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"Nº 439.- Santiago, 1° de junio de 1966.
Ha recibido este Ministerio su Oficio Nº 3707, sobre petición del H. Diputadodon Héctor Olivares Solís, referente a la posibilidad de transferir el inmueble de propiedad de la Corporación de la Vivienda, ubicado en calle Freire, de Rancagua, a la Junta de Vecinos de la Población "Isabel Riquelme", y que las sumas adeudas por concepto de arriendo sean imputadas al valor de la transferencia.
Al respecto, de acuerdo con lo informado por la Corporación de la Vivienda en Oficio Nº 1572, puedo manifestar a V. E. lo siguiente:
La H. Junta Directiva de la citada Institución, en su Acuerdo Nº 261 de 7 de abril del presente año, modificó el Acuerdo Nº 28.317 de 5 de enero del mismo año, mediante el cual se daba en arrendamiento, conjunto, a la Junta de Vecinos, Club Deportivo y Centro de Madres de la citada Población, el inmueble aludido, en el sentido de excluir del señalado Acuerdo Nº 28.317 a la Junta de Vecinos, en atención a que no cumplió con los compromisos contraídos en esa Institución, al no haber pagado renta alguna desde la ocu-
pación del inmueble en el año 1954 y negarse a firmar el contrato de arrendamiento.
Por lo anteriormente expuesto y con el fin de dar cumplimiento al mencionado Acuerdo Nº 261, esa Corporación ha iniciado los trámites necesarios tendientes a obtener la restitución del inmueble en referencia, a objeto de que pueda ser ocupado únicamente por el Club Deportivo y por el Centro de Madres de esa Población.
Es cuanto puedo informar a V. E. sobre el particular.
Dios guarde a V. E., (Fdo.): Modesto Collados Núñez."
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