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- rdf:value = " 2.-MODIFICACION DEL CODIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO A LA TERMINACION DEL CONTRATO DE EMPLEADOS Y OBREROS. TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL.PREFERENCIAEl señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Honorable Senado ha devuelto a la Honorable Cámara, el proyecto que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la terminación del contrato de trabajo de empleados y obreros.
Para la plena eficacia de esta ley, es necesario que sea promulgada antes del 28 de febrero del presente año.
Solicito el asentimiento de la Sala a fin de votar las modificaciones del Honorable Senado a esta iniciativa antes de continuar tratando el proyecto de reajuste de remuneraciones de los sectores privado y público.
El señor ARAVENA.-
El asentimiento sería para votarlo solamente.
El señor PAPIC.-
Sin debate.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Acordado.
En cumplimiento del acuerdo adoptado, corresponde considerar las modificaciones del Honorable Senado a este proyecto.
Se suspende la sesión por dos minutos, a fin de repartir el boletín correspondiente a los señores Diputados.
Transcurrido este lapso:
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara a fin de conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Hurtado, don Patricio.
No hay acuerdo.
El señor HURTADO (don Patricio).
Señor Presidente, ¿quién se opone?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hubo oposición, señor Diputado.
El señor HURTADO (don Patricio).-
¿Quién se opuso?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la primera modificación del Honorable Senado al proyecto que consiste en suprimir en su artículo 1º, la frase "considerando que el derecho de propiedad del empleo es parte del patrimonio de los trabajadores".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación del Senado.
Aprobada.
En votación la segunda modificación introducida por el Senado, que consiste en agregar, en el Nº 1 del artículo 2º del proyecto, después de la palabra "servicio", entre comas, la siguiente frase: "o sus modalidades básicas".
Durante la rotación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
La expresión "modalidades básicas" constituye un bolsillo de "tony": cabe cualquiera cosa; además, es reaccionaria.
El señor GUASTAVINO.-
Si Su Señoría la califica de reaccionaria, es porque se trata de algo progresista. Y si algo es reaccionario, lo califica de progresista.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Los Diputados comunistas votan por algo reaccionario.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
Efectuada la rotación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa 21 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En votación la modificación del Senado, que consiste en reemplazar, en el mismo Nº 1 del artículo 2º, la forma verbal "dio", por "dieron".
Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación.
Aprobada.
En votación la modificación del Senado, que consiste en agregar en la letra b) del Nº 7 del artículo 2º, después del vocablo: "trabajar", la siguiente frase: "sin causa justificada".
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación las dos modificaciones al Nº
9 del artículo 2º, que consisten en intercalar después de la palabra "trabajador" el término "especializado" y en sustituir la frase: "conforme lo dispone el Reglamento de la ley" por "de acuerdo al Reglamento. Este reglamento deberá ser dictado previo informe favorable del Servicio Nacional de Salud y de la Superintendencia de Seguridad Social".
Si le parece a la Cámara, se aprobarán estas dos modificaciones.
Aprobadas.
En votación la modificación del Senado, que consiste en suprimir el Nº 10 del artículo 2º, que dice: "Las que sean determinadas por las necesidades del funcionamiento de la empresa, establecimiento o servicio".
Durante la votación:
El señor GUASTAVINO.-
Los Honorables colegas democratacristianos están votando en contra de los obreros.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Su Señoría no ha entendido nada del proyecto. El Senado es el que propone modificaciones que atentan contra los intereses de los trabajadores.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 39 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En votación las modificaciones del Honorable Senado al Nº 12 del artículo 2º.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán.
Aprobadas.
En votación la modificación del Honorable Senado al Nº 13 del artículo 2º.
Ha sido reemplazado por el siguiente:
"12.Reunir el trabajador los requisitos exigidos por el respectivo sistema de previsión para jubilar por invalidez. ,
"En este caso el empleador podrá iniciar o tramitar el expediente respectivo y no se podrá autorizar la separación del trabajador sin que conste fehacientemente que comenzará a percibir la respectiva pensión durante el mes siguiente".
Se ha reemplazado la letra ", y" por un punto y ha agregado como inciso segundo el artículo 3º del proyecto de ley de esa Honorable Cámara, con la sola modificación de sustituir su punto final por ", y".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la modificación del Honorable Senado que consiste en suprimir el inciso segundo del artículo 2º.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará la modificación.
Rechazada.
En votación la modificación del Honorable Senado que consiste en suprimir el inciso tercero del artículo 2º.
El señor MONTES.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Montes.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, sólo quiero hacer una observación referente al procedimiento.
El boletín correspondiente ha llegado a nuestras manos hace sólo unos instantes, de manera que, en algunas oportunidades, ni siquiera alcanzamos a leer las modificaciones propuestas por el Honorable Senado. Creo que, si se procediera a leerlas antes de cada votación, tendríamos tiempo para apreciar más correctamente cada caso.
