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"Nº 2330.- Santiago, 25 de octubre de 1967.
Con fecha 26 de septiembre del año en curso, V. E. ha remitido el oficio Nº 2.138, de 21 del mismo mes, en cuyo texto comunica que el Honorable Congreso Nacional ¡prestó su aprobación al proyecto de ley que autoriza a las Municipalidades de Conchalí, Maipú, Quilicura, Curacaví y Lampa para contratar empréstitos con el fin de que sean destinados a diversas adquisiciones y aportes que redundarán en positivos beneficios de los habitantes que pertenecen a los territorios jurisdiccionales de las Corporaciones mencionadas.
El Ministerio de Hacienda ha emitido un informe en el cual se manifiesta la conveniencia de rebajar los montos de los empréstitos, señalando al mismo tiempo las sumas que deberán reducirse en cada una de las obras que se contempla en el referido proyecto de ley para las referidas Corporaciones Edilicias.
Se justifica lo anterior, por cuanto, como se expresa en dicho informe hay que ajustar los empréstitos a los plazos de amortización a cinco años, que es el lapso con que generalmente se colocan en las instituciones bancarias.
En mérito de lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el proyecto de ley a que se alude y lo remito a V. E. con el objeto de que tengáis a bien introducirle las siguientes modificaciones :
"En el artículo 1º reemplásance las cantidades "Eº 2.400.000", "2.800.000", "420.000" y "280.000" por Eº 1.200.000", "1.400.000". "300.000" y "150.000", respectivamente."
En el artículo 3° introdúcense las modificaciones que a continuación se expre-
san en el plan de inversiones de las Municipalidades que en cada caso se señalan:
Municipalidad de Conchalí
"Suprímense los números 3) y 5) y el número 4) pasa a denominarse 3).
Municipalidad de Maipú
"Reemplázase en el número 1) las cantidad "Eº 800.000" por "Eº 500.000" ; reemplázase en el número 4) la cantidad "250.000" por "150.000"; reemplázase en el número 5) la cantidad "460.000" por "250.000"; reemplázase en el número 6) la cantidad "200.000" por "100.000" y suprímese el número 7).
Municipalidad de Curacaví
Reemplázase en el número 1) la cantidad "Eº 380.000" por "Eº 300.000" y suprímese el número 2).
Municipalidad de Lampa
Reemplázase en el número 1) la cifra "Eº 140.000'" por esta otra "Eº 100.000" y en el número 2) reemplazase la cifra "140.000" por la siguiente "50.000"."
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.- Bernardo Leighton Guzmán."
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