rdf:value = " 49.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
"Nº 41634.- Santiago, 3 de junio de 1966.
La letra B), artículo lº, inciso 2° de la Ley Nº 14.832, que introdujo diversas modificaciones a la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, Nº 10.336, establece que todos los Decretos o Resoluciones que eximan del trámite de toma de razón a materias que no se consideren esenciales, se dará cuenta a la Cámara de Diputados para los efectos que dicha disposición señala.
En cumplimiento a lo previsto en el inciso 3º del precepto legal antes indicado, me permito remitir a US. trascripción de la Resolución Nº 225 de 23 de mayo del presente año.
Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Enrique Silva Cimma".
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