. . . . . . . . . " 5.-MODIFICACIONES DEL CODIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO A LA DESIGNACION DE DELEGADOS OBREROS, EN LOS CONFFLICTOS COLECTIVOS.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONALEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Corresponde considerar, a continuaci\u00F3n, el proyecto, devuelto por el Senado, que modifica el C\u00F3digo del Trabajo en lo relativo a la designaci\u00F3n de delegados obreros, en los conflictos colectivos. \nLas modificaciones del Senado est\u00E1n impresas en el bolet\u00EDn N\u00BA 8.227-S. \n \n \n-Las modificaciones del Senado son las siguientes: \nArt\u00EDculo \u00FAnico \nHa sido sustituido por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo \u00FAnico.- Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones al C\u00F3digo del Trabajo: \nn) Sustituyese el art\u00EDculo 376 por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 376.- Los sindicatos de cualquiera naturaleza que sean, ser\u00E1n dirigidos por un directorio compuesto por cinco personas que deber\u00E1n reunir los siguientes requisitos: \nTener a lo menos 18 a\u00F1os de edad; \nSer chileno. Sin embargo, podr\u00E1n ser directores los extranjeros cuyos c\u00F3nyuges sean chilenos y los extranjeros residentes por m\u00E1s de cinco a\u00F1os en el pa\u00EDs, no tom\u00E1ndose en cuenta para estos efectos las ausencias accidentales, y \nNo haber sido condenado ni hallarse actualmente procesado por crimen o simple delito.\" \nb) Sustituyese el art\u00EDculo 444 por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 444.- Los Directores deber\u00E1n reunir los mismos requisitos exigidos en el art\u00EDculo 376\". \nEn el inciso cuarto del art\u00EDculo 471, sustituir \"veinti\u00FAn\" por \"dieciocho\", y \nEn el art\u00EDculo 591, reemplazar \"veinti\u00FAn\" por \"dieciocho\", y el punto final por una coma (,) y agregar la siguiente frase final: \"a lo menos, salvo en las de la construcci\u00F3n en las que dicho plazo m\u00EDnimo ser\u00E1 de tres meses.\".\" \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n En discusi\u00F3n la enmienda del Senado, que consiste en sustituir el art\u00EDculo \u00FAnico del proyecto. \n \n \nEl se\u00F1or ROBLES.- \n \n Pido la palabra, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or ROBLES.- \n \n Se\u00F1or Presidente, los Diputados comunistas vamos a dar nuestros votos favorables a las enmiendas introducidas por el Honorable Senado en el proyecto de ley que modifica el art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo, porque consideramos que ellas mejoran la redacci\u00F3n que le dio la Honorable C\u00E1mara. \nEn efecto, el art\u00EDculo de la C\u00E1mara establece que los delegados deber\u00E1n tener 21 a\u00F1os de edad, mientras que, seg\u00FAn el Senado, deber\u00E1n tener 18 a\u00F1os. Creo que esto es bastante importante. Adem\u00E1s, en la letra d) de sus modificaciones el Senado establece que los obreros que trabajen en la construcci\u00F3n adquieren el derecho de ser designados delegados con s\u00F3lo haber trabajado tres meses en esa actividad. Con esto, los trabajadores que cumplan con este requisito podr\u00E1n tener la calidad de delegados, siempre que cuenten con el apoyo de los dem\u00E1s trabajadores. \nLa idea del Senado de rebajar de 21 a 18 a\u00F1os la edad para poder ser delegado en conflictos del trabajo, es un paso positivo, porque se otorga el derecho a ser representantes y dirigente de los trabajadores a una mayor cantidad de obreros chilenos. Por lo tanto, nosotros votaremos favorablemente las modificaciones del Senado. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \n \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Se\u00F1or Presidente, parece que esta sesi\u00F3n estuviera destinada a sacar del \"ba\u00FAl de los recuerdos\" a una serie de proyectos que dorm\u00EDan. \nEl proyecto en discusi\u00F3n se origin\u00F3 en una moci\u00F3n presentada por el ex Diputado se\u00F1or Sergio Gonz\u00E1lez, a quien no conozco, en agosto de 1955. