REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesión 47ª, en miércoles 26 de enero de 1966 (Especial: de 12. 30 a 16 horas) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES BALLESTEROS, ISLA Y PHILLIPS SECRETARIO, EL SEÑOR CAÑAS IBAÑEZ PROSECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V- -TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se concede permiso constitucional para ausentarse del país a un señor Diputado 4709 2.- Se acuerda preferencia para considerar diversos proyectos de ley 4709 3.- Se pone en discusión el proyecto que modifica la composición del Consejo de la Caja de Previsión Social de los Empleados y Obreros Municipales de la República, y es aprobado 4710 4.- Se aprueban las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que consulta la reducción del aporte mínimo de cuotas de ahorro exigido por la ley N° 14. 843 4723 5.- Se aprueba el proyecto de ley sobre donación de un inmueble a la Fundación "Biblioteca Arturo Matte Alessandri" 4724 6.- Se aprueba el proyecto de ley que autoriza la erección de monumentos a la memoria del Abate Juan Ignacio Molina en diversas ciudades del país 4725 7.- Se aprueba el proyecto de ley que consulta franquicias aduaneras para la internación de maquinarias destinadas a una central Hidráulica en Lonquimay 4727 8.- Se acuerda empalmar la presente sesión con la que debe celebrarse a las 14. 45 horas 4727 9.- Se pone en discusión el proyecto sobre reajuste de remuneraciones de los sectores público y privado y establecimiento de una política de precios, y queda pendiente el debate 4728 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1.- Comunicación 4709 III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES No se adoptó acuerdo al respecto. IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- Comunicación del Honorable señor Joel Marambio con la que solicita permiso constitucional para ausentarse del país. V.- TEXTO DEL DEBATE -Se abrió la sesión a las 12 horas 30 minutos. El señor BALLESTEROS (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. Se va a dar lectura a la Cuenta. 1.- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA AUSENTARSE DEL PAIS. El señor BALLESTEROS (Presidente).- El Honorable Diputado señor Joel Marambio Páez solicita permiso constitucional para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días. Si le parece a la Cámara, se concederá el permiso solicitado. Acordado. 2.- ACUERDO PARA DESPACHAR DIVERSOS PROYECTOS DE LEY El señor BALLESTEROS (Presidente).- La Mesa advierte que el día 30 de este mes vence el plazo constitucional para despachar el proyecto, originado en un mensaje, que modifica la ley Nº 15. 565 en lo relativo a la composición del Consejo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República. Para no verse obligada a citar a sesión el viernes próximo, la Mesa solicita el asentimiento unánime de la Sala a fin de despachar este proyecto sobre Tabla, al comienzo de esta sesión. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Honorable señor Melo, advierto a Su Señoría que el Honorable señor Acevedo, Comité Comunista, dio su conformidad. Si le parece a la Sala, se tratará este proyecto en la forma indicada. Acordado. Asimismo, solicito el asentimiento unánime de la Sala para despachar de inmediato, sin debate, después del proyecto que acabo de mencionar, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que faculta al Consejo de la Fundación de Viviendas y Asistencia Social para que, en casos calificados, pueda reducir el aporte mínimo exigido en cuotas de ahorro por la ley Nº 14. 843. Advierto a la Honorable Cámara que el proyecto se encuentra en tercer trámite constitucional y los beneficiados por él están actualmente amenazados con el desalojo. Si le parece a la Sala, se tratarán estas modificaciones de inmediato. Acordado. El señor LORCA (don Alfredo).- Solicito un minuto para hacer una petición, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- El Honorable señor Lorca solicita se le otorgue un minuto para formular una petición. Si le parece a la Sala, se le concederá el tiempo solicitado. Acordado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor LORCA (don Alfredo).- Señor Presidente, deseo que se recabe el asentimiento de la Sala para eximir del trámite de Comisión, y tratar sobre Tabla, el proyecto, de origen en un Mensaje, por el cual se autoriza a la Municipalidad de Chillan para donar a la Fundación "Biblioteca Arturo Matte Alessandri", un terreno donde deberá construirse un edificio para destinarlo a biblioteca pública. Se trata de una iniciativa muy simple que podría eximirse del trámite de Comisión por asentimiento unánime. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para eximir del trámite de Comisión y votar, a continuación de los ya acordados, el proyecto a que se ha referido el Honorable señor Lorca. Acordado. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar el proyecto, de origen en una moción, que autoriza la erección de monumentos a la memoria del Abate Juan Ignacio Molina en diversas ciudades del país. Acordado. El señor ARAVENA (don Jorge).- Señor Presidente, le ruego que pida el asentimiento de la Sala para votar, el proyecto que concede franquicias aduaneras a la internación de maquinarias destinadas a una central hidráulica de energía eléctrica para Lonquimay. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acordará votar también este proyecto. Acordado. 3.- COMPOSICION DEL CONSEJO DE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DE LOS OBREROS MUNICIPALES DE LA REPUBLICA El señor BALLESTEROS (Presidente).- En cumplimiento de los acuerdos de la Corporación, corresponde tratar el proyecto que modifica la composición del Consejo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República. -El proyecto, impreso en el Boletín Nº 10. 503, dice: "Artículo 1°.- Sustituyese el artículo 3º de la ley Nº 15. 565, de 9 de marzo de 1964, por el siguiente: "Artículo 3°.- El Consejo de la Caja estará compuesto por el Ministro del Trabajo y Previsión Social, quien lo presidirá; el Vicepresidente Ejecutivo, quien lo presidirá en ausencia del Ministro; el Subsecretario de Previsión Social; el Tesorero General de la República; el Director de Salud; el Alcalde de Santiago; dos representantes de la Confederación Nacional de Municipalidades; cuatro representantes de la Junta Nacional Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales de Chile; y un representante de los jubilados. Integrará también el Consejo el Superintendente de Seguridad Social en los términos señalados por la ley Nº 13. 211. El Tesorero General de la República, el Director de Salud y el Alcalde de Santiago podrán designar para que asistan al Consejo, en su representación, a algún funcionario de su dependencia. Los Consejeros representantes de las Municipalidades, de los imponentes y de los jubilados serán designados por el Presidente de la República en conformidad a las normas que determine el Reglamento. ". Artículo 2°.- Mientras se dicta el Reglamento citado en el artículo anterior, regirá en todo lo que no se oponga a lo prescrito en esa disposición, el D. S. Nº 152, de la Subsecretaría de Previsión Social del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de 18 de mayo de 1965, publicado en el Diario Oficial del 7 de junio de 1965. Artículo 3°.- Las designaciones que hubiere efectuado el Presidente de la República para ocupar los cargos de Consejeros en representación de los obreros activos y jubilados, quedarán sin efecto, una vez que estén efectuadas las nuevas designaciones. ". El señor BALLESTEROS (Presidente).- En discusión general y particular. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Pido la palabra, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Como ha llegado a la Sala el señor Diputado informante, creo que tiene preferencia. Yo hablaré después. El señor VALENZUELA LABBE (don Renato).- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante. El señor VALENZUELA LABBE (don Renato).- La Comisión de Trabajo y Legislación Social, por mi intermedio, informa el proyecto de ley en discusión. Por tratarse de una iniciativa muy sencilla, ocuparé sólo breves minutos en referirme a ella. El proyecto en estudio tiene como objetivo primordial subsanar un error, seguramente involuntario, en que se incurrió al dictarse la ley Nº 15. 565, que consiste en haber excluido de la representación ante el Consejo a los obreros municipales jubilados, como asimismo al Subsecretario de Previsión Social, quien, después del Ministro del ramo, es la persona más capacitada para opinar sobre materias de previsión. Siendo la Caja una institución destinada exclusivamente a servir al sector obrero municipal, es totalmente lógico que se encuentre representado un sector tan importante como el de los obreros jubilados. Esta iniciativa de ley modifica la composición del Consejo de la Caja e incluye en él ai Subsecretario de Previsión Social y a un representante de los jubilados; pero, a fin de no disminuir los cuatro delegados de la Junta Nacional Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales de Chile, se reduce el número de Consejeros de la Confederación Nacional de Municipalidades. Por otra parte, para evitar que fracasen las sesiones del Consejo por falta de quórum, debido a la inasistencia -lo cual puede ocurrir debido a sus múltiples ocupaciones- del Tesorero General de la República, del Director de Servicio Nacional de Salud o del Alcalde de Santiago, se faculta a estos Consejeros para nombrar como representantes a algunos funcionarios de su dependencia. De esta manera se facilita el normal funcionamiento de tan importante organismo como el Consejo de esta institución, que, por estar todavía en formación, requiere de constante y permanente actividad para que esta Caja pueda cumplir integralmente las funciones que la ley le encomiende en beneficio de los obreros municipales de la República, que, según informaciones proporcionadas por el Vicepresidente, alcanzan a más de 12. 000 trabajadores. Esto es, en síntesis, lo que pretende el proyecto que expongo a la consideración de la Honorable Cámara y para el cual me permito solicitar su aprobación. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor CANTERO.- Deseo formular una petición, señor Presidente: que se vote por incisos el artículo 3º del proyecto. El señor BALLESTEROS (Presidente).- El único artículo con más de un inciso es el 1º, señor Diputado. El señor MELO.- El Honorable colega se refiere al que sustituye el artículo 3º. El señor BALLESTEROS (Presidente).- ¿Su Señoría solicita que se vote separadamente cada uno de los incisos nuevos del artículo 1º? El señor CANTERO.- Sí, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Perfectamente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Señor Presidente, los organismos de previsión deben desarrollar sus funciones mediante dos elementos muy definidos. Uno es el realizador, que, naturalmente, debe ser el personal del instituto correspondiente, y el otro es el elemento resolutivo, representado por el Consejo. Una sana política de seguridad social aconseja que este organismo resolutivo guarde coincidencia con los planes y las normas que, en momentos determinados, trata de ejecutar el Gobierno, precisamente a través de estas instituciones previsionales. Por esta razón, los integrantes de tales Consejos deben representar a todos los núcleos interesados en el cumplimiento de los objetivos sociales que persiguen dichos institutos. Señor Presidente, el artículo 3º de la ley Nº 15. 565, de marzo de 1964, que creó la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República en reemplazo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de Santiago, y el artículo 5º del decreto Nº 68 de la Subsecretaría de Previsión Social, que aprobó los Estatutos para esa institución, fijaron la composición del Consejo y determinaron que éste estaría integrado por el Ministro del Trabajo y Previsión Social, el que lo presidirá; por el Vicepresidente Ejecutivo de la Caja que lo presidirá en ausencia del Ministro del ramo; por el Tesorero General de la República; el Director del Servicio Nacional de Salud; el Alcalde de Santiago; tres representantes de la Confederación Nacional de Municipalidades y cuatro de la Junta Nacional Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales de Chile. Consecuente con lo expresado anteriormente, el Gobierno ha propuesto la modificación del actual Consejo, a fin de integrarlo con el Subsecretario de Previsión Social y un delegado de los obreros municipales jubilados, quienes, en este momento, no tienen representación ante dicho Consejo, a pesar de formar parte de dicha institución. Además, como una manera de evitar que las sesiones fracasen por falta de quórum -como lo ha manifestado el Diputado informante, Honorable señor Valenzuela Labbé, don Renato- se autoriza al Tesorero General, al Director del Servicio Nacional de Salud y al Alcalde de Santiago, para que, cuando no les sea posible concurrir personalmente a las sesiones del Consejo, lo que puede suceder con relativa frecuencia en razón de las múltiples actividades que desarrollan con motivo del ejercicio de sus cargos, puedan designar a algún funcionario de su confianza, de su dependencia, a fin de que los represente en las importantes funciones que deben realizar en el seno del Consejo, de manera que éste pueda sesionar en forma normal. Por otra parte, cabe hacer presente que la Comisión de Trabajo y Legislación Social coincidió, igualmente, con las ideas que propone el mensaje del Ejecutivo para modificar la composición del Consejo. En efecto, ella tuvo en vista que el Subsecretario de Previsión Social, por la naturaleza de las funciones que desempeña, por su conocimiento y versación en materias previsionales, debe ser considerado como la persona más indicada, después del Ministro del ramo, para representar al Ejecutivo ante el Consejo de este organismo previsional. Además, estimó que éste debía estar integrado, como decía, por un personero de los jubilados, el cual, seguramente por un error, quedó al margen del Consejo en referencia cuando se dictó la ley Nº 15. 