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- rdf:value = " El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, quisiera que el Honorable señor Videla nos explicara cuál fue su criterio -yo no lo conozco- para votar favorablemente la bonificación de permanencia de las Fuerzas Armadas. El precepto que estableció esa bonificación, me parece que el artículo 4º del proyecto respectivo, tiene la misma filosofía que se pretende aplicar ahora para el personal del Ministerio de Educación Pública. Cuando los funcionarios de las Fuerzas Armadas jubilan con más de 30 años de servicios válidos para el retiro, entre los cuales se consideran los dos años de estudio en las Escuelas Militar o Naval, conservan la bonificación de permanencia, que viene a ser el sustituto, complemento o sinónimo de la bonificación establecida en el artículo 19 de la ley Nº 15.386.
Creo que debemos tener una sola conducta con el personal que presta servicios en la Administración Pública, lleve uniforme o no.
El señor VIDELA.-
Son totalmente diferentes.
El señor SILVA ULLOA.-
No son diferentes, Honorable colega.
Esperamos que este artículo propuesto por el Honorable Senado sea votado favorablemente por los Diputados de Gobierno, ya que, de lo contrario, no habrá ley sobre la materia.
"