El señor GALLEGUILLOS.-
Así es.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa no tiene inconveniente en hacerlo, Honorable Diputado.
Se va a leer el inciso tercero del artículo 2º, que el Senado propone suprimir.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El inciso tercero del artículo 2º de la Cámara, que el Senado propone suprimir, dice así:
"Este procedimiento deberá convenirse entre las partes y a falta de acuerdo corresponderá determinarlo a la respectiva Inspección del Trabajo, conforme a las normas que establezca el Reglamento de la presente ley."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la modificación del Honorable Senado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará.
Rechazada.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la modificación del Honorable Senado al artículo 4º, que ha pasado a ser Nº 1 del artículo 7º.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el cambio de ubicación.
Un señor DIPUTADO.-
Que se lea.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, es un simple cambio de ubicación, no de redacción.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Se va a leer el artículo nuevo con que el Honorable Senado propone reemplazar el artículo 4º.
El señor CAÑAS (Secretario) .
El Senado, junto con cambiar la ubicación del artículo 4º que pasa a ser Nº 7 del artículo 7ºlo reemplaza por el siguiente texto: "El trabajador podrá poner término al contrato de trabajo:
"1.- Dando aviso al empleador con 30 días de anticipación.
"El aviso que no fuere firmado por el trabajador y el presidente del sindicato o delegado del personal, o que no fuere ratificado por aquél ante el Inspector del Trabajo, no podrá ser invocado por el empleador. Esta disposición se aplicará también a los finiquitos firmados por los trabajadores con ocasión del término de sus funciones;
"2.- Cuando el empleador incurriere en algunas de las causales del artículo 2º, en cuanto le fueren aplicables.
"En este caso el trabajador tendrá derecho a la indemnización establecida en el artículo 6°, sin perjuicio de las acciones civiles y criminales que pudiera deducir en contra del empleador;
"3.Si el empleador retuviere los sueldos, salarios y comisiones del trabajador por más de un mes, y
4.- En el caso indicado en el artículo 6º.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la modificación del Senado.
Durante la votación:
El señor MELO.-
Muy buena, porque hasta los salarios tienen que pagarse.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Pero sólo al término del contrato de trabajo. Estúdielo, Honorable colega; verá, entonces, cómo el criterio del Senado es reaccionario.
El señor GODOY URRUTIA.-
¿Y el caso de los trabajadores de Chuquicamata ?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Y los demás casos, Honorable colega, que son mayoría en el país?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Está cerrado el debate, Honorable Diputados.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Honorable Senado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Cómo quedan?
El señor VALENTE.-
Como la "mona".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Claro, así quedan con el criterio del Senado, que Sus Señorías aprobaron.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la modificación del Honorable Senado que consiste en sustituir el inciso primero del artículo 5°.
Se va a dar lectura a la modificación propuesta.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El Senado ha sustituido el inciso primero por el siguiente: "El empleador que invoque una o más de las causales señaladas en el artículo 2º de la presente ley para poner termino al contrato, deberá solicitar autorización previa y por escrito a la Inspección del Trabajo que corresponda, dentro del plazo de tres días de producida la causal que motiva la solicitud."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la modificación del Honorable Senado.
Durante la votación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
El Senado sólo cambió la redacción de la disposición aprobada por la Cámara y le dio más plazo a los patrones.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡ Esta es la Cámara más reaccionaria que ha tenido Chile!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡ Honorables Diputados !
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 31 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Senado.
En votación las modificaciones del Senado al inciso segundo, que consisten en reemplazar las palabras "El aviso" por "La solicitud" y "remitido" por "remitida".
Si le parece a la Honorable Cámara se votarán conjuntamente las modificaciones.
Acordado.
Durante la votación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Cómo pueden aceptar esto? El aviso es imperativo; en cambio, la solicitud es petición. Sus Señorías son muy "apatronados". Ahora resulta que tienen que pedir permiso para dar un aviso.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 35 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazadas las modificaciones del Honorable Senado.
En votación la modificación del Honorable Senado que consiste en sustituir en el inciso tercero las palabras "invoquen las causales números 10 y 12" por "invoque la causal número 11".
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 35 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Senado.
En votación la modificación del Senado que consiste en intercalar un inciso cuarto, nuevo, al cual se dará lectura.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice: "El Inspector del Trabajo deberá resolver la solicitud en el plazo de 15 días hábiles, oyendo a los interesados y procediéndose en lo demás conforme a lo dispuesto en la ley Nº 14.972, modificada por la ley Nº 15.358 y su Reglamentación respectiva."
