REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesión 57ª, en martes 8 de febrero de 1966 (Especial: de 11.15 a 13.30 horas) PRESIDENCIA DEL SEÑOR BALLESTEROS SECRETARIO, EL SEÑOR CAÑAS IBAÑEZ PROSECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se pone en discusión particular el proyecto de ley sobre reajuste de las remuneraciones del personal de la Defensa Nacional y del Cuerpo de Carabineros, y queda pendiente el debate 5492 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1.- Oficio de S. E. el Presidente de la República, con el que retira las urgencias hechas presentes para el despacho de los proyectos de ley que señala 5487 2/4.- Oficios del señor Ministro del Interior, con los que responde los que se le remitieron respecto de las siguientes materias: Construcción de un Cuartel para el Retén de San Antonio, en la ciudad de Linares 5488 Instalación de un Retén de Carabineros en el distrito de Huildad, provincia de Chiloé 5488 Actuación de un funcionario de Investigaciones en las elecciones de los Sindicatos Profesionales de Empleados Particulares de la Braden Copper Company de Sewell y Calefones 5488 5.- Oficio del señor Ministro de Justicia, con el que contesta el que se le dirigió respecto de la creación de una Oficina de Identificación en la comuna de Florida, provincia de Concepción 5488 6.- Oficio del señor Ministro de Agricultura, con él que responde el que se le envió respecto de la expropiación de los fundos Las Mercedes y Santa Emilia, de María Pinto 5489 7.- Oficio del señor Ministro de Minería, con el que solicita que se considere como su defensa a la Acusación Constitucional deducida en su contra por once señores Diputados, lo expuesto en su oficio de fecha 5 de febrero en curso, dirigido al Presidente de la Comisión encargada de conocer de dicha Acusación Constitucional 5489 8/9.- Mociones con las cuales los señores Diputados que se indican inician los siguientes proyectos de ley: La señora Marín, que declara áreas habitacionales determinados sectores de la comuna de Santiago 5489 La señora Retamal y los señores Buzeta y Lorca, don Alfredo, que reconoce, para todos los efectos legales, el Matadero Blanqueado que funcionará bajo la tuición de la Municipalidad de Quinta Normal 5489 y 5490 10.- Comunicación del señor Embajador de Japón en Chile 5491 III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES Las actas de las sesiones 49ª, 50ª, 51ª y 52ª, extraordinarias, celebradas en jueves 27 de enero, la primera y en martes 1º de febrero, las tres últimas, de 14.45 a 22, de 10.45 a 13.30, de 16 a 19.15 y de 19.45 a 24 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados. -Dicen así: Sesión 49ª Extraordinaria, en jueves 27 de enero de 1966. Presidencia de los señores Ballesteros, Isla y Papic. Se abrió a las 15 horas, asistieron los señores: Acevedo P., Juan Aguilera B., Luis Agurto, Fernando Stgo. Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Arancibia C, Mario Aravena C, José A. Aravena C, Jorge Argandoña C, Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Baúl Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Canales C, Gilberto Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Carvajal A., Arturo Cerda G., Eduardo Cerda A., Carlos Clavel A., Eduardo Corvalán S., Ernesto Daiber E., Alberto De la Fuente C, Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Dueñas A., Mario Enríquez F., Inés Escorza O., José Dgo. Fernández A., Sergio Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Galleguillos C, Víctor Garcés F., Carlos Godoy U., César González M., Víctor Guastavino C, Luis Hurtado P., Patricio Iglesias C, Ernesto Irureta A., Narciso Isla H., José Manuel Jaramillo B., Alberto Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig C, Eduardo Lazo C, Carmen Lorca V., Alfredo Maira A., Luis Maluenda C, María Marambio P., Joel Martín M., Luis Melo P., Galvarino Monares G., José Monckeberg B., Gustavo Montes M., Jorge Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Olave V., Hernán Olivares S., Héctor Palestro R., Mario Paluz R., Margarita Papic R., Luis Pareto G., Luis Parra A., Bosco Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Pontigo U., Cipriano Retamal C. Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez H., Manuel Rodríguez N., Juan Rosales G.. Carlos Rosselot J., Fernando Saavedra C, Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C, Jorge Silva S., Julio Silva U., Ramón Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernando Torres P., Mario Turna M., Juan Valdés P., Arturo Valdés S., Manuel Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Videla R., Pedro Werner I., Rodolfo Zepeda C, Hugo Zorrilla C, Enrique El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo; el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y los Ministros de Hacienda, Economía, Fomento y Reconstrucción y de Trabajo y Previsión Social, señores Sergio Molina, Domingo Santa María y William Thayer, respectivamente. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados. CUENTA Se dio cuenta de: 1°.- Dos oficios de S. E. el Presidente de la República: Con el primero incluye en la actual legislatura extraordinaria de sesiones el proyecto de ley que reemplaza el artículo 43 del D. F.L. Nº 280, de 1931, sobre Estatuto Orgánico Universitario, con el objeto de suprimir la prueba de Bachillerato. -Se mandó tener presente y agregar a los antecedentes del proyecto en Comisión de Educación Pública. Con el segundo formula observaciones al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que otorga franquicias tributarias para la importación de chasis y carrocerías desarmadas destinadas a los servicios de locomoción colectiva. -Quedó en Tabla. 2°.- Tres oficios del Honorable Senado: Con el primero devuelve aprobado con modificaciones el proyecto de ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales en lo relativo a la competencia de los Juzgados de Letras de Menor Cuantía en lo Civil. -Quedó en Tabla. Con los dos restantes comunica los acuerdos adoptados respecto de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República a los siguientes proyectos de ley, despachados por el Congreso Nacional: El que modifica la ley Nº 14.887, que autorizó a la Municipalidad de Osorno para contratar empréstitos, y El que autoriza a la Municipalidad de Curicó para contratar empréstitos. -Se mandaron comunicar a S. E. el Presidente de la República los proyectos de ley respectivos y archivar los antecedentes. 3°.- Tres oficios del señor Ministro del Interior: Con el primero contesta los que se le enviaron, en nombre de la Cámara y del señor Guajardo, relacionado con la instalación de teléfonos públicos en diversas poblaciones ubicadas en Puerto Natales, provincia de Magallanes; Con los dos restantes da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, respecto de las materias que se indican: Del señor Demarchi, relativo a la dotación de teléfonos públicos para diversas localidades del departamento de San Antonio, y Del señor Jarpa, sobre la necesidad de instalar un teléfono en la localidad de San Ignacio, provincia de Ñuble; 4°.- Ocho oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción: Con el primero se refiere al que se le remitió, en nombre de la Cámara, respecto de la construcción de pasos sobre nivel en la Población Oriente, de Talca; Con los siete restantes contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, referente a las materias que se mencionan: Del señor Acevedo, acerca de la prolongación del servicio de buses de Santiago a Navidad, hasta la Caleta de La Boca del Río Rapel; Del señor Aguilera, relacionado con la reconstrucción del puente ferroviario de Huaquén, ubicado en la provincia de Coquimbo ; De la señora Aguilera, relativo a la prolongación del recorrido de buses San Eugenio, de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, hasta la Población Lo Valledor Norte; Del señor Guajardo, sobre la derogación del decreto que autorizó el alza de tarifas de la Línea Aérea Nacional; Del señor Millas, respecto del establecimiento de un servicio de locomoción colectiva que atienda a las personas que viven en la Villa Bancaria y Villa Santa Elena; Del mismo señor Diputado, referente a las necesidades de locomoción colectiva de las calles Buenaventura y Plano Regulador, de la Población Lo Valledor Sur, de esta capital; Del mismo señor Diputado, acerca de la entrega de terrenos de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, ubicados en San Clemente, a la Corporación de la Vivienda. 5°.- Un oficio del señor Ministro de Hacienda, con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Fuentealba, relacionado con la cobranza de impuestos a los ex propietarios de la zona de Palqui, cuyos predios estaban ubicados donde se construye el Embalse La Paloma. 6°.- Un oficio del señor Ministro de Educación Pública, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Sepúlveda, don Francisco, relativo a diversos problemas que afectan a la Escuela Nº 1 de Coihaique. 7°.- Un oficio del señor Ministro de Justicia, con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Koenig, acerca de la creación de Oficinas de Registro Ci- vil e Identificación en las localidades de Paillaco y Pichirropulli; 8°.- Dos oficios del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican : Del señor Fernández, referente al cumplimiento de las leyes sociales por parte de la fábrica conservera "La Hortelana", de la localidad de Lo Espejo; y Del señor Iglesias, respecto de la designación de un funcionario en la Inspección Departamental del Trabajo de Los Andes. 9°.- Un oficio del señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre de la Cámara, sobre construcción de 1.500 "mediaguas" en cada una de las provincias de Coquimbo, Aconcagua y Valparaíso. 10°.- Dos oficios del señor Contralor General de la República, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, relacionados con las materias que se señalan: Del señor Valente, relativo al alcance de las disposiciones contenidas en el decreto 693, del Ministerio de Obras Públicas, que benefician al personal dependiente de la Secretaría de Estado mencionada, y De los señores Guastavino, Palestro, Lorca, don Gustavo, y de los señores Diputados pertenecientes a las Comités Parlamentarios de los Partidos Comunista y Radical, acerca de la designación de un Inspector de Servicios en la Empresa Portuaria de Chile. -Quedaron a disposición de los señores Diputados. PREFERENCIA PARA TRATAR OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO A indicación del señor Ballesteros (Presidente), por unanimidad, se acordó tra- tar y votar de inmediato, sobre tabla, las observaciones formuladas por el Presidente de la República al proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, por el que se conceden franquicias a la internación de chasis destinados a la locomoción colectiva particular. Las observaciones consistían en lo siguiente : 1°.- Para suprimir en el inciso 2º del artículo 11, la frase "los mencionados". 2°.- Para suprimir el artículo 14. 3°.- para suprimir en el inciso 1º del artículo 20, la frase "y choferes". 4°.- Para suprimir los incisos 3º y 4º del artículo 1º transitorio. Una vez leídas las mencionadas observaciones, se procedió a su votación particular. En virtud del acuerdo adoptado, estaba cerrado el debate. Artículo 11 Puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobada por 33 votos contra 17. Artículo 14 Puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobada por 31 votos contra 19. Artículo 20 Puesta en votación la primera observación a este artículo, fue aporbada por 30 votos contra 20. Por 42 votos contra 2, resultó rechazada la segunda observación a este artículo, que consistía en suprimir el inciso segundo. Con la venia de la Sala intervinieron los señores Jerez y Silva Ulloa. Por 42 votos contra 2, se acordó insistir en el texto primitivo. Artículo 1º transitorio Puesta en votación la primera observación a este artículo, resultó aprobada por 31 votos contra 19. Puesta en votación la segunda observación, fue rechazada por 45 votos contra 5. Por 45 votos contra 5 se acordó insistir en la disposición primitiva. Artículo 2º transitorio Puesta en votación la observación a este artículo, fue aprobada por asentimiento unánime. Artículo 4º transitorio Por 30 votos contra 21 fue aprobada la observación a este artículo. Artículo 6º transitorio Por 31 votos contra 17 resultó aprobada la observación formulada a este artículo. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de las referidas observaciones en esta rama del Congreso Nacional y los acuerdos respectivos se pusieron en conocimiento del Senado. A indicación de la Mesa, se acordó por unanimidad, suspender la sesión hasta las 16 horas. Reanudada la sesión, correspondía continuar la discusión del proyecto de ley que reajusta las remuneraciones de los sectores público y privado, y establece una política de precios. En conformidad a los acuerdos adoptados por la Sala para el despacho de este proyecto de ley, procedía votar en general el proyecto. Puesto en votación general, resultó aprobado por la unanimidad de 32 votos. Suspendida y reanudada, por dos veces consecutivas, la presente sesión, se inició la discusión particular del proyecto de ley mencionado. Artículo 1º Puesto en discusión el artículo 1º, usaron de la palabra los señores Maira, Silva Ulloa, Irureta (Diputado informante), Fuentes Andrades, Valenzuela Valderrama, Phillips y Sotomayor; Rioseco, por la vía de la interrupción, y el señor Ministro de Hacienda. A indicación de los señores Maira y Lazo, doña Carmen, se acordó insertar en la versión oficial de la presente sesión los documentos a que ellos hicieron referencia durante la discusión de este artículo. Por unanimidad se acordó acceder a la petición de la señora Lazo, en orden a dirigir oficio a S. E. el Presidente de la República, transmitiéndole las observaciones de Su Señoría sobre el reajuste de rentas de los sectores público y privado, con el objeto de que tenga a bien considerar los hechos expuestos en dichas observaciones. Durante el debate de este artículo 1º, la Mesa aplicó las siguientes medidas disciplinarias: Llamado al orden, a los señores Fuentes Andrades, Palestro, Rioseco, Lorca, Valenzuela Valderrama, Morales Abarzúa, Clavel y Rodríguez Nadruz. Amonestación, a los señores Fuentes Andrades, Rioseco, Morales Abarzúa, Rodríguez Nadruz, Valenzuela Valderrama, Clavel y Palestro. Censura, a los señores Palestro, Morales Abarzúa, Rodríguez Nadruz, Valenzuela Valderrama y Rioseco. Cerrado el debate y puesto en votación el artículo 1º del proyecto en referencia, resultó aprobado por 57 votos contra 7. Artículo 2º A indicación de la Mesa, se acordó por unanimidad insertar las indicaciones a este artículo en la versión oficial de la presente sesión. Puesto en votación el artículo junto con la indicación del señor Valente y otros Diputados, que consistía en suprimirlo, resultó aprobado en su forma original por 52 votos contra 23. Artículo 3º Sin debate y puesto en votación con la indicación del señor Valente y otros Diputados, resultó rechazado por 52 votos contra 23. Puesto en votación en su forma original, fue aprobado por 52 votos contra 23. Artículo 4º Sin debate, con la abstención de los señores Diputados comunistas y socialistas, resultó aprobado por unanimidad. Artículo 5º Se había pedido votación por incisos. Sin debate, puesto en votación el inciso primero, resultó aprobado por unanimidad. Puesto en votación el inciso segundo, con la indicación formulada para suprimirlo, resultó aprobado en su forma original, por 54 votos contra 15. Artículo 6º Por 53 votos contra 23, resultó aprobado en su forma original. El señor Va-lente y otros Diputados habían formulado indicación para suprimirlo. Artículo 7º Puesto en votación, sin debate, resultó aprobado por 52 votos contra 2. Artículo 8º Sin debate, puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad. Artículo 9º Puesto en discusión este artículo, usaron de la palabra los señores Rioseco, Lorca, Phillips y el señor Ministro de Hacienda. Puesto en votación el artículo con la indicación del señor Rioseco y la del señor Valente, resultó rechazado por 44 votos contra 34. Puesto en votación el artículo original, fue aprobado por unanimidad. A continuación se puso en votación la indicación del señor Valente y otros Diputados, para agregar un artículo nuevo, después del 9º, la que fue rechazada por 44 votos contra 32. Con la venia de la Sala se suspendió la sesión por una hora. Reanudada, prosiguió la votación particular del proyecto. Artículo 10 Sin debate, resultó aprobado por unanimidad. Artículo 11 Sin debate, resultó aprobado por la unanimidad. En seguida, se puso en discusión la indicación del señor Valente y otros Diputados, para agregar a continuación del artículo 11 diversos artículos nuevos. Puesto en votación el primero de ellos, fue rechazado por 45 votos contra 21. Puesto en votación el segundo, fue rechazado por 43 votos contra 21. Puesto en votación el tercero, fue rechazado por 46 votos contra 22. Puesto en votación el cuarto, fue rechazado por 45 votos contra 22. Puesto en votación el quinto, fue rechazado por 43 votos contra 23. Puesto en votación el sexto, resultó rechazado por 46 votos contra 23. Por 44 votos contra 23 fue rechazado el séptimo. Por 43 votos contra 22, fue rechazado el octavo. Por 36 votos contra 24, resultó aprobado, sin debate, el noveno, después de repetirse la votación por existir dudas sobre su resultado. Por 45 votos contra 23, fue rechazado el décimo. Artículo 10 Puesto en discusión, usó de la palabra el señor Rioseco. Puesto en votación, fue aprobado por la unanimidad de 59 votos. Artículo 13 Puesto en discusión, usó de la palabra el señor Guastavino, quien, con la venia de la Sala, pudo referirse a otros artículos del proyecto. Puesto en votación, resultó aprobado el artículo por 42 votos contra 4. Artículo 14 Puesto en discusión, usó de la palabra el señor Guastavino. Cerrado el debate y puesto en votación el artículo con una indicación del Ejecutivo, resultó aprobado con la indicación por asentimiento unánime. Artículo 15 Sin debate, resultó aprobado en su forma original. El señor Valente y otros Diputados formularon indicación para suprimirlo. Artículo 16 Sin debate, resultó aprobado en su forma original. El señor Valente y otros Diputados formularon indicación para suprimirlo. Artículo 16 Sin debate, resultó aprobado por 51 votos contra 23, en su forma original. El señor Valente y otros Diputados formularon indicación para suprimirlo. Artículo 17 Por la unanimidad de 72 votos, resultó aprobado, en su forma original. Artículo 18 Puesto en discusión este artículo, usaron de la palabra los señores Cabello, Godoy, Rioseco, Cancino y el señor Ministro de Hacienda. Se había solicitado votación por incisos, letras y números. Cerrado el debate, puesto en votación el encabezamiento del artículo, con la indicación formulada para suprimir una frase, resultó rechazado por 58 votos contra 14. Puesto en votación el encabezamiento con el Nº 1, en su forma original, fue aprobado por 58 votos contra 14. Nº 2 Por 52 votos contra 22, resultó aprobado el número 2. Nº 3 Por 54 votos contra 22, resultó aprobado este número. Nº 4 Por 61 votos contra 14, fue aprobado. Nº 5 Por 52 votos contra 22, resultó aprobado. Nº 6 Por 51 votos contra 21, fue aprobado. Nº 7 Por 47 votos contra 24, resultó aprobado. Nº 8 Letra a) (Se había pedido su votación por letras). Por la unanimidad de 72 votos resultó aprobado el encabezamiento de la letra a). Por la unanimidad de 75 votos, fue aprobada la letra a). Letra b) Por la unanimidad de 75 votos fue aprobado el primer inciso