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El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En conformidad con el objeto de la presente sesión, corresponde tratar el proyecto que reajusta las remuneraciones del personal de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile.
Diputados informantes de las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda son los Honorables señores Isla y Eduardo Cerda, respectivamente.
El proyecto está impreso en el boletín Nº 10.510.
(Los informes de las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda aparecen entre los Documentos de la Cuenta de este boletín de sesiones).
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
El señor ISLA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional.
El señor ISLA.-
Señor Presidente, la Comisión de Defensa Nacional, a la cual pertenezco, me ha hecho el honor de nombrarme Diputado informante de este proyecto.
Ante todo, deseo manifestar a la Honorable Cámara que la Comisión trabajó en colaboración con el señor Ministro de Defensa Nacional; los Subsecretarios de Guerra, Marina y Aviación; el Director de Impuestos Internos; el Jefe del Departamento de Compraventas de esa institución, don Luis Illanes; el Superintendente de Bancos; el General de Carabineros don Augusto Sobarzo Rebolledo; el Abogado-Jefe de ese servicio, don Gustavo Rojas Rubio; el Asesor del Banco Central, señor Ricardo French; y el Coronel don Waldo Ramírez.
En realidad, parece innecesario referirse a la justicia de esta iniciativa del Supremo Gobierno.
Hay conciencia pública acerca de la labor fundamental que las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros de Chile desempeñan y han desempeñado en el curso de la historia de nuestro país.
Las primeras nos dieron independencia y han sido las sostenedoras de nuestras instituciones democráticas. Ahora, a tono con los tiempos nuevos, desarrollan labores cívicas que contribuyen al progreso de Chile, como el Servicio Militar del Trabajo o la construcción de escuelas en que está empeñado el Supremo Gobierno.
¿Y qué decir de los integrantes del Cuerpo de Carabineros? Ellos son los guardianes heroicos, anónimos y abnegados de la vida, la seguridad y la tranquilidad de los hogares de Chile.
Por eso, en cada oportunidad en que el pueblo está presente, ambas instituciones reciben el cariño y la adhesión del chileno común.
Esta iniciativa beneficia a 62.479 ciudadanos, integrantes de la Defensa Nacional y del Cuerpo de Carabineros de Chile: 5.459 oficiales; 54.725 suboficiales, clases y tropa; y 2.295 empleados civiles.
La verdad es que, si se lo analiza detenidamente, se ve que este proyecto no es propiamente de reajuste de sueldos, sino, como lo dice el Ejecutivo en su mensaje, un esfuerzo destinado a reparar una antigua y tradicional situación de injusticia y postergación económica a que han sido sometidos los servidores de las Fuerzas Armadas y de Carabineros a través de diversas leyes.
Me atrevo a afirmar, en nombre de la Comisión, que las leyes orgánicas de estas instituciones, sobre todo el decreto con fuerza de ley Nº 129, de 1960, sobre clasificación, nombramientos, ascensos y calificación del personal de las Fuerzas Armadas, han hecho crisis. Por lo tanto, es necesario revisar y ordenar sus disposiciones, a fin de resolver problemas que se arrastran desde hace mucho tiempo y mantienen a los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, especialmente a los primeros, en una "dorada pobreza", como ellos la llaman en la intimidad. Insisto, pues, en que, más que a dar un reajuste de sueldos, la iniciativa del Gobierno tiende, como lo afirma repetidamente el mensaje, a ordenar y a remozar esta antigua legislación, para ponerla a tono con los tiempos actuales.
Por eso, me voy a referir, en primer lugar, al artículo 13 del proyecto. Esta disposición se basa en el artículo 72 de la Constitución Política del Estado, que prescribe: "Son atribuciones especiales del Presidente:
"13ª.- Disponer de las fuerzas de mar y tierra, organizarías y distribuirlas según lo hallare por conveniente".
Como lo han hecho leyes anteriores, el artículo 13 faculta al Presidente de la República para efectuar el ordenamiento a que me he referido. Dice:
"Autorízase al Presidente de la República para que dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, proceda a:
"1.- Establecer el régimen de remuneraciones del personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros de Chile que será aplicable a contar de 1967, modificando o derogando disposiciones vigentes sobre la materia.
"La aplicación de este número no podrá significar disminución de las remuneraciones del personal en servicio.
"2.- Modificar el D.F.L. Nº 129, de 1960, sobre Clasificación, Nombramientos, Ascensos y Calificación del personal de las Fuerzas Armadas.
"3.- Modificar el régimen de retiro y montepío del personal afecto a las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile, en cuanto a:
"a) Determinar el personal afecto a esos regímenes.
"b) Elevar los límites de tiempos necesarios para obtener pensión de retiro, no pudiendo dichos límites ser superiores a 20 años".
Hago constar que, en esta letra, la Comisión de Hacienda fijó el mínimo de 20 años para que los servidores de las Fuerzas Armadas puedan retirarse del servicio.
"c) Determinar y modificar los actuales regímenes de montepío".
Esta autorización se debe a que la práctica de muchos años ha demostrado que el sistema de montepíos vigente se ha prestado a abusos que es necesario corregir.
"d) Modificar las leyes Nºs 8.895 y 9.071, de desahucio para las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile.
"El ejercicio de esta facultad no afectará las pensiones concedidas o ya iniciadas a la fecha de vigencia del correspondiente D.F.L.
"4.- Modificar el D.F.L. Nº 98, de 3 de marzo de 1960, que fijó las plantas permanentes de oficiales y de empleados civiles de las Fuerzas Armadas y de las Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional y sus posteriores modificaciones".
Como se puede ver, este artículo da al Presidente de la República las herramientas necesarias para hacer un ordenamiento legal, a fin de poner a tono con los tiempos actuales la marcha de las distintas ramas de la Defensa Nacional y de Carabineros.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, el Honorable señor Aguilera le solicita una interrupción.
El señor ISLA.-
Se la concedo con mucho agrado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, he escuchado con mucha atención las explicaciones del señor Diputado informante sobre el artículo 13, que faculta a Su Excelencia el Presidente de la República para corregir los regímenes provisionales de las Fuerzas Armadas y de Carabineros.
Los socialistas estamos perfectamente de acuerdo en que debe agilizarse el pago de las pensiones. Los Diputados de provincias hemos observado que el personal acogido a retiro obtiene las jubilaciones al cabo de 13 ó 14 meses.
Aprovecho la presencia del señor Ministro de Defensa Nacional, para pedir que se establezca perentoriamente que los desahucios deberán pagarse en el plazo máximo de 60 días, porque en la actualidad se están pagando después de 14 ó 16 meses.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Isla.
El señor ISLA.-
Señor Presidente, en relación con la observación que formuló nuestro colega, la verdad es que el señor Ministro de Defensa Nacional y los asesores del Gobierno tuvieron presente este problema y precisamente este proyecto sobre reajuste de remuneraciones de este personal tiende a obviarlo. Porque se tiene conciencia de que existen problemas, hay interés por resolverlos.
También son finalidades de este proyecto agilizar la labor de los institutos armados, al postergar la fecha de retiro de sus personales, y actualizar diversas disposiciones legales con el objeto de poner más a tono con estos tiempos el sistema de desahucios, retiros y calificaciones de estos servidores. Esto permitirá reducir el éxodo de los funcionarios, que es uno de los grandes problemas de las Fuerzas Armadas y otorgar los desahucios en su debida oportunidad.
Este proyecto, según el pensamiento del Gobierno dado a conocer en la exposición que se hizo en la Comisión de Defensa Nacional, pretende modernizar el funcionamiento de los institutos armados y del Cuerpo de Carabineros y, al mismo tiempo, como explicaré más adelante, hacer justicia a los funcionarios en servicio activo y a los pensionados. Estos últimos, que han servido en el Ejército, la Marina, la Aviación o Carabineros, están considerados particularmente en esta iniciativa legal.
En cuanto a las aspiraciones de estos personales, el Ejecutivo estima que en este momento no es factible satisfacerlas totalmente. Por eso, ha propuesto una serie de disposiciones para corregir, en forma bastante apreciable, estos problemas cuya solución se posterga desde hace mucho tiempo.
Este proyecto de ley, a través de varios artículos a los cuales, naturalmente, no me referiré en detalle, mejora las condiciones económicas de los trabajadores de las Fuerzas Armadas y Carabineros y de los pensionados, concediéndoles un reajuste de sus remuneraciones y pensiones.
¿Qué medidas se proponen para este efecto? En primer lugar, otorgar un reajuste del 25% sobre los sueldos bases y los quinquenios de los funcionarios en servicio activo de las Fuerzas Armadas y Carabineros; y un reajuste de un 25% para las pensiones de los jubilados de estas instituciones; además, conceder una bonificación, que se ha denominado de permanencia, de un 13%, lo que suma en total un 38% de reajuste. La bonificación está exenta del pago de imposiciones previsionales y de todo gravamen o impuesto, con la sola excepción...
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor ISLA.-
Una vez que termine este punto, con todo agrado.
Con la sola excepción, decía, del impuesto a la renta. De este modo, al personal en servicio activo y a los jubilados que gocen de pensión íntegra o que acrediten 30 años válidos para el retiro se les reajustarán sus remuneraciones en un 38% durante los años 1967, 1968 y 1969.
Le concedo una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, quería rectificar una parte de lo expresado por el señor Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional, en el sentido de que el reajuste otorgado por intermedio de este proyecto de ley, que es de un 25% de los sueldos bases y quinquenios más un 13% de bonificación de permanencia. No es de un 38% en total, sino de un 41,25%, porque al sueldo reajustado en un 25% se le aplica la bonificación, que equivale entonces a un 16,25%, lo cual hace un total de un 41,25%.
Muchas gracias.
El señor ISLA.-
Me alegro mucho de la observación del Honorable colega, porque ello significa mejorar aún más las condiciones en que viven estos servidores.
Sigo el informe de este proyecto.
El artículo 3º establece que esta bonificación "no podrá ser inferior a Eº 100 mensuales para el personal de Oficiales y de empleados civiles de nombramiento supremo". Esta disposición fue objeto de modificación en la Comisión de Defensa Nacional, la cual incluyó en la bonificación de Eº 100 a los servidores civiles de nombramiento supremo, conservando una de Eº 50 mensuales para el resto del personal de empleados civiles, suboficiales, clases y soldados del Ejército y sus equivalentes de la Armada, Fuerza Aérea y Carabineros de Chile, incluidos los grumetes de la Armada.
Asimismo, de lo que acabo de exponer se desprende que este proyecto también beneficia al personal jubilado de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Y la verdad es que, tal como se dijo en la Comisión de Defensa Nacional, ésta es preocupación fundamental del Gobierno. Más aún, sé que, además de la modificación que aclara el artículo referente a la bonificación de permanencia para los jubilados de estas instituciones, la Comisión de Hacienda también aprobó, por iniciativa del Ejecutivo y a insinuación del Presidente de la Cámara, una indicación que favorece a otro sector de pensionados que aspiraba a una mejoría de sus actuales condiciones, que son "deficitarias" en relación con las de los demás servidores del Estado. . .
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Isla, el Honorable señor Aguilera le solicita una interrupción.
El señor ISLA.-
Con mucho gusto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, respecto a lo que se informa deseo saber en qué situación se deja al personal no nivelado de las Fuerzas Armadas. Tengo en mi poder una nota de los Carabineros no nivelados de La Serena. Según ella, un Vicesargento 1º gana 167 escudos; en cambio, un Vicesargento 1° nivelado gana 597 escudos. Por eso, me interesa saber si este personal que gana tan poco será considerado en alguna medida en la bonificación propuesta.
El señor ISLA.-
En realidad, la letra del actual proyecto expresa que tendrán derecho a dicha bonificación aquellos pensionados que tengan 30 años de servicios efectivos o bien aquéllos que acrediten 30 años válidos para el retiro en estos institutos armados.
El señor AGUILERA-
Muchas gracias.
El señor ISLA.-
Como decía, a insinuación del Presidente de la República y también del Presidente de la Cámara, se ha introducido una disposición que significa hacer justicia a los jubilados de estos servicios, quienes están en situación económica realmente deprimente respecto de aquéllos en servicio activo.
El texto aprobado por la Comisión de Hacienda dice:
"Artículo...- A contar desde la publicación de la presente ley, el personal en retiro de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, con goce de pensión a la fecha de vigencia de la ley Nº 15.575, tendrá derecho a incorporar a su respectiva pensión, la diferencia de aumentos quinquenales establecida en el artículo 6º de dicha ley siempre que acredite 30 o más años válidos para el retiro. Esta diferencia será percibida en la siguiente forma: 10% de ella el año 1966; 30% a contar del 1º de enero de 1967; 50% a contar del 1º de enero de 1968; 75% a contar desde el 1º de enero de 1969, y 100% a contar desde el 1º de enero de 1970.
El mayor gasto que demande la aplicación de este artículo, por el presente año, será con cargo a los recursos contemplados en la presente ley".
En realidad, este artículo nuevo hace justicia, si no a todos, por lo menos a un número muy importante de jubilados de las Fuerzas Armadas y Carabineros, que esperaban una iniciativa legal de esta naturaleza.
Es sabido, como se expresó en la Comisión de Defensa Nacional, que en virtud de la ley Nº 15.575 existe una diferencia en materia de quinquenios entre el personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros en servicio activo y los pensionados pertenecientes a los mismos institutos. En efecto, los primeros están regidos, según la ley antes mencionada, por un régimen de quinquenios de categoría superior, al que se aplica para los pensionados.
Como decía al comienzo de mi informe, varias disposiciones reparan, aunque sea de una manera parcial, muchas de las injusticias a que están sometidos esos hombres que pertenecieron al servicio activo de las Fuerzas Armadas y Carabineros, y en todo caso significan un avance muy importante.
Así, se podrían señalar, por ejemplo, preceptos que corrigen situaciones de menoscabo en que se encuentran estos personales, como el artículo 8º, el cual dice que "el aporte para el pago de la bonificación señalada en el artículo 17 de la ley Nº 16.258 será de cargo fiscal a partir del 1º de enero de 1966"; el artículo 11, referente a FAMAE, por el que se suprime en el artículo 23 de la ley Nº 12.428, de 19 de enero de 1957, la expresión "del Personal Civil", para que, en definitiva, éste quede incorporado al régimen de las Fuerzas Armadas y, por lo tanto, en condiciones más favorables que aquéllas en que se encuentra en la actualidad.
De acuerdo con los estudios realizados en la Comisión de Defensa Nacional, y no entraré en mayores detalles porque el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda tendrá oportunidad de referirse a esta materia, este proyecto representa un mayor gasto de Eº 194.419.175.
Estos recursos se obtienen de dos rubros principales de financiamiento. En primer lugar, de un impuesto sobre el monto de las operaciones de crédito no reajustables, otorgadas o que se otorguen en moneda corriente por los Bancos comerciales y el Banco del Estado de Chile, impuesto que también se aplicará a las renovaciones de estas operaciones comerciales. En la Comisión hubo un debate respecto de esta fuente de financiamiento. Se estimó necesaria la presencia del señor Superintendente de Bancos, de un representante del Ministerio de Hacienda y de un representante del Banco Central, con el objeto de estudiar la posibilidad de desplazar el gravamen de este impuesto directo, que recaía sobre el ciudadano común, esto es, la persona que solicite el préstamo, hacia los mismos Bancos, con cargo al interés que cobran sobre las operaciones comerciales, en definitiva, sobre sus propias utilidades, idea que fue aprobada.
En la Comisión se dieron algunas cifras, que deseo entregar a la consideración de la Honorable Cámara. La tasa del impuesto es, en promedio, del 3,2% anual, en tanto que el interés bancario es de 19,03. Y las utilidades de los Bancos fueron, aproximadamente, 21 millones de escudos en 1964; y 32 millones de escudos, en 1965. El impuesto debe tener un rendimiento aproximado de 60 millones de escudos. Por otra parte, se estableció en la Comisión que la incidencia de este nuevo impuesto en el costo de la vida, cuyo aumento este año, de acuerdo con las pautas, los programas y los planes trazados por el Gobierno, no pasará más allá del 15%, será del 0,3%. El costo total que representa el proyecto es de 194 millones de escudos, cuya incidencia en el alza del costo de la vida será sólo del 1%.
Como Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional, no deseo extenderme mayormente sobre el financiamiento del proyecto. Pero me interesa observar que el criterio de esta Comisión respecto al destinatario del impuesto sobre el monto de las operaciones de crédito no reajustables fue modificado en la de Hacienda, que restableció la idea original del Ejecutivo, en el sentido de que este impuesto fuera de cargo del beneficiado por la operación bancaria, y no de los Bancos.
Por último, a juicio de la Comisión de Defensa Nacional -y en esto coincide con los términos del Mensaje- este proyecto hace justicia a los personales en servicio activo y en retiro de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros. En efecto, aun cuando tenemos la convicción de que esto no es la panacea que ellos desean y reclaman, significa, en todo caso, como dije al comienzo, más que un reajuste de remuneraciones, un paso adelante, que esperamos que no sea el último, a fin de mejorar las condiciones de vida de estos servidores cuya existencia es fundamental en cualquier Gobierno, como todos sabemos, para mantener el orden en el interior y preservar la seguridad del país contra amenazas desde el exterior.
Es cuanto quería decir, señor Presidente.
La señora DIP.-
Pido la palabra.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda, quien goza de preferencia.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, me corresponde informar el proyecto de reajuste de las Fuerzas Armadas y Carabineros, en representación de la Comisión de Hacienda.
Esta Comisión contó con el concurso de los señores Ministros de Hacienda y de Defensa Nacional; de los Subsecretarios de Guerra, Marina y Aviación; del señor Director General de Impuestos Internos; de los señores" Luis Planes, Jefe del Departamento de Compraventas, y Gilberto Urrutia, funcionario de la misma repartición; y de representantes del Banco Central. Asimismo, contó con la presencia de los asesores de la Subsecretaría de Guerra, General Sobarzo y Teniente Coronel Carlos Mora; y del Auditor señor Gustavo Reyes, de Carabineros de Chile. Se escuchó a diversas delegaciones, entre ellas, a representantes de la Cámara del Vino y de la Unión de Obreros de ASMAR".
Debo recalcar, en primer lugar, la importancia que tiene para nosotros este reajuste, que representa un nuevo trato para las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile.
Sobre el papel que, en nuestra vida de nación pacífica, amante de la paz y del derecho, desempeñan nuestras Fuerzas Armadas, el país, sin distinciones ni diferencias de estos tratos sociales o económicos, tiene su juicio formado
Yo diría que no hay un solo chileno, de corazón bien puesto, que no sienta el mayor orgullo y respeto por ellas. Forman en sus filas hombres de bien, conscientes de sus deberes y tradiciones heroicas, dedicados por entero al estricto ejercicio profesional, respetuosos de la ley y de las autoridades que emanan de la voluntad soberana del pueblo. Esto las ha hecho acreedoras no sólo a nuestro orgullo de chilenos, sino también a la admiración de los pueblos del mundo. ¡Con cuánta frecuencia y satisfacción nos imponemos de que nuestros militares, marinos y aviadores, enviados a seguir cursos de perfeccionamiento profesional a otros países, obtienen las más altas calificaciones y distinciones! De regreso, todo se resume en una frase: "'¡Misión cumplida!".
¡Cuántas y cuántas pruebas hay del valor y arrojo temerario de estos hombres, que ni aun cuando disfrutan de las horas de solaz dejan de ser soldados! Al reconocimiento de sus actos heroicos, sólo unas palabras: ¡Cumplí con mí deber!
¡Cómo van a olvidar los hombres, mujeres y niños conmovidos por los trágicos terremotos de mayo de 1960 y marzo de 1965, la abnegación, la solicitud, el empuje de los hombres de armas que llegaron a cubrir la emergencia de los sismos! Los primeros en el rudo trabajo y los últimos en acogerse al descanso reparador, lejos de su propios hogares, sirviendo a la Patria en las familias que quedaron sin hogar.
¡Cómo olvidar, señor Presidente, por el Diputado que habla, ese instante, tan pleno de contenido, cuando el pueblo de La Ligua, reunido en masa en la Plaza de Armas, en la hora de decir adiós, entre las sombras que proyectaban las ruinas, rindió su emocionado homenaje de gratitud a los militares que trabajaron arduamente! Cada uno de esos soldados, desde el Mayor hasta el de menor graduación, guarda hoy un diploma en el que la comunidad le expresa su reconocimiento imperecedero, que le recordará su presencia y su aporte en las tareas de la emergencia. A la hora de rendir la cuenta, sólo una frase breve: "¡ Misión cumplida!".
Es que, señor Presidente, el pueblo está en nuestras Fuerzas Armadas, y ellas tienen conciencia de que representan los valores del pueblo chileno. Por eso, lo que atañe a ellas, a la nacionalidad atañe; y los dolores y quebrantos de la comunidad calan hondo en nuestros hombres de armas.
¡Qué podría agregar a lo dicho, que no fuese aplicable al Cuerpo de Carabineros, del que más de un país hermano ha pedido instructores para organizar, sobre las bases del nuestro, su cuerpo policial!
Sus mártires en el cumplimiento del deber llenan de gloria y emoción los anales del Cuerpo, que, con su lema de "Orden y Patria", ha llevado la seguridad y tranquilidad a los habitantes de las más apartadas regiones, cautelando la soberanía del país en los lugares más inhóspitos del territorio nacional
Hoy nos corresponde, como legisladores que, en otro orden, también representamos al pueblo, hacer justicia a los señores oficiales, suboficiales y clases, a fin de que, junto a sus familiares, puedan subsistir con la dignidad y el decoro de que son merecedores.
Este es el objeto del proyecto de reajuste de remuneraciones del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, que paso a analizar en los principales aspectos que han sido modificados por la Comisión de Hacienda.
La Comisión de Hacienda introdujo modificaciones en los diferentes artículos del proyecto. No me referiré a su articulado en general, porque ya lo hizo el señor Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional.
El artículo 4° del proyecto concede al personal con derecho a pensión íntegra o que acredite treinta años válidos para el retiro, el derecho a incorporar la bonificación de permanencia en su pensión de retiro, en la forma que se ha dicho. La Comisión acordó agregar expresamente al artículo las palabras: "o haya acreditado", para dar mayor claridad al precepto, con el objeto de que también goce de este beneficio el personal que ya hubiere acreditado tales circunstancias, para que no quedaren en desventaja aquéllos que se retiraron con anterioridad.
Asimismo, corrigió un error del Ejecutivo, ya que sólo se contemplaba la incorporación de la bonificación de permanencia en la pensión de retiro La Comisión acordó agregar, después de esta expresión, las palabras "o montepío", para que los montepiados queden incorporados al mismo derecho.
Además, en cuanto a los porcentajes de incorporación de dicha bonificación en la pensión de retiro o montepío durante los años 1967, 1968 y 1969, que el proyecto fijaba "en un 33% por cada año, hasta completar la totalidad de ella", acordó reemplazarlos, estableciendo que sería "en un 33% por cada uno de los dos primeros años y en un 34% en el tercero".
En el artículo 5º, en un inciso nuevo que se agrega, se hace una aclaración respecto del personal a jornal de la Defensa Nacional y de Carabineros a que se refiere, y se dice que éste "será imponente de la Caja respectiva".
En el artículo 7º se agrega un nuevo inciso, que faculta a los Consejos de las instituciones que en él se señalan "para modificar sus presupuestos, sin que sea necesario dictar decreto supremo para el cumplimiento de esta ley".
El artículo 10 del proyecto, que establece que "serán aplicables a las Fuerzas Armadas, de acuerdo con el régimen establecido en la ley Nº 15.593, las facultades, franquicias y liberaciones dispuestas en el artículo 63 de la ley Nº 16.406", es reemplazado por la Comisión de Hacienda por otro, que concede franquicias casi permanentes para adquirir a importar directamente para uso de las instituciones de la Defensa Nacional, automóviles, "jeeps", furgones, camiones, camionetas y cualquier otro tipo de vehículo que puedan necesitar. . .
El señor AGUILERA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con mucho gusto, Honorable Diputado
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, nos alegramos de que la Comisión de Hacienda haya considerado una antigua aspiración nuestra, en el sentido de que el Cuerpo de Carabineros, en especial, disponga permanentemente de "jeeps" o furgones, que reemplazarán al caballo y le permitirán agilizar el servicio. Incluso evitará, en muchos sectores, la construcción de nuevos retenes para Carabineros. Naturalmente, si, gracias a esta disposición, todas las Comisarías de las ciudades de 100.000 habitantes contaran con medios de locomoción rápida e incluso con medios eficaces de comunicación, creo sería un gran paso el que habría dado el Gobierno al agilizar en esta forma estos servicios. Sin embargo, esperamos que la internación de estos vehículos no vaya a ser exclusivamente en beneficio de Santiago, Valparaíso y Concepción, dado que estas grandes ciudades cuentan con más habitantes, y que las provincias, que tienen menos población, queden sin estos elementos.
Por eso, nosotros nos alegramos de que el Ejecutivo haya acogido estas indicaciones. Prueba de ello es el hecho de que los Diputados socialistas, esta tarde, estamos observando una conducta muy diferente de la que tuvimos cuando se discutió el proyecto de reajuste de los trabajadores. En ese caso, se trataba de un proyecto muy restringido y de escasos beneficios, a nuestro parecer. En cambio, esta iniciativa que favorece a las Fuerzas Armadas, como acotaba el Honorable señor Silva Ulloa, otorga un reajuste promedio de 41%, hecho del cual nos alegramos, porque sus sueldos eran muy bajos. Un Capitán de Ejército, con veinticinco años de servicios, no gana más de cuatrocientos escudos, no obstante que tiene que dar instrucción técnica a las personas destinadas a cuidar nuestras fronteras.
El Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional, Honorable señor Isla, ha sido muy claro en dejar entrever que éste es sólo un paso que se está dando, pues no alcanza a otorgar lo que en justicia merecen las Fuerzas Armadas.
Con respecto al planteamiento del Honorable señor Eduardo Cerda, sobre el artículo 10, deseamos señalar que lo votaremos favorablemente. Sin embargo, dejamos constancia de que la mayoría de los vehículos deben ir a provincia para reemplazar los actuales medios de movilización -todos los viejos caballos- con que cuenta Carabineros.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Cerda, don Eduardo.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Deseo hacer una aclaración. Estamos plenamente de acuerdo sobre la necesidad de dotar de vehículos al Cuerpo de Carabineros, pero es necesario dejar bien en claro que este proyecto sólo faculta en forma permanente a esa institución para importar vehículos, a fin de que no deba pedir la autorización por ley cada vez que requiera internar tales elementos. Ojalá -así todos lo deseamos- que Carabineros de Chile pueda contar luego con estos medios de locomoción en todo el país. Pero ahora no se dispone de ningún tipo de financiamiento para esas importaciones ; los recursos correspondientes deberán ser contemplados en el Presupuesto de la Nación cada año, de acuerdo con las disponibilidades del Gobierno.
