el Nº 2 referente a la necesidad de aumentar el porcentaje de la gratificación de zona que se paga a los empleados y obreros fiscales de Puerto Natales, la Dirección de Presupuestos considerará el problema planteado cuando se estudien las indicaciones al Proyecto de Presupuestos para el año 1988, que serán enviadas durante el curso del mes de diciembre próximo al Honorable Congreso Nacional. Finalmente, debo hacer presente a V E. que, el Banco del Estado aún no ha contestado la consulta que se le hiciera respecto del Nº 3 del citado oficio. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Sergio Molina Silva." 28.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA "Nº 1071.- Santiago, 21 de octubre de 1967. Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio Nº 10.784, del presente año, por el que solicita, a petición del Honorable Diputado don Luis Valente Rossi, que el Banco del Estado adopte las medidas tendientes a solucionar los problemas de orden crediticio que afectarían al Departamento de Iquique y, en especial, a los asociados de la Cámara de Comercio e Industria y de la Asociación de Industriales de esa ciudad. Al respecto, cúmpleme manifestar a V. E. que la referida Institución bancaria ha informado que, en su propósito de solucionar en parte los problemas de orden económico surgidos como consecuencia de la paralización e integración de la industria pesquera de dicho Departamento, ha destinado la suma de Eº 200.000, para atender las demandas crediticias del comercio e industria de ese puerto. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Sergio Molina Silva." 29.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA "Nº 1559.- Santiago, 20 de octubre de 1967. Me es grato dar respuesta al oficio Nº 10.711, de 20 de julio último, mediante el cual SS® tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, observaciones formuladas por el Honorable señor Diputado don Fernando Rosselot Jaramillo, relacionado con problemas planteados por los pequeños agricultores de Angol. En lo que sefiere a la asistencia crediticia que otorga el Instituto de Desarrollo Agropecuario, cúmpleme manifestar a SSª lo siguiente: Todos los aspectos que envuelve la asistencia crediticia otorgada por el Instituto mencionado, se rigen por los Reglamentos de Créditos, los que han sido preparados cuidadosamente, para asegurar la mejor aplicación posible de los diversos sistemas crediticios, estando, por otra parte y con el mismo fin, sujetos a permanente revisión. De acuerdo a la política de descentralización en la organización y funcionamiento del Instituto en referencia, los Directores Zonales intervienen en la formulación de los programas anuales de trabajo y tienen a su cargo, fundamentalmente, la ejecución de dichos programas. A través de los sistemas de crédito agrícola comunitario, crédito orientado de capitalización y crédito agrícola a cooperativas, junto a la correspondiente asistencia técnica, el Instituto persigue dotar al pequeño agricultor de todos los elementos necesarios para aumentar la productivi- dda, rentabilidad y diversificación de su explotación. Finalmente, el Instituto ha promovido, constantemente, la participación de los pequeños agricultores en el estudio de las solicitudes de préstamos y en la planificación y entrega del crédito, participación que se hace efectiva, mediante el contacto directo de la respectiva organización campesina con la Dirección Zonal correspondiente. Es así como todo lo relacionado con el perfeccionamiento de la asistencia crediticia, su reorientación, cuantía, plazos, prórrogas, puede ser planteado y resuelto entre los propios agricultores y las Direcciones Zonales, razón por la cual sería inconveniente que las organizaciones campesinas de Malleco discutan con la Dirección de la X Zona de INDAP, las observaciones transcritas por el Honorable Diputado señor Rosselot Jaramillo. Saluda atentamente a SSª.- (Fdo.): Hugo Trivelli F." 30.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA "Nº 1554.- Santiago, 20 de octubre de 1967. Me es grato dar respuesta a su oficio Nº 11.053, de 1967, por medio del cual se sirve US. poner en conocimiento de esta Secretaria de Estado las observaciones formuladas por el Honorable señor Diputado don Luis Tejeda Oliva, y que dicen relación con el despido de campesinos en el fundo "El Alamo", de Mulchén, del cual se responsabiliza al Ingeniero Agrónomo señor Sigisfredo Schurch. Sobre el particular ha recaído el oficio Nº 3.250, de 1967, del Servicio Agrícola y Ganadero, que contiene informe sobre la materia en referencia, el que, para el mejor conocimiento de US., tengo el agrado de transcribirle textualmente en su parte pertinente: "Debo manifestar a US. que en las observaciones referidas se señala, erradamente, al señor Sigisfredo Schurch como funcionario del Ministerio de Agricultura, confundiéndolo con el Ingeniero Agrónomo don Federico Schurch Baier, funcionario del Departamento de Conservación de Suelos y Aguas, hermano de don Sigisfredo, destacado en esa misma zona. "En cuanto a los hechos que dieron motivo a las observaciones aludidas, me permito transcribir a US. el informe que a este respecto ha evacuado don Federico Schurch, por nota dirigida al Ingeniero Provincial de Bío-Bío, en la que se expresa lo siguiente: ""En relación con supuestas actitudes mías contrarias a los campesinos, debo informar a Ud. lo siguiente: ""lº Que por error involuntario, omití en la nota enviada al Servicio de Seguro Social de Mulchén, expresar que yo firmaba por poder de mi hermano Sigisfredo Schurch, de quien era obrero la persona que provocó la incidencia. En consecuencia, no me afecta el reclamo personalmente ; ""2º Que tampoco se trata de despido de campesinos, sino que de un obrero, despido que fue declarado justificado en el Juzgado de Policía Local de acuerdo con la ley Nº 16.455; ""3º Que en cuanto al fondo del asunto, ratifico cuanto expuse en la nota dirigida al Servicio de Seguro Social, en la que explico que no se ha dibujado hoz ni martillo, sino colocado iniciales G. T., las que han sido dolosamente modificadas y alteradas a fin de causar molestias y trastornos a mi hermano y a mí, que soy a este respecto, su mandatario, y ""4º Que en cuanto a la otra aseveración en orden a que se habría despedido a obreros porque cobraban sus salarios, ello es falso. Los salarios han estado puntualmente cancelados y en cuanto a despidos, fuera del señalado, no hay otros, bastando para corroborar esta afirmación con requerir datos en la Inspección del Trabajo, Juzgado del Trabajo y Juzgado de Policía Local, donde no hemos sido citados ni demandados, salvo el caso justificado antes señalado"". Dios guarde a US.- (Fdo.) : Hugo Trivelli F." 31.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TIERRAS Y COLONIZACION "Nº 4385.- Saniago, 19 de octubre de 1967. En respuesta al oficio de US. Nº 10.062, de 13 de junio del año en curso, dirigido a este Ministerio a nombre del Honorable Diputado señor Hernán Olave Verdugo, por el que solicita entregar títulos de dominio a los componentes de la Comunidad José Manuel Antillanca, puedo informar a US., lo siguiente: La causa a que se refiere el Honorable Diputado se tramita bajo el Nº 900 del Rol del Juzgado de Letras de Indios de La Unión, caratulado José Manuel Antillanca, expropiación. En la actualidad el expediente administrativo Nº 287.169, se encuentra en poder del Abogado Defensor de Indios de La Unión, con el objeto de completar algunos informes. En consecuencia, una vez evacuado el informe requerido al mencionado Abogado, más otros de carácter técnico se estará en condiciones de resolver en definitiva sobre el asunto. Dios guarde a US. (Fdo.) : Hugo Trivelli". 32.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TIERRAS Y COLONIZACION "Nº 4386.- Santiago, 19 de octubre de 1967. En respuesta al oficio de US. Nº 11.217, de 22 de agosto del año en curso, dirigido a este Ministerio a nombre del Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi, puedo informar a US., que por averiguaciones practicadas por la oficina de Tierras y Bienes Nacionales de Iquique, las propiedades a que se refiere vuestro oficio, figuran inscritas a nombre de don César Picasso, de acuerdo al siguiente detalle: A fs. 37 vta. Nº 70 de 1888, propiedad en Cavancha, sitio y casa; A fs. 30 Nº 61 de 1889, propiedad en Cavancha; A fs. 184 Nº 563, propiedad en Iquique, calles Vivar esquina de Orella, y A fs. 31 Nº 72 de 1896, sitio y casa en calle Ramírez. En las propiedades de que se trata existen varios ocupantes, los que cancelan rentas de arrendamiento al señor Bruno Cánepa Brignole, el que actuaría por encargo de familiares del señor César Picasso que habría fallecido en Italia. Sin perjuicio de lo anterior, este Ministerio ha iniciado las gestiones tendientes a esclarecer la situación que afecta a las propiedades citadas. Dios guarde a US. (Fdo.) : Hugo Trivelli". 33.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL "Nº 1200.- Santiago, 20 de octubre de 1967. Por oficio Nº 11.189 de 22 de agosto último, V. E. se ha servido solicitar, a petición del Honorable Diputado don Luis Va- . lente Rossi que este Ministerio informe a esa Honorable Cámara acerca de la fecha en que se llamará a propuesta para la construcción del nuevo edificio destinado a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, en Iquique. En respuesta, me permito expresarle que la Corporación de la Vivienda ha informado a esta Secretaría de Estado que el proyecto respectivo fue entregado al arquitecto señor Héctor Ruiz L., residente en Iquique, a fin de lograr la mayor celeridad en su ejecución y poder llamar así a propuestas en el primer trimestre del año 1968. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : William_ Thayer Arteaga." 34.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL "Nº 732.- Santiago, 23 de octubre de 1967. Cúmpleme dar respuesta al oficio de V. E. que se menciona al rubro por medio del cual el señor Diputado don Luis Valente Rossi, formula denuncia en el sentido de que la Empresa Pesquera Indo S. A. no da cumplimiento a las cláusulas del acta de avenimiento. Informando al efecto, la Inspección Departamental del Trabajo de Arica en oficio Nº 2.121, expresa lo siguiente: "lº La Directiva del Sindicato, previo conocimiento del contenido de la reclamación, declaró: a) Que la Industria cumple íntegramente con todas las cláusulas suscritas en las diferentes actas de avenimiento; a) Que en cuanto al no pago del 10% de participación en las utilidades, reconocen que la Industria entregó a los obreros cierta cantidad de dinero, por el año 1964. Agregan que ignoran si esas sumas percibidas están en relación con la utilidad obtenida en el ejercicio, y c) Que no han recibido la cancelación de este beneficio por los años 1965 y 1966, pese a que reconocen que en 1965 la Industria tuvo pérdida; 2º Por su parte, el señor Jaime Rivera Rouret, representante de la Industria Pesquera Indo S. A. manifestó que su representada ha dado cumplimiento al pago de esta obligación, por cuanto la cantidad entregada a cada obrero, por el año 1964 corresponde exactamente al 10%' de la utilidad obtenida en el ejercicio y que, en los años 1965 y 1966 la Industria tuvo pérdidas. Con el objeto de establecer la efectividad de los antecedentes proporcionados por las partes, en lo que se refiere al pago del 10% de participación, esta Inspección Departamental, por oficio Nº 2.115, de esta misma fecha, solicitó a Impuestos Internos, los datos confidenciales de los ejercicios 1964, 1965 y 1986." Me permito acompañar copia en duplicado, acta de declaración formulada por la Directiva del Sindicato y por el representante de la firma señor Jaime Rivera Rouret. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga." V.- TEXTO DEL DEBATE -Se abrió la sesión, a las 11 horas. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. Las Actas de las sesiones 5ª, 6ª, 7ª y 8ª, quedan a disposición de los señores Diputados Se va a dar lectura a la Cuenta. El señor Prosecretario Subrogante da cuenta de los asuntos recibidos en Secretaría. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Terminada la Cuenta. 1.- SUPLEMENTACION DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.- PREFERENCIA PARA TRATAR LAS INSISTENCIAS DEL SENADO El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para tratar inmediatamente las insistencias del Senado al provecto do ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas- Viene en quinto trámite constitucional. ¿Habría acuerdo? Acordado. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para tratar, a continuación, el proyecto, en tercer trámite constitucional, que destina fondos para financiar el pago de determinados pasajes entre Santiago y Punta Arenas. El señor ACEVEDO.- No, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- No hay acuerdo. 2.- CALIFICACION DE URGENCIA El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea el Colegio de Capitanes y Pilotos de la Marina Mercante Nacional. Si no se pide otra calificación, se declarará de "simple". Acordado. 3.- SUPLEMENTACION DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.- QUINTO TRAMITE CONSTITUCIONAL El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En conformidad con el acuerdo recién adoptado por la Sala, corresponde tratar las insistencias del Senado al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. -Las insistencias del Senado, impresas en el boletín Nº 10.760-S bis, son las siguientes: Artículo 79 Ha pasado ser artículo 13. La que tiene por objeto sustituir, en el inciso primero las palabras finales: "en las provincias afectadas por los sismos ocurridos en el país en el año; 1965.", por estas otras: "en la zona a que se refiere el inciso siguiente.". La que tiene por objeto sustituir el párrafo segundo del inciso segundo de este artículo, por el siguiente: "a) Provincia de Aconcagua .... 70% b) Departamento de Quillota . . 15% c) Departamento de Lontué .. 