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Comunista \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Fue informado con fecha 13 de septiembre de ese mismo a\u00F1o, y se aprob\u00F3 por esta C\u00E1mara en agosto de 1956, es decir, hace diez a\u00F1os. \nDe acuerdo con lo dispuesto en el art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo, \"no podr\u00E1n ser elegidos delegados, sino los obreros o empleados mayores de veinticinco a\u00F1os, de uno u otro sexo, ocupados desde un a\u00F1o antes en la empresa.\" \nLa ley N\u00BA 16.226, de 17 de marzo de 1965, que modific\u00F3 el art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo, rebaj\u00F3 esta edad de 25 a 21 a\u00F1os. De manera que, 10 a\u00F1os despu\u00E9s, ha sido necesario, mediante esta ley, vuelvo a repetir, de marzo del a\u00F1o pasado, modificar esa situaci\u00F3n injusta y anacr\u00F3nica, que requer\u00EDa tener 25 a\u00F1os de edad para ser delegado de los trabajadores en conflictos colectivos, lo cual era arbitrario, ya que, para tocios los efectos ciudadanos, la ley exige tener s\u00F3lo 21 a\u00F1os. \nEse primer paso se perfecciona y complementa ahora con este proyecto, que rebaja de 21 a 18 a\u00F1os la edad que se exige para poder ser delegado obrero, puesto que, seg\u00FAn la legislaci\u00F3n vigente, el trabajador que haya cumplido 18 a\u00F1os de edad puede ser elegido para toda clase de cargos. Por ejemplo, un trabajador que ha cometido un delito con pleno discernimiento no es considerado ya menor de edad y se le aplica todo el peso de la ley. Adem\u00E1s, en varias otras disposiciones, la edad de 18 a\u00F1os es el l\u00EDmite en el que se entiende que la persona adquiere una madurez que la habilita para participar en la vida activa y aun en la direcci\u00F3n de aquellos asuntos de inter\u00E9s para la comunidad. \n \nEl se\u00F1or ROSALES.- \n \n Pero no tiene derecho a voto... \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Ya lo tendr\u00E1, Honorable colega. Justamente, en el proyecto de reforma constitucional propuesto por el Gobierno, se reduce de 21 a 18 a\u00F1os la edad necesaria para poder ser ciudadano. \n \nEl se\u00F1or ROSALES.- \n \n \u00A1Ojal\u00E1 salga pronto! \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Quiero recordar que en el art\u00EDculo 8\u00BA del proyecto de ley que instituye el r\u00E9gimen jur\u00EDdico aplicable a los sindicatos agr\u00EDcolas y a la soluci\u00F3n de los conflictos colectivos en la agricultura, despachado ya en primer tr\u00E1mite constitucional por esta C\u00E1mara, pero detenido en este momento en el Senado, se establece algo similar. En efecto, esta disposici\u00F3n dice lo siguiente: \n\"Para ser elegido director se requiere: \n\"1) Ser chileno. Sin embargo, se considerar\u00E1n chilenos para estos efectos, el extranjero cuyo c\u00F3nyuge sea chileno o que sea viudo o viuda de c\u00F3nyuge chileno, y el extranjero residente por m\u00E1s de cinco a\u00F1os en el pa\u00EDs, sin tomarse en cuenta las ausencias accidentales\". O sea, aqu\u00ED se reduce de 10 a 5 a\u00F1os el per\u00EDodo de residencia de los extranjeros exigido por el art\u00EDculo 376 del C\u00F3digo del Trabajo. Y en el N\u00BA 2 del mismo art\u00EDculo 8\u00BA se exige tener, a lo menos, 18 a\u00F1os de edad para poder ser elegido como director sindical. De modo, pues, que en una disposici\u00F3n ya despachada por esta C\u00E1mara, a iniciativa del Ejecutivo, se ha rebajado la edad de 21 a 18 a\u00F1os para los trabajadores, a fin de que puedan optar a cargos directivos de los sindicatos. No hab\u00EDa, entonces, ninguna raz\u00F3n para que no se aceptara esta modificaci\u00F3n al art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo. \nPor eso, anunciamos nuestros votos favorables a la disposici\u00F3n de la C\u00E1mara de Diputados. Eso s\u00ED, se\u00F1or Presidente, debo decir que las modificaciones propuestas por el Senado est\u00E1n realmente contempladas ya en la nueva estructuraci\u00F3n del C\u00F3digo del Trabajo. Acabo de dar lectura al texto despachado por esta C\u00E1mara, en su primer tr\u00E1mite, sobre sindicaci\u00F3n