Con esta disposición se evita que toda vez que se puedan importarse estos vehículos deba dictarse una ley especial.
Deseo destacar también que, durante la discusión de estos artículos y de sus modificaciones en la Comisión de Hacienda, reinó siempre, entre los representantes parlamentarios del Gobierno y de la Oposición, la mejor disposición y que todos contribuyeron en igual medida a mejorar el proyecto de ley.
Concedo una interrupción al señor Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional.
El señor ISLA.-
En forma muy breve, deseo hacer presente a nuestro Honorable colega que nosotros, como él, nos complacemos realmente de concordar en la apreciación de esta materia.
Y para rubricar lo que decía denantes, señalo que las cifras incuestionablemente, demuestran que este proyecto otorga un tratamiento distinto del dado al sector civil de la Administración Pública. Pero quiero recalcar que éste es un propósito deliberado del Gobierno, el cual tiene conciencia, como también los Honorables colegas -no me cabe duda- todos los miembros de la Comisión de Defensa Nacional, de la necesidad de mejorar la situación de un sector tan importante como el de las Fuerzas Armadas y de Carabineros que desempeña funciones tan fundamentales, delicadas y sacrificadas en la vida de un país. Como sistemáticamente los uniformados iban quedando postergados, hasta ahora, en los beneficios concedidos por distintas legislaciones, fue necesario darles un tratamiento especial, no discriminatorio, porque es de justicia, lo que se ha pretendido a través de este proyecto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Al artículo 12 se le ha formulado una indicación muy sencilla, que sólo aclara lo referente al sueldo vital.
El artículo 13 da facultades para modificar y fijar la organización, las plantas y sueldos del personal de las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile. En caso de que sea necesario, podremos dar las explicaciones pertinentes en la discusión particular.
Además, se agrega el siguiente inciso final: "No podrá innovar en cuanto al derecho de pensiones reajustables a que se refieren los artículos 21 y 43 del D.F.L. 209, ambos del año 1953, en sus disposiciones introducidas por el artículo 14 de la ley Nº 12.428, de 17 de enero de 1957".
También se agrega un inciso final al artículo 14, que dice: "Cuando la Contraloría General representare un decreto dentro de los últimos treinta días del plazo fijado en el artículo anterior o después de su vencimiento, el Presidente de la República podrá introducir las correcciones o modificaciones que sean pertinentes y enviarlo para su re tramitación dentro de los treinta días siguientes a su devolución".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Cerda, el Honorable señor Fuentes le solicita una interrupción.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con mucho gusto se la concedo, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, yo quería hacer mención, justamente, al artículo 13, por el cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República para que, dentro del plazo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, proceda a:
"1.- Establecer el régimen de remuneraciones del personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros de Chile, que será aplicable a contar de 1967, modificando o derogando disposiciones vigentes sobre la materia". En seguida, el número 3 le autoriza para:
"3.- Modificar el régimen de retiro y montepío del personal afecto a las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile, en cuanto a:
"a) Determinar el personal afecto a esos regímenes.
"b) Elevar los límites de tiempos necesarios para obtener pensión de retiro, no pudiendo dichos límites ser superiores a 20 años".
La Comisión de Hacienda ha hecho un agregado a estas disposiciones. Quiero saber si lo dispuesto en el nuevo inciso rige solamente para las personas que ya tienen pensiones reajustables o también para quienes las obtendrán en el futuro. Formulo esta pregunta, porque de acuerdo con estas facultades que se conceden al Presidente de la República, puede innovarse en el futuro el sistema de pensiones y montepíos reajustables.
Desearía aclarar bien esta situación por cuanto, en realidad, yo no recuerdo que, en alguna oportunidad anterior, se haya facultado al Presidente de la República para alterar sistemas de previsión; por el contrario, ha sido norma y costumbre hacerlo a través de una ley.
Durante el Gobierno pasado, el Presidente señor Alessandri también solicitó facultades extraordinarias para realizar la reforma previsional, sin obtenerlas. En este caso, yo creo que el Congreso Nacional debe conocer el criterio de Su Excelencia el Presidente de la República sobre esta materia.
He recibido algunas peticiones de montepiadas y pensionados, quienes tienen temor de estas facultades, pues, cada vez que hablamos de previsión y señalamos nuestro deseo de conceder mayores beneficios, de aumentar el monto de las asignaciones y otros, siempre recibimos la misma respuesta de parte de los Honorables colegas de la Democracia Cristiana : ya viene al Parlamento -lo cual corroboró aquí el señor Ministrodel Trabajo y Previsión Social, hace pocos días- un proyecto de ley reformatorio de todo el sistema previsional chileno, a fin de implantar un sistema único para empleados y obreros.
Por estas razones, yo quiero preguntar a los dos señores Diputados informantes, cuál es el verdadero alcance al artículo 13 del proyecto en debate, modificado por la Comisión de Hacienda. ¿Va a poder, efectivamente, el Presidente de la República modificar el régimen de retiro y montepío del personal afecto a las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile; determinar el personal afecto a esos regímenes; elevar los límites de tiempo necesarios para obtener pensión de retiro, no pudiendo dichos límites ser superiores a 20 años; y determinar y modificar los actuales regímenes de montepíos, etcétera?
Yo encuentro que estas facultades son muy amplias en esta materia.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara, a fin de que la Comisión de Hacienda pueda sesionar simultáneamente con la Corporación, para conocer la indicación suscrita por todos los señores Diputados, que requiere imprescindiblemente dicho trámite, y sin necesidad de citarla con la anticipación que el Reglamento prescribe.
Si le parece a la Honorable Cámara, así se acordará.
Acordado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, contestando la consulta formulada por el Honorable señor Fuentes, don Samuel, puedo expresarle que este Gobierno jamás pretenderá disminuir las conquistas sociales, menos en el caso de los montepiados. Jamás lo ha hecho y jamás lo hará. Una demostración clara del espíritu que lo anima se encuentra en la disposición que indicaré a continuación, la cual termina con la diferencia de los aumentos quinquenales. Así estamos corrigiendo un error del Gobierno anterior, el cual dividió al personal de las Fuerzas Armadas en dos categorías: los retirados antes de 1964 y los jubilados después de ese año. Ahora estamos subsanando injusticias cometidas en el pasado.
Por eso, nosotros jamás otorgaremos facultades que pudieran ser usadas en el sentido indicado por Su Señoría; además, tampoco existe en el actual Gobierno el ánimo de modificar lo que ya han obtenido muchas personas. Indudablemente, estas facultades no alteran la situación existente; ellas servirán para resolver, en el futuro, ciertas situaciones que se presentan en las Fuerzas Armadas, especialmente dentro del Ejército, y para evitar, como lo dijo el señor Ministro de Defensa Nacional, el retiro prematuro de muchos Oficiales, que abandonan la institución armada, debido a los sueldos muy bajos que perciben.
Señor Presidente, antes de continuar con mis observaciones, concedo una interrupción al Honorable señor Isla.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional.
El señor ISLA.-
Señor Presidente, para satisfacer la inquietud del Honorable señor Fuentes, don Samuel, celoso defensor de los pensionados, quiero decirle, a mayor abundamiento, que el inciso final del artículo 13 resuelve, expresamente, la consulta planteada, porque dice: "El ejercicio de esta facultad no afectará las pensiones concedidas o ya iniciadas a la fecha de vigencia del correspondiente D.F.L." y el decreto con fuerza de ley citado en esta disposición -y que Su Señoría conoce- es el Nº 129, de 1960, actualmente vigente.
El señor CERDA (don Eduardo).-
El artículo 14...
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Voy a terminar mis observaciones sobre el artículo 14 y, en seguida, le concedo la interrupción, con todo gusto.
Considero este artículo, que es iniciativa del Gobierno, de la má salta importancia para el personal en retiro de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Como el señor Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional ya lo leyó, sólo me cabe agregar, que él termina con la diferencia establecida por el artículo 6º de la ley Nº 15.575, disposición que, entre los jubilados uniformados es muy bien conocida.
Este proyecto trata de corregir ese error, la gran injusticia de esa disposición, modificando su texto en lo que se refiere a la exigencia de tener a lo menos 30 años de servicios efectivos en las respectivas instituciones para acogerse al aumento de quinquenios.
El artículo 6º de la ley Nº 15.575, dice: "Modifícanse, a contar desde el 1º de julio del presente año, los porcentajes fijados por cada cinco años de servicios efectivos, en el inciso 1° del artículo 1°, de la ley 12.428, por los siguientes: 1er. quinquenio, 30%; 2º aumento quinquenal, 30% ; 3er. aumento quinquenal, 20%; 4º aumento quinquenal, 20% ; 5º y siguientes, 15%, cada uno,..." los cuales reemplazarán a los anteriores que eran de 20%, 15%, 15%, 15%, disminuidos en un 30% a contar desde el segundo quinquenio.
Así, los retirados con 20 ó 25 años de servicios sólo tenían un abono de un 60% y uno jubilado después el ciento por ciento. En esa ocasión se les prometió corregir esta injusticia, lo cual jamás se hizo.
Tanto los pensionados de la Defensa Nacional como los de Carabineros saben nuestros deseos de solucionar esa discriminación en forma total; sin embargo, todo no se puede hacer inmediatamente, por falta de recursos. Entonces, las diferencias resultantes de esta nivelación se percibirán en forma progresiva, hasta completar el ciento por ciento en 1970.
En 1966 el aumento será de un 10% en 1967, de 30% en 1968, de un 50%; en 1969, será del 75% ; y en 1970 llegará al ciento por ciento.
O sea, durante el Gobierno del Presidente Eduardo Frei quedará totalmente corregida esta diferencia provocada por la exigencia establecida en el artículo 6º de la ley 15.575 de tener 30 años efectivos de servicios para gozar de los aumentos de quinquenios. Esta disposición establece que podrán tener esos beneficios quienes acrediten 30 o más años válidos para la jubilación, lo cual es muy diferente.
Señor Presidente, como anuncié denantes, concedo interrupciones a los Honorables señores Samuel Fuentes y Aguilera.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Samuel Fuentes.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, justamente, el inciso que acaba de leer el Honorable señor Isla apoya el planteamiento que voy a formular, por cuanto su letra d) dice: "El ejercicio de esta facultad no afectará las pensiones concedidas o ya iniciadas a la fecha de vigencia del correspondiente D. F. L."
Esto significa, en consecuencia, que el Presidente de la República, en uso de las facultades que le confiere este artículo 13, aprobado por la Comisión de Defensa Nacional, podrá modificar, dentro del plazo de seis meses, todo el actual sistema de previsión de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile.
En seguida, si leemos los dos informes, podemos apreciar la discrepancia entre el criterio del Gobierno y el de las Comisiones de la Cámara. Tal vez en razón de algunas proposiciones formuladas, la Comisión de Hacienda estimó necesario agregar al artículo 13 un inciso nuevo, cuyas disposiciones no estaban incluidas en el proyecto primitivo del Gobierno ni en el aprobado por la Comisión de Defensa Nacional. Fue preciso aprobar ese inciso, mencionado hace unos momentos, por los Honorables señores Isla y Eduardo Cerda, Diputados informantes de las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda, respectivamente, para reparar algún eventual deterioro en el sistema previsional y de jubilación de las Fuerzas Armadas y de Carabineros.
Nosotros, por principio, nos opondremos a que se conceda esta facultad al Presidente de la República, ya que le permitiría modificar cualquier régimen de previsión. En esto fueron muy celosos los parlamentarios de la Democracia Cristiana durante el Gobierno anterior, cuando incluso se habló de dar a conocer aquí en el Congreso Nacional un proyecto modificatorio del sistema previsional, del cual es autor el señor Jorge Prat, quien realizó los estudios correspondientes asesorado por numerosas personas. El Parlamento nunca estuvo de acuerdo en aceptar interferencias de terceros para plantear un problema de esta naturaleza.
Considerando el celo que siempre han puesto en esta materia los Honorables colegas de la Democracia Cristiana, me permito hacerles un llamado respecto de este artículo 13, que faculta al Presidente de la República para reformar el sistema previsional en más de un sector de la Administración Pública, especialmente, en el de las Fuerzas Armadas, y que incluso habla de modificar los sistemas de sueldos y salarios del personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros. Esto significaría que, después de seis meses, el Presidente de la República, cumpliendo con el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, podría entrar a hacer una modificación fundamental en lo referente a salarios y remuneraciones para este sector. En esta materia Su Excelencia el Presidente de la República, cuando fue parlamentario, y nuestro ex colega, señor Carmona, hoy distinguido Ministro de Defensa Nacional, nunca concordaron, en mi opinión, con este criterio de otorgar a un Jefe de Estado esta facultad para modificar el sistema previsional, porque se pueden herir, sin querer, muchos intereses de tantos funcionarios de la Defensa Nacional, que por este beneficio obtienen jubilaciones prematuras. En efecto, así está consultado en su sistema previsional. Yo no sé si ellos están de acuerdo, en este momento, en que se les prive del beneficio de poder impetrar anticipadamente su derecho a retiro. Suponemos que el señor Ministro de Defensa Nacional habrá consultado este problema con los interesados, para así poner término a lo que el Diputado informante ha llamado el sistema "de generosidad extraordinaria", según me parece, el cual permite acogerse a retiro con un número determinado de años. Tengo un concepto bien definido sobre las jubilaciones prematuras: creo que nadie quiere acogerse a ella porque sí, sino más bien lo hacen algunos, porque los favorecen con pensión perseguidora o por otra causa.
Al respecto, hemos sentado precedentes en otras ocasiones. En efecto, cuando se quiso liquidar de sus cargos a los obreros de la Empresa Portuaria de Chile, se dictó una ley que contó con el patrocinio del Gobierno. Había que echarlos de alguna manera y para que esto no los perjudicara tanto, se les dio derecho a jubilar. Lo mismo sucedió con los obreros de la Fábrica de Materiales del Ejército, donde para eliminar al personal, sin que ello fuera tan duro, nosotros aprobamos una ley, patrocinada por el Gobierno, que los favorecía. Esto es lo que pasa con las jubilaciones prematuras. La historia es la misma.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado? El señor Diputado informante desea recuperar su derecho.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Quiero aclarar que más adelante, en la discusión particular, con el mayor gusto discutiremos estos puntos, pero ahora, como Diputado informante sólo corresponde contestar las preguntas que se me formulen, y en este caso afirmo que no he hablado de jubilaciones prematuras, sino que he dicho que el señor Ministro de Defensa Nacional y el Ministerio del ramo, junto con los representantes de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, verán la forma de poder subsanar el problema que tienen hoy día creado por los muchos retiros de su personal, algunos por retiro voluntario y otros forzados a presentar su retiro contra su voluntad.
Pero, en ningún momento he dicho que los retirados estén abusando de los beneficios que les entregan leyes con plena vigencia. Repito que no he criticado en absoluto a quienes se hayan retirado antes; ésa no es nuestra posición ni lo será jamás.
He concedido una interrupción al Honorable señor Aguilera.
El señor AGURTO.-
Solicito una interrupción, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
A continuación, Honorable Diputado.
Con la venia del señor Diputado informante, tiene la palabra el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, agradezco la interrupción que me ha concedido el Honorable señor Cerda.
Al referirse al artículo nuevo del que ha dado cuenta a la Cámara, hizo mención al personal que, con 30 años de servicio, va a acogerse a jubilación y que dentro de un lapso tendrá pensión perseguidora. A este respecto, no podemos dejar de reconocer que algo se ha avanzado con la ley de continuidad de la previsión, porque al Carabinero raso o al suboficial que haya hecho imposiciones en otra Caja de Previsión le van a servir, indudablemente, esos años para jubilar con pensión perseguidora, que es el deseo de todos. No obstante, aquí nos gustaría saber si los señores Diputados informantes del proyecto están en condiciones de decirnos qué piensa el Gobierno en cuanto al número de horas de trabajo diario que deben cumplir los Carabineros y los soldados de Chile. Esta pregunta la hemos formulado muchas veces en esta Sala, porque dicho personal no tiene jornada fija; trabaja 12, 14, 20 y más horas diarias. La Democracia Cristiana ha manifestado que los campesinos han conquistado la jornada de ocho horas, que se terminó el trabajo de sol a sol, pero las Fuerzas Armadas siguen trabajando de sol a sol. Creo que debe establecerse cuántas horas corresponde servir diariamente a carabineros y soldados; y si el trabajo sobrepasa las diez o doce horas, es necesario que se pague el tiempo servido extraordinariamente. Asimismo, y perdone la Cámara que abuse de la interrupción, debería quedar en claro también que cuando los carabineros trabajan de noche se les debe pagar como corresponde el servicio nocturno, lo mismo que se hace en todas las reparticiones fiscales. Esas dos consultas querría que me contestara, el señor Diputado informante.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Cerda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
He concedido una interrupción al Honorable señor Agurto, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede usar de la interrupción Su Señoría.
El señor AGURTO.-
Señor Presidente, agradezco la interrupción que me ha concedido el Honorable señor Eduardo Cerda, Diputado informante de la Comisión de Hacienda. La he pedido sólo para rogarle que nos aclare el contenido de sus palabras, en relación al comentario que ha hecho del artículo nuevo que la referida Comisión agrega a continuación del artículo 14.
Entiendo que el Honorable colega ha manifestado en esta oportunidad que el personal en retiro de las Fuerzas Armadas estaría en condiciones mediante esta disposición, de obtener algún día el mismo porcentaje quinquenal de que goza en la actualidad el personal en servicio activo.
Quiero agregar que de la simple lectura del artículo, se desprende, naturalmente, que el beneficio señalado sólo alcanzará al personal en retiro de las Fuerzas Armadas que acredite treinta años válidos para el retiro; es decir, quedan al margen aquellas personas que lo hicieron con veinte o veinticinco años y que son, justamente, los más perjudicados.
Ya en la Comisión de Defensa Nacional tuvimos oportunidad de hacer presente este gravísimo problema. El señor Ministro del ramo nos manifestó en aquella ocasión que la solución de este problema significaba un gran desembolso para el erario.
Me parece que en este artículo deben considerarse también a los servidores de las Fuerzas Armadas que un día se retiraron con veinticinco años de servicios, o más de veinte, pensando que, por ese solo hecho, iban a gozar del mismo porcentaje quinquenal del personal en servicio activo.
He querido formular esta observación a fin de que el Honorable señor Eduardo Cerda nos aclare la cuestión, puesto que del texto del artículo nuevo que se pretende agregar a continuación del artículo 14, se desprende claramente que el beneficio está establecido solamente para los funcionarios que se hayan retirado y que puedan acreditar treinta años válidos para el retiro. De manera que este artículo restringe los beneficios que los retirados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros esperaban obtener con la dictación de esta ley de reajuste.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Contesto, señor Presidente, la consulta de mi Honorable colega.
No sé si me expresé mal, pero me parece que no he dicho que se soluciona el problema de todos los retirados de las Fuerzas Armadas. Si lo dije es un error, aunque insisto en que no lo manifesté.
La diferencia sustancial es que esta disposición, al revés de lo prescrito en el artículo 6º, de la ley Nº 15.575, habla de "treinta o más años válidos para el retiro", mientras que la citada ley dice: "treinta años efectivos". El personal de las Fuerzas Armadas tiene derecho a computar un año más por cada cinco años servidos, o sea, todos los retirados con 25 ó 26 años podrán acogerse a este régimen. Indudablemente, no estarán en condiciones de hacerlo, aquellos que se hayan retirado con 20 años de servicios, salvo que tengan otro régimen de previsión que les permita computar 30 años para su retiro. Nadie puede dudar de que esta disposición significa un gran avance.
El señor AGUILERA.-
¡Debiera concedérseles este derecho!
El señor CERDA (don Eduardo).-
Yo estoy informando, Honorable colega, sobre lo que la Comisión de Hacienda ha hecho. En el debate Su Señoría podrá hacer las sugerencias que desee.
Creo que en esta forma he dado respuesta a la consulta.
El Honorable Diputado señor Isla quiere contestar la consulta del Honorable señor Aguilera.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Isla.
El señor ISLA.-
En relación con el problema planteado por el Honorable señor Aguilera, quiero manifestar que efectivamente en la Comisión, como lo señalaba un señor Diputado, se debatieron estos aspectos, en especial el que se refiere a que el servicio de Carabineros no está sujeto a horario. Ellos tienen, evidentemente, un sistema de trabajo que demanda mayor esfuerzo y sacrificio que el normal de cualquier funcionario de la Administración Civil. La Comisión y el señor Ministro estuvieron de acuerdo en que es así. Por eso, hemos sostenido que este proyecto, desde el punto de vista de los guarismos, es más ventajoso que aquel que beneficia a la Administración Civil del Estado.
Los servicios que prestan los personales beneficiados por esta iniciativa son de naturaleza distinta de los del resto de la Administración Civil y requiere mucho mayor sacrificio y esfuerzo.
Al respecto, y para contestar la consulta del Honorable colega, puedo decir que, precisamente, el Presidente de la República, en virtud de la facultad que se le otorga por el número 1° del artículo 13, y considerando su sentido de justicia social para los trabajadores, que los señores Diputados le reconocerán, porque lo ha demostrado sobradamente en poco más de un año de Gobierno, podrá establecer para ellos un tratamiento distinto en cuanto a remuneraciones.
En efecto, esa disposición, tantas veces recordada, es bien clara, ya que establece un régimen de remuneraciones del personal dependiente del Ministerio de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile, que será aplicable a contar de 1967. Entonces, no cabe duda de que el Primer Mandatario, en uso de tal facultad, establecerá para este personal un régimen de remuneraciones justo, conforme al deseo de los miembros de la Comisión de Defensa Nacional y de todos los sectores de la Cámara, según lo hemos advertido esta tarde.
Nada más, señor Presidente
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
La Comisión introdujo un artículo nuevo de enormes beneficios para los concriptos, que dice: "El personal de conscriptos gozará de pasajes gratuitos en los servicios de movilización colectiva particular y fiscal, tanto en los recorridos urbanos como rurales". De esta manera, se les reconoce lo que hacen por la comunidad.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Otro artículo nuevo expresa que el reajuste a que tiene derecho el personal en retiro y beneficiarios de montepíos deberá ser pagado por quien corresponda, sin necesidad de requerimiento por parte de los interesados, ni resolución ministerial que autorice dicho pago. En esta forma se hace más rápido y definitivo este beneficio, evitándose que mucha gente deba esperar por meses y años para recibirlo.
Otro artículo nuevo soluciona el problema de los ocupantes de casas en poblaciones pertenecientes a los institutos armados, al determinar que la venta de las mismas deberá efectuarse mediante el procedimiento que señaló la ley Nº 16.279 para la enajenación de habitaciones en la población "Miguel Dávila Carson".
A continuación, se agrega un inciso nuevo al artículo 147 del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960, que dice: "Lo dispuesto en el inciso anterior no será aplicable -en los casos aludidos en este mismo cuerpo legal- a las comisiones que se desempeñen en la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior y en el Servicio de Gobierno Interior."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Cerda, el Honorable señor Samuel Fuentes le solicita una interrupción.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con todo agrado se la concedo, pero pediría que no se me interrumpiera para avanzar más rápidamente en el informe de la Comisión.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa tendrá en cuenta la sugerencia de Su Señoría para las próximas interrupciones.
Tiene la palabra el Honorable señor Fuentes.
El señor FUENTES (don Samuel) -
Señor Presidente, sólo deseo consultar al señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda sobre el espíritu de la disposición que beneficia al personal de conscriptos. ¿Es para casos de viajes permanentes a cualquier parte, incluso a los domicilios de sus familiares, o es exclusivamente para servicios de sus regimientos? ¿Cuál es el espíritu que tuvo la Comisión? Ojalá fuera amplio. Me gustaría que así fuera, pero hay que dejarlo bien en claro, a fin de que no se produzcan dificultades a este personal, y que por ejemplo, en un viaje de Temuco a Santiago, obliguen al conscripto a bajarse del tren.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Contesto la pregunta del Honorable colega. Habrá un reglamento especial, dictado por decreto supremo, de la Subsecretaría de Transporte y del Ministerio de Defensa Nacional, para el correcto uso de este beneficio que se da a los conscriptos.
El señor ARAVENA (don Jorge)- Sería interesante dejar claramente determinado el radio de acción.
El señor PONTIGO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Otro artículo que aprobó la Comisión, autoriza al Presidente de la República para nombrar Oficiales de Armas y de Ingeniería de la Armada a los actuales Oficiales de la Reserva procedentes de los cursos para la Marina Mercante Nacional. De manera que quienes deseen reintegrarse al Servicio, tendrán los derechos y prerrogativas como efectivos oficiales de reserva, gozando, por supuesto, de la renta respectiva.
Otro artículo nuevo faculta a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y a la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile para descontar de las pensiones que les corresponda pagar las cuotas sociales de las organizaciones con personalidad jurídica formadas exclusivamente por personal en retiro de las Fuerzas Armadas y de Carabineros.
De esta manera, las instituciones beneficiarán a quienes se han retirado, proporcionándoles bienestar social y lugares en los cuales puedan reunirse. Esto debe estar debidamente financiado, ya que sus beneficiarios han prestado servicios no sólo al Ministerio de Defensa, sino a toda la comunidad.
El señor PONTIGO.-
Solicito una interrupción para formular una consulta
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Advierto a la Sala que, en conformidad con los acuerdos de la Corporación las interrupciones se imputan al tiempo del Diputado que las pide. En todo caso, la Mesa ruega, para los efectos de mantener la continuidad del debate, que sólo se hagan consultas y no intervenciones.
Con la venia del señor Diputado informante tiene la palabra el Honorable señor Pontigo.
El señor PONTIGO.-
Oportunamente formulé la petición, pero el señor Diputado Informante estaba haciendo uso de la palabra.
El señor CERDA (don Eduardo).-
No lo escuché, Honorable colega.
El señor PONTIGO.-
Sí, comprendo
Cuando el Honorable señor Samuel Fuentes preguntaba al señor Diputado informante qué amplitud tendría la disposición que beneficia a los conscriptos para gozar de pasajes gratuitos en los servicios de la locomoción colectiva particular y fiscal, Su Señoría contestó que un reglamento la fijaría posteriormente. Sin embargo, es importante que el Honorable señor Eduardo Cerda dé a conocer aquí el pensamiento y el espíritu de la Comisión de Hacienda, a fin de que el reglamento se ajuste a ello y no haya dudas en el futuro.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, es indudable que el reglamento que habrá de dictarse por decreto supremo debe contener el espíritu de la Comisión de Hacienda, esto es, que los pasajes gratuitos a los conscriptos se hagan extensivos no sólo a la ciudad en que hagan su servicio militar, sino a las respectivas zonas, ida y vuelta, en que tienen su domicilio. Como es muy difícil controlar los viajes, el reglamento lo hará considerando el deseo de la Comisión de Hacienda y de la Cámara.
