. . . . . . . " El se\u00F1or LORENZINI.- \n \n Las disposiciones del art\u00EDculo 157, aplicadas con esp\u00EDritu generoso y sentido patri\u00F3tico, indudablemente, beneficiar\u00E1n a las clases campesina y obrera de Chile. \nAhora m\u00E1s, en alguna oportunidad alguien del FRAP me dijo que mi posici\u00F3n era revolucionaria. Hoy d\u00EDa est\u00E1n prohibidas las huelgas en los campos. Personalmente he hecho todas las que estim\u00E9 convenientes y justas; y siempre las he ganado. No creo que haya alguna ley, o bayoneta, que pueda paralizar a los campesinos cuando sus aspiraciones son justas. Pero s\u00ED creo que se pueden detener cuando responden a un capricho o deseo de agitaci\u00F3n. Yo no llamo agitador pol\u00EDtico al que defiende a los trabajadores del campo y lucha por ellos. Lo respeto, porque luchar por los pobres es dif\u00EDcil, y por los campesinos es duro; porque ser agitador significa realizar esfuerzos y sacrificios. Pero cuando en vez de servirlos, se aprovechan de los campesinos en beneficio de componendas y movimientos sucios, indudablemente, hay que decretar la reanudaci\u00F3n de faenas, para el bien de la patria, la revoluci\u00F3n en libertad y la reforma agraria. \n \n " . .