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"Nº 2377.- Santiago, 2 de noviembre de 1967.
En relación con sus oficios Nºs. 11.981, 11.996 y 11.997, de 18 de octubre del año en curso, puedo manifestar a V. E., que no será posible dictar el decreto solicitado, declarando zona afectada por los sismos, a los departamentos de La Serena y Coquimbo, ya que no se cumplen los requisitos prescritos por el artículo 1º de la Ley Nº 16.282.
Por otra parte, puedo manifestarle que el artículo 1º Transitorio de la mencionada Ley, determinó la zona afectada por el sismo de 28 de marzo de 1965, excluyendo los departamentos de La Serena y Coquimbo, de modo que tampoco se podría incluirlos actualmente, en virtud de Decreto Supremo.
Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán".
"