Durante la votación:
El señor MELO.-
¡ Muy buena!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Nosotros preferimos que conozca de estos asuntos el Juzgado del Trabajo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Los Juzgados del Trabajo dan mayores garantías a los trabajadores.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Valenzuela, ruego a Su Señoría que no se sienta en la obligación de contestar interrupciones, pues no estamos en debate.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 35 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Honorable Senado.
En votación la modificación que consiste en reemplazar el artículo 6° del proyecto por el que figura en el boletín.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice la modificación: "La resolución del Inspector del Trabajo a que se refiere el artículo anterior será reclamable ante el Juez del Trabajo de acuerdo al procedimiento indicado en la ley Nº 14.972, modificada por la ley Nº 15.358, y su reglamentación.
"Mientras se tramita la reclamación, el trabajador continuará en servicio."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Durante la votación:
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
No tiene sentido aprobar esta modificación después de haber rechazado la anterior.
El señor MONTES.-
Eso es ser reaccionario.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Cómo aplica Su Señoría una disposición que se refiere a otra? Es una inconsecuencia de Su Señoría.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡ Honorables Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Honorable Senado.
En votación la modificación del Honorable Senado que consiste en rechazar el artículo 79 del proyecto.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará la modificación del Senado.
Un señor DIPUTADO.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Durante la votación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Así es que no quieren dar a los trabajadores acceso a los Juzgados del Trabajo. No desean darles la oportunidad de que se defiendan. ¡ Estos comunistas están cada día más reaccionarios!
Un señor DIPUTADO.-
Nosotros no somos de la Derecha. Diríjase a la Derecha.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Que el Honorable señor Valenzuela no hable más de los trabajadores.
Efectuada la votación, en forma económica, dio el siguiente resultado: por la negativa, 40 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación de! Senado.
Se va votar la modificación del Senado al artículo 8º que consiste en suprimir su inciso primero.
Solícito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara, a fin de votar en conjunto las modificaciones del Honorable Senado al artículo 89, que consisten en la supresión de todos sus incisos.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
No. señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se votarán separadamente las modificaciones señaladas.
Puestas sucesivamente en votación las modificaciones del Honorable Senado a los incisos, primero, segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 8º, que consisten en suprimirlos, fueron rechazadas por asentimiento unánime.
El señor MORALES (don Carlos).-
Parece que se les pasó la mano.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Con esto se da un procedimiento rápido a la defensa de los trabajadores.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se va a votar la modificación del Senado al inciso sexto del artículo 89, que pasa a ser artículo 18 separado.
Se va a dar lectura a la modificación.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La modificación del Honorable Senado reemplaza el inciso sexto del artículo 8º por el siguiente, que pasa a ser artículo 18:
"Todo empleador deberá tener registrado en la respectiva Inspección del Trabajo un domicilio en el radio urbano de la localidad en que se encuentre ésta, donde podrán hacérsele las notificaciones para todos los efectos de las leyes sociales. Si no cumpliere con esta obligación podrá notificarse al Inspector del Trabajo, considerándose tales notificaciones como hechas personalmente por el empleador.".
Varios señores DIPUTADOS.-
¡ Esta modificación es muy buena!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobada.
Se va a votar la modificación deL Honorable Senado al inciso primero del artículo 9º, que consiste en substituirlo por el siguiente.
Se va a dar lectura a la modificación.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Esta disposición dice como sigue:
"Artículo 6ºSi el empleado fuere separado de su cargo ilegalmente, podrá recurrir al Juzgado del Trabajo respectivo solicitando su reincorporación inmediata a sus labores habituales o la indemnización a que se refiere el inciso siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4º y en el inciso segundo del artículo 5º.".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Está mejor redactado el artículo de la Cámara.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se rechazará la modificación.
Rechazada.
En votación la modificación del Senado que consiste en suprimir el inciso tercero del artículo 9°.
Si le parece a la Sala, se rechazará la modificación.
Rechazada.
En votación la modificación del Senado que consiste en reemplazar, en el inciso primero del artículo 11, las palabras "cualquiera de las partes" por "el empleador".
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la modificación.
Aprobada.
En votación la modificación del Senado que consiste en suprimir, en el inciso tercero del artículo 11, lo siguiente: "y conste del contrato de trabajo. En estos casos el contrato se celebrará por triplicado debiendo remitirse uno de los ejemplares a la respectiva Inspección del Trabajo".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡ Es el colmo de lo reaccionario! El contrato de trabajo es una garantía para el trabajador y el Senado lo elimina. ¿Fue patrocinada por los comunistas esta modificación?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará la modificación.
Rechazada.
Si le parece a la Sala, se aceptará el cambio de ubicación del artículo 11, que no se votó oportunamente.
Acordado.