10%;, d) Departamento de Illapel .... 5% El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En discusión las insistencias del Senado al artículo 79. Hago saber a la Cámara que, si no se aprueban, no hay ley sobre esta materia. El señor FUENZALIDA-Pido la palabra. El señor VALENTE.- Pido la palabra. El señor SOTOMAYOR.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Fuenzalida El señor FUENZALIDA.- Señor Presidente, como Diputado de una provincia de la zona central del país, quiero pedir a la Cámara que acojamos las insistencias del Senado, porque no considero justo que un departamento como Lontué, que es un gran productor de tabaco, quede al margen de los beneficios que por el proyecto se le otorgan. Lontué es uno de los más abandonados de la provincia de Talca. Sus caminos son tan pésimos como los de Curicó, a tal extremo que durante el invierno pasado, a causa de la destrucción total de éstos por los temporales, tuvimos que transitar por los del departamento de Lontué, donde incluso, en muchas ocasiones los vehículos quedaban pegados en el barro, porque, como digo, los caminos son sumamente malos. De modo que pido a mis colegas que nos acompañen en la votación de este proyecto en favor del departamento de Lontué, que es uno de los grandes abastecedores de tabaco de la oficina compradora que la Compañía tiene en Nancagua, y que absorbe toda esa producción. El tabaco es una de las mayores fuentes de recursos de Lontué, junto con las viñas. Solicito, por lo tanto, que se acojan las insistencias del Senado. Muchas gracias. El señor VALENTE-Pido la palabra, señor Presidente. El señor CERDA (don Eduardo).- Pido la palabra. El señor SOTOMAYOR.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Valente; a continuación, los señores Cerda, don Eduardo, y Sotomayor- E] señor VALENTE.- Los Diputados comunistas no aceptamos, en el tercer trámite constitucional, la inclusión de Lontué entre las zonas beneficiadas con el 2% del rendimiento de los impuestos al tabaco, y lo hicimos porque estimamos que en una iniciativa tendiente a favorecer a la provincia de Acocagua y a los departamentos de Quillota e Illapel no podía agregarse otra zona, ni aun con las argumentaciones que aquí se habían hecho valer. No es justo que, cuando se tramita un proyecto de algunos parlamentarios, otros aprovechen la oportunidad para hacer indicaciones, a fin de favorecer a otros departamentos o pueblos de su zona. Sin embargo, como en esta oportunidad es punto de trascendental importancia decidirnos entre que haya o no ley sobre la materia, no nos queda otro recurso, si queremos favorecer a la provincia de Aconcagua y a los departamentos de Quillota e Illapel, e incluso a Lontué, que aprobar las insistencias del Senado. Si no lo hacemos, se perderá el objetivo del proyecto y la finalidad que tuvieron en vista 'os parlamentarios de Aconcagua al legislar para favorecer a sus respectivas zonas. En esta situación y ante esta alternativa, los Diputados comunistas vamos a aprobar lo que el Senado ha incluido en el proyecto, para que haya ley sobre la materia. Nada más. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Cerda- El señor CERDA (don Eduardo).- Señor Presidente, los. Diputados de estos bancos vamos a votar de acuerdo con el Senado, en esta ocasión, dado que, en caso contrario, no habría ley sobre la materia. Insistimos en el tercer trámite constitucional en el criterio de la Cámara, basados en la justicia de que este impuesto estaba relacionado con una zona específica, afectada por el sismo de 1965. Por estas razones, aprobaremos lo propuesto por el Senado, con el fin de no entorpecer el propósito del proyecto, porque, de" otra manera, vuelvo a insistir, quedaríamos sin ley sobre la materia. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Sotomayor. El señor SOTOMAYOR-Señor Presidente, en el tercer trámite constitucional di amplias explicaciones del por qué los parlamentarios de Colchagua no habíamos querido incluir al departamento de San Fernando, que es el segundo productor de tabaco, y con fábricas de cigarrillos que no las tiene el de Lontué; y lo hicimos porque el proyecto tenía por objeto exclusivo beneficiar a provincias y departamentos que habían sido afectados, por el terremoto de 1965. Por eso no podemos aceptar este acto de piratería de los parlamentarios de la provincia de Talca, que han incluido al departamento de Lontué, en circunstancias que antes que el proyecto llegara al Congreso, se había acordado no incluirlo. Desde luego, los parlamentarios de Colchagua nos preocuparemos de que el Ejecutivo lo vete. En caso contrario, que se incluya al departamento de San Fernando, porque no habría ninguna razón para excluirlo del porcentaje del 2 % En esto ha estado de acuerdo conmigo el Partido Comunista, como me lo manifestara el señor Rosales el mes pasado. Por ahora, vamos a aprobar este proyecto tal como viene del Senado, pero en el veto nos preocuparemos de que se corrijan estas anomalías. Nada más. El señor IGLESIAS.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor IGLESIAS.- Señor Presidente, ya se han dado las razones por las cuales, aun cuando no compartimos el criterio del Senado, tendremos que votar las insistencias. De todos modos, vale la pena, para la historia de la ley, dejar constancia de que la iniciativa de destinar un 2% del rendimiento de los impuestos a los cigarrillos a un plan de obras extraordinarias, es de los parlamentarios de la provincia de Aconcagua con el objeto exclusivo que indicaron los señores Osorio y Cerda en la sesión anterior, y ahora nuevamente el señor Cerda. En realidad, esta iniciativa reemplaza otro del Diputado señor Osorio, que gravaba el tabaco a beneficio de la provincia de Aconcagua, que produce el 70 a fin de atender en esa zona una serie de obras inconclusas y de realizar otras que fueron dañadas por el sismo de 1965. La verdad es que nuestros colegas debieran visitar la provincia; llegar hasta La Ligua; visitar el Cuartel del Cuerpo de Bomberos de San Felipe- Hay una serie de obras que no se han podido realizar o terminar; escuelas que es necesario dotar de servicios sanitarios; etcétera. Estas son las razones que nos interesan hacer constar en la historia de la ley. En todo caso, para facilitar el despacho de esta disposición, la votaremos favorablemente. El señor CAMUS.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor CAMUS.- Señor Presidente, los Diputados del Partido Radical también vamos a votar favorablemente las insistencias del Senado, teniendo en cuenta que, si se rechaza, no habría ley sobre la materia. Además, como ya se ha expresado, tendríamos que lamentar que una iniciativa de justicia, destinada a solucionar problemas derivados del sismo que afectó a la provincia de Aconcagua y a los departamentos de Quillota e Illapel, que el Senado extendió a la zona de Lontué, que también produce tabaco, quedara sin la sanción de la Cámara. Por esta razón, aceptaremos la modificación del Senado, tal como lo había anunciado en la sesión anterior el Diputado de estos bancos señor Cabello. El señor FUENZALIDA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso. El señor FUENZALIDA.- Señor Presidente, junto con agradecer a los colegas de todos los bancos que han anunciado que votarán favorablemente estas insistencias del Senado, que también benefician al departamento de Lontué, quiero dejar establecido que, de ser efectivo que el Ejecutivo vetará este proyecto, que lo considero ele justicia, no lo será porque sea un acto de piratería, como aquí se ha dicho, sino por otras razones. El señor CLAVEL,-¿Quién lo dijo? El señor FUENZALIDA.- Desgraciadamente, no podemos invitar a ver el Cuartel de Bomberos de Lontué, porque ni siquiera se ha hecho. Así es que, con mucho mayor justicia, nosotros exigimos que se atienda a este departamento, vecino a la provincia de Curicó, porque tiene derecho a participar también del impuesto establecido en este proyecto. Muchas gracias, señor Presidente. El señor CLAVEL.- Desgraciadamente, el señor Sotomayor amenazó con el veto. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría- El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, por encargo de mi colega Eduardo Osorio, debo expresar que, por razones de orden reglamentario, vamos a votar favorablemente ¡as modificaciones introducidas por el Senado. En realidad, la finalidad de este artículo era destinar el 2% del rendimiento de los impuestos que gravan los tabacos manufacturados a las zonas afectadas por el sismo del año 1965. Sin embargo, el Honorable Senado ha "extendido" los efectos de este sismo -naturalmente, reemplazando la redacción- a otras regiones del país. Recuerdo que .en la sesión pasada, cuando se discutió este proyecto, se hizo presente que en el Senado ni siquiera se atendió a la calidad de productoras de tabaco de las regiones beneficiadas; porque en la provincia de Talca, no es el departamento ele Lontué el productor un tabaco, sino Sagrada Familia. El señor ROSALES-Exactamente. El señor SILVA ULLOA.- En consecuencia, hay un error en las informaciones que se han entregado a la Cámara. Pero -repito- por razones de orden reglamentario, vamos a tener que votar favorablemente la insistencia del Senado. El señor ESCORZA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ESCORZA.- Señor Presidente, lamento tener que discrepar de ciertas apreciaciones que se han hecho aquí en relación con este colgajo agregado por el Senado a este artículo, que era específico. El señor CLAVEL.- ¡Cómo va a ser colgajo! El señor ESCORZA.- Era específico, porque trataba de las zonas afectadas por el sismo. En cambio, el Honorable Senado ha agregado a Lontué, en circunstancias que la situación de Aconcagua, como lo han dicho los colegas que la representan, es dramática- Todos sabemos que, aparte de la situación derivada del sismo, esa provincia ha tenido que afrontar el problema de la sequía, que no afecta tan directamente a Lontué. Luego, aquí hay un impuesto al tabaco, que no lo produce Lontué. Este sistema de legislar que consiste en aprovecharse de iniciativas tan específicas para agregar colgajos de esta naturaleza no es adecuado, ni dice la inteligencia que en muchas ocasiones ha demostrado el Honorable Senado. Considerando, como lo han señalado los colegas, sobre todo los más antiguos en la Cámara, que hay que aprobar esta modificación para que haya ley, la vamos a votar favorablemente. Pero dejamos bien en claro que esta iniciativa era para las zonas afectadas por el sismo y la sequía. Gracias. El señor FUENZALIDA--Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Su Señoría no puede usar de la palabra, porque ha hecho uso de sus dos discursos. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si les parece a los señores Diputados, se acordará no insistir- Acordado. Terminada la discusión del proyecto. 4.- BENEFICIOS A LAS FAMILIAS DE LOS VOLUNTARIOS DE LA PATRULLA DE COMBATE DE INCENDIO DE BOSQUES DE SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL, FALLECIDOS EN ACTOS DE SERVICIO.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que concede indemnización a los familiares de los voluntarios de la Patrulla de Combate de Incendios de Bosques de- San Francisco de Mostazal, fallecidos en actos de servicio en diciembre de 1966. -Las observaciones del Ejecutivo, impresas en el boletín N° 10.624-0, son las siguientes: "Artículo 1° Ha sustituido la frase "dos sueldos vitales, escala A) del departamento de Santiago a las esposas e hijos menores" por lo siguiente: "doscientos escudos a cada una de las cónyuges en conjunto con los hijos menores". Artículo 3° Ha sido suprimido. El señor VALENZUELA (don Ricardo).- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente)--Tiene la palabra Su Señoría. El señor VALENZUELA (don Ricardo).- Señor Presidente, este proyecto de ley, presentado por todos los parlamentarios de O’Higgins a iniciativa del Diputado que habla, fue aprobado por unanimidad en ambas ramas del Congreso. Chile tiene la gran suerte de ser uno de los pocos países- creo que el único fuera de Portugal- que cuentan con cuerpos de bomberos voluntarios. Recientemente, se ha organizado también una brigada voluntaria para proteger a los bosques, a los árboles, para impedir el tremendo daño que provocan a nuestra patria los incendios forestales y la erosión que ellos implican. En un 1º de enero, cuando todo el mundo estaba celebrando el advenimiento de un nuevo año, se produjo un incendio de bosques en San Francisco de Mostazal, en la provincia de O'Higgins- Se llamó a esta patrulla voluntaria. Estos jóvenes, dando un ejemplo de heroísmo y de amor a la colectividad, abandonaron sus hogares, cuando todos los padres de familia esta- bon con sus mujeres y con sus hijos celebrando el nuevo año que llegaba con esperanzas, y concurrieron a defender a los árboles, de un tremendo incendio. Para desgracia nuestra, dos de estos jóvenes voluntarios fallecieron horriblemente quemados. Coincido con las ideas fundamentales que plantea el Ejecutivo en su veto. Pero, por tratarse de un caso muy especial, excepcionalísirno -me atrevería a decir que es la primera vez que se presenta en nuestro país una situación de esta naturaleza, en que las vidas de jóvenes entregados al servicio de la colectividad son tronchadas, junto con todas las ilusiones y esperanzas cifradas en ellos par sus esposas, sus hijos y la comunidad en general-, me permito solicitar de todos los colegas que tengan a bien rechazar este veto del Ejecutivo, porque, repito, si bien es cierto que su fundamentación es razonable, en este caso tan excepcional no se justifica. Esto es lo que quería explicar a los colegas Diputados sobre lo que fundamenta este proyecto de ley y lo que él significa no sólo para estas patrullas forestales de San Francisco de Mostazal, sino para todas las que se están organizando a lo largo del país, que verán en este caso, el de sus primeros mártires, un estímulo de la ciudadanía del país, en beneficio de esta entrega total que hacen de sus personas, e incluso de sus vidas, por algo tan intangible, podríamos decir, como es la defensa de un árbol. Porque cuando los bomberos acuden a un incendio y fallecen o tienen un accidente por defender la propiedad, están defendiendo también las vidas de las personas. En este caso, solamente se defiende la vida vegetal, y no estamos acostumbrados todavía en este país a considerar el valor de la vida vegetal. Sin embargo, ella tiene mucha importancia, incluso para la vida humana. Por eso, los "pioneros" de este servicio de la comunidad tienen tanta trascendencia en el presente y en el futuro de Chile, y es lógico y justo que con estos primeros mártires se haga esta excepción. Por eso, solicito el rechazo del veto del Ejecutivo. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, concuerdo ampliamente con lo expresado por el colega Ricardo Valenzuela, quien ha pedido a la Cámara que tenga a bien rechazar el veto e insistir en el contenido del proyecto de ley. Sería lógico que así lo hiciera la Cámara, para ser consecuente con lo que primitivamente acordó, sobre todo porque cada una de estas disposiciones ha sido aprobada por la unanimidad de esta Sala. Pero resulta realmente alarmante la actitud del Ejecutivo frente a este proyecto de ley. Nosotros lo sentimos por el colega Ricardo Valenzuela y por la representación parlamentaria democratacristiana de la zona de O'Higgins y del resto del país en donde hay estas organizaciones de voluntarios contra los incendios de bosques. Lamentamos que no hayan logrado conmover al Ejecutivo con un proyecto que, desde el punto de vista económico, no significa el desembolso que el Ejecutivo, en forma tan exagerada, expresa en su argumentación. Lo que en el artículo l9 se concede es solamente una pensión de gracia de dos sueldos vitales a cada uno de estos núcleos familiares: uno de cuatro personas, la madre y tres hijos; y el otro, de cinco personas, la madre y cuatro hijos. Pero el Ejecutivo dice en su argumentación que el "sistema de otorgar pensiones de gracia reajustables no se aviene con la naturaleza de dichas pensiones", que lo estima una -exageración y que dificulta el manejo de la caja fiscal. De modo que dar dos sueldos vitales a cada uno de estos núcleos familiares va a desbarajustar, va a impedir el buen manejo de la caja fiscal, va a poner en peligro el desenvolvimiento del propio Ministro de Hacienda, señor Sergio Molina, lo va a desequilibrar tanto como un barco en plena tormenta, y hasta puede hacer naufragar el Ministerio de Hacienda. Para evitar todo este peligro, propone una fórmula de compensación: no dar los dos sueldos vitales, sino Eº 200 a cada familia- ¿Estima el Ejecutivo, con sensibilidad, con espíritu social y patriótico, que dos núcleos familiares, de dos voluntarios que han inmolado sus vidas por defender la vegetación del país en una zona como la que indicaba el colega Ricardo Valenzuela, por defender el casco cultivable de nuestro agro de las erosiones, pueden vivir con Eº 200 mensuales? ¿Se está estimulando con ello el esfuerzo y el sacrificio de nuestros compatriotas? Es realmente sorprendente esta actitud. Es sorprendente que se pueda pensar que un núcleo familiar de cuatro personas y otro de cinco vayan a vivir con Eº 200. El proyecto les entrega también otro beneficio: le da una vivienda a cada familia. ¡Ahí sí que se pone serio el Ejecutivo! Dice que obsequiarles dos habitaciones a estos núcleos familiares es un desembolso excesivo, que no puede la Corporación de la Vivienda incurrir en gastos tan inmensamente elevados. ¡Pero son sólo dos viviendas! En reiteradas oportunidades, muchos Honorables colegas del partido de Gobierno han levantado sus voces en esta Sala para decir que el Ejecutivo está cumpliendo con el plan habitacional, y que éste se realiza conforme a lo que se había avisado y expuesto en la campaña electoral, vale decir, que se están construyendo 60 mil viviendas tocios los años, lo que significa, al final del período, 360 mil viviendas- Sin embargo, frente a este número tan alto de viviendas, resulta que la construcción de sólo dos casas colocaría en un estado desastroso a la Corporación de la Vivienda y al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. A veces, hemos escuchado aquí al colega Fuentealba, de la provincia de Coquimbo, manifestar que en su zona no se han construido las viviendas que en algunas .oportunidades ha indicado el colega Valdés Phillips, a quien de repente se le escucha un grito, algo así como cuando se enciende un semáforo, para decir que el Gobierno está cumpliendo. Señor Presidente, ¿no es posible dar dos habitaciones a esta madre con tres hijos y a la otra madre con cuatro hijos? ¿Es que eso va a hacer más pobre al país? ¿Por qué se exige que haya un cuerpo de voluntarios y que éstos expongan su vida, cuando hay otros que no hacen nada y se lo llevan todo? El señor MUGA.- ¿Para qué hablar tanto cuando estamos todos de acuerdo? El señor ACEVEDO.- El colega Muga dice: "¿ Para qué hablar tanto, si estamos de acuerdo?". Estamos todos de acuerdo con rechazar en su totalidad el veto del Ejecutivo e insistir en el proyecto primitivo. Nosotros hacemos esta proposición de que se rechace. . . El señor GIANNINI.- No sigamos hablando.. El señor ACEVEDO.- Seguiré, evidentemente, hasta convencer a Sus Señorías, que, en cierto modo, están encubriendo los argumentos que el Ejecutivo da. Hacemos la proposición, señor Presidente, para que se rechace- . . El señor ZORRILLA.- Lo vamos a rechazar. El señor ACEVEDO.- . . . el veto del Ejecutivo y se insista en el acuerdo de la Cámara, porque eso es lo justo, lo consecuente con el criterio y el sentimiento que en cada votación tuvimos presente al aprobar este proyecto de ley. Eso es todo y gracias. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ramón Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA-Señor Presidente, con el propósito de que se despache rápidamente este proyecto, va a ser muy corta mi intervención.. Nosotros consideramos que, por las razones que se han expresado, el veto del Ejecutivo no tiene fundamento. Se trata de beneficiar a dos familias, cuyos jefes de hogar han muerto en acto de servicio en favor de la comunidad, mediante la entrega de una pensión equivalente a dor, sueldos vitales a las esposas e hijos de las víctimas y de una vivienda a cada familia. El Ejecutivo fundamenta su observación en que es inconveniente otorgar pensiones de gracia con régimen automático de reajuste. La verdad es que este argumento no resiste el menor análisis, porque los ingresos del Estado, a través de las disposiciones de nuestro sistema tributario vigente, son reajustables automáticamente- Para señalar, un solo caso, podríamos remitirnos a las contribuciones que efectan a los bienes raíces; éstas se reajustan de acuerdo con la variación del índice de precios al consumidor. En consecuencia, los ingresos del erario aumentan automáticamente, como se prueba con el análisis de las leyes de Presupuesto de la Nación. Y si se está a las duras, también hay que estar a las maduras; por lo tanto, el argumento fundamental en este aspecto no tiene validez. Respecto al otorgamiento de una vivienda a cada familia, tampoco se justifica el veto, porque para tener razón es preciso guardar una línea consecuente en forma permanente. Si nosotros revisamos los anales de este Congreso, vamos a encontrar que, hace poco, y de manera reiterada, se han estado condonando deudas de instituciones de carácter confesional con la Corporación de la Vivienda. Entonces, si esto se ha podido hacer y se hace en forma permanente, nosotros no creemos que se pueda exhibir otro argumento contrario cuando se trata de entregarles una vivienda a dos familias que han sufrido una desgracia de las proporciones relatadas aquí por el colega Valenzuela. Por eso, vamos a votar en contra de las observaciones del Presidente de la República y prestaremos nuestros votos para la insistencia. Creemos que hay consenso en la Honorable Cámara y que es posible despachar rápidamente el proyecto en una votación para resolver ambos problemas. Nada más. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Rosales. El señor ROSALES.- Señor Presidente, yo estampé mi firma en este proyecto por dos razones: primero, porque me lo solicitó mi estimado colega y amigo Ricardo Valenzuela, por quien siento una real y sincera estimación; y, en segundo lugar, porque me pareció una iniciativa justa para resolver un problema humano trágico y que demostraba, además, gran sensibilidad para ayudar a los deudos de las víctimas del incendio de San Francisco de Mostazal. Deseo agregar unas palabras, aunque algunos colegas estiman que no debieran pronunciarse, ya que hay consenso unánime para rechazar el veto del Ejecutivo. Nos encontramos frente a una seria contradicción. Una iniciativa de Diputados de Gobierno ha sido vetada por el Ejecutivo. Esto no sería tan grave si no se presentara la circunstancia de que se ha repetido en tres o cuatro oportunidades con proyectos semejantes que beneficiaban a gente de la provincia de O'Higgins. Recuerdo, por ejemplo, un veto del Ejecutivo a un proyecto que otorgaba beneficios a los familiares de las víctimas de la última catástrofe de Sewell ocurrida en El Teniente. Y se vetó también una iniciativa que condonaba deudas a algunos pobladores de la ciudad de Rancagua, de la "Villa El Cobre", si mal no recuerdo. Entonces, me parece extraño, y hasta cierto punto grave, que haya esta discrepancia tan grande entre las iniciativas parlamentarias y el criterio del Gobierno. Ahora bien, recuerdo el tremendo impacto emocional que produjo la catástrofe de San Francisco de Mostazal en los habitantes de esa zona. Todos se conmovieron ante esta tragedia, porque dos vidas jóvenes se troncharon en esa oportunidad, cumpliendo una labor tan importante como la de combatir incendios en bosques. Los miembros de la Comisión de Agricultura y Colonización de la Cámara, hemos recibido dos informaciones realmente alarmantes acerca de este problema. Una se refiere a lo que el país pierde como consecuencia de los incendios de bosques, y la otra lo que la economía nacional sufre con motivo de las erosiones producidas en tierras agrícolas por la falta de forestación. En la actualidad, el Gobierno se encuentra empeñado en una gran campaña de reforestación. Hay un proyecto en estudio para modificar la actual legislación sobre la materia, a fin de propender a una forestación que alcanzará, prácticamente, a todo el territorio nacional. Aún más, frecuentemente, vemos que todo personaje importante que llega a Chile planta un árbol, para colaborar simbólicamente también con esta campaña de forestación. Sin embargo, el Gobierno demuestra, a través de este veto, una total insensibilidad frente a una materia y un problema tan importante. Por eso, los argumentos dados por el Gobierno deberían ser motivo de algunos comentarios en esta Corporación. ¿Cómo es posible que el Ejecutivo diga que se va a arruinar, o poco menos, porque se concede por esta iniciativa una pensión reajustable, cuando tenemos conocimiento de que en diversas oportunidades se han otorgado a los poderosos privilegios que, en cierto modo, también constituyen pensiones de gracia? Por ejemplo, se han concedido privilegios a los industriales pesqueros del norte. Nuestro compañero Luis Valente se ha referido, en más de una oportunidad, a este problema, a este verdadero escándalo nacional. Son mil millones de escudos entregados a gente adinerada, rica, multi- millonaria. Y en la propia provincia que represento, a la compañía Braden Copper se le acaban de rebajar sus impuestos en sumas siderales. Sus bienes estaban avaluados en 200 millones de escudos y fueron rebajados, por una iniciativa o indicación del Gobierno, sólo a 70 millones, lo que ha creado una grave situación a la Municipalidad de Machalí y a toda la zona. Por eso es extraño que el Gobierno nos diga ahora que no es posible conceder una pensión reajustable. Nosotros sabemos perfectamente bien la suerte que corren las pensiones fijas, con motivo de la devaluación monetaria. De aquí a dos o tres años, Eº 200 servirán para muy poco o para nada. También sabemos la tragedia que viven aquellas personas que en este momento tienen pensiones de gracia de Eº 30, Eº 40 ó Eº 70, que existen y son muchas. En consecuencia, creo que en lo sucesivo sería bueno que el Ejecutivo tuviera más consideración con las iniciativas de sus parlamentarios, para que no queden en una situación un poco desmedrada ante la Cámara y la opinión pública. Por estas razones, como se ha dicho aquí, nosotros rechazaremos el veto del Ejecutivo. El señor CLAVEL.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Clavel. El señor CLAVEL.