. . . . "13.-"^^ . . . " 13.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA \n\"N\u00BA 2332.- Saniago, 25 de octubre de 1967. \nPor oficio N\u00BA 2.148, de 20 de septiembre del a\u00F1o en curso y remitido con fecha 26 del mismo mes, V. E. ha tenido a bien comunicar al Gobierno que el Honorable Congreso Nacional prest\u00F3 su aprobaci\u00F3n al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de San Esteban para contratar empr\u00E9stitos hasta por E\u00BA 245.000, a, fin de efectuar con su producto un plan de \ninversiones de positivo beneficio para la comuna de su jurisdicci\u00F3n. Adem\u00E1s, se faculta al Banco del Estado de Chile o a las instituciones de cr\u00E9dito para tomar dichos pr\u00E9stamos disponiendo al mismo tiempo que para este efecto no regir\u00E1n las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes org\u00E1nicas o reglamentos. \nDel informe emitido por el Ministerio de Hacienda se desprende la necesidad de formular las observaciones que m\u00E1s adelante se se\u00F1alan y que se refieren a la necesidad de eliminar la frase que aparece al final del p\u00E1rrafo anterior, para evitar que una disposici\u00F3n legal permita romper las normas de encaje fijadas por el Banco Central, y a la conveniencia de reducir el monto del empr\u00E9stito a una suma que sea m\u00E1s adecuada para la atenci\u00F3n del servicio de la deuda. \nEn m\u00E9rito de lo expuesto, y conforme a lo dispuesto en el art\u00EDculo 53 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica del Estado, desapruebo el proyecto de ley en referencia y lo remito a V. E. con el objeto de que teng\u00E1is a bien introducirle las modificaciones que a continuaci\u00F3n se expresan: \nEn el art\u00EDculo 1\u00B0 reempl\u00E1zase la cantidad \"E\u00BA 245.000\" por esta otra \"E\u00BA 140.000\". \nEn el art\u00EDculo 2\u00BA substituyese despu\u00E9s de la palabra \"anterior\" la \"coma\" (,) por un \"punto\" (.), y supr\u00EDmese lo \nsiguiente: \"para cuyo efecto no regir\u00E1n las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes org\u00E1nicas o reglamentos. \n3) En el art\u00EDculo 3\u00BA introd\u00FAcense las si \nguientes modificaciones: \n\"Supr\u00EDmense las inversiones que se contemplan en los n\u00FAmeros 5), 6), 8), 9) y 10), y, y el n\u00FAmero 7 pasa a ser n\u00FAmero 5). \nSaluda atentamente a .V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.- Bernardo Leighton Guzm\u00E1n.\" \n \n " . . "OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA"^^ . .