rdf:value = " 12.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 2331.- Santiago, 25 de octubre de 1967.
Con fecha 26 de septiembre del año en curso, V. E. ha remitido el oficio Nº 2.146, de 21 del mismo mes, en cuyo texto comunica que el Honorable Congreso Nacional prestó su aprobación al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Algarrobo para contratar uno o más empréstitos hasta por Eº 100.000, con el fin de
destinarlos a obras de urbanización en los sectores populares de la comuna y a la prolongación del muro de defensa de la playa entre la Quebrada de Las Tinajas y La Puntilla. Con este objeto se faculta al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los préstamos aludidos, estableciendo que no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos.
Al respecto se estima conveniente suprimir la frase señalada en la parte final del párrafo anterior, en atención a que con ella se rompe la política monetaria y crediticia ordenada por el Banco Central al permitirse que los préstamos se otorguea fuera de los márgenes de encaje.
En atención a lo expresado y de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el referido proyecto de ley y lo remito a V. E. a fin de que tengáis a bien introducirle la siguiente modificación:
"En el artículo 2º substituyese después-de la palabra "ley" la "coma" (,) por un "punto" (.) y suprímese lo siguiente "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos".
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.): Eduardo Frei Montalva.- .Bernardo-Leighton Guzmán."
"