El señor PONTIGO -
Muchas gracias.
El señor CERDA (don Eduardo).-
La Comisión de Hacienda aprobó un artículo de mucha importancia para el personal retirado de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, que dice: "El personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, que no sea ni haya sido deudor hipotecario de Cajas de Previsión, Corporación de la Vivienda o Asociaciones de Ahorro y Préstamos y con 30 años válidos para el retiro, tendrá preferencia absoluta para obtener préstamos hipotecarios de la institución en que sea imponente". De esta manera, después de haber ejercido su carrera en el Ejército, Marina, Aviación o Carabineros, tendrá preferencia para el otorgamiento de viviendas. Destaco esta disposición, porque hace justicia a este sector.
El señor AGUILERA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con todo agrado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, este artículo que nos da a conocer el Honorable señor Cerda sólo nos entusiasma en parte, porque dice que el personal, para acogerse a estos créditos hipotecarios, tendrá que tener treinta años de servicios.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Treinta años válidos, Honorable colega.
El señor AGUILERA.-
Quizás es más razonable, pero es muy poco lo que baja.
En todo caso, queremos hacer presente un hecho. La Caja de Carabineros de Chile ha comprado un grupo de diez o veinte casas a la Corporación de la Vivienda. Los carabineros que las ocupan, pagan mensualmente sus dividendos, pero si se retiran o los trasladan, los pierden, porque quedan exclusivamente a beneficio de la Caja. Conozco el caso de uno de estos servidores, de Coquimbo, que hace diez años está pagando dividendos, y que los perderá si jubila o lo trasladan.
Por este motivo, sería conveniente que, en uso de la facultad que se le concede por el artículo 13 al Presidente de la República para reglamentar, se estableciese que la Caja de Previsión de Carabineros de Chile deberá vender a sus actuales ocupantes todas las casas adquiridas a la Corporación de la Vivienda. De esta manera se repararía una gran injusticia, sobre todo si se otorgan franquicias a un determinado personal.
Ojalá que la Cámara, el Senado y el señor Ministro tengan en cuenta esta observación.
Muchas gracias, Honorable colega.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Continúo. Otro artículo introducido por la Comisión de Hacienda tiene por objeto agregar al artículo 5º de la ley Nº 12.851, un nuevo inciso que establece que "los profesionales ingenieros de la Marina Mercante Nacional egresados de la Escuela Naval "Arturo Prat", al completar un año de práctica a bordo de las naves de la Marina Mercante", también formarán parte del Colegio de Técnicos.
Otro faculta "al Presidente de la República para reincorporar al servicio de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, a los Tenientes o Subtenientes de Ejército y grados equivalentes en la Armada, Fuerza Aérea y Carabineros de Chile, con más de un año en situación de retiro y menos de 28 años de edad. La reincorporación se efectuará en el último lugar de la promoción correspondiente al oficial".
Un nuevo artículo libera del pago de derechos de internación, de almacenaje y, en general, de todo derecho, contribución y demás gravámenes que se perciban por intermedio de las Aduanas, a un furgón carroza de procedencia norteamericana, destinado a la Asociación Mutualista de Jubilados de las Fuerzas Armadas "Arturo Prat", de Valparaíso.
Otro artículo nuevo da validez al mayor aporte hecho por el Ministerio del Interior a las Comisiones de Bienestar de la Subsecretaría de Interior y del Servicio de Gobierno Interior.
En cuanto al financiamiento, la Comisión de Hacienda ha reemplazado por uno nuevo el artículo 16 aprobado por la Comisión de Defensa Nacional. Así, se establece un impuesto sobre el monto de las operaciones de crédito no reajustables otorgadas o que se otorguen en moneda corriente por los Bancos comerciales y el Banco del Estado de Chile. Este nuevo tributo será del 15 por cien mil al día durante el primer semestre de 1966; de 12 por cien mil al día durante el tercer trimestre de 1966, y de 6 por cien mil al día durante el cuarto trimestre de 1966. Este impuesto es transitorio: sólo por un año.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Cerda, el Honorable señor Jorge Aravena le pide una interrupción.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con todo agrado se la concederé, en cuanto termine mis observaciones.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Su Señoría hará presente a la Mesa cuando desee concederla.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Voy a terminar con la relación de este artículo nuevo.
Se indica que el impuesto será de cargo del deudor principal de las obligaciones directas contraídas y, en los casos de descuentos, por el beneficiario de éste. Lo dispuesto en el artículo, como queda bien en claro, no se aplicará a las boletas bancarias de garantía, a los créditos controlados que se otorguen específicamente a los depositantes de cuentas de ahorro del Banco del Estado -con lo cual quedan liberados la gran mayoría de los chilenos que obtienen préstamos en esta institución-, a los préstamos provenientes de la adquisición de abonos y semillas efectuados a través del Banco del Estado y a los créditos populares.
Los créditos populares se conceden a personas con activos inferiores a 30 mil escudos y por un monto de 4 mil escudos; generalmente, se trata de artesanos, pequeños industriales y comerciantes; centrales de compras y otros similares.
Como lo dije, se otorga el beneficio de la exención a las operaciones de créditos provenientes de adquisiciones de abonos y semillas efectuadas a través del Banco del Estado, con el fin de hacer operante la política agraria del Gobierno.
El impuesto establecido en este nuevo artículo afectará a todas las operaciones no reajustables en moneda corriente a que se refieren las letras e) y f) del artículo 39 del decreto con fuerza de ley Nº 247, de 30 de marzo de 1960. Este impuesto se devengará desde la fecha de vigencia de esta ley.
Concedo la interrupción que me había solicitado el Honorable señor Jorge Aravena.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Señor Presidente, parece que me he apresurado un poco en mi intervención, porque ahora veo que se empieza a informar la parte exclusivamente tributaria.
El señor CERDA (don Eduardo).-
¿Me permite una explicación, Honorable colega?
En realidad, todas las informaciones que dé desde este momento se referirán a la tributación, o sea, al financiamiento del proyecto, cuyo costo es de alrededor de 194 millones de escudos. El impuesto establecido en el artículo 16 se estima que dará un rendimiento del orden de los 60 millones de escudos.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Como hasta ahora se ha estado tratando sólo lo relativo a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile, deseo preguntar al señor Diputado informante si está considerada también en este reajuste una dependencia que, a mi juicio, sin ser militarizada, pertenece a las fuerzas de orden : el Servicio de Investigaciones.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
El Servicio de Investigaciones no está incluido en este proyecto, por cuanto forma parte de la planta civil del Ministerio del Interior.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Me permite una interrupción, Honorable Diputado?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con todo agrado, Honorable colega.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
En el artículo 15 se dispone un recargo en los derechos que pagan las tramitaciones relacionadas con la Ley de Reclutamiento.
Yo quisiera saber si el personal que integra las Oficinas de Reclutamiento está considerado en este proyecto, para los efectos de recibir también sus beneficios, y si se dispone el aumento de las plantas respectivas.
Sucede que, muchas veces, para obtener estos documentos que necesitan presentar en las oficinas de la Administración Pública, los interesados deben hacer largos viajes, porque sólo hay Oficinas de Reclutamiento en las cabeceras de departamentos.
Ahora que se eleva este impuesto, creo conveniente hacer un llamado al señor Ministro de Hacienda para que se consulten beneficios para este personal, aunque haya que aumentar la tasa; para que estudie la posibilidad de aumentar el número de Oficinas de Reclutamiento a través de toda la República, a fin de facilitar el acceso a ellas, especialmente a los ciudadanos que viven en zonas alejadas de los grandes centros urbanos.
Quisiera saber si estos aspectos están considerados.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, me parece que el personal a que hace referencia el Honorable señor Fuentes, don Samuel, está considerado dentro del personal civil de las Fuerzas Armadas y, por lo tanto, tiene derecho a los beneficios que establece este proyecto de ley.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Con qué grado quedan?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Tal vez el señor Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional pueda dar mayores explicaciones.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Isla.
El señor ISLA.-
Señor Presidente, yo coincido con la apreciación del señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda. Si el personal de las Oficinas de Reclutamiento pertenece, y así lo estimamos, a las fuerzas civiles dependientes del Ministerio de Defensa Nacional, estará afecto a esta ley. En todo caso, me parece interesante que el señor Ministro de Defensa Nacional exprese a la Honorable Cámara la última palabra al respecto, para la historia de la ley.
La consulta precisa es si acaso el personal de las Oficinas de Reclutamiento estaría afecto a las disposiciones de esta ley. Nosotros consideramos que, si forman parte del personal civil de las Fuerzas Armadas, lo están.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿El señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda concede una interrupción al señor Ministro de Defensa Nacional?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Naturalmente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Ministro de Defensa Nacional.
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Señor Presidente, el personal de las Oficinas de Reclutamiento está incluido en las disposiciones de este proyecto, porque se aplica tanto al personal militar como al civil de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Desearía hacer un pequeño alcance sobre el artículo 16.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Mi pregunta es más amplia: ¿qué grado van a tener?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Quiero precisar la incidencia que tendrá el impuesto establecido en el artículo 16 sobre los costos. Este tributo tendrá un rendimiento de 60 millones de escudos.
La incidencia se estima en 0,3% sobre el costo de la vida. El cálculo se hace considerando que el producto nacional bruto (no hay que confundirlo con el producto nacional geográfico). Alcanzará a Eº 24 mil millones durante 1966. El impuesto rinde Eº 60 millones; por lo tanto, hay una incidencia de esta suma en el total señalado.
Al mismo tiempo, quisiera referirme al nivel actual de créditos que existe en el país.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Con qué grado queda el personal de las Oficinas de Reclutamiento?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, tanto el señor Diputado informante como el señor Ministro han dado respuesta a Su Señoría. La Mesa no puede obligar a los señores Diputados ni al señor Ministro a que den respuestas del agrado de Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
No lo sabe ni el señor Ministro ni el señor Diputado informante.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, estoy informando de las modificaciones introducidas al proyecto por la Comisión de Hacienda. Creo que ése es el papel que me corresponde como informante.
En la discusión general del proyecto, los señores Diputados podrán hacer todas las consultas y exponer sus distintas posiciones.
Ahora me referiré al nivel actual de los créditos. Las colocaciones bancarias afectas al impuesto son en este momento las siguientes, según sus plazos:
IMAGEN
Asimismo, quiero aclarar los costos de los créditos de este año. La tasa promedio, en 1965, fue de 15,86% anual. A esto habría que agregar el actual impuesto del 1% semestral, o sea, 2% al año; de 0,5% por una sola vez, que significa 0,50% ; y el 0,25% para reajustar los depósitos de ahorro del Banco del Estado de Chile, que debe pagarse en conformidad a una ley recientemente dictada.
En consecuencia, el costo anual del crédito es del 18,61%.
El impuesto del artículo 16 se calcula que va a empezar a regir a mediados o a fines de marzo, según sea la fecha en que el Congreso despache el proyecto. O sea, el rendimiento sería de un 15 por cien mi!, sobre 105 días, lo que da un costo de 1,58% al año; más un 12 por 100 mil durante 90 días, en el 3er. bimestre; más un 6 por 100 mil durante 90 días, en el 4º bimestre, lo que da un 0,54% al año. Y el total representa un promedio de recargo de 3,2%.
Esto indicaría que el total sería de 21,81%, al no existir aval. Si existe aval por las operaciones bancarias, aumenta en 0,50%.
Si la tasa de inflación durante este año 1966, alcanza, como lo esperamos, a un 15%, el interés real pagado sería solamente la diferencia entre este aumento del 15% y el 21,81%. Esto daría, en términos reales, un 6% de interés, eliminando el porcentaje de inflación.
Indudablemente, este porcentaje se debe reducir en el futuro, a medida de que la inflación alcance un porcentaje menor del 15% y continúe bajando, en los años sucesivos.
El deseo del Gobierno y el nuestro es que pronto pueda ser aprobado, desglosándolo del proyecto sobre leyes normativas, otro proyecto especial que dé amplias facultades al Banco Central para fijar la política monetaria del país. Para este efecto, se propondrá que en su Directorio haya mayoría fiscal y no particular, como ocurre en este momento. En esta forma, el Estado podría controlar la política crediticia y bancaria del país, para acelerar su desarrollo económico y social.
Esta será la verdadera tasa del interés bancario.
Hay países, como Méjico, en los cuales ha ido subiendo la tasa de interés bancario. Se citaron también en la Comisión algunos trabajos de investigación sobre la materia.
La tasa del interés bancario, en esas naciones, ha ido subiendo, hasta llegar al 10,5%, a fines de 1964, último año del cual había antecedentes. La inflación, en Méjico, durante 1964, alcanzó al 3,6%, de manera que el interés real fue del 6,6%.
Considero necesario aclarar, al mismo tiempo, que este impuesto se aplica solamente a las colocaciones bancarias. Se eximen, como ya dije, las colocaciones que consisten en préstamos populares y las ligadas a las cuentas de ahorro del Banco del Estado de Chile, a abonos, semillas y préstamos de la ley Nº 14.511. Además, quiero dejar bien en claro que todos los préstamos que otorguen la Corporación de Fomento de la Producción y el Instituto de Desarrollo Agropecuario estarán totalmente exentos de este impuesto, como asimismo los préstamos reajustables que concedan los diferentes Bancos.
Por otra parte, debo informar, para conocimiento de los Honorables Diputados, que ayer, 2 de febrero, el Banco Central de Chile aprobó una modificación de las tasas de encaje. Estas eran del 54% tanto para los depósitos a plazo como a la vista. A partir del 1º de marzo, serán del 35% para los incrementos de los primeros y de 75% para los de los últimos. El propósito de esto es estimular la captación de ahorros a plazo, por una parte, y controlar en mejor forma el ritmo de expansión de las colocaciones, por otra, de tal manera que se efectúen en concordancia con el programa de desarrollo y estabilización y de modo regular durante el año.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¿Se restringe el crédito con estas nuevas tasas de encaje?
El señor TUMA.-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, los Honorables señores Jorge Aravena y Tuma me han solicitado interrupciones. Se las concedo, con mucho gusto, en el mismo orden.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Jorge Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Señor Presidente, sólo deseo consultarle al señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda si estas nuevas tasas de encaje no significan una restricción del crédito, precisamente en el momento en que más se necesita para promover la expansión industrial y de todas las actividades del país.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Estas tasas de encaje se aplicarán solamente sobre los depósitos a la vista y a plazo que se efectúen, y serán del 75% y 35%, respectivamente. De esta manera, los Bancos podrán pagar mayores intereses por los depósitos a plazo, con lo cual se estimulará a la gente para que realice esta clase de depósitos. Así disminuirán las utilidades bancarias y se fomentará el ahorro a plazo.
Por lo tanto, no se reducirán los porcentajes de los préstamos, sino que se producirá un incremento en los depósitos de ahorro a plazo a medida que disminuya la inflación, como ya está sucediendo, lo que permitirá un mayor margen de crédito.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Hice la consulta en forma deliberada. Sé muy bien lo que significa esto; pero quería hacer un poco más de claridad al respecto, porque siempre se formulan críticas cuando se restringe el encaje bancario.
Nada más.
El señor CERDA (don Eduardo).-
He concedido una interrupción al Honorable señor Tuma, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, de lo que acabamos de oír se desprende que estamos en presencia de una nueva teoría económica. Ocurre que ahora, si el encaje bancario sube del 54% al 75%, es más beneficioso para el país.
Lamento que en la discusión de este proyecto no se encuentre presente el señor Ministro de Hacienda para que podamos saber a ciencia cierta, de qué se trata en este caso.
Solicitaría que se le llamara, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Cerda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Quiero aclararle al Honorable señor Tuma, que lo que sube del 54% al 75% es el encaje bancario en los depósitos a la vista, pero, al mismo tiempo, baja del 54% al 35% en los depósitos a plazo.
El señor TUMA.-
¡Si a mí me amamantaron con estas cosas! ¡No me pueden venir con cuentos!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa quiere manifestarle a Su Señoría que el señor Ministro estará presente en la Sala oportunamente.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, todos sabemos que si se aumenta el encaje del 54% al 75%, ello quiere decir que en el crédito se va a poder operar sólo con un 25% de los depósitos a la vista. Eso es lo que significa esta medida. Entonces, en lugar de que los Bancos puedan disponer del 46% para el otorgamiento de créditos, como en la actualidad, sólo podrán destinar un 25%, a ese objetivo. Es decir, si un Banco tiene Eº 100.000 de depósitos, Eº 75.000 van a encaje y sólo Eº 25.000 a operaciones de crédito. Así, los Bancos tienen que subir los intereses de los préstamos, con lo cual viene una restricción relativa del crédito; entonces el ciclo de la inflación aumenta. Este es un círculo vicioso.
No me convencen estas teorías ni lo que dijo ayer en la Comisión de Hacienda el representante del Banco Central, en el sentido de que estos intereses, estos impuestos sobre las operaciones bancarias no se van a trasladar a la masa, sino que afectarán a los poderosos. Es evidente que sólo los poderosos, aquéllos que tienen buenos informes y responsabilidad económica son los que pueden obtener créditos, no así los obreros, por ejemplo, que no podrían ir al Banco Central a solicitarlos. El único afectado con este recargo de intereses será el público consumidor. Por eso, estas teorías no nos convencen.
Para aclarar este aspecto solicité la interrupción.
Nada más.
El señor CERDA (don Eduardo).-
No estoy informando ninguna teoría, sino lo aprobado por la Comisión; oportunamente, el señor Ministro de Hacienda se referirá a la nueva política bancaría, la cual, junto con otras medidas, también explicadas dentro del Consejo del Banco Central, y que fueron aprobadas por unanimidad por los diferentes sectores actualmente representados en dicha institución, empezarán a regir desde el 1º de marzo.
Continuando con el informe de la Comisión de Hacienda, tenemos que los otros 130 millones de escudos del financiamiento que establece el proyecto se obtienen mediante modificaciones de la ley Nº 12.120, sobre impuestos a las compraventas, que figuran en los diferentes números del artículo 17. Por tratarse de una materia tan amplia, preferiría referirme a esas disposiciones en forma más explícita cuando los Honorables Diputados hagan alguna consulta al respecto. Por el momento señalaré someramente lo que cada número significa dentro de las disposiciones de esta ley.
El número 1º significa, simple ordenamiento; lo mismo el número 2º, el número 3º letra a) es un cambio de ubicación del inciso segundo...
Un señor DIPUTADO.-
¿Qué quiere decir con ordenamiento?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Significa que no hay aumento ni disminución en el rendimiento del impuesto, sino ordenamiento de las disposiciones legales relativas a estos impuestos, para facilitar su aplicación...
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Cuánto va a rendir este artículo?
El señor CERDA (don Eduardo).-
En general, se calcula que rendirá 130 millones de escudos; el impuesto a las operaciones bancarias de crédito producirá más de 60 millones de escudos. Voy a ir explicando cada una de estas modificaciones a la ley sobre impuestos a las compraventas para indicar, más o menos, en qué cantidad aumentará o disminuirá el rendimiento en cada caso.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Me interesa el recargo a las compraventas, porque lo pagamos todos.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Por el Nº 31, letra a), sólo se cambia la redacción del actual inciso segundo del artículo 1º de la ley sobre impuestos a las compraventas para aclarar su alcance. En la letra b) la tasa no sube; se refunde con el recargo del 20% establecido en la ley Nº 15.386; sólo se incluye en la tasa del 1,2% a la sal y se suprime el impuesto a la producción de este artículo que indicaba la ley Nº 12.590 ; la inclusión de la sal producirá un mayor ingreso de 182.000 escudos.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Quién paga eso? Que conteste el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Por la letra c) se alza el impuesto a las convenciones que versen sobre naves y aeronaves, del 2,4% al 6%. Debo indicar, que los barcos pesqueros están exentos de este impuesto en virtud del decreto con fuerza de ley Nº 266, El aumento de este gravamen producirá un mayor ingreso de 24.000 escudos.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Con mucho gusto, señor Diputado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Con respecto al artículo 17, que trata de los impuestos establecidos en la ley Nº 12.120, rogaría al señor Diputado Informante que, para simplificar y hacer más comprensible el informe, nos diera cuenta de lo que significa el aumento de las tasas que gravan a ios diferentes productos de acuerdo con lo establecido en la ley Nº 12.120; y en la misma forma, nos explicara lo que se relaciona con los impuestos a la cifra de negocios establecidos en el Decreto de Hacienda Nº 2.772.
Hago este alcance, porque tal como lo expresé en la Comisión de Hacienda, los Diputados socialistas somos contrarios al aumento de las tasas de los impuestos, y en este caso se han incorporado artículos no gravados en la lista de artículos afectos al impuesto establecido en la ley Nº 12.120. Lo digo porque, permanentemente, hemos sostenido una política muy clara en materia tributaria, y consideramos que en los impuestos indirectos, que gravan los consumos, no se cumple con la disposición constitucional que establece la proporcionalidad de las cargas tributarias, ya que esos impuestos afectan principalmente a los sectores más necesitados de la población.
Nosotros, en materia de orden tributario -lo hemos expresado reiteradamente- somos partidarios de los impuestos directos que gravan las rentas. En este caso, el financiamiento, como lo ha podido comprobar la Honorable Cámara, se basa exclusivamente en impuestos indirectos que van a gravar ios consumos. Pero como nosotros no queremos dejar sin financiamiento este proyecto -y esto lo haremos presente cuando nos corresponda dar a conocer la opinión del partido, en relación con el artículo 17- estábamos dispuestos a aceptar todas aquellas modificaciones que significaran una ordenación de los impuestos y permitieran también una percepción más real de su producido. Pero de ahí a permitir el aumento de los impuestos a las compraventas y a incorporar otros artículos a este nuevo gravamen, hay una diferencia tremenda.
Por eso, ruego al señor Diputado informante, para que todos podamos comprender esta materia, hacer su informe en las condiciones que he planteado.
Nada más y muchas gracias.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que la Honorable señorita Wilna Saavedra pase a presidir la sesión.
Acordado.
Ruego a Su Señoría pasar a la Mesa.
-La señorita Saavedra pasa a presidir la sesión.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).- Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Quisiera que el Honorable señor Silva Ulloa aclarara la forma en que desea que explique los diferentes reordenamientos del artículo 17 del proyecto. Me parece haberle escuchado que me pedía que continuara en esa forma, o sea, indicando por números y letras lo que ingresará por concepto de la nueva tributación.
El señor SILVA ULLOA.-
Exacto.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Esa es la forma en que estoy analizando los ingresos.
Respecto de la letra c), decía que el impuesto de transferencia de las naves y aeronaves sube del 2,4% al 6% y que los barcos da pesca están exentos de este gravamen por el decreto con fuerza de ley Nº 266. El rendimiento por este concepto será de Eº 24.000.
Las letras d) y e) significan ordenamiento.
Repito -entre paréntesis- que las disposiciones del artículo 17 están señaladas por letras. En esta forma las he ido analizando. Lo he hecho así, para abreviar el informe, porque en caso contrario sería muy largo.
En la letra f) también hay ordenamiento.
La letra g) dispone que el actual inciso octavo del artículo 1º de la ley Nº 12.120 pasará a ser inciso tercero y que la tasa que en él se establece será del 12%. Se mejora, además, su actual redacción para indicar en forma clara los diferentes artículos que quedan gravados con esa tasa, por cuanto la disposición anterior los indica globalmente, en un solo inciso, y para incluir a los más o menos similares dentro de su ramo. Se rebaja del 20% al 12% la tasa que grava a los receptores de radio y los pianos. Quedan con el 6% los receptores cuyo precio de venta al público no exceda de tres sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago. En esta forma, se pretende que las firmas fabricantes de radios incrementen la producción de aparatos de tipo popular y evitar el fraude que se producía antes en que se las clasificaba como de sobremesa y, por lo tanto, tenían una tasa inferior a la que les correspondía, en circunstancias que se fabricaban receptores de sobremesa que se vendían en 4 ó 5 mil escudos. En resumen, quedan con el 6% los de precio de venta al público que no excedan de tres sueldos vitales y con el 12% los de valor superior a 750 escudos.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Y los televisores?
El señor CERDA (don Eduardo).-
Aquí se habla sólo de los receptores de radio. Más adelante hay una disposición sobre los televisores, a la cual ya me referiré.
Esta letra g), por la rebaja de la tasa de los aparatos de radio, establecida a fin de favorecer a los sectores que los adquieren, determina una menor recaudación de 16 mil escudos.
La letra h) dispone que el actual inciso noveno pasará a ser inciso cuarto, y en él se establece una tasa general del 20%. Se aclaran disposiciones y se incluyen a las barajas, lo cual significa una mayor recaudación de 5.300 escudos. Creo que ningún señor Diputado se opondrá a que se aplique esta tasa a las barajas.
El número 4 también es de ordenamiento de disposiciones.
El número 5 se refiere a la tributación de los restaurantes, hoteles y similares. Se refunden impuestos de cifra de negocios y compraventas. Se rebajan tasas y se suprimen recargos. La supresión de recargos significa una menor recaudación de 738 mil escudos; pero, al mismo tiempo, como determina un control mucho más simplificado, significa una mayor recaudación de 6 millones 150 mil escudos.
Actualmente en hoteles, restaurantes y establecimientos similares se aplican diversos impuestos, ya sea por alojamiento, consumo en los restaurantes, en los comedores de los hoteles, etcétera. Es muy difícil controlar que al público se le dé la boleta por cada uno de los diversos impuestos que debe pagar. O sea, se devengan menores impuestos que los que se cobran al público. Como indico, ahora regirá un solo tipo de tasa, que, descontando la supresión de los recargos, rendirá aproximadamente o millones 400 mil escudos.
En el Nº 6, que contiene el nuevo artículo 10 de la ley Nº 12.120, se establece una tributación especial, en primera transferencia, para diversos productos.
En la letra a), las barajas, que estaban gravadas con un impuesto sobre el precio pagado por el público, quedarán nuevamente con un impuesto directo sobre el fabricante, lo que significa una menor recaudación de 5 mil escudos, pero contribuye al ordenamiento tributario. En la letra b), la tributación sobre las bebidas alcohólicas, dará un mayor rendimiento de 74 mil escudos. La Comisión de Hacienda estableció un mayor impuesto a la compraventa de bebidas analcohólicas producidas con materia prima importada, para beneficiar a las elaboradas con materia prima nacional. Por lo tanto, la "Coca Cola" y otras pagarán mayor tasa.
En la letra c), se contiene un nuevo ordenamiento del impuesto a los neumáticos. Se establece un solo impuesto a la base, o sea, directo al fabricante, del 26%, en la primera transferencia. Anteriormente, se aplicaba un 6% a las compraventas en cada etapa y un 5% en la primera venta, impuesto especial fijado por la ley Nº 12.954, que ahora se deroga. Esto daba un 11%. Por lo tanto, en la primera etapa, hay un incremento del 15%.