565, de 9 de marzo de 1964. La Comisión no creyó justo disminuir de cuatro a tres la representación de los obreros ante el Consejo -como se propone en el Mensaje- para darle cabida al sector de los imponentes jubilados, puesto que los obreros municipales son los únicos imponentes de la Caja y, en consecuencia, quienes están exclusiva y directamente interesados en todas las decisiones que adopte el Consejo. Por esta razón, mantuvo la representación que en este organismo tiene la Junta Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales y estimó conveniente reducir el número de delegados de la Confederación Nacional de Municipalidades de tres a dos, para entregar ese lugar a un obrero imponente jubilado. Esto era, señor Presidente, lo que tenía interés en dejar establecido, aquí en la Sala, al discutirse este proyecto de ley. El señor MELO.- Pido la palabra. El señor FUENTES (don Samuel).- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene ia palabra el Honorable señor Melo; y, a continuación, el Honorable señor Samuel Fuentes. El señor MELO.- Señor Presidente, cuando este Mensaje del Ejecutivo se trató en la Comisión hicimos presentes algunas objeciones. En primer lugar, el Mensaje establecía que en el Consejo habría tres representantes de los obreros y uno de los jubilados. Los parlamentarios comunistas, acompañados de los parlamentarios socialistas y radicales, presentamos indicación para elevar a cuatro la representación de los obreros y a dos la de los jubilados. Solamente ha sido acogida una parte. También hemos hecho indicación al artículo 3º del proyecto para que el Alcalde de Santiago no forme parte del Consejo, por la sencilla razón de que esta Caja representa a todos los obreros municipales del país. Con anterioridad, la institución tenía como imponentes a los obreros municipales de Santiago, exclusivamente, y por esa razón figuraba en su Consejo el Alcalde de Santiago. De este modo, podríamos dar a los trabajadores municipales una más amplia representación, porque entendemos que en la marcha de las cajas de previsión deben intervenir los imponentes, quienes aportan los fondos y, después de años de trabajo, reciben sus pensiones. Por eso, también hicimos indicación para que en el artículo 3º fuera suprimido el Tesorero General de la República, que casi no asiste a las sesiones del Consejo por su excesivo trabajo. Lo mismo proponemos respecto del Alcalde de Santiago. En cuanto a los trabajadores municipales, solicitamos que sean cuatro los representantes de la Junta Nacional Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales de Chile, y dos los representantes de los jubilados. Creemos que debe respetarse el derecho de los trabajadores municipales para designar a sus verdaderos representantes ante el Consejo de su Caja. En cambio, el sistema de una terna o una quina de donde el Presidente de la República elegirá a esos representantes vulnera ese derecho, porque la Caja es de los trabajadores y son ellos quienes deben dirigirla. Estamos también en desacuerdo con el artículo siguiente -y les consta a los Honorables colegas de la mayoría de la Comisión cuál ha sido nuestra actitud- porque estimamos que los fondos de los trabajadores tienen que ser manejados por ellos mismos. El criterio del Ejecutivo es el de no quedar sin mayoría en el seno de este Consejo. ¿Por qué causa? ¿A quién le tienen miedo, si los fondos de la institución son de los trabajadores y para ellos son sus prestaciones? El señor Ministro del Trabajo y Previsión Social tiene todas las herramientas legales para intervenir en su dirección y vigilancia, como la Superintendencia de Seguridad Social y una serie de otros organismos que pueden controlar la Caja. No veo, entonces, cuál es la necesidad de dar una mayoría al gobierno en su Consejo, designando incluso al Alcalde de Santiago para integrarlo. Esta no es la manera más adecuada de dirigir cualquier caja de previsión en nuestro país. Ellas deben ser administradas por los propios empleados y obreros, que son quienes aportan los fondos y, por lo tanto, quienes tienen derecho a darse la previsión que les corresponde en estos momentos. Nosotros, al igual que los trabajadores municipales, estimamos que este proyecto, originado en un Mensaje, no los beneficia en absoluto; al contrario, los deja en situación desmedrada respecto de la que ya tenían. Por ejemplo, la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República, que representa a todos los obreros de las Municipalidades del país, les ha quitado garantías ganadas ya por los trabajadores de la Municipalidad de Santiago. Este es un atropello en contra de este gremio, que había conseguido numerosas regalías a través de diversas luchas. Por estas razones, los Diputados comunistas mantendremos nuestras indicaciones, y seguiremos luchando para que alguna vez, si no durante este Gobierno de la "revolución en libertad", en uno próximo, sean los propios trabajadores, los propios afectados, los encargados de administrar sus cajas de previsión. Nada más, y muchas gracias. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fuentes, don Samuel. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, deseo corroborar lo manifestado por el Honorable señor Melo. Nos parece injusta la disposición que designa miembros del Consejo de la Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de la República, al Tesorero General de la República y al Director de Salud, cargo éste que no existe actualmente dentro de la Administración Pública. Yo sólo conozco el puesto de Director del Servicio Nacional de Salud; no el de Director de Salud, que no ha sido creado. Por otra parte, estimo que el Alcalde de Santiago tampoco debe integrar el Consejo de esa Caja. Así lo planteamos, conjuntamente con los Diputados comunistas y socialistas, en la Comisión de Trabajo y Legislación Social. El Alcalde de Santiago es designado por el Presidente de la República; de modo que no representa una expresión de la voluntad popular que justifique el hecho de que se le haga integrar, con ese antecedente, el Consejo de un instituto de previsión. Además, en el inciso segundo del artículo 3º del proyecto se establece claramente que el Tesorero General de la República, el Director de Salud y el Alcalde de Santiago pueden no concurrir a estas reuniones, facultándolos para delegar su representación en algún funcionario de su dependencia, que puede ser cualquiera que, en su representación, integrará ese Consejo, lo que implica el reconocimiento de que estos Consejeros no tengan interés en ello. Creo que en esto hay un error extraordinario. Estos cargos de Consejeros, o son desempeñados por los funcionarios a quienes se da este cometido, o no son considerados en el consejo de una caja tan importante como ésta, criterio que tuvimos en vista al estudiar las posibilidades de esta ley, para dar cumplimiento a las conclusiones de la Confederación Nacional de Municipalidades de Chile y al acuerdo de la Unión de Obreros Municipales de Chile, que, haciéndose intérprete de sus miembros diseminados a través de toda la República, han querido unirse en una sola Caja. Por esto, me voy a permitir hacer una indicación para suprimir el inciso segundo del artículo 3º, y para modificar ese inciso primero, eliminando del cargo de Consejero, primero, al Tesorero General de la República; segundo, al Director de Salud, porque no existe este cargo en la Administración Pública; y, tercero, al Alcalde de Santiago; aumentando, en cambio, los representantes de la Confederación, de dos a tres; los de la Unión de Obreros, a cinco; y los de los jubilados, a dos. Nada más, señor Presidente. El señor GUASTAVINO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GUASTAVINO.- Señor Presidente, el Honorable señor Valenzuela Valderrama invocó el criterio de una sana política, al referirse a este problema de previsión social que estamos tratando en este instante. Nosotros creemos, tal como aquí lo ha expresado el compañero Galvarino Melo, que, justamente, una sana política en materia de previsión social, en especial cuando se habla, con persistencia infinita, de que los trabajadores deben ser los administradores de su propio destino, de-de traducirse en la posibilidad de que en el manejo de los fondos y de la política de la Caja de Previsión de los Obreros Municipales de Chile tenga la preeminencia que merece el conjunto de los trabajadores municipales, representados, precisamente, en el Consejo de esa Caja. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- El Gobierno de la Democracia Cristiana es de los trabajadores, Honorable colega. El señor GUASTAVINO.- Esto no lo observamos, ni lo vemos; pues, al contrario, advertimos justamente que parece existir cierta desconfianza de parte de este Gobierno respecto de los trabajadores, y no una consubstanciación, como pretende creerlo el Honorable colega señor Valenzuela Valderrama, demostrada con su negativa para dejar un mayor número de representantes obreros en el Consejo de la Caja y en su preocupación especial porque la representación gubernativa, quede con mayoría. Si se considera que el gobierno democratacristiano es realmente un gobierno de los trabajadores, ¿cuál es la razón de que esto no se traduzca concretamente en la composición del Consejo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales? Por esto, estimo que es una falacia el argumento que esgrime el colega Valenzuela Valderrama en este sentido. Aquí hay algunas cosas que deben ser corregidas, ya que no admiten otra calificación que servir de baranda segura para el partido que está en el Gobierno. Entre ellas, quiero recalcar la presencia del Alcalde de Santiago en este Consejo. Quiero dejar en claro que nosotros actuamos en este problema con un criterio inspirado tan sólo en nuestros principios. No estamos ni en contra ni a favor del Alcalde de Santiago, ni nos referimos a la persona del que lo es actualmente en lo más mínimo. Sólo objetamos el hecho de que se le haga figurar en la composición de este Consejo. Tal como lo manifestó el Honorable colega señor Galvarino Melo, el Alcalde de Santiago formaba parte del Consejo de la Caja de Previsión Social de los obreros municipales de Santiago, que existía antes, hasta que esta Caja extendió sus beneficios a todos los obreros municipales de todo el país. Esta es la razón por la cual el Alcalde de Santiago figuraba en dicho Consejo. ¿Qué ocurre ahora? El Alcalde de Santiago es el superintendente de los servicios de una Municipalidad como lo es el superintendente de cualquiera otra de las 275 Municipalidades del país. Si se quisiera justificar que el Alcalde de Santiago debe estar en el Consejo de esta Caja representando al Ejecutivo, argumentando que es un personero de la confianza del Presidente de la República, valdría como contra argumento el hecho de que el Gobierno ya está debidamente representado allí por el Ministro de Trabajo y Previsión Social y por otros personeros específicamente designados en el inciso primero del artículo 3º. Por otra parte, si se quisiera decir que el Alcalde de Santiago representa a los empleados municipales, como contrapartida podríamos decir también que los empleados están representados en ese Consejo por dos personeros de la Confederación Nacional de Municipalidades, a la cual pertenecen gremialmente los alcaldes y regidores del país. ¿Cómo, entonces, podría defenderse la presencia del Alcalde de Santiago en este Consejo? Sólo con el reconocimiento de que, cuantitativa y cualitativamente, se quiere la preeminencia del criterio gubernativo, y no la del pensamiento gremial de los trabajadores municipales, en la administración, dirección