-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601477/seccion/akn601477-ds2-ds77
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/617
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/699
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3059
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/501
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/413
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2220
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3197
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3534
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601477/seccion/entityCG908JAM
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:PrimerTramiteConstitucional
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:IngresoProyectoDeLey
- rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601477/seccion/akn601477-ds2
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601477
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/ley-16602
- bcnres:numero = "75.-"^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- dc:title = "MOCION DE VARIOS SEÑORES DIPUTADOS"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3059
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2220
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/699
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3197
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/617
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/501
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3534
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/413
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/automoviles-de-alquiler
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/automoviles
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/vehiculos-de-alquiler
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/distintivo-para-vehiculos-de-alquiler
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/transporte-terrestre
- rdf:value = " 75.-MOCION DE VARIOS SEÑORES DIPUTADOS
"Considerando:
Que, a no dudarlo, un gran porcentaje los automóviles de alquiler que circulan en el país no prestan servicios al público y son sólo un medio de evitar obligaciones tributarias;
Que se hace necesario fijar un distintivo uniforme que permita la fácil identificación de los vehículos destinados al servicio de alquiler para el mejor desempeño de sus funciones de servicio público;
Que se encuentra en estudio la reglamentación del artículo 3º transitorio de la ley Nº 16.426, que autoriza la internación de automóviles destinados a estos mismos servicios;
Que se hace necesario uniformar a través de la República los distintivos que éstos y los que se encuentran ya en servicio deben reunir;
Que las Municipalidades, en uso de las atribuciones que les confieren las leyes, pueden acordar los distintivos que a su juicio estimaren convenientes;
Que el gremio de choferes profesionales de automóviles de alquiler, por medio de sus dirigentes responsables, ha solicitado se proceda a uniformar estos vehículos con criterio nacional, para evitar anarquías involuntarias que perjudicarían su desplazamiento y gravarían inoficiosamente sus intereses y los de la ciudadanía.
Sometemos a la consideración de la Honorable Cámara, el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- No obstante, lo dispuesto en la letra f) del artículo 73 de la ley Nº 15.231, de 8 de agosto de 1963, y el artículo 115 del decreto de Justicia Nº 3.068, del 31 de octubre de 1984, los automóviles de alquiler en todo el territorio de la República deberán identificarse por este único distintivo.
Serán de color negro y además llevarán su techo pintado de color amarillo claro, los que no podrán modificarse mientras el vehículo está en posesión de una patente de alquiler.
Los vehículos que a la fecha de publicación de la presente ley se encuentren al servicio del público, gozarán de un plazo de 60 días, contado de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, para cumplir el requisito de pintar el techo de color amarillo. Sin embargo, establécese plazo hasta el 1? de enero de 1968 para que éstos uniformen su color negro.
(Fdo.) : Santiago Pereirá. Héctor Valenzuela. Mario Palestro. Jorge Aravena. Laura Allende. José Tomás Camus. Fernando Buzeta. Gustavo Cardemil."
"