En la letra f), se establece que se pagará el 1% por las ventas efectivas de carbón mineral que hagan las empresas, en lugar de tributarse por tonelada métrica de producción.
En la letra g), la Comisión de Defensa Nacional propuso establecer un impuesto del 12%) a la primera transferencia de uva vinífera. La Comisión de Hacienda lo dejó en el 8% y en el 10%.
Asimismo, en el Nº 10, la Comisión de Defensa Nacional elevó del 15,76% al 26,05% el gravamen sobre el petróleo "diesel". La Comisión de Hacienda rechazó este aumento.
Señorita Presidenta, el Honorable señor Naudón me ha solicitado una interrupción. Se la concedo con mucho gusto.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).- Puede hacer uso de la interrupción, el Honorable señor Naudon.
El señor NAUDON.-
Señorita Presidenta, deseo hacer una consulta al señor Diputado informante sobre la agregación del impuesto a la uva vinífera. En realidad, ésta no tenía impuesto.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Si me permite, se lo explicaré en seguida.
El señor NAUDON.-
En todo caso, para no interrumpirlo nuevamente, le rogaría que me explicara la razón de esta tributación, porque se trata de un producto netamente agropecuario, al cual se le establece un impuesto elevado, como que alcanza al 10%.
Nada más.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señorita Presidenta, en la Comisión de Hacienda, los representantes de Impuestos Internos, nos explicaron que gran cantidad de la producción de vino se vende, fraudulentamente, como uva. Como ésta no paga impuesto, las transferencias de vino del productor a una bodega o de una bodega a otra se declaran como ventas de uva. Por esta razón, se establece el impuesto a la primera transferencia de uva vinífera, el cual rendirá 10 millones 69 mil escudos.
Señorita Presidenta, concedo una nueva interrupción al Honorable señor Naudon.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Naudon.
El señor NAUDON.-
Señorita Presidenta, sólo se ha argumentado sobre la base de las personas que venden simuladamente vino con el nombre de uva. Pero hay muchas otras que venden uva legítimamente. En las zonas rurales, los pequeños agricultores llevan sus carretas cargadas a las bodegas. Ellos no venden vino simuladamente, sino uva. Ahora tendrían que pagar un 10% de impuesto sin razón alguna.
Debió haberse buscado otro arbitrio para evitar el fraude, porque este tributo viene a agravar más los problemas de los pequeños agricultores y de la industria vitivinícola nacional.
Por eso, presentaremos una indicación para suprimir el impuesto a las transacciones de uva vinífera, sin perjuicio de que la autoridad administrativa evite el fraude por todos los medios a su alcance.
Nada más.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
En realidad, el impuesto grava a la uva vinífera, pero siguen exentas las zonas que la ley ha indicado.
Concedo una interrupción al Honorable colega señor César Raúl Fuentes.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).- Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Fuentes.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señorita Presidenta, si mis recuerdos no me engañan, cuando se trató esta materia en la Comisión de ¡Defensa Nacional, se hizo referencia a la derogación del impuesto a la producción de vino y a la aplicación de un impuesto a la uva. Se dio allí la razón expuesta por el señor Diputado informante; pero, al mismo tiempo, se dijo que sería un impuesto sustitutivo del de producción, pagado, en este caso, no por el productor, sino, directamente, por el comprador.
El señor ACEVEDO.-
Por el consumidor.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Evidentemente, no se trata de un impuesto idéntico al anterior. En este sentido, comprendo la argumentación del Honorable señor Naudon. Sin embargo, creo que quizás esto pudiera explicarse entendiéndolo como el reemplazo de un impuesto por otro que, hipotéticamente, hubiera existido en el caso de haberse producido el vino por el que cosechó la uva.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señorita Presidenta, el Nº 7 no significa ningún nuevo impuesto, ni recargo, ni la inclusión de algún producto no gravado, sino tan sólo ordenamiento de disposiciones legales. Lo mismo ocurre con los Nºs. 8, 9, 10 y 11.
En el Nº 12, se incluye, o más bien se aclara, un impuesto sobre los televisores que actualmente no tributan, el cual rendirá tres millones y medio de escudos. Hasta ahora, por estar exentos algunos por el decreto con fuerza de ley Nº 375, de 1953, este impuesto se cobraba, pero no se enteraba en arcas fiscales. Esta aclaración tiene por objeto que aquellos vendedores que lo cobraban en el precio, ahora lo paguen al Fisco.
Los Nºs. 13, 14, 15 y 16 significan ordenamiento de disposiciones.
En el Nº 17, se amplían a los economatos y departamentos de bienestar las mismas exenciones que se aplican a las cooperativas y que se señalan en el Nº 30 del artículo 18. Ahí pueden ver los señores Diputados las nuevas disposiciones sobre la materia. En lo que se refiere a las cooperativas, no hay ninguna disminución de las garantías que les da la ley. Se indican los diferentes tipos de cooperativas que tendrán estas franquicias.
El Nº 18 significa también ordenamiento de disposiciones.
El Nº 19 contiene el nuevo artículo 15 de la ley Nº 12.120, el cual reformula el impuesto de cifra de negocios, refundido ahora con el de compraventas, en un mismo texto legal. Aquí no hay aumentos, sino aclaraciones que amplían la base de cobro del impuesto. En la letra a), se amplia la base a 2 millones 500 mil escudos; en la letra b), a 14 millones de escudos; y en la letra c), a o millones de escudos.
El nuevo artículo 16 de la ley Nº 12.120 eleva las tasas de este impuesto del 5% al 6%, para nivelarlas con las de compraventas. Estos tributos se fijaron anteriormente en un 5%, porque ésa era la tasa de compraventas. La ley Nº 15.386, sobre revalorización de pensiones, aumentó las tasas en un 20% ; pero algunas quedaron exentas. Esas son las que ahora se aumentan.
En la letra a), esto significa un mayor ingreso de 44 mil escudos; en la letra b), uno de 320 mil escudos; y en la letra c) uno de 251 mil escudos.
El nuevo artículo 17 de la ley Nº 12.120 dará una mayor recaudación de 4 millones 500 mil escudos.
Los Nºs. 20 al 55 contienen normas de ordenamiento administrativo; dan una redacción más adecuada al nuevo texto de la ley y suprimen artículos tácitamente derogados por el Código Tributario. Asimismo, los artículos posteriores eliminan diferentes disposiciones relacionadas con la ley Nº 12.120, sobre impuesto a las compraventas.
Voy a hacer ahora un resumen del rendimiento de los nuevos tributos establecidos en el artículo 17 del proyecto.
En el Nº 3, en la letra b), hay un aumento de 182 mil escudos; en la letra c), un aumento de 24 mil escudos; en la letra g), una disminución de 16 mil escudos; y en la letra h), un aumento de 5 mil 300 escudos.
En el Nº 5, hay un aumento de aproximadamente 5 millones 400 mil escudos.
En el Nº 6, letra a), una disminución de 5.000 escudos; en la letra b), un aumento de 74.000 escudos; en la letra c), un aumento de 11.040.000 escudos; en la letra f), un aumento de 390.000 escudos; y en la letra g), un aumento de 10.069.000 escudos.
En el Nº 12 hay un aumento de 3 mil 500.000 millones de escudos.
En el Nº 19, letra a) hay un mayor rendimiento de 2.500.000 escudos; en la letra b), un aumento de 14.000.000 escudos; y en la letra c), un aumento de 5.000.000 escudos.
En el Nº 19 (nuevo artículo 16), letra a) hay un aumento de 44.000 escudos; en la letra b), un aumento de 320.000 escudos; y en la letra c), un aumento de 251.000.000 escudos.
En el nuevo artículo 17 hay un aumento de 4.500.000 escudos.
En el Nº 39 hay un aumento de 2 millones de escudos.
Esto da un rendimiento total aproximado de 117.829.300 escudos.
Se calculaba que el rendimiento primitivo era de 130.519.300 escudos, lo cual daría un déficit de 13.449.000 escudos.
En la Comisión de Hacienda se aumentó también, como indicaba, el impuesto a las bebidas analcohólicas en cuya fabricación se use materia prima importada, con lo cual se elevará también el rendimiento.
Los artículos finales, fueron objeto de diferentes modificaciones.
Después de dar término a la parte expositiva del proyecto relativa a los aumentos de impuestos y a su nueva ordenación, quedaré a disposición de los Honorables parlamentarios para responder las consultas que deseen formular.
Además, quiero destacar el contenido del nuevo inciso agregado por la Comisión de Hacienda al artículo 22, mediante el cual se da un destino permanente al Fondo Especial de Seguridad Nacional, y se establece que él "no podrá ser inferior al 0,40% del total de la estimación de los gastos de los Presupuestos Corrientes y de Capital de la Nación, en moneda nacional." De este modo el Ministerio de Defensa Nacional podrá elaborar sus planes con la debida anticipación.
En resumen, señorita Presidenta, el reajuste para el personal en actividad y en retiro de las Fuerzas Armadas y de Carabineros es un 25% de sus remuneraciones. Al mismo tiempo, se da una bonificación del 13% a los funcionarios en servicio activo. El personal con derecho a pensión íntegra o que acredite treinta años válidos para el retiro incorporará esta bonificación a su pensión de retiro en un tercio anual del monto que les corresponda, durante los años 1967, 1968 y 1969.
Por otra parte, el personal retirado de las Fuerzas Armadas y Carabineros antes de 1964 tendrá derecho a incorporar a su pensión la diferencia de quinquenios, también en forma paulatina, desde ahora hasta el año 1969, lo que le permitirá recuperar los derechos que tenía.
He terminado señorita Presidenta.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Santibáñez.
El señor SANTIBÁÑEZ.-
He concedido una interrupción al Honorable señor Fuentes, don César Raúl.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Con la venía de Su Señoría tiene la palabra el Honorable señor Fuentes.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señorita Presidenta, he pedido esta interrupción para solicitar de la Mesa que recabe el asentimiento de la Cámara con el objeto de que la Comisión de Hacienda, que en pocos momentos más empezará a sesionar, pueda estudiar una indicación que reglamentariamente requiere ese trámite.
Agradeceré a la Mesa solicitar la venia de la Cámara, a fin de que pueda tratarse nuestra indicación, esta tarde.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Señor Diputado, oportunamente la Mesa recabará el acuerdo de la Honorable Cámara en el sentido que ha indicado, pues en este momento no hay número en la Sala.
Puede continuar al Honorable señor Santibáñez.
El señor SANTIBÁÑEZ-
Señorita Presidenta, estimo que constituye un deber manifestar que tanto el Honorable señor Ballesteros, Presidente de la Honorable Cámara, como varios otros Diputados, hemos estado preocupados desde hace mucho tiempo de la suerte del personal en retiro de las Fuerzas Armadas.
Creemos de justicia, que los hombres que se retiraron de las filas de nuestros institutos armados después de haber dedicado su vida entera al servicio de la patria, reciban lo que les corresponde.
Sabemos que ellos han llevado su pobreza con extrema dignidad. Pero estimamos que debe irse acercando, cada día más el momento en que definitivamente podamos hacerles plena justicia. Estamos conscientes de que las posibilidades económicas reales de este país, no permiten solucionar inmediatamente todos los problemas, ni otorgar a este personal en retiro, que cumplió ya su gran misión con Chile, todo lo que, en justicia, anhela.
Sin embargo, quiero referirme a varias disposiciones de este proyecto de ley que constituyen puntos de avance en el largo camino que significa obtener para ellos la justicia y el bienestar.
Existe un grave problema, señalado en la Honorable Cámara, en relación con el artículo 6º de la ley Nº 15.575, el cual establece que, gozará del porcentaje de aumento de quinquenios el personal en retiro que acredite 30 años de servicios afectivos en la respectiva institución.
Por otra parte, se cometía una gran injusticia al obligar a los funcionarios a jubilar en forma compulsiva antes de los treinta años de servicios, de tal modo que, en la realidad, no podía disfrutar de este beneficio, porque los años de abono no sirven para los quinquenios. Como se ve, la ley en sí tiene una contradicción enorme, que ha sido base de la más tremenda y dramática injusticia.
El Presidente Frei, durante su campaña presidencial, posteriormente el Honorable Diputado señor Eugenio Ballesteros y quien habla, nos comprometimos a buscar una solución a este problema. Y, ahora, creo que podemos sentirnos orgullosos de haber logrado que el Ejecutivo incluyera en este proyecto disposiciones que significan cumplir con la palabra empeñada, en el sentido de cambiar el actual sistema que afectaba a este personal y concederle beneficios, que jamás había obtenido, de incorporar a sus pensiones las diferencias de aumento de quinquenios en un 10%, en 1966; en un 30%, en 1967; en un 50%, en 1968; en un 75%, en 1969; y en un 100%, en 1970.
El señor ACEVEDO.-
¿No les parece que es como gota?
El señor SANTIBAÑEZ,-
Evidentemente es una solución por etapas, y nuestro anhelo habría sido entregar en este momento la totalidad de lo que le queremos dar. Sin embargo, creo que el personal en retiro comprende perfectamente esta situación, y así lo ha manifestado en varias oportunidades a nuestros parlamentarios, al decir que aplauden el anhelo tanto del Ejecutivo como nuestro de lograr una solución a su problema.
-Hablan varios señores Diputados vez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Pido a los Honorables colegas del FRAP que en este momento me están interrumpiendo, que por favor me escuchen y guarden silencio.
Yo, siempre los he oído con profunda atención.
El señor ACEVEDO.-
Eso no es efectivo.
El señor SANTIBAÑEZ-
Todos anhelamos resolver con la mayor rapidez, el máximo de problemas posibles; pero también debemos estar conscientes de que el pedir de inmediato algunas cosas que sabemos que el erario no puede financiar, es actuar con simple demagogia. El personal de las Fuerzas Armadas en retiro, conoce esta verdad; y por eso, como así nos lo ha comunicado, respalda nuestra actitud.
Por medio de otra indicación se incluye a los afectados por enfermedades cardiovasculares o cáncer, y a los inválidos, en la misma situación que he analizado.
En otra indicación de la Comisión de Hacienda se autoriza la importación liberada de pago de derechos de internación, almacenaje y de todo otro gravamen, de un furgón carroza para la Asociación Mutualista de Jubilados de las Fuerzas Armadas "Arturo Prat", de Valparaíso.
El señor ACEVEDO.-
¿Y las de Santiago, Chillán y Concepción?
El señor SANTIBAÑEZ.-
Dicha indicación favorece a la Asociación Mutualista y a la Federación Provincial Mutualista de Valparaíso, que actuarán de consuno, para disponer, de este modo, de sus propios servicios mortuorios y proporcionar a sus asociados buena atención. La Mutualidad de Valparaíso ha comprendido esto y ha solicitado esta franquicia.
A través de otra indicación de la Comisión de Hacienda se autoriza a las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros, para descontar las cuotas sociales de las organizaciones con personalidad jurídica formadas por personal en retiro de esas instituciones, a fin de reconocer plenamente su existencia y darles, con el descuento de las cuotas, la posibilidad de contar con los recursos económicos necesarios para cumplir su benéfica labor.
Estas indicaciones satisfacen antiguos anhelos de los jubilados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, los que estamos cumpliendo en la medida en que nos es posible. Nos complace poder entregarles estos pequeños avances, por medio de este proyecto de ley, que les permitirán obtener siquiera una parte de lo que, en justicia, les corresponde.
No quisiera terminar estas palabras sin rendir un homenaje muy sentido a las Fuerzas Armadas y a Carabineros, tanto en servicio como en retiro. Este homenaje no es sólo para aquéllos que defienden la soberanía nacional o que mantienen la seguridad y el orden público, la vigilancia y la garantía del derecho, sino también para esas instituciones que, a través del Servicio Militar Obligatorio, han sabido formar ciudadanos de extraordinaria capacidad y darnos un país organizado, estable y dinámico, como hay muy pocos en el mundo.
Esta escuela de civismo, que es el Servicio Militar, merece nuestro respeto y administración, así como una palabra de homenaje, que debemos extender a quienes a través del Servicio Militar del Trabajo, están colaborando en levantar a nuestra patria, en llegar hasta las más apartadas regiones de Chile con su espíritu y decisión, con su esfuerzo y sacrificio para construir nuevos caminos, para levantar nuevas obras, que están señalando el sendero del porvenir. Al mismo tiempo, debemos recordar con respeto al autor de esa obra, el Presidente Ibáñez, y señalar que el Cuerpo de Carabineros no sólo ha cumplido con su misión de defensa del orden y la seguridad de los ciudadanos, sino también ha abarcado otros campos, como la protección de menores, con quienes ha realizado una labor extraordinaria e inmensa que cuenta, sin duda alguna, con el aplauso de toda la ciudadanía.
Por último, como porteño, quiero señalar lo que han hecho las Fuerzas Armadas en mi puerto de Valparaíso, en los días del sismo del 28 de marzo de 1965 y en los días que lo siguieron, en esa provincia tan azotada por los terremotos y temporales, a través de la operación de emergencia, como lo he destacado ayer en esta Honorable Cámara, labores que comprometen, en forma permanente, la gratitud de la población de Valparaíso para ellas.
No quería terminar mis palabras, sin rendir este homenaje, tan merecido, a los que tanto dan a nuestra Patria y que deben estar siempre en el primer lugar del corazón, del respeto y la admiración de todos los chilenos.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara, para enviar a la Comisión de Hacienda, a fin de que informe sobre ella conjuntamente con la anterior, una nueva indicación, del Honorable señor Fuentes y otros Honorables Diputados. Para ello, se requiere el acuerdo de los parlamentarios.
El señor VALENTÉ.-
Que se lea.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La indicación de los señores Fuentes, don César Raúl, Buzeta, Isla, Sanhueza y Lorca, don Alfredo, tiene por objeto agregar un artículo nuevo, que diga:
"Artículo...- Establécese durante 1966 un impuesto del 50% que se aplicará sobre la parte de las utilidades que obtengan los bancos, que exceda a la utilidad de 1964, actualizada con el índice del aumento de precios al consumidor del año 1965".
El señor PHILLIPS.-
¿Para financiar qué?
El señor BUZETA.-
Para incluirlo en este proyecto.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).- ¿Habría acuerdo para ello?
Acordado.
El señor PHILLIPS.-
¡Ese no es procedimiento!
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Lo que sucede es que la Comisión está sesionando, en este momento, autorizada por la Honorable Cámara, señor Diputado.
Tiene la palabra la Honorable señora Retamal.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¡Se debió hacer una exposición! ¡ Para eso estamos en un régimen democrático!
La señora RETAMAL.-
Señorita Presidenta, todos sabemos cuáles son las funciones específicas de nuestras Fuerzas Armadas. Todos conocemos su gloriosa trayectoria. Y no creo que haya chileno alguno, que se precie de tal, que no se sienta orgulloso de ellas, no sólo por la actuación que les haya cabido en pasados hechos bélicos, en que ha sorprendido por su preparación técnica, su valentía y arrojo, sino también por su inquebrantable disciplina en tiempos de paz, y por su nunca discutida observancia y defensa de la Constitución de la República.
Sin embargo, -y me cuesta creerlo- cada vez que surge una iniciativa que trata de hacer justicia a estos servidores, surgen opiniones contrarias a estos proyectos de reajusté y se trata de hacer aparecer a las Fuerzas Armadas como una institución que está socavando la economía nacional, cuya existencia no se justifica en un país, pobre, como el nuestro.
Mas, dada la forma tan magnífica en que actuaron nuestras Fuerzas Armadas en el sismo pasado y, posteriormente, en los temporales que azotaron nuestro país, ellas han comprobado fehacientemente que no sólo existen para resguardar nuestra soberanía, sino que siempre han estado y están puestas ante cualquiera eventualidad que acontezca, ya sea de carácter físico o social, asegurando el orden y restableciendo la normalidad de la Nación.
Pasando ahora al aspecto humano, me voy a referir a una de las ramas de las Fuerzas Armadas, que aun cuando tiene mucho en común con las otras y también con Carabineros, presenta, sin embargo, por la naturaleza del medio en que actúa, una bien marcada diferencia. Me refiero a nuestra Gloriosa Marina de Guerra. Lo hago, más bien, para dar a conocer algo de lo que no se sabe acerca de su situación económica y social, como de los múltiples y variados riesgos y sacrificios que esta gente tiene que enfrentar a diario.
De todos es sabido que, cada año, un considerable número de servidores de las Fuerzas Armadas y de Carabineros dejan la institución, porque, con el escaso sueldo que perciben, no pueden subsistir y, dadas las características de su labor, no pueden ayudarse económicamente desarrollando otra actividad, que les permita aumentar sus ingresos en sus horas libres. Lo trágico de esto es el hecho de que, entre esta gente que deja las filas, la mayoría son técnicos o ingenieros, es decir, el personal que en las industrias triplica o cuadruplica sus ingresos. Digo que esto es trágico, porque, dada la evolución de la técnica, hoy en día los hombres que tienen en sus manos la responsabilidad del manejo de nuestras naves deben poseer un alto grado de preparación, por la complejidad de los diversos instrumentos y mecanismos con que estos barcos están dotados. Si la Marina dispone de escuelas, cuya enseñanza está considerada como una de las más completas en América, son un cuerpo de profesores navales y civiles, de primer orden y que cuenta con la ayuda y material de enseñanza adecuado para impartir los conocimientos de las diversas especialidades a los oficiales y al personal en general; si se ha gastado en la formación de estos hombres con una finalidad específica, cual es la de servir hasta el término de su carrera en la Marina, lógicamente sería, entonces, que este capital, por demás bien invertido, rindiera el fruto que de él se espera. No obstante, como es condición del género humano buscar, en una u otra forma, su liberación económica, no se podría censurar a una persona que, presentándosele una mejor oportunidad y que estando preparado para ello, renuncie a su carrera.
Por lo expuesto, estoy plenamente de acuerdo con el proyecto de reajuste para las Fuerzas Armadas y Carabineros, que significa solamente hacer justicia a estos servidores. Digo que él es de justicia, porque, aparte de lo ya expuesto, hay otros factores que el pueblo desconoce, pues un concepto equivocado en cuanto a la labor que realmente cumplen estos funcionarios en tiempos y condiciones normales. Generalmente, se cree que todo se limita a hacer formaciones y a montar guardias de manera impecable. Esta parlamentaria ha tenido la oportunidad de visitar algunos buques de la Armada, y ha podido comprobar que la realidad es muy diferente. Y no puede ser de otra manera, si se considera que en los países desarrollados, la mayor parte de las unidades navales son construidas para que puedan servir no más de diez años. Sin embargo, en Chile la situación es muy diferente. Baste este ejemplo: el acorazado "Almirante Latorre", habiendo sido construido en el año 1912 y habiendo participado en la guerra de 1914, permanecía aún en servicio en el año 1952, lo que significa que su actividad fue cuatro veces mayor que el tiempo para el cual fue construido. ¿A qué se debe esto? La respuesta es obvia y sencilla, y no es otra que la constante preocupación en la conservación del material y reparación de los mecanismos que, aun cuando son complicados, son efectuadas por los propios técnico y personal de la Armada.
Y esto no es tocio, porque existen otros factores fundamentales, muy propios de estos servidores. Me refiero al sacrificio físico y moral a que permanentemente están expuestos, sometidos a las inclemencias de los elementos: calor en el verano, frío y lluvia en el invierno, como es el caso de los Carabineros, en particular, y de las Fuerzas Armadas, en forma circunstancial. Pero, aparte de esto, los marinos deben librar una lucha casi constante con el mar, en la que no siempre salen vencedores. Hay que recordar, en efecto, algunos trágicos sucesos, como el hundimiento del "Angamos", el del "Brito" y, recientemente, el de la "Janequeo"; trágicos y dolorosos para sus familiares, que perdieron a sus seres queridos; dolorosos para la Nación, por el desaparecimiento de sus defensores; y lamentables para todos los chilenos, porque han sido nuestros hermanos los que han entregado su vida en cumplimiento de su deber. Con todo, no sólo ahí está el peligro. Existe él también en las máquinas y calderas, que también han segado muchas vidas, a consecuencia de explosiones producidas en algunos elementos. Dada la alta presión del vapor que contienen, el material se fatiga y, cuando menos se espera, sobreviene la tragedia.
Señorita Presidenta, quiero referirme, ahora, a la parte efectiva de la situación del personal. Nadie ignora que un servidor de la Armada llega a su hogar sólo cuando puede, y no cuando lo desea; y que, estando fuera de servicio, si la necesidad lo requiere, es llamado a reconocer cuartel, sin que exista pretexto alguno para no cumplir esa orden. Nadie ignora tampoco que hoy pueden estar prestando servicio en Punta Arenas, y mañana en Arica, y no porque ellos lo soliciten. ¿Y qué se puede decir de esos hombres que, dejando a sus seres más queridos y renunciando a las comodidades del hogar, van a desterrarse por un año a la Antártica, convirtiéndose en guardianes do nuestra soberanía en lo más inhóspito del globo?
Quiero dejar constancia de que si he hecho mención especial de algunos aspectos de la Marina, fue por lo que manifesté al iniciar estas palabra. Pero mi reconocimiento es general para todas las ramas de las Fuerzas Armadas; y, asimismo, para los Carabineros de Chile, que, con este proyecto, felizmente verán aliviarse su situación y disiparse su preocupación, que todos compartimos, por la falta de elementos para su servicio, como la dotación de equipo motorizado. Por eso, cuando se nos pedían retenes para las poblaciones, sosteníamos que era más conveniente y útil construir comisarías y dotarlas de equipos motorizados, de tal manera que fuera más fácil y práctico el trabajo de estos servidores del Estado.
Por otra parte, durante el desempeño de mi cargo de parlamentaria, he estado recibiendo continuamente a muchos servidores de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas, retirados y montepiadas, que me expusieron el problema que los afecta, debido al hecho de que los reajustes no les son pagados con la premura que ellos necesitaban. Había pensado presentar una indicación para solucionar esa dificultad; pero felizmente, cuando conversé con el señor Ministro, éste me manifestó que esto ya estaba resuelto, de lo cual me alegro mucho. Me refiero al artículo nuevo, que, según me parece, va a tener el número 17, que dice lo siguiente: "El reajuste a que tiene derecho el personal en retiro y beneficiario de montepío por aplicación de la presente ley, deberá ser pagado por quien corresponda sin necesidad de requerimiento por parte del interesado, ni resolución ministerial que autorice dicho pago."
El método actual es engorroso para los jubilados, pensionados y montepiadas, quienes, muchas veces por desconocimiento de la forma como hacer los trámites, deben ir frecuentemente al Ministerio, lo cual dilata innecesariamente los procedimientos e impide recibir los beneficios previsionales a su debido tiempo, tal cual lo merecen los retirados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros.
Por todas estas circunstancias, levanto mi voz para manifestar mi conformidad con el proyecto, que viene a hacer justicia a estos ex servidores de la patria.