y orientación del Consejo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República. Esto creemos que debe corregirse y terminarse, realmente. Por eso, deseamos hacer indicación para que, en verdad, se tome en cuenta este argumento, planteado con espíritu de principio, en este sentido. En seguida, vemos que la representación de los obreros sería de cuatro miembros por la Junta Nacional Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales de Chile, y de uno por los jubilados', lo que daría un total de cinco suyos; por parte del Gobierno, también habría otros cinco representantes en este Consejo. Pero, a continuación, el inciso tercero del artículo 3° de la ley que estamos tratando, establece: "Los consejeros representantes de las Municipalidades, de los imponentes y do los jubilados, serán designados por el Presidente de la República, en conformidad a las normas que determine el reglamento". Señor Presidente, nosotros estimamos que esto lanza por la borda todo principio democrático. Es decir, este Consejo estará constituido por siete u ocho representantes del Gobierno, y sólo por cuatro representantes obreros, elegidos en forma autónoma por los trabajadores. ¡Esto es inadmisible! ¿Cómo es posible que los representantes de la Confederación Nacional de Municipalidades sean elegidos por el Presidente de la República? ¡No puede ser! De allí la decisión de los Diputados comunistas, que hemos estudiado concienzudamente este proyecto, de votar en contra del inciso tercero del artículo 3º de marras. Tampoco estamos de acuerdo en que los representantes de los jubilados e imponentes sean designados por el Presidente de la República. Esto no es democrático. Corresponde, en cambio, a un espíritu, totalmente claro y explícito en este proyecto, de parte del Ejecutivo. No queremos que se materialice, en una ley de la República, este afán del Ejecutivo de tener, a toda costa, autoridad o preeminencia total y absoluta en este Consejo de la Caja le Previsión Social de los Obreros Municipales de la República. Señor Presidente, con nuestras palabras, y esto tendrá que reconocerlo todo Comité político representado en esta Cámara, no estamos sino representando el sentimiento y el propósito planteado por los obreros municipales. Ellos no quieren que el Alcalde de Santiago sea miembro de este Consejo, no porque sea Alcalde de Santiago, ni porque sea tal o cual persona, sino, sencillamente, no lo desean, porque no le corresponde, ya que están allí los representantes de la Confederación de Municipalidades de Chile. Tampoco desean que los representantes de los jubilados e imponentes sean elegidos por el Presidente de la República. Con esto, interpretamos y cumplimos el planteamiento claro y concreto de la propia Confederación Nacional de Municipalidades, en torno a este problema. Nosotros estimamos que lo realmente democrático es acoger el sentimiento y el clamor de los afectados porque se redacte en un sentido determinado este proyecto de ley. Esto es lo que hemos querido dejar estampado esta mañana. Y de aquí la proposición de nuestro Comité, el Honorable señor Cantero, en el sentido de que esta disposición sea votada por incisos, haciendo un fervoroso llamado a tocia la Cámara para que se respete el pensamiento de los afectados por este proyecto de ley. Nada más, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Pido la palabra. El señor PALESTRO.- Pido la palabra. El señor ISLA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela Valderrama; en seguida, el Honorable señor Palestro. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Yo quiero, muy brevemente, hacerme cargo de dos ideas planteadas por el Honorable señor Guastavino, cuyas conclusiones no deseo queden flotando en el ambiente sin la correspondiente contestación. En primer lugar, entiendo la dificultad del Honorable colega señor Guastavino para salirse del esquema duro y frío en que está encerrado. No creo que haya una imposibilidad intelectual de su parte -pues se trata de un hombre inteligente- pero, me parece verlo amarrado a un cuadro que no puede abandonar. El Honorable colega tendría toda la razón en muchos aspectos que ha planteado, en otras circunstancias. Yo estaría de acuerdo con él si el Gobierno que rige la República fuera un régimen oligárquico, reaccionario; pero, como se trata de una Administración elegida por el pueblo, que tiene como meta definida el servicio de los intereses populares, que está trabajando y está formada por el pueblo, las condiciones son diferentes... El señor FUENTES (don Samuel).- Pura música, no más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- En este sentido, señor Presidente, no cabe duda de que la orientación general de la política previsional debe corresponder a la línea central que fije el Gobierno del pueblo. Al mismo tiempo, dentro del Consejo se le da una representación preeminente a los sectores que se desea beneficiar con esta iniciativa legal. Por eso, señor Presidente, el Gobierno del pueblo dirige, a través de una mayoría, el Consejo; y el pueblo también colabora en la administración, mediante su cuota de representantes, que, como digo, es preeminente e importante. El segundo argumento negativo del Honorable colega se refiere a la presencia en este Consejo del Alcalde de Santiago. En esta materia no nos guía el sectarismo, como dijo el Honorable señor Guastavino. La razón de designar a esta autoridad edilicia como consejero de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República es muy simple. Los trabajadores municipales de Santiago forman cerca del 50. % de los imponentes de esta institución. El señor FUENTES (don Samuel).- ¿Qué tiene que ver eso? El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- De consiguiente, el Alcalde de Santiago, sea quien fuere, tiene, por cierto, autoridad para plantear una posición justa en el Consejo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República. Ahora, como una demostración de que no nos guía sectarismo alguno,... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ISLA (Vicepresidente).- ¡Honorables señores Guastavino y Osorio, ruego a las Señorías no interrumpir! El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ... voy a hacer presente un hecho. Después del "cuadrillazo" que los Regidores democratacristianos sufrieron en el Congreso de la Confederación Nacional de Municipalidades, realizado en La Serena, no faltaron personas que nos dijeron, a los miembros democratacristianos de la Comisión de Trabajo y Legislación Social, que elimináramos a los representantes de esa Confederación del Consejo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República. No accedimos a tal petición, porque no quisimos ni queremos ser sectarios. Además, tendremos la confianza de que pronto controlaremos también, por la voluntad del pueblo, la Confederación Nacional de Municipalidades. El señor ISLA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Palestro. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, nosotros, los socialistas, compartimos plenamente las dudas planteadas por el Honorable señor Guastavino con respecto a este proyecto. En primer lugar, ha sido norma permanente y sistemática de la actual mayoría democratacristiana ir entregando al Presidente de la República tan numerosas y omnímodas facultades, que convierten al Ejecutivo en un súper Poder, que nombra por igual a un modesto consejero, como en este caso, de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República, y al representante obrero en el Consejo del Banco Central de Chile. O sea, todos los cargos son de la exclusiva confianza del Presidente de la República. Consideramos imposible -también ésta ha sido una actitud permanente, especialmente de quienes hemos sido parlamentarios en otros períodos- dejar de resguardar las facultades y prerrogativas de la Cámara de Diputados, con el objeto de no ir dando a otro Poder la iniciativa para legislar en materias que son exclusivamente propias de ley, cediendo facultades para que el Presidente de la República disponga y maneje asuntos que, en el fondo, corresponden sólo al Poder Legislativo. El articulado de este proyecto de ley nos merece las mismas dudas que al Partido Comunista; porque, en el fondo, la designación de toda la representación de los trabajadores municipales en servicio activo y jubilados, recaerá justamente en el Primer Mandatario. Y eso no es justo. Por lo demás, no es la primera vez que este Gobierno, a través de su mayoría en la Cámara de Diputados especialmente, quita a los trabajadores su participación en los organismos representativos de los obreros y empleados, en circunstancias que ellos mismos deben ser quienes la generen. Hemos visto cómo a la Confederación de Trabajadores del Cobre y a una serie de organismos gremiales se les ha escamoteado la facultad de designar como sus personeros a quienes les merecen más confianza. Los Diputados socialistas, junto con los comunistas, hemos presentado indicaciones para mejorar este proyecto y hacerlo más operante, a fin de que sirva a los dueños de esta caja de previsión -es decir, a los obreros jubilados municipales- en vez de entregar el manejo de sus fondos -son de los trabajadores y, por tanto, ellos deben administrarlos en forma exclusiva- a otros personeros, quienes, a lo mejor, no conocen, o por motivos políticos pueden ignorarlas, las verdaderas proyecciones y atribuciones de ese Consejo. Insisto en que no sólo la representación gremial en el Consejo de la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de Chile, sino la de todos los organismos administrativos donde participen obreros y empleados debe ser generada por los propios trabajadores, con el objeto de que ellos velen por la correcta inversión de los fondos que depositan en las instituciones previsionales. En consecuencia, pedimos el apoyo de los colegas de la Democracia Cristiana -porque de ellos depende que este proyecto salga perfeccionado o quede en las mismas condiciones-, a fin de establecer que representantes de los sectores laborales en los consejos de cualquier tipo de organización donde les corresponda actuar, deben ser designados por los trabajadores. Lo demás es, simplemente, "paja molida", buenas intenciones, buenos deseos; pero, en el fondo, inoperantes, pues, tal como lo observamos en este proyecto de ley, los auténticos dueños del dinero de esta caja de previsión, y quienes, por tanto, debieran administrar sus fondos, están en virtud de la facultad conferida al Presidente de la República, en abierta minoría. Y esto no puede ser. Si aceptamos discutir este proyecto sobre Tabla, es porque tenemos la intención de que sea despachado ahora, pero en buenas condiciones. No queremos que suceda lo ocurrido en la tramitación de otros proyectos, durante la cual los Senadores -incluso algunos democratacristiano que discrepan con sus colegas de la Cámara- quizás por la mayor serenidad, propia de su edad y del ambiente de tranquilidad que reina en la Cámara Alta, enmiendan la plana a los Diputados. Este es un hecho sabido por todo el mundo; no es una invención antojadiza del parlamentario que habla. La hemos comprobado muchas veces al aprobar modificaciones introducidas por Senadores democratacristianos, con el objetivo de mejorar determinado proyecto. Por respeto a nosotros mismos y a esta Corporación, en la cual representamos a un sector determinado de la ciudadanía, esperamos que este proyecto resulte verdaderamente operante y efectivo y no suframos después el bochorno y la vergüenza de que el Senado nos corrija, como tantas veces ha ocurrido, incluso errores ortográficos. Los Diputados socialistas apoyaremos las disposiciones que sean operantes y mejoren efectivamente la composición ele este Consejo y rechazaremos las que nos merezcan dudas. Por eso, solicitamos de los Honorables colegas de todos los colores políticos que apoyen las indicaciones que hemos formulado, a fin de que este proyecto cumpla sus objetivos en beneficio de los obreros municipales, como todos deseamos. He concedido una interrupción al Honorable señor Samuel Fuentes. El señor ISLA (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Fuentes. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, deseo rectificar una afirmación equivocada de mi Honorable colega señor Valenzuela Valderrama. No es efectivo que el Gobierno haya querido dar mayor representación en el Consejo de esta Caja a la Confederación Nacional de Municipalidades o a los obreros municipales. Sencillamente, ha propuesto una redistribución de cargos, disminuyendo la representación de la primera para incorporar un representante de los jubilados. Por otra parte, ha designado como nuevo consejero al Subsecretario de Previsión Social, quien antes no integraba este Consejo. Además, este proyecto da facilidades para que el Tesorero General de la República, el Director de Salud y el Alcalde de Santiago puedan faltar a las sesiones, pudiendo delegar, en virtud de esta ley, su representación, respaldada por el cargo que ellos ocupan, en cualquier funcionario de su dependencia. Me parece que esta manera de legislar no es seria. O estos funcionarios integran el Consejo, en razón del cargo que desempeñan, o dejan de ser consejeros. Creo que lo último es más conveniente. Se dijo en la Comisión de Trabajo y Legislación Social que la integración del Tesorero General de la República al Consejo se justificaba porque era quien disponía los pagos de dinero, argumento muy débil, pues, al hacerlo, sólo cumple con sus obligaciones. El señor GUASTAVINO.