. " El se\u00F1or PHILLIPS.- \n \n Se\u00F1or Presidente, ser\u00E9 breve en mis observaciones, pues comprendo que una interrupci\u00F3n es s\u00F3lo para puntualizar conceptos y no para entrar en debates. \nLas explicaciones dadas por el Honorable se\u00F1or Penna sobre las materias que yo abord\u00E9 son de orden general. \nEl Honorable colega tiene raz\u00F3n en sus observaciones respecto de las obligaciones contra\u00EDdas en el plano internacional y de la ALALC. Pero lo que estoy preguntando es totalmente diferente. \nEl proyecto entero es de fomento a las exportaciones, salvo tres indicaciones a los art\u00EDculos 11, 12 y 13, que se encuentran en poder de la Mesa. \nEl decreto con fuerza de ley N\u00BA 257, de 1960, liber\u00F3 del pago de impuestos, grav\u00E1menes y derechos la internaci\u00F3n de maquinarias destinadas a industrias que se establecieran en el pa\u00EDs con la finalidad de exportar la totalidad de su producci\u00F3n. Este proyecto parece que fuera al rev\u00E9s; se quiere dar facilidades para que esas industrias entren a competir internamente con aqu\u00E9llas que no gozaron de franquicias. Es cuesti\u00F3n de leer el texto de las indicaciones, aunque el Honorable se\u00F1or Penna diga que no, para darse cuenta de que, en vez de fomentar la exportaci\u00F3n, de obligar a llevar al extranjero el total de la producci\u00F3n, se permite vender en el pa\u00EDs una parte de las manufacturas, en proporci\u00F3n a los impuestos que paguen las industrias. \nNo me parece correcto que quienes se asilaron en esas disposiciones legales recurran hoy d\u00EDa a este subterfugio, no digo a la mala, porque conozco el buen esp\u00EDritu que anima a los Honorables se\u00F1ores Penna e Iglesias y, en consecuencia, no podr\u00EDa hacerles un cargo gratuito, lo cual tampoco es mi intenci\u00F3n. Pero cuando se leen esas indicaciones y yo llamo la atenci\u00F3n de los se\u00F1ores Diputados sobre este aspecto, se comprueba que son contrarias a la tesis sustentada en el proyecto y constituyen un beneficio particular. Ellas tienen un nombre. No creo que una ley de fomento de las exportaciones pueda contener este tipo de disposiciones. \nMuchas gracias. \n " . . . . . . . .