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- rdf:value = " El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, veo que es imposible ponernos de acuerdo sobre esta disposición.
Una cosa es la disposición que viene en el texto aprobado por la Comisión de Hacienda; otra es la primera indicación que algunos Diputados formularon; y otra, la sustitutiva, que también está en poder de la Secretaría de la Cámara para ser votada. Las tres son modificatorias, con algunas alternativas.
La primera indicación disponía que se llegaría a un convenio y, de año en año, según se desprende de su lectura, podría ser modificado el monto de ¡o que se dejaría en el país y los impuestos por pagar. La última fija el plazo por una sola vez. En consecuencia, se está reconociendo la anomalía que esto representa.
Su Señoría se ha referido a las industrias de harina de pescado, a las que esta disposición no alcanza, porque tienen un régimen especial, totalmente distinto y su instalación se efectuó bajo un mismo sistema y con idénticos privilegios para todas las empresas. No hay discriminación tributaria respecto de ellas, pero sí respecto de otras. Así, frente a una industria amparada en el decreto con fuerza de ley Nº 257, que no pagó impuestos ni derechos de aduana por haber contraído el compromiso solemne con el Estado de trabajar en exportaciones, hay otras plantas que están produciendo para el mercado interno y a la vez están exportando y que han pagado la totalidad de los impuestos o gravámenes. Esto es lo que quiero que Su Señoría entienda. Estas industrias han pagado, repito, la totalidad de los gravámenes, de acuerdo con la ley. Las otras industrias, las que se acogieron al decreto con fuerza de ley Nº 257, que no son las de harina de pescado, tienen un tratamiento diferente y quieren aprovechar esta disposición para modificar lo que fue el espíritu del decreto con fuerza de ley Nº 257. Como no pagaron tributos ni derechos de internación, hoy quieren vender parte de su producción en el país, lo cual no parece justo, porque las demás industrias del mismo tipo, que también están exportando, pagaron los impuestos correspondientes.
Yo no sé si al Gobierno le sobra la plata para estarla regalando a empresas que van a competir deslealmente con otras. Si esas industrias quieren vender dentro del país, lo lógico es que lo hagan en las mismas condiciones que sus competidoras que pagaron los impuestos y derechos de aduana, toda vez que seguirán gozando de las demás franquicias que establece la ley. Lo tiernas es un engaño, porque los procesos de la industria han cambiado. Hay industrias que están exportando desde hace diez años y ahora van a hacer frente a una competencia desleal.
No se cual es el criterio económico de Su Señoría, pero indiscutiblemente...
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¿Me permite una interrupción?
El señor PHILLIPS.-
Con todo gusto.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Aravena, don Jorge.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
El Honorable señor Phillips hacía presente, con respecto a este problema, que la disposición que ha estado analizando "tenía nombre y apellido ¿Se podría saber algo con respecto a esto?
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Todavía no he trabajado en el Servicio de investigaciones, y espero no hacerlo. Pero, indiscutiblemente, todo el mundo conoce de qué se trata. El Honorable señor Jorge Aravena, que es un "huaso" tan diablo como el Diputado que habla, lo sabe. Creo que está demás la pregunta que me formula en este momento.
Para terminar, creo, que la ley tiene que ser pareja. No podemos, por medio de algunos artículos de una ley, proporcionar a determinadas empresas o industrias, franquicias, como la exención de ciertos tributos, que significan para aquellas otras que los pagan, una competencia desleal.
Es distinto el caso que mi Honorable colega señor Penna, de buena fe, plantea, sobre las empresas que producen harina de pescado, todas las cuales están en la misma condición y se rigen, en el hecho, por un estatuto claro y preciso. En consecuencia, cualquiera disposición que se dicte sobre la materia las afecta a todas. Es distinto el caso cuando a algunas empresas que no han pagado tributos por estar acogidas a un estatuto legal que les concede ciertas franquicias, se les quiere aplicar también disposiciones que rigen para otras empresas que pagan y han pagado esos tributos.
He concedido una interrupción al Honorable señor Lorca, don Gustavo.
"
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