He dicho.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
A continuación, está inscrito el Honorable señor Gustavo Lorca. Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señorita Presidenta, la iniciativa del Ejecutivo es de toda justicia, desde que el personal de las Fuerzas Armadas y el de Carabineros tiene sueldos realmente increíbles.
Comprendemos que toda la Administración Pública debe estar bien rentada; pero la verdad es que estos servicios, de tanta importancia para la vida nacional, están en condiciones subalternas.
Debemos rendir homenaje a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile por su encomiable labor en todo orden de cosas y, en especial, por la forma como han actuado en las zonas afectadas por los terremotos y temporales últimos, coadyuvando con sentido constructivo y creador en la solución de los múltiples problemas allí presentados.
Estimamos, sin embargo, insuficiente la solución dada al reajuste de remuneraciones para estos servicios. Debió encararse una nueva escala de sueldos, porque, dado el bajo nivel de los actuales, este reajuste no paliará la situación económica de estos sectores. Debió equipararse estos sueldos, por ejemplo, con los del Poder Judicial, tal como siempre ha sido y tal como se ha contemplado en otras legislaciones.
Se comprenderá que un soldado no puede vivir con un sueldo de Eº 171 mensuales, por lo que debió establecerse, igual que en el reajuste de los sectores públicos y privado, que ningún sueldo quede por debajo del vital de Santiago.
Otra aspiración muy cara de estos servidores es la de cambiar el actual régimen de quinquenios. Actualmente es de 20% los primeros 5 años y después disminuye al 15% y 10%, dejando el alcance menor al final de la carrera. Lo justo sería invertir el orden de los factores, en el sentido de que quienes tienen 30 años como oficiales o 25 años como suboficiales, tiempos considerados límites de sus carreras, pudieran tener mayor porcentaje por concepto de quinquenios. Se debería comenzar con un 15% para terminar con el 40%.
Creemos necesario, además, considerar la posibilidad de establecer la asignación de título y de especialidades, a fin de beneficiar a los profesores militares, ingenieros, etcétera, por cuanto ellos deben realizar estudios especiales para desempeñar sus funciones, como son 4 años para recibirse de oficiales del Estado Mayor; y tres años, de profesores. Los submarinistas y aviadores se retiran incluyendo estas asignaciones en su pensión.
La situación de los pensionados es verdaderamente dramática. Se les dará ahora sólo un 25%, con lo cual no tendrán el 13% extra del personal en actividad.
Es cierto que el financiamiento es difícil; pero estimamos que en el futuro debemos todos aportar nuestros esfuerzos para encontrar una justa compensación a estos ex servidores de la Defensa Nacional. Sobre el particular daremos algunas ideas al final de esta intervención.
Todas las asignaciones y gratificaciones debieran quedar incluidas en la pensión, ya que, por ejemplo, un General de Ejército, el puesto más alto y de mayor dignidad en todos los países, al retirarse del servicio pierde el 40% de su sueldo en actividad. Hoy día sólo gana una pensión de Eº 1.000.
Cabe agregar que un militar o marino que se retira con el tiempo máximo, no encuentra ocupación alguna, por razones de edad y de exigencias del servicio donde pretenda ingresar.
Por ello y por los bajos sueldos, se está obligando al retiro masivo de oficiales jóvenes.
Con respecto al financiamiento, cabe considerar que él afecta, fundamentalmente, a los tributos indirectos, como son el de compraventa y la aplicación de un nuevo impuesto sobre el monto de las operaciones de crédito no reajustables.
Sobre lo primero, debemos manifestar que ya se han dado razones por demás justificadas y atendibles en el sentido de que el Gobierno, en lugar de proceder a aumentar los gravámenes existentes, y en especial los indirectos, debe tratar de incorporar al área tributable nacional aquellos regímenes de excepción o privilegio -muchos de ellos no se justifican- en virtud de los cuales el Fisco deja de percibir lo que le corresponde, sin que con ello se obtengan beneficios de estímulo a la producción y en los cuales se induce a los demás contribuyentes que sufren el trato discriminatorio a buscar modo de evadir el impuesto.
Un ejemplo claro lo tenemos, precisamente, en la ley Nº 12.120, sobre compraventa y otras transacciones. Mientras el comercio establecido paga patente y es contribuyente de Tercera Categoría, sometido a la constante vigilancia de la Dirección General de Impuestos Internos y fiscalizado esmeradamente -se le obliga a inscribirse en el Rol de Compraventas; se le impone la declaración mensual y la entrega, también mensual, de los tributos, bajo fuertes sanciones del Código Tributario- existe un problema del cual nadie se preocupa, a pesar de que involucra un enorme volumen de transacciones sobre productos y mercaderías afectos al impuesto. Me refiero a las ventas efectuadas a diario en las ferias libres de todo el país, sin que se tribute nada. Ello sucede, porque se ha desnaturalizado el sentido de tales ferias, cual es el de proporcionar al consumidor, sin intermediarios, los productos agropecuarios.
En la actualidad, los comerciantes de ferias libres venden toda clase de mercaderías, de la más diversa índole, como ropa, herramientas, radios, conservas, etcétera, todas las cuales están gravadas con el impuesto a la compraventa. Nada se ha hecho por corregir este vicio. Debería prohibirse, por ley, en tales lugares, la venta de mercaderías en que no estuvieren exentas del impuesto a la compraventa, estableciendo fuertes sanciones a los infractores.
Como dato ilustrativo puedo manifestar que en la feria libre de Valparaíso se expende cada día de funcionamiento alrededor de Eº 150.000 a Eº 200.000 en artículos afectos a dicho impuesto, y que la venta de un mes es, por consiguiente, de Eº 2.600.000.- con un impuesto no pagado de Eº 156.000, lo cual totaliza al año Eº 1.872.000 no percibidos. Esto sólo en la feria libre de Valparaíso.
El otro tributo que se crea afecta al monto de las operaciones de crédito no reajustable, y es, a nuestro juicio, grave, pues recarga la tasa de interés vigente. En la Comisión de Hacienda, el representante del Banco Central manifestó que con esta medida no subiría la tasa del interés más allá del 22%, lo cual, dijo, no es excesivo.
A un requerimiento de cuánto incidía tal recargo sobre los costos de producción, se expresó que sólo en un 0,3%, tomando en cuenta que la masa total del Producto Nacional asciende a Eº 20.000.000.000.- , lo cual es relativo, pues en esa suma se contemplan rubros como el cobre de la grande y mediana minerías, que tienen disposiciones y regímenes especiales.
Por ello, estimamos que incidirá en un porcentaje muchísimo mayor en el alza del costo de la vida el impuesto propuesto sobre el monto de los créditos no reajustables.
Por lo demás, esta disposición se contradice con la aprobada en el día de ayer por la Honorable Cámara, mediante la cual se acordó que la tasa del interés bancario no podría ser superior a la existente al 31 de diciembre de 1965, lo que, en realidad, no será posible aplicar, en atención a la legislación que hoy se piensa sancionar.
Finalmente, aprovechando la presencia del señor Ministro, deseamos dejar constancia de que, a nuestro juicio, debiera ser abordado también, en un futuro próximo, un reajuste a los pensionados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, dada la situación gravísima en que se encuentran.
Con tal motivo, me permitiré someter próximamente a la consideración de la Honorable Cámara un proyecto de ley que autorice revalorizar el activo realizable de las empresas comerciales, medida que podría producir una suma cercana a los 30 millones de escudos. Con tales recursos se podría elevar en forma notable los beneficios de esos pensionados.
Estimamos que tenemos la obligación de cooperar en la solución de este problema y nos ofrecemos gustosos a hacerlo, a fin de que el Supremo Gobierno pueda abordar la satisfacción de las necesidades de estos sectores en forma integral.
Por las razones que en forma tan breve he expuesto, los Diputados liberales y conservadores unidos votaremos favorablemente las disposiciones de este proyecto de ley; y, al hacerlo, creemos cumplir un deber elemental de justicia en favor de los servidores de las Fuerzas Armadas y de Carabineros.
Nada más, señorita Presidenta.
La señora DIP.-
Pido la palabra.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora DIP.-
Señorita Presidenta, después de haber escuchado el informe sobre el proyecto de ley de aumento de sueldos de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, en el cual también he tenido participación, por pertenecer a la Comisión de Defensa Nacional, no quiero dejar pasar esta oportunidad sin destacar las múltiples labores de nuestras instituciones armadas y del Cuerpo de Carabineros de Chile.
Me siento orgullosa -y creo que cada uno de los Honorables colegas aquí presentes también lo está- de saber que nuestra patria cuenta con hombres que, como quienes militan en esas instituciones, dan todo de sí para defender nuestro territorio, respaldar los Gobiernos legalmente constituidos, sean cuales fueren sus colores políticos, y dar de esta manera, un ejemplo a América y al mundo entero.
Nuestra Marina, por ejemplo, ha paseado nuestro pabellón por los países extranjeros, siendo admirados sus componentes por su prestancia y gallardía. Nuestros militares nos dieron gloria y libertad en épocas pasadas; hoy, en la paz, cuando la fuerza desatada de la naturaleza destruye parte de las ciudades ellos las reconstruyen a lo largo del territorio nacional, olvidándose de sus propios problemas; y, con cariño y abnegación, levantan con sus esfuerzos un futuro mejor para quienes quedaron sin hogar.
Nuestra Aviación, pese a la falta de material adecuado y moderno, ha dedicado en igual forma sus esfuerzos, a socorrer los pueblos aislados, uniendo los continentes, desafiando a la naturaleza y exponiendo las vidas de sus pilotos, llevada de su único horizonte: servir a la patria.
Y, por último, señorita Presidenta, ¿qué podemos decir de los Carabineros, que no perteneciendo a las Fuerzas Armadas, por cuanto forman una institución de Orden y Seguridad, cuya labor es proteger a la ciudadanía hasta en los lugares más inhóspitos, han sabido colocar su lema "Orden y Patria" por sobre toda otra consideración al punto de haber dado, como soldados de la paz, hasta la vida en la defensa de nuestras fronteras?
A todas estas instituciones, que son orgullo para Chile, nuestro reconocimiento y gratitud; y para quienes ya se alejaron de las filas, también nuestro reconocimiento, pues reconocemos que la aprobación de este proyecto es el justo tributo de esta Honorable Cámara y de todos los chilenos a los soldados de nuestra Patria y a quienes, en parte, se les van a solucionar los problemas del diario vivir.
Muchas gracias, señorita Presidenta.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Aravena, don Jorge.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Señorita Presidenta, durante la discusión general del proyecto sobre sueldos salarios y precios, mantuve una posición concordante con lo propuesto por el Ejecutivo en todas aquellas disposiciones tendientes a lograr un ordenamiento económico con miras a que los sueldos y salarios mantengan su valor adquisitivo y no sigamos por el camino engañoso de recibir más para pagar más por los mismos productos, en circunstancias que en este camino los asalariados llevan una desventaja inconmensurable.
Con esa misma convicción y propósito, no estuve de acuerdo con el Ejecutivo en determinados aspectos del proyecto, como no lo estaré jamás con cualquiera medida o disposición legal que pueda herir o menoscabar los derechos legítimos conquistados por los trabajadores.
No obstante esta manera de actuar y pensar, nos encontramos de nuevo frente a un problema de profundo sentido social y económico que afecta a otro sector; el que, como ya lo han dicho mis estimados colegas, merece el respecto y la estimación de toda la comunidad.
Comprendemos que el Gobierno, de acuerdo con los recursos financieros que ha consultado, en esta oportunidad, dentro del proyecto, realiza un esfuerzo para hacer justicia a este sector en materia de remuneraciones. No obstante, creo que existe algo en el proyecto en examen, y bien vale la pena emplear algunos minutos para tratar de hacer claridad.
No podemos negar que existe en nuestro país, en materia de sueldos y remuneraciones, una verdadera anarquía y ciertos desniveles que no guardan ninguna concordancia con el desempeño ni con los sacrificios que cada hombre hace para lograr un nivel de superación, a fin de servir en mejor forma a la comunidad.
Hace algunos días, tuve oportunidad de conocer en un diario de la tarde, una publicación que no pudo menos que sorprenderme, referente a la situación que tienen muchos de los servidores, a quienes esta tarde, como un justo reconocimiento, se les ha rendido un cálido homenaje, por los inmensos sacrificios que hacen para prestar servicios al país en las condiciones que todos conocemos; no sólo por su esfuerzo, sino por su abnegación.
Pero aun cuando este reconocimiento es muy justo, yo creo que esto no es todo, ya que estos elementos necesitan disponer de los medios económicos necesarios que les permitan vivir con tranquilidad y sentir seguridad para el futuro.
Me pareció muy extraño, cuando pude observar que, según uno de los cuadros publicado en estos diarios, por ejemplo, un suboficial mayor del Ejército, la Armada, Aviación y Carabineros, hombres que han entregado una vida entera, con los sacrificios de todos conocidos, casi en el atardecer de su vida, perciba una remuneración mensual de Eº 535.
Si seguimos en la escala, veremos que los suboficiales del Ejército, la Armada, Aviación y Carabineros ganan 470 escudos; un sargento 1º con 20 años de servicios, 473 escudos; un sargento 1º con 80% de quinquenios y 15 años de servicios, 396 escudos; un sargento 1º con 60 % de quinquenios y 10 años de servicios, 352 escudos; un subteniente y un sargento 1º con 30% de quinquenios y 5 años de servicios, 286 escudos. Más adelante nos encontramos con que un soldado 1º con 30% de quinquenios y 5 años de servicios, gana la insignificante y miserable suma de 182 escudos.
En consecuencia, estamos en presencia de un grupo social de servidores, a quienes rendimos el más cálido de nuestros homenajes, que, como retribución por los abnegados servicios que prestan a la sociedad, perciben un sueldo de 182 escudos al mes. Por lo tanto, sufren toda clase de privaciones y viven en condiciones que no corresponden a seres humanos.
El porcentaje de reajuste para el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros no representa, en realidad, un aumento considerable en sus remuneraciones, ya que ni siquiera los alcanza a liberar de la miseria; porque un hombre que gana 180 escudos mensuales, aunque esta cantidad se le reajuste en un 40 ó 50 por ciento, seguirá viviendo en la más absoluta miseria. Lo que realmente habría sido de justicia y algo por lo que, tal vez, podríamos estar profundamente satisfechos esta tarde, habría sido el hecho de establecer una escala diferente, contemplar un mínimo con el cual no se llegue a ese grado de miseria en que el hombre se siente humillado por el sueldo que está percibiendo.
Hay anarquía y disparidad en todos los órdenes, porque a través de esta información, nos hemos podido imponer de que hay servicios que tienen tremenda responsabilidad y cuya acción es de vital importancia desde el punto de vista económico para el país, en que también existe una situación semejante. Veía, por ejemplo, que el Director General de Impuestos Internos gana E9 1.906 al mes. Tuve buen cuidado de consultarle personalmente, aprovechando que en estos días ha estado en la Honorable Cámara, si era efectivo que él ganaba dicha cantidad, a lo cual me contestó afirmativamente. No es posible que esto sea así, porque hay otros ser vicios -sin querer decir que están sobrepagados, sino que me estoy refiriendo a los que están mal pagados- en que con las mismas responsabilidades y desempeñando un cargo tan importante, tal vez, como es el Contralor General de la República, obtiene un sueldo que a mí me parece compatible con el cargo y con la responsabilidad que tiene un servicio de tal naturaleza, pero respecto del cual no veo la razón para que exista enorme diferencia con el caso anterior del Director General de Impuestos Internos, que va de los cinco mil y tantos escudos a los Eº 1.908 de este último.
Concedo una interrupción al Honorable señor Isla.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de una interrupción el Honorable señor Isla.
El señor ISLA.-
Señorita Presidenta, agradezco la interrupción.
Deseo intervenir para ratificar, una vez más, lo que como Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional, sostuve, hace algunos instantes. Tuve el cuidado de empezar dicha intervención diciendo que este proyecto más que un reajuste era la oportunidad que el Gobierno deseaba, y esto fue lo que se discutió en la Comisión de Defensa, para comenzar seriamente, dentro de las limitadas posibilidades financieras de la Caja fiscal, a reparar estas injusticias, de las cuales tenemos plena conciencia nosotros y todos los sectores de la Cámara. Esta es una especie de herramienta que el Ejecutivo solicita para empezar esta corrección de vicios y postergaciones observadas no sólo entre los miembros de las Fuerzas Armadas y Carabineros en servicio activo, sino también entre torios los que han entregado su vida al servicio de estas instituciones, como los retirados, a quienes se debe hacer justicia.
Este es el fundamento, el espíritu del proyecto, por así decirlo, casi más importante que el propio reajuste de las remuneraciones. Por eso el Gobierno, consciente de que hay que corregir todas estas injusticias, solicita facultades especiales, que, de acuerdo con la Constitución, es tradicional que el Parlamento entregue al Presidente de la República.
Muchas gracias, Honorable colega.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede continuar el Honorable señor Jorge Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Señorita Presidenta, no podía hacer menos el Honorable señor Isla que coincidir conmigo, porque frente a estos problemas sé que su partido siente verdadera preocupación por abocarse a su solución integral.
Cuando por raro destino del país halla el momento oportuno de rectificar errores de esta naturaleza, y que por cierto no son simples, por cuanto deben arbitrarse medidas de fondo que permitan hacer justicia, entonces pienso que bien vale la pena compartir con la idea de la "revolución en libertad". En este aspecto hay que hacer realidad la revolución, a fin de terminar con estos desniveles que van originando una verdadera irritación en los elementos postergados y humillados al recibir como retribución por sus sacrificios y desvelos emolumentos tan escasos que no les permiten vivir con dignidad, ni en condiciones humanas.
Por citar un caso, aun cuando sea al margen del proyecto de las Fuerzas Armadas, ¿qué sucede, por ejemplo, con los que trabajan en el Servicio de Seguro Social? No hablemos de la Dirección, que gana mil doscientos escudos mensuales, sino de los funcionarios colocados en la mitad del escalafón hacia abajo y que ganan doscientos ochenta escudos mensuales, ¿Qué decir de los funcionarios de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, que también están mal remunerados? Incluso el Vicepresidente Ejecutivo, por mencionar a la plana alta de la institución, gana lo mismo que la Directora del Servicio de Seguro Social. Y el término medio de los sueldos de los empleados de la Caja es de 280,72 escudos.
Si seguimos por este camino, nos encontramos con las Cajas municipales de la República, donde las remuneraciones de los empleados ya no alcanzan a Eº 280, sino a Eº 216,73.
Sin entrar en el análisis de un estudio socioeconómico, que nos llevaría a perdernos en guarismos y consideraciones sobre casos prácticos de la forma de vida de las familias modestas, yo me pregunto: ¿qué pueden hacer los que pertenecen a Carabineros, a Investigaciones, al Servicio de Seguro Social, al Servicio Nacional de Salud, en fin, todos los que deben afrontar responsabilidades, cualquiera que sea el lugar donde actúen, qué pueden hacer, repito, con Eº 280, Eº 300 o Eº 500, cuando sólo por cuotas de vivienda deben pagar cerca del 50% de los emolumentos que reciben?
Es posible que el sistema de reajustes parta de una base errónea. Si las escalas o bases de sueldos están mal hechas, se perpetúa la injusticia y se disminuyen los beneficios en la misma medida en que aumenta la inflación.
Por eso la gente modesta vive permanentemente en una desigualdad social. No lo digo esto como una crítica, porque no es éste el camino para lograr 'los objetivos, sino que para aprovechar la oportunidad en que todos los sectores están empeñados en buscar solución a estos problemas, y nos pongamos pronto a trabajar.
Yo creo que es conveniente terminar con la carrera inflacionista, pero para ello es conveniente también pensar que es primordial establecer un estado de justicia social y económico de las clases laborales.
Al establecer un ordenamiento en el sentido que señalo, habría menos oportunidades y razones para criticar al Gobierno.
Considero que el sistema actual de reajustes de sueldos y salarios, mediante la fórmula de porcentajes, no logrará hacer justicia jamás, mientras no se establezca una escala básica para la administración fiscal, semifiscal, autónoma y privada.
Los porcentajes resultarían realmente efectivos si se partiera de un sueldo que contemplara los medios para vivir dignamente. En tal caso, indudablemente, el aumento del ciento por ciento del alza del costo de la vida, sería la medida más justa y daría una amplia seguridad para el futuro.
Podría pensarse que todo lo dicho ya es suficiente. No obstante, falta hablar de un sector que a todos nos interesa, como que vivimos en el Parlamento permanentemente preocupados de buscar la manera de aliviar su triste situación económica. Me refiero a los jubilados, a los que ya entregaron a la sociedad sus mejores energías. A la jubilación se llega, como lo saben mis estimados Honorables colegas, no sólo porque un individuo haya cumplido ciertos años de trabajo, sino también porque muchas veces una enfermedad priva al hombre o a la mujer, incluso en la plenitud de sus vidas, de la capacidad de seguir prestando servicios. Y, desafortunadamente, nadie satisfará sus necesidades, si no es la comunidad. De ahí la obligación de entregarles el beneficio social de la jubilación.
¡Qué mal tratamos a los jubilados! ¡Qué equivocados vivimos cuando pensamos que nuestra obligación es tenderles la mano, sólo para entregarles una migaja, que apenas les permite vivir, por no decir respirar! Ahí están los jubilados de la ley 10.383, Servicio de Seguro Social. No es mucho lo que se ha avanzado, por cuanto hay hombres con responsabilidades familiares, sin vigor físico ni mental para lograr en otra actividad algo que les permita aumentar las migajas que le entrega la sociedad.
Sin pretender concitar voluntades de tipo político, estoy convencido de que se están dando las condiciones para que el actual Gobierno y su partido pongan en marcha un amplio plan de justicia social. Esto lo reconozco con hidalguía. Puede que cometan algunos errores -nada nace perfecto- pero hay que aprovechar esta oportunidad. ¿Para qué esperar mañana si ahora están todos los medios en la mano para emprender esta acción en favor de los que tanto han aguardado justicia o una mayor consideración? Bien puede que los propósitos de orden económico se retarden en la llegada a la meta planteada. No obstante creo que para el actual Gobierno, es más importante proyectarse en el corazón del pueblo cumpliendo con lo que otros prometieron y nunca realizaron. ¡No más migajas para el pueblo! Hagamos realidad la revolución en libertad para los que más necesitan de ella, porque nada tienen y sufren una vida injusta. ¡Hagámoslo ahora; después puede ser tarde!
Lamento que no esté presente en la Sala el señor Ministro de Hacienda para dialogar sobre estas perspectivas sin mirar los errores del pasado, porque creo que ha llegado el momento de abrir las puertas para una vida más luminosa de nuestro pueblo.
Doy excusas por haber distraído tan largamente la atención con este problema y por el entusiasmo puesto en mis palabras, pero ello se debe más que nada a que creo que ha llegado la hora de hacer justicia a quienes se ha tardado tanto en dársela.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Naudon.
El señor NAUDON.-
Señorita Presidenta, al comenzar mis observaciones debo hacer notar que los Diputados de la Democracia Cristiana, tal vez involuntariamente, dejaron entrever en su intervención, casi con claridad, que la Oposición se opuso en el pasado a que el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros obtuviera un legítimo mejoramiento en sus remuneraciones. Yo protesto por esto. Jamás un parlamentario de estos bancos o del resto de la Oposición ha negado su apoyo a una indicación o proyecto de ley tendientes a mejorar las rentas del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Por el contrario, cuando se trató el proyecto que aumentaba la planta del Cuerpo de Carabineros, presenté una indicación tendiente a corregir el efecto producido por el artículo 6º de la ley Nº 15.575, que quitó un derecho adquirido a un importante sector de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros. Esa indicación que los beneficiaba fue rechazada por la mayoría de la Democracia Cristiana, y apoyada y votada afirmativamente por los Diputados de Oposición.
Reconozco que el Supremo Gobierno, haciéndose eco del clamor de este sector de jubilados, ha incluido en el proyecto un artículo que remedia, sino totalmente, por lo menos en gran parte, la injusticia cometida por medio de una disposición que, evidentemente, fue estudiada con ligereza. Pero no se nos puede hacer el cargo, así, directamente, para que la opinión pública se forme el concepto de que anteriormente no hemos apoyado proyectos o indicaciones de mejoramiento a las Fuerzas Armadas y Carabineros. Esa imputación es arbitraria y no se compadece con la verdad.
El proyecto de ley en debate no es, precisamente, lo que los Diputados radicales, y creo que los del resto de la Oposición también, deseamos para este sector de servidores públicos. Desde luego, como ya lo sostuvimos en el debate del proyecto sobre reajuste de sueldos a los sectores público y privado, estimamos fundadamente que el alza efectiva del índice del costo de la vida, no el alza efectiva del precio de 125 artículos, es de más o menos 40% ó 43%.
Al entregársele al personal en actividad un aumento de 25% y una bonificación de 13%, se le está restituyendo un 38% del poder adquisitivo de sus sueldos, perdido en los doce meses anteriores a esta fecha. Pero lo más grave de este proyecto es que, al dividirse este aumento del 38% en 25% de reajuste del sueldo y 13% de bonificación, se está perjudicando a todo el personal que tiene derecho a que se le reajusten sus rentas por haber jubilado con sueldo en actividad, toda vez que este 13% será incorporado en forma paulatina. Esto no nos parece justo; puede que sea necesario desde el punto de vista del financiamiento, pero, en todo caso, no es la manera adecuada de reparar la situación de este sector de funcionarios.
Además, al hacerse esta división entre aumento de sueldo y bonificación de permanencia, se está afectando a los que jubilen en el futuro, ya que a ellos se les computará el 25% y no el 13%, que se va a incorporar en forma paulatina.
Deseaba formular estas observaciones de tipo general en cuanto al aumento de sueldos del personal de la Defensa Nacional y de Carabineros, que lo estimamos insuficiente, como lo han considerado también los Honorables colegas de la Democracia Cristiana. Es posible que esto se deba a que no existan mayores recursos. Por eso, lo votaremos favorablemente, en general.
También discrepamos -y esto es una idea de tipo general- con su financiamiento. Estimamos que el que se ha propuesto es, evidentemente, inflacionario. Se aumenta el impuesto a las compraventas, con un rendimiento aproximado de 120 millones de escudos. Esta cifra, en un rendimiento total del impuesto a las compraventas y de cifra de negocio del orden de los 1.600 millones de escudos, va a significar, con el aumento que provocará en el interés bancario, un alza del costo de la vida, que se calcula así, sin un estudio científico, en un 8% ó 10%.
Hicimos indicación en la Comisión de Hacienda para sustituir todo el financiamiento del proyecto. Propusimos que el mayor gasto que demandara se pagase con el aumento del precio del cobre, el cual se ha congelado, respecto de 90 mil toneladas, en virtud de negociaciones entre los Gobiernos de Chile y Estados Unidos. El rendimiento que se obtendría por este concepto sería suficiente para financiar el mayor gasto que determina; este proyecto de ley, sin provocar el efecto inflacionista que va a tener indiscutiblemente, el impuesto indirecto que se establece al aumentar las tasas en muchos rubros del impuesto a la compraventa y a la cifra de negocios.
