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- rdf:value = " El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, pienso que el artículo 150 del Senado, que reemplaza el 49 aprobado por la Cámara, es quizás la norma de mayor contenido social de todas las aprobadas en segundo trámite constitucional.
Por este artículo se pretende, simplemente, aumentar los sueldos y salarios del sector privado en un 40%, con relación a los vigentes al 31 de diciembre de 1965.
Yo sé que esta disposición no será aprobada por la Cámara; no tengo ninguna duda de que se argumentará que es contraria al proceso antiinflacionista, que no debe haber discriminación, y se darán todas aquellas razones que hemos escuchado en otras oportunidades a los Diputados de Gobierno. Sin embargo, quiero hacer resaltar algunas antinomias que hemos observado en este último tiempo.
Para el sector público se pretende dar un reajuste de un 25,9%, correspondiente al 100% del alza del costo de la vida, cifra muy discutible, por lo demás, pero el Supremo Gobierno propone aumentar las remuneraciones de las Fuerzas Armadas en 40% o quizás más y las de los profesores en más del 25%, en circunstancias que el 25,9% de reajuste para los empleados fiscales resultará, en el hecho, mucho menos, debido a que tampoco se aprobará la modificación del Senado tendiente a que la primera diferencia de sueldo vaya a manos del empleado y no a la Caja, indicación que los Diputados de Gobierno seguramente rechazarán...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
No prejuzgo, porque estoy argumentando sobre la base de antecedentes legislativos, y cuando llegue la votación mis palabras se verán confirmadas.
Además, si restamos al reajuste la primera diferencia de sueldo, el aumento del impuesto a la renta, que el empleado debe pagar por planilla, el global complementario, la renta mínima presunta, veremos que, en realidad, el incremento para el sector público no será superior al 21 o 22%.
En este artículo se propone un reajuste de un 40% para el sector privado. ¿Qué significa esto? Que en vez de aumentar el sueldo vital de 1965, que era de Eº 207, a Eº 260, y aceptar el 25% de reajuste propuesto por el Ejecutivo, el Senado decidió elevarlo a Eº 290 mensuales, con lo cual nosotros concordamos. ¿Qué son Eº 290 mensuales? ¿Alcanza un hombre soltero -no uno casado y con familia- a vivir con Eº 290? ¿Puede pagar arriendo, comer, vestirse, disponer de dinero para ir al cine, para comprar diarios, libros, etcétera? Imposible. Vive sumido en la miseria, que va aumentando como consecuencia de estos mejoramientos de sueldos tan pequeños que se están entregando en este proyecto de reajuste...
El señor LAVANDERO.-
¡Superiores a reajustes pasados!
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Esa cantinela se la he oído muchas veces a algunos Diputados de Gobierno! El Partido Radical, cuando fue Gobierno...
El señor LAVANDERO.-
¡Dio Eº 11!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
...entregó por ley reajustes de sueldos equivalentes al alza del costo de la vida.
"
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