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- rdf:value = " 88.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR DE LA REPUBLICA.
"Nº 72662.- Santiago, 2 de noviembre de 1967.
Por el oficio de la referencia se hace presente que la Honorable Cámara de Diputados acordó solicitar a esta Contraloría General que "se sirva obtener que se paguen las remuneraciones a los Profesores de la Universidad Técnica del Estado de acuerdo con las copias de las planillas, en atención a que los documentos necesarios se encuentran en la Casa Central de ese plantel educacional, que está en poder de los alumnos".
Al respecto, el infrascrito cumple con hacer presente a V. E. que el señor Rector de la citada Corporación, en oficio Nº 374, de 1967, sobre la misma materia, expresa que se encuentra abocado "a la imposibilidad material de efectuar el pago de sueldos del presente mes, (octubre), por carecer de las correspondientes planillas y de los antecedentes legales que las justifiquen".
En estas circunstancias, la modalidad
de pago que se sugiere en el oficio del epígrafe implicaría conceder a dicho personal un anticipo de las remuneraciones a que legalmente tiene derecho, procedimiento expresamente prohibido por el artículo 58 del Estatuto Administrativo, disposición que es también aplicable a la Universidad Técnica del Estado. En efecto, dicho precepto previene que "no podrá anticiparse la remuneración de un empleado ni siquiera en parcialidades, por causa alguna, salvo lo dispuesto en este Estatuto". Por otra parte, cabe señalar que los casos de excepción a que dicho precepto alude, no se refieren a la situación que se plantea en el oficio bajo respuesta.
En consecuencia, el Contralor General infrascrito carece de facultad legal para autorizar a la Universidad Técnica del Estado para que proceda a efectuar el pago de los sueldos de sus funcionarios en las condiciones indicadas, porque ello implicaría, en el hecho, permitir el otorgamiento a ese personal de un anticipo de remuneraciones, procedimiento expresamente prohibido por el Estatuto Administrativo.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Héctor Humeres M.".
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