campesina. Est\u00E1 tambi\u00E9n pendiente en esta C\u00E1mara, en la Comisi\u00F3n de Trabajo y Legislaci\u00F3n Social, un proyecto de ley sobre r\u00E9gimen sindical, donde se consideran, de manera estructurada y completa, y no como parche, todas estas situaciones. De ah\u00ED, pues, que tengamos raz\u00F3n para anunciar que aceptaremos la disposici\u00F3n despachada, en primer tr\u00E1mite, por la C\u00E1mara, y rechazaremos las modificaciones del Senado, ya que ellas no son sino un parche, que no representa una soluci\u00F3n de fondo de la situaci\u00F3n que queremos resolver. \n \n \nEl se\u00F1or ROBLES.- \n \n Pido la palabra, se\u00F1or Presidente. \n \n \nEl se\u00F1or ESCORZA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra, en el tiempo de su segundo discurso, el Honorable se\u00F1or Robles; y, a continuaci\u00F3n, el Honorable se\u00F1or Escorza. \n \nEl se\u00F1or ROBLES.- \n \n Se\u00F1or Presidente, el Honorable colega se\u00F1or Valenzuela Valderrama se ha referido a algunas modificaciones del art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo, que ya han sido despachadas por la C\u00E1mara. Pero la modificaci\u00F3n del Senado, en la letra d) del art\u00EDculo \u00FAnico del proyecto favorece fundamentalmente a los cientos de obreros que trabajan en la construcci\u00F3n. \nLos obreros de la construcci\u00F3n no est\u00E1n contemplados en ninguna ley, en forma positiva. De ah\u00ED que nuestra posici\u00F3n est\u00E9 en favor de lo que est\u00E1 planteado en dicha letra d). Por tal motivo, daremos nuestros votos favorables a esta disposici\u00F3n. \nAdem\u00E1s, se modifica el art\u00EDculo 444 del C\u00F3digo del Trabajo, en lo que se refiere a los directores de sindicatos agr\u00EDcolas, de modo que diga solamente que \u00E9stos deber\u00E1n reunir los mismos requisitos exigidos en el art\u00EDculo 376, sin incurrir en repeticiones, como hace actualmente. \nPor tal motivo, creo que debemos aprobar todas las modificaciones del Senado, aunque haya coincidencias con lo hecho en otras leyes. \nEste proyecto, fundamentalmente, favorece a los obreros de la construcci\u00F3n. En consecuencia, nosotros lo votaremos como corresponde a nuestros principios, es decir, favorablemente, porque beneficia a estos trabajadores. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Escorza; y, a continuaci\u00F3n, el Honorable se\u00F1or Valenzuela Valderrama. \n \nEl se\u00F1or ESCORZA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, en realidad, si se analiza con cuidado el proyecto, veremos que \u00E9l manifiesta un criterio amplio en materia de elecci\u00F3n de dirigentes y delegados sindicales. \nDada la forma en que lo redact\u00F3 el Honorable Senado, aclarando y completando las modificaciones, especialmente en beneficio de los trabajadores de la construcci\u00F3n, la Honorable C\u00E1mara debe aprobar sus enmiendas, porque ellas son consecuentes con principios que se vienen sosteniendo, desde hace mucho tiempo, en las organizaciones de trabajadores. Adem\u00E1s, el Gobierno establece la edad de 18 a\u00F1os en el proyecto de sindicaci\u00F3n campesina que se est\u00E1 debatiendo en el Senado; de tal manera que declaro, esta tarde, que me parecen bien las modificaciones del Honorable Senado, por cuanto son consecuentes con la l\u00EDnea pol\u00EDtica mantenida por la Democracia Cristiana. \nPese a sus coincidencias con otros proyectos y al hecho de que \u00E9ste no es un proyecto de ley general, como lo ha dicho el Honorable colega se\u00F1or Valenzuela Valderrama -y en eso tiene raz\u00F3n Su Se\u00F1or\u00EDa- sino una legislaci\u00F3n especial para el caso de elecci\u00F3n de delegados, nosotros debemos aprobarlo, a fin de que estas disposiciones sean operantes para los trabajadores de la construcci\u00F3n. S\u00F3lo algunas empresas permiten la organizaci\u00F3n de determinados grupos de trabajadores. \nPor estas razones, declaro que personalmente estoy de acuerdo con las modificaciones. \n \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Valenzuela Valderrama. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Se\u00F1or Presidente, existe una lamentable contradicci\u00F3n que vale la pena aclarar con mucha tranquilidad. Todos estamos de acuerdo en una cosa: en que se rebaje a 18 a\u00F1os la edad exigida para ser nombrado delegado. Pero resulta que la situaci\u00F3n de hecho es la siguiente: la C\u00E1mara despach\u00F3 el a\u00F1o 1955 un proyecto de ley determinado; el Senado\u00A0 lo sustituye por otro completamente distinto que no considera la idea fundamental que origin\u00F3 la moci\u00F3n iniciada en esta Corporaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n Lo mejora. \n \n \n-Hablan varios se\u00F1ores Diputados a la, vez. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Voy a tratar de explicar mejor la situaci\u00F3n. \u00BFQu\u00E9 dispone el art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo? Establece que los requisitos para ser elegido delegado son tener 21 a\u00F1os de edad y un a\u00F1o, por lo menos, en la empresa. Resulta que en la construcci\u00F3n es muy dif\u00EDcil elegir delegado permanente, pues, pollo general, los trabajadores que laboran en ella duran mucho menos de un a\u00F1o en la respectiva empresa. Entonces, normalmente no se les puede nombrar delegados. Por lo tanto, si se aprueba la modificaci\u00F3n del Senado, estaremos votando en contra de los obreros de la construcci\u00F3n. \n \nVarios se\u00F1ores DIPUTADOS.- \n \n \u00A1 No, Honorable colega! \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Ya que todos estamos de acuerdo en un punto, les ruego a los Honorables Diputados que lean el texto de la disposici\u00F3n modificatoria del art\u00EDculo 591, que fue la moci\u00F3n inicial. Ella establece que para los trabajadores de la construcci\u00F3n, el plazo de permanencia en la empresa ser\u00E1 de tres meses a lo menos. Es decir, se les rebaja dicho plazo de un a\u00F1o a tres meses, a fin de permitirles nombrar delegados. De otra manera no los pueden tener, como ha sucedido en la pr\u00E1ctica hasta ahora. En las condiciones actuales, es muy dif\u00EDcil que lo tengan. \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n \u00A1Exactamente! \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n La letra d) de la modificaci\u00F3n del Senado dice textualmente: \"En el art\u00EDculo 591, reemplazar \"veintiuno\" por \"dieciocho\", y el punto final por una coma, y agregar la siguiente frase final: \"a lo menos, salvo en las de la construcci\u00F3n, en las que dicho plazo m\u00EDnimo ser\u00E1 de tres meses\". Es decir, est\u00E1 siendo sustituida la disposici\u00F3n completa del C\u00F3digo del Trabajo, pero sin dejar vigentes aquellas garant\u00EDas que les otorga este mismo cuerpo legal a los obreros de la construcci\u00F3n. \nNosotros votaremos la disposici\u00F3n de la C\u00E1mara, porque todas las modificaciones que propone el Senado, que est\u00E1n siendo consideradas en aqu\u00E9lla, est\u00E1n tambi\u00E9n debidamente contempladas en el proyecto de reforma, originado en un Mensaje del Ejecutivo, actualmente en la C\u00E1mara, en virtud del cual se modifica totalmente el r\u00E9gimen sindical. En \u00E9l, repito, se considera precisamente esta situaci\u00F3n. \nEsto es lo que quer\u00EDa aclarar para, los efectos de evitar que despachemos algo que pueda perjudicar a un sector tan importante como son los obreros de la construcci\u00F3n, y s\u00F3lo en este sentido he querido intervenir en el debate. \n \n \n \nEl se\u00F1or ESCORZA.- \n \n Pido la palabra, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa en el tiempo de su segundo discurso. \n \nEl se\u00F1or ESCORZA.- \n \n En realidad, est\u00E1 un poco confusa la situaci\u00F3n en cuanto a la modificaci\u00F3n que se introduce por la letra d), de la modificaci\u00F3n del Senado al art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo, que habla de reemplazar \"veinti\u00FAn\" por \"dieciocho\", y el punto final por una coma y agregar la siguiente frase final: \"a lo menos, salvo en las de la construcci\u00F3n, en las que dicho plazo m\u00EDnimo ser\u00E1 de tres meses.