- Señor Presidente, los Diputados radicales votaremos en contra del veto del Ejecutivo al proyecto de ley que concede indemnización a los familiares de las víctimas de la Patrulla de Combate de Incendio de Bosques de San Francisco de Mostazal, consecuentes con un principio que siempre hemos sustentado en este tipo de iniciativas. Consideramos inconveniente conceder indemnizaciones por sumas fijas, en este caso de Eº 200, como pretende el Ejecutivo, porque, como es sabido, para modificar su monto en el futuro se necesita una nueva ley. Por eso nosotros siempre hemos sostenido que las indemnizaciones deben ser reajustables, por ejemplo, de acuerdo con el sueldo vital, porque la cantidad que ahora apruebe el Congreso para ayudar a los familiares de las víctimas,, el día de mañana será una ilusión, ya que con la inflación, que hasta el día de hoy no ha podido ser detenida, en unos cinco años más esos 200 escudos que se les van a dar, en virtud de una ley, a los familiares de esas víctimas, no les servirán para nada. No olvidemos que, según el proyecto, don Francisco Martínez Martínez ha dejado tres hijos y su esposa; y don Luís Cea Gómez, 4 hijos, más su esposa. En consecuencia, nosotros votaremos en pro de un principio lógico, que hemos sustentado desde hace mucho tiempo. Por otra parte, no consideramos exagerado que se les otorgue una vivienda a los familiares de estas víctimas. Son muchas las leyes, de este mismo tipo de ayuda, las que hemos despachado ya en el Congreso. Y cuando ellas han sido vetadas, todos los partidos políticos representados en la Cámara, por suerte, se han unido y han rechazado las observaciones del Ejecutivo. Antes de terminar, quiero aprovechar para manifestar a la Cámara que se encuentra pendiente el veto formulado al proyecto de ley que concede beneficios a los familiares de las víctimas de "El Salvador". Este proyecto, presentado por mi colega señor Poblete, fue modificado en la Comisión respectiva por la mayoría de la Democracia Cristiana y, más tarde, vetado por el Ejecutivo. Dicho veto se encuentra desde hace mucho tiempo en condiciones de ser tratado por la Sala. Creo que deberíamos despacharlo en la sesión de esta tarde, o en la del próximo miércoles, rechazando esas observaciones por las mismas razones dadas por nuestro colega señor Valenzuela en esta oportunidad. El proyecto a que me refiero es muy parecido al que estamos discutiendo en este momento; pero, en ese otro caso, existe el hecho agravante de que los familiares de las víctimas que en él se trata de favorecer son numerosas y, según antecedentes que tengo, atraviesan por situaciones sumamente difíciles. Es por eso por lo que yo pediría, en concreto, que el veto al proyecto que beneficia a los familiares de las víctimas de "El Salvador" fuera tratado, en lo posible, en la sesión de esta tarde, para que saliera de una vez este proyecto, que favorece a gente que, como dije, atraviesa por situaciones muy difíciles. Para terminar, vuelvo a decir que los Diputados Radicales votaremos en contra de las dos observaciones del Ejecutivo. Nada más, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Debo informar a Su Señoría que el proyecto a que se refiere está, en estos momentos, en tercer lugar en la Tabla de la sesión ordinaria de hoy. El señor CLAVEL.- Mucho mejor, entonces. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Corresponde efectuar votación secreta. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir la votación secreta. Acordado. El señor CLAVEL.- Que se voten las dos observaciones de una vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para despachar las dos observaciones en una sola votación. Acordado. Si le parece a la Sala, se rechazarán las observaciones por unanimidad, y se insistirá también por la unanimidad. Acordado. 5.- DESTINACION DE TIEMPO PARA RENDIR HOMENAJE A DON BERNARDO O'HIGGINS Y A DON PEDRO AGUIRRE CERDA El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para destinar tiempo a fin de rendir un homenaje, al iniciarse la sesión ordinaria de mañana, al ex Presidente de la República, don Pedro Aguirre Cerda. Acordado. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder un minuto al Diputado señor Garay. El señor GARAY.- Un segundo, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¿Un segundo? Acordado. El señor GARAY.- Hoy hace 125 años que falleció el procer Bernardo O'Higgins. Yo creo que la Cámara debía rendir un homenaje a Bernardo O'Higgins, con motivo de los 125 años de su fallecimiento. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Pero, ¿qué propone Su Señoría? El señor GARAY.- Un homenaje especial, en una de las próximas sesiones, a] procer Bernardo O'Higgins. Esta tarde se podría hacer. El señor CLAVEL.- En una sesión especial. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que la Mesa resuelva citar oportunamente a sesión especial o destinar tiempo en una sesión ordinaria, a fin de rendir homenaje al padre de la patria, don Bernardo O'Higgins. Acordado. 6.- AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE OLMUE, PROVINCIA DE VALPARAISO, PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Olmué para contratar empréstitos. -Las observaciones del Ejecutivo impresas en el boletín N° 10.602-0, son las siguientes: Artículo 1º En el artículo 1º reemplázase la suma de "Eº 400.000" por esta otra "Eº 200.000". Artículo 2º 2) El texto del artículo 2" reemplázase por el siguiente: "El producto del o los empréstitos amo- rizados por esta ley se invertirá en obras o adquisiciones en los siguientes fines: a) Adquisición de vehículos de uso municipal Eº 30.000 b) Adquisición o construcción y alhajamiento de la Casa Consistorial 70.000 c) Mejoramiento del servicio de alumbrado público .... 100.000 Total Eº 200.000 Artículo 39 En el artículo 39 agrégase a continuación del "punto" (.) como "punto seguido" (.), lo siguiente: "No obstante el producto de las letras c) y d) regirá para servir el empréstito de esta ley si hubiere excedente después de cumplidos los servicios de alumbrado y pavimentación correspondiente al porcentaje de las citadas letras". El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En discusión las observaciones del Ejecutivo. La señorita LACOSTE.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. La señorita LACOSTE.- Es de conocimiento público que la comuna de Olmué ha sido creada hace poco tiempo. Es la Municipalidad más pobre de todo Chile, porque no tiene nada. No tenía sino la voluntad de servir de su Junta de Vecinos, designada por el Ejecutivo para administrarla mientras se hacía la elección ele Regidores. El Ejecutivo ha reducido a la mitad el préstamo pedido, y que el Congreso había aprobado, con el fin de destinarlo a unos cuantos objetivos, muy simples y muy necesarios. El Presidente de la República ha disminuido o suprimido dos de los ítem de inversiones del proyecto en su veto; a saber, lia suprimido los 100.000 escudos que se destinaban como aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana, y ha rebajado de 200.000 a 100.000 escudos el ítem destinado al mejoramiento del servicio de alumbrado público comunal. La supresión de esta suma reduce el préstamo apenas a 200.000 escudos. Nosotros estimamos que este hecho no puede tener otro significado que el de facilitar su pago tanto a la Junta de Vecinos como al municipio que se designó, considerando que las entradas de la comuna, en este momento, son muy reducidas; pero ello no puede significar, en ninguna forma, que el Ejecutivo desconozca la necesidad de realizar las obras que se proponen. Queremos dejar constancia, para la historia de la ley, de que estas obras tienen que ser ejecutadas. Y en vista de ia reducción que ha hecho el Ejecutivo, esto significa que él va a hacerlas, de todas maneras, en las condiciones que sean necesarias. Por este motivo, pido que aprobemos el veto y que dejemos constancia de que se enviará un oficio al Ejecutivo, expresándole que lo hemos aprobado en la confianza de que estas obras que ha suprimido, se van a efectuar a la brevedad posible. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, en sesiones anteriores nos ha correspondido tratar varios proyectos de empréstitos municipales, que el Ejecutivo también vetó. Ahora, la colega Lacoste dice que tiene una fórmula de entendimiento con el Ejecutivo, consistente en que se realizarán... La señorita LACOSTE.- No he dicho eso. El señor ACEVEDO.- ... las obras, aun cuando no figuren financiadas en este proyecto de ley. La señorita LACOSTE.- ¿Me permite una interrupción? El señor ACEVEDO.- Con el mayor agrado. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra la señorita Lacoste. La señorita LACOSTE.- El señor Acevedo ha manifestado que "yo tengo un entendimiento con el Ejecutivo". Muy lejos de eso. He dicho, claramente, que se supone que van a hacerse por cuenta del Estado las obras cuyos ítem rebaja o retira, porque son de indiscutible necesidad. Esto es lo que he dicho. Y, aún más, he pedido que se envíe un oficio. Creo que esto no se llama entendimiento. Nada más, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Puede continuar Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Si bien es cierto que concuerdo con la aclaración de la colega en el sentido de que no se trata de un entendimiento, no es menos verdadero que de lo que dice resulta que ella supone que el Ejecutivo, al suprimir algunas obras en un proyecto de ley, contrae el compromiso de realizar tales obras. La verdad es que ello no es así. No sé si así pudiera ser en este caso de la comuna de Olmué; pero, respecto del resto de las comunas del país, la verdad es que el Ejecutivo no se compromete, directa ni indirectamente, a realizar las obras. Ahora bien, en la Comisión de Gobierno Interior, cuando se estudió este proyecto de ley, se le dio un financiamiento sobre la base de un 4 por mil, destinando el 1 por mil a pavimentación, el 2 por mil al alumbrado público y el 1 por mil al financiamiento del empréstito. ¿Y por qué razón Porque lo que se desea, en materia de pavimentación, rubro en el que se proyecta un aporte de 100 mil escudos a la Dirección General de Pavimentación, es contratar el empréstito por esta suma, para lo cual se compromete el 1 por mil del impuesto territorial local para servirlo., a diez años plazo; y no que se siga aplicando el procedimiento actual, según el cual las municipalidades y vecinos están pagando ese 1 por mil, que se está empozando en la Dirección de Pavimentación, de modo que cuando esta repartición llega a juntar los dineros para financiar la ejecución de cierto número de metros de veredas y calzadas, ya ha transcurrido mucho tiempo. Lo que se quiere es, precisamente, comprometer este 1 por mil para financiar la contratación de un empréstito y realizar con la debida antelación estas obras, cuyo valor tienen que reembolsar los vecinos al continuar pagando el 1 por mil del avalúo territorial correspondiente a pavimentación. Esto es lo que el Ejecutivo no quiere entender. En efecto, no quiere entender que es una fórmula de financiamiento, naturalmente siempre y cuando se conceda el empréstito cuya contratación se autoriza. Es el mismo procedimiento que se utiliza con el 2 por mil para alumbrado. Por lo demás, y lo hemos dicho en reiteradas oportunidades, las municipalidades son soberanas para comprometer sus entradas. Sin embargo, la autonomía municipal es algo que solamente se reconoce en la teoría; en cambio, en la práctica, en cada medida legislativa que nace, lo único que se pretende es cercenar sus atribuciones. Ahora, el Ejecutivo reduce el monto de las obras a 200 mil escudos. ¿Con qué financiamiento y con qué criterio? Con ningún financiamiento, porque mantiene sólo el 1 por mil como fuente de financiamiento, lo que no produce únicamente "un monto de E° 40.000", como dice el Ejecutivo, sino que puede ser una suma mucho mayor, porque el avalúo territorial cada año aumenta en relación con el alza del costo de vida. Por eso, la Comisión aceptó financiar los Eº 400.000 originales con un 4 por mil. Y si partimos de la base del avalúo de este año, ello dará 320.000 escudos en diez años. Pero, de aquí a diez años más. el avalúo de los bienes inmuebles de la comuna de Olmué no va a ser de Eº 7.989.154, sino que llegará a los 14 ó 15 millones de escudos. En consecuencia, el rendimiento de este 1 por mil para financiar el préstamo; del 2 por mil para obras de alumbrado; y del 1 por mil para pavimentación, va a llegar, evidentemente, a una suma mucho más alta: la va a duplicar. En consecuencia, estará en condiciones de financiar los empréstitos. El Ejecutivo acepta 200 mil escudos conforme a los datos proporcionados por el Ministerio de Hacienda. ¿Quién es la eminencia gris del Ministerio de Hacienda que proporciona estos antecedentes? ¿El Subsecretario, señor Zaldívar, o algún funcionario que, por sí y ante sí, acepta 200 mil escudos, cuando estableciendo el rendimiento sobre la base de un uno por mil no se desfinanciaría sino en unos 60 mil escudos? Estimamos que la Cámara debe comenzar por respetar la decisión de los municipios, tal como lo hizo la Comisión de Gobierno Interior cuando conoció de este proyecto: aceptó la determinación de la Municipalidad, en el sentido de comprometer este cuatro por mil para financiar el empréstito; lo mismo hizo la Comisión de Hacienda y exactamente procedieron la Cámara y el Senado. Debemos ser consecuentes con este procedimiento de acatar la autonomía de las municipalidades, impidiendo que se rebajen los 200 mil escudos de la letra c) del artículo 2º, que servirían para el mejoramiento del servicio de alumbrado público en la comuna, rendimiento que se puede calcular sobre la base de las posibles y futuras entradas que dará el dos por mil consignado para ese rubro. Por eso, insistiremos en el criterio del Congreso, rechazando la proposición del Ejecutivo de rebajar en 200 mil escudos el monto del empréstito. Noto, por la intervención de la colega señorita Lacoste, que la actitud de los parlamentarios de Gobierno es aceptar este veto del Ejecutivo, lo que me parece un error y un atentado en contra de la comuna y de los vecinos. Como lo he dicho en muchas oportunidades, esta posición de; Gobierno en nada ayuda a los vecinos, al Municipio, a los Regidores; no sé la filiación de la mayoría de esa Municipalidad, ... La señorita LACOSTE.- Hay una Junta. El señor ACEVEDO.- ...o de la Junta que se designó en esta oportunidad ... El señor SILVA ULLOA.- ¿Me permite una interrupción, colega? El señor ACEVEDO.- Con todo gusto se la concedo. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA.- Creo que la colega señorita Lacoste está equivocada, porque la comuna de Olmué fue creada el año pasado y la ley respectiva autorizó la existencia de una Junta de Vecinos; pero en la última elección general de Regidores, efectuada en abril de este año, se eligieron las nuevas autoridades municipales las que ya están desempeñando sus cargos. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Señor Acevedo, ha terminado el tiempo de su primer discurso. El señor ACEVEDO.- He terminado, señor Presidente. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -Señor Presidente, son atendibles, en realidad, los planteamientos que hace el Ejecutivo para vetar esta disposición. Pero algunos Diputados por Valparaíso creemos que, a lo mejor, quienes elaboraron la fundamentación del veto no tomaron en cuenta un antecedente muy importante: Olmué es una comuna nueva por lo cual constituye un caso distinto dentro de la legislación normal. Es una comuna recién nacida a la vida del Derecho, gracias al empuje de sus autoridades, de su Alcalde, don Hugo Quinteros, que ha sido elegido per una abrumadora mayoría, y gracias al equipo de Regidores elegidos hace poco. Ella necesita también de los instrumentes y de las herramientas, sobre todo de orden económico, para cumplir cabalmente sus funciones; y, en relación con el orden normal de todas las municipalidades, que permanentemente tienen escasos ingresos, ésta requiere, por estar en sus inicios, de mayor respaldo. Por eso, los parlamentarios de Valparaíso, aun comprendiendo el buen espíritu que tuvo el Ejecutivo al proponer el veto en los términos señalados, rechazaremos esta observación por los fundamentos que damos, basados en la vida nueva de esta Municipalidad, que necesita de estímulos para seguir progresando. El señor VALENTE.- ¡Muy bien! El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- En otra oportunidad aceptaremos el principio planteado por el Ejecutivo, que 110 compartimos ahora por las razones dadas. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, sólo para reafirmar lo que expresé hace pocos minutos. La comuna de Olmué fue creada por la ley N° 16.422, publicada en el "Diario Oficial" el 9 de febrero de 1966. Su artículo 3º autorizó al Presidente de la República para designar una Junta de Vecinos que regiría los destinos de la comuna mientras se efectuaba la elección general de Regidores; ésta se efectuó en abril de este año. La Municipalidad de Olmué tiene actualmente un Alcalde y Regidores elegidos por mandato popular, porque ya expiró la vigencia del artículo 3º de la ley indicada. Creo que por el veto se ha incurrido en el mismo error en que ha incurrido la señorita Lacoste, al dar su asentimiento a él en esta oportunidad. Si una ley que autoriza un empréstito municipal no da efectivamente el rendimiento que se estimó por el legislador y por el Poder Ejecutivo, el empréstito sólo se contrata hasta el monto que alcanza el financiamiento. Por otra parte, estas mismas leyes de empréstitos municipales disponen, por las dificultades de conseguir estos créditos en el Banco del Estado o en otras instituciones, que se usen directamente. En consecuencia, no veo ningún perjuicio en mantener este proyecto de ley en las mismas condiciones en que lo aprobó el Congreso Nacional, porque eso permitirá a esa Municipalidad, creada el 9 de febrero de 1966, cumplir su cometido. Nada más. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra, Cerrado el debate. Si le parece a la Cámara, se efectuará una sola votación de las observaciones del Ejecutivo. Acordado. Si le parece a la Cámara, se rechazarán las observaciones por unanimidad y se insistirá en el criterio del Congreso. Acordado. Terminada la discusión del proyecto. 7.- PREFERENCIA PARA TRATAR TRES PROYECTOS.- PRORROGA DE LA SESION. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Se ha hecho saber a la Mesa que habría unanimidad para tratar las modificaciones introducidas por el Senado en: el proyecto de ley, del cual es autor el Presidente de la Cámara, que destina recursos para financiar el pago de determinados pasajes entre Santiago y Punta Arenas. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para tratar ese proyecto y para prorrogar la sesión a fin de alcanzar a tratar los dos últimos proyectos que figuran en la convocatoria de la presente sesión, o sea las observaciones a los proyectos que autorizan a las Municipalidades de Ovalle y de Río Bueno, respectivamente, para contratar empréstitos. El señor SILVA ULLOA.- Siempre que el proyecto que mencionó Su Señoría se trate a continuación de estos últimos dos. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Muy bien; y se prorrogaría la sesión hasta el despacho de los tres proyectos. Si le parece a la Sala, así se procederá. Acordado. 8.- AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE OVALLE. PROVINCIA DE COQUIMBO, PARA CONTRATAR EMPRESTITOS.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Ovalle para contratar empréstitos. -Las observaciones del Ejecutivo, impresas en el boletín Nº 10.619-0, son las siguientes: Artículo 1° En el artículo 1º, sustitúyese la cifra "Eº 1.200.000" por esta otra "Eº 500.000". Artículo 3º En el artículo 3º reemplázanse en las letras a) b), c), d) y e) los guarismos "Eº 500.000"; "200.000"; "100.000"; "200.000" y "200.000" por estos otros: "150.000"; "100.000"; "50.000"; "100,000" y "100.000", respectivamente. Reemplázase el total que se contempla en el mismo artículo 3º de "Eº 1.200.000" por este otro: "Eº 500.000". El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En discusión las observaciones del Ejecutivo. El señor PENNA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PENNA.- Señor Presidente, este proyecto, del cual soy autor permite a la Municipalidad de Ovalle contratar un empréstito hasta por Eº 1.200.000 para realizar diversas obras en la comuna. Sin embargo, el Ejecutivo, mediante un veto sustitutivo, rebaja esa suma a Eº 500.000. Cuando este proyecto fue aprobado polla Cámara en el primer trámite constitucional, consultaba un financiamiento que, lamentablemente, fue reemplazado por el Senado. Cuando volvió en tercer trámite constitucional a la Cámara, para no producir un nuevo trámite, que podría haber durado perfectamente un año más, nos vimos obligados a aceptar el criterio del Senado. Alegando por el rechazo del veto del Ejecutivo y a pesar del argumento de éste en el sentido de que el avalúo fiscal no ciará un rendimiento suficiente para pagar los Eº 1.200.000 en diez años, quiero llamar la atención sobre el hecho de que este mismo año está entrando en funciones el embalse de "La Paloma", con lo cual las 60.000 hectáreas de riego de la comuna de Ovalle, departamento del mismo nombre, aumentarán su seguridad de riego del 33 al 85%. Esto implica que el avalúo de los predios agrícolas prácticamente se triplicará. Como se sabe, la tierra como tal no tiene realmente valor en esa zona, y es el agua la que se lo da verdaderamente; de modo que podemos esperar que el próximo año, o el subsiguiente, el avalúo fiscal se triplique, por la razón que he mencionado. Por ello, pido a la Cámara que rechace el veto del Ejecutivo. Nada más. El señor AGUILERA.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, me alegro mucho de que el señor Penna naya solicitado, en especial a sus correligionarios, que lo acompañemos en el rechazo del veto del Ejecutivo. Considero justo que haya hecho esta solicitud, que comparto plenamente, en atención a que la Municipalidad de Ovalle carece de recursos económicos desde hace bastante tiempo. El Ejecutivo rebaja en aproximadamente un 70% el rendimiento primitivo. En efecto, dice: "el Ministerio de Hacienda, estima necesario rebajar el monto del empréstito de Eº 1.200.000 a Eº 500.000. Fundamenta dicha disminución, por cuanto el financiamiento ya aludido, de conformidad a lo informado por el Servicio de Impuestos Internos, tiene un rendimiento anual de Eº 58.298, debiendo, por lo tanto, adaptarse la autorización del préstamo a las posibilidades del servicio de la deuda". Efectivamente, habrá un aumento del avalúo fiscal en más de un 50%, en atención a que se incorporarán miles de hectáreas de regadío cuando el tranque "La Paloma" empiece a funcionar. Los Diputados socialistas rechazaremos el veto, porque, a nuestro juicio, es la única manera de que la Cámara pueda de una vez por todas, imponer su criterio. Ya hemos aprobado determinado financiamiento para este proyecto, sin suponer que el Gobierno rebajaría, fuertemente el monto del empréstito, de modo que se pueda prolongar el plazo para obtener los E° 1.200.000 que necesita la Municipalidad de Ovalle. Quisiéramos que, una vez promulgada esta ley, el Gobierno hiciera cumplir sus disposiciones, -y aquí le cabe mucha responsabilidad a Su Señoría, señor Presidente- porque las leyes vigentes en el país no se cumplen. Por ejemplo, tenemos una iniciativa del señor Fuentealba, la cual quedó cristalizada en la ley que lleva el Nº 16.607, del 24 de enero del presente año. ¿Qué significaba esta iniciativa? Significaba regularizar, de una vez por todas, los títulos de dominio de todos los habitantes de las poblaciones de la ladera norte de Ovalle; pero hasta este instante no se ha publicado su reglamento, por lo cual la ley es inoperante. En consecuencia, los parlamentarios tenemos la obligación de hacerla cumplir. Por eso le ruego que solicite el asentimiento de la Cámara para dirigir oficio al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que dicte el reglamento de la ley Nº 16.607, porque es una vergüenza que todavía no lo haya hecho, a pesar del tiempo transcurrido desde el 24 de enero hasta este instante. Esto significa tramitar a los vecinos, que no pueden regularizar sus títulos de dominio. De ahí que, junto con anunciar que los Diputados socialistas rechazaremos el veto, pido que se envíe el oficio correspondiente al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo para que dicte el reglamento de la ley ya citada. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Garay. EL señor GARAY.- Señor Presidente, quiero expresar que comparto este criterio unánime que parece haber en la Cámara para rechazar el veto. Hace 12 años, tuve oportunidad de convivir, en mi calidad de interventor del Centro de Salud de Ovalle, con los vecinos de esa ciudad, y pude darme cuenta de que esta zona riquísima necesita de estos estímulos. Como un homenaje a esos amigos ele Ovalle y los señores Diputados que aquí han intervenido, también votaré en contra del veto. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Fuentealba. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, en primer término, quiero agradecer la intención del colega señor Garay y las expresiones que ha tenido en favor de la ciudad de Ovalle y de sus vecinos. Este veto del Ejecutivo es más o menos similar al del proyecto que autoriza a la Municipalidad de Olmué, para contratar un empréstito. Los mismos argumentos que se esgrimieron para considerar la inconveniencia de aquellas observaciones, también se pueden utilizar aquí, con la diferencia de que la corporación edilicia de Ovalle no dispone, como otras municipalidades de los fondos necesarios, para realizar esas obras tan indispensables. Estas comunas de la provincia de Coquimbo no tienen un tratamiento especial como las provincias de Atacama, Antofagasta y Tarapacá. No pueden, por lo tanto, efectuar obras y trabajos tan indispensables para su progreso, porque sus recursos no les alcanzan. Es decir, tienen que recurrir constantemente a estos empréstitos para ejecutar todas estas obras de adelanto comunal. Quiero examinar brevemente cada uno de los objetivos para los cuales se ha pedido este empréstito. La letra a) dice: "Adquisición de vehículos motorizados para servicios que cumple la Municipalidad". Esta cuenta con un carro recolectador de basuras, un camión de volteo, un carro regador, un furgón para el reparto de carne y camionetas. No tiene un camión para el servicio correspondiente. Se habían solicitado quinientos mil escudos para comprar o renovar estos vehículos. En el veto, el Ejecutivo ha rebajado la suma a 150 mil escudos. Yo pregunto: ¿cómo se va a poder adquirir este nuevo material con 150 mil escudos, cuando el carro recolector de basuras solamente debe costar la mitad de esta cantidad? Además, se piden los fondos necesarios para remodelar la Alameda de Ovalle, que incluye su pavimentación, el arreglo de sus jardines y la construcción de plazas de juegos infantiles. Las personas que conocen Ovalle habrán podido comprobar que la Alameda no reúne ninguna de las condiciones que deba tener un parque o zona de ornato. Además, se encuentra circundada por una calle que solamente tiene una calzada de seis metros de ancho, por donde el tránsito, que es intenso, no se puede hacer con regularidad. Para financiar estas obras, se había pedido la suma de doscientos mil escudos; el Ejecutivo la ha rebajado a cien. Se había consultado, también, un aporte para la adquisición de elementes para mejorar el alumbrado público, porque la Municipalidad de Ovalle no sólo tiene que atender a esta comuna, sino que a otros diez pueblos rurales que no tienen suficiente alumbrado público. Por consiguiente, es necesario mejorar este sistema, puesto que todas esas localidades tienen corriente eléctrica. Se habían destinado cien mil escudos, pero el Ejecutivo los ha rebajado a cincuenta mil. También se requieren fondos para la construcción de una piscina. La ciudad de Ovalle está situada en el centro de la provincia de Coquimbo y no dispone de playas ni otros centros análogos para la recreación de la gente más modesta en la época de verano. Se había pedido la suma de doscientos mil escudos, y el Ejecutivo la ha rebajado a cien. También se habían destinado Eº 200.000 con la siguiente finalidad "Expropiación para apertura y ensanche de calles, de acuerdo al plano Regulador, y Estación de Buses". Esto es muy conveniente hacerlo debido a que hay varias calles cerradas, sin salida, motivo por el cual la gente tiene que dar vueltas cuadras y cuadras para llegar al centro, como es el caso de las calles Tangue y David Perry de la población ferroviaria. Nosotros consideramos, señor Presidente, como lo dice el artículo 1° de este proyecto de ley, que debe autorizarse a la Municipalidad de Ovalle para contratar empréstitos que produzcan hasta la suma de Eº 1.200.000, y de ninguna manera debe rebajarse compulsivamente esa cantidad, como lo establece la observación del Ejecutivo. La que contempla el veto es considerablemente menor; por lo cual, ruego a los colegas que voten en contra del veto para favorecer a la Municipalidad de Ovalle. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo, El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, el señor Penna manifestó se habí;' aprobado autorizar a la Municipalidad de Ovalle para contratar empréstitos hasta por la suma de Eº 1.200.000, considerando otro tipo de financiamiento. Efectivamente, la Comisión de Gobierno y la Cámara prestaron su aprobación a un financiamiento basado en un aumento de las contribuciones equivalente al 3 por mil: el 1 por mil sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Ovalle a que se refiere la letra e) del decreto Nº 2.047, y el 2 por mil del porcentaje de la letra a) que se relaciona con el alumbrado. Entonces, sobre la base de ese 3 por mil, y calculando el avalúo en Eº 58.298,927. . . El señor PENNA.- Queda cubierta la deuda. El señor ACEVEDO.- . . . quedaría cubierta la deuda, pues se obtiene un rendimiento de Eº 174.000 al ano. Esto significa que en diez años se financian no sólo Eº 1.200.00, sino que unos 1.700.000 ó 1.800.000 escudos, debido al alza progresiva que van experimentando los avalúos. En consecuencia, este proyecto se financiaba perfectamente bien. Por eso, nosotros concordamos con la proposición que ha hecho el colega señor Penna, en el sentido de rechazar la observación del Ejecutivo e insistir en la suma primitiva. ¿Por qué razón Porque, si bien es cierto que el dos por mil no va a ingresar a la Municipalidad, mediante esta ley podrá disponer de él. En efecto, el otro artículo, que es de rigor, establece que, en caso de que no alcance el financiamiento, la Municipalidad completará las sumas necesarias con otros recursos. Evidentemente, ésta tenía la decisión de comprometer el dos por mil del alumbrado, que continúa percibiendo, para financiar este empréstito de Eº 1.200.000. El artículo 7º es el que la faculta para comprometer otros recursos, y la Municipalidad puede disponer del dos por mil para pagar la cantidad mencionada. Por lo tanto, la Cámara no cometería ningún error, ni estaría despachando una ley desfinanciada, si rechazara el veto, pues se faculta a la Municipalidad para disponer de estos recursos adicionales. De ahí que nosotros estimemos que hay que rechazar el veto del Ejecutivo e insistir en el proyecto primitivo de la Cámara, conscientes de que la Municipalidad de Ovalle está financieramente en condiciones de pagar el empréstito por Eº 1.200.000. Por lo demás, el Banco no se lo prestaría de una sola vez, sino que por etapas y, en consecuencia, a aquélla le sería más fácil el financiamiento. Eso es todo. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor AGUILERA.- Pido la palabra. El señor LORCA, clon Alfredo (Presi dente).- Tiene la palabra el señor Aguilera. El señor AGUILERA.- Yo había solicitado que se enviara un oficio. . . El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Lo iba a hacer inmediatamente. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar un oficio al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el fin de que dicte cuanto antes el reglamento de la ley 16.607. El señor PENNA.- Está dictado y publicado en el mes de agosto. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Si le parece a la Sala, la Mesa consultaría si fue publicado. En caso contrario, enviaría el oficio. Acordado. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Cámara, se rechazará el veto y se insistirá también por unanimidad. Acordado. 9.- AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE RIO BUENO, PROVINCIA DE VALDIVIA PARA CONTRATAR EMPRESTITOS.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Río Bueno para contratar empréstitos. -Las observaciones formuladas por el Ejecutivo, impresas en el boletín N° 10.688-0, son las siguientes: En el artículo primero substitúyese lo siguiente: "hasta la suma de Eº 800.000 (ochocientos mil escudos)" por este otro: "hasta la suma de Eº 500.000 (quinientos mil escudos)". En el inciso segundo del mismo artículo, substitúyese después de la palabra "anterior" la coma (,) por un punto (.) y suprímese la frase final que dice: "sin sujeción a las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos". El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En discusión el proyecto. Tiene la palabra el Diputado señor Olave; y, a continuación, la señora Inés Enríquez. El señor OLAVE.- Señor Presidente, el veto del Ejecutivo a este proyecto es totalmente injusto. El objetivo de este empréstito que se otorgará a la Municipalidad de Río Bueno por un valor de 800 millones de escudos es reconstruir la única sala de espectáculos que tenía esta comuna y que se incendió el 17 de agosto de 1964. Alí no hay otros medios de diversión y de entretención, ni tampoco otro centro cultural ni de divulgación, como habitual- mente ocurre en aquellas localidades en donde el Teatro Municipal es el único lugar en el que se desarrollan las actividades culturales de la comuna. La Comisión' de Gobierno Interior de la Cámara recibió, antes de aprobar este empréstito, un informe del Ministerio de Hacienda, el cual señalaba que el uno por mii del impuesto territorial rendía en la comuna de Río Bueno más de 82 mil escudos anuales, suma que alcanzaba a financiar perfectamente el empréstito y dejaba, incluso, un sobrante superior a los 20 mil escudos. Pero, ¿qué ocurre ahora? El veto del Ejecutivo modifica las cantidades y sostiene que el Ministerio de Hacienda ha estimado que la tasa del uno por mil del impuesto territorial alcanza en Río Bueno solamente a Eº 68.756, lo que sólo permitiría financiar un empréstito, de acuerdo con la teoría sustentada por el Ejecutivo en el veto, de Eº 680.000. Pero, así y todo, el Gobierno rebaja la suma inicial de Eº 800.000 a Eº 500.000. Todo ello sin ninguna razón valedera. Porque, además, el artículo 4º del proyecto despachado por el Congreso dispone, claramente', que si los fondos provenientes ele este gravaven del uno por mil fueran insuficientes para" servir la deuda o empréstito que contratará la Municipalidad de Río Bueno, o no se obtuvieren en la debida oportunidad, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquier clase de recursos de sus rentas ordinarias. Por las razones expuestas, hacemos un llamado a todos los colegas para que rechacen este veto del Ejecutivo por ser injusto y crear un problema muy serio a la Municipalidad de Río Bueno, que pretendía financiar la construcción del nuevo edificio en que funcionará el Teatro Municipal de esa comuna con los recursos consultados en el proyecto aprobado por el Congreso. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra la señora Enríquez. La señora ENRIQUEZ.- Señor Presidente, además de los argumentos dados por el colega señor Olave, quiero expresar que las mismas razones expuestas respecto de los vetos anteriores son aplicables a las observaciones formuladas por el Ejecutivo a este proyecto. Efectivamente, la ciudad de Río Bueno no cuenta con sala de espectáculos, ni siquiera con un pequeño cine para la distracción de su población. Es obvio que todas las ciudades necesitan este tipo de establecimiento y que la existencia de los habitantes sólo es grata cuanto se tiene esparcimiento. Por eso, es indispensable permitir a la Municipalidad de Río Bueno contratar el empréstito de Eº 800.000, a fin de que pueda construir una sala de espectáculos. La suma de Eº 500.000 que propone el Ejecutivo no es suficiente para cumplir dicho objetivo. Por estas razones, me permito solicitar a la Honorable Cámara el rechazo de las observaciones formuladas por el Ejecutivo, para que la Municipalidad y el pueblo de Río Bueno puedan cumplir sus aspiraciones. Nada más, señor Presidente. El señor MONTT.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Julio Mont.. El señor MONTT.- Señor Presidente, en nombre de los colegas parlamentarios de la provincia de Valdivia, solicito también que se rechace el veto del Ejecutivo a este proyecto de ley. Los argumentos dados tanto por el señor Olave como por la señora Enríquez son perfectamente concordantes con los nuestros. Personalmente, por tratarse de una ciudad vecina a la de Valdivia, conozco los problemas de Río Bueno. Es de toda justicia la autorización a su Municipalidad para contratar el empréstito de Eº 800.000, tal cual lo aprobó el Congreso. Como les impuestos aumentan a medida que transcurren los años, ese Municipio no tendrá problemas para pagar la suma indicada. Por lo tanto, en nombre de los colegas parlamentarios de la provincia, de Valdivia, reitero la petición de rechazo del veto del Ejecutivo. Nada más, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra, El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, sólo quiero insistir en que nosotros vamos a rechazar el veto del Ejecutivo en atención al informe de la Comisión de Gobierno Interior. La verdad es que durante la discusión del proyecto en la Comisión vimos los roles de avalúo de la comuna y, por eso, creo que ha habido un lamentable error de parte del funcionario que los revisó. Seguramente confundió las cifras de otra comuna con las de Río Bueno o sólo se fijó en la suma parcial, puesto que parece que los 68.756 escudos corresponden al rendimiento de la parte urbana. De modo que el rendimiento anual del avalúo imponible de los bienes raíces no puede ser de 68.756.259 escudos, como indica el Ejecutivo en su informe, sino de 82.636.778 escudos, y el uno por mil de esta cantidad son 82.000 escudos, suficientes para financiar el préstamo de 800.000 escudos en el plazo de 10 años. En consecuencia, la Cámara cometería un error si se basara en esta cifra que el Ejecutivo nos indica en su veto, pues, lamentablemente, está equivocado, ha tomado otra cifra. El Presidente, el Secretario y los miembros de la Comisión de Gobierno Interior revisamos el rendimiento anual del avalúo de los bienes raíces y éste ascendía a 82.636.778 escudos. De manera que el proyecto está perfectamente financiado. Es todo. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se rechazarán bs observaciones del Ejecutivo en una sola votación. El señor OLAVE.- La segunda hay que aprobarla, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En votación la primera observación. Si le parece a la Sala se rechazará por unanimidad y se insistirá. Acordado. En votación la segunda observación, que consiste en suprimir, en el inciso segundo, la frase final que dice "sin sujeción a las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos." -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Si le parece a la Sala se aprobará la observación. Aprobada. El señor ACEVEDO.- Con nuestra abstención. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la abstención de los Diputados del Partido Comunista. 10.- RECURSOS PARA FINANCIAR. DETERMINADOS PASAJES ENTRE SANTIAGO Y PUNTA ARENAS.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Corresponde, en conformidad con lo acordado por la Sala, tratar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Diputados, que destina recursos para financiar el pago de determinados pasajes entre Santiago y Punta Arenas. -Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín 10.702-S", son las siguientes: Como artículo 1º ha consultado el artículo 2º y ha sustituido su redacción polla siguiente: "Artículo 2°.- Establécese un impuesto de 2% sobre el valor de los pasajes de Santiago a Punta Arenas, o viceversa, que expenda Línea Aérea Nacional." Ha agregado, a continuación, el siguiente inciso segundo, nuevo: "No pagarán este impuesto las personas domiciliadas en la provincia de Magallanes, que acrediten esta circunstancia en la forma que determine el reglamento." Artículo 2º Ha pasado a ser artículo 3º y ha reemplazado su texto por el siguiente: "Artículo 3°.- El producto del impuesto establecido en el artículo anterior será depositado en una cuenta especial subsidiaria de la Cuenta Unica Fiscal, en contra de la cual el Vicepresidente Ejecutivo de la Línea Aérea Nacional girará los montos correspondientes a los gastos de transporte aéreo a que se refiere el artículo 1º. Al término de cada año presupuestario, estos recursos no pasarán a rentas generales de la Nación." En seguida, ha consultado como artículo 4º, el siguiente, nuevo: "Artículo 4°.- Línea. Aérea Nacional no estará obligada a prestar los servicios a que se refiere esta ley cuando no existan fondos suficientes en la cuenta establecida en el artículo 3º, ni aun a pretexto de que se financien con el rendimiento futuro del impuesto." Artículo 3º Ha sido reemplazado por los siguientes: "Artículo 5°.- Créase una Comisión integrada por el Intendente de la Provincia de Magallanes, que la presidirá; el Alcalde de Punta Arenas; el Director de la Sede Universitaria de la Universidad Técnica del Estado de dicha ciudad; el Presidente del Consejo Local de Deportes de la misma, y por un representante de la Central Unica de Trabajadores designado por su Consejo Provincial de Magallanes. Actuará de coordinador de esta Comisión el Agente de Línea Aérea Nacional en la referida ciudad. Estos cargos se desempeñarán ad honorem. La sede de la Comisión será la ciudad de Punta Arenas." "Artículo 6°.- La Comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá por función controlar y distribuir los pasajes y demás gastos de transporte aéreo indicados en el artículo 1º. Para estos efectos deberá programar, antes del 31 de diciembre de cada año y previa consulta al Agente coordinador de Línea Aérea Nacional, los viajes para el siguiente, teniendo especialmente en consideración el rendimiento del impuesto y las disponibilidades de la empresa transportadora, como también, la adecuada Ha pasado a ser artículo 1°, sustituido por el siguiente: "Artículo 1°.