Además, objetamos la disposición del artículo 13 del proyecto, que establece una delegación de facultades al Presidente de la República, para alterar el sistema de remuneraciones, calificaciones, retiro y jubilación del personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros.
Con la aceptación del Poder Ejecutivo y del señor Ministro de Defensa Nacional, aquí presente, le hemos introducido dos modificaciones a este artículo, que limitan esa delegación de facultades. Creemos que, de esta manera, no se perjudicarán los legítimos intereses de estos funcionarios. Pero, en general, estimamos que no es una buena práctica delegar facultades, especialmente cuando los problemas que tiende a corregir esta delegación empezarán a hacerse presente el 1º de enero de 1967. De manera que podríamos haber discutido el proyecto respectivo, con todas las modificaciones que pretende introducir el Poder Ejecutivo para regularizar estos aspectos, prácticamente desde mayo o desde antes, si se hubiera incluido en la convocatoria, en un debate a la luz pública, que nos hubiera permitido exponer nuestros reparos frente a algunas disposiciones.
Ese procedimiento habría permitido también a los sectores afectados conocer con anticipación su situación futura, para que oportunamente hubieran podido expresar su inquietudes a través de los diferentes grupos parlamentarios.
Ahora, en cambio, con esta delegación de facultades, sólo podrán imponerse de las disposiciones de los decretos con fuerza de ley que se dicten, una vez que éstos se publiquen en el "Diario Oficial. Y ya no tendrán la posibilidad de conseguir que se enmienden algunos errores o injusticias, como podría hacerse si se despachara una ley sobre esas materias. Dichas disposiciones defectuosas ni siquiera podrán modificarse a través de nuevos decretos con fuerza de ley.
Estas son algunas consideraciones de carácter genera! que quería formular, en nombre de la representación radical, en relación con este proyecto, que, por lo demás, consideramos justo, pues repara, en parte, las injusticias cometidas con estos servidores y con el sector de jubilados o en retiro, todos los cuales perciben rentas insignificantes.
Nada más.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
A continuación, tiene la palabra el Honorable señor Agurto.
El señor AGURTO.-
Señorita Presidenta, los Diputados comunistas, al pronunciarnos sobre el proyecto de ley de reajustes de remuneraciones de las Fuerzas Armadas y Carabineros, que el Gobierno ha sometido a la consideración del Congreso Nacional, queremos expresar que compartimos ampliamente los fundamentos de esta iniciativa.
Estimamos que las Fuerzas Armadas deben tener una renta compatible con la dignidad y responsabilidad de sus funciones. Ellos, por razón del cargo que desempeñan, no pueden dedicarse a otras labores para aumentar sus emolumentos, que no sean las inherentes a los institutos armados.
Hace algunas semanas tuvimos oportunidad de presentar un proyecto de acuerdo, porque estamos convencidos de la necesidad y urgencia de legislar sobre la materia.
La idea central consistía en establecer un sistema de remuneraciones más justo y elevado. Fundamentalmente, se proponía aplicar la misma escala de quinquenios en vigencia para el personal en servicio activo, a todos los retirados y montepiados de las Fuerzas Armadas y Carabineros. Es decir, se pretendía eliminar la odiosa discriminación de que son objeto hoy diversos sectores de esas instituciones. Nos parecía que estas medidas estaban acordes con los principios de ordenamiento legislativo y con los deseos de hacer justicia a los grupos más postergados. Sin embargo, el presente proyecto, en estudio, lejos de eliminar las discriminaciones, 'las acentúa en muchos aspectos. Así, por ejemplo, deja al margen de la percepción inmediata de la bonificación de permanencia del 13% a los retirados y montepiados, quienes ya tenían conquistado el derecho a percibirla de inmediato, de acuerdo con la disposición del sueldo de actividad.
Ese sentido discriminatorio vuelve a expresarse cuando se fija un mínimo de 100 escudos para los oficiales y empleados civiles de nombramiento supremo, y de 50 escudos para el resto del personal de empleados, suboficiales, clases y soldados. ¿Por qué no fijar un mínimo de 100 escudos para todos, si es por concepto de permanencia, cuando ésta afecta a todos por igual?
Luego, revisando el cuadro de remuneraciones del personal, se puede comprobar que está ausente nuevamente de él el propósito anunciado por el Gobierno de un mejoramiento mayor para aquéllos de más bajas rentas.
Ninguna medida se ha contemplado para elevar en un mayor porcentaje los sueldos de grados inferiores, vale decir, de soldados y cabos, considerando desde luego que los primeros no ganan quinquenios en razón de su tiempo servido.
El soldado segundo, grado 13, y el soldado primero, grado 12, ni siquiera alcanzarán a percibir una cantidad igual al sueldo vital calculado para este año. ¿No parece justo, que debe ser equivalente al sueldo vital el del personal subalterno de nuestras Fuerzas Armadas y de Carabineros, especialmente cuando el Gobierno dice que quiere evitar el éxodo de las filas de este personal? ¿No es ésta la oportunidad para traducir en hechos las palabras ?
¿Puede considerarse un aliciente económico el ascenso de soldado segundo a soldado primero con una diferencia de renta de 3,75 escudos, o de cabo segundo a cabo 1º con una diferencia de 22,75 escudos en la renta mensual? Debemos decir rotundamente que no. Ninguna disposición contiene el proyecto para aumentar la irrisoria asignación de casa de Eº 60 que se da al personal con cargas familiares y que no dispone de casa fiscal. Nadie ignora que frecuentemente el personal es trasladado y que en cada caso debe afrontar el serio problema habitacional para su familia.
Pero este proyecto, a quienes mayor sensación de frustración ha producido, ha sido a los ex servidores. Es decir, a los jubilados con más de 20 años de servicios y menos de 25 se les está aplicando una escala de estos porcentajes diferente de la del personal en servicio activo.
Ellos se han entrevistado con numerosos parlamentarios, a quienes han entregado notas e indicaciones; pero ninguna ha sido aprobada en las Comisiones que estudiaron el proyecto. Esperábamos encontrar en éste alguna disposición en el sentido de que los años válidos para la jubilación lo fueran también para el pago de los quinquenios, y, afortunadamente, hemos sabido que a última hora la Comisión de Hacienda incluyó un artículo que, en cierta forma, aborda el problema, aunque no le da una solución integral.
Basados en estas consideraciones, presentamos en la Comisión de Defensa Nacional una indicación para modificar el artículo 6º de la ley Nº 15.575, la que fue rechazada.
Después de consultarle al Honorable señor Eduardo Cerda el alcance de la disposición incorporada al proyecto por la Comisión de Hacienda y que legisla sobre esta materia, presentamos nuevamente la indicación mencionada, a fin de corregir esta injusticia.
Pero donde la discriminación que hace el Gobierno llega a límites inadmisibles, es en relación con un modesto sector de trabajadores de las Fuerzas Armadas: el personal a jornal, que ha sido ignorado, olvidado o excluido de la bonificación de permanencia. Tengo en mi poder la escala de jornales, la que solicito se inserte en la versión de la presente sesión, para lo cual ruego a la señorita Presidenta se sirva recabar oportunamente el acuerdo de la Sala.
¿Por qué excluir a estos servidores de ese beneficio? ¿Acaso no son ellos, como el resto del personal, trabajadores de la Defensa Nacional? Se nos dirá aquí lo mismo que se nos dijo en las Comisiones: "No hay fondos". ¿Por qué se terminan los fondos justamente cuando se trata de favorecer a los obreros? ¿Cómo explica el Gobierno una actitud como ésta cuando dice ser un Gobierno popular?
Hemos presentado indicación para conceder también la bonificación de permanencia, del 13%, a todos los obreros de la Defensa Nacional, sin excepciones.
Esa odiosa discriminación que se evidencia en el proyecto y que indudablemente refleja el concepto y la filosofía con que se han abordado las materias a que se refiere el artículo 13, es el motivo principal por el cual nos opondremos a facultar al Presidente de la República para establecer el régimen de remuneraciones del personal dependiente del Ministerio de Defensa y de Carabineros, y, en consecuencia, para modificar o derogar disposiciones vigentes sobre la materia. En cambio aprobaremos la facultad para modificar el D.F.L. Nº 129 sobre Clasificación, Nombramientos, Ascensos y Calificación del personal de las Fuerzas Armadas, como igualmente para modificar el D.F.L. Nº 98 sobre plantas permanentes de oficiales y empleados civiles, por considerar que son asuntos internos de los institutos armados que por razones obvias deben ser entregados sólo a su conocimiento.
Consideramos que, si bien en las Fuerzas Armadas hay personal de planta, a contrata, a jornal, con todas las diferencias que existen entre ellos, la misma función los unifica, no sólo mientras permanecen en servicio activo, sino cuando sus integrantes han pasado al retiro. Por lo tanto, el régimen de remuneraciones debe ser igual para todos, conservando, naturalmente, sus categorías y grados, sin hacer exclusiones de ninguna especie como las que establece el proyecto respecto del personal en servicio activo y del retirado, como también entre el personal a contrata y el a jornal.
Nos opondremos a facultar al Presidente de la República para modificar el régimen de retiro y montepío del personal afecto a las Cajas de Previsión de la Defensa y de Carabineros.
Rechazamos el otorgamiento de facultades para que por la vía de los decretos con fuerza de ley se eleven los límites de tiempo necesario para obtener la pensión de retiro.
No querernos ver el caso de muchas personas que, después de haber entregado gran parte de su vida, 15, 18 ó más años de servicios a las Fuerzas Armadas, se han visto obligadas a retirarse del servicio sin obtener una modesta pensión de retiro.
No queremos que se modifique el régimen de montepíos en desmedro de sus beneficiarios; éstas son conquistas obtenidas con sacrificio; por lo tanto, no es justo retroceder en esta materia, aunque se nos diga que los pensionados no serán afectados, pues no se dan seguridades de que, en el futuro, como consecuencia de una delegación de facultades, ello no ocurrirá.
La modificación de las leyes 8.895 y 9.071, sobre desahucio para el personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros, la consideramos impostergable, pero debe ser el Congreso el que se pronuncie sobre un proyecto concreto del Ejecutivo, a fin de que termine, de una vez, el drama que viven los interesados, esperando por años, ya retirados del servicio, recibir la indemnización correspondiente, para cuya obtención se acumularon fondos, beneficio en el cual cifraron muchas esperanzas, tal vez de toda una vida, para solucionar problemas importantes, como adquirir un bien raíz, educar a los hijos, etcétera.
Por eso, deseamos que se presente, a la brevedad posible, al Congreso Nacional un proyecto de ley concreto sobre la materia, que simplifique la frondosa legislación existente.
Queremos conservar la esencia misma, la razón del ser del derecho que el Parlamento tiene para ejercer sus funciones legislativas. No deseamos delegar una atribución que la ciudadanía nos ha entregado.
Para completar estas observaciones en torno del proyecto en debate, debo referirme también a la incidencia que tiene respecto a los trabajadores de los Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR), empresa del Estado, de administración autónoma, creada por el decreto Nº 321, de 1980.
Tal vez sea útil recordar hoy en esta Honorable Cámara que estos trabajadores, antes de la creación de ASMAR, eran jornaleros de planta de los ex Arsenales de Marina y que después de constantes y combativas luchas habían logrado condiciones sociales y de trabajo, que sin ser las mejores, tampoco eran las más malas.
Ellos gozaban de pagos quinquenales, incluso llegaron a ser imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional; tenían su escalafón y reglamento, que les permitía ascender dentro de una escala racional de grados, guardando cierta similitud con el personal de la Fuerza Aérea de Chile.
Si bien su organización gremial no estaba legalmente reconocida, en el hecho sus dirigentes eran oídos y respetados como tales.
Ocurre que en el año 1960, al crearse ASMAR, los quinquenios desaparecieron al ser incorporados a los jornales bases. Los trabajadores pasaron, temporalmente, a ser imponentes del Servicio de Seguro Social, y, según el artículo 53 del Reglamento Nº 779 de ASMAR, además de estar afectos al Código del Trabajo, lo están también al "régimen disciplinario y a las normas de seguridad militar de la empresa".
En el hecho, están y no están regidos por el Código del Trabajo, son y no son obreros fiscales.
Después del 4 de septiembre de 1964, y basados en las reiteradas declaraciones hechas por la Democracia Cristiana y el Gobierno en el sentido de que se estimularía la sindicación, e incluso la de los obreros fiscales, los trabajadores, a través de su organización, llamada hoy "Unión de Obreros Profesionales de ASMAR", reactualizaron sus peticiones económicas ante los "ejecutivos" de la empresa, como una manera de obtener una disminución del deterioro que la eliminación de los quinquenios y del sistema de ascensos causó a sus remuneraciones.
Desde esa fecha, jamás han logrado un mejoramiento económico general, al margen de los obligatorios otorgados por la ley. La respuesta que invariablemente han recibido es que "ASMAR" es una empresa nueva que no tiene utilidades y, en consecuencia, a pesar de la justicia de sus peticiones, no es posible acceder a ellas, por lo que sólo queda la posibilidad de que el Fisco proporcione los fondos necesarios para satisfacerlas.
¿Tienen los trabajadores la culpa de que no haya utilidades? Están ellos cruzados de brazos, contemplando la planta? ¿O están paseándose por los molos, contemplando cómo se mecen los barcos en las dársenas o en la bahía?
Hoy se encuentran sus dirigentes en las galerías de esta sala. Han llegado hasta aquí para hacer sentir sus necesidades ante las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda. Han conversado con parlamentarios y han proporcionado antecedentes. Así, han entregado un cuadro demostrativo de los jornales que paga "ASMAR", distribuidos en una larga escala de 45 posiciones, que empieza por Eº 4,35 diarios.
Solicito de la señorita Presidenta que recabe el asentimiento de la Sala para insertar este cuadro en la versión.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para insertar en la versión el cuadro a que se ha referido el Honorable señor Agurto.
Acordado.
-El cuadro que se acordó insertar es el siguiente:
CUADRO DEMOSTRATIVO DE JORNALES ASMAR
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).- Puede continuar Su Señoría.
El señor AGURTO.-
Tengo también a mano un cuadro que indica el número de obreros que hay en cada posición de la escala mencionada. El revela, con mucha elocuencia, que la mayoría de los trabajadores se concentra en los grados más bajos y son escasísimos los que ocupan los tramos superiores.
¿Qué solicitan los trabajadores de "ASMAR"? Sus aspiraciones se pueden resumir así:
1°.- Que antes de aplicar el 25% de reajuste general, se efectúe un ascenso de dos grados, para aplicar ese porcentaje sobre la base así obtenida.
2°.- Que se repongan los quinquenios de que disfrutaban antes de la creación de "ASMAR".
3°.- Que se les otorgue una asignación de casa.
4°.- Que se les reconozca el derecho a organizarse sindicalmente.
Sobre cada una de estas justas y sentidas aspiraciones, y sobre otras, hemos formulado indicaciones. Tal es el caso de la que les da representación en la Junta de Vigilancia de ASMAR". Esto es razonable y está acorde con la política de representatividad que el Gobierno ha anunciado.
Tengo plena confianza en que, considerando los antecedentes que he entregado y las peticiones que los propios dirigentes han formulado a los parlamentarios con quienes se han entrevistado, la Honorable Cámara habrá de acoger favorablemente las indicaciones que hemos presentado para reparar, en parte, la injusticia a que han estado sometidos estos trabajadores desde la creación de "ASMAR".
Muchas veces, los Honorables Diputados de Gobierno, que son quienes deciden, por su mayoría, se han proclamado en esta Sala auténticos representantes de la clase obrera y, en consecuencia, intérpretes de sus intereses. He aquí una magnífica oportunidad para demostrarlo.
Asimismo, esperamos que en el proyecto que hemos mencionado, el Ejecutivo aborde el problema de todo el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, en cuanto a sus regímenes de remuneraciones, previsión, retiro, montepío, desahucio, en forma tal, que signifique una verdadera y estable solución para tan importante rama de servidores de nuestra patria, que, por pertenecer a instituciones no deliberantes, no pueden plantear sus problemas con la amplitud y libertad necesarias y deben esperar siempre que la iniciativa arranque del Ejecutivo.
Los comunistas queremos un tratamiento sin discriminación para todos, pertenezcan al Ejército, Marina, Aviación o Carabineros, sean civiles o uniformados. No queremos asignaciones o bonificaciones sólo para unos pocos.
Deseamos que, mientras permanezcan en servicio, ninguno viva angustiado con rentas miserables, porque, por la función del cargo que desempeñan, están obligados a llevar una vida compatible con la dignidad y prestancia de miembros de nuestras instituciones armadas.
Deseamos que, cuando ya se hayan acogido a retiro, disfruten de la tranquilidad económica a que tienen derecho, después de haberse consagrado, por toda su vida, a servir en la Defensa Nacional.
He dicho.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
A continuación, tiene la palabra el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señorita Presidenta, en la discusión particular, los Diputados socialistas fijaremos nuestra posición frente a varios artículos que han sido enfocados en esta sesión. Pero, antes, queremos hacer algunas observaciones de orden general.
En primer lugar, compartimos la protesta expresada por el Honorable colega señor Naudon, del Partido Radical, contra los discursos que han querido dar a entender que la Oposición nunca se ha interesado en mejorar la situación del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Los socialistas hemos sufrido a veces las incomprensiones del Cuerpo de Carabineros. Sin embargo, siempre hemos buscado la manera de mejorar las rentas de su personal. Esta tarde, ha quedado establecido que los miembros de ambas instituciones obtendrán un 41% de aumento, aproximadamente.
En repetidas oportunidades, se ha rendido homenaje en la Cámara a estos servidores, por la abnegada labor que desarrollaron después de los terremotos y temporales que azotaron a nuestro país. En el Día del Ejército, o en el del Carabinero, todos los sectores políticos de esta Corporación les rinden también homenaje. Sin embargo, creemos que el mejor homenaje es entregarles reivindicaciones sociales. Por ejemplo, nos habría gustado que esta tarde hubiera quedado establecida la jornada de trabajo del personal de Carabineros. Ojalá en el reglamento de la ley, él Gobierno determine cuántas son las horas que estos hombres deben entregar al servicio del país.
Hemos presentado una indicación para que el Gobierno busque algún financiamiento, no ahora, sino en 180 días más, para pagar al personal de Carabineros y de las Fuerzas Armadas el trabajo nocturno, derecho de que gozan todas las demás reparticiones fiscales.
En sesiones pasadas, cuando se discutía el reajuste del 25% para los sectores público y privado, los socialistas abandonamos la Sala, porque sabíamos que ninguna de nuestras indicaciones sería aprobada por el partido de Gobierno, que aquí tiene mayoría. Dijimos que ese aumento no cubriría las necesidades de empleados y obreros. El tiempo nos está dando la razón. En enero, "se han disparado" violentamente los precios de todos los artículos de primera necesidad. Lo mismo pasará en febrero y marzo. La locomoción colectiva será alzada en unos días más. Por eso, a juicio de los socialistas, el reajuste del 25% es una limosna.
En cambio, este proyecto lo hemos votado favorablemente en las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda, porque el aumento que otorga corregirá la situación de injusticia en que se encuentran los personales de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, que ganan muy poco. En la Sala, también lo votaremos favorablemente en general, pero en la discusión particular formularemos algunas observaciones respecto de varios artículos, en especial sobre los relativos a su financiamiento.
Confiamos en la promesa hecha por el Honorable señor Isla, Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional y Primer Vicepresidente de la Cámara, en el sentido de que este proyecto representa sólo una parte del mejoramiento total que se concederá al personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Esto significa que después deberá considerarse todo aquello que ha quedado postergado.
Tengo a la mano una nota de los carabineros "no nivelados" de La Serena, firmada por los señores Oscar Sepúlveda y Demetrio Olave, Presidente y Secretario, respectivamente. En ella, apelan al Parlamento para que se corrija una ley que los perjudica y para que se mejore la situación del personal "no nivelado", que comprende aproximadamente unos 6.000 a 10.000 funcionarios.
Para corregir todas estas cosas hemos presentado diversas indicaciones, pero, en lo que respecta al proyecto en general, repito, lo apoyaremos, porque el personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros, al igual que los profesores, son los que están peor rentados en el país.
Concedo una interrupción al Honorable señor Tuma, señorita Presidenta.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta Accidental).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de una interrupción el Honorable señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señorita Presidenta, aparte de las observaciones formuladas por mi Honorable colega señor Aguilera y de las que han hecho presentes el Honorable señor Agurto y otros señores Diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, deseo agregar algunas relativas al financiamiento.
Aún cuando votaremos favorablemente por lo menos la idea de legislar, tenemos que señalar que estamos disconformes con algunas indicaciones, con algunos artículos de este proyecto de ley, principalmente en lo que se refiere a su financiamiento y a las alzas que experimentarán ciertos artículos de primera necesidad para la producción agrícola. Por ejemplo, la tasa de los neumáticos nacionales sube de! 5% y 6% al 26% y la tributación de los importados, que era del 8%, se eleva al 20% sobre su valor CIF. Los neumáticos importados se emplean de preferencia en la agricultura y, por lo tanto, este aumento recargará el costo de la explotación agrícola. Por otra parte, debemos considerar que esta medida significa dar una mayor protección a la industria nacional, que constituye un verdadero monopolio, pues INSA cobra precios que, de existir competencia, serían mucho más bajos.
En este proyecto hay también un artículo que eleva el impuesto sobre el petróleo, y lo curioso del caso es que este recargo fue solicitado por la Subsecretaría de Transportes. Todos sabemos que en cualquier parte del mundo el petróleo tiene un precio muy inferior al de la bencina, pero con este nuevo tributo quedarán en igualdad de condiciones, lo cual no puede ser, por cuanto los industriales dueños de empresas de transportes han adquirido camiones a petróleo a un costo superior en un ciento por ciento al de los camiones a bencina, porque han tenido presente la economía que les significaría en consumo de combustible.
Aquí, como dicen los industriales, se están cambiando las reglas del juego y esto es peligroso y lesivo para la producción.
Lo curioso es que estas disposiciones no tienen por objeto financiar esta ley, sino que está en nuestro conocimiento -lo denuncio esta tarde- que han sido solicitadas por la Subsecretaría de Transportes, la cual tiene la obligación, por ser dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de velar porque no suban los precios. Y la Subsecretaría de Transportes ahora pide se aumenten los impuestos al petróleo y a los neumáticos, con el objeto de tener una razón más para autorizar las alzas de los transportes terrestres, a fin de que no puedan competir con la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, ya que esta última ha recargado ostensiblemente sus tarifas por fletes y pasajes.
En consecuencia, la disposición encaminada a aumentar artificialmente el precio del petróleo en vísperas de nuestras cosechas, así como los impuestos sobre los neumáticos importados y nacionales, significa que tendremos, según los cálculos que nos han entregado los peritos en la materia, un aumento de 3% en el costo del transporte....
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¡Es una denuncia muy grave la de Su Señoría!
Varios señores DIPUTADOS,-¡Debe aclararse!
El señor BUZETA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor TUMA.-
El Honorable señor Buzeta me solicita una interrupción, señorita Presidenta, y la concedo con todo gusto.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta Accidental).-
Su Señoría no puede conceder interrupciones, pues está haciendo uso de una.
El señor TUMA.-
Podría concederse con cargo al tiempo de Su Señoría.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta Accidental).-
Honorable señor Aguilera, ¿concede una interrupción al Honorable señor Buzeta?
El señor AGUILERA.-
Con cargo al tiempo del Honorable colega, señorita Presidencia, con mucho gusto.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta Accidental).-
Con la venia del Honorable señor Aguilera, tiene la palabra Su Señoría .
El señor BUZETA.-
Señorita Presidenta, iba entrando en la Sala cuando el Honorable señor Tuma se estaba refiriendo al aumento del impuesto al petróleo. Pues bien, debo decirle que la Comisión de Hacienda mantuvo dicho impuesto como estaba. O sea, tomando los argumentos de Su Señoría en cuanto a la importancia de dar primacía al uso de petróleo en el manejo de camiones en el país, la Comisión de Hacienda no innovó en esta materia; la disposición correspondiente quedó igual y no hubo aumento del impuesto al petróleo, para ningún uso.
El señor TUMA.-
¿Fue suprimido el artículo que establecía un impuesto al petróleo?
El señor BUZETA.-
Quedó igual como estaba.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
El Honorable colega parece que tiene informes secretos al respecto.
El señor TUMA.-
Si el petróleo ha quedado con igual tributación que antes, entonces no es tan grave el daño que se hace a la población.
De todas maneras, durante la discusión particular de este proyecto, vamos a observar si realmente no se ha aumentado el impuesto al petróleo, aunque, si así lo afirma el señor Diputado, quien es miembro de la Comisión de Hacienda, debe ser efectivo.
Pero, por otra parte, la tasa sobre los neumáticos ha aumentado, en circunstancias que las mismas razones por las cuales se ha rechazado un mayor impuesto al petróleo -y que hemos invocado en la Comisión de Hacienda y en la Comisión de Defensa Nacional- sirven para afirmar que debió haberse suprimido el recargo a los neumáticos, que no incide en el financiamiento del proyecto de aumento de rentas al personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros, y que se ha establecido por recomendación de la Subsecretaría de Transportes.
Por nuestra parte, protestamos porque se ha incluido en este proyecto de ley la disposición por la cual se aumentan artificialmente los impuestos a los neumáticos, porque con ello se lesiona a la agricultura, a las empresas industriales y a los trabajadores que laboran en el ramo de los transportes.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Que se haga una investigación.
El señor TUMA.-
Señorita Presidenta, aunque se ha dicho que algunas disposiciones de este proyecto están destinadas a ordenar diversos artículos de la ley sobre impuestos a las compraventas, nosotros estamos convencidos de que, a través de ese ordenamiento, se han aumentado los tributos que inciden en los precios de los artículos de consumo popular.
Por ejemplo, entre los productos agrícolas, el maíz, debe pagar un impuesto igual a los demás, y está gravado, en consecuencia, con un 6%, en circunstancias que no es un artículo de lujo, ya que no se utiliza únicamente para hacer las humitas. En efecto, el maíz debe usarse para la promoción de la crianza del ganado menor y para su engorda. Por esta razón, en Chile es está experimentando con nuevas semillas de maíz híbrido, y han venido técnicos norteamericanos a enseñarnos cómo se siembra para obtener un buen rendimiento.
En consecuencia, estimo que el Ejecutivo debiera aceptar alguna indicación en virtud de la cual se eliminara al maíz de entre los productos agropecuarios gravados con el 6%, para dejarlo en las mismas condiciones que el trigo y otros productos.