\" Este es un problema de redacci\u00F3n, que se puede arreglar perfectamente despu\u00E9s. Lo importante es aprobar la idea, cual es la de dar las facilidades para que en la construcci\u00F3n existan los delegados, y yo lo entiendo en esa forma. Por eso, creo que las modificaciones del Senado mejoran totalmente el proyecto de la C\u00E1mara. Puede que con t\u00E9rminos legales muy rebuscados, encontremos algunas dificultades, pero entiendo que hay tiempo para corregirlo. En todo caso, y como dec\u00EDa, creo necesario que se apruebe la idea, que compartimos todos los sectores populares del pa\u00EDs. \nPor ello, le ruego al Honorable colega y amigo, don H\u00E9ctor Valenzuela Valderrama, que acepte este punto de vista y que votemos de acuerdo con lo que plantea el proyecto del Senado y no el de la Honorable C\u00E1mara. \n \n \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n Pido la palabra, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n Se\u00F1or Presidente, creo que el Honorable se\u00F1or Valenzuela Valderrama tiene una confusi\u00F3n respecto de la concordancia que existe entre el art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo y el inciso que se agrega por intermedio de la modificaci\u00F3n del Senado. \nPara mayor claridad, me voy a permitir leerlo en la forma que quedar\u00EDa con la modificaci\u00F3n del Senado. Art\u00EDculo 591.- No podr\u00E1n ser elegidos delegados, sino los obreros o empleados mayores de dieciocho a\u00F1os, de uno u otro sexo, ocupados desde un a\u00F1o antes en la empresa a lo menos, salvo en las de la construcci\u00F3n en las que dicho plazo m\u00EDnimo ser\u00E1 de tres meses.\" Como podr\u00E1n apreciar los Honorables colegas, la disposici\u00F3n queda bastante clara. \nEn realidad, lo establecido en la modificaci\u00F3n del Senado favorece al gremio de la construcci\u00F3n y, por lo tanto, los parlamentarios socialistas vamos a votar favorablemente. \nEso es todo, se\u00F1or Presidente. \n \n \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ (don Juan).- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ (don Juan).- \n \n Se\u00F1or Presidente, los Diputados radicales vamos a votar favorablemente las modificaciones del Senado, discrepando, por cierto, con el Honorable colega Valenzuela Valderrama que ha sufrido una lamentable equivocaci\u00F3n, porque este proyecto, al parecer, no pas\u00F3 por la Comisi\u00F3n que \u00E9l preside. \nEl Honorable Diputado ha sostenido que las modificaciones del Senado constituyen un proyecto totalmente nuevo. Yo discrepo de esta opini\u00F3n, porque el Senado ha tenido que buscar la perfecta armon\u00EDa y concordancia entre los diversos preceptos contenidos en un cuerpo de leyes como es el C\u00F3digo del Trabajo, y necesariamente debi\u00F3 referirse al art\u00EDculo 376, que es lo que le llama la atenci\u00F3n al Honorable se\u00F1or Valenzuela Valderrama. Y tuvo que referirse a \u00E9l, porque en este art\u00EDculo, que fija los requisitos que deben reunir los directores de los sindicatos de cualquier naturaleza, en su letra a) se establece: \"Tener 21 a\u00F1os de edad.\" Ahora bien, si se rebaja la edad en el art\u00EDculo 591 del C\u00F3digo del Trabajo a 18 a\u00F1os, necesariamente, tambi\u00E9n, ten\u00EDa que modificarse en el art\u00EDculo 376 del mismo cuerpo legal. \nEn cuanto a la letra b) de este art\u00EDculo \u00FAnico, debo manifestar que considero l\u00F3gico que se hayan introducido modificaciones respecto de los otros requisitos que se establecen en el art\u00EDculo 376 del C\u00F3digo del Trabajo, porque est\u00E1n \u00EDntimamente relacionados los art\u00EDculo 376 y 591. \nPor \u00FAltimo, parece que el Honorable colega no ley\u00F3 detenidamente la letra d) del art\u00EDculo \u00FAnico propuesto por el Senado, porque, precisamente, est\u00E1 legislando a favor de los obreros que trabajan en las empresas de la construcci\u00F3n, rebajando el plazo m\u00EDnimo de un a\u00F1o, a tres meses, para estos trabajadores. Y precisamente aqu\u00ED est\u00E1 la importancia del proyecto respecto de estos trabajadores que, de otra manera, nunca iban a tener la posibilidad de nombrar delegados. \nPor eso, como el proyecto del Senado es tan claro, creo que debemos aprobarlo por unanimidad. \n \n \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA (don Ricardo).- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA (don Ricardo).- \n \n Se\u00F1or Presidente, con la discusi\u00F3n producida en este proyecto, quedar\u00E1 claramente establecido que lo expresado por nuestro Honorable colega se\u00F1or H\u00E9ctor Valenzuela Valderrama tuvo por objeto dejar constancia, en la historia fidedigna del establecimiento de esta ley, de que ella tiene como finalidad fundamental favorecer a los obreros del ramo de la construcci\u00F3n, en raz\u00F3n de la extrema movilidad que tienen en el trabajo que realizan en las diferentes empresas. Por eso, el Honorable se\u00F1or Valenzuela Valderrama deseaba, con un criterio jur\u00EDdico bastante concreto, que esto quedara perfectamente en claro, pero la realidad de las cosas es que todo el contexto del proyecto que sustituye el Senado refiri\u00E9ndose al art\u00EDculo 376 del C\u00F3digo del Trabajo, que es el que determina los requisitos necesarios para ser elegido director de un sindicato, concuerda con las ideas que nosotros tenemos al respecto, las cuales tambi\u00E9n se aprobaron en la reforma constitucional que la Honorable C\u00E1mara despach\u00F3, hace alg\u00FAn tiempo. Por eso, creemos que en esta discusi\u00F3n ha quedado bien establecido el esp\u00EDritu que ha guiado a los Diputados democratacristianos al aclarar estas modificaciones del Senado introducidas en el proyecto aprobado por la C\u00E1mara. De all\u00ED que, en general, estemos de acuerdo en aprobar las modificaciones del Senado, que legislar -aunque podr\u00EDamos decir como una especie de parche- en una materia que se refiere a disposiciones del C\u00F3digo del Trabajo, de acuerdo con lo que nosotros estimamos conveniente para los asalariados del pa\u00EDs, y pese a que esto se encuentra establecido en los proyectos del Gobierno y de la Democracia Cristiana sobre reformas de dicho cuerpo legal. Por eso, y resumiendo, creo que, despu\u00E9s de haberse aclarado perfectamente bien el esp\u00EDritu que ha guiado a nuestros Honorables colegas, en el sentido de dejar bien establecido el beneficio que se pretende dar, y que, deseamos que se entregue a los trabajadores de la construcci\u00F3n, estimamos que no hay inconveniente en apoyar las modificaciones del Senado. \nNada m\u00E1s. \n \n \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, entre la opini\u00F3n de don H\u00E9ctor y don Ricardo, nos quedamos con la de este \u00FAltimo. \n \n \n-Hablan varios se\u00F1ores Diputados a la vez. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Deseo agregar, adem\u00E1s de las razones y sinrazones que se han dado, que el C\u00F3digo del Trabajo consagra como la mayor edad para contratar los 18 a\u00F1os. Entonces, \u00BFqu\u00E9 podr\u00EDa ocurrir si no aprobamos esta mayor edad para ser dirigente a los 18 a\u00F1os? Que en cualquier industria podr\u00EDan contratarse \u00FAnicamente menores, personas que tuvieran 18 \u00F3 20 a\u00F1os, y esta gente no podr\u00EDa tener dirigentes ni ninguna representaci\u00F3n. \nA m\u00ED me parece que basta este argumento, para acoger las modificaciones del Senado. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Solicito el asentimiento un\u00E1nime de la Sala para conceder la palabra por dos minutos al Honorable se\u00F1or Valenzuela, don H\u00E9ctor. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ (don Juan).- \n \n No hay acuerdo. \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSi le parece a la Sala se aprobar\u00E1n las modificaciones introducidas por el Honorable Senado. \nAprobado. \nTerminada la discusi\u00F3n del proyecto. \n \n " . . "5.-"^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "MODIFICACIONES DEL CODIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO A LA DESIGNACION DE DELEGADOS OBREROS, EN LOS CONFFLICTOS COLECTIVOS.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL"^^ . . .