- Y le corresponde también recibir los ingresos municipales. El señor FUENTES (don Samuel).- También es parte de su función recibir los ingresos municipales, como dice el Honorable colega señor Guastavino. Y si así no lo hiciere faltaría, indiscutiblemente, a su deber. En cuanto a la designación del Alcalde de Santiago como consejero de esa institución, tal cual se dijo hace pocos minutos, fue un hecho acertado cuando la Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República estaba formada virtualmente por los obreros de la capital. Entonces, como deferencia a su calidad de jefe del Servicio, pudo nombrársele miembro del Consejo de la institución. Mas, ahora integran esa Caja de Previsión todos los obreros municipales del país, de modo que no se justifica en absoluto dar al Alcalde de Santiago representación en dicho Consejo, y no me refiero, señor Presidente, a la persona del Alcalde, sino al cargo edilicio. Por otra parte, el cargo de Director de Salud no existe en la Administración Pública; en consecuencia, su designación como Consejero sólo puede obedecer a un error de redacción. El hecho es que no podemos, si estamos legislando con seriedad, nombrar consejero al titular de un cargo inexistente. En la Administración estatal sólo hay un puesto de Director del Servicio Nacional de Salud, y éste no tiene nada que ver con la consejería en discusión. Por estos motivos, hemos formulado indicación para suprimir estas representaciones y entregárselas a sus auténticos representantes: la Confederación Nacional de Municipalidades y los obreros y jubilados municipales. Nada más, señor Presidente. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede continuar el Honorable señor Palestro. El señor PALESTRO.- He concedido una interrupción al Honorable señor Guastavino. El señor ISLA (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Guastavino. El señor GUASTAVINO.- Señor Presidente, sólo deseamos reiterar que los argumentos aquí dados son suficientemente valederos. Sería interesante que la Cámara legislara y votara de acuerdo con las mejores tesis que se brindaran en apoyo de determinados proyectos de ley. Lo que se dijo en relación con el Alcalde de Santiago y la Confederación Nacional de Municipalidades, no ha podido ser rebatido sana y fuertemente por el Honorable señor Valenzuela Valderrama, quien, precisamente, no ha hecho gala de fortaleza argumental. Sostener que ellos fueron llamados por "cantos de sirena" y que no quisieron disminuir la representación de la Confederación Nacional de Municipalidades en el Consejo de la Caja de Previsión de los Obreros Municipales, después del cuadrillazo que se le habría dado a la Democracia Cristiana en el Congreso de Municipalidades efectuado en La Serena, porque constituía una actitud sectaria, nos parece, no una ironía, sino, sencillamente, un sarcasmo para con ellos mismos. Desde luego, a nosotros nos interesa que las cosas queden claras, en especial, en lo que se refiere a los problemas de los municipios, porque el actual Gobierno, precisamente, dijo que comenzaría en ellos. En el Congreso de Municipalidades de La Serena, la Democracia Cristiana se equivocó rotundamente. Tuvo una actitud antidemocrática. Presentó un anteproyecto de ley para que se debatiera, pero cuando le introdujeron modificaciones y vio que éste no coincidía con lo que ella en forma sectaria quería, se retiró del Congreso, como nos consta al Honorable señor Cipriano Pontigo y al que habla, que estuvimos, en él desde el comienzo hasta el final. Lo que ocurre es que la Democracia Cristiana se dio cuenta de que una actitud política seria, honesta y elevada no tiene nada que ver con esto de retirarse de un organismo determinado que no acepta en forma tajante lo que ella plantea. En consecuencia, creo que el "canto de las sirenas" lo recibieron al revés. Ellas llamaron a la Democracia Cristiana y ésta no aceptó el canto cuando le dijeron que se había equivocado y que había que rectificar los errores cometidos en La Serena. Por lo tanto, estimamos que los argumentos que se nos han entregado, no tienen nada que ver con esto de que constituyen un arma que realmente vulnere los acuerdos que, como contrapartida, hemos entregado. Nosotros queremos afirmarnos en una frase expresada por el Honorable señor Palestro, en el sentido de que los dueños, los administradores de esta caja de previsión, son los obreros municipales, y lo que corresponde, democráticamente, incluso aferrados a la etimología y considerando de que "demos" es pueblo y "crada", gobierno, es que sean ellos los que tengan mayoría y los que, cuantitiva y cualitativamente, la orienten y dirijan. Insistimos en este alcance y estamos de acuerdo con lo dicho respecto del Director de Salud, del Tesorero General de la República y del Alcalde de Santiago. Queríamos reiterar nuestro pensamiento en este sentido. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede continuar el Honorable señor Palestro. El señor PALESTRO.- He terminado, señor Presidente. El señor VALDES (don Arturo).- Pido la palabra, señor Presidente. El señor ISLA (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor VALDES (don Arturo).- Señor Presidente, no entiendo mucho de sirenas, pero yo también estuve en La Serena durante el Congreso de Municipalidades, desde el comienzo hasta su termino, y puedo decir que no es efectiva la interpretación dada por el Honorable señor Guastavino acerca de por qué se retiró la Democracia Cristiana de ese congreso. Incluso, hubo una declaración en la prensa de todo Chile en ese sentido que, según parece, no fue desmentida. En esa oportunidad, el Congreso no fue convocado por la Democracia Cristiana, sino por la Confederación de Municipalidades para conocer un proyecto de ley respecto del cual estaban de acuerdo todos sus integrantes... El señor GUASTAVINO.- Eso no es efectivo. El señor VALDES (don Arturo).- ... de todos los colores políticos. Se procedió de una manera totalmente diferente a lo expresado. Como esto no coincidía con lo que se había tratado anteriormente, incluso con S. E. el Presidente de la República, la Democracia Cristiana estimó conveniente retirarse del Congreso. Esto es, en síntesis, lo que ocurrió en La Serena. Nada más, señor Presidente. El señor ISLA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Se va a dar lectura a las indicaciones formuladas al proyecto. El señor CAÑAS (Secretario).- Se han formulado las siguientes indicaciones: De los señores Fuentes, don Samuel, Laemmermann, Naudon y Poblete al inciso 1º: "para aumentar la representación de la Confederación de Municipalidades de Chile de dos a tres; de la Junta Nacional Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales de 4 a 5; y de Jubilados de uno a dos. Suprimir como representante al Alcalde de Santiago; al Director de Salud y al Tesorero General de la República". De los mismos señores Diputados, "para suprimir los incisos 2º y 3º del artículo 3º". Del señor Valenzuela, don Héctor, para que en el artículo 1º, inciso 1º del artículo 3º sustitutivo, se agregue, después de la palabra "Director" y antes de la expresión "de Salud", las palabras "del Servicio Nacional. " El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Cámara, se dará por aprobado en general el proyecto. Aprobado. Quedan aprobados en particular los artículos 2º y 3° por no haber sido objeto de indicaciones. Se va a votar el artículo 1° del proyecto, por el cual se sustituye el artículo 3º de la ley Nº 15. 565, de 9 de marzo de 1964. Se ha solicitado que se vote por incisos. En primer lugar, se va a votar el encabezamiento y la primera frase del inciso primero que dice: "El Consejo de la Caja estará compuesto... " etcétera, hasta donde dice: "... el Subsecretario de Previsión Social", porque, posteriormente, hay indicaciones respecto de este artículo. En votación. Si le parece a la Honorable Cámara, se dará por aprobado el encabezamiento y la primera parte del inciso primero de este artículo. Acordado. Se va a dar lectura a las indicaciones. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Fuentes, don Samuel, Naudon, Laemmermann y Poblete, para suprimir la frase: "el Tesorero General de la República". El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación la frase "el Tesorero General de la República". -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; 'por la negativa, 25 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Aprobada la frase. Corresponde votar, a continuación, la frase "el Director de Salud", con la indicación presentada por el Honorable señor Valenzuela Valderrama, don Héctor, que consiste en reemplazarla por "Director del Servicio Nacional de Salud". En votación la frase con la indicación. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 26 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Aprobada la frase con la indicación. Corresponde votar la frase: "el Alcalde de Santiago". En votación. Durante la votación: El señor FUENTES (don Samuel).- El Alcalde va a mandar a cualquier empleado en su representación. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Sus Señorías lo pusieron el año 1964. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 27 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Aprobada la frase. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Fuentes, don Samuel, Laemmermann, Naudon y Poblete para elevar de 2 a 3 el número de representantes de la Confederación Nacional de Municipalidades. El señor PALESTRO.- ¡Muy justo! El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- En contra de la representación de los obreros jubilados. El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación la frase con la indicación. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 36 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Rechazada la indicación. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la frase en la forma original. El señor OSORIO.- Pido que se vote, señor Presidente. El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Aprobada la frase. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Fuentes, Laemmermann, Naudon y Poblete para elevar de 4 a 5 la representación de la Junta Nacional Ejecutiva de la Unión de Obreros Municipales. El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación la frase con la modificación propuesta. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 34 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Rechazada la indicación. En votación la frase en su forma original. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará. Aprobada. El señor CAÑAS (Secretario).- Finalmente, los señores Fuentes, Laemmermann, Naudon y Poblete han formulado indicación para elevar de uno a dos el número de representantes de los jubilados. El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación la indicación. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ISLA (Vicepresidente).- Ruego a los señores Diputados guardar silencio. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 37 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Rechazada la indicación. Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará la frase en su forma original. Aprobada. Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará el resto del inciso. Aprobado. Corresponde votar el inciso segundo con la indicación que se leyó hace un instante, del Honorable señor Valenzuela Valderrama, que da la designación de "Director del Servicio Nacional de Salud" a la persona que desempeña el cargo. El señor OSORIO.- ¿Dónde está la indicación? El señor GUASTAVINO.- ¿Cuándo se formuló ¡a indicación? El señor FUENTES (don Samuel).- Hay una indicación para suprimir el inciso. Hay que aclarar esto. El señor ISLA (Vicepresidente).- Cuando el Honorable señor Valenzuela Valderrama formuló indicación al primer inciso, hizo especial hincapié en que también era extensiva al inciso segundo. El señor OSORIO.- ¡Tiene que estar por escrito en la Mesa! El señor GUASTAVINO.- Pido que se lea la indicación. El señor ISLA (Vicepresidente).- Procede votar el inciso, de todas maneras. El señor GUASTAVINO.- Que se lea la indicación. Es lo más concreto. El señor FUENTES (don Samuel).- Hay una indicación para suprimirlo. El señor ISLA (Vicepresidente).