El señor MORALES (don Carlos).-
Son ilusiones de Su Señoría.
El señor TUMA.-
Señorita Presidenta, respecto del impuesto a que se refiere el artículo 16, que grava los intereses por servicios bancarios, no es efectivo que ese gravamen lo pagará quien presta dinero, sino que, en definitiva, será de cargo del público consumidor.
Me habría gustado preguntarle al señor Ministro de Hacienda, de haber estado presente en la Sala, si el Banco Central rebajará la tasa de interés en los redescuentos que hace a los Bancos particulares, a fin de que éstos puedan absorber el aumento del 3% que significará la aplicación del impuesto consignado en el artículo 16. Seguramente el Banco Central no rebajará la tasa, por lo que los Bancos restringirán el descuento de letras. Por este servicio ellos pagan al Banco Central entre un 14% y un 15% de interés y, en cambio, están cobrando un 17% y fracción. Si estas instituciones bancarias pagan el impuesto por su cuenta, saldrán "con las topadas del buey Limón"; no podrán hacer sus préstamos.
A través de su informe, el" Honorable señor Cerda, don Eduardo, manifestó que el Banco Central, con fecha de ayer, envió una nueva circular, según la cual el encaje bancario se aumenta al 75% en los depósitos a la vista y se rebaja al 35% en los depósitos a plazo. Como nadie tiene plata, no hay depósitos a plazo; sólo depósitos a la vista, en los cuales, repito, el encaje sube al 75% . Por lo tanto, los Bancos particulares sólo podrán prestar el 25% de sus depósitos.
Queremos señalar esta situación para la historia fidedigna del establecimiento de la ley. Deseamos decirle al Gobierno que, a nuestro juicio, con estas medidas no se hace otra cosa que hundir al comercio y a los que podrían dar más oportunidades de trabajo a nuestros hombres.
En la discusión particular haremos otras observaciones, pero quiero dejar constancia de que también se habían gravado los préstamos otorgados en virtud de la Ley de Indios, la Nº 14.511, y en la Comisión de Hacienda se aprobó una indicación para que quedaran exentos, igual que los créditos de INDAP y los préstamos controlados que conceden algunas instituciones.
En efecto, los préstamos que se hacen en conformidad con los preceptos de la Ley de Indios se costean con fondos que se destinan para ello en partidas especiales del Presupuesto de la Nación. Por consiguiente, de ningún modo estos préstamos podrían quedar gravados por este impuesto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡El colega Tuma está más reaccionario que nunca!
-Hablan varios señores Diputados a la vez
El señor TUMA.-
Estoy de acuerdo con el señor Ministro de Hacienda en que se trata de una omisión. Y así, también el señor Ministro estará de acuerdo en retirar este aumento de la tasa del impuesto sobre los neumáticos de fabricación nacional...
Un señor DIPUTADO.-
¡No!
El señor TUMA.-
Este impuesto es discriminatorio, y, además, favorece a una empresa del Estado, en perjuicio de los que pagan patente, impuestos e imposiciones, de los que cumplen y trabajan al servicio del país, como son los empresarios particulares. En consecuencia, creemos que con esto se está dañando a la iniciativa privada.
Nada más, señorita Presidenta.
Un señor DIPUTADO.-
Muy bien.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta Accidental).-
Puede continuar el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
He terminado, señorita Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Esta es la posición doctrinaria de la Derecha económica, interpretada por el Honorable señor Tuma!
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¡Ahora ya parece un "neoliberal"!
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta Accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fuentes.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señorita Presidenta, quiero corroborar lo expresado por mi Honorable colega señor Naudon, porque también he observado, esta tarde, que los señores Diputados de la Democracia Cristiana estiman, como es su costumbre cada vez que se dicta una ley, que es la primera sobre la materia que se está escribiendo, tratando y despachando en el Congreso Nacional.
Pero la realidad es otra, señorita Presidenta. Por lo menos, a mí me consta que, en 1960, se dictaron los decretos con fuerza de ley Nºs 80 y 81; que el 17 de diciembre de 1962 se dictó la ley Nº 15.567, sobre mejoramiento económico de las Fuerzas Armadas; que la ley Nº 15.249, del 1º de julio de 1963, también está directamente relacionada con el personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y del Cuerpo de Carabineros de Chile; y que la ley Nº 15.575, promulgada el 15 de mayo de 1964, incorporó a todo este personal, a contar desde el 1º de enero de ese mismo año, en los reajustes tradicionales por compensación del alza del costo de la vida.
Quiero dejar especial constancia de un hecho, ocurrido durante el Gobierno del señor Jorge Alessandri. En esa época, el Ejecutivo envió al Congreso Nacional un proyecto de reajuste de sueldos y salarios de un 25%, en circunstancia de que el aumento del costo de la vida había sido de un 45%. Entonces, fueron parlamentarios del Partido Radical, en especial mi Honorable colega señor Carlos Morales y el ex Diputado señor Jacobo Schaulsohn, primero y segundo vicepresidentes del partido, respectivamente-, quienes lograron "quebrar la mano" del Presidente de la República y elevar el porcentaje del reajuste a un 35%
En 1965, la Democracia Cristiana, mediante la ley Nº 16.250, pretendió reponer el ciento por ciento del alza del costo de la vida con un reajuste del 38,4%, en el cual, naturalmente, se incluyó también a las Fuerzas Armadas y al Cuerpo de Carabineros de Chile, como se hizo en todas las leyes que mencioné, hace unos instantes .
Por eso, ahora extraño que en el encabezamiento del artículo 1º del proyecto elaborado por el señor Ministro de Defensa Nacional, se diga: "Reemplazáse la escala de sueldos bases anuales fijada para el personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros de Chile, por la ley Nº 15.249, de 1963, reajustada por las leyes Nº 15.575 y Nº 16.250, por la siguiente:...". Pues bien, en seguida el proyecto, para cada una de las categorías y grados de esta escala, otorga, no un 25,9% de reajuste, sino un 25% de aumento sobre los sueldos base vigentes de acuerdo con la ley Nº 16.250, que es la que modifica todas las otras leyes que mencioné. De suerte que, en esta materia, si hubiesen sido incorporados los miembros de la Defensa Nacional y del Cuerpo de Carabineros de Chile en la ley anterior de reajuste, desde la segunda categoría para abajo, habrían recibido, de acuerdo con los conceptos de esa ley, justamente el 25% que se otorga sobre la base de este reajuste anual.
Pero la primera categoría ya estaba por encima del máximo de los tres sueldos vitales mensuales, o sea, de Eº 623, que la mayoría democratacristiana ha señalado como la cifra tope para tener derecho a este reajuste del 25%. Y han descubierto estos Honorables colegas que, sobre ese tope, basta con un 15% para recuperar lo que corresponde al alza del costo de la vida.
De ahí que haya estado sosteniendo en esta tribuna, en forma reiterada, al igual que en las Comisiones, junto con colegas de otros partidos, además del mío, como comunistas y socialistas, que el Gobierno no ha propuesto un reajuste exactamente equivalente al 100% del alza del costo de la vida, para los servidores públicos, en el proyecto de ley que acaba de salvar su primer trámite constitucional en esta Cámara. Espero que, en el Senado, sea posible que los parlamentarios de Oposición hagan comprender al Supremo Gobierno que no se puede compensar el alza del costo de la vida con un reajuste de un 25% para un sector, y con otro de un 15% para otro, aparte del hecho de haberse fijado el sueldo vital, por intermedio de ese reajuste, en apenas Eº 251 mensuales;
Cabe recordar, como lo ha hecho el Honorable señor Valente, que en enero de 1964 el Diputado de ese entonces, don Rafael Agustín Gumucio, reclamaba, en nombre de la Democracia Cristiana, un sueldo vital ascendente a la suma de Eº 307 para ese año. Pues bien, el reajuste que ahora ha aprobado la mayoría democratacristiana, para el año actual, establece un sueldo vital de sólo Eº 261. Esta sueldo no alcanza ni siquiera a la cifra que señalaba el Honorable colega de aquel entonces y actual Senador, que reclamaba un sueldo vital de Eº 307 para 1964.
Me felicito de que el Ministro de Defensa Nacional haya sido un colega nuestro en la Cámara de Diputados; porque si tal hubiese sido el caso del actual Ministro de Hacienda, seguramente habría recordado lo que entonces se dijo para conceder mayores beneficios a los sectores asalariados. Por eso, no extraño en absoluto la conducta del actual Ministro de Defensa Nacional, ayer parlamentario como nosotros, que ha elaborado un proyecto de reajuste más generoso para las Fuerzas Armadas y Carabineros, separado del que mejora las remuneraciones de los sectores público y privado; porque, con toda seguridad, si él también hubiera redactado este último, no se habría producido esta notoria discrepancia que hay entre uno y otro, respecto al monto de los reajustes.
Repito que me felicito que haya sido este Ministro el que intervino en este proyecto que discutimos. Esto también nos da la oportunidad para señalar este hecho de que un Secretario de Estado, que ayer legisló como nosotros, defienda, con calor y con el deseo de hacer justicia, a estos sectores. Y ojalá que pueda llevar nuestra voz de protesta al Presidente de la República, porque nosotros no estamos conformes, estimado señor Ministro de Defensa Nacional, con el reajuste concedido a los sectores público y privado. En primer lugar, hay que hacer notar la discriminación que en este caso, se hace respecto del sector de pensionados y montepiados. A respecto, nosotros hicimos indicaciones en la Comisión de Hacienda para que se financiara un reajuste de las pensiones de los jubilados de la Administración civil mediante una modificación de la ley de impuesto a la compraventa; pero esta mayoría parlamentaria, que está en la Sala y en todas las Comisiones, no nos permitió este financiamiento, que fue la fuente de recursos que originalmente la Cámara de Diputados pretendió dar a la que es hoy la ley Nº 15.386. Ayer, durante el Gobierno del señor Alessandri, para satisfacer ¡as demandas del profesorado también se echó mano de dicho financiamiento, privando otra vez de esos recursos a los sectores de jubilados.
Ha transcurrido el tiempo y, nuevamente, el Gobierno hace uso del impuesto a la compraventa para financiar este nuevo proyecto y procurar a los sectores de los jubilados de la Defensa Nacional y de Carabineros los fondos necesarios para costear el mejoramiento de sus pensiones. Esto se hace, repito, sobre la base de este impuesto, que, como se ha señalado -no hago otra cosa que ratificarlo- recae sobre todos nosotros. Lo pagan unos más que otros; pero lo cierto es que el impuesto a la compraventa pesa sobre todos los asalariados.
Igual cosa ocurre cuando se modifica la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado. Cada vez que así se hace, se aumenta en un 30% o en un 40% el impuesto base de las letras de cambio, a pesar de que quienes más ocupan estos documentos, especialmente las letras de monto pequeño, son los asalariados, que, como viven del crédito, están continuamente suscribiendo letras de cambio en el comercio y en toda clase de actividades, para vestirse, surtir sus hogares y, en general, satisfacer las más elementales necesidades de la vida.
Por esto, tengo que señalar, de nuevo, esta tarde, nuestra discrepancia con esta diferenciación que se hace entre uno y otro sector de servidores del Estado.
Todos sabemos, que Ejército, Carabineros, Marina y Aviación, merecen este estímulo del Congreso Nacional. Pero, ¿acaso el resto de los funcionarios de la Administración Pública no lo merece igualmente? Yo he visto, aquí, cuando se ha hablado de los profesores -ayer no más, cuando se trataba de conseguir que se pague lo que se les adeuda a funcionarios dependientes del Ministerio de Educación Pública- cómo los Honorables colegas elevaban preces para encomiar la abnegada labor de los profesores. En cambio, ¿cuál es el comportamiento del Gobierno con los ferroviarios? Como el resto de los funcionarios públicos, ¿no cumplen ellos, acaso, igualmente una función? Como todos los servidores del Estado por igual, cual más, cual menos, los empleados de los Ferrocarriles del Estado; incluso el último funcionario que cuida las vías férreas, son como los carabineros que vigilan el orden y resguardan la vida humana. El funcionario ferroviario, el gañán, el palanquero, el que cuida las líneas férreas, todos ellos colaboran para que este medio de locomoción pueda caminar libremente y con seguridad...
El señor ESCORZA.-
¿Cómo los puede tratar de "gañanes"?.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Sí, señores Diputados, así los tratan! Cuando se ha hablado de sueldo vital mínimo, para los ferroviarios, se ha estimado aquí que son "gañanes", y, se les ha dado sueldos de gañanes. Yo he pedido que se les dé el trato de funcionarios de los Ferrocarriles, pero, como se les ha considerado como "gañanes", uso esta expresión...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Yo, que me codeé y viví con ellos, respecto a los funcionarios de los Ferrocarriles. Los de cuello y corbata, que no conocen el dolor de un ferroviario o de un maestro que vive en la cordillera, ésos pueden dar reajustes de hambre para estos sectores.
-Hablan varios señores Diputados a 1a vez.
El señor ESCORZA.-
¿Me permite, Honorable colega?
La señorita SAAVEDRA (Presidenta Accidental).-
Honorable señor Fuentes, el Honorable señor Escorza le solicita una interrupción.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¡En el período pasado me habría gustado oírle hablar así!
El señor FUENTES (don Samuel).-
Quiero pedirle al señor Ministro de Defensa Nacional, al ex compañero en este Parlamento, y a quien considero un hombre entendido en materias económicas, que ayude al otro sector de jubilados.
Por este proyecto de ley se destinan Eº 55.000.000 para reajustar las pensiones de los ex servidores de las Fuerzas Armadas que tienen jubilaciones "perseguidoras". Es lo que nosotros deseábamos y bien lo saben los Honorable colegas y el estimado amigo señor Carmona, ya que juntos estuvimos siempre buscando un mejoramiento para los jubilados, que hoy no son recibidos por el Jefe del Estado, y ni siquiera encuentran el apoyo necesario del señor Ministro de Hacienda para reemplazar el financiamiento, aceptando el que nosotros propusimos. Porque la mayoría de la Comisión rechazó toda idea tendiente a aumentar el reajuste de las pensiones y montepíos del resto de los jubilados de la Administración Pública.
Esperamos que nuestras palabras, que son las palabras de los ex compañeros de labores, encuentren eco en el señor Secretario de Estado hoy presente en la Sala, quien, en su alta representación, sabe la efectividad y realidad de nuestras afirmaciones, por cuanto fue la mayoría de esta Cámara la remisa y reacia a buscar los recursos necesarios para financiar los aumentos de pensiones de la Administración Civil. Sin embargo, todavía tenemos confianza en que el señor Ministro de Defensa Nacional nos ayudará en este sentido. El señor Carmona sabe que los pensionados y las montepiadas de las Fuerzas Armadas tienen las mismas y apremiantes necesidades del resto de los jubilados de la Administración Pública.
Esta tarde, como representante de la "Patria Vieja", he querido dejar claramente establecido frente a mis Honorables colegas de la "Patria Joven" que también las anteriores representaciones parlamentarias, entre cuyos miembros había varios democratacristianos, estudiaron proyectos de ley destinados a solucionar diversos problemas nacionales. No es efectivo, como se ha afirmado durante esta especie de verdadero homenaje a las Fuerzas Armadas, que nunca se hizo algo en favor de sus personales. He citado todas las leyes que he podido recordar para insinuarles a algunos señores Diputados la conveniencia de documentarse bien antes de intervenir en estas cuestiones, a fin de no caer en juicios equivocados y perjuiciales para el prestigio del Congreso.
Yo no acepto este cargo de irresponsables con que pretenden calificarnos ahora muchos colegas que estuvieron con nosotros en otros períodos legislativos. Por el contrario, irresponsabilidad es haber planteado en esta Sala, en 1964, como partido de Oposición, un sueldo vital de 307 escudos para el sector privado, y hoy, en 1966, como Gobierno, presentar y apoyar un proyecto de reajustes que establece una remuneración bastante inferior. Creo que por deferencia al compañero de bancos de ayer, me refiero al ex Diputado y hoy Senador, señor Gumucio, sus correligionarios, por lo menos deberían haber llegado al monto que él proponía y estimaba justo en esa época, durante actuaciones de tan buenos recuerdos en esta Sala.
El señor RIOSECO.-
Eran los tiempos del "Proteste con Gumucio".
El señor FUENTES (don Samuel).-
Por nuestra parte, hemos formulado diversas indicaciones al proyecto para mejorar algunas de sus disposiciones. No me agrada, por ejemplo, y ya lo escuchó muy bien el señor Ministro de Defensa Nacional, la idea de otorgar facultades extraordinarias al Presidente de la República, a fin de mejorar posteriormente las remuneraciones del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Ninguna de las leyes que recordé autorizaron al Primer Mandatario para arreglar, por su cuenta y riesgo, la situación económica de determinado personal de la Administración Pública. Pero pienso que se pide una autorización de este tipo, por cuanto muy pronto el Ejecutivo se verá en la necesidad de plantear un nuevo reajuste, por lo menos para este personal, si se quiebra la meta que ha señalado el Gobierno del señor Frei, a través del señor Ministro de Hacienda, de permitir únicamente un alza de 13% sobre los precios. Por lo demás, ya está frustrada esa finalidad, pues se están decretando alzas superiores, por ejemplo, en los materiales de construcción y en muchos otros artículos y productos, cuyo mayor precio incide en el costo de la vida. De suerte que, probablemente, el Jefe del Estado desea ver qué pasa de aquí a seis meses; y, si es necesario reajustar de nuevo las remuneraciones de ese personal, hará uso de esta facultad que le otorgará la Cámara, no yo, sino la mayoría de la Democracia Cristiana, para aumentar los sueldos, montepíos, etcétera, de acuerdo con su real saber -digno y respetable-. Pero ese real saber es mucho más digno y respetable cuando nos mide a todos por igual, dentro del mismo cartabón, no dando a unos más y a otros menos. Considero que todos los chilenos debemos ser medidos con la misma vara.
Termino, señorita Presidenta, manifestando que he formulado indicación para suprimir los artículos 13, 14 y otros, que también estimo discriminatorios. Por ejemplo, cuando se dice en un artículo que los jubilados de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros que hayan jubilado con años completos -treinta años- tendrán derecho a un trato absolutamente preferencial y que recibirán un préstamo hipotecario para dar solución a su problema habitacional, yo pregunto: ¿y el resto de los imponentes jubilados de las Cajas con treinta años, todos los profesionales con fondos empozados en organismos previsionales, no pueden tener derecho al mismo beneficio? Creo que están en iguales condiciones y espero que la indicación formulada a este respecto sea atendida.
Nada más, señorita Presidenta.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pontigo.
El señor PONTIGO.-
Señorita Presidenta, ya nuestro Honorable colega señor Agurto ha señalado la posición del Partido Comunista en este debate. Sólo quiero hacer algunos breves alcances a las disposiciones de este proyecto.
He oído las emocionadas y elocuentes palabras de homenaje que algunos Honorables colegas de la Democracia Cristiana han dedicado a las Fuerzas Armadas y al Cuerpo de Carabineros. Pero yo pregunto: ¿hay concordancia entre el sentido y elocuente homenaje rendido y el proyecto de mejoramiento económico que se propone en esta iniciativa? Me parece que no.
El Honorable señor Isla decía que este proyecto dignificaría, por lo menos, las condiciones de vida de estos funcionarios. Sin embargo, ¿puede un funcionario de grado 13º de la escala de sueldos base establecida en el artículo 1º del proyecto sentirse dignificado con Eº 171 mensuales? ¿Puede sentirse contento y dispuesto a entregar todas sus energías al servicio del país con este miserable salario de hambre? A mí me parece que no.
No hay necesidad de decir bellas palabras para agradar al personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Lo que se necesita para vivir dignamente son medios económicos. Nadie puede afirmar en esta Sala que un hombre con Eº 171 mensuales puede hacerlo. Simplemente, esto es indigno. ¿Qué significa esta escala de sueldos? Que a los funcionarios de grado 13º de las Fuerzas Armadas y de Carabineros se les reajustan sus remuneraciones en poco más del 65% del salario vital establecido para la Administración Pública, para los empleados de nuestro país.
Por eso, las palabras de algunos Diputados de la Democracia Cristiana no concuerdan con los hechos. Ningún sueldo entre los grados 7º al 13º llega al salario vital. ¿Quién no sabe que el sueldo vital es insuficiente? El hecho de que se haya establecido la asignación familiar demuestra que los sueldos y salarios son insuficientes. Sabiéndose esto hasta la saciedad, ¿cómo es posible que el Gobierno -que dice ser revolucionario, que hará cambios profundos y que prometió buena plata para el pueblo-, proponga estas remuneraciones bajas e indignas, que ni siquiera permiten vivir medianamente al personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile?
El señor ARANCIBIA.-
Eso es pura demagogia. El proyecto les da más.
El señor PONTIGO.-
El Honorable colega dice que es pura demagogia. Yo les digo a los señores parlamentarios de Gobierno que vayan a ver dónde vive el carabinero o el soldado. La mayoría lo hace en las poblaciones de autoconstrucción, en las cuales, con tremendos esfuerzos, han levantado unas piezas, porque sus rentas no les permiten vivir mejor.
¿No sabemos acaso que ninguna de las hijas e hijos del carabinero, del soldado, del cabo del Ejército puede llegar a la escuela superior? ¿No sabemos que viven la vida del campesinado o del obrero mal pagado? ¿Puede decirse que lo que estoy afirmando es demagogia?
El señor FUENZALIDA.-
¿Y por qué no corrigieron esta situación cuando Sus Señorías estuvieron en el Gobierno?
El señor PONTIGO.-
Se trata de hacer justicia, de renovar el pensamiento con sentido progresista, a fin de dar a hombres y mujeres la posibilidad de vivir realmente en forma digna y no que sólo reciban elocuentes discursos de homenaje por estar sirviendo al país.
El señor Ministro de Defensa Nacional me ha pedido una interrupción y se la concedo, señorita Presidenta.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Señorita Presidenta, agradezco la interrupción que me ha concedido el Honorable señor Pontigo, porque, con motivo de sus últimas palabras, quiero formular algunas observaciones a fin de sacarlo de un error.
Al parecer el Honorable Diputado sólo ha mirado la escala de sueldos establecida en el artículo 1º del proyecto, en la cual se indica que los grados 9º, 10º, 11º, 12º y 13º tienen sueldos bases de Eº 220, Eº 203, Eº 185, Eº 175 y Eº 171, respectivamente. Este hecho le ha llamado la atención.
Deseo señalarle que el artículo 2º establece una bonificación mínima de Eº 50 mensuales para este personal. Si tomamos como ejemplo la renta más baja, que corresponde al grado 13º y que en la actualidad es de Eº 137, veremos que en la nueva escala de sueldos queda en Eº 221,25. Si a esta cantidad agregamos los Eº 10 mensuales de bonificación de la ley Nº 14.603, y los Eº 11 de la ley Nº 14.688, el sueldo total se eleva a Eº 242,25 mensuales, que es equivalente, y seguramente un poco superior, al sueldo vital...
El señor ACEVEDO.-
Es menor, señor Ministro.
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Perdóneme, Honorable Diputado. Estoy dando una explicación.
A la cantidad mencionada habría que añadir un rancho de E? 18 mensuales que tiene este personal, más el vestuario y el alojamiento que se le da en los regimientos y en los cuarteles. Sumadas todas estas asignaciones en la forma propuesta en el proyecto, tenemos que este personal queda, por primera vez en la historia del país, con un salario equivalente al sueldo vital.
Esta es la aclaración que quería hacer.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede continuar el Honorable señor Pontigo.
El señor PONTIGO.-
Agradezco al señor Ministro la aclaración que ha hecho, pero ni aún con lo que ha expresado ha logrado demostrar que el salario en el grado 13?, llega al vital. El señor Ministro sacó la cuenta y dijo que con el aumento ascendería a E? 242,25 y, en seguida, comenzó a agregar otros rubros, como rancho, vestuario, alojamiento, etcétera. Pero, ¿no sabemos acaso que este personal de Carabineros y del Ejército no tiene horario? ¿No sabemos que cualquier empleado público, cualquier obrero tiene derecho a ganar un sobresueldo equivalente a un 50% por horas extraordinarias trabajadas? ¿No sabemos que ganan el 100% por trabajos que realicen en días festivos y domingos?
En cambio, este personal no tiene estas remuneraciones y cualquiera que sea la forma en que saquemos las cuentas, siempre el sueldo resulta más bajo que el de los empleados de la Administración Civil, en relación con el aumento que van a recibir, del 25% aprobado aquí en la Cámara.
Por eso, nosotros creemos que no se hace justicia a este gremio, y que el carabinero y el soldado raso quedan abandonados, en una situación muy pobre y muy triste, en la vida nacional, teniendo en cuenta la función que realizan.
¿No sabemos nosotros que en los pueblos chicos y en el campo los carabineros están sujetos a la ayuda que, de uno u otro modo, les prestan los grandes hacendados? ¿No sabemos que hasta les suelen dar casas para que puedan vivir, y que ellos deben enviar a sus hijos a estudiar a la ciudad, pagándoles pensión, en circunstancias que su sueldo no les alcanza para solventar estos gastos? ¿No sabemos que por este motivo quedan comprometidos con los hacendados que suelen utilizar sus servicios para lanzarlos en contra de los campesinos y de los trabajadores? ¿No ocurre lo mismo con las empresas del salitre, del hierro y de las minas en general?
Podría levantar mi voz para decir muchas cosas más y hacer presente que todo esto se produce como consecuencia de la situación que se les crea en el trabajo. Ahora bien, como queremos eliminar estas injusticias para dar dignidad al carabinero, para que no esté sometido a estas presiones, para que pueda vivir honestamente, creemos que debe asignársele un sueldo superior, que corresponda a los servicios tan necesarios que presta.
Por otra parte, el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, no tiene derecho a pensar; no tiene derecho a organizarse.
Por eso, hemos planteado aquí el problema de estos servidores del Estado, aún cuando muchas veces, como dijo el Honorable colega señor Aguilera, hemos sido incomprendidos, se nos ha apaleado, se nos ha perseguido; pero, por sobre tocias esas cosas, por sobre todas esas incomprensiones, está el problema serio de estos personales. ¿Por qué? Porque ellos también son hijos de obreros, de campesinos, que, por circunstancias especiales, son arrastrados a adoptar actitudes contra su propia clase. No estamos de acuerdo con esas actitudes, pero tampoco eso significa que no luchemos por la defensade sus intereses, por el porvenir de sus hogares y de sus hijos. Esta es una cosa distinta.
Nosotros, tratando de abrir un camino y perspectivas de dignidad a las Fuerzas Armadas y a Carabineros, hemos presentado algunas indicaciones, a las cuales se refirió el Honorable colega señor Agurto, relacionadas con el derecho a sufragio de estos servidores del Estado.
