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"N° 1.381.- Santiago, 7 de diciembre de 1967.
Por oficio N° 12.282, de 13 de noviembre último, V. E. se ha servido solicitar, a petición de los Honorables Diputados señores Juan Acevedo Pavez y Luis Aguilera Báez, la intervención de este Ministerio para que la Caja de Previsión de Empleados Particulares y el Servicio de Seguro Social estudien la posibilidad de enviar funcionarios a la Comuna dé Anda-collo, provincia de Coquimbo, para que revisen las cotizaciones previsionales de sus respectivos imponentes.
En respuesta, me es grato expresarle que cumpliendo instrucciones del señor Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares su Departamento de Inspección dispuso por una Orden de Servicio Interna, de 6 de enero del presente año, extender la atención de imponentes y empleados a aquellas ciudades que carecen de inspectores en forma permanente, fijando para cada una de estas localidades del país un día determina-do. Así, para la Comuna de Andacoilo se ha fijado el último lunes de cada mes.
Con respecto al Servicio de Seguro Social, debo agregarle que este Ministerio ha solicitado los antecedentes pertinente a dicha Institución, por lo cual una vez recibidos daré a V. E. una respuesta sobre el particular.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.): William Thayer Arteaga."
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