de esta letra. Por la unanimidad de 72 votos, fue aprobado el inciso segundo. Por 45 votos contra 24, fue aprobado el inciso tercero. Por la unanimidad de 72 votos, fue aprobado el inciso cuarto. Por la unanimidad de 77 votos, fue aprobado el inciso quinto. Por la unanimidad de 76 votos, fue aprobado el inciso sexto. Por la unanimidad de 62 votos, fue aprobado el inciso séptimo. Por la unanimidad de 72 votos, fue aprobado el inciso octavo. Nº 9 Por 51 votos contra 12, resultó aprobado este número. Nº 10 Por 34 votos contra 22, resultó aprobado el inciso primero. Por la unanimidad de 62 votos, fue aprobado el inciso segundo. Nº 11 Por la unanimidad de 74 votos, resultó aprobado. Nº 12 Por la unanimidad de 74 votos, resultó aprobado. Nº 13 Por 45 votos contra 23, fue aprobado. Nº 14 Por la unanimidad de 65 votos, fue aprobado el encabezamiento con el inciso primero. Por la unanimidad de 68 votos, fue aprobado el inciso segundo. Nº 15 Por 44 votos contra 21, se aprobó el encabezamiento con el inciso primero. Por 48 votos contra 14, se aprobó el Nº 1. Por 48 votos contra 14, fue aprobado el Nº 2. Por 45 votos contra 14, fue aprobado el Nº 3. Por 48 votos contra 14, fue aprobado el Nº 4. Por la unanimiadd de 64 votos, resultó aprobada la indicación del señor Daiber para consultar un número 5, nuevo. Por 42 votos contra 25, resultó rechazada la indicación del señor Rioseco, para agregar un inciso final nuevo. Por 40 votos contra 20 fue aprobado el inciso final en su forma original. Nº 16 Por 44 votos contra 20, resultó aprobado. Nº 17 Por 50 votos contra 14, fue aprobado. Nº 18 Por 42 votos contra 19, fue rechazada la letra a) con la indicación del señor Va-lente y otros Diputados. Por 44 votos contra 20, fue aprobada la letra a) original. Por 49 votos contra 21, fue aprobada la letra b). Por 48 votos contra 18, fue aprobada la letra c). Por la unanimidad de 64 votos, fue aprobada la letra d). Por la unanimidad de 48 votos, fue aprobada la letra e). Puesta en votación una indicación del señor Daiber, para agregar un número nuevo al artículo 18, resultó aprobada por la unanimidad de 48 votos. Artículo 19 Resultó aprobado por la unanimidad de 64 votos. Por la unanimidad de 68 votos, se aprobó el epígrafe. Artículo 20 Puesto en votación con la indicación del señor Valente y otros Diputados, para suprimir el inciso segundo, resultó rechazado el artículo con la indicación por 48 votos contra 22. Puesto en votación el artículo original, fue aprobado por 46 votos contra 17. Artículo 21 Por la unanimidad de 47 votos, resultó aprobado. Artículo 22 Previamente al artículo 22, se aprobó el epígrafe por la unanimidad de 56 votos. Puesto en votación el artículo, fue aprobado por la unanimidad de 70 votos. Artículo 23 Puesto en discusión, usó de la palabra el señor Phillips. Puesto en votación, fue aprobado por 61 votos contra 5. Artículo 24 Puesto en discusión, usaron de la palabra los señores Fuentes Andrades, Rio-seco y Melo. Puesto en votación, fue aprobado por la unanimidad de 70 votos. Artículo 25 Por la unanimidad de 54 votos, fue aprobado. Artículo 26 Por la unanimidad de 66 votos, resultó aprobado. Artículo 27 Por la unanimidad de 63 votos, resultó aprobado. Epígrafe Por la unanimidad de 66 votos, fue aprobado. Artículo 28 Por la unanimidad de 62 votos, fue aprobado. Artículo 29 Por la unanimidad de 56 votos, resultó aprobado este artículo. Artículo 30 Puesto en discusión, usaron de la palabra los señores Fuentes Andrades y Rioseco. Puesto en votación el inciso primero, en su forma original, fue aprobado por 48 votos contra 23. Los señores Valente y otros Diputados, formularon indicación para suprimir los incisos 1º y 2º. Puesto en votación en su forma original, el inciso segundo resultó aprobado por 45 votos contra 21. Por 60 votos contra 6, resultó aprobado el inciso tercero en su forma original. Por 58 votos contra 8, resultó rechazada la indicación del señor Rioseco para suprimir el inciso cuarto. Por 60 votos contra 3, fue aprobado el inciso cuarto en su forma original. Puesta en votación la indicación para agregar una frase a este inciso cuarto, del señor De la Fuente y otros Diputados, fue rechazada por 56 votos contra 9. Puesta en votación la indicación del señor Rodríguez Nadruz y otros Diputados, para agregar un inciso nuevo al artículo 30, fue rechazada por 45 votos contra 10. Artículo 31 Se acordó tener por formulada al artículo 30 y no al 31, la indicación presentada por el señor Pereira. Puesto en discusión, usaron de la palabra los señores Pereira y Phillips. Puesto en votación el artículo 31 con la indicación del señor Pereira, resultó aprobado por asentimiento unánime. Artículo 32 Por unanimidad resultó aprobado. Artículo 33 Resultó aprobado, sin debate, por asentimiento unánime. Artículo 34 Puesto en votación con la indicación del señor Valente y otros, fue rechazado por 44 votos contra 24. Por 46 votos contra 23, fue aprobado el artículo en su forma original. Artículos 35 y 36 Por asentimiento unánime, resultaron aprobados en forma sucesiva. Artículo 37 Puesto en votación, resultó aprobado en su forma original, por 48 votos contra 23. El señor Valente y otros Diputados formularon indicación para suprimirlo. Artículo 38 Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad. A indicación de la Mesa, se acordó, por unanimidad, proseguir el debate y votación particular del proyecto, el día martes próximo, destinándose el día miércoles al despacho de los asuntos que debían tratarse el día martes, y los días jueves y viernes de la próxima semana, a la discusión del proyecto de ley que reajusta las remuneraciones del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. En virtud del acuerdo anterior, se levantó la sesión a las 2.14 horas del día viernes 28 de enero ed 1966. El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo, el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y los Monistros de Hacienda, Economía, Fomento y Reconstrucción, y de Trabajo y Previsión Social, señores Sergio Molina, Domingo Santa María y William Thayer, respectivamente. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES Las actas de las sesiones 45, 46ª, 47ª, y 48ª, extraordinarias, celebradas en martes 25, la primera, en miércoles 26 las dos siguientes, y en jueves 27 de enero, la última, de 16 a 19.15, de 10 a 12 de 16 a 19.15 y de 14.45 a 22 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados. CUENTA Se dio cuenta de: 1°.- Un oficio de S. E. el Presidente de la República, con el cual retira la urgen- Sesión 50ª Extraordinaria, en martes 1º de febrero de 1966. Presidencia de los señores Ballestedos. Isla y Papic. Se abrió a las 11 horas, y asistieron los señores: Acevedo P., Juan Aguilera B., Luis Agurto, Fernando Stgo. Alvarado P., Pedro Ansieta N., Alfonso Aravena C, Jorge Argandoña C, Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B.. Raúl Basso C, Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Canales C, Gilberto Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Cerda G., Eduardo Cerda A., Carlos Clavel A., Eduardo Corvalán S., Ernesto Correa de Lyon, Silvia Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Fernández A., Sergio Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Galleguillos C, Víctor Garay F., Félix Garcés F., Carlos Giannini I., Osvaldo Godoy U., César Guastavino C, Luis Hamuy B., Mario Hurtado O'R., Rubén Hurtado P., Patricio Iglesias C, Ernesto Irureta A., Narciso Isla H., José Manuel Jaque A., Duberildo Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig C, Eduardo Lacoste N., Graciela Laemmermann M., Renato Lorca V., Alfredo Maira A., Luis Maluenda C, María Martín M., Luis Martínez C, Juan Melo P., Galvarino Momberg R., Hardy Monares G., José Monckeberg B., Gustavo Montes M., Jorge Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Ochagavía V., Fernando Paluz R., Margarita Papic R., Luis Parra A., Bosco Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Pontigo U., Cipriano Retamal C, Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez N., Juan Rosales G., Carlos Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C, Wilna Sanhueza II., Fernando Santibáñez C, Jorge Sbarbaro C, Víctor Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sívori A., Carlos Sotomayor G., Fernando Suárez G., Constantino Tejeda O., Luis Torres P., Mario Urra V., Pedro Valdés P., Arturo Valdés S., Manuel Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Werner I., Rodolfo Zorrilla C, Enrique cia hecha presente para el despacho del proyecto de ley que suprime las plazas de Subtenientes, creadas en el Escalafón de Oficiales de Aeropuertos por la ley Nº 16.046. -Se mandó tener presente y agregar a los antecedentes del proyecto en Comisión de Hacienda. 2°.- Quince oficios del Honorable Senado : Con el primero devuelve aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera esta Cámara, el proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Chillán para donar un inmueble de su propiedad a la Fundación "Biblioteca Arturo Matte Alessandri". -Se mandó comunicar a S. E. el Presidente de la República el proyecto de ley respectivo y archivar los antecedentes. Con los ocho siguientes devuelve aprobados, con modificaciones, los siguientes proyectos de ley: El que autoriza al Presidente de la República para fijar las rentas de arrendamiento de los bienes raíces fiscales destinados a la habitación; El que condona el impuesto a la producción de vinos que se aplica a los vitivinicultores de las provincias de Maule, Ñuble,. Concepción, Bío Bío y Malleco; El que autoriza a la Municipalidad de Los Andes para contratar empréstitos; El que destina recursos para la adquisición de un bien raíz destinado al Club de Abogados de Chile; El que concede pensión de jubilación y montepío a los ex trabajadores de la Empresa Nacional de Transportes Colectivos S. A.; El que aumenta las plantas del personal de Carabineros de Chile y de la Dirección General de Investigaciones; El que aclara determinadas disposiciones de 'la ley 16.250, sobre reajuste de remuneraciones de los sectores público y privado, y El que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la forma de poner término a los contratos de trabajo de empleados y obreros. -Quedaron en Tabla. Con ios cinco siguientes comunica los acuerdos adoptados respecto de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República a los siguientes proyectos de ley, despachados por el Congreso Nacional : El que otorga franquicias tributarias para la importación de chasis y carrocerías desarmadas, destinados a los servicios de locomoción colectiva; El que autoriza a las instituciones de previsión para requerir el descuento por planillas del servicio de las deudas hipotecarias y para otorgar préstamos a los imponentes con el objeto que puedan pagar los gastos comunes; El que modifica diversas disposiciones del Código del Trabajo relacionadas con la constitución y funcionamiento de los Sindicatos Agrícolas; El que crea la comuna subdelegación de Isla de Pascua, y El que enmienda el Código del Trabajo en la relativo al reposo postnatal por parlo prematuro. -Se mandaron comunicar a S. E. el Presidente de la República los acuerdos respectivos y archivar los antecedentes. Con el último manifiesta haber rechazado el proyecto que modifica el artículo 28 de la ley Nº 14.171, con el objeto de reemplazar el cuadro de valores para el pago de las patentes municipales de los automóviles. -Quedó en Tabla. 3°.- Cinco oficios del señor Ministro del Interior, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se expresan: Del señor Millas, relativo a la construcción de un edificio para la Tenencia La Castrina, de la comuna de San Miguel; Del mismo señor Diputado, respecto de la creación de un destacamento de Carabineros en la Población La Victoria, de la comuna de San Miguel; Del mismo señor Diputado, acerca del aumento de los efectivos de Carabineros de la Población José María Caro, del departamento Presidente Aguirre Cerda; Del señor Pontigo, referente al problema de la cesantía de numerosos obreros de la comuna de Ovalle, y De los señores Agurto, Melo y Montes, relacionado con la instalación de un teléfono público en la localidad de Campanario, provincia de Concepción. 4°.- Dos oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción: Con el primero da respuesta al que se le dirigió, en nombre de la Cámara, relativo a la distribución de los chasis de autobuses que se internarán al país. Con el segundo se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Jarpa, respecto de diversos problemas de electrificación de la provincia de Ñuble. 5°.- Un oficio del señor Ministro de Hacienda, con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Millas, acerca de la instalación de una Sucursal del Banco del Estado de Chile en la Población Joao Goulart, ubicada en el Departamento Presidente Aguirre Cerda. 6°.- Tres oficios del señor Ministro de Educación Pública: Con el primero da respuesta al que se le dirigió, en nombre de la Cámara, referente a las reformas educacionales impulsadas por el Supremo Gobierno; Con los dos restantes, se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, relacionados con las materias que se mencionan: Del señor Cabello, sobre construcción de un local para el Liceo de San Clemente, y Del señor Zorrilla, relacionado con la ampliación del edificio en que funciona la Escuela de Pulluquén, del departamento de Loncomilla. 1°.- Un oficio del señor Ministro de Justicia, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor González, relativo a la creación de una Oficina de Registro Civil e Identificación en la localidad de Radal. 8°.- Un oficio del señor Ministro de Obras Públicas, con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Stark, respecto de la construcción de un puente definitivo sobre el río Rucúe, en el camino que une a la ciudad de Los Angeles con la localidad de Antuco. 9°.- Cuatro oficios del señor Ministro de Agricultura, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, acerca de las materias que se indican: Del señor Sepúlveda, don Francisco, referente a la construcción de un pozo de abrigo y un refugio para facilitar las faenas pesqueras de Quenuir; Del señor Sívori, relacionado con la mala explotación de determinados fundos de Traiguén; Del mismo señor Diputado, sobre la conveniencia de expropiar los fundos La Isala, Las Vegas y Palo Ventana, de la provincia de Malleco, y De los señores Guajardo, Ochagavía, Pontigo y Tejeda, relativo al problema de la paralización del frigorífico Bories, de Puerto Natales. 10.- Dos oficios del señor Ministro de Minería, con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, relacionados con las materias que se expresan: Del señor Pontigo, referente a las operaciones de compra de minerales que efectúa la firma Rodríguez Landaeta Minera Limitada, de Combarbalá, a los pirquineros de la zona, y Del señor Valente, sobre la adopción de medidas en beneficio de los pequeños mineros de Iquique. -Quedaron a disposición de los señores Diputados. 11.- Un informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en la consulta formulada por la Cámara, a petición de la Comisión de Vías y Obras Públicas, en relación con el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, que autoriza al Presidente de la República para adquirir el Servicio Particular de Agua Potable de la Empresa del Ferrocarril de Antofagasta a Bolivia. -Quedó en Tabla. 12.- Cuatro comunicaciones: Con las dos primeras los señores Jaramillo y Marambio solicitan permiso constitucional para ausentarse del país por un plazo superior a treinta días. -Quedaron en Tabla. Con las dos últimas, la señora Enríquez y el señor Videla monifiestan que se ausentarán del territorio nacional por un período inferior a treinta días. -Se mandaron tener presente y archivar. PERMISO CONSTITUCIONAL A indicación del señor Ballesteros (Presidente), por unanimidad, se acordó otorgar a los señores Jaramillo y Marambio el permiso constitucional requerido para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días. PREFERENCIA PARA DESPACHAR UN PROYECTO DE LEY A proposición de la Mesa, se acordó votar de inmediato el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, por el que se modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la forma de poner término a los contratos de trabajo de empleados y obreros. Las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley en referencia eran las siguientes : (El oficio del Senado figura entre los Documentos de la Cuenta del Boletín de la Sesión 50ª extraordinaria, de 1º de febrero de 1966). Procedía poner en votación dichas modificaciones. Artículo 1º Por asentimiento unánime resultaron aprobadas las modificaciones a este artículo. Artículo 2º Por 37 votos contra 21, resultó aprobada la primera de las modificaciones a este artículo, en su Nº 1. Por unanimidad fue aprobada la segunda de ellas. Por asentimiento unánime, resultó aprobada la modificación al Nº 7. En la misma forma resultó aprobada la modificación al Nº 9. Por 39 votos contra 18 se rechazó la modificación al Nº 10. Por unanimidad fueron aprobadas las modificaciones a los Nºs. 12 y 13. Puestas en votación las modificaciones a los incisos segundo y tercero, resultaron rechazadas por unanimidad. Artículo 3º La modificación a este artículo fue aprobada al votarse las enmiendas al artículo 2º Artículo 4º Por 32 votos contra 21 fue rechazada esta modificación. Artículo 5º Por 31 votos contra 19, fue rechazada la modificación al inciso primero. Por 35 votos contra 18 fue rechazada la modificación al inciso segundo. Por 35 votos contra 18 fue rechazada la enmienda al inciso tercero. Por 35 votos contra 18, resultó rechazada la modificación que consiste en agregar un inciso cuarto nuevo. Artículo 6º Por 28 votos contra 23, resultó rechazada la modificación a este artículo. Artículo 7º Por la unanimidad de 40 votos fue rechazada la modificación a este artículo. Artículo 8º Por asentimiento unánime resultó rechazada la modificación a este artículo, en sus incisos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto. Por unanimidad se aprobó la enmienda al inciso sexto. Artículo 9º Puesta en votación la enmienda al inciso primero, fue rechazada por unanimidad. La modificación al inciso tercero resultó rechazada por unanimidad. Artículo 10 Las modificaciones a este artículo se votaron al tratarse el artículo 7º. Artículo 11 Por unanimidad se aprobaron las modificaciones al inciso primero. Por unanimidad se rechazó la enmienda al inciso tercero. Por 37 votos contra 19 se rechazó la modificación al inciso cuarto. En seguida, por 40 votos contra 19 fue rechazado el reemplazo al epígrafe que precede al artículo 12. Artículo 12 Por 40 votos contra 21, fue rechazada la modificación a su inciso primero. Artículo 13 Por 37 votos contra 22 resultó rechazada la modificación a este artículo. Artículo 10 nuevo, a continuación. Por 40 votos contra 23, resultó rechazado este artículo. Artículo 15 Por 36 votos contra 20, resultó rechazada la modificación. Artículo 19 Por unanimidad, fue rechazada la enmienda propuesta. Artículos transitorios Artículo 1º Por asentimiento unánime, resultó rechazada la modificación a este artículo, que consistía en suprimirlo. Artículo 2º Por unanimidad, resultó aprobada la enmienda a este artículo, tanto la que se refiere al inciso único como la que consiste en agregar inciso nuevo. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de las modificaciones del Senado al proyecto de ley en referencia, en este trámite constitucional, y se comunicaron los acuerdos respectivos a esa Corporación. Correspondía continuar la discusión y votación particular del proyecto de ley que reajusta las remuneraciones del personal de los sectores público y privado, y establece una política de precios. Procedía poner en discusión particular el artículo 39 del proyecto. Artículo 39 Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Galleguillos y Rioseco. Se dio lectura a las indicaciones formuladas. Cerrado el debate y puesta en votación la indicación del señor Fuentes Andrades y otros, fue rechazada por 36 votos contra 20. Puesta en votación la indicación del señor Rioseco y otros Diputados resultó rechazada por 40 votos contra 19. Puesta en votación la 2a indicación del mismo señor Diputado, fue rechazado el artículo con la indicación. Por 37 votos contra 20, fue rechazado el artículo con la indicación del señor Va-lente y otros Diputados. Por 37 votos contra 19, fue rechazado el artículo con la 2a indicación del señor Va-lente y otros Diputados. Por 40 votos contra 20, fue rechazado el artículo con la 3a indicación del señor Valente y otros Diputados. Por 41 votos contra 19 fue rechazada la indicación del señor Rioseco y otros Diputados. Por 41 votos contra 19 fue rechazada la indicación del señor Rioseco y otros Diputados, que consistía en suprimir el inciso segundo, aprobándose el inciso en su forma original. Por 40 votos contra 21, fue rechazado el artículo con la 4a indicación del señor Valente y otros Diputados. Por 40 votos contra 9 resultó aprobado el artículo en su forma original. Indicaciones para agregar artículos nuevos a continuación del artículo 40. Por 38 votos contra 19, fue rechazado el artículo nuevo propuesto por el señor Rioseco. Por 40 votos contra 23 fue rechazado el 2º artículo nuevo del mismo señor Diputado. Artículo 40 Puesto en votación el artículo con la indicación del señor Valente y otros Diputados, fue rechazado por 42 votos contra 17. Por la unanimidad de 40 votos fue aprobado el artículo en su forma original. Por 43 votos contra 17 fue rechazada la indicación del señor Valente y otros Diputados, para consultar un artículo nuevo, después del 40. Artículo 41 Puesto en votación el artículo 41, con la indicación 1ª del señor Valente y otros, resultó rechazado por 39 votos contra 16. Puesto en votación con la 2ª indicación de los mismos señores Diputados, fue igualmente rechazada, por 38 votos, contra 13. Puesta en votación la 3ª indicación de los mismos señores Diputados, fue rechazada por 40 votos contra 15. Por 39 votos contra 16 fue rechazada la 4ª indicación de los mismos señores Diputados. Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por la unanimidad de 39 votos. Artículo 42 Por unanimidad, fue aprobado. Artículo 43 Puesto en votación con la indicación del señor Naudon y otros Diputados, fue rechazado por 40 votos contra 17. Por la unanimidad de 40 votos resultó aprobado en su forma original este artículo. Artículo 44 Por la unanimidad de 54 votos fue aprobado en su forma original el inciso primero. Por 44 votos contra 16 resultó aprobado en la misma forma el inciso segundo. Los señores Valente y otros Diputados formularon indicación para suprimir el inciso Artículo 45 Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Valenzuela Valderrama, Cerda, García y Pontigo. Cerrado el debate, puesto en votación el artículo con la indicación del señor Rioseco y otros Diputados fue rechazado por 45 votos contra 19. Puesto en votación el artículo con la indicación 1ª del señor Valente y otros Diputados fue rechazada por 39 votos contra 18. Por 45 votos contra 20 fue rechazado el artículo con la indicación 2ª de los mismos señores Diputados. , La Mesa declaró sin efecto la 3ª indicación de dichos señores Diputados en virtud del rechazado de una anterior. Por 43 votos contra 18 fue rechazada la 4ª indicación de los mismos señores Diputados. Por 44 votos contra 20 fue rechazada la 5ª indicación de dichos señores Diputados. Por la unanimidad de 52 votos fue aprobado el artículo en su forma original. Artículo 46 Puesto en votación el artículo con la indicación del señor Valente y otros Dipu- tados, fue rechazada por 40 votos contra 20. Por la unanimidad de 44 votos fue aprobado el artículo en su forma original. Artículo 47 Se había pedido votación por incisos. Por 44 votos contra 17 fue aprobado el inciso primero. Por 45 votos contra 17 fue rechazado el inciso segundo con la indicación del señor Valente y otros Diputados. Por 44 votos contra 15 resultó aprobado el inciso segundo en su forma original. Artículo 48 Leídas las indicaciones a este artículo se puso en votación conjuntamente con la 1ª indicación del señor Rioseco y otros Diputados, y fue rechazado por 44 votos contra 17. Por 44 votos contra 20 fue rechazado el artículo con la 2ª indicación de los mismos señores Diputados. Puesto en votación en su forma original resultó aprobado el artículo por la unanimidad de 46 votos. A indicación de la Mesa, por unanimidad se acordó empalmar la presente sesión con la que se había citado de 14.45 a 16 horas del mismo día. Con la venia de la Sala se suspendió la sesión hasta las 15 horas. Reanudada ésta prosiguió la discusión particular del proyecto. Artículo 49 Se dio lectura a las indicaciones formuladas a este artículo. Durante la discusión se aplicaron por la Mesa las siguientes medidas disciplinarias: Llamado al orden: a los señores Muga, Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Correa de Lyon, Silvia Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Escorza O., José Dgo. Fernández A., Sergio Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Galleguillos C, Víctor Garay F., Félix Garcés F., Carlos Giannini I., Osvaldo Godoy U., César González M., Víctor Guastavino C, Luis Hurtado O'R., Rubén Hurtado P., Patricio Ibáñez V., Jorge Acevedo, Godoy, Irureta, Sotomayor, Cardemil, Garay, Lorca, Valencia, Galleguillos, Turna, Pontigo, Guastavino, Montes, Va-lente; Amonestación: a los señores Muga, Acevedo, Irureta, Sotomayor, Garay, Galleguillos, Guastavino, Montes; Censura: a los señores Muga, Irureta, Acevedo, Galleguillos. Puesto en discusión el artículo 49 usaron de la palabra los señores Cantero, Valenzuela Labbé, Sotomayor y Santibáñez, por la vía de la interrupción. Por haber llegado la hora de término de la sesión, se levantó a las 16 horas. Sesión 51ª Extraordinaria, en martes 1º de febrero de 1966. Presidencia de los señores Ballesteros y Papic. Se abrió a las 16 horas 15 minutos, y asistieron los señores: Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera C, María Inés Agurto, Fernando Stgo. Alvarado P., Pedro Arancibia C, Mario Aravena C, Jorge Argandoña C, Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros B., Eugenio Barrionuevo B., Baúl Basso C, Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Cancino T., Femando Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Cerda A., Carlos Iglesias C, Ernesto Irureta A., Narciso Jaque A., Duberildo Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig C, Eduardo Lacoste N., Graciela Laemmermann M., Renato Lorca R., Gustavo Lorca V., Alfredo Maira A., Luis Maluenda C, María Martín M., Luis Martínez C, Juan Melo P., Galvarino Momberg R., Hardy Monares G., José Montes M., Jorge Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Paluz R., Margarita Papic R., Luis Parra A., Bosco Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Pontigo U., Cipriano Retamal C, Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez N., Juan Rosales G., Carlos Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Sanhueza H., Fernando Santibáñez C, Jorge Sbarbaro C, Víctor Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernanda Tejeda O., Luis Torres P., Mario Urra V., Pedro Valdés P., Arturo Valdés S., Manuel Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela V., Héctor Werner I., Rodolfo Zorrilla C, Enrique El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo; el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y los Ministros de Hacienda, Economía, Fomento y Reconstrucción, y de Trabajo y Previsión Social, señores Sergio Molina, Domingo Santa María y William Thayer, respectivamente. ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES: No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados. CUENTA: Se dio cuenta de: 1°.- Un Mensaje, con el cual S. E. el Presidente de la República somete a la consideración del Congreso Nacional, para ser tratado en la actual legislatura extraordinaria de sesiones, un proyecto que modifica la ley Nº 15.567, que establece normas para la reconstitución de las inscripciones de los Registros de los Censervadores de Bienes Raíces que sean destruidos total o parcialmente por siniestros. -Se mandó a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y a la de Hacienda para los efectos de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 del Reglamento. 2°.- Un oficio del Honorable Senado con el que comunica haber accedido al retiro de la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que beneficia a don Agustín Ernesto Salinas Yamet, y recaba el asentimiento de la Cámara sobre el particular. -Queda en Tabla. 3°.- Nueve oficios del señor Ministro de Salud Pública; Con el primero contesta el que se le envió, en nombre de la Cámara, respecto de la venta de un edificio de propiedad del Servicio Médico Nacional de Empleados, ubicado en Santiago, a la Cooperativa de Empleados Particulares. Con los restantes da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, sobre las materias que se indican: Del señor Garcés, relativo a la designación de un médico para la comuna de Licantén; Del señor Koenig, acerca de la instalación de una posta de primeros auxilios en la localidad de Riñihue, provincia de Valdivia; Del señor Laemmermann, referente a la construcción de un local para el funcionamiento de la Casa de Socorros de Los Alamos; Del señor Millas, relacionado con la instalación de una policlínica en la Población Colón-América; Del señor Ochagavía, respecto de la creación de una posta de primeros auxilios en la localidad de Ayacara; Del señor Tejeda, sobre atención médica y dental para los habitantes de la Hacienda Canteras; De los señores Palestro y Silva, don Julio, relativo a los problemas médicos que afectan a los habitantes de la Población Joao Goulart, de la comuna de La Granja y San Miguel; y De los señores Aguilera, don Luis; y Pontigo, acerca de la inclusión del Hospital Regional de Ovalle en los futuros planes de construcciones. -Quedaron a disposición de los señores Diputados. 4°.- Un informe de la Comisión de Asistencia Médico-Social e Higiene, recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica la legislación vigente sobre protección de menores. -Quedó en Tabla. 5°.- Una comunicación del señor Alcalde de la Municipalidad de San Miguel, con la que remite copia del Presupuesto de esa Corporación Edilicia para el año 1966. -Se mandó tener presente y archivar. RETIRO DE OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO A indicación de la Mesa, por asentimiento unánime, se acordó acceder a la solicitud del Senado en orden a acceder al retiro de las observaciones de S. E. el Presidente de la República a un proyecto de ley que beneficia al señor Agustín Ernesto Salinas Yamet. Por unanimidad se aprobó la proposición del señor Ballesteros (Presidente) para votar sobre Tabla, sin debate, las modificaciones del Senado introducidas al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Los Andes para contratar empréstitos. En conformidad a este acuerdo, se procedió de inmediato a votar dichas modificaciones que eran las siguientes: Reemplazar el inciso segundo del artículo 4º por el siguiente: "Prorrógase, con el exclusivo objeto de atender el servicio del o de los empréstitos referidos en el artículo 1º, el impuesto adicional a la internación establecido en el artículo 2º de la ley Nº 14.946, de 8 de noviembre de 1962, elevándosele a Eº 0,50 por cabeza de bovinos y caballares y a Eº 0,20 por cabezas de porcinos, ovinos y resto de ganado menor. Este impuesto expirará al pagarse con los fondos que consulta este artículo, totalmente el o los empréstitos o hasta el semestre en que la suma de éstos recursos entere la cantidad de Eº 770.000." Artículo 4º Sin debate, puesta en votación la modificación del Senado, que consistía en reemplazar el inciso segundo, resultó aprobada por asentimiento unánime. Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en el Congreso Nacional, y en conformidad a los acuerdos adoptados, que se pusieron en conocimiento del Honorable Senado, se mandó comunicar a S. E. el Presidente de la República redactado en los siguientes términos: Proyecto de ley Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Los Andes para contratar directamente con el Banco del Estado, Corporación de Fomento de la Producción u otro organismo de crédito nacional internacional uno o más empréstitos, hasta por la cantidad de Eº 770.000 (setecientos setenta mil escudos). - El interés que se convenga no puede ser en ningún caso superior al corriente ban-cario y la amortización de la o las deudas se hará de manera que se extingan la o las deudas en un plazo no mayor de diez años. Artículo 2°.- Facúltase al Banco del Estado u otras instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo 1º, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes o reglamentos. Artículo 3º.- El producto del o los empréstitos obtenidos será destinado por la Municipalidad de Los Andes a los siguientes fines: a) Extensión de las redes de energía eléctrica a nuevos sectores de la comuna y ai me joramiento total del alumbra do público Eº 200.000 b) Para compra de terre nos, urbanización mínima de los mismos y traslado e in demnización de los actuales pobladores de las poblaciones Hermanos Clark, David Gar cía y Las Juntas 150.000 Terminación del edificio municipal y alhajamiento de oficinas y salón de actos municipales 50.000 Construcción de piscina y parque municipal 100.000 Terminación de jardines municipales y señalización completa de la comuna . . . . 25.000 Adquisición de dos camiones recolectores de basura 60.000 g) Apertura de calles y aporte para un plan de pavi mentación de aceras y calza das 40.000 h) Construcción de un Mer cado Municipal en la Pobla ción Centenario 80.000 i) Construcción y habilita ción de campos de deportes y plazas de juegos infantiles en los barrios y pueblos de la co muna 40.000 j) Construcción de un puen te para peatones sobre el Río Aconcagua en el sector deno minado Los Chacayes 5.000 k) Aporte al Cuerpo de Bomberos de la localidad . . 20.000 Total Eº 770.000 Artículo 4º.- Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento del impuesto de un 1% comprendido en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Los Andes, en virtud de lo dispuesto en la ley Nº 15.021 y su decreto reglamentario de Hacienda Nº 2047, de fecha 29 de julio de 1965. Prorrógase, con el exclusivo objeto de atender el servicio del o de los empréstitos referidos en el artículo 1º, el impuesto adicional a la internación, establecido en el artículo 2º de la ley Nº 14.946, de 8 de noviembre de 1962, elevándosele a Eº 0.50 por cabeza de bovinos y caballares y a Eº 0.20 por cabeza de porcinos, ovinos y resto de ganado menor. Este impuesto expirará al pagarse, con los fondos que consulta este artículo, totalmente el o los empréstitos o hasta el semestre en que la suma de éstos recursos entere la cantidad de Eº 770.000. Artículo 5º.- La Municipalidad de Los Andes podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar las partidas consultadas para una si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras. El acuerdo correspondiente deberá tomarse por la unanimidad de los regidores en ejercicio en sesión extraordinaria especialmente citada con dicho objeto. Artículo 6º.- En caso de no contratarse el o los empréstitos enunciados, la Municipalidad de Los Andes podrá girar con cargo al rendimiento de los tributos que en esta ley se establecen, para su inversión directa en las obras a que se refiere el artículo 3º. Podrá, a su vez, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento que el o los empréstitos se contrajeran por un monto inferior a la cantidad autorizada. Artículo 7º.- La Municipalidad completará la suma necesaria con cualquier clase de fondos provenientes de sus rentas ordinarias, si los recursos a que se refiere el artículo 4º fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieran en la oportunidad debida. Artículo 8º.- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Los Andes, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del alcalde. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9º.- La Municipalidad de Los Andes depositará en la cuenta de depósito fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos o ingresos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y hasta la cantidad a que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad deberá contemplar y consultar en su presupuesto anual los recursos que produzca la contratación del empréstito y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones proyectadas de acuerdo con el artículo 3º de la presente ley. Artículo 10.- Facúltase al Presidente de la República para condonar las deudas por contribuciones de bienes raíces, intereses y multas, que adeude la Municipalidad de Los Andes, al 30 de junio de 1965." Correspondía, en seguida, continuar la discusión particular del proyecto de ley que reajusta las remuneraciones de los sectores públicos y privado y establece una política de precios. Artículo 49 Durante la discusión particular de este artículo usaron de la palabra, además, los señores Irureta (Diputado informante), Valenzuela Valderrama, Maira, Aylwin, Galleguillos, Garay, Godoy, Lorca Rojas, Maluenda, doña María; Pereira, Phillips y Rodríguez Nadruz, Carvajal, Melo, Montes, Silva Ulloa, Astorga, Guastavino, Jerez, Robles, Lorca Valencia, Valente y Cerda García. Cerrado el debate, se pidió por el Comité Comunista que se concediera hasta 2 minutos a cada Diputado para fundamentar su voto respecto de este artículo. Puesta en votación esta solicitud resultó rechazada por 34 votos contra 22. Puesto en votación nominal el artículo con la 1ª indicación de los señores Silva Solar y otros Diputados, resultó aprobado por 57 votos contra 30. Se había pedido votación para esta indicación y las que se indican a continuación. Puesto en votación nominal el artículo con la 2ª indicación de los señores Silva Solar y otros Diputados, resultó aprobado por 54 votos contra 23. Puesto en votación nominal el artículo con la 3ª indicación de los señores Silva Solar y otros Diputados, resultó aprobado por 49 votos contra 21. La Mesa aplicó la medida de "llamado al orden", al señor Galleguillos. Se dio por retirada una indicación para consultar un artículo nuevo después del 40. Artículo 50 Por 27 votos contra 17 resultó rechazado el artículo con la indicación para sustituir un guarismo.. Por la unanimidad de 30 votos se aprobó el artículo en su forma original. Artículo 51 Los señores Valente y otros Diputados presentaron indicación para suprimirlo. Puesto en votación en su forma original este artículo, resultó aprobado por 31 votos contra 15. Artículo 52 Puesto en votación con las dos indicaciones de los señores Rioseco y otros y Diputados y Valente y otros Diputados, resultó rechazado este artículo por 30 votos contra 16. Por la unanimidad de 30 votos fue aprobado en su forma original. Por unanimidad se aprobó el epígrafe. Artículo 53 El señor Valente y otros Diputados formularon indicación para suprimirlo. Por 31 votos contra 14 fue aprobado el artículo en su forma original. Artículo 54 Puesto en votación conjuntamente con las indicaciones de los señores Morales Abarzúa y Valente, resultó rechazado por 39 votos contra 15. Por 39 votos contra 16, fue aprobado en su forma original este artículo. Por unanimidad se aprobó el epígrafe. Artículo 55 Puesto en discusión usaron de la palabra la señora Maluenda, doñ María; el señor Fuentes Andrade y el señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción. Puesta en votación la 1ª indicación del señor Valente y otros Diputados, fue rechazada por 44 votos contra 17. Puesta en votación la indicación del señor Rioseco y otros Diputados fue rechazada por 46 votos contra 17. Se acordó, por unanimidad, prorrogar la hora de término de la presente sesión hasta el total despacho del artículo 55 del proyecto. Puesta en votación la 2ª indicación del señor Valente y otros Diputados se rechazó por 46 votos contra 17. Por 46 votos contra 16 resultó aprobado el artículo en su forma original. En conformidad al acuerdo adoptado anteriormente por la Sala, se levantó la sesión a las 19.18 horas. Sesión 52ª Extraordinaria, en martes 1º de febrero de 1966. Presidencia de los señores Ballesteros, Isla y Papic. Se abrió a las 20 horas, y asistieron los señores: Papic R., Luis Parra A., Bosco Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Pontigo U., Cipriano Retamal C, Blanca Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez N., Juan Rosales G., Carlos Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Sanhueza H., Fernando Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Agurto, Fernando Stgo. Alvarado P., Pedro Arancibia C, Mario Aravena C, Jorge Argandoña C, Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso C, Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Cerda A., Carlos Clavel A., Eduardo Daiber E., Alberto De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Escorza O., José Dgo. Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Galleguillos C, Víctor Garay F., Félix Garcés F., Carlos Giannini I., Osvaldo Godoy U., César González M., Víctor Guastavino C, Luis Hurtado P., Patricio Ibáñez V., Jorge Iglesias C, Ernesto Irureta A., Narciso Isla H., José Manuel Jaque A., Duberildo Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig C, Eduardo Laemmermann M., Renato Lorca V., Alfredo Lorca V., Alfredo Lorenzini G., Emilio Marín M., Gladys Maluenda C, María Martín M., Luis Monares G., José Melo P., Galvarino Millas C, Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Montes M., Jorge Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Paluz R., Margarita Santibáñez C, Jorge Sbarbaro C, Víctor Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernando Tejeda O., Luis Torres P., Mario Valdés P., Arturo Valdés S., Manuel Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Werner L, Rodolfo Zorrilla C, Enrique El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo; el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, los Ministros de Hacienda, Economía, Fomento, Reconstrucción, y de Trabajo y Previsión Social señores Sergio Molina, Domingo Santa María y William Thayer, respectivamente. Correspondía continuar la discusión particular del proyecto de ley que reajusta las remuneraciones de los sectores público y privado y establece una política de precios. Artículo 56 Sin debate, puesto en votación resultó aprobado por 28 votos contra 18. Por 34 votos contra 21 fue rechazado el artículo nuevo propuesto a continuación del 56 por el señor Valente y otros Diputados. Artículo 57 Por unanimidad resultó aprobado este artículo. Por 36 votos contra 23, fue rechazada la indicación del señor Valente y otros Diputados para consultar un artículo nuevo después del 57. Artículo 58 Puesto en votación este artículo con la indicación del señor Valente y otros Diputados resultó rechazado por 38 votos contra 19. Por la unanimidad de 38 votos fue aprobado el artículo en su forma original. Artículo 59 Por asentimiento unánime resultó aprobado este artículo. Artículo 60 Puesto en votación el artículo 60 con la indicación del señor Valente y otros Diputados para suprimir una frase, fue rechazado por 40 votos contra 22. Por 40 votos contra 22 fue aprobado en su forma original. Artículo 61 Por asentimiento unánime, resultó aprobado este artículo. Artículo 62 Puesto en votación este artículo, fue aprobado por la unanimidad de 60 votos. Artículo 63 Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Phillips y Parra. Puesto en votación el artículo 63 con la 1ª indicación del señor Valente y otros Diputados, fue rechazado por 41 votos contra 20. Puesto en votación el artículo con la indicación de los señores Parra y otros Diputados, fue aprobado por 41 votos contra 9. Puesto en votación el artículo con la 2ª indicación del señor Valente y otros Diputados, fue rechazado por 32 votos contra 19. Por 33 votos contra 21, resultó rechazada la indicación de los señores Morales Abarzúa y otros Diputados. Artículos 64, 65, 66 y 67 Puestos en votación, sin debate, resultaron aprobados por unanimidad, en forma sucesiva, estos artículos. Por asentimiento unánime, resultó aprobada la indicación para consultar un artículo nuevo de los señores Valente y otros señores Diputados. Artículo 68 Por 38 votos contra 19 fue rechazado el artículo con la indicación 1ª, del señor Naudon y otros Diputados. Por unanimidad resultó aprobado el artículo con la 2ª indicación del señor Naudon y otros Diputados. A continuación se puso en votación la indicación del señor Naudon y otros Diputados, que consulta ocho artículos nuevos a continuación del 68. Puestos en votación conjuntamente, en una sola votación por acuerdo de la Sala, hubo dudas sobre el resultado. Repetida la votación por el sistema de sentados y de pie, fue aprobada por 29 votos contra 27. Puesto en votación el epígrafe, resultó aprobado por unanimidad. Artículo 69 Por 36 votos contra 14 resultó aprobado este artículo. Artículo 70 Puesto en votación este artículo, resultó aprobado por 40 votos contra 16. Artículo 71 Por 40 votos contra 18 fue aprobado este artículo. Artículo 72 Puesto en votación este artículo, resultó aprobado por 38 votos contra 18. Artículo 73 Por 41 votos contra 15 resultó aprobado este artículo. Artículo 71 Puesto en votación, fue aprobado por 42 votos contra 19. Artículo 75 Por 39 votos contra 19 resultó aprobado este artículo. Artículo 76 Puesto en votación fue aprobado por 32 votos contra 19. Artículo 76 bis Por 37 votos contra 18 resultó aprobado el artículo. Artículo 77 Puesto en votación el artículo, resultó aprobado por 40 votos contra 18. Artículo 78 Puesto en discusión usó de la palabra el señor Phillips. Puesto en votación, fue aprobado por 40 votos contra 19. Con la venia de la Sala, se suspendió la sesión por cuatro veces consecutivas. Reanudada la sesión, se puso en votación el epígrafe del título VI del proyecto, y resultó aprobado por asentimiento unánime. Artículo 79 Puesto en votación con la indicación del señor Valente y otros Diputados, para agregar un inciso nuevo, resultó aprobado este artículo por 38 votos contra 15. A indicación de la Mesa, se acordó por unanimidad destinar el resto de la presente sesión a la votación de todo el articulado del proyecto en estudio, reservándose la sesión a que se había citado para el día de mañana con el fin de estudiar el proyecto sobre fomento de las exportaciones, a la discusión y votación de las indicaciones que consisten en consultar artículos nuevos al proyecto en referencia. Se acordó, también, facultar a la Mesa para que, si es procedente, se solicite el retiro de la urgencia al proyecto de fomento de las exportaciones, y citar a una próxima sesión en la que se despachará íntegramente dicho proyecto de ley, en las mismas condiciones acordadas y que se comunicaron oportunamente a los señores Diputados. Artículos 80, 81, 82 y 83 Puestos en votación sucesivamente, resultaron aprobados por unanimidad estos artículos. Artículo 84 Puesto en votación junto con la 1ª indi- cación del señor Valente y otros Diputados, resultó rechazado por 42 votos contra 15, este artículo. Por unanimidad se rechazó la 2ª indicación de los mismos señores Diputados. Por 38 votos contra 17 resultó rechazado el artículo con la 3ª indicación de los mismos señores Diputados. Puesto en votación el artículo en su forma original, fue aprobado por la unanimidad de 42 votos. Artículos 85, 86, 87 y 88 Puestos en votación estos artículos, sin debate, resultaron aprobados por asentimiento unánime. Artículo 89 Por no existir unanimidad, no se acogió la petición de desglose de este artículo, formulada por el señor Valente y otros Diputados. Puesto en discusión el artículo usaron de la palabra los señores Rioseco, Rosales. Aravena Carrasco y el señor Ministro de Hacienda. Puesto en votación, luego de cerrarse el debate, resultó aprobado el artículo por 44 votos contra 28. Artículo 90 Por 52 votos contra 10 resultó aprobado este artículo. Artículo 91 Por 45 votos contra 13 resultó aprobado el artículo en su forma original. El señor Valente y otros Diputados formularon indicación para suprimirlo. Artículo 92 Por asentimiento unánime resultó aprobado el artículo 92. Artículo 93 Puesto en votación conjuntamente con la indicación del señor Phillips y otros Diputados, fue rechazado por 38 votos contra 3. Puesto en votación con la indicación del señor Valente y otros Diputados, fue igualmente rechazado por 46 votos contra 21. Por la unanimidad de 50 votos resultó aprobado el artículo en su forma original. Artículo 94 Por no existir unanimidad, se desechó la petición de desglose de este artículo, del señor Valente y otros Diputados. El señor Naudon y otros Diputados formularon indicación para suprimirlo. Puesto en votación el artículo en su forma original resultó aprobado por 48 votos contra 21. Artículo 95 Por 43 votos contra 22 resultó rechazado este artículo con la indicación del señor Naudon y otros Diputados. Puesto en votación en su forma original, resultó aprobado por unanimidad. Artículo 86 y 97 Por asentimiento unánime resultaron aprobados, sin debate, estos artículos. Artículo 98 Por 48 votos contra 18 resultó aprobado este artículo en su forma original. Se formuló indicación para suprimirlo. Artículo 99 Por asentimiento unánime, resultó aprobado, sin debate, este artículo. Artículo 100 Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por 46 votos contra 23. Se había formulado indicación para suprimirlo. Se acordó, en seguida, votar en conjunto las indicaciones de los señores Rioseco y Phillips, acompañados de otros señores Diputados, para consultar artículos nuevos después del artículo 100. Usaron de la palabra los señores Phillips y Molina (Ministro de Hacienda). Puestas en votación las indicaciones resultaron rechazadas por unanimidad. Artículo 101 Por la unanimidad de 54 votos resultó aprobado en su forma original este artículo. Artículo 102 Puesto en votación, sin debate, resultó aprobado por 43 votos contra 19. Artículo 103 Puesto en votación, sin debate, resultó aprobado por unanimidad este artículo. Artículo 104 Puesto en discusión, usaron de la palabra los señores Ochagavía, Morales Adriasola, Garay, Daiber y Molina (Ministro de Hacienda). Puesto en votación fue aprobado el artículo. Artículos 105, 106, 107 y 108 Sin debate, puestos en votación resultaron aprobados por unanimidad, estos artículos. En seguida, puesta en votación una indicación del señor Valente y otros Diputados para agregar un artículo nuevo. después del 108, resultó aprobada por unanimidad. Puesta en votación una indicación del señor Rioseco para rectificar el nombre de la beneficiaría de una ley de gracia, resultó aprobada por unanimidad. Artículo 109 Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Phillips y Lorca Rojas. Puesto en votación el artículo resultó aprobado por unanimidad. Artículo 110 Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Valenzuela Valderrama, Valente y Cerda García. Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por unanimidad. Se declaró retirada una indicación del señor Valenzuela Valderrama a este artículo. Artículo 111 Puesto en discusión, usaron de la palabra los señores Melo e Irureta, (Diputado informante). Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por 50 votos contra 21. Se había presentado una indicación para suprimirlo. Artículo 112 Puesto en votación el artículo con una indicación del señor Naudon para sustituirlo, resultó rechazado por 44 votos contra 20. Puesto en votación el artículo con la indicación del señor Morales Abarzúa fue aprobado por unanimidad. Artículos 113 y 114 Por unanimidad fueron aprobados estos artículos. Artículo 115 Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Pereira, Morales Abarzúa y Phillips. Puesto en votación el artículo con la indicación del señor Valente y otros Diputados, fue rechazado por 46 votos contra 22. Por 45 votos contra 20 fue rechazado con la indicación del señor Morales Abarzúa y otros Diputados. Por 46 votos contra 21 resultó rechazado el artículo con la indicación del señor De la Fuente y otros Diputados. Puesto en votación en su forma original, resultó aprobado por 45 votos contra 11 el artículo. Artículos 116 y 117 Por asentimiento unánime resultaron aprobados estos artículos. Artículo 118 Puesto en votación con la indicación del señor Morales Abarzúa y otros Diputados, fue rechazado por 40 votos contra 19. Por unanimidad resultó aprobado en su forma original este artículo. Artículo 119 Puesto en discusión el artículo usó de la palabra el señor Fuentes Andrades. Puesto en votación junto con la indicación del señor Morales Abarzúa y otros Diputados, fue aprobado por unanimidad. Artículos 120, 121, 122 y 123 Por asentimiento unánime fueron aprobados estos artículos. Artículo transitorio Puesto en votación este artículo, resultó aprobado por unanimidad. En conformidad a los acuerdos adoptados anteriormente, se procedió a levantar la sesión a las 12 horas y 25 minutos. IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Nº 00081.- Santiago, 4 de febrero de 1966. Pongo en conocimiento de V.E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto retirar las urgencias hechas presentes para el despacho de los siguientes proyectos de ley: 1.- El que autoriza a la Municipalidad de Calama para adquirir vehículos con fondos provenientes de la ley Nº 11.828. (Boletín Nº 10.494 de la H. Cámara de Diputados); 2.- El que crea en el Servicio de Aduanas una Auditoría y un Centro de Procesamiento de Datos. (Boletín Nº 1.033 de la H. Cámara de Diputados) ; 3.- El que modifica la ley Nº 15.076 sobre Estatuto del Médico Funcionario. (Boletín Nº 10.498 de la H. Cámara de Diputados); 4.- El que establece un régimen especial para el Departamento de Arica. (Boletín Nº 10.490 de la H. Cámara de Diputados) ; 5.- El que modifica la ley Nº 7.758 que creó el Colegio de Ingenieros Agrónomos. (Boletín Nº 10.509 de la H. Cámara de Diputados) ; y 6.- El que establece normas por las que deberán regirse las Juntas de Vecinos. (Boletín Nº 10.455 de la H. Cámara de Diputados). Dios guarde a V.E.- (Fdo.): Eduardo Frei Montalva.- Bernardo Leighton Guzmán". 2.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 451.- Santiago, 3 de febrero de 1966. Cúmpleme referirme a su oficio Nº 3902, de 18 de enero último, por medio del cual tuvo a bien dar a conocer a este Departamento de Estado la petición formulada por el H. Diputado don Jorge Ibáñez Vergara, quien solicita la construcción de un cuartel para el Retén San Antonio, en la ciudad de Linares. Al respecto me permito remitir a V.E., para su conocimiento y el del H. Parlamentario señor Ibáñez Vergara, la nota Nº 2256, de 31 de enero del presente año, en la que la Dirección General de Carabineros informa sobre el particular. Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 3.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 543.- Santiago, 3 de febrero de 1966. Por nota Nº 3777, de 5 de enero pasado, V.E. tuvo a bien dar a conocer a este Ministerio la petición formulada por el H. Diputado señor Raúl Morales Adriasola, en orden a que se instale un Retén de Carabineros en el distrito Huildad de la comuna de Quellón, provincia de Chiloé. Sobre el particular, me permito remitir a V.E., para su conocimiento y el del H. Parlamentario mencionado, el informe emitido sobre el particular por la Dirección General del ramo por medio del oficio Nº 1755, de 25 de enero último. Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 4.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 542.- Santiago, 3 de febrero de 1966. Cúmpleme referirme a su oficio Nº 3571, de 16 de diciembre del año 1965, por medio del cual tuvo a bien dar a conocer a este Departamento de Estado la petición formulada por el H. Diputado don Héctor Olivares Solís, relacionada con la actuación que le habría cabido al detective de Investigaciones, don Temístocles Urra Fonseca, en las elecciones ordinarias que se efectuaron en los sindicatos profesionales de empleados particulares de la Braden Copper Coompany de Sewell y Caletones. Al respecto me permito remitir a V.E., para su conocimiento y el del H. Parlamentario señor Olivares Solís, la nota Nº 125, de 28 de enero último, en la que la Dirección General del ramo informa sobre el particular. Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 5.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA "Nº 267.- Santiago, 3 de febrero de 1966. En respuesta al oficio de V.E. Nº 3546, de 15 de diciembre de 1965, en que a petición del H. Diputado don Duberildo Jaque Araneda, solicita la creación de una Oficina de Identificación en la comuna de Florida, me permito transcribir a V.E. lo informado por el Director General del Servicio de Registro Civil e Identificación: "A este respecto, cúmpleme manifestar al señor Subsecretario que no es posible, por el momento, acceder a lo solicitado, por cuanto el Servicio en la actualidad no cuenta con personal suficiente ni está en condiciones de adquirir los elementos indispensables para instalar un laboratorio fotográfico que se precisa, juntamente con el mobiliario adecuado. Esta situación me permití ponerla en conocimiento de esa Secretaría de Estado, ya en otra oportunidad, y a raíz de idéntica petición de dicho Diputado". Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : Pedro J. Rodríguez González". 6.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA "Nº 254.- Santiago, 4 de febrero de 1966. Me es grato dar respuesta al oficio Nº 3994, de 24 de enero ppdo., mediante el cual SS. tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, petición formulada por el Honorable señor Diputado don Juan Acevedo, en el sentido de que se estudie la expropiación de los fundos "Las Mercedes" y "Santa Emilia", de la Comuna de María Pinto. Sobre el particular, cúmpleme manifestar a SS., que la Corporación de la Reforma Agraria ha dado las instrucciones correspondientes, a fin de que se inicien los estudios técnicos de los fundos indicados. Saluda atentamente a SS.- (Fdo.) : Hugo Trivelli F.". 7.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE MINERIA. "Nº 150.- Santiago, 7 de febrero de 1966. En relación a sus Oficios Nº 4.124 y 4.127 de 2 y 5 de febrero del año en curso y para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177 del Reglamento de la Cámara de Diputados, ruego a V. E. se sirva considerar como defensa a la acusación constitucional interpuesta en mi contra, lo expuesto en mi Oficio de fecha 5 de febrero del año en curso, dirigido al Presidente de la Comisión Especial designada al efecto y que se encuentra en el expediente de la referida Comisión. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Eduardo Simián Gallet". 8.