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- rdf:value = " El señor LORCA, don Gustavo).-
Señor Presidente, nada prestigia más a la autoridad que obrar dentro de los límites de su competencia. -Los legisladores, aun cuando sean elegidos por el pueblo, no pueden ser omnipotentes para sentirse dueños de hacer lo que les dé la gana y enjuiciar, sin razón, a otro Poder del Estado.
No puede la Cámara…
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Gustavo).-
Yo los dejé hablar. Debe existir un mínimo de educación en la Cámara. Por lo menos, debería haberlo.
La señora LAZO.-
Me da risa…
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señora Lazo!
Puede continuar el señor Lorca.
El señor LORCA (don Gustavo).-
La Cámara de Diputados no puede…
La señora LAZO.-
No puede votar.
El señor LORCA ( don Gustavo).-
Yo no la interrumpí, doña Carmen; déjeme hablar.
La señora LAZO.-
Pero si me da risa.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señora Lazo, llamo al orden a Su Señoría; y la amonestaré si sigue interrumpiendo.
Puede continuar el señor Lorca.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Me descuenta los minutos en que me interrumpen, señor Presidente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Acevedo, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor LORCA (don Gustavo).-
No puede la Cámara avocarse juicios pendientes ni tampoco revisar la actuación de otro poder público, como claramente lo dejé señalado en mi intervención anterior.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¡Señor Galleguillos!
El señor LORCA (don Gustavo).-
Ha existido por ello, en la actuación de esta Honorable Cámara, una clara desviación de poder, de aquello que se sanciona en nuestra Constitución con la nulidad de la actuación. Y estamos en presencia de una desviación de poder tanto de fondo en sí misma, por los móviles que se deducen, sin mucho esfuerzo, del libelo acusatorio, que, evidentemente, como lo ha dejado demostrado mi colega señor Guastavino analizando el trasfondo de esta acusación, ha venido con un espíritu de revancha por el desafuero del Honorable Senador señor Carlos Altamirano; como también, porque aun cuando así no fuera, tiene una finalidad que trasciende la función propia de la Cámara, desviando sus atribuciones con la intención de fiscalizar los actos de la Corte Suprema. Por eso es inconstitucional, porque ha violado la finalidad específica de lo que es una acusación constitucional.
Eso es, precisamente, la desviación de poder. La actuación de la autoridad aparece como perfecta y legítima, pero al realizarla la finalidad que se cumple no es aquella que se ha tenido en vista por la Constitución y la ley. El Gobierno puede actuar en detrimento de las garantías de los gobernados bajo la apariencia de una perfecta legalidad.
Hauriou sostiene que "es el hecho de una autoridad que cumpliendo un acto de su competencia, observando las formas prescritas y sin violar formalmente la ley, utiliza su poder con fines y por motivos diferentes de la salvaguarda del interés general y del bien del servicio".
Esta definición viene en forma precisa a calificar la acusación contra la Corte
"En el camino hacia el comunismo a través de la dictadura del proletariado, el Partido Comunista, desechando las consignas democráticas, suprime también en absoluto organismos de dominación burguesa corno los tribunales de la vieja estructura, sustituyéndolos por tribunales - clasistas obreros y campesinos. Después de tomar todo el poder en sus manos, el proletariado, en lugar de la antigua e imprecisa fórmula: "Elección de los jueces por el pueblo", proclama la consigna de clase: "Elección de jueces procedentes de los trabajadores y sólo por los trabajadores" y la aplica en toda la organización de los tribunales..."
Esto está indicando que no puede haber tribunales más clasistas que los existentes en Rusia por mandato del Partido Comunista…
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Voto que no, señor Presidente.
"