- Por eso se votará primero el inciso, Honorable Diputado. En votación el inciso segundo. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos; por la negativa, 26 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Aprobado el inciso segundo del artículo 3º. El señor GUASTAVINO.- Tal como está. El señor ISLA (Vicepresidente).- Exactamente. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para cambiar la mención "Director de Salud" por "Director del Servicio Nacional de Salud". El señor PALESTRO.- No señor Presidente. El señor ISLA (Vicepresidente).- No hay acuerdo. En votación el inciso tercero. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos; por la negativa, 24 votos. El señor ISLA (Vicepresidente).- Aprobado el inciso tercero. Terminada la discusión y votación del proyecto. 4.- REDUCCION DEL APORTE MINIMO DE CUOTAS DE AHORRO EXIGIDO POR LA LEY Nº 14. 843.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL. El señor ISLA (Vicepresidente).- Corresponde votar, enseguida, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que faculta al Consejo de la Fundación de Viviendas y Asistencia Social para reducir a 25 las cuotas de ahorro de aporte mínimo exigido por la ley Nº 14. 843. -Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín Nº 10. 463-S, son las siguientes: Artículo 1° Ha sustituido la frase final "puede reducir el aporte mínimo exigido en cuotas de ahorro por la ley Nº 14. 843, " por la siguiente: "puede reducir a 25 cuotas de ahorro el aporte mínimo exigido por la ley Nº 14. 843". Ha agregado, en punto seguido, la frase que sigue: "Podrá, igualmente, reducir a menos de 25 cuotas de ahorro el aporte mínimo si circunstancias especiales así lo aconsejan". Artículo 2º Ha sustituido la fecha "31 de marzo de 1966" por "31 de diciembre de 1966'. El señor ISLA (Vicepresidente).- Si le parece a la Honorable Cámara, se votarán en un solo todo las tres modificaciones introducidas por el Senado al proyecto. Acordado. En votación las enmiendas. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán. Aprobadas. Terminada la votación del proyecto. 5.- DONACION DE UN INMUEBLE A LA FUNDACION "BIBLIOTECA ARTURO MATTE ALESSANDRI". El señor ISLA (Vicepresidente).- Corresponde votar el proyecto, originado en un Mensaje y eximido del trámite de Comisión, que autoriza a la Municipalidad de Chillán para donar un inmueble de su propiedad a la Fundación "Biblioteca Arturo Matte Alessandri". Se va a leer el texto de esta iniciativa legal. El señor CAÑAS (Secretario).- Dice el proyecto: "Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Chillán para donar a la Fundación "Biblioteca Arturo Matte Alessandri", institución con personería jurídica, con domicilio en Santiago, parte del inmueble de su propiedad ubicado en la comuna de Chillán, en Avda. B. O'Higgins entre Avda. Schleyer y calle Bombero Mártir, Florindo Lagos, con frente a la Avda. B. O'Higgins, cuyo título se encuentra inscrito a fs. 7 con el Nº 30 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces, correspondiente al año 1880. La donación comprenderá una superficie de (605, 00 m2) seiscientos cinco metros cuadrados aproximadamente, y tendrá los siguientes deslindes particulares: Al Norte en 25 metros con Municipalidad de Chillán; Al Sur en 25 metros con Municipalidad de Chillán; Al Poniente en 30 metros con Avda. Bernardo O'Higgins; Al Oriente en 18, 40 metros con Municipalidad de Chillán. Artículo 2°.- La Fundación Arturo Matte Alessandri deberá construir en el inmueble, materia de esta ley, un edificio destinado a Biblioteca Pública y Gratuita, administrada por la Municipalidad de Chillán, con la tuición de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. Las obras relativas a la construcción se iniciarán dentro de los seis meses siguientes a la entrega definitiva del terreno. Artículo 3°.- Si la construcción del edificio para esta Biblioteca no se iniciare antes de la fecha indicada o la institución se disolviera, volverá nuevamente el dominio de dicho predio con lo edificado y plantado a la Municipalidad de Chillan, sin cargo alguno para ésta. Artículo 4°.- Esta donación quedará libre del pago de toda clase de impuestos o derechos fiscales o municipales o de cualquier orden, como asimismo en lo relativo a la construcción del edificio destinado a la Biblioteca y dependencias". El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará. -Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Terminada la votación del proyecto. 6.- ERECCION DE MONUMENTOS A LA MEMORIA DEL ABATE JUAN IGNACIO MOLINA EN DIVERSAS CIUDADES DEL PAIS. El señor ISLA (Vicepresidente).- Corresponde votar el proyecto que autoriza la erección de monumentos a la memoria del abate Juan Ignacio Molina en diversas ciudades del país. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 10. 499, es el siguiente: "Artículo 1°.- Declárase 1966 año conmemorativo de la memoria del insigne sabio e investigador chileno Abate Juan Ignacio Molina González y autorízase la erección, en la ciudad de Santiago, de un monumento a su memoria. Autorízase también la erección de monumentos a su memoria en las ciudades de Villa Alegre, Linares, San Javier, Talca, Concepción y Molina. Artículo 2°.- Autorízase la sepultación de sus restos mortales, a su llegada de Italia, así como de lo que fue traído al país anteriormente y de que es depositaría la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos, en el monumento que se le erigirá en Villa Alegre, en cuya comuna está ubicado el fundo Guaraculén. Artículo 3°.- La Municipalidad de Villa Alegre con los fondos que esta ley le proporciona construirá un edificio para Museo y Biblioteca, que llevará el nombre del Abate Molina y que contará con una Sala Auditorium. El edificio estará ubicado en terrenos adyacentes a la Casa Consistorial y en cuyo antejardín se erigirá el monumento y cripta donde reposarán los restos de Juan Ignacio Molina. Declárase monumento nacional la casa del fundo Guaraculén en la comuna de Villa Alegre, lugar de nacimiento del Abate Molina. El terreno que es parte integrante de la propiedad donde está ubicada la casa será destinado a una Escuela o Centro de Investigación Biológica dependiente del Ministerio de Educación Pública o de la Universidad de Chile, que contará con un Parque Botánico Moli-niano. Declárase de utilidad pública y facúltase al Presidente de la República para expropiar el actual predio y los terrenos adyacentes que ocupa la casa de Guaraculén con el fin de cumplir con los objetivos de la presente ley. Artículo 4°.- Constituyese un "Comité Nacional "Abate Molina", con carácter permanente, con sede en la Biblioteca Nacional, integrado por cinco miembros designados por el Presidente de la República, uno de los cuales será el Alcalde de la comuna de Villa Alegre que esté en funciones, que tendrá la misión de difundir su vida y obra y encargarse de todo lo expuesto en la presente ley. Este Comité estará autorizado para organizar colectas nacionales durante cinco años consecutivos desde 1966 y para recibir erogaciones nacionales e internacionales. Los fondos que por esta disposición se recauden serán depositados en una cuenta especial en el Banco del Estado y servirán para los objetivos de la presente ley. Artículo 5°.- Instituyese "Un Premio Nacional de las Ciencias Abate Juan Ignacio Molina" de igual importancia y monto que los premios nacionales de literatura y arte, que será otorgado en septiembre de cada año, por un Jurado integrado por el Decano de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Chile, que lo presidirá, un representante del Instituto de Chile, un representante de la Sociedad Científica de Chile, un representante del Ministerio de Educación y un representante del Comité Nacional que la presente ley establece. Artículo 6°.- La Municipalidad de Villa Alegre tendrá a su cargo la realización de las obras que en esta ley se señalan elaborando un plan de acción al respecto, en que se dé la importancia debida a los poblados de Guaraculén y La Arena, en lo que se refiere a obras de adelanto. Facúltase a la Municipalidad de Villa Alegre para contratar, por una sola vez, con cargo a sus mayores ingresos, un empréstito hasta por Eº 150. 000.- con el Banco del Estado de Chile, con el objeto de cumplir lo dispuesto en la presente ley y realizar el plan de urbanización u obras públicas que tiene programado. Artículo 7°.- La Dirección General de Correos y Telégrafos emitirá una serie de estampillas postales conmemorativa de la vida y obra de Molina, cuyos ingresos serán entregados como aporte por el Presidente de la República a las Municipalidades que erijan monumentos a la memoria del Abate Molina. Artículo 8°.- La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos establecerá Salas, Bibliotecas-Museos, con la bibliografía y facsímiles de los manuscritos originales del Abate Molina, dando preferencia a las regiones del país donde él nació y se educó. Facúltase al Presidente de la República para disponer con cargo al Presupuesto de la Nación un suplemento al presupuesto de la Biblioteca Nacional por Eº 100. 000.- anuales durante los años 1966, 1967 y 1968. Artículo 9°- Facúltase, asimismo, al Presidente de la República para entregar a la Municipalidad de Villa Alegre los fondos necesarios para poder cumplir con lo estipulado en la presente ley, en caso de ser insuficientes los otorgados en la misma". -Las modificaciones de la Comisión de Hacienda, impresas en el informe Nº 10, 499-A, son las siguientes: Artículo 1º. Reemplazar en el inciso primero, la frase final "en la ciudad de Santiago, de un monumento a su memoria" por la siguiente: "de monumentos en su memoria en las ciudades de Santiago y Villa Alegre". Reemplazar en el inciso segundo la frase inicial: "Autorízase también la erección de monumentos a su memoria en las ciudades de Villa Alegre", por la siguiente: "Autorízase la colocación de placas recordatorias de su memoria en las ciudades de". Artículo 2º. Suprimir la frase: "a su llegada de Italia, así como de lo que fue traído al país anteriormente y de que es depositaría la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos". Artículo 3º. Suprimir en el inciso segundo las palabras: "o Centro de Investigación Biológica" y "o de la Universidad de Chile". Artículo 4º. Reemplazar la frase: "que esté en funciones" por "en ejercicio". Artículo 5º. Reemplazar las frases, desde "integrado por el Decano de la Facultad de Ciencias,... " hasta el final del artículo, por la siguiente: "designado por el Consejo de Rectores". Artículo 6º. Suprimir la frase final del inciso primero: "elaborando un plan de acción al respecto en que se dé la importancia debida a los poblados de Guaraculén y La Arena, en lo que se refiere a obras de adelanto". Artículo 9º. Agregar después de las palabras: "para entregar" la siguiente frase: "al Consejo de Rectores y". Artículo nuevo. Agregar el siguiente: "Artículo...- Denomínase "Liceo Juan Ignacio Molina" al Liceo de Hombres de Linares". El señor ISLA (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará en particular con todas las modificaciones propuestas por la Comisión de Hacienda. Acordado. Terminada la votación del proyecto. 7.- FRANQUICIAS ADUANERAS PARA LA INTERNACION DE MAQUINARIAS DESTINADAS A UNA CENTRAL HIDRAULICA EN LONQUIMAY, PROVINCIA DE MALLECO. El señor ISLA (Vicepresidente).- Por último, corresponde votar el proyecto que concede franquicias aduaneras para la internación de maquinarias destinadas a una central hidráulica de energía eléctrica en Lonquimay. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 10. 501, es el siguiente: "Artículo 1°.- Libérase de depósitos y de derechos de internación, de almacenaje y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, a la internación de la maquinaria necesaria para la instalación de una central hidráulica de energía eléctrica para Lonquimay, llegada a la Aduana de Talcahuano, en el vapor "Buchestein", con fecha 19 de agosto de 1964, según registro de importación Nº 020. 129, de fecha 9 de mayo de 1964, conteniendo 9 bultos con un peso bruto de 7. 892 kgs. Y signados con los Nºs. 401/1 al 401/9, destinada a la Dirección de Servicios Eléctricos para E. E. Fisical de Lonquimay". "Artículo 2°.- No se aplicará lo dispuesto en el artículo séptimo de la Ley Nº 12. 008, en cuanto al requisito de residencia mínima de cinco años, a las cooperativas de consumo que a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentren funcionando, legalmente constituidas, en la provincia de Aisén, para los efectos de que puedan desarrollar actividades de importador". El señor ISLA (Vicepresidente).- Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará en general el proyecto. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Terminada la votación del proyecto. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Palestro. Acordado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, voy a aprovechar este ambiente tan grato que se observa en la Cámara para pedir que se vote un proyecto obvio y sencillo, ya despachado por la Comisión de Gobierno Interior, que cambia el nombre de la calle "Estrella Polar", de la comuna de San Miguel, por el de "Alcalde Pedro Alarcón", como un homenaje a este ilustre vecino. El señor ISLA (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para proceder en la forma indicada por el Honorable señor Palestro. El señor ISLA (Vicepresidente).- No hay acuerdo. Un señor DIPUTADO.- No, señor Presidente. 8.- EMPALME Y SUSPENSION DE LA SESION. El señor ISLA (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para empalmar la presente sesión con la que debe efectuarse a las 14, 45 horas. Acordado. Se suspende la sesión hasta las 15 horas. -Se suspendió, la sesión a las 13 horas 46 minutos. -Se reanudó la sesión a las 15 horas. El señor PHILLIPS (Presidente accidental).- Continúa la sesión. Se suspende por 10 minutos. -Se suspendió la sesión. 9.- NORMAS SOBRE REAJUSTE DE REMUNERACIONES DE LOS SECTORES PUBLICO Y PRIVADO Y SOBRE POLITICA DE PRECIOS. El señor ISLA (Vicepresidente).- Continúa la sesión. Corresponde tratar el proyecto originado en un Mensaje del Ejecutivo, que consulta normas sobre reajuste de remuneraciones de los sectores público y privado y sobre política de precios. El proyecto, calificado de "suma" urgencia e informado por la Comisión de Hacienda, está impreso en el boletín Nº 10. 505. Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el Honorable señor Irureta. -El informe de la Comisión de Hacienda aparece entre los Documentos de la Cuenta del boletín de la Sesión 45ª, de 25 de enero de 1966. El señor ISLA (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto. Ofrezco la palabra. El señor PALESTRO.- Pido la palabra. El señor ISLA (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, quiero reiterar la petición que formulé en la sesión de la mañana, para que se trate, sin discusión, el proyecto que cambia el nombre de la calle Estrella Polar por el de Alcalde Pedro Alarcón, en la comuna de San Miguel. Ruego a Su Señoría que recabe el asentimiento de la Sala con tal objeto. El proyecto es obvio y sencillo. El señor ISLA (Vicepresidente).- Señor Diputado, en estos momentos no hay quórum en la Sala para tomar acuerdos. Oportunamente, la Mesa recabará el asentimiento de la Cámara respecto a la petición de Su Señoría y a otras que han formulado diversos señores Diputados. Ofrezco la palabra sobre el proyecto de reajuste. El señor IRURETA.- Pido la palabra. El señor ISLA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante. El señor IRURETA.- Señor Presidente, he sido designado por la Comisión de Hacienda para informar este proyecto que consulta normas sobre reajuste de remuneraciones de los sectores público y privado y sobre política de precios, y que contiene diversas otras materias que la Cámara tendrá oportunidad de conocer cuando me refiera en particular a su articulado. La Comisión de Hacienda celebró numerosas y prolongadas sesiones, a las que concurrieron los señores Ministros de Hacienda; Economía, Fomento y Reconstrucción, y del Trabajo y Previsión Social; los señores Subsecretarios de Hacienda y de Economía; el Director de Estadística y Censos y el Subdirector de este servicio, como también muchos otros funcionarios. Todos ellos proporcionaron a la Comisión antecedentes muy importantes para avanzar en el estudio del proyecto y pronunciarse sobre cada una de sus disposiciones. El proyecto de acuerdo con lo expuesto por los señores Ministros de Hacienda, de Economía, Comercio y Reconstrucción y de Trabajo y Previsión Social, en la Comisión de Hacienda, y de acuerdo a lo que se expresa en el mensaje que precede al articulado del mismo obedece al plan del Supremo Gobierno, que tiene entre otros objetivos, alcanzar durante el año 1966 una tasa de desarrollo del seis al siete por ciento y dar un nuevo paso en la redistribución del ingreso. De acuerdo con el programa que contempla el proyecto, esa redistribución del ingreso significará entre otras cosas, un reajuste en las remuneraciones del ciento por ciento del alza del costo de la vida correspondiente a 1965 para el noventa por ciento de los asalariados chilenos; comprenderá, además, un aumento del costo de la vida durante el año 1966, de no más del quince por ciento; y, tendrá también como objetivo el reajuste de las remuneraciones de todos los funcionarios públicos a partir del 1º de enero, con algunas pocas excepciones que veremos en el curso del estudio del proyecto, en contraposición a lo que ocurrió en 1964, año en el cual los dos tercios de los empleados públicos recibieron el reajuste a partir del 1º de julio y a lo que ocurrió también, en el mismo sentido, en 1965. En cambio, en el año 1966 será posible que las disposiciones relativas al reajuste de sueldos y salarios se hagan efectivas, en general, a partir del 1º de enero, lo cual significará un mayor costo de Eº 70. 000. 000. Otro aspecto en el que conviene insistir y que la Honorable Cámara tendrá ocasión de considerar a lo largo de la discusión del proyecto, es el de la redistribución de la renta nacional que se va operando paulatinamente a través de la política que el Ejecutivo plantea al país y al Congreso Nacional. Esta redistribución se efectúa, principalmente, por medio de la nueva política tributaria inaugurada a partir del Gobierno del Excelentísimo señor Frei y a través, también, de la política social que se expresa en los reajustes de sueldos y salarios otorgados durante el año 1965, en los reajustes que conocerá la Honorable Cámara en virtud de este proyecto, y en una gran cantidad de beneficios sociales, como planes de viviendas, educación, salud, política de becas, política educacional, pensiones, revalorización de pensiones, etcétera. En general, los reajustes se otorgarán en dos porcentajes fundamentales, un 25% y un 15%. Considera también este proyecto el objetivo de que ningún funcionario público gane, a partir del 1º de enero de 1966, una remuneración inferior al sueldo vital. En materia de precios, los artículos comprendidos en el Título IV del proyecto tienen como objetivo el de que ellos no alcancen un alza superior al 13% durante el año 1966, con relación al 31 de diciembre de 1965 -me estoy refiriendo a los artículos de primera necesidad- y no más de un 35% con relación a los precios que estos artículos tenían al 31 de diciembre de 1964. De la conjugación de los reajustes que este proyecto otorgará a los asalariados del país y el logro de la meta de que el alza del costo de la vida en 1966 no pase del 15%, espera el Supremo Gobierno, y así se expresa en el proyecto que conoce la Honorable Cámara, que la situación de los asalariados mejore ostensiblemente en 1966 en relación al año 1965 y, más aún, con relación a 1964 y a los años pasados. El costo del proyecto significa, aproximadamente, salvo algunas variaciones de orden menor ocasionadas por disposiciones introducidas en el articulado durante el estudio desarrollado en la Comisión de Hacienda, 448, 5 millones de escudos. De esta cantidad, 353, 5 millones de escudos están ya financiados y corresponde a la Honorable Cámara aprobar el financiamiento que falta, que es del orden de los 90 a 95 millones de escudos, mediante la aprobación de disposiciones que contiene el mismo proyecto. Con tales disposiciones, fundamentalmente se procura obtener los siguientes recursos, como se expresa en el Mensaje del Supremo Gobierno: primero, 35 millones que se obtendrán del reajuste del pago del impuesto a la renta en un 80% del alza del costo de la vida en el año 1965; 15 millones de escudos que producirá la racionalización del impuesto que afecta a los automóviles y "station wagons" particulares. Ambas iniciativas están pendientes para su aprobación en el Senado. En segundo lugar, los 45 millones de escudos restantes se financian, primero, estableciendo un nuevo y moderno Arancel Aduanero que se ajusta a las actuales exigencias del comercio internacional, lo que permitirá un mayor rendimiento fiscal de 19 millones de escudos debido a la posibilidad de mejor fiscalización y mayores facilidades para su aplicación; segundo, se modifica la actual Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado en lo relativo a las letras de cambio, que pasan a ser especies valoradas, y la sustitución de diversos impuestos que se pagan en la documentación de importación por un impuesto único del 1 %, todo lo cual espera el Supremo Gobierno que producirá un mayor rendimiento de 16 millones de escudos; y, finalmente, el impuesto a los cheques se alza del 10 al 20%, lo que producirá 10 millones de escudos. Como podrá apreciar la Honorable Cámara, el artículo 1º del proyecto contiene dos porcentajes de reajuste: un 25% y un 15%. Expresa el inciso primero del mismo artículo que sea reajustan en un 25%, a contar del 1º de enero de 1966, las remuneraciones imponibles vigentes al 31 de diciembre de 1965, de los empleados y obreros de la Administración Pública, Poder Judicial, Congreso Nacional, instituciones semifiscales y empresas y organismos autónomos y Municipalidades, cuyas remuneraciones totales imponibles y aquéllas que son porcentaje del sueldo, no excedan de tres sueldos vitales de 1965, escala a) del departamento de Santiago. Me perdonará la Honorable Cámara que dé lectura casi íntegra a este artículo, como lo haré con el 2º, porque es el mejor medio de explicar, en la forma más nítida posible, las disposiciones que realmente importan para el conocimiento de esta materia. El inciso segundo dice: "Tratándose de empleados u obreros cuyas remuneraciones totales imponibles y aquellas que son porcentaje de sueldo, excedan de dicha cantidad -o sea, de los tres sueldos vitales, escala a) del departamento de Santiago- el porcentaje de reajuste será de un 15%, pero la cantidad a percibir por este concepto no será inferior a la suma que resulte de aplicar el porcentaje del 25% sobre tres sueldos vitales de 1965" ya referidos. "Para los efectos del cálculo", -agrega el inciso tercero- "de remuneración total a que se refiere el presente artículo no se considerarán la asignación familiar, la gratificación de zona, los viáticos, la bonificación de la ley Nº 14. 688, la bonificación a que se refiere el artículo 16 de la ley Nº 16. 406, las asignaciones de caja, de máquina y de movilización, por cambio de residencia, por horas y trabajos extraordinarios, ni ninguna otra remuneración que no sea imponible, siempre que no sea porcentaje del sueldo base". En relación con los textos legales que se citan en estas disposiciones, quiero rogar a la Honorable Cámara que me permita dejar la explicación de ellas para el debate en particular del proyecto, oportunidad en la que el Diputado Informante que habla espera ir explicando a los Honorables Diputados cada vez que lo soliciten, el alcance de ellas. El artículo 2º se refiere a la forma cómo se materializarán estos reajustes. Su letra a) expresa que se aplicará un reajuste de 15% a las rentas asignadas a las categorías y grados de las escalas de sueldos y salarios vigentes al 31 de diciembre de 1965. La letra b) señala que al personal contemplado en el inciso primero del artículo precedente, se le otorgará, para los efectos de completar el 25% de reajuste, un porcentaje adicional de un 10% sobre las rentas asignadas a las categorías y grados de las escalas de sueldos y salarios vigentes al 31 de diciembre de 1965. En esta forma se enterará el 25% de reajuste. Otro artículo que es conveniente tener presente en relación con lo que disponen los artículos 1º y 2º, es el artículo 38, que me voy a permitir leer a la Honorable Cámara. Dice, textualmente: "Las remuneraciones que resulten afectadas por los aumentos de la presente Ley, y la asignación familiar se ajustarán al entero más cercano divisible por 12. "Esta disposición no se aplicará al valor de las horas de clase. ", materia a la que me referiré más adelante. El artículo 2? también dispone que el personal pagado por horas deberá considerarse para los efectos del reajuste que establece este proyecto como si tuviera horario completo, con excepción del personal docente, respecto del cual se contemplan disposiciones especiales. También se refiere al personal de la Universidad de Chile, el cual queda incluido en las disposiciones de este proyecto. El inciso correspondiente dice: "Respecto al personal de la Universidad de Chile, para los efectos de la aplicación del presente artículo se considerarán como uno solo todos los cargos remunerados por rentas globales desempeñados por una misma persona, dentro de dicha institución". El artículo 39 se refiere al personal de Ferrocarriles, y establece que: "El reajuste que corresponda a los empleados y obreros de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado se aplicará sobre las remuneraciones vigentes al 31 de diciembre de 1965 que no se determinen como un porcentaje del respectivo sueldo o salarlo base". Es una especie de norma general del proyecto no otorgar reajuste a las remuneraciones que se expresan en porcentajes del sueldo base porque el Supremo Gobierno y la Comisión de Hacienda estiman que se reajustan automáticamente como consecuencia del aumento de aquel, como veremos más adelante. El artículo 3º también se refiere al personal del Servicio Nacional de Salud, y al respecto establece lo siguiente: "Asimismo, al personal del Servicio Nacional de Salud, proveniente de la ex Caja de Seguro Obligatorio y al personal del Instituto Bacteriológico de Chile, se le aplicará el reajuste sobre el total de su renta mensual, vigente al 31 de diciembre de 1965, incluido en ella lo que se paga por planilla suplementaria". El artículo 4º se refiere al personal de empleados y obreros del Ministerio de Obras Públicas y dispone que: "La presente ley se aplicará al personal de empleados y obreros del Ministerio de Obras Públicas,...". El artículo 5º dispone que: "A contar del 1º de enero de 1966, elimínase en el inciso segundo del artículo 27 de la ley Nº 13. 