En períodos pasados, la Democracia Cristiana nos apoyó en estas iniciativas. Podríamos leer los discursos de sus parlamentarios. Recogemos esos discursos y esos pensamientos, y pedimos a su representación parlamentaria que, consecuente con los principios que han sustentado, en períodos pasados, nos acompañen hoy para que los suboficiales y la tropa del Ejército y de Carabineros tengan derecho a sufragio y puedan inscribirse en los registros electorales. ¿Cómo es posible que un hombre con veinte o veinticinco años de servicios en el Ejército o en Carabineros, que ha hecho toda una profesión, no tenga derecho a sufragio, en circunstancias que pueden votar su mujer y sus hijos, cuando llegan a la mayoría de edad? El, que es padre y que los ha formado, carece de derecho. ¿Cómo es posible, por ejemplo, que los oficiales recién egresados de la Escuela respectiva, de veintidós, veintitrés o veinticuatro años, que llegan a recibir, en realidad, la experiencia de los sargentos, puedan sufragar y estos últimos están impedidos para hacerlo?
Estimamos que no se puede establecer esa discriminación. Creemos que debe darse a todo el personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros el derecho a sufragio; y considero que si la Democracia Cristiana y el Gobierno del Excelentísimo señor Frei fueran consecuentes con los principios sustentados y las grandes batallas que han dado junto a nosotros, debieran votar a favor de esta indicación.
Esto todo lo que deseaba expresar, señorita Presidenta.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Defensa.
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Señorita Presidenta, quisiera hacer algunas breves observaciones de carácter general sobre este proyecto de ley presentado por el Ejecutivo.
Creo que los informes exhaustivos que se han dado por los señores Diputados informantes, tanto de la Comisión de Defensa Nacional como de la de Hacienda, han ilustrado a los señores parlamentarios sobre los alcances de las disposiciones concretas de este proyecto, en la parte referente al mejoramiento de las rentas del personal de la Defensa Nacional y de Carabineros, y en lo que respecta a su financiamiento.
Quisiera manifestar también que esta iniciativa, en lo referente al personal de la Defensa Nacional, constituye un todo orgánico.
Algunos Honorables Diputados se preguntaban por qué en el artículo 3º se establecen disposiciones que significan autorizar al Poder Ejecutivo para modificar ciertos regímenes a que está afecto el personal de las Fuerzas Armadas, en diversos aspectos.
Al respecto, deseo manifestar, en nombre del Gobierno, que este proyecto, en su objetivo y en su filosofía, constituye, como ya lo manifesté, un todo orgánico; sus disposiciones tienen un objetivo preciso, y es así como no constituye solamente un simple proyecto de mejoramiento de las Fuerzas Armadas y de Carabineros.
En primer lugar, el Ejecutivo ha creído conveniente presentar, en este caso, un proyecto separado de reajuste de remuseraciones del sector civil, porque el personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros ha sufrido una grave postergación en lo referente a su situación económica. En efecto, en diversas leyes se les ha otorgado reajustes inferiores a los acordados a los otros sectores de la Administración Pública, y, por otra parte, esos reajustes se hicieron regir, durante los últimos años, con fecha posterior a la fijada para el de las remuneraciones del resto de los funcionarios públicos.
En 1964, por ejemplo, el reajuste para las Fuerzas Armadas rigió desde el 1º de julio de ese año; y el reajuste concedido a este mismo personal, el año recién pasado, produjo efecto desde el 1º de mayo de 1965.
En el proyecto en debate, en cambio, se remedia esta situación, y este reajuste de remuneraciones comenzará a regir a contar del 1º de enero del año en curso.
El Gobierno ha pensado también que debía otorgarse al personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros un reajuste completo, es decir, equivalente al ciento por ciento del alza del costo de la vida, sin hacer diferencias en este sentido.
Este porcentaje del 25% parejo, para todo este personal, tiene una relación indudable, directa y beneficiosa con el del personal de jubilados de las Fuerzas Armadas y Carabineros, cuyas pensiones tendrán, cualquiera que sea su monto, un reajuste completo del 25%.
El Ejecutivo ha creído también conveniente incluir en este proyecto una bonificación de un 13% sobre los sueldos bases y los quinquenios del personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros. Esta remuneración adicional, que ha sido aceptada por las dos Comisiones técnicas de la Honorable Cámara, el Ejecutivo la plantea como una bonificación de permanencia, porque el proceso que hemos estado observando en nuestras Fuerzas Armadas y en Carabineros, hacía ver que es cada día mayor el personal de los grados medios y bajos que, a causa de la escasez de sus remuneraciones, se retira de estas instituciones prematuramente, por lo cual se desea, de esta manera, poner fin a tal situación.
Desde el año 1960 hasta esta fecha, más de setecientos oficiales se han retirado de las Fuerzas Armadas, en razón de los hechos que estoy exponiendo, y ésta es una realidad que el Ejecutivo pondera en todo su valor. De ahí que, por este medio, pretende establecer la posibilidad de fijar mejores remuneraciones para el personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas y Carabineros y poder remediar, aunque sea en parte, la situación a que me estoy refiriendo.
Por otro lado, esta bonificación de permanencia, de un 13%, que se consigna en el proyecto en examen, tiene su justificación en el hecho de que el Ejecutivo ha pretendido, de esta manera, poner dicho beneficio a tono con la situación actual. Una ley dictada en el año 1961 estableció para el personal en servicio activo una bonificación de Eº 10 mensuales. Por ello, esta bonificación de permanencia significa reajustar aquella otra similar que se creó en esa fecha, razón por la cual no se trata de un beneficio o privilegio especial.
La situación de los pensionados a que han aludido algunos señores Diputados, ha motivado la preocupación permanente de este Gobierno.
Es así como el Ejecutivo, inmediatamente después de iniciar sus funciones, se preocupó de despachar con prontitud el proyecto que creaba el Fondo de Revalorización de Pensiones de las Fuerzas Armadas. Hoy, convertido en ley de la República, se encuentra funcionando y operando.
Por medio de sus disposiciones, se ha establecido que el personal retirado con 10 ó 20 años de servicios puede percibir una pensión equivalente al 75% de la que correspondería en este momento a un similar en servicio activo que se retirara con los mismos años y grado. Se ha implantado así un reajuste y una revalorización permanente para esos pensionados. Por eso, el Ejecutivo se complace en hacerlo presente en esta Honorable Cámara.
Por otra parte, esta misma ley remedió una injusticia y una marcada discriminación que se establecía en la disposición anterior de la ley, en cuanto al personal retirado con más de 20 años de servicios.
Los señores Diputados saben que la ley de agosto de 1953 establecía que sólo los jubilados con posterioridad a la dictación de esa ley tenían derecho a percibir una pensión "perseguidora", equivalente al porcentaje del sueldo que le correspondería según sus años de servicios y no otorgó este beneficio para aquellos retirados con anterioridad a agosto de 1953, aun cuando estaban en la misma situación.
La ley que creó el Fondo de Revalorización de Pensiones terminó con esa injusticia, y el personal retirado que tenga más de 20 años de servicios tiene derecho, sin discriminación de ninguna especie, sea cual fuere el año en que se produje el retiro, a percibir pensión "perseguidora", de acuerdo con el porcentaje del sueldo que le correspondería según sus años de servicios.
Remediada esta situación fundamental, el Ejecutivo acogió y patrocinó, incluyéndola en este proyecto de ley, una indicación del Honorable Presidente de esta Cámara para resolver el problema que se había creado con la aplicación del beneficio de los quinquenios al personal en retiro.
Las leyes dictadas sobre la materia, especialmente la del año 1961 y, en forma más pronunciada, la de 1964, estableció una discriminación bastante grande en perjuicio del sector de jubilados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros que ya se había acogido a retiro, el que, en virtud de esas disposiciones percibe en estos instantes sólo una parte de los quinquenios de que gozan los que están en servicio activo. El Ejecutivo, consciente de esta situación, ha hecho un esfuerzo extraordinario para resolverla en forma paulatina.
Como comprenderán los señores Diputados, la solución total del problema de los quinquenios no puede ser abordada en este momento por ningún Gobierno, porque su costo es superior a los 130 millones de escudos, es decir, el doble de lo que significan los mayores porcentajes de reajuste que se otorgan a los personales de las Fuerzas Armadas y de Carabineros por medio de este proyecto.
Como digo, esta situación era inabordable; pero el Ejecutivo ha propuesto en esta iniciativa legal una solución que consiste en absorber, paulatinamente, en las pensiones del personal de jubilados que se encuentra en este caso, y que puede acreditar o ha acreditado 30 años de servicios conmutables válidos, los porcentajes de las diferencias de quinquenios que existen entre el personal retirado con posterioridad y los funcionarios en servicio activo. Este año se aplicará un porcentaje del 10%, que subirá gradualmente en los próximos años hasta terminar, a contar desde el 1º de enero de 1970, con esta discriminación.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, señor Ministro?
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Con todo gusto.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Con la venia del señor Ministro, tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señorita Presidenta, es evidente que, como lo ha expresado el señor Ministro, al personal con 30 años válidos de servicios reconocidos para los efectos de su jubilación, se le arreglará su situación mediante pagos diferidos durante los años 1967, 1968 y 1969.
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Y 1966 también.
El señor SILVA ULLOA.-
Pero hay muchos pensionados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros que no tienen ese tiempo, por lo que quedarán a! margen del pago de los quinquenios.
Según informaciones que tengo y sobre las cuales volveré a insistir cuando haga uso de la palabra en nombre del Partido Socialista, hay muchos de estos personales que han iniciado juicios y han obtenido sentencias definitivas de la Corte Suprema, que les ha reconocido sus derechos. Naturalmente, estas sentencias, de acuerdo con nuestro régimen constitucional, rigen sólo para esos casos particulares. De todos modos, esta experiencia es aleccionadora para resolver el problema general.
Excúseme, señor Ministro, que me extienda en mis observaciones, pero como la filosofía de este proyecto es aumentar en un 25% los sueldos bases del personal de las Fuerzas Armadas, y crear una bonificación de permanencia del 13% sobre los sueldos y quinquenios, quiero hacer una consulta.
El artículo 4º del proyecto dice que el personal con derecho a pensión íntegra o que acredite 30 años válidos para el retiro, incorporará la bonificación de permanencia a su pensión de retiro durante los años 1967, 1968 y 1969, en un 33% cada año. Pues bien, ¿qué pasará con el personal en servicio activo que se retire con posterioridad? Percibirá la bonificación de permanencia? De acuerdo con la filosofía del proyecto parece que no. Es decir, en este instante, ya estamos creando no el pleito con los jubilados o con el personal en retiro, sino con e! que está en servicio activo, por cuanto el que se retire con posterioridad a 1969 no tendrá derecho a incorporar la bonificación de permanencia a su remuneración.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede continuar el señor Ministro.
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Agradezco mucho las observaciones del Honorable señor Silva Ulloa.
En primer lugar, se ha referido a la situación del personal en retiro que no puede acreditar o que no haya computado 30 años válidos para el retiro.
Yo manifesté, hace un instante, que el Ejecutivo ha cumplido por etapas con los diferentes sectores en que se dividen los jubilados y retirados de las Fuerzas Armadas y Carabineros. Es así como me parece que el Fondo de Revalorización de Pensiones, prácticamente, ha arreglado la situación del personal en retiro con 10 ó 20 años de servicios. Manifesté también cómo se había arreglado la situación del personal jubilado con más de 20 años de servicios y que no tenía derecho a la llamada jubilación "perseguidora", por haberse retirado con anterioridad al mes de agosto de 1953; como, asimismo, la solución que se había dado al problema de los retirados con posterioridad a esa fecha. Por lo tanto, se ha solucionado, fundamentalmente, el problema de dos sectores: el de los con 10 ó 20 años de servicio; y el de los con más de 20 años.
Respecto de un tercer sector, el más perjudicado y más injustamente tratado en el asunto de los quinquenios, el con 25 años de servicios, que para la ley tenía 30 años válidos o computables para el retiro -se trata en muchos casos de ex servidores que tuvieron que jubilar obligatoriamente, sin derecho a quinquenios completos-, al Ejecutivo le ha parecido justo y prudente remediar su situación en la forma que aparece en el proyecto. Le ha parecido así, porque la gran mayoría de este personal fue obligado a retirarse, lo que no sucede con quienes no han alcanzado los veinticinco años efectivamente servidos. Sin desconocer que hay casos aislados entre este personal que fue obligado a retirarse con anterioridad a los veinticinco años de servicios, en su gran mayoría ellos se han retirado voluntariamente, porque han encontrado otras perspectivas. Por lo tanto, perciben su pensión de retiro y además el sueldo de su nuevo trabajo, al que ingresó después de su retiro.
No creo, ni sostengo la tesis de que el ciento por ciento de los casos sea ése, pero ésta es la situación de la gran mayoría de este personal. Por eso, dentro del régimen de posibilidades económicas que hay para arreglar la situación de los diferentes sectores, se ha hecho lo posible por dar la solución más justa al problema de los tres sectores referidos. Creo que el Ejecutivo ha procedido con justicia.
En seguida, el Honorable señor Silva Ulloa manifestaba que por el artículo 4º se creaba una situación discriminatoria, por cuanto el personal que se beneficiará con la bonificación de permanencia, absorbiéndola a su pensión de retiro, será sólo el de los años 1967, 1968 y 1969. Preguntaba el Honorable Diputado: ¿qué sucederá con los que jubilen o se retiren con posterioridad a 1969? Y agregaba que ya estábamos creando una situación discriminatoria que afectaría principalmente a los que siguieran en actividad después de 1969.
Contesto al Honorable señor Silva Ulloa que sus aprensiones no se verán cumplidas, porque el artículo 4º ordena la absorción de la bonificación de permanencia para todo aquél que haya acreditado, o acredite, ya sea ahora o en el futuro, treinta años válidos de servicio. De esta situación se dejó constancia en la Comisión de Hacienda. De manera que el personal de 1970, si ocurre lo que dice el señor Diputado, se va a retirar, si persiste este mismo régimen, con una pensión que comprenderá el sueldo base, los quinquenios, más la bonificación de permanencia. Así es que no habrá problema.
En forma muy sumaria, quiero referirme especialmente a dos materias que me interesa destacar. En primer lugar, es propósito del Ejecutivo, y ésta es una de las finalidades primordiales de la iniciativa en debate, organizar y modernizar nuestras Fuerzas Armadas y Carabineros. En este instante hay muchas situaciones que abordar.
Se preguntan algunos señores Diputados por qué el Ejecutivo pide autorizaciones para algunas materias en el artículo 13. El Honorable señor Agurto manifestaba el propósito de su partido de separar algunas materias y decía: "Para estas materias estamos dispuestos a otorgar estas autorizaciones; para estas otras, no." Hay ciertos hechos que indican la necesidad absoluta de disponer de estas autorizaciones del Parlamento para efectuar un proceso de modificación de la situación actual, una modernización urgente, que dé una nueva fisonomía a nuestras Fuerzas Armadas y a Carabineros.
Pedir facultades, como se dice, o autorizaciones para que el Ejecutivo pueda dictar normas sobre materias referentes al personal de las instituciones armadas no es algo novedoso de este proyecto de ley; es algo que se ha hecho siempre, desde tiempo inmemorial. Todo el régimen operante en estos instantes, en lo que se refiere a calificaciones, clasificaciones, nombramientos, ascensos y retiros del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, es producto de decretos con fuerza de ley. Todas estas materias están en decretos con fuerza de ley. Ha sucedido, y aquí viene mi referencia a las palabras del Honorable señor Agurto, que por hacer uso de estas facultades se ha ido a extremos y ahora tenemos materias que, siendo propias de un reglamento interno de algunos institutos armados, como lo relatvio a los ascensos y a los nombramientos, se han convertido en objeto de una ley por haberse dictado normas con respecto a ellas, contenidas en decretos con fuerza de ley.
Tengo aquí una referencia concreta del señor Comandante en Jefe del Ejército, quien me dice, muy gráficamente, que, en este instante, ni siquiera se puede crear una cátedra nueva en la Academia de Guerra ni en la Escuela Militar, porque se necesita modificar la ley. Materias propias de reglamentos y de reglamentos internos de las respectivas instituciones están en este momento vigentes como leyes de la República, porque se incorporaron en decretos con fuerza de ley dictados en uso de facultades concedidas anteriormente.
¿Cuál es el propósito del Ejecutivo? Separar adecuadamente estas materias. Si queremos agilizar, normalizar, regularizar y modernizar la situación de nuestros institutos armados, tenemos que ir separando las materias que son propias de la ley, de aquéllas que son propias del reglamento y de un reglamento interno. De esa manera podremos evitar lo que sucede ahora, en que, muchas veces, un nombramiento, un ascenso o un traslado, topa con algunos problemas de orden legal. Porque, con frecuencia, cuando se trata de disponer que una persona cumpla determinadas labores en nuestras Fuerzas Armadas, resulta que algunas funciones para las cuales fue designada no le sirven, y tiene que empezar de nuevo a cumplir esos requisitos de mando obligatorios, establecidos en la ley. Así, los institutos armados están prácticamente cercados por una serie de disposiciones legales que no se pueden eludir y que son propias, repito, de un reglamento interno de cada uno.
Esto es lo que el Gobierno desea remediar. No pretende nuevas facultades legislativas. Quiere provocar un ordenamiento de estas materias, propias, como digo, de la vida institucional de las Fuerzas Armadas. Y comprenderán los señores Diputados que, quizás, no sea prudente, desde cierto punto de vista, someter a la discusión pública estas materias, para dictar nuevas disposiciones legales que pueden dejar otra vez amarradas a las instituciones armadas. Igual cosa sucede con el régimen de calificaciones. Muchas veces la opinión pública lo critica. Perdónenme los señores Diputados que me extienda sobre esta materia; pero se levantan voces, incluso en el mismo Parlamento, para preguntar las razones por las cuales tienen que hacerse eliminaciones en las Fuerzas Armadas. Muchas veces se anota como un contrasentido que se hagan eliminaciones, que se señalen cuotas de retiro en los diferentes grados de los institutos armados, principalmente en el Ejército, y que haya carencia de oficiales en los grados medios y bajos.
Se tiene que cumplir la ley. Esta situación necesita ser remediada buscando algunos procedimientos. Se están haciendo los estudios del caso para reemplazar totalmente este régimen de calificaciones, da rentabilidad a la carrera militar y establecer, si fuera posible -no están totalmente afinados los estudios sobre la materia- que un oficial de nuestro Ejército, que cuesta mucho formar en estos instantes, cuyos estudios son totalmente especializados y técnicos en diversas materias, goce de permanencia en las Instituciones Armadas. Para hacer posible este proceso de modernización, necesitamos asegurarle su permanencia en las filas a estos oficiales.
Mediante ella podremos establecer que el grado tope de la carrera militar sea el de Coronel, realizando allí el proceso de selección para elegir a los más calificados para ascender al grado de General. En esta promoción interviene incluso el Honorable Senado, que puede pedir todos los antecedentes del caso.
Nos parecen indispensables algunas modificaciones y ésta es la única manera de hacerlo.
Algunos señores parlamentarios temen que estas facultades se apliquen a algunas otras materias relacionadas con el régimen de remuneraciones de las Fuerzas Armadas. No es efectivo que se pretenda establecer un nuevo reajuste de aquí a seis meses más, como se ha insinuado en los debates de la Corporación. No. Lo único que pretende el Ejecutivo al obtener esta autorización es simplificar el régimen de remuneraciones de las Fuerzas Armadas.
La nueva escala de sueldos bases está contenida en el artículo 1º. Se puede comprobar que el sueldo correspondiente a la Primera Categoría, o sea, el más alto, alcanza a 855 escudos mensuales. También ha señalado el Honorable Diputado señor Pontigo que el grado 13 tiene asignado 171 escudos mensuales. Pero éstos son sueldos bases, a los cuales hay que agregar quinquenios, asignaciones especiales, y la bonificación de permanencia que crea esta ley. Necesitamos simplificar este régimen de remuneraciones, para hacerlo accesible, inclusive, al mismo personal de las Fuerzas Armadas. Porque, a veces, resulta que en el mismo grado se presentan situaciones diversas, debido al régimen existente.
Por eso, pedimos autorización para simplificar el régimen de remuneraciones y modificar el de retiro. ¿Por qué? Yo he sido muy veraz en las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda, y en la Cámara de Diputados. El actual régimen de retiro de las Fuerzas Armadas es inadecuado a la situación existente y a la moderna organización de ellas. No podemos provocar retiros prematuros, por dos razones : primero, porque pueden producirla crisis financiera del régimen de retiro. Esta situación puede revestir tal gravedad, que sea inabordable e imposible de resolver por parte de cualquier Ejecutivo. Y segundo, porque al Estado le interesa la permanencia en la carrera militar.
Sin lesionar derechos adquiridos ni tocar siquiera una coma de los beneficios de que gozan actualmente los pensionados, montepiados y demás beneficiarios de las Fuerzas Armadas, creemos que se puede establecer para el futuro un nuevo régimen de retiros muy simplificado. Asimismo, en vez de autorizar retiros con derecho a pensión a los 10 ó 15 años de servicios, como sucede actualmente, consideramos que sólo deben permitirse a los 20 o más años de servicios, dada la actual situación de las Fuerzas Armadas.
¿Por qué se plantean estas reformas? Tomando en cuenta la formación técnica altamente especializada de los oficiales y suboficiales de fes Fuerzas Armadas, nos interesa que hagan su carrera completa en ellas. Por eso, el Ejecutivo ha instituido la bonificación de permanencia que, en el tramo de los 20 a los 30 años de servicios, no se desea incorporar a la pensión de retiro, porque sería premiar el retiro prematuro.
Si un hombre ha enterado su carrera militar con más de 30 años válidos de servicios, se le dan los beneficios completos, es decir, su pensión equivalente a los sueldos bases, quiquenios y bonificación de permanencia. Además, se agregan otros beneficios, uno de los cuales consiste en la posibilidad de tener preferencia absoluta para conseguir un préstamo hipotecario, si no lo ha obtenido antes. Esta disposición, incorporada en la Comisión de Hacienda por indicación del Honorable señor Silva Ulloa, permitirá que, junto con el término de su carrera militar, adquiera la vivienda que necesita para él y su familia.
Comprenderán los Honorables señores Diputados que éste es un objetivo global, general del proyecto. Sus disposiciones van unidas unas con otras y persiguen fines muy claros, tales como el retiro a los 20 años o más de servicios; la incorporación de la bonificación de permanencia a la pensión después de 30 años válidos para el retiro, a fin de que no haya retiros prematuros. Existe interés por preservar la vida institucional; que se conserven en sus cargos los oficiales y suboficiales en los grados medios y bajos, donde hacen más falta y hay escasez de ellos en este instante. Todo esto está organizado en el proyecto. Se crea también un Fondo de Seguridad Nacional, para que las Fuerzas Armadas puedan disponer, permanentemente, en forma ágil, de recursos para adquisiciones de equipos modernos y para hacer frente a otras emergencias.
Señorita Presidenta, he querido dar estas explicaciones, sin perjuicio de que, con posterioridad, en la discusión particular, pueda: dar otras que los señores ¡Diputados requieran respecto de cada una de las disposiciones concretas que se vayan estudiando. Pero deseo pedirles que conserven el contexto de las disposiciones del proyecto, porque son concordantes unas con otras, y porque sólo así será posible dar una nueva fisonomía a nuestras Fuerzas Armadas, organizarías bien y modernizarlas y, al mismo tiempo, resolver los graves problemas que en ellas existen en este instante.
Los Diputados de todos los sectores se han referido en términos elogiosos, en la tarde de hoy, a las Fuerzas Armadas y a los Carabineros de Chile. Creo que en la votación de este proyecto Sus Señorías pueden dar una prueba de su reconocimiento para estos funcionarios, aprobando lo que propone el Ejecutivo. De esta manera, harán efectivo el homenaje que le han rendido esta tarde.
Quiero agradecer las expresiones de los Honorables señores Diputados y, pido, una vez más, que este proyecto sea aprobado en la forma en que lo propone el Ejecutivo.
El Honorable señor Isla me acaba de solicitar una interrupción.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Con la venia del señor Ministro, tiene la palabra Su Señoría.
El señor ISLA.-
Señorita Presidenta, sólo quiero decir que estoy de acuerdo con las claras explicaciones que ha dado el señor Ministro, en especial, con las relativas a las facultades que se conceden al Presidente de la República en el artículo 13 del proyecto. Debo insistir en que, en realidad, ellas son perfectamente procedentes de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política del listado, como lo dimos a conocer en el informe.
Es evidente, entonces, que además de todas las razones de conveniencia nacional que ha dado el señor Ministro de Defensa Nacional, estas facultades se basan en un mandato constitucional.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Puede continuar el señor Ministro de Defensa Nacional.
El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).-
Junto con agradecer las expresiones del señor Diputado, quisiera también manifestar que es muy significativo y enaltecedor el apoyo unánime que ha tenido este proyecto de ley, como lo han demostrado las intervenciones de los diferentes señores Diputados.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
La Mesa entiende que los Comités se reservan el tiempo a que tienen derecho para la discusión particular del proyecto. Durante ella, los señores Diputados podrán referirse a cualquiera de las disposiciones de dicha iniciativa legal.
Solicito el asentimiento de la Sala para omitir la lectura de las indicaciones, en el entendido que se leerán al discutirse las respectivas disposiciones en que incidan.
Acordado.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Votemos el proyecto.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite, señorita Presidenta?
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señorita Presidenta, desgraciadamente sólo en este instante vengo a reparar en una omisión que cometimos, a mi juicio, al tratar en la Comisión de Hacienda los dos artículos nuevos que la Cámara acordó que pasaran a esa Comisión. Como no alcanzamos a redactar la indicación, la vamos a explicar con el objeto de que se trate en el momento oportuno.
El primero de estos artículos nuevos dice: "Ningún funcionario de la administración, semifiscal, autónoma, Banco Central de Chile y de las Municipalidades y ninguna persona remunerada con fondos públicos, salvo el Presidente de la República" -frase esta última agregada en la Comisión- "podrá percibir mensualmente..." Después de la palabra "mensualmente", estimo que debe intercalarse, entre comas, lo siguiente: "excluyendo las asignaciones familiares y la gratificación de zona", porque estos beneficios nada tienen que ver con los cargos mismos.
Ruego a la señorita Presidenta recabar el acuerdo de la Sala para admitir a discusión y votación la indicación señalada, para que se la acepte como entregada oportunamente.
La señorita SAAVEDRA (Presidenta accidental).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para proceder en la forma que ha indicado el Honorable señor Silva Ulloa.
Acordado.
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para levantar la presente sesión y facultar a la Mesa para citar el martes 8 del presente a las sesiones que se estimare necesarias para despachar en particular el proyecto de ley.
Si le parece a la Honorable Cámara, así se acordará.
Acordado.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Habiéndose cumplido el objeto de la sesión, se levanta.
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