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Señor Presidente, los Diputados radicales votaremos en contra de la supresión del artículo 3º, porque hay muchos imponentes de la época del sismo que se produjo en las provincias que menciona esta disposición, que no se encontraban en ellas cuando las distintas instituciones procedieron a otorgar estos préstamos, porque sus casas habían sido destruidas y debieron abandonar al momento sus respectivas localidades. Por eso, quedaron al margen de los beneficios establecidos por la ley Nº 15.727. Por esta razón, el artículo 3º, que fue iniciativa parlamentaria, es de justicia, porque permitirá otorgar estos préstamos de auxilio a los imponentes que no los recibieron en su oportunidad.
En consecuencia, por las razones que he dado, los Diputados radicales votaremos en contra de la supresión del artículo 3º.
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