- Los gastos de transporte aéreo ida y vuelta entre las ciudades de Santiago y Punta Arenas, o viceversa, por Línea Aérea Nacional, de los conjuntos artísticos, deportivos y estudiantiles que determine la Comisión a que se refiere el artículo 5º, tendrán un valor que fluctuará entre el 10 y el 50% de las tarifas ordinarias respectivas de dicha empresa. El reglamento determinará, entre los porcentajes señalados, la proporción en que deberán contribuir al financiamiento de los gastos de transporte aéreo los mencionados conjuntos. Los pasajes y transporte de carga a que se refiere este artículo, se concederán y efectuará sujetos a las modalidades y reglamentaciones vigentes en Línea Aérea Nacional. Se exceptúan de este beneficio los excesos de equipaje que no correspondan a las actividades de los referidos conjuntos. Artículo 5º Ha pasado a ser artículo 7º y ha sustituido su redacción por la siguiente: "Artículo 7°.- Línea Aérea Nacional y la Comisión a que se refiere el artículo 5º, deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República del rendimiento e inversión del impuesto establecido en el artículo 2º y de la distribución de los pasajes y demás gastos de transporte respectivos." Como artículo 8º, ha aprobado el artículo 7º de esa H. Cámara. Artículo 7º Como se expresó anteriormente, pasó a ser 8º. Ha sustituido las palabras "su publicación", por "publicación de ésta"; "liberados" por "y gastos de transporte", y la referencia al "artículo 4º por otra al "artículo 1º". El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor ZORRILLA.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ZORRILLA.- Señor Presidente, los Diputados de la Democracia Cristiana vamos a aprobar en todas sus partes las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley aprobado por la Cámara y que destina recursos para financiar el pago de determinados pasajes entre Santiago y Punta Arenas. No son afanes electoreros los que me impulsan a expresar en esta ocasión mi apoyo a esta iniciativa, sino un cariño muy entrañable que les tengo a esas tierras lejanas, que yo llamo de la "América destemplada". El impuesto del 2% sobre el valor de los pasajes se justifica plenamente y ha sido incluso aceptado, como un sacrificio de su población, justamente para poder obtener el traslado de conjuntos folklóricos, deportivos y estudiantiles, con el fin de promover el intercambio y desarrollo cultural de esa región. En realidad, el gran problema, la tragedia, que tiene Magallanes es no poder transformar su población transitoria en una población permanente. Si queremos realmente quedar en posesión definitiva de esas tierras y darles importancia, nosotros debemos velar por su progreso futuro, darles condiciones de vida propia. Por eso, los Diputados de estos bancos consideramos que este proyecto no pudo haber sido más oportuno y le prestaremos todo nuestro apoyo. Nada más. El señor GARAY.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Garay. El señor GARAY.- Señor Presidente, coincidiendo con lo que acaba de decir en nombre nuestro el señor Zorrilla, quiero manifestar algunas breves consideraciones sobre esta materia. En primer lugar, deseo dejar constancia de que me alegro de que nuestro Presidente, señor Alfredo Lorca, haya tomado esta iniciativa, que va a tener gran trascendencia en la mantención de un promedio de estado cultural o desarrollo intelectual en la zona de Magallanes. Pero yo quiero también recordar, al mismo tiempo, que durante la discusión de este proyecto en la Comisión de Hacienda presenté una indicación para extender esta posibilidad de pasajes liberados a las provincias de Aisén y Chiloé. Desgraciadamente no estuve presente en la sesión en que se votó esa materia, y no pude dar a conocer las razones por las cuales, personalmente esperaba que estas mismas franquicias se hubieran obtenido para las provincias de Chiloé y Aisén. Anuncio ahora que presentaré un proyecto exactamente igual para estas dos provincias y con un financiamiento similar, porque, justamente, estamos buscando una fórmula que permita levantar el nivel intelectual de ellos. Estas dos provincias han sido tradicionalmente dejadas de la mano de todos los Gobiernos. Per eso, nos preocupamos de levantar las condiciones intelectuales como un medio de ir a la difusión no sólo de las ideas que tiene el mundo moderno, con respecto al avance de la ciencia y desarrollo de todas estas prácticas de orden cultural e intelectual, sino también para levantar el nivel medio de las provincias de Chiloé y Aisén, con el fin de que nuestros campesinos y trabajadores vayan valorando lo que son las ideas... El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Estamos en la discusión particular, señor Diputado... El señor GARAY.- Termino en seguida, señor Presidente, y le ruego que no me interrumpa lo que deseo decir. . . -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Es la aplicación del Reglamento, señor Diputado. El señor GARAY.- Lo que yo deseo es levantar las condiciones intelectuales y culturales de Chiloé y Aisén, precisamente, no sólo por razones de difusión y mayor comprensión de la era moderna en que se vive, con respecto al desarrollo de las ciencias, sino porque prácticamente tenemos que dar posibilidades a nuestros campesinos, tan alejados de la cultura, y a nuestros trabajadores, para que comprendan el momento social que vive el mundo y puedan interesarse en el estudio y conocimiento de las grandes ideas del avance social y humano de nuestra patria. Por eso, anuncio que presentaré, en el momento oportuno, un proyecto de ley parecido a éste, y con un financiamiento también similar, para las provincias de Chiloé y Aisén. El señor VALENTE.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor VALENTE.- El autor de este proyecto, el Presidente de la Cámara, sabe muy bien que los Diputados comunistas concurrimos con nuestros votos favorables, en la Comisión de Hacienda, para aprobar diversos artículos contenidos en esta iniciativa, pero no así el artículo 1º, que establece un impuesto de 2% sobre el valor de los pasajes que expenda la Línea Aérea Nacional entre Santiago y Punta Arenas. Rechazamos el artículo 1° debido a que no nos parece justo que se graven los pasajes de una línea estatal, menos aún si consideramos que el propio Presidente de la Cámara es autor de otro proyecto mediante el cual se entregan y otorgan facilidades, franquicias tributarias- y muchos beneficios de orden aduanero, a las empresas de aeronavegación privadas o particulares. La situación se agrava mucho más si consideramos que este proyecto es profundamente discriminatorio y contrario a la Línea Aérea Nacional, organismo estatal, desde el momento en que ia Línea Aérea del Cobre -LADECO-, empresa perteneciente al tenebroso clan Edwards, está solicitando en este instante a la Dirección de Aeronáutica y al Gobierno autorización para servir también la zona austral, mediante la atención de pasajeros y carga. El Diputado señor Sepúlveda, don Francisco, me acaba de informar que ya está sirviendo la zona sur esta empresa de aeronavegación particular; de modo que, entonces, confirma mi denuncia. Señor Presidente, estimo que gravar a la Línea Aérea Nacional con este nuevo impuesto significa favorecer directamente a una empresa particular de aeronavegación, como lo es LADECO, y, mucho más, dejar a la primera en condiciones de mucha inferioridad de competencia, debido a que LAN tiene la obligación de atender el servicio de pasajeros y carga, de postas distantes que hay a través del territorio de la República, lo que, es indiscutible, le demanda pérdidas y un desgaste, natural mente, económico. Esta responsabilidad y esta obligación no la tienen las empresas particulares. En consecuencia, señor Presidente, como se trata de votar la modificación introducida por el Honorable Senado al artículo 1º y que, prácticamente, deja las cosas iguales, debido a que no se deroga el impuesto del 2%, los Diputados comunistas vamos a rechazarla, haciendo la aclaración de que también estamos en desacuerdo con el artículo 1º aprobado por la Cámara en su forma original. Sucesivamente vamos a seguir votando otros artículos y daremos oportunamente nuestra opinión sobre ellos. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, el colega señor Ernesto Guajardo me ha encargado que intervenga en este proyecto, sobre el cual quiero expresar dos ideas. En realidad, esta iniciativa no va a pasar de ser la expresión de una buena intención. No pasa de ser ésta una buena intención, pero va a carecer de resultados prácticos. En primer lugar, comparto el criterio expresado por el colega señor Valente en relación con el financiamiento; sin embargo, lo tolero, porque considero que las tarifas establecidas por la Línea Aérea Nacional para el servicio de la zona austral del país han tenido un trato excepcional- mente favorable y si las comparamos con las que pagan los usuarios del mismo servicio de la zona norte del país, podremos comprobar que hay una diferencia apreciable en favor de la primera. Pero ya el señor Presidente, que es autor de este proyecto ha expresado que se aceptarán todas las modificaciones del Senado. Precisamente, este artículo 1º, que ha pasado a ser 2º del proyecto, contiene una disposición que lo hace inoperante. Establece que "No pagarán este impuesto las personas domiciliadas en la provincia de Magallanes, que acrediten esta circunstancia en la forma que determine el reglamento". O sea, los turistas solamente van a pagar el impuesto del 2%, los que no tengan domicilio en Magallanes. No se conocen antecedentes que nos permitan establecer cuál ha sido el número de pasajeros turistas que han viajado desde Santiago a Magallanes, porque este impuesto no va a afectar a los pasajeros que no se embarquen en nuestra capital. Los que se embarquen en Puerto Montt, por ejemplo, no estarán sujetos a tal gravamen, porque el artículo establece claramente que afecta al valor de los pasajes de Santiago a Punta Arenas, o viceversa. De tal manera que su rendimiento va a ser insignificante. En seguida, porque no quiero abusar después solicitando nuevamente la palabra, el artículo 4° agregado por el Senado, consagra lo que he venido sosteniendo:, que se trata de un proyecto que en su aplicación práctica no va a surtir efecto, porque establece que la "Línea Aérea Nacional no estará obligada a prestar los servicios a que se refiere esta ley cuando no existan fondos suficientes..." De tal manera que, imaginémonos que la comisión creada por este proyecto autoriza el viaje de una delegación y ella copa, prácticamente, el financiamiento de todo un año; esto se prestaría para innumerables reclamos. Por eso, como el señor Garay ha anunciado la presentación de uu proyecto en los mismos términos para las provincias de Aisén y Chiloé, he hecho estas observaciones, con el objeto de que en esa iniciativa se corrija el financiamiento, porque creo que es poco serio entregarle un "volador de luces" a gente de una zona tan apartada como es la de la provincia de Magallanes, que prácticamente no va a poder aplicarse. Quiero aprovechar esta oportunidad para solicitar que la Honorable Cámara acuerde enviar un oficio al Senado, porque hay un proyecto del cual son autores el colega Aguilera y el que habla, que establece una rebaja de un 50% en el valor de los pasajes, para todo el país, de las delegaciones estudiantiles, el que fue vetado por el Presidente de la República, cuyas observaciones ya fueron aprobadas por la Cámara. Me parece que el proyecto aún está en el Senado y que dicha Corporación no se ha pronunciado sobre ellas. En consecuencia, para resolver parte del problema, respecto de una materia que ya se ha legislado, ruego que la Mesa establezca dónde se encuentra la iniciativa, y sí es tal como digo, que se encuentra en el Senado con las observaciones pendientes, que ya fueron, repito, aprobadas por esta Cámara, le envíe un oficio con el fin de que esa Corporación la despache y pueda convertirse lo más rápido posible en ley. Termino expresando que nos encontramos ante la alternativa, conociendo ya el pronunciamiento del Presidente de la Cámara y por su intermedio el del partido mayoritario, la Democracia Cristiana, de aprobar las modificaciones del Senado, en el convencimiento de que este proyecto, en la práctica, no va a satisfacer las necesidades que se pretendió cubrir con una iniciativa que compartíamos, especialmente el colega Ernesto Guajardo. Nada más. El señor STARK (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Corporación, para enviar el oficio pedido por el señor Silva Ulloa, en nombre de la Cámara, una vez que se haga la investigación requerida. ¿Habría acuerdo? Acordado. El señor LORCA (don Alfredo).- Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Lorca, don Alfredo, para referirse a la primera modificación. El señor LORCA (don Alfredo).- ¿Me permite, señor Presidente. Deseo que solicite el asentimiento unánime de la Sala para que se me concedan dos minutos a fin de que pueda referirme en general a las observaciones que han hecho los señores Diputados sobre el proyecto mismo, ya que, los problemas de las líneas aéreas nacionales no están en ningún artículo. Quiero demostrar, con el respeto que me merecen los señores Diputados, que están equivocados. El señor STARK (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo unánime de la Cámara para conceder dos minutos al señor Lorca, don Alfredo, con el objeto de que se refiera en general a este proyecto? Acordado. El señor LORCA (don Alfredo).