rdf:value = " El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, sólo quiero hacer presente a los Honorables colegas que el rechazo de este artículo 71 propuesto por el Senado significa que los empleados y obreros municipales deberán pagar de los sueldos y salarios que actualmente perciben los anticipos que se les concedieron con motivo de Fiestas Patrias y Navidad. La autorización contemplada en este artículo para condonar dichos anticipos es, prácticamente, una facultad de la cual podrá hacer uso cada Municipio con relación a sus recursos. No se trata de imponer una obligación perentoria a las Municipalidades. En cambio, la aprobación de este artículo significa beneficiar al personal de aquellas Municipalidades que están en condiciones de hacer uso de esta autorización que les entrega el artículo 71 propuesto por el Senado.
En consecuencia, ruego a los Honorables colegas se sirvan prestar sus votos favorables a este artículo.
Eso es todo.
"