En votación la modificación del Senado que consiste en sustituir, en el inciso cuarto del artículo 11, los vocablos "de cuya resolución podrá reclamarse ante el Juzgado del Trabajo competente" por el siguiente: "oyendo a los interesados y procediéndose, en lo demás, conforme a lo dispuesto en los artículos 2º y 3º de la ley Nº 14.972, 8? de la ley Nº 15.358 y su reglamentación".
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Senado.
En votación la modificación que consiste en reemplazar el epígrafe que antecede al artículo 12.
Durante la votación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
La redacción de la Cámara es mucho más completa que la del Senado.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 40 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Senado.
En votación la modificación que consiste en sustituir el inciso primero del artículo 12 por el que leerá el señor Secretario.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice: "Los directores sindicales, delegados del personal y miembros de las delegaciones de trabajadores en los conflictos colectivos y de los comités de huelga, no podrán ser separados de la empresa, industria o faena, sino con acuerdo previo del Juez del Trabajo, el que lo otorgará en los casos indicados en el artículo 2º de esta ley, con excepción de lo señalado en los números 1 y 11 de dicho precepto."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Durante la votación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Está perfectamente establecido en el proyecto de la Cámara.
El señor GUASTAVINO.-
No explique lo inexplicable.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; por la negativa, 40 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Senado.
En votación la modificación que consisten en reemplazar el artículo 13 del proyecto, que pasa a ser 9º.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice la modificación:
Artículo 9ºSi el Juez del Trabajo no autoriza la separación de algunos de los trabajadores a que se refiere el artículo anterior, continuará en su trabajo en las mismas condiciones en que lo efectuaba, y si en el hecho hubiese sido separado, deberá ser reincorporado sin que le sea permitido al empleador excusarse de esta obligación por causa alguna. Todo pacto en contravención a este precepto es nulo.
"La primera resolución que dictará el Juez en caso de separación ilegal de las personas referidas, será la de ordenar su reincorporación por el tiempo que dure la secuela del juicio.
"La negativa del patrón o empleador para reincorporar a un representante de los trabajadores, será sancionada con una multa equivalente al 10% de un sueldo vital, escala a) del departamento de Santiago, por cada día de demora. Esta multa se duplicará por cada 30 días de retraso.
"Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, el empleador que separe ilegalmente a un representante de los trabajadores será sancionado con la multa establecida en el inciso quinto del artículo 4º.
"Los representantes de los trabajadores que sean separados de su cargo sin que exista sentencia ejecutoriada de los Tribunales del Trabajo, serán considerados trabajadores activos de la empresa a que pertenecían, para todos los efectos legales, por el tiempo que dure la secuela del juicio. Igual forma se aplicará en caso de negativa del empleador para reincorporarlos o si reincorporados se les da otro trabajo que el que desempeñaban anteriormente.
"La garantía que este artículo acuerda se entenderá prorrogada hasta seis meses después de haber dejado el cargo el representante de los trabajadores, siempre que la cesación en él no hubiere sido motivada por censura u otra medida disciplinaria adoptada por la respectiva asamblea".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
La disposición de la Honorable Cámara es mucho más clara, completa y se pone en todos los casos. Léanla y estúdienla Sus Señorías y se darán cuenta de que es así.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente) .
Rechazada la modificación.
En votación la modificación que consiste en reemplazar el artículo 10 por el siguiente:
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice el artículo 10, nuevo: "Los artículos 8º y 9º serán también aplicables a los candidatos a miembros de los cargos a que se refieren dichas disposiciones.
"Los candidatos a miembros del directorio provisional o definitivo de los sindicatos que hayan sido designados en asamblea preparatoria celebrada en el mes anterior a la elección, gozarán de la inamovilidad establecida en los preceptos anteriores, siempre que la lista respectiva haya sido comunicada al empleador y al Inspector del Trabajo competente."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Honorable señor Galleguillos, ruego a Su Señoría guardar silencio.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 40 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
Se va a dar lectura a la modificación introducida por el Honorable Senado en el artículo 15, que consiste en sustituir su inciso segundo.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice así la modificación: "El tribunal deberá remitir mensualmente el estado de los juicios a la Corte del Trabajo, la que vigilará en forma especial el cumplimiento de las disposiciones de esta ley."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 36 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En votación la modificación al inciso segundo del artículo 19, que consiste en sustituir las palabras "los Servicios del Trabajo" por "la Inspección del Trabajo respectiva."
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará.
Rechazada.
En votación la modificación al artículo 1º transitorio, que consiste en rechazarlo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará.
Rechazada.
En votación la modificación al artículo 2º transitorio, que consiste en sustituir las palabras "adecuar" por "concordar".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
Se va a leer la modificación que consiste en agregar un inciso segundo, nuevo, en el artículo 2º transitorio.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice el inciso segundo, nuevo: "Lo establecido en el inciso anterior no podrá significar en caso alguno disminución de los actuales derechos de los trabajadores."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
Terminada la votación del proyecto.
"