- Señor Presidente, quiero informar a la Sala que el motivo por el cual participo de las observaciones introducidas por el Senado a este proyecto es que ellas no modifican en nada la sustancia de él. Principalmente se mantiene la idea del proyecto de establecer un impuesto al valor de los pasajes de Santiago a Punta Arenas o viceversa, que es del 2%; y la modificación del Senado sólo innova en cuanto a que las personas domiciliadas en la provincia de Magallanes no lo pagarán. Yo respeto el punto de vista del Senado, aun cuando no comparto el hecho de no hacer recaer este impuesto del 2% sobre personas domicilias en la provincia de Magallanes. En todo caso, ello significa disminuir las entradas de este fondo sólo en un 10% como lo demostré oportunamente en la Comisión de Hacienda, en la Comisión de Economía y Transporte, e incluso lo planteé en el Senado. Por ello, creo que no vale la pena insistir y estimo que, posteriormente, el pueblo y los trabajadores de Punta Arenas van a pagar este impuesto por el inmenso beneficio que significa llevar hacia allá conjuntos corales, artistas, conferenciantes, clubes deportivos que nunca van hacia esa provincia. Como parlamentario, en estos momentos, me ha correspondido interceder con el fin de enviar la Orquesta Sinfónica de Chile, porque es imposible que ese conjunto, con 40 ó 50 músicos, pueda pagar pasajes y financiar su estada en Punta Arenas. Actualmente y en forma permanente, el Ballet Nacional ha tenido que hacer gestiones, rogando a la Fuerza Aérea para que coloquen aviones a su disposición, con el fin de llevar a Punta Arenas a ese conjunto. Ahora bien, deseo recordar a los señores Diputados que la única línea aérea que hace viajes entre Punta Arenas y Santiago es la Línea Aérea Nacional... El señor VALENTE.- ¡Hasta ahora! El señor LORCA (don Alfredo).- Hasta ahora. Yo soy Diputado y político, no soy pitoniso y no pretendo legislar en forma permanente. Estoy legislando realmente con lo que existe. Y respecto a LADECO, también está equivocado el señor Rosales, porque esa línea tiene vuelos al norte y no va a Punta Arenas; y la Línea Austral que existe en Argentina efectúa viajes desde Punta Arenas a Río Gallegos y no viene a Santiago. Conociendo la responsabilidad y seriedad de los señores legisladores, no tengo ninguna duda de que, si alguna compañía aérea particular entra a competir con la Línea Aérea Nacional en estas rutas, nadie se opondrá a que también se graven sus pasajes con el impuesto del 2% sobre su valor. Ahora bien, este proyecto no es un "volador de luces". Los cálculos que sirvieron de base para su financiamiento los proporcionó la Línea Aérea Nacional. Ella estableció que mensualmente viajan entre Punta Arenas y Santiago 5 mil personas, de las cuales más o menos el 10% están domiciliadas en la ciudad austral. De acuerdo con estudios hechos en las Comisiones de Hacienda de la Cámara y del Senado, el impuesto del 2% sobre esos 5 mil pasajes produciría un total equivalente a 1.200 pasajes al año. En otras palabras serían 1.200 pasajes gratis al año. Si so elimina el 10%, que corresponde a las residentes de Punta Arenas, esta cifra se reduce en 120 pasajes por año. Por lo tanto, existe la posibilidad concreta de que se obtengan por este proyecto alrededor de 1.000 pasajes gratis al año, los que servirían para llevar a Punta Arenas a conjuntos teatrales, musicales y artísticos, como el Ballet Nacional, o clubes deportivos como la Universidad de Chile, el Colo Colo o la Universidad Católica, cuyas actuaciones allá serían de mucha trascendencia para el deporte de esa zona. Por eso, con todo respeto le vuelvo a decir al señor Silva Ulloa, por quien todos sentimos un inmenso aprecio, que este proyecto no es un "volador de luces". Podré equivocarme, pero, al igual que Su Señoría, soy muy responsable para legislar, y cuando presento un proyecto a la consideración de la Cámara consulto los antecedentes necesarios con la gente responsable, como lo hice en este caso con los persone- ros de la Línea Aérea Nacional. Por estas razones, pido a los señores Diputados que tengan la gentileza de aprobar las modificaciones del Senado, que no alteran substancialmente el proyecto, a fin de que pronto sea ley de la República. Nada más. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría en el tiempo de su segundo discurso. Ruego al señor Diputado referirse a las modificaciones al artículo 1º, que son dos. El señor SILVA ULLOA.- A ellas voy a referirme, señor Presidente. Como lo señaló el señor Acevedo, creo que se podrían votar en conjunto todas las modificaciones introducidas en este proyecto por el Senado. He dicho que el proyecto no va a surtir los efectos que pretende su autor, porque su financiamiento se basa en un impuesto del 2% sobre el valor de los pasajes de la Línea Aérea Nacional de Santiago a Punta Arenas y viceversa, impuesto del cual quedan liberados los pasajes de los domiciliados en esta última ciudad. Pero el problema estriba en que no se sabe oficialmente cuántos son estos pasajes que corresponden a las personas domiciliadas en Punta Arenas. No se conocen estadísticas sobre la materia. El número que da la Línea Aérea Nacional es una apreciación hecha "a ojo de buen cubero" por sus personeros, en cuanto a que de los 5.000 pasajes que señala el colega señor Lorca, 4.000 corresponden a gente que no vive en Punta Arenas. Puede ser mucho mayor la diferencia. Ojalá, señor Presidente, sea como dice el colega Lorca. En todo caso, quiero referirme a un hecho concreto. Por cada 50 pasajes que venda la Línea Aérea Nacional a personas no residentes en Punta Arenas, se financiará un pasaje; de tal manera que no se puede llegar al exceso de sobrestimar este rendimiento en el sentido de que financiará unos 80 pasajes mensuales. Pueden ser menos. Por otra parte, 80 pasajes, en la forma en que pretende aprovecharlos el autor de esta iniciativa, llevando conjuntos de carácter masivo, serán copados por uno o dos conjuntos, y los estudiantes mismos de Punta Arenas que vienen en giras de estudio a Santiago no podrán aprovechar esta franquicia. Por eso, he estimado que el financiamiento es insuficiente y eso lo podremos establecer en la práctica con la aplicación de la ley. Creo que debió buscarse otro financiamiento que dé mayores recursos y permita que este proyecto de ley surta los efectos que ha tenido en vista su autor, iniciativa que ha contado con el respaldo de la Cámara y del Honorable Senado. Si bien es cierto tuve una expresión que pudo considerarla hiriente el colega señor Lorca, al decir que éste es un "volador de luces", tengo el convencimiento de que nos encontramos frente a una iniciativa que, debido a las modificaciones del Senado y a la forma en que debe operar, no surtirá los efectos que persigue su autor, pese a su importancia y a que cuenta con el respaldo del Congreso Nacional, aunque en el futuro podría encontrarse el sano financiamiento que nosotros deseamos para iniciativas de esta naturaleza. Nada más. El señor STARK (Vicepresidente).- La proposición que hizo el señor Diputado para votar todas las observaciones en conjunto implica que los señores Diputados puedan referirse, también, a todas las observaciones. ¿Habría acuerdo para ello? Acordado. El señor CLAVEL.- Ya está agotado el debate, por lo demás! El señor VALENTE.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría en el tiempo de su segundo discurso. El señor VALENTE.- Señor Presidente, quiero hacer una aclaración solamente, porque de las palabras del Diputado señor Lorca parece deducirse que quienes nos oponernos al gravamen del 2% sobre el valor de los pasajes, estamos en desacuerdo con el proyecto. Todos los Diputados comunistas somos partidarios del incentivo que se establece en este proyecto para que las delegaciones deportivas y estudiantiles y los conjuntos artísticos puedan visitar Punta Arenas y desarrollar en la provincia de Magallanes la labor cultural o de difusión que corresponda realizar en esa zona tan distante del centro del país y tan abandonada por los Poderes Públicos. Pero el planteamiento que se hace en este proyecto para obtener su financiamiento parece estar inspirado por la misma mano o por la misma mentalidad que acaba de inventar el pago de reajustes con el sistema de los "chiri-bonos", como los ha calificado la prensa popular. Un señor DIPUTADO.- i Muy grotescamente! El señor CLAVEL.- ¡Pero bien! El señor VALENTE.- ¿En razón de qué, señor Presidente, el financiamiento de estas delegaciones debe ser de cargo o hacerse a costa de las personas que necesiten viajar a Punta Arenas por diversas razones? ¿Por qué no se buscó otro tipo de financiamiento? ¿No se puede gravar, por ejemplo, a la Sociedad Ganadera Sara Braun", de Punta Arenas, que obtiene fabulosas utilidades, que han sido marginada de todos los gravámenes establecidos mediante leyes despachadas por el Congreso Nacional, que goza de una serie de franquicias tributarias y que no ha sido tocada en sus intereses ni siquiera en el proyecto de reforma agraria? También me señala el Diputado Sepúlveda que, por ejemplo, en Punta Arenas se pudo haber gravado la internación de fibras sintéticas o se pudo haber establecido un impuesto a la importación de los artículos suntuarios, en general, que se realiza por esa zona. El señor RUIZ-ESQUIDE.- En el impuesto a los suntuarios estamos todos cíe acuerdo. El señor GARAY.- Y yo también lo estoy. El señor VALENTE.- Señor Presidente, nosotros reclamamos esta actitud del Ejecutivo, no aceptamos por ninguna razón que el financiamiento se haga gravando al presupuesto, es decir,. .. El señor LORCA, don Alfredo.- Solicito una interrupción, señor Presidente. El señor VALENTE.- . . .a los obreros, a los empleados, a los funcionarios o, en general, a las , personas que tienen que tomar pasajes desde Santiago a Punta Arenas por diversas razones, como enfermedad.... El señor STARK (Vicepresidente).- Honorable señor Valente, el señor Lorca, don Alfredo, le solicita una interrupción. El señor VALENTE.- Con mucho gusto. El señor LORCA (don Alfredo).- Creo que al señor Diputado le falta agregar una idea en su exposición. Ha afirmado que observa, en este caso, la intervención de "la misma mano" que tiene el criterio de pagar los reajustes con bonos, pero olvida decir que yo soy el autor del proyecto que benefició a la Municipalidad de Magallanes, para gravar a los suntuarios con el 10% de impuesto, proyecto que Su Señoría también aprobó en la Comisión de Hacienda. El señor STARK (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Valente. El señor VALENTE.- Pero, respecto a este mismo proyecto, el señor Diputado se olvidó, por su parte, de decir una cosa que era justa, lo cual ahora echa a perder su buena posición. Nosotros insistimos en que el financiamiento para esta loable iniciativa no es justo. Creemos que debió haberse establecido otro tipo de financiamiento, sin gravar a una empresa estatal, buscando fuentes de recursos que no han sido tocadas hasta este instante. Si yo narrara aquí la exagerada cantidad de franquicias tributarias de que gozan numerosas organizaciones y empresa muy poderosas de la zona austral, los colegas tendrían que reconocer que el impuesto establecido en este proyecto es absolutamente injustificado y, en lugar de favorecer a los habitantes de Punta Arenas, lo va a dañar. Es cuanto quería manifestar. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Garay, en el tiempo de su segundo discurso. El señor GARAY.- Seré muy breve, porque sólo quiero referirme a una observación formulada por mi estimado amigo Ramón Silva Ulloa. La verdad es que él, al sacar sus cuentas, ha llegado a establecer la posibilidad de contar con cincuenta o sesenta pasajes mensuales a Punta Arenas. Debo declarar que, por mi parte, me siento feliz de que exista la posibilidad de llevar a la zona austral a unas seiscientas personas anualmente, porque ello significa la visita, entre otros, de varios conferencistas durante el año, que ocupan un pasaje cada vez, lo que representa un avance enorme en el aspecto cultural. En todo caso, si bien es cierto que no existe la posibilidad de que viajen mil doscientos o mil pasajeros en el año, sino que lo hagan sólo ochocientos, este número permitirá hacer muchas más cosas que si no tuviéramos esos pasajes. El señor STARK (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación las modificaciones del Senado. -Efectuada la votación, en forma económica no hubo quorum. El señor KAEMPFE (Secretario subrogante),- Han votado solamente veinticinco señores Diputados. El señor STARK (Vicepresidente).- No hay quorum de votación. Se va a repetir. -Repetida la votación en forma económica, no hubo quorum. El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).- Han votado solamente veintiséis señores Diputados. El señor STARK (Vicepresidente).- No hay quorum de votación. Se va a repetir la votación por el sistema de sentados y de pie. -Repetida nuevamente la votación por el sistema, de sentados y de pie, no hubo quorum. El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).- Nuevamente no ha habido quorum de votación. El señor STARK (Vicepresidente).- No hay quorum de votación. Se va a llamar a los señores Diputados a la Sala, hasta por dos minutos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Cuál fue el quorum? El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).- Si no ha habido quorum, señor Diputado. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Pero puedo preguntar cuántos votaron, señor Secretario. El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).- Han votado solamente 25 señores Diputados. -Transcurrido él plazo reglamentario. El señor STARK (Vicepresidente).- Se va a tomar la votación en forma nominativa. El señor VALENTE.- Señor Presidente, nosotros habíamos declarado que nos abstendríamos de votar la modificación del Senado; pero, a fin de que no fracase la sesión y se despache el proyecto, vamos a votarla negativamente. El señor STARK (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo unánime para tomar la votación en forma económica? Si le parece a la Cámara, así se acordará. Acordado. En votación la observación del Senado. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 9 votos. El señor STARK (Vicepresidente).- Aprobada la observación del Senado. Terminada la discusión del proyecto. Habiéndose cumplido el objeto de la presente sesión, se levanta. -Se levantó la sesión a las 13 horas 10 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones. 0|T. 2820 - Instituto Geográfico Militar - 1967