- MOCION DE LA SEÑORA MARIN "Honorable Cámara: Desde hace más de 20 años, numerosas familias construyeron sus viviendas en el sector que circunda la Quinta Normal de Agricultura, en las calles Santo Domingo, entre Av. Matucana y Apóstol Santiago, y en la Av. Matucana, entre las calles Santo Domingo y Av. Ecuador, acera poniente. En la actualidad, dicho sector cuenta con más de 500 viviendas, que albergan en su totalidad, alrededor de 5.000 personas, entre adultos y niños. Durante este lapso, los habitantes del sector, han conseguido numerosas obras de adelanto, tales como agua potable, luz eléctrica, alcantarillado, pavimentación, etc. Ahora bien, con motivo de la dictación de la ley Nº 11.151, se concedió al Ejecutivo facultades extraordinarias, en virtud de las cuales se dictó el D.F.L. Nº 224, de 1953. Este D.F.L., declara de utilidad pública los terrenos necesarios para la formación de áreas de uso público consultadas en los Planos Reguladores. Faculta, asimismo, la expropiación de los terrenos que sean necesarios para las transformaciones o extensiones que consulte el Plano Regulados (Arts. 14 y 39). En base a estos antecedentes, se dictó el Decreto Nº 2.350, 18 de octubre de 1961, publicado en el D. O. de 8 de noviembre del mismo año, que aprobó la modificación del Plano Regulador de Santiago, en el sentido de declarar área verde la Quinta Normal de Agricultura, según lo establecido en el plano confeccionado por la Dirección de Obras Municipales. Según este plano, entran a formar parte de la Quinta Normal de Agricultura, las calles que conforman el sector a que nos hemos referido anteriormente. En estas circunstancias, en este momento, según las disposiciones legales a que nos hemos referido, existen mas de 500 viviendas, que albergan a mas de 5.000 personas, al borde de ser desposeídas de ellas, de ser destruidas sus viviendas, contadas las graves consecuencias que ello acarrearía. La urgente necesidad que tiene el país de un mayor número de viviendas, de ninguna manera hace aconsejable destruir las ya existentes para destinar esos terrenos a áreas verdes. Menos aun cuando en la ciudad de Santiago, y mas precisamente, en la zona a que nos hemos referido, existen numerosos terrenos aptos para ser destinados a ese fin y en los cuales no existen viviendas. En atención a las razones expuestas y con el ánimo de solucionar definitivamente el grave problema que afecta a tan numeroso grupo de personas, vengo en presentar el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Decláranse para todos los efectos legales, áreas habitacionales las ubicadas en las calles Santo Domingo, entre Av. Matucana y Apóstol Santiago; y en la Av. Matucana entre las calles Sto. Domingo y Av. Ecuador, acera poniente, de la Comuna de Santiago. (Fdo.) : Gladys Marín". 9.- MOCION DE VARIOS SEÑORES DIPUTADOS. "Honorable Cámara: El crecimiento demográfico de la población, ha sido, seguramente, una de las mayores preocupaciones a que deben abocarse los Gobernantes de un país que, como el nuestro, tiene su poder industrial y fabril concentrado en las grandes ciudades. Santiago, por ser la capital de la República, padece, sin lugar a dudas, en mayor porcentaje este problema. Las áreas centrales de lo que se ha dado en llamar el "gran Santiago" han visto superpobladas sus zonas habitables y esta circunstancia ha motivado que las comunas adyacentes, como consecuencia lógica, a su vez, hayan aumentado considerablemente el número de sus habitantes. Tal es el caso de una de las más populosas comunas de Santiago: Quinta Normal, la cual por su vecindad, medios de locomoción y comunicación, como también por el espíritu de superación de sus autoridades comunales y vecinales, marca un rumbo señero dentro de la Administración Comunal del país. Desgraciadamente, no obstante los valiosos aportes de todo orden que generan sus habitantes para el mejor desenvolvimiento de la vida industrial y comercial de la provincia de Santiago, no ha sido posible, hasta ahora, lograr que dentro de las marcaciones de su territorio, se instalen industrias de importancia. Es posible que la perseverancia, inquietud de progreso y calidad humana de su población lo logre con el tiempo. Mientras tanto, Quinta Normal, su Municipalidad en este caso, exhibe con orgullo el que fuera conocido como el Matadero "Blanqueado" -hoy Municipal- que se adquiriera mediante la expropiación que, por acuerdo de sus Regidores, se efectuara el año 1961. Para lograr este cometido hubo que entrar en ingentes gastos forzosamente. Los recursos materiales de la Corporación no podían solventar la expropiación aludida y por ello -con ese exclusivo fin- la ley 15.219 de 2 de agosto de 1963, en su artículo 2º, autorizó a la I. Municipalidad para contratar un empréstito por la suma de Eº 50.000.- La necesidad de que ese Establecimiento funcionara bajo la tuición de la I. Municipalidad se hacía evidente; tanto más cuanto que un particular como propietario, era imposible que lograra para el mismo los adelantos, mejoramientos, higienización, etc., que precisa una industria de tal naturaleza. Así lo comprendió el legislador, que vio cuan indispensable era el funcionamiento de este Matadero, no sólo por el aporte económico que podía rendir al Poder Comunal que lo regentaba, sino por el factor ocupacional que significaba y, desde luego, consideró la labor cumplida al abastecer a 138 carnicerías, 40 puestos de subproductos y 7 pequeñas industrias de cecinas. Todo este comercio, cubre, además, las necesidades de la Comuna de Quinta Normal, las de sus vecinas Renca, Las Barrancas y Conchalí. Desgraciadamente, la suerte de este Matadero está hoy en serio peligro. Una anquilosada y añeja legislación, quiere serle aplicada ordenando su cierre. Esta situación ha alarmado con toda justicia a los habitantes de tan denso sector, quienes comprenden que de ser tomada esta medida, la población se verá disminuida en sus fuentes de trabajo y abastecimiento. Desgraciadamente, la ley 5.611 de fecha 13 de marzo de 1935, en su artículo 18 establece: "El Matadero de Santiago será regional y abastecerá a toda la ciudad y a las comunas de Providencia, Ñuñoa, San Miguel, Yungay y Quinta Normal". Fácil es comprender que las circunstancias que tuvo en vista el legislador del año 1935 a la fecha han variado ostensiblemente. La aplicabilidad, entonces, del artículo referido en el caso que me preocupa, no puede tener actualidad alguna. Podría argumentar latamente sobre la materia, pero me parece que los honorables colegas con visión progresista, comprenderán perfectamente este problema en su integridad y apelando a su buen criterio y a la ecuanimidad de su juicio, es que me permito someter a la consideración de esta Honorable Cámara el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1°.- Reconócese para todos los efectos legales el funcionamiento del Matadero "Blanqueado" ubicado en la Comuna de Quinta Normal, de la provincia de Santiago, bajo la tuición de la I. Municipalidad. Artículo 2°.- Para los efectos de la validez del artículo 1° de la presente ley, déjese sin efecto lo dispuesto en el artículo 18 de la ley 5.611, en lo que respecta a la Comuna de Quinta Normal. Santiago, 3 de febrero de 1966. (Fdo.): Blanca Retamal.- Alfredo lorca.- Fernando Buzeta. 10.- COMUNICACION DEL EXCMO. SEÑOR EMBAJADOR DEL JAPON. "Nº 40013.- Santiago, 2 de febrero de 1966. Tengo el alto honor de dirigirme a V. E. avisando recibo de la Nota Nº 4069 de la Honorable Cámara de Diputados, en la que se transmite el personal testimonio de pesar de V. E. y de los Honorables Diputados señores Carlos Sívori, Pedro Videla y Jorge Aravena, por el fallecimiento del artista y escalador japonés, señor Yuichiro Yamakawa. El homenaje rendido por los Honorables señores parlamentarios en el seno de esa alta Corporación a la memoria de uno de nuestros compatriotas, compromete la gratitud del Gobierno del Japón, de los deudos del extinto y de todos los japoneses. El constituye, además, un nuevo lazo de unión y de amistad entre nuestros pueblos, nacido en torno a la muerte de un artista que buscó en los bellos paisajes chilenos, inspiración para sus obras. En cumplimiento de los deseos formulados por V. E. y por los señores parlamentarios antes nombrados, transmitiremos a los familiares del señor Yamakawa, los sentimientos de pesar expresados. Hago propicia la oportunidad para ofrecer a V. E. las expresiones de mi más alta y distinguida consideración. (Fdo.): Agustín M. Kamayama, Embajador del Japón". V.- TEXTO DEL DEBATE. -Se abrió la sesión a las 11 horas 15 minutos. El señor BALLESTEROS (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. Las actas de las sesiones 49ª, 50ª. 51ª y 52ª, están a disposición de los señores Diputados. Se va a dar lectura a la Cuenta. -El señor Prosecretario da cuerda de los asuntos recibidos en la Secretaría. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Terminada la Cuenta. 1.- REAJUSTE DE LAS REMUNERACIONES DEL PERSONAL DE LA DEFENSA NACIONAL Y DE CARABINEROS. OFICIOS. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Corresponde iniciar el debate particular del proyecto que reajusta las remuneraciones del persona dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros de Chile. Los artículos: 1º, 3º, 6º, 8º, 11, 18 y 20 no han sido objeto de indicación. Si le parece a la Sala, se darán por aprobados. El señor MORALES (don Carlos).- ¿Podría repetirlos, señor Presidente? El señor BALLESTEROS (Presidente).- Los artículos que no han sido objeto de indicación son: 1º, 3º, 6º, 8º, 11, 18 y 20. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, nosotros presentamos indicación para sustituir el financiamiento consultado desde el artículo 16 al 20. No sé si la Mesa la declararía improcedente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Se declara improcedente por las razones relacionadas con el artículo 61 del Reglamento. El señor SILVA ULLOA.- Pero, podríamos votar los artículos 18 y 20. El señor BALLESTEROS (Presidente).- La Mesa, sin sentar precedente en cuanto a la interpretación reglamentaria, ha sometido a la consideración de la Sala la aprobación de los artículos que no han sido objeto de indicaciones sólo por el hecho de haberse acordado un trámite especial para este proyecto. En todo caso, si le parece a la Cámara, se darán por aprobados los artículos 1º, 3º, 6º, 8º y 11. Acordado. El señor BALLESTEROS (Presidente).- En discusión el artículo 2º del proyecto. Se dará lectura a una indicación. El señor CAÑAS (Secretario).- La señora Allende y los señores Silva Ulloa, Luis Aguilera, Olave y Acevedo han formulado indicación para suprimir, en el inciso primero, la frase "mientras se encuentre en servicio". El señor BALLESTEROS (Presidente).- En discusión. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, participamos en este debate en representación de los Diputados socialistas, con la autoridad que nos da nuestra constante preocupación por la política de remuneraciones que afecta a los trabajadores de los sectores público y privado; y, en relación con el proyecto en debate por la situación económica de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. Los parlamentarios socialistas estamos conscientes, como en forma reiterada lo hemos expresado en la Cámara de Diputados y en el Senado de la República, de que las remuneraciones que perciben quienes prestan sus servicios en las Fuerzas Armadas y en Carabineros no se compadecen con las funciones que desempeñan ni con las necesidades que impone la civilización contemporánea. Por eso, declaramos que, si constitucionalmente tuviéramos iniciativa, iríamos mucho más lejos que el reajuste del 41,25% que propone el Ejecutivo, porcentaje que se descompone en un aumento directo del 25% de las remuneraciones y una bonificación de permanencia del 13% sobre sueldos bases y quinquenios. Esto explica y justifica nuestra votación favorable en la votación general del proyecto. En este análisis global, no podemos silenciar nuestra protesta por la actitud discriminatoria, en materia de reajuste, que perjudica al personal a jornal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, para quienes el aumento de remuneraciones queda limitado sólo al 25%, en circunstancias que siempre han tenido el mismo trato de las reparticiones señaladas y, a mayor abundamiento, están sometidos a los mismos regímenes disciplinarios y de servicio que aquéllos. Nos parece una injusticia evidente el tratamiento que se da al personal a jornal de ASMAR, FAMAE, FAVEE, etc., y, en la imposibilidad de resolver nosotros constitucionalmente esta materia, pedimos que, por medio de un oficio se solicite al Presidente de la República otorgar el mismo reajuste de remuneraciones al personal a jornal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, incluyendo, por supuesto, a las empresas señaladas. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Si le parece a la Honorable Cámara, se remitirá al Presidente de la República en nombre de la Corporación, un oficio en los términos señalados por el Honorable señor Silva Ulloa. Acordado. El señor SILVA ULLOA.- Estimamos que nuestra petición está fundamentada en el mismo proyecto en debate. Basta sólo considerar que el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros y de las instituciones a que me he referido, que no prestan servicios a jornal, gozarán de un aumento de remuneraciones mínimo de 41,25%. Cabe señalar que, por el artículo 9º del proyecto, el personal de los Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR) que desempeñan funciones directivas, profesionales o técnicas, quedan al margen de la limitación establecida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 68, de 1960; es decir, podrá percibir remuneraciones superiores a la escala única de la Administración Pública. Discrepamos del tratamiento dado al personal acogido a retiro y a los beneficiarios de pensiones y montepíos, a los cuales se otorga un reajuste del 25%; y sólo quienes tengan derecho a pensión íntegra o acrediten o hayan acreditado 30 años de servicios válidos para el retiro - y entendemos también que al momento de causar la pensión o montepío- podrán incorporar la bonificación de permanencia parcialmente en los años 1967, 1968 y 1969, hasta completar la totalidad de ella. En nuestro propósito de no abusar de la paciencia de los Honorables colegas, analizaremos, conjuntamente con lo expresado en relación con el personal en retiro, lo propuesto por el Ejecutivo en la Comisión de Hacienda y que se aborda en el artículo nuevo, a continuación del 14. El personal en retiro y los beneficiarios de montepíos de quienes prestaron servicios en las Fuerzas Armadas y de Carabineros, que tienen en todo momento derecho al reajuste de sus pensiones en relación con los sueldos del personal similar en actividad, no puede ser privado de ese beneficio por la legislación posterior, pues el derecho al reajuste que les reconocía la legislación vigente al momento de acogerse a retiro se incorporó a su patrimonio en forma definitiva y permanente. Desde el momento en que una persona tiene derecho a una pensión, ese derecho pasó a constituir una parte de su patrimonio, o sea, constituyó para ella un "derecho adquirido". Reafirma lo expresado la sentencia pronunciada por la Excelentísima Corte Suprema, el 22 de julio de 1964, en el juicio seguido en contra del Fisco por varios pensionados, ante el Quinto Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Santiago, bajo el rol Nº 94.330, al afirmar que "de acuerdo con los principios de irretroactividad de la ley, los primeros (o sea los demandantes), no pueden ser afectados por la legislación posterior siendo de ello inmediata consecuencia que el derecho a reajuste que a los demandantes reconoce la legislación vigente al acogerse a retiro, se incorporó a su patrimonio en forma definitiva y permanente". Dicha sentencia, en sus considerandos 15 y 16, expresa: "15.- Que es indudable que tales reajustes deben incorporarse al patrimonio de los demandantes como una consecuencia que les reconocía el D.F.L. Nº 209, pues ese derecho que adquirieron bajo una ley antigua no desaparece con ésta y tiene que producir sus efectos durante la nueva ley aun cuando exija otras condiciones. Pretender que las nuevas exigencias afecta a los que ya habían adquirido el derecho bajo el régimen de una ley derogada equivaldría a atribuir al nuevo precepto la particularidad de legislar sobre hechos pretéritos que el legislador no le ha reconocido, ni deseado". "16.- Que en suma sólo cabe concluir que al declarar la sentencia que las pensiones de retiro de los demandantes continúan reajustándose conforme a la norma del artículo 21 del D.F.L. Nº 209, de 1953, sin que para ello sean obstáculo los nuevos requisitos establecidos en la ley Nº 12.428, ha hecho una correcta aplicación del primer texto legal y no ha infringido el segundo dejándolo de aplicar porque no procede resolver el litigio de acuerdo con lo que él dispone". Lo establecido en los considerandos transcritos de la sentencia es igualmente válido para el caso del artículo 6º de la ley Nº 15.575, y lo será para lo dispuesto en el artículo 4º del proyecto en debate. Así lo ha establecido la Ilustrísima Corte de Apelaciones de esta capital al dictar sentencia, con fecha 2 de noviembre de 1965, en un juicio seguido en contra del Fisco por algunos pensionados. En esta sentencia, favorable a los demandantes, se hacen, entre otras, las consideraciones siguientes: "1°.- Que la forma verbal "se compruebe" demuestra también que el precepto legal motivo de la litis se aplica sólo a los que jubilen después de su vigencia, porque "se compruebe", subjuntivo, tiene según los gramáticos, Bello entre otros, significado de futuro y la ley sólo puede exigir comprobación futura a quienes después de su vigencia jubilen porque los ya jubilados nada tienen que comprobar, puesto que ya comprobaron sus años de servicios; "2°.- Que la interpretación rechazada adolece del defecto de significar la reapertura de un proceso administrativo concluso porque exige al jubilado que pretenda gozar del reajuste del artículo 6º de la ley 15.575 que compruebe, es decir, que reactive su expediente de jubilación para comprobar treinta años a lo menos de servicios, exigencia absurda, puesto que ningún jubilado podría comprobar después de la vigencia de la ley, sin reincorporarse, más que aquéllos con que se le otorgó el beneficio de la jubilación; y si la idea legislativa fue establecer la jubilación ya obtenida, de treinta años, como requisito para gozar del reajuste, era impertinente el uso de la fórmula "sólo cuando se compruebe", que denota una comprobación futura aplicable a quienes tramiten en lo futuro su jubilación y no a quienes ya la han obtenido; "3°.- Que siendo tan sencillo el hallazgo por el legislador de fórmulas idiomáticas, significativas del pensamiento que el Fisco le supone, por ejemplo: "sólo cuando hayan jubilado con treinta años a lo menos", o "sólo cuando a la vigencia de esta ley estén retirados", en vez de "solo cuando se comprueben treinta años de servicios", no puede admitirse que con esta frase haya querido significar aquella idea y no la que normalmente se expresa con ella de comprobación necesaria para obtener la jubilación en lo futuro, mirando el tiempo desde la vigencia de la ley hacia adelante; "4°.- Que si a todo esto se junta la práctica constante del legislador de legislar sólo para lo futuro siguiendo el mandato del Código Civil, sin menoscabar, o modificar situaciones establecidas, para evitar la inseguridad social y la zozobra económica, es evidente que, si el precepto legal comentado de la ley 15.575 hubiese tenido la intención precisa de incluir a los que estaban ya jubilados a la fecha de su vigencia, lo habría expresado claramente para significar que alteraba la norma sobredicha y legislaba aun para tales funcionarios; "5°.