. . . . . " El se\u00F1or PHILLIPS.- \n \n Agradezco al Honorable se\u00F1or Penna la interrupci\u00F3n que me ha concedido. \nQuer\u00EDa decirle, no con el af\u00E1n de molestarlo ni de hacerle perder el hilo de su informe, sino de aclarar, en el momento preciso, los distintos puntos de su exposici\u00F3n, que una cosa es la disposici\u00F3n que ven\u00EDa contemplada en el proyecto primitivo, despachado por la Comisi\u00F3n de Hacienda, y otra muy distinta son las indicaciones modificatorias que se refieren a estos art\u00EDculos. Concretando, hay indicaciones del Banco Central, de la Comisi\u00F3n y las que ahora modifican las presentadas anteriormente. \nYo creo que si el articulado del decreto con fuerza de ley N\u00BA 257, de 1960, dio franquiicas aduaneras y tributarias para instalar industrias en Chile con el objeto de dedicarse a las exportaciones, el pa\u00EDs, que no nada en recursos ni en d\u00F3lares, no se beneficia con dar a las empresas que internaron maquinarias liberadas de derechos aduaneros y de impuestos de toda \u00EDndole, Ibertad para vender en el mercado interno sus productos. Aquellas disposiciones han sido cambiadas tres veces, para terminar porque paguen en el Ministerio de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n, por una sola vez, la parte que les corresponde. \nNo me parece justo que, habiendo empresas del mismo tipo, dedicadas tambi\u00E9n a las exportaciones y al mercado interno, que han pagado el total de los tributos al erario, se desee ahora dar franquicias a nuevas empresas, en contra de las ya establecidas, las que, repito, pagaron sus impuestos y cumplieron con las disposiciones legales basadas justamente en lo que ahora se quiere modificar. \n \n " . . . .