305 la frase "al que se comprende en la denominación de "Personal de Servicio".". En la discusión particular del proyecto explicaré los alcances de esta disposición. Dispone además el artículo 59: "A contar de la mencionada fecha -o sea, desde el 1º de enero de 1966- los pagos por trabajos extraordinarios no serán computables para los efectos de calcular la remuneración total a que se refiere el artículo 27 de la ley Nº 13. 305". El artículo 69 expresa que "los aumentos que los Servicios e instituciones hayan concedido o concedan a su personal durante 1966, de acuerdo con el artículo 29 del decreto con fuerza de ley Nº 68, de 1960, u otras disposiciones legales, se imputarán a este reajuste, con excepción del aumento otorgado por decreto Nº 544, de la Subsecretaría de Transportes publicado en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 1965". Quiero hacer presente a la Honorable Cámara que, como Diputado Informante, me parece mejor para el estudio del proyecto, como dije anteriormente, dejar la explicación de las citas legales para la discusión particular. Sin embargo, si algún Honorable Diputado solicita una explicación sobre alguna de ellas no tendría inconveniente en darles lectura de inmediato. Mientras ningún señor Diputado pida lo contrario, me atendré al criterio expresado. El artículo 8º expresa: "Para los efectos de aplicar la presente ley a las municipalidades no regirán las limitaciones establecidas en los artículos 35 de la ley Nº 11. 496 y 109 de la ley Nº 11. 860". El artículo 9º dice: "Los reajustes de pensiones a que hubiere lugar, de acuerdo con la legislación vigente sobre la materia, deberán pagarse sin necesidad de requerimiento de parte de los interesados. En el caso de los reajustes de cargo fiscal, previa dictación de la respectiva resolución ministerial. "El pago de estos reajustes no podrá demorarse más de 120 días desde la promulgación de la presente ley". Con esto se desea poner término a los grandes perjuicios que causa a los pensionados la dilación de los trámites necesarios para que se les paguen los reajustes que les conceden las leyes. El señor AGUILERA.- ¿Me permite una interrupción, Honorable colega? El señor IRURETA.- Con todo gusto. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría. El señor AGUILERA.- Agradezco al Honorable colega la interrupción que me ha concedido.- Señor Presidente, me alegro de que se haya incluido una disposición para asegurar el pago de las pensiones, por lo menos, en el lapso de 180 días. El señor IRURETA.- De 120 días. El señor AGUILERA.- Mejor todavía. Agradecería al señor Diputado informante que nos dijera si también se ha considerado el oportuno pago de los desahucios. Ocurre que la Caja de Previsión de Carabineros de Chile y la de la Defensa Nacional se demoran un año en pagarlos. El señor PHILLIPS.- Y dos también. El señor AGUILERA.- Si los desahucios no hubieran sido considerados, ojalá se corrigiera esta omisión a través de una indicación, porque, si se da un plazo para pagar las pensiones, es justo qua también se obligue a las cajas de previsión a pagar los desahucios en un lapso de 60 días, por ejemplo, como mínimo. Como digo, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional se demora un año en pagarlos. Muchas gracias. El señor IRURETA.- Lo que puedo informar al Honorable colega es que, con motivo de la discusión de este proyecto, y también de otros anteriores, el señor Subsecretario de Hacienda expresó en la Comisión que el Gobierno, por iniciativa propia, en el curso de 1965, avanzó extraordinariamente en el trabajo de poner al día el pago de los desahucios, pensiones, jubilaciones, etcétera. En esta materia, el propósito del Supremo Gobierno es mantener todas estas tramitaciones prácticamente al día. Sólo como un resguardo ha propuesto establecer en el inciso segundo del artículo 9º, que el pago de los reajustes de las pensiones no podrá demorarse más de 120 días desde la promulgación de la ley. El artículo 10 expresa: "Las asignaciones especiales contempladas en los artículos 2º de la ley Nº 15. 078; 10 de la ley Nº 15. 191 y 15 de la ley Nº 15. 205, la gratificación de zona, las horas extraordinarias y las remuneraciones de cualquier naturaleza que sean porcentaje de sueldo, se aplicarán sobre el sueldo reajustado desde la misma fecha en que los beneficiarios tengan derecho al reajuste a que se refiere este título". Esta es la disposición a que me referí hace un momento, cuando expresé que los reajustes no se aplicarán sobre las remuneraciones que son porcentaje, porque ellas se reajustan automáticamente, al aplicarse sobre el sueldo reajustado. El señor ISLA (Vicepresidente).- Señor Diputado, el Honorable señor Ramón Silva Ulloa le solicita una interrupción. El señor IRURETA.- Se la concedo con mucho gusto. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, seré muy breve. Sólo deseo consultar al señor Diputado informante sobre cuáles son las sanciones en que incurrirán los responsables del no otorgamiento oportuno de los reajustes de las pensiones de jubilación, de acuerdo con este proyecto de ley. Hasta el momento, no he encontrado ninguna. Si no se establecen sanciones, esta disposición pasará a ser letra muerta, como muchas otras de la misma naturaleza que se han aprobado en infinidad de proyectos ya convertidos en leyes. Nada más. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Diputado informante. El señor IRURETA.- Señor Presidente, entiendo que, en este caso, podrían aplicarse las disposiciones contenidas en la legislación vigente, en especial en el Estatuto Administrativo, que sancionan a los responsables de faltas graves. El señor SILVA ULLOA.- ¡Podrían! El señor IRURETA.- En todo caso, el proyecto no establece ninguna sanción expresa para el incumplimiento de esta disposición. El señor SILVA ULLOA.- Su Señoría es abogado y sabe muy bien que, si no se establecen sanciones, estos preceptos no se cumplen. El señor IRURETA.- El artículo 11 se refiere al reajuste de la asignación familiar... El señor RODRIGUEZ (don Juan).- ¿Me permite una interrupción? El señor IRURETA.- Con todo agrado. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Juan Rodríguez Nadruz. El señor RODRIGUEZ (don Juan).- Señor Presidente, seré muy breve. Me parece que aquí se ha incurrido en un error. Uno de los Honorables colegas ha entendido que las pensiones de jubilación deberán pagarse dentro del plazo de 120 días. Lo que establece el artículo 9º es que en este lapso se pagarán los reajustes de las pensiones. Por lo tanto, el pago de las pensiones se seguirá demorando uno, dos, tres, cuatro o cinco años. Nada más. El señor IRURETA.- Señor Presidente, hasta hace muy poco tiempo, era habitual que las solicitudes de reajuste de pensiones se demoraran el tiempo que el Honorable señor Juan Rodríguez acaba de señalar y aun mucho más, y que los beneficiarios terminaran siendo víctimas de gestores o de rábulas, a quienes tenían que encargar las tramitaciones pertinentes. Desde que el actual Gobierno se hizo cargo de sus funciones, ha sido preocupación fundamental del Ministerio de Hacienda poner al día, de oficio, esta clase de trámites. Este esfuerzo que el actual Gobierno ha estado realizando, sin que ninguna disposición legal lo obligara mayormente a hacerlo, ha quedado especialmente consagrada en el artículo 9º que estamos comentando. Como ha dicho el Honorable señor Juan Rodríguez, el artículo 9º se refiere al pago del reajuste de las pensiones. Para este efecto, no será necesaria ninguna solicitud, ningún trámite, de parte del interesado, porque a ello se aplicará, de oficio, la actividad de los organismos administrativos. El inciso segundo establece que este pago no podrá demorarse más de 120 días desde la promulgación de la ley. Respecto de la consulta hecha por el Honorable señor Silva Ulloa, debo reconocer que el proyecto no contiene ninguna sanción expresa para el incumplimiento del inciso segundo del artículo 9º. Pero, a mi juicio, el funcionario o la autoridad que se hiciera culpable de este incumplimiento, podría ser requerido por los organismos administrativos pertinentes, como la Contraloría General de la República, o por otros medios, para ser sancionado de acuerdo con las normas ordinarias vigentes. El señor ISLA (Vicepresidente).- Señor Diputado, el Honorable señor Samuel Fuentes le solicita una interrupción. El señor IRURETA.- Se la concedo con todo agrado. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Samuel Fuentes. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, el señor Diputado informante ha dicho que ha habido un cambio en la tramitación de las pensiones de jubilación. La verdad es que no se ha variado el sistema. Sabemos que, para obtener su pensión de jubilación, el empleado público debe recurrir a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Ahí empieza la larga, grave y odiosa tramitación. Lo mismo ocurre en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, en la de Carabineros, en la de los Ferrocarriles del Estado, etcétera. El sistema de jubilaciones, que nada tiene que ver con el reajuste de las pensiones, a que se refiere el artículo 9º, no ha cambiado en absoluto. Lo dejo establecido, para que no se impresione a la gente dándole a entender lo contrario. Yo debo ayudar a mucha gente en estos trámites, y muchos colegas de la Democracia hacen lo propio, porque el sistema no ha cambiado. El señor ARAVENA (don Jorge).- Se está cambiando. El señor FUENTES (don Samuel).- El inciso primero del artículo 9º establece que, en el caso de los reajustes de cargo fiscal, el pago se efectuará previa dictación de la respectiva resolución ministerial, o sea, tampoco será automático. Por lo tanto, el inciso segundo no es sino un "volador de luces". Estoy seguro de que pasarán los 120 días y no será dictado el decreto para ordenar el pago de los reajustes de cargo fiscal. Eso lo he comprobado a través de todas las cajas de previsión. En el curso del año, ojalá tengamos oportunidad de ver, junto con el señor Diputado informante, cómo se va a ir pagando a los jubilados el reajuste de cargo fiscal. Creo que el pago no tendrá ninguna aceleración, porque como ha dicho el Honorable colega señor Silva Ulloa, el proyecto no establece ninguna sanción para el funcionario que no cumpla con esta disposición. Nada más. El señor ISLA (Vicepresidente).- Honorable señor Irureta, el Honorable señor Sota le solicita una interrupción. El señor IRURETA.- Se la concedo con todo gusto. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Sota. El señor SOTA.- Señor Presidente, lamento que no esté presente en la Sala el Honorable colega señor Rioseco, quien, al discutirse este artículo en la Comisión, creyó oportuno rendir homenaje a los funcionarios, cuyos nombres, desgraciadamente no recuerdo en este instante, que fueron los autores de las reformas administrativas que, a juicio del Honorable señor Rioseco, permiten tramitar con extraordinaria celeridad el pago de los reajustes a que se refiere el artículo 9º. Creo que las aprensiones de los Honorables colegas del Partido Radical y del Partido Socialista quedan suficientemente desvanecidas por los elogios que un Diputado radical tributó a la celeridad con que se está procediendo en esta materia. El señor FUENTES (don Samuel).- Se refirió a otra cosa. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Al Honorable señor Fuentes la pasaron una guitarra, pero no sabía la letra de la canción... El señor ARAVENA (don Jorge).- ¿ Por qué no dice el Honorable señor Fuentes cómo fue ese homenaje? El señor FUENTES (don Samuel).- Lo puedo explicar, si se me concede tiempo. El señor ISLA (Vicepresidente).- Ruego a los Honorables Diputados no entrabar la intervención del señor Diputado informante. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, solicito una interrupción. El señor ISLA (Vicepresidente).- Honorable señor Irureta, el Honorable señor Fuentes le solicita una interrupción. El señor IRURETA.- Se la concedo con todo gusto. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Fuentes. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, el homenaje se rindió al señor Floreal Toledo, Jefe del Departamento de Pensiones del Ministerio de Hacienda, porque él efectivamente, tramita con celeridad los decretos. Pero, de ahí, a que el decreto pase a la Contraloría, llegue a la Tesorería y -para ser claro y preciso- se logre que la Caja Nacional de Empleados Públicos pague, transcurre mucho tiempo. Como lo he podido comprobar personalmente, hay necesidad de intervenir para que esta Caja efectúe el pago. No lo hace automáticamente. Si, en este instante, fuéramos a controlar el Departamento de Pensiones de la Caja, nos encontraríamos con la desagradable sorpresa de que hay montepíos y reajustes del año pasado todavía no los ha pagado, pese a que la resolución salió hace meses del Departamento de Pensiones del Ministerio de Hacienda. Eso es todo. El señor ARAVENA (don Jorge).- ¿A qué atribuye esto Su Señoría? El señor FUENTES (don Samuel).- A que el Gobierno no paga la deuda que tiene con la Caja. El señor SOTA.- Esa deuda es herencia de Gobiernos pasados. El señor ARAVENA (don Jorge).- El mal viene desde antes. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- La ley que dictaron los radicales es mala. El señor ISLA (Vicepresidente).- Honorable señor Valenzuela Valderrama, ruego a Su Señoría no entrabar la exposición del señor Diputado informante. El señor IRURETA.- Señor Presidente, el artículo 11 establece que la asignación familiar se reajustará, a contar del 1º de enero de 1966, en un 30%. Quedará beneficiado con este reajuste el personal de empleados y obreros del sector público que se pague directamente por el Fisco o por los servicios a que se refiere este título, siempre que su monto no se determine de acuerdo con la ley Nº 7. 295, relativa a los empleados particulares, o del decreto con fuerza de ley Nº 425, de 1953, relacionado con la asignación familiar que opera a través del Servicio de Seguro Social. El inciso segundo del artículo 11 expresa que los pensionados del sector público tendrán derecho al mismo reajuste de la asignación familiar a que se refiere el inciso anterior y a contar también del 1? de enero de 1966. El inciso tercero del artículo 11 expresa: "Al reajuste de la asignación familiar de los empleados y obreros municipales se imputará el que ya hubieren aplicado en el presente año las Municipalidades a su personal, en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 60 de la ley Nº 11. 469, sobre Estatuto de los Empleados Municipales de la República y en el artículo 110 de la ley Nº 11. 860, sobre Organización y Atribuciones de las Municipalidades. Según el artículo 12, "para los efectos de lo dispuesto en los artículos 46 de la ley Nº 8. 282; 74 del decreto con fuerza de ley Nº 256, de 1953, y 59 y 60 del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960" -disposiciones que establecen el beneficio relativo a los quinquenios- "se declara que los funcionarios en actual servicio de la Administración Pública que hubieren ascendido o asciendan estando gozando de alguno de los beneficios indicados en los artículos citados, no perderán por el ascenso el derecho al sueldo del grado superior, con la limitación establecida en las disposiciones legales referidas. " El otro inciso del artículo 12 expresa: "Agrégase, en el inciso segundo del artículo 1º del D. F. L. Nº 68, de 1960, después "de la asignación familiar", la frase "el sueldo del grado superior". Esta disposición se refiere a la renta tope, de la cual están excluidas diversas remuneraciones de otro orden, entre ellas la asignación familiar; de acuerdo con este proyecto de ley, quedará también excluido el sueldo del grado superior. Los artículos 13, 14, 15 y 16 se relacionan con el reajuste de que gozará el personal de la Empresa Portuaria de Chile. Para los efectos de hacer aplicable el aumento que beneficiará a este personal este proyecto propone diversas modificaciones al artículo 7º de la ley 16. 250, contenidas en las letras a), b), c) del artículo 13. La letra a) establece un reajuste del 30% para el personal de la Empresa Portuaria de Chile afecto a diversas disposiciones legales vigentes que conciernen al personal de dicha Empresa. La letra b) otorga un reajuste de un 19 % para otra parte del personal; la letra c) concede un reajuste de un 15 % al personal mencionado en ella en relación con el párrafo primero del artículo 2º del decreto supremo de Hacienda Nº 4. 467, de 12 de junio de 1956. En el debate en particular del proyecto tendremos ocasión de explicar a la Cámara el contenido de la totalidad de las disposiciones legales comprendidas en las letras a), b) y c) de éste y otros artículos que se refieren a la Empresa Portuaria de Chile. El artículo 14, dice: "Las plantas permanentes y suplementarias del personal de la Empresa Portuaria de Chile y los encasillamientos y escalafones que se establezcan en virtud del artículo 34 de la ley Nº 15. 702, regirán desde las fechas que se señalan en el decreto supremo respectivo. Las remuneraciones imponibles que en definitiva corresponden a este personal, se reajustarán con el porcentaje que señala esta ley, a contar desde el 1º de enero de 1966". El inciso segundo dispone: "Intertanto se establecen las plantas permanentes y suplementarias referidas, se autoriza al Director de la Empresa Portuaria de Chile para que pague al personal de empleados, en calidad de anticipo, el reajuste a que se refiere esta ley sobre las remuneraciones imponibles vigentes al 31 de diciembre de 1965". A la Comisión de Hacienda de la Honorable Cámara se le ha informado que las plantas permanentes y suplementarias están próximas a ser aplicadas, porque su estudio está prácticamente terminado. En todo caso, el Gobierno ha querido poner al personal a resguardo contra cualquier demora imprevisible, que pudiera tardar el pago del reajuste a que, en virtud de la presente ley, tendrá derecho. Por lo tanto, se autoriza al Director de la Empresa para que pague, en calidad de anticipo, los reajustes que este proyecto de ley confiere. El artículo 15 establece que el Director de la Empresa Portuaria de Chile sólo podrá contratar personal de obreros con autorización previa del Presidente de la República, otorgada por decreto supremo. El artículo 16 dispone que "el Director de la Empresa Portuaria de Chile no podrá conceder aumentos de remuneraciones, ni crear nuevos cargos o ampliar las dotaciones existentes, ni variar el sistema de ajuste de jornales de todos o de uno de los sectores de los obreros de dicho organismo autónomo del Estado, sin previa autorización del Presidente de la República otorgada por decreto supremo". El artículo 17 se refiere a los profesores. Establece que "la asignación de título creada en el artículo 2° de la ley Nº 15. 263, de 12 de septiembre de 1963, para el personal titulado de las plantas docentes del Ministerio de Educación Pública y para el personal remunerado por horas de clases y cátedras, será de un 25% a contar del 1º de julio de 1966". Debo hacer presente a la Honorable Cámara que en la actualidad esta asignación es del 18%. El inciso segundo de este artículo expresa: "El valor de las horas de clases se reajustará, a contar del 1º de enero de 1966, en un 22% y no se le aplicará los artículos 1º y 2° de la presente ley". Se refiere a los reajustes del 25% y 15%, respectivamente. El inciso final de este mismo artículo dice así: "El porcentaje de reajuste al personal docente dependiente del Ministerio de Educación Pública se aplicará separadamente a los cargos compatibles". En la Comisión de Hacienda llamó la atención la aplicación de este porcentaje del 22%. Ante las preguntas formuladas por algunos señores Diputados, se explicó que se había fijado, previa consulta o discusión con los funcionarios correspondientes del Ministerio de Educación Pública y con los dirigentes de la confederación del gremio, porque, de acuerdo con las remuneraciones que gana actualmente el profesado, en la práctica era extraordinariamente difícil aplicar reajustes del 25% y 15%. De tal modo que el 22% es un término medio entre el 25 y el 15%. Se dejó constancia, eso sí, de que esta dificultad en la aplicación material del reajuste al valor de las horas de clase del profesorado podría dar lugar a pequeños perjuicios, que los miembros de la Comisión, especialmente el Honorable señor Rioseco, estuvieron contestes en declarar que eran prácticamente insalvables. El señor GODOY URRUTIA.- Señor Presidente, solicito una interrupción. El señor ISLA (Vicepresidente).- Honorable señor Irureta, el Honorable señor Godoy Urrutia le solicita una interrupción. El señor IRURETA.- Con mucho gusto. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Godoy Urrutia. El señor GODOY URRUTIA.- Señor Presidente, pensaba que íbamos a escuchar al comienzo de la exposición del Honorable colega informante, algunos antecedentes más respecto al conjunto del proyecto de reajuste por la importancia que tiene para tanta gente que vive de un sueldo o de un salario. Me referiré concretamente al artículo cuya lectura acabamos de oír para preguntar si la Comisión no pudo haber establecido el aumento de la asignación de título, a partir del 1º de enero del presente año. Lo digo porque los profesores pagados por hora, que son la mayoría de los que trabajan en enseñanza secundaria, técnica, superior, etcétera, reúnen por la cantidad de horas de clase que dictan y de acuerdo a la forma como se les remunera, una suma global que casi siempre pasa de los tres sueldos vitales. Particularmente ocurre con aquéllos que tienen más años de trabajo y, por consiguiente, mayor cantidad de trienios. El hecho de que esos educadores ganen tres sueldos vitales -que ascienden a poco más de 700 escudos- no constituye ningún privilegio y, en cambio, sabemos que por esta circunstancia no tendrán derecho a reajuste del 25 % sino del 15%. El señor IRURETA.- El 22%, Honorable colega. El señor GODOY URRUTIA.- ¿El 22%? Tiene importancia hacer esta aclaración, señor Presidente, porque muchos están preguntando acerca de la situación que se crea al magisterio con medidas como ésta. Ya se vio el año pasado, por ejemplo, que el aplicar el aumento de remuneraciones parcialmente, priva de él a gran parte de los trabajadores durante un período muy importante del año en que se aplican los reajustes, que se calculan a base de un promedio que todos sabemos -hay consenso de ello en la Honorable Cámara- no corresponde al alza real del costo de la vida. Quiero consultar al Diputado informante si en la Comisión se formuló alguna indicación que elevara el valor de las asignaciones de título a partir del 1? de enero de este año. Eso es, concretamente, lo que deseo consultarle, Honorable colega. El señor ISLA (Vicepresidente).- Puede continuar Su Señoría. El señor IRURETA.- En primer lugar, el Honorable colega Godoy Urrutia comenzó lamentando el no haber escuchado, de parte del Diputado informante, algunos antecedentes que él esperaba se dieran al iniciar el informe. Quiero manifestar a la Honorable Cámara que considero más práctico, y menos demoroso, que cualquier antecedente que se requiera o se entienda omitido por el Diputado informante, lo solicite cada Diputado en el momento en que lo estime conveniente. Así no alargaremos innecesariamente la exposición y mantendremos un orden más lógico en el estudio del proyecto. En cuanto al promedio, vuelvo a insistir en que no habrá para el magisterio un reajuste de un 25% ni de un 15%, y que aquellos que, de acuerdo con el inciso segundo del artículo 1°, hubieren tenido derecho sólo al 15% de reajuste, serán beneficiados con un 22%. La verdad es que un porcentaje de profesores, según el artículo 1º, hubiera tenido derecho a percibir un reajuste del 25%. Ellos resultarán perjudicados con este porcentaje del 22%, pero serán en una cantidad mínima, según los estudios realizados por la Comisión, ya que al respecto se consultó al Ministerio de Educación Pública y a la FEDECH, estando ambas instituciones de acuerdo con la fórmula a que se llegó. Vuelvo a insistir en que los Honorables colegas que deseen formular alguna consulta lo hagan, para proporcionarles los antecedentes que requieran. En cuanto a la última consulta del Honorable señor Godoy, acerca de si hubo indicación para que estas asignaciones de título rigieran desde el 1º de enero, debo expresar que la hubo, pero fue rechazada, y no sólo eso sino que... El señor ISLA (Vicepresidente).- ¿Me excusa, Honorable Diputado? Por haber llegado la hora de término de la sesión, se levanta. -Se levantó la sesión a las 16 horas. Javier Palominos Gálvez, Jefe de la Redacción de Sesiones.