- Que, siendo el artículo 9º del Código Civil, un mandato que rige la aplicación en el tiempo de toda ley posterior, sólo un precepto expreso de ésta puede tener la virtud de alterar aquel principio legislativo, y en la duda, ha de regir en su plenitud la irretroactividad de la ley posterior; "6°.- Que, establecido por la ley 12.428 el derecho a reajuste de los funcionarios con veinte o más años de servicios en relación con los sueldos del personal en actividad, y habiendo jubilado los demandantes ajustándose a dicha ley, sólo en razón de un precepto claro pudo la ley 15.575 modificar los derechos ya obtenidos ; y, producida la duda, debe regir el principio indicado del Código Civil, de que esta ley no tiene efecto hacia el pretérito, es decir, no afecta a derechos ya adquiridos, derechos que, si consistieran, como lo dice el Fisco, sólo en gozar la pensión, y no en gozar de ella por un monto determinado o determinable, como lo pretenden los demandantes, no serían más que apariencia de derechos, porque el hecho a la pensión no satisface las necesidades, si el monto de ella puede reducirse indefinidamente por el sistema de la no reajustabilidad; "7°.- Que sostiene el Fisco que la ley 15.575 no está reglamentando hechos del pasado sino, precisamente, hechos futuros, es decir, los reajustes de quinquenios" ; pero el argumento es inatendible, porque, reconocido por la ley 12.428, a los que tenían veinte años, el derecho a todos los reajustes futuros, la ley posterior que exigiera treinta años para disfrutarlos abrogaría aquel derecho, tanto que, sin la nueva ley, el jubilado tendría, sin duda, el derecho a percibir los nuevos reajustes, y si la duda existe, es porque se pretende que la nueva ley no rige sólo para los que después de su vigencia jubilen, sino también para los que están jubilados en esa fecha; "8°.- Que lo dicho no significa que una ley posterior no pueda, si lo dice explícitamente, eliminar a los jubilados de un reajuste que establezca, salvo el posible conflicto entre la ley y la Constitución, sino que significa solamente que la ley retroactiva, que afecta a situaciones establecidas, ha de ser clara, terminante, categórica, y, de no serlo, deberá regir el principio civilista de la irretroactividad de la ley; "9°.- Que, finalmente, para medir las consecuencias prácticas de la interpretación de los demandantes y la del Fisco, es necesario traer al debate la situación de los funcionarios que, pudiendo permanecer diez años más en el servicio para disfrutar del reajuste total, no lo hicieron sólo porque la ley vigente al tiempo de su retiro les permitía obtenerlo con veinte años de servicios; funcionarios que, logrado el retiro, sin que les haya sido posible prever lo futuro, con renta reajustable en relación con el tiempo servido y con el sueldo en actividad, pierden intempestivamente el derecho que la ley les había conferido de asegurar su porvenir económico y se convierten en jubilados precarios; consideraciones que, aunque serían inaceptables si un precepto expreso les quitara o les mermara sus derechos, son dignas de meditación para interpretar una ley obscura y sólo aparente, aunque no claramente avasalladora de tales derechos". La sentencia aludida termina confirmando la sentencia de primera instancia que acoge la demanda contra el Fisco. En consecuencia, lo dispuesto en relación con el personal que se encuentra en las condiciones expuestas no se resuelve con lo establecido en los artículos 4º y 7º del informe de la Comisión de Defensa Nacional ni con el precepto agregado polla Comisión de Hacienda, ya que quienes gozan de pensión de retiro o montepío y tenían derecho a pensión "perseguidora" no pueden ser privados de sus derechos adquiridos. Y si bien es cierto que para quienes al momento del retiro hayan acreditado o acrediten valer treinta años de servicios válidos, se resuelve parcialmente el problema, no es menos verdadero que la cancelación de sus derechos se produciría en forma diferida en un período de casi cuatro años, con los consiguientes perjuicios de carácter económico. Además, quienes obtuvieron u obtengan el retiro o causen montepío con veinte años y menos de treinta de servicios y tienen derecho a pensión "perseguidora", serían privados de este beneficio que legal y constitucionalmente les pertenece. Esperamos que, en el segundo trámite constitucional de este proyecto, se haga justicia a quienes prestaron servicios en las Fuerzas Armadas y Carabineros y, desde luego, puedo asegurar que los Senadores socialistas no omitirán esfuerzo para lograrlo. Por el artículo 13 del proyecto el Presidente de la República solicita facultades extraordinarias para: 1) Establecer un régimen de remuneraciones del personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros de Chile aplicable desde el año 1967; 2) Modificar el Estatuto sobre Clasificación, Nombramientos, Ascensos y Calificación del personal de las Fuerzas Armadas; 3) Modificar el régimen de retiro y montepío del personal afecto a las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile; 4) Modificar el D.F.L. Nº 298, de 3 de marzo de 1960, que fijó las Plantas Permanentes de Oficiales y Empleados Civiles de las Fuerzas Armadas y de las Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional; y 5) Modificar y fijar la organización, las plantas y sueldos del personal de las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile. El Gobierno justifica esta delegación de facultades en precedentes anteriores; pero los Diputados socialistas debemos insistir en nuestra posición permanente en esta materia, o sea, somos contrarios a la delegación de facultades, con mayor razón cuando se trata de materias tan delicadas y complejas como las que contempla el artículo que comentamos; declaramos que no somos renuentes a pronunciarnos sobre proyectos concretos que revuelvan estos problemas, y, por consiguiente, votaremos en contra de este artículo. Los artículos 15, 16, 17, 18, 19 y 20 contemplan los recursos que se destinan para financiar el mayor gasto que significará la aprobación de este proyecto de ley. El artículo 15 establece mayores gravámenes para las tramitaciones relacionadas con la Ley de Reclutamiento. El artículo 16 establece un impuesto sobre las operaciones de crédito no reajustables otorgadas por los Bancos. El artículo 17 introduce diversas modificaciones a la ley Nº 12.120, sobre impuesto a las compraventas y otras convenciones. El artículo 19 aumenta la tasa que grava la internación de neumáticos de procedencia extranjera. El artículo 20 aumenta de 25% a 30% el impuesto que afecta a la cerveza fabricada en el país. En suma, el financiamiento de este proyecto se encuentra recargando o gravando nuevos artículos con impuestos indirectos; y, abordando en general esta materia, tenemos que expresar nuestra disconformidad, debido a que hace más regresiva nuestra política tributaria. Conveniente es analizar el rendimiento, estimado en moneda nacional para el año 1966, de los ingresos tributarios de la Ley de Presupuestos, proporcionados por el Servicio de Impuestos Internos. Con el propósito de economizar tiempo a la Honorable Cámara, ruego al señor Presidente recabar el asentimiento unánime de la Sala para insertar en la versión, en esta parte de mi discurso, el cuadro sobre rendimiento tributario, proporcionado por el Servicio de Impuestos Internos. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de insertar el cuadro a que se ha referido el Honorable Diputado. Acordado. El señor SILVA ULLOA.- Muchas gracias. -El cuadro que se acordó insertar es siguiente: "Rendimiento estimado en Moneda Nacional para 1966 de los ingresos tributarios de la ley de presupuesto, controlados por el Servicio de Impuestos Internos (1). Impuesto Año 1966 RENTA Ley de la Renta 1ª Categoría Bienes Raíces Agríc, y no Agrícolas 7.889,0 Capitales Mobiliarios . . . 8.675,0 Industria, Comercio, etc. . 110.214,0 Sociedades Anónimas . . . 106.280,0 Minería 4.304,0 Morosos 1ª Categoría. . . 25.000,0 2ª Categoría Sueldos, Salarios, etc. . . . 155.055,0 Profesiones Liberales . . . 12.446,0 Particip. Direct. Soc. Anón. 3.600,0 Morosos 2ª Categoría. . . 2.000,0 Global Complementario . . 200.000,0 Adicional 42.775,0 Ganancias de Capital y Lo tería 5.460,0 Subtotal 683.698,0 Renta Mínima Presunta. . 175.000,0 Gran Minería del Cobre (2) 506.896,5 Otros a la Renta 14.150,0 Subtotal 696.046,5 PROPIEDAD Bienes Raíces 232.000,0 Herencias y Donaciones. . 8.500,0 Otros Imp. a la Propiedad 19.230,0 Subtotal 259.730,0 TRANSACCIONES DE BIENES Compraventas ley Nº 12.120 Tasas Básicas 950.300,0 Bencina y otros Lubricantes 104.100,0 Comp. distinto ley 12.120 Regionales a la Bencina . . 7.308,0 Neumáticos 4.400,0 Comp. Bienes Inmuebles . . 35.500,0 Subtotal 1.101.608,0 PRODUCCION Alcoholes y Bebidas Alcohólicas Vinos, Alcoholes y Licores . 11.253,0 Cerveza 22.580,0 Tabacos 137.700,0 Otros Imp. a la Producción 156,0 Subtotal 171.689,0 SERVICIOS Cifra de Negocios 146.300,0 Espectáculos 9.495,0 Apuestas Mutuas 3.100,0 0,50% a/Monto Prést. Ban- carios 15.800,0 Otros Imp. a los Servicios 2.985,0 Timbres y Estampillas . . 207.482,0 Subtotal 385.162,0 IMPUESTOS VARIOS . . 3.705,0 INTERESES Y MULTAS . 30.815,0 Total general 3.332.453,5" El señor BALLESTEROS (Presidente).- Puede continuar el Honorable señor Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA.- Del análisis de este informe se deduce que los impuestos tienen el siguiente rendimiento: Escudos 1.- Renta 696.046,5 2.- -Propiedad 259.750,0 3.- Transacciones de bienes. 1.101.608,0 4.- Producción 171.689,0 5.- Servicios 385.162,0 6.- Impuestos varios 3.705,0 7.- Intereses y multas . . . 30.815,0 Total general 3.332.453,5 Considerando que sólo el 50% de los impuestos que gravan la propiedad son trasladables al usuario, tendríamos que, de los Eº 3.332.453,5 sólo poco más del 20% corresponde a impuestos directos, y casi el 80% del ingreso corresponde a impuestos indirectos. De aprobarse el financiamiento propuesto, tendremos un incremento importante en los impuestos que gravan los servicios y los consumos y, en consecuencia, ello constituirá un fuerte impacto inflacionista, cercano al 10%. Los efectos que producen gravámenes como el impuesto a la compraventa y los impuestos sobre producción y consumo, son muy diferentes de los que provocan los impuestos sobre los ingresos. El impacto inmediato de estos impuestos tiene una influencia directa sobre el precio de bienes y servicios, y constituyen una deducción de ingreso que percibe el consumidor, disminución que, como se ha dicho, puede estimarse en casi un 10%. En este aspecto, es interesante analizar lo que ocurre con los reajustes de remuneraciones contemplados en este proyecto y en el que ya fue despachado polla Honorable Cámara y que se encuentra actualmente en el Senado. Por el primero, se otorga un reajuste del 41,25%, pero, de acuerdo con la legislación vigente, los beneficiarios tendrán que imponer el primer mes de aumento de remuneraciones en la Caja de Previsión respectiva; en consecuencia, debido a que en años anteriores esta imposición no se había hecho, el porcentaje mencionado habría que rebajarlo en un 8,33%. Además, por efecto del financiamiento de este proyecto, se va a producir un impacto inflacionista del 10%, por lo cual el 41,25% de reajuste habría que rebajarlo, en total, en un 18%. En consecuencia, el reajuste real que percibirá el personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros, considerando la incidencia de los factores mencionados, será sólo ligeramente superior al 23%. Respecto de los sectores públicos y privado, el reajuste, de 25% para los que ganan menos de tres sueldos vitales y de 15% para los que excedan esa cantidad, considerando la imposición del 8,33% a las Cajas de Previsión que deban cotizar los semifiscales y particulares, se reduce a un 17%, término medio. Si a esto deducimos el 10% del impacto inflacionista que producirá el financiamiento del proyecto de las Fuerzas Armadas y Carabineros, conscientemente resulta que la política laboral fijada por el Gobierno dará a los trabajadores un reajuste ligeramente superior al 7% del valor adquisitivo al 1º de enero de 1965. Es necesario que la Cámara conozca estos antecedentes, a fin de que en el futuro corrija esta situación y dé a los trabajadores del sector público y privado incluidas las Fuerzas Armadas y Carabineros, un reajuste que sea compatible con el alza del costo de la vida y con las necesidades de los grupos familiares. El doctor Johnson, lexicógrafo inglés, definió el impuesto sobre el consumo como "un impuesto odioso que se fija sobre los productos". Compartimos este criterio, pero agregaríamos que es injusto e inconstitucional, toda vez que atenta contra la proporcionalidad de las cargas tributarias, establecida en la Constitución Política de Chile. Por eso es indispensable dedicar unos instantes a la modificación de la ley Nº 12.120 sobre impuesto a las compraventas, contenida en el artículo 17 del proyecto. Invariablemente, hemos sostenido que una verdadera reforma tributaria debe estar orientada, por las razones expuestas, a terminar con los impuestos indirectos que gravan los consumos buscando sanas fuentes de financiamiento para los gastos públicos. Sin embargo, conscientes de que estamos impedidos de alcanzar ese ideal, dijimos en la Comisión de Hacienda que aceptaríamos todas las modificaciones que impidieran la evasión de impuestos, asegurando una mejor percepción, y que no aceptaríamos aquéllas que gravaran artículos como la sal. Asimismo, somos contrarios al aumento de los impuestos vigentes al petróleo, a los neumáticos, etcétera. Finalmente, nos opusimos a la modificación que obliga a extender boletas por ventas equivalentes al medio por ciento del sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, en circunstancias que la ley vigente exime de esta obligación a las ventas equivalentes al 1%. Nuestra oposición al financiamiento del proyecto, en cuyo estudio participamos ampliamente, ha sido constructiva, porque junto con rechazarlo propusimos, en sustitución, las indicaciones necesarias, declaradas improcedentes, para financiarlo con los mayores ingresos que, sin perjuicio de los artículos 26, 27, 28 y 33, producirá en 1966 la ley Nº 11.828. Nosotros sabemos que, debido al alza del precio del cobre y al aumento de producción que habrá en el año 1966, se producirá un mayor ingreso por este capítulo. Ese era el camino para financiar los reajustes sin gravar a los consumidores en la forma cruel en que se hace mediante las disposiciones del proyecto en debate. En general, abordamos los aspectos más importantes de este proyecto, dando las razones que justifican nuestra votación. Si tuviéramos la facultad de aumentar las remuneraciones de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, seríamos los primeros en hacer verdadera justicia, pero impedidos constitucionalmente, como lo estamos, ni siquiera podemos resolver la injusticia que se comete con el personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros de Chile. Por eso, solicito que se remita a Su Excelencia el Presidente de la República, una indicación que presentáramos con tal propósito, con el objeto de que tenga a bien patrocinarla. Finalmente, por razones obvias, no ha sido posible solucionar el problema del personal en retiro y de las montepiadas; tampoco hemos logrado dar financiamiento adecuado al Fondo de Revalorización; sin embargo, seguiremos luchando por estas metas, a fin de entregar al personal activo y pasivo de las Fuerzas Armadas y Carabineros una remuneración justa. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de recabar de Su Excelencia el Presidente de la República el patrocinio constitucional para la indicación a que se acaba de referir el Honorable señor Silva Ulloa. . . El señor SILVA ULLOA.- Para todas nuestras indicaciones declaradas improcedentes. El señor BALLESTEROS (Presidente).- ...y para todas las indicaciones improcedentes a que se ha referido el Honorable Diputado. El señor FERNANDEZ.- No, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- No hay acuerdo. El señor FIERRO.- Que conste que un Diputado democratacristiano se opuso al envío del oficio. El señor ISLA.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante. El señor ISLA.- Señor Presidente, lamentablemente no escuché todas las observaciones formuladas por el Honorable señor Silva Ulloa, pero en general se relacionan con las aspiraciones de lo que debió haberse resuelto con este proyecto. La verdad es que como informante de la Comisión de Defensa, tal como lo hizo mi Honorable colega señor Eduardo Cerda, Diputado informante de la Comisión de Hacienda, reiteradamente expliqué que este proyecto no era una panacea. No podría serlo, porque los muchos Ministros de Defensa Nacional y los muchos partidos que ha habido en todos los Gobierno, han ido creando una legislación que, indudablemente, hoy resulta injusta y falta de equidad para las personas que trabajan en el Ejército, en especial de los jubilados y de los a trato, y en general de los en servicio activo. Y este Gobierno, al enfrentarse con este complejo problema, no resuelto por gobiernos anteriores, ha presentado una iniciativa tendiente a remediar, en la medida de las posibilidades del erario, la situación del personal activo de los institutos armados, de Carabineros y de algunos sectores, naturalmente reducidos, porque no podía ser de otra manera, de los pensionados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, que, indudablemente, están en una situación de injusticia. No ha sido posible resolver en su integridad el problema. El Gobierno ya lo ha dicho, y el señor Ministro ya lo explicó en la sesión anterior, al manifestar que la iniciativa en debate no correspondía sólo a un reajuste, sino a un ordenamiento del régimen legal que rige a las Fuerzas Armadas y a Carabineros. Por eso se dan facultades al Presidente de la República para que, justamente, resuelva el problema de los personales en servicio activo y de los ex servidores de los institutos armados. Al formular estas observaciones, que ya hicimos en nuestro informe, mi ánimo es dejar en claro, para la historia de la ley, que este Gobierno no es responsable de esta situación de hecho. Por el momento el Gobierno no está en condiciones de resolver todos los problemas que otras Administraciones le han dejado como una pesada herencia de casi 150 años. Pero como por algo se empieza, este proyecto significa hacer justicia a sectores que antes fueron postergados y conceder facultades especiales al Presidente de la República para que una vez ordena-do el régimen legal de los institutos armados, se continúe legislando en favor de ios que ahora no son beneficiados con esta iniciativa. Nada más. El señor FUENTES (don Samuel).- Pido la palabra, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Samuel Fuentes. