. . "MOCI\u00D3N DE LOS SE\u00D1ORES OLIVARES, AGUILERA, DON LUIS, Y SE\u00D1ORA LAZO"^^ . "28.-"^^ . . . . . . . . . . . " 28.-MOCI\u00D3N DE LOS SE\u00D1ORES OLIVARES, AGUILERA, DON LUIS, Y SE\u00D1ORA LAZO \n\"Honorable C\u00E1mara: \nLa Ilustre Municipalidad de Peumo, construy\u00F3 hace alg\u00FAn tiempo, con fondos propios de la Corporaci\u00F3n, una poblaci\u00F3n \n \ndestinada a darle vivienda a sus obreros y empleados. \nEl esp\u00EDritu que gui\u00F3 a las administraciones anteriores para construir dicha poblaci\u00F3n, fue la de crear un mayor inter\u00E9s por la funci\u00F3n municipal, dado los bajos sueldos y regal\u00EDas que legalmente puedo otorgar la Corporaci\u00F3n Edilicia, corno tambi\u00E9n, para solucionar en parte el d\u00E9ficit habitacional local. \nDadas estas condiciones, esta Municipalidad entreg\u00F3 a t\u00EDtulo de suplementaci\u00F3n de sueldos, el derecho a ocupar dichas viviendas a sus empleados y obreros. \nLa Ilustre Municipalidad ofreci\u00F3 en varias oportunidades vender a la Caja de Previsi\u00F3n de Empleados y Obreros Municipales este grupo habitacional, con el objeto de regularizar esta situaci\u00F3n lesiva para sus intereses, pero dicho Organismo por falta de fondos, posterg\u00F3 hasta la fecha una posible operaci\u00F3n. \nEstas dificultades ocasionaron un retraso en el cumplimiento, por parte de la Ilustre Municipalidad, de los pagos de Contribuci\u00F3n Territorial de dicha poblaci\u00F3n. Esto viene produci\u00E9ndose desde el 1\u00BA de enero de 1965 hasta la fecha, originando una deuda al Fisco que lesiona directamente los intereses Municipales en sus Presupuestos Ordinarios. \nPor estas consideraciones, venimos en someter a la consideraci\u00F3n de la Honorable C\u00E1mara de Diputados el siguiente \nProyecto de ley: \nArt\u00EDculo 1\u00B0.- Ex\u00EDmese a la Ilustre Municipalidad de Peumo del pago de Contribuci\u00F3n Territorial respecto a las propiedades que forman la Poblaci\u00F3n Municipal, compuesta por 9 viviendas situadas en dicha ciudad y que tienen los siguientes deslindes : Al Norte, Olea linos.; al Sur, camino p\u00FAblico a Las Cabras; al Oriente, Olea Hnos.; al Poniente, Fundo Cachapoal y camino p\u00FAblico a Las Cabras, y que se encuentran consignadas en el Rol de Ava- \nl\u00FAos con los n\u00FAmeros 1/1, 1/3, 1/4, 1/15, 1/16, 1/17, 1/18, 1/19 y 1/20. \nArt\u00EDculo 2\u00B0.- Cond\u00F3nase los impuestos Fiscales, con sus intereses, sanciones y multas adeudados por la Iltma. Municipalidad de Peumo y que correspondan a las propiedades indicadas en el art\u00EDculo primero de la presente ley, a contar del 1\u00BA de enero de 1965. \n(Fdo.) : H\u00E9ctor Olivares Sol\u00EDs.- Luis Aguilera.- Carmen Lazo.\" \n \n " . . . . . . .