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, en relación con el artículo 2º, no puedo dejar pasar inadvertidas las observaciones formuladas por el Honorable señor Isla, Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional, que ha repetido lo que rebatimos con ocasión del trámite de la discusión general, cuando se culpaba a los Gobiernos pasados de los problemas que se han creado en materia económica a la clase asalariada. Eso no es efectivo. A cada Gobierno corresponde su participación. Cada vez que se han discutido leyes en beneficio de las Fuerzas Armadas y Carabineros, han estado presenta en las Comisiones los representantes de las distintas ramas de la Defensa Nacional y de Carabineros, tal como lo estuvieron ahora para la discusión de este proyecto. Mientras haya alza del costo de la vida, siempre habrá problemas de los asalariados, jubilados y montepiadas. El 20 de mayo se publicó la ley Nº 16.258, que creó la Comisión Revaloriza-dora de Pensiones de la Defensa Nacional. Con ello se pensó solucionar este problema. La verdad es que en materia de jubilaciones y montepíos, como de salarios, siempre hay acuerdo en todos los sectores políticos. Pero ¿en qué se discrepa? En los porcentajes que se otorgan como retribución por el alza del costo de la vida. Antes eran nuestros Honorables colegas de la Democracia Cristiana los que discrepaban de los que participábamos en el Gobierno. Ahora somos nosotros, con la diferencia de que fundamentamos y comprobamos los hechos. Se creyó que la ley Nº 16.258, que acabo de recordar era perfecta, sobre todo porque se le dio financiamiento. ¿Pero qué ocurrió? Que debido a que no era perfecta ni completa, desde el momento que hubo alza del costo de la vida, hay que entregar, como lo dispone el artículo 7º del proyecto en debate, a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional la suma de 39 millones de escudos para suplementar el Fondo' de Revalorización de Pensiones, como consecuencia de que está desfinanciado por la nueva alza del costo de la vida. Igual cosa ocurre con el Fondo de la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile, que deberá ser suplementado en 16 millones 250 mil escudos, para revalorizar los beneficios de los jubilados y monte-piadas que, como consecuencia del alza del costo de la vida, han perdido el poder adquisitivo de sus pensiones. Este es el problema. No es cuestión de desidia de los Gobiernos pasados ni que se haya olvidado a los asalariados, a las Fuerzas Armadas, a los jubilados y pensionados. Como lo señalamos y lo han repetido otros Honorables colegas, y lo acaba de decir el Honorable señor Silva Ulloa, el propósito de los parlamentarios de Oposición era dar un mejor financiamiento al proyecto. Lamentablemente la Comisión de Hacienda declaró improcedentes las indicaciones presentadas, incluso una referente al artículo 3º, para la cual pido se dirija oficio al Supremo Gobierno, si es que el señor Ministro de Defensa Nacional no nos trae la solución, a fin de que la bonificación de permanencia en el cargo, no sea inferior en ningún caso a Eº 100 mensuales. Ojalá que el señor Ministro de Defensa Nacional, presente en la Sala, ayer legislador como nosotros, acoja esta petición, a fin de que ningún miembro de las Fuerzas Armadas goce de una bonificación de permanencia inferior a Eº 100 mensuales. He preferido aclarar estas cosas para que no quede flotando en el ambiente lo dicho por el Honorable señor Isla, de que ha habido irresponsabilidad de anteriores gobiernos y que el actual ha recibido un fardo de problemas. Estos se presentan y se presentarán si no se establece una verdadera congelación de los precios, a fin de impedir el alza de! costo de la vida. Así se lo planteamos al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción durante la discusión del proyecto de reajuste de las remuneraciones de los sectores público y privado, pero nuestros Honorables colegas democratacristianos se opusieron a la aprobación de una disposición de esta naturaleza. En ese proyecto autorizamos un alza de precios de un 13%, y, respecto de muchos artículos de primera necesidad, el aumento será del 50% al 60%. Pues bien, de acuerdo con el criterio del Honorable señor Isla, habrá que responsabilizar al actual Gobierno por haber autorizado el alza del costo de la vida, cuando haya que reajustar nuevamente los sueldos y salarios. Señor Presidente, el señor Ministro de Defensa Nacional me había pedido denantes una interrupción. Ruego al señor Ministro perdonarme por no habérsela otorgado oportunamente. Ahora se la concedo, con todo agrado. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Ministro. El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- Muchas gracias, Honorable Diputado. Señor Presidente, deseo aclarar un planteamiento hecho por el Honorable señor Samuel Fuentes. El manifestó que por el artículo 7º de este proyecto el Fisco otorgaba recursos a las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile para financiar el Fondo Revalorizador de Pensiones. En realidad, la situación no es ésa. El Fondo Revalorizador de Pensiones, creado por la ley a que hizo referencia el Honorable Diputado, está financiado con recursos contemplados en ella misma. Los 39 millones de escudos que el artículo 7? asigna a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional no están destinados a suplementar dicho Fondo, sino a pagar los reajustes de las pensiones de los jubilados y montepiadas que no están afectos al régimen del Fon- do de Revalorización de Pensiones, o sea, al personal jubilado con más de 20 años de servicios, que está sujeto a la llamada "perseguidora". Como digo, este proyecto de ley no concede nuevos recursos al Fondo de Revalorización de Pensiones. Esto es lo que quería aclararle al Honorable señor Samuel Fuentes, a quien agradezco la interrupción que me ha concedido. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Puede continuar el Honorable señor Samuel Fuentes. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, justamente el señor Ministro de Defensa Nacional me ha dado la razón. La Ley de Revalorización de Pensiones de la Defensa Nacional no es perfecta, porque no contempla los recursos necesarios para mejorar las rentas de los pensionados y montepiadas. Por eso, es indispensable entregarle tales recursos. He hecho esta acotación únicamente para probar que las leyes que nosotros aprobamos son imperfectas, porque, a pesar de que cada uno de los señores parlamentarios y de los señores Ministros de Estado, aportan toda su capacidad y conocimientos para legislar en la mejor forma posible, con el transcurso del tiempo se presentan problemas a los cuales hay que dar nuevas soluciones. Concretamente, como consecuencia del alza del costo de la vida hay que revalorizar y mejorar las pensiones. Ninguna ley es perfecta. Por eso, no se puede hacer responsable así, con tanta ligereza, a los gobiernos anteriores. No, señor Presidente. Nosotros podríamos hacer responsables, en este momento, a una mayoría parlamentaria que se ha negado, enfática y hasta porfiadamente, a darles solución a los problemas sociales y económicos de diversos sectores de trabajadores. Por ejemplo, Su Excelencia el Presidente de la República, cuando era candidato, prometió, de muy buena fe, que los obreros afiliados al Servicio de Seguro Social, iban a tener, durante su Gobierno, la oportunidad de jubilar a los 60 años de edad. Lo mismo hicieron Sus Señorías en las tribunas de los cuatro puntos cardinales del país, durante la última campaña parlamentaria. Sin embargo, en el proyecto de la que posteriormente fue la ley Nº 16.250, presentado por el Gobierno anterior, el Senado y la Cámara habían aprobado una disposición que concedía el beneficio de la jubilación a los obreros, a los 60 años de edad; pero el actual Gobierno vetó ese precepto. En el proyecto de reajuste, quisimos establecer este mismo beneficio y propusimos el debido financiamiento; pero la mayoría de esta Cámara rechazó nuestra indicación, porque según Sus Señorías "ya viene el proyecto que va a arreglar el problema de los jubilados del Servicio de Seguro Social". La verdad es que esa iniciativa todavía no llega al Congreso. No sé al viene en carreta o en tren. Si viene en tren, a lo mejor éste se ha desrielado. También hemos planteado. . . El señor MUGA.- Su Señoría tiene mala impresión de los Ferrocarriles. El señor FUENTES (clon Samuel).- . . .el mejoramiento de la asignación familiar que perciben los empleados públicos Del mismo modo, propusimos el financiamiento necesario, a fin de nivelar ese beneficio con el que se otorga a los empleados particulares. ¿Cuál fue la respuesta de nuestros Honorables colegas de la Democracia Cristiana? Rechazaron esa indicación. Sin embargo, ésa había sido otra de sus promesas cuando eran candidatos. Por lo menos, puedo decir que el Honorable señor Renán Fuentealba y mi estimado amigo señor Ferrando, así como los cinco candidatos a Diputados de la Democracia Cristiana por la provincia de Cautín, en todas las tribunas anunciaron. . . El señor LORCA (don Alfredo).- ¿ Cuántos Diputados sacó la Democracia Cristiana en esa provincia? El señor FUENTES (don Samuel).- . . .proyectos para mejorar las pensiones, las asignaciones y todos los beneficios previsionales. Eligieron cinco Diputados, señor Presidente, pero no fue como consecuencia de sus virtudes, sino que del dinero que se derrochó en la provincia de Cautín. Lo mismo se está haciendo ahora en Valparaíso, para ganar la próxima elección complementaria. Es así como la Democracia Cristiana ganó la elección pasada en la provincia de Cautín. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Honorable señor Diputado, advierto a Su Señoría que no estamos en la Hora de Incidentes, razón por la cual le ruego que se refiera a la materia en debate. El señor FUENTES (don Samuel).- A mí me pide que me refiera a la materia en debate. En cambio, al Honorable señor Silva Ulloa le permitió que analizara hasta el artículo 20 del proyecto. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor BALLESTEROS (Presidente).- La Mesa quiere manifestar que los señores Diputados se pueden referir a cualquiera disposición del proyecto, pero no a materias extrañas a él. El señor FUENTES (don Samuel).- Estoy aludiendo al artículo 2º. Al respecto, pido al señor Presidente que recabe el asentimiento de la Sala con el objeto de enviar un oficio al Presidente de la República, a fin de que la bonificación de permanencia mínima sea de Eº 100 tanto para los oficiales como para el resto del personal de las Fuerzas Armadas. Me ha pedido una interrupción el Honorable señor Morales, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara, a fin de enviar el oficio a que se ha referido el Honorable Diputado. Acordado. Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Morales, don Carlos. El señor MORALES (don Carlos).- Señor Presidente, deseo recalcar, brevemente, algunos conceptos emitidos por el Honorable señor Fuentes al refutar, en forma muy fundada, los planteamientos del Honorable señor Isla. Mi intervención tiende, especialmente, a dejar en evidencia que de las palabras pronunciadas por el señor Ministro de Defensa Nacional se desprende que estaría perfectamente financiada la ley que creó el Fondo de Revalorización de Pensiones para la Defensa Nacional. Más aún, en el artículo 5º de la ley Nº 16.258 se establece que la pensión revalorizada no podrá ser inferior al 75% de la que correspondería a un similar en servicio activo, de igual grado y con el mismo número de servicios. Esta ley, que nosotros apoyamos y elogiamos, porque fue justo el planteamiento que hizo el Gobierno, aparece en contradicción con la actual posición del Gobierno del señor Frei y de la Democracia Cristiana. Tal como lo ha dicho mi Honorable colega señor Fuentes, en la Comisión planteamos una indicación tendiente a establecer también un sistema justo de revalorización para pensionados del sector civil. Ella consistía en entregarle 30.000.000 de escudos al Fondo de Revalorización de Pensiones. La presentamos, porque el propio señor Ministro de Hacienda, en el debate sobre esta materia, y consultado al respecto, manifestó que en este año 1966, las pensiones revalorizadas del sector civil serían inferiores a las del año pasado. De modo que así como el Gobierno ha estimado justo establecer un sistema que beneficia a los sectores de pensionados y montepiadas de la Defensa Nacional, él debe aplicarse también respecto a esos servidores. En seguida, deseo hacer una breve consulta al señor Diputado informante. En el Nº 35, que figura en la página 23 del informe, se establece que el artículo 24 pasa a ser artículo 34 con las siguientes modificaciones: "a) En el inciso primero reemplácense las expresiones "comerciantes e industriales" por "contribuyentes" y "doscientos pesos" por "un medio por ciento de un sueldo vital mensual escala A del departamento de Santiago". Nosotros discrepamos del financiamiento del proyecto, y así lo han manifestado en sus intervenciones algunos Honorables colegas del Partido Radical. Pero, concretamente, respecto a esta enmienda, nos ha llegado a todos los Diputados una petición de la Cámara de Comercio Minorista de Chile, que tengo en mi mano, firmada por los dirigentes señores José Muñoz y Jorge Neghme. En ella nos solicitaron que rechacemos dicha enmienda y que mantengamos lo dispuesto en el artículo 102 de la ley Nº 16.250, que establece un 1% del sueldo vital mensual escala A) del departamento de Santiago como mínimo exigible para extender boletas de compraventa. Ruego al Honorable Diputado informante que nos explique las razones por las cuales tanto la Comisión de Hacienda como la de Defensa Nacional, han retrocedido en una materia que ya resolvimos anteriormente en esa ley, de acuerdo con los intereses y la conciencia de los comerciantes minoristas. Esa ley fue patrocinada incluso, en gran medida, por muchos de los actuales Diputados de Gobierno. En consecuencia, ruego a la Mesa que se sirva solicitar al señor Diputado informante que, en lo posible, absuelva esta consulta. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Con la venia del Honorable señor Fuentes, tiene la palabra el señor Diputado informante. El señor ISLA.- Señor Presidente, esta enmienda fue introducida en la Comisión de Hacienda, cuyo Diputado informante es el Honorable señor Cerda. Por lo demás, no participo del criterio de Su Señoría de volver a la discusión particular de las letras o números de esta engorrosa legislación relativa al impuesto a las compraventas. En todo caso, no estoy en condiciones de informar sobre esta materia. Creo que podría hacerlo el señor Ministro o el Honorable Diputado informante de la Comisión de Hacienda. Pero en cambio, sí me gustaría, con la venia de Su Señoría, hacer un alcance al Honorable señor Samuel Fuentes. Naturalmente, yo comprendo que el Honorable Diputado tiene que hacer la defensa de gobiernos anteriores; pero contrariamente a lo que él ha sostenido, yo insisto en que el proyecto en debate rectifica errores e injusticias que se han presentado y que el Gobierno actual tiene la obligación de reparar. Justamente, el artículo 8º es un ejemplo típico de esto. Esta norma establece que será de cargo fiscal el aporte para el pago de la bonificación que tiene que hacerse en virtud de la Ley de Revalorización de Pensiones, como se hacía antes, a los imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y Caja de Previsión de los Carabineros de Chile. Con tal objeto, destina la cantidad de Eº 4.800.000, a fin de reparar los defectos de la legislación anterior. El artículo 8º, como he dicho, dispone que el aporte señalado será de cargo fiscal a partir del 1º de enero de 1966, y cita lo establecido en el artículo 17 de la ley Nº 16.258, que dice que será aplicable a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y a sus imponentes lo dispuesto en el artículo 19 de la ley Nº 15.386, de Revalorización de Pensiones. Este cuerpo legal estableció una bonificación para los imponentes que cumplían con los requisitos para tener derecho a pensión con sueldo base íntegro. Yo he dicho que este proyecto repara viejos vicios provenientes de la legislación anterior, y en este sentido constituye un ordenamiento jurídico. En mi concepto, este artículo es una prueba clara de lo que he sostenido. Sólo para no alargar el debate no me referiré a otras disposiciones sustantivas que en la medida de lo posible, porque -repito- esta iniciativa no es una panacea, satisfacen las aspiraciones de los pensionados. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Puede continuar el Honorable señor Carlos Morales. El señor MORALES (don Carlos).- Señor Presidente, termino expresando que los Diputados radicales apoyaremos el artículo 2º y hacemos nuestra la petición de oficio formulada por el Honorable colega señor Samuel Fuentes, tendiente a establecer la cantidad mínima de cien escudos por concepto de bonificación de permanencia. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Puede continuar el Honorable señor Fuentes. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, quiero decirle al Honorable colega señor Isla que la ley Nº 16.258 fue dictada por el Presidente de la República señor Eduardo Frei. El señor MORALES (don Carlos).- Así es. El señor FUENTES (don Samuel).- Su artículo 17 sólo hace una referencia a la Nº 15.386. Esta ley, seguramente, no la dejamos perfecta nosotros. El Honorable colega señor Isla no tiene la culpa. El no estaba aquí en ese tiempo. Si no, no habríamos cometido este error. El artículo 8º, que él ha señalado como ejemplo, no constituye sino una demostración de los errores que hemos estado cometiendo los legisladores conjuntamente con el Gobierno. La Ley Nº 16.258 la patrocinó el señor Frei, porque creyó, como creímos nosotros, que era buena. No era tan buena. La prueba es que hay que suplementaria en 4 millones 800 mil escudos. El señor ISLA.- Pido la palabra. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante; a continuación, queda inscrito el Honorable señor Silva Ulloa. El señor ISLA.- Señor Presidente, sólo quiero decirle al Honorable colega señor Fuentes que, por lo menos este Gobierno tiene conciencia de sus errores y los repara con oportunidad. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, me voy a referir a la indicación que hemos presentado para suprimir, en el artículo 2º, la frase "mientras se encuentre en servicio". Como recordará la Honorable Cámara, en la sesión pasada, en una interrupción que solicité del señor Ministro de Defensa Nacional, expresé mis dudas sobre la situación en que quedará el personal que jubile posteriormente, en cuanto al pago de la bonificación de permanencia. El señor Ministro contestó que el personal que jubile con posterioridad y que tenga treinta años válidos para el retiro, gozará de esta bonificación. Para hacer concordante lo expresado por el señor Ministro con el espíritu que, según él, tiene el artículo 49, es forzoso suprimir la frase citada, porque, en caso contrario, el artículo 2º determinará expresamente que, para disfrutar de esta bonificación, hay que estar en servicio. Esa es la razón de la indicación que hemos formulado. Nada más. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- ¿Me permite, señor Presidente? El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito la venia de la Sala a fin de conceder la palabra al señor Ministro. Acordado. Tiene la palabra el señor Ministro. El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- Señor Presidente, deseo referirme a lo que acaba de manifestar el Honorable señor Silva Ulloa. En realidad, no es necesario eliminar la expresión "mientras se encuentre en servicio". El personal que gozará de la bonificación de permanencia será el que está en servicio. Sólo el que haya acreditado o acredite treinta años válidos para el retiro podrá ir incorporándola a su pensión, en la forma establecida en el artículo 4º. Esto quiere decir que, en 1969, este personal percibirá íntegramente esta bonificación. No guarda ninguna concordancia una cosa con la otra. El artículo 2º establece que la bonificación de permanencia se pagará íntegramente al personal en servicio, desde la promulgación de la ley. El 4º fija las normas para que el personal en retiro la valla incorporando a su pensión. Las dudas que ha planteado el Honorable señor Silva Ulloa quedan aclaradas con la modificación propuesta por la Comisión de Hacienda, la cual deja perfectamente establecido que el personal que jubile y acredite treinta años válidos para el retiro incorporará totalmente la bonificación de permanencia a su pensión, a contar de 1969. Esta norma rige tanto para las personas que ya están acogidas a retiro como para las que lo hagan con posterioridad a la promulgación de la ley. Creo que la situación está perfectamente clara. Si se borrara la frase "mientras se encuentre en servicio", se haría inmediata y automáticamente exigible la bonificación de permanencia para el personal en retiro, lo que no se ha pensado establecer en este proyecto. El artículo 2º concede la bonificación al personal en servicio. El 4º fija normas para que el personal en retiro vaya incorporándola en el futuro a su pensión. Es lo que deseaba aclarar. El señor AGURTO.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de conceder la palabra al Honorable señor Agurto. Acordado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor AGURTO.- Señor Presidente, deseo consultar al señor Ministro en qué situación quedará el personal a jornal de nuestras Fuerzas Armadas porque, de acuerdo con el artículo 2º, no percibirá la bonificación de permanencia. Nosotros formulamos una indicación con el objeto de concederle este beneficio. Pero, en uso de sus atribuciones, la Mesa la ha declarado improcedente. El personal a jornal siempre ha gozado de un trato similar al del resto de nuestras Fuerzas Armadas. Incluso fue imponente de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y también ha estado disfrutando de quinquenios. Muchas gracias. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Con la venia de la Sala, puede hacer uso de la palabra el señor Ministro de Defensa Nacional. El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- Señor Presidente, la situación del personal a jornal de la Defensa Nacional está resuelta en el artículo 5º, que reajusta sus salarios en un 25%, sin establecer ninguna discriminación. Comprenderán los señores Diputados que, por su mismo carácter, la bonificación de permanencia que se da al personal de las Fuerzas Armadas no se aviene con el régimen del personal a jornal. El señor CANCINO.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de conceder la palabra al Honorable señor Cancino. Varios señores DIPUTADOS.- No, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- No hay acuerdo. Está cerrado el debate. Se va a leer la indicación formulada respecto del artículo El señor CAÑAS (Secretario).- Es una indicación de los señores Silva Ulloa, Aguilera, Olave y Acevedo, y de la señora Allende, para suprimir la frase "mientras se encuentre en servicio". El señor BALLESTEROS (Presidente).- En votación el artículo 2º con la indicación. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 26 votos. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Rechazado el artículo con la indicación. Si le parece a la Sala, se aprobará en su forma original. Aprobado. Como lo advirtió oportunamente la Mesa, el artículo 3º se encuentra aprobado reglamentariamente. Se van a leer las indicaciones formuladas respecto del artículo 4º. El señor CAÑAS (Secretario).- Aparte de las formuladas por la Comisión de Hacienda, que figuran en su informe, se han presentado, respecto de este artículo, las siguientes indicaciones: De los señores Silva Ulloa, Acevedo, Aguilera y Olave, y de los señores Maluenda y Allende, para reemplazarlo por el siguiente: "El personal jubilado de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, como, asimismo, los que disfrutan de montepío, gozarán de la bonificación a que se refieren los artículos 2º y 3º de esta ley. "La bonificación de permanencia se incorporará a las pensiones de retiro y/o montepío durante los años 1967, 1968 y 1969, con un 33% por cada año, hasta completar la totalidad de ella". De los señores Agurto, Valente, Pontigo, Acevedo y Montes, para agregar el siguiente inciso: "De este beneficio también gozará el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros que haya jubilado cumpliendo los requisitos señalados en el inciso anterior". El señor BALLESTEROS (Presidente).- En discusión el artículo 4º. El señor MORALES (don Carlos).- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MORALES (don Carlos).- Señor Presidente, los Diputados radicales votaremos en contra del artículo 4º, en la forma en que lo ha despachado la Comisión de Defensa Nacional. En cambio, le prestaremos nuestra aprobación con las tres modificaciones propuestas por la Comisión de Hacienda, que mejoran su texto. La primera enmienda reemplaza las palabras "o que acredite" por "o haya acreditado". La segunda agrega, después de "pensión de retiro", las palabras "o montepío". Esto deja en claro que el beneficio concedido por esta disposición alcanzará también a las personas que reciben montepío. La tercera establece que la bonificación de permanencia se incorporará a la pensión en un 33% en cada uno de los dos primeros años y en un 34% en el tercero. Creemos estar en lo justo, porque los dirigentes de la Confederación de Montepiadas de la Defensa Nacional nos han solicitado que aprobemos el artículo con las modificaciones propuestas por la Comisión de Hacienda. Nada más. El señor AGURTO.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor AGURTO.- Señor Presidente, nosotros hemos formulado una indicación respecto de este artículo, basados en que, en cierta forma, él se refiere al régimen quinquenal del personal de nuestras Fuerzas Armadas. En la sesión del jueves pasado, tanto el señor Ministro de Defensa Nacional como el Honorable señor Isla, Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional, reconocieron en cierto modo que este proyecto no soluciona en un ciento por ciento las necesidades y aspiraciones del personal en retiro de las Fuerzas Armadas y Carabineros. Tal vez sea útil recordar en esta ocasión que, desde la dictación del decreto con fuerza de ley Nº 209, de 21 de julio de 1953, el personal retirado, especialmente, ha venido siendo víctima de un tratamiento que no se compadece con el principio de igualar las pensiones de jubilación al sueldo de actividad, como lo han hecho presente también otros Honorables colegas. En esta oportunidad, deseo recordar que el artículo 17 del decreto con fuerza de ley Nº 209 dio derecho a pensión de retiro al personal que acreditara, a lo menos, 10 años de servicio en alguna institución de nuestras Fuerzas Armadas. El artículo 21 dispuso que las pensiones del personal en retiro se determinarían sobre la base del sueldo de actividad; sin embargo, no fijó el tope de los años de servicio que se precisaban para obtener este beneficio. Posteriormente, la ley Nº 12.428, de enero de 1957, modificó el inciso segundo del artículo 21 del decreto con fuerza de ley Nº 209, y estableció que la pensión de retiro se reajustaría en relación con el sueldo de actividad para aquel personal que hubiera cumplido 20 años o más de servicios computables para el retiro. Es decir, esta modificación asignó sueldo de actividad sólo a quienes hubieran trabajado más de 20 años. Por otra parte, el artículo 1º de esta misma ley Nº 12.428, restableció, a contar desde el 1º de enero de 1957 los quinquenios para el personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional y de Carabineros en una forma muy curiosa. Fijó determinados porcentajes, pero luego indicó también que deberían ser rebajados. En el hecho -y para poner un ejemplo muy gráfico- la ley dijo: "Se aumentará 200 escudos", pero, a continuación, agregó: "Estos 200 escudos se rebajarán de acuerdo con la siguiente escala: 20% en los primeros 5 años; 30,5% con 10 años; 41% con 15 años; 51,5%; con 20 años; 62% con 25 años; 72,5% con 30 años; 83% con 35 años; y 93,5% con 40 años". Así quedó la situación para el personal en servicio activo. Al personal retirado se le rebajaron también sus pensiones en esta misma escala de quinquenios en diferentes porcentajes. Así, con 5 años de servicios solamente percibirán un 5%; con 10 años de servicios, el 7,2%; con 15 años, un 20,5%; con 20 años, el 41,2%; y con 25 años, el 62%. Con más de 5 quinquenios tienen los mismos derechos del personal en servicio activo. Luego, la ley Nº 14.603, de 1961, eliminó esta disminución que se había fijado en el monto de las pensiones y sueldos para el personal en retiro y en servicio activo. Me he permitido citar esta escala de porcentajes de quinquenios que rige para las Fuerzas Armadas, con el objeto de establecer cuán justo sería que esta indicación formulada al artículo 4º fuera acogida por el Supremo Gobierno, aunque signifique, como ya se ha dicho aquí, un mayor gasto. El señor Ministro de Defensa Nacional manifestó la semana pasada que, en realidad, él estaba consciente de que una gran cantidad de personal retirado después de 20 ó 25 años de servicios en nuestras Fuerzas Armadas percibía aumentos quinquenales inferiores a los correspondientes a servicio activo. Para remediar esta situación, hemos presentado la indicación a que nos hemos referido. Insistimos en que es urgente enviar oficio al Supremo Gobierno a fin de que se repare esta verdadera injusticia que afecta a este personal retirado después de 20 ó 25 años de servicios. Nada más, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para enviar el oficio mencionado, en nombre de la Corporación. Acordado. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, la indicación que hemos formula- do para reemplazar el artículo 5º tiende a resolver integralmente el problema, porque éste precepto con las modificaciones introducidas por la Comisión de Hacienda exige dos requisitos para que el personal en retiro tenga derecho a incorporar en su pensión, durante los años 1967, 1968 y 1969, la bonificación de permanencia. El primero consiste en tener derecho a pensión íntegra, o sea, haber sido dado de baja en las Fuerzas Armadas por invalidez causada en el servicio, y la segunda exigencia es acreditar 30 años válidos para el retiro. En consecuencia, muchos funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Carabineros que se retiraron con más de veinte y con menos de treinta años de servicios quedarían al margen de este beneficio. Por ello hemos propuesto este artículo, que es claro y pretende solucionar un problema que los Tribunales de Justicia están resolviendo en favor de los demandantes, como informé, al iniciarse esta sesión. Estimamos que al existir jurisprudencia sobre la materia, sería un error insistir en mantener determinadas disposiciones legales acerca de las cuales los afectados tienen legítimo derecho a reclamar ante los Tribunales, y el Parlamento, a mi juicio, tiene el deber de resolver este problema en forma inmediata. Por eso, hemos presentado indicación para sustituir el artículo y dar la posibilidad de que la incorporación de la bonificación de permanencia se haga en forma diferida durante los años 1967, 1968 y 1969 para el personal en retiro que tendría derecho también a la pensión "perseguidora". El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- Pido la palabra, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- Señor Presidente, quisiera hacerme cargo de ciertas observaciones formuladas por algunos señores Diputados. En realidad, la indicación a que se referido el Honorable señor Silva Ulloa representa un mayor gasto de importancia y quiebra el objeto perseguido por este proyecto de ley, que me permití explicar en forma general, en una sesión pasada de la Honorable Cámara. El objetivo del Gobierno es que el personal que acredite treinta años válidos para el retiro pueda incorporar esta bonificación de permanencia a su pensión, en forma tal que desde 1969 pueda percibirla plenamente. De esta manera el Ejecutivo pretende conseguir una mayor estabilidad en las filas y no premiar a personas que se retiraron prematuramente del servicio. Expresé que el Gobierno había propuesto soluciones para remediar criterios discriminatorios e injustos respecto de algunos ex miembros de las Fuerzas Armadas y Carabineros. A quienes se habían retirado con más de 10 y hasta 20 años de servicios la ley que creó la Comisión Revalorizadora de Pensiones de la Defensa Nacional dio derecho a percibir, en la práctica, una pensión "perseguidora" reducida, porque obligaba al Estado a pagar un monto no inferior al 75% de la que correspondería a un similar en servicio activo del mismo grado y número de años de servicios. En el hecho, al establecerse un tope mínimo del 75% de lo que correspondería a un similar en actividad, esa pensión está siendo reajustada permanentemente sobre esa base. En segundo lugar, a las personas que tienen más de 20 años y hasta 25 años de servicio, también el Ejecutivo hizo justicia, ya que habían sido muy injustamente tratadas. Como expresé en la sesión del jueves pasado, gran parte de los jubilados que se retiraron con más de 20 años de servicios no tenían derecho a lo que se denomina la pensión "perseguidora", porque habían jubilado con anterioridad al 5 de agosto de 1953. A través de la ley sobre revalorización de pensiones de la Defensa Nacional, el Ejecutivo propuso terminar con esas diferencias, y se concedió el derecho de gozar de la "perseguidora" a las personas que se retiran con más de veinte años de servicio. Finalmente, por este proyecto, se autoriza a los que acrediten treinta años de servicios válidos para el retiro a incorporar a su pensión esta bonificación de permanencia. En primer lugar, quisiera aclarar que la situación judicial a que se ha referido el Honorable señor Silva Ulloa no guarda ninguna relación con este artículo, porque la bonificación de permanencia no tiene carácter de sueldo. Así está expresamente establecido en el artículo 2º de este proyecto de ley; por lo tanto, no podría ser reclamada por ningún pensionado de la Defensa Nacional. En segundo término, si el Ejecutivo propuso, en este proyecto de ley, esta bonificación de permanencia, fue para premiar a aquéllos que permanecen en servicio hasta completar treinta años válidos para el retiro. Vale decir, un suboficial con veinticinco años de trabajo efectivo, más los abonos a que tiene derecho en su carrera, enteraría treinta años válidos para el retiro. Pero un oficial estaría en una situación diferente, porque carece de abonos de tiempo como el suboficial; sólo goza de un abono de dos años por sus estudios en la Escuela Militar. Por lo tanto, un oficial con 28 años de servicios efectivos, es decir, dentro de la carrera militar, a los que se suman los dos años de la Escuela Militar, tendrá derecho a percibir esta bonificación, porque completa los 30 años válidos para el retiro. El Ejecutivo pretende evitar el retiro prematuro con esta bonificación de permanencia, porque es la única forma de obtener que los funcionarios continúen su carrera militar. No podemos seguir premiando los retiros prematuros. Si existe el propósito de introducir en él una serie de modificaciones al régimen de las Fuerzas Armadas, que muchas veces obliga al personal a retiros anticipados, no hay razón válida para que en lo futuro los jubilados prematuramente perciban también esa bonificación en su pensión de retiro. El señor SILVA ULLOA.- ¿Me permite una interrupción, señor Ministro? El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- Voy a terminar la idea y, después con mucho gusto se la concederé. El Ejecutivo considera que aquellas personas que hayan enterado 20 años de servicios efectivos en las instituciones de las Fuerzas Armadas y de Carabineros van a tener derecho a una pensión de jubilación "perseguidora", en proporción a sus años de servicios en ellas. Todas las personas que se retiran entre los 20 y 25 años de servicios efectivos, lo hacen porque consiguen afuera empleos que les reportan remuneraciones mayores que las que ganan en las Fuerzas Armadas y Carabineros. Entonces, ¿vamos a premiar estos retiros prematuros, cuando se trata de personas que han obtenido en otras actividades una mayor remuneración y mejor situación económica? ¿O debemos premiar a las personas que han optado por continuar su carrera militar y permanecer en ella hasta su término, enterando los 30 años válidos para el retiro? El Ejecutivo estima que la sana doctrina es la segunda; y parece lógico y conveniente que así sea. Pero está ocurriendo algo que tengo la obligación de advertir a la Honorable Cámara. En estos momentos, es mayor el número de pensionados que el de quienes reciben sueldo en actividad. ¿Vamos a dar mayores ventajas y a premiar al retirado prematuro, cuando ya se ha arreglado su situación en lo que se ha podido, dentro de las disponibilidades del erario y de los posibilidades fiscales? Provocaremos entonces una situación que, después, no podrá ser resuelta por ningún Gobierno. ¿O estamos en este momento, en condiciones de abordar esta materia y establecer, sobre bases sanas, el otorgamiento de remuneraciones adecuadas al personal en servicio activo y, al mismo tiempo, de dar una pensión, también digna y equivalente a las remuneraciones del servicio activo, al personal retirado con tantos años de servicio como los que representa el término de su carrera militar? Creo que esta doctrina es la más conveniente. Porque si tratáramos de solucionar todos los problemas a que hacían referencia los Honorables señores Agurto y Silva Ulloa, tendríamos que disponer de ingentes recursos. En efecto, sólo para resolver el de los quinquenios deberíamos invertir, en este momento, más de 130 millones de escudos, que no están en ninguna parte y no hay manera de obtener. Por consiguiente, para abordar ese problema tendríamos que dejar prácticamente de lado este proyecto de ley, porque el sobrealimento, o sea, la bonificación de permanencia, y el reajuste completo del 25% para el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, sin discriminación de rentas, significan, en estos momentos, un mayor gasto del orden de 65 millones de escudos. Como digo, sólo la solución del problema de los quinquenios requeriría la suma de 130 millones de escudos, esto es, el doble de la necesaria para financiar todos los beneficios que se otorgan por este proyecto de ley. En consecuencia, si nos abocáramos a resolver todos los problemas que derivan del retiro de este personal, requeriríamos una suma que alcanzaría cifras siderales. Entonces, se produciría el contrasentido de que los institutos armados pasarían a ser verdaderos satélites o elementos accesorios del cuerpo de pensionados de esos institutos, lo que, indudablemente, repugna a una sana doctrina sobre esta materia. El Ejecutivo quiere plantear sobre bases sanas los objetivos propuestos en este proyecto de ley, porque, a su juicio, así es la única manera de abordarlos. Tal como expresé anteriormente, este proyecto de ley es un todo orgánico. Por lo tanto, esta disposición guarda concordancia con los propósitos que con él se persiguen. Concedo, con todo gusto, una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, en mi discurso anterior, expresé nuestras críticas al artículo 13 de este proyecto; pero manifesté también que no estábamos en desacuerdo con la idea de pronunciarnos sobre proyectos concretos que modificaren el régimen de retiro y montepío de los imponentes de las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros de Chile. Nosotros discrepamos, sí, respecto del otorgamiento de facultades, porque siempre hemos sido contrarios a ello. Pero resulta que el artículo 4º, tal como ha expresado, con mucha honestidad, el señor Ministro de Defensa Nacional, va a resolver el problema de los pensionados que acrediten 30 años válidos para el retiro, o que hayan tenido derecho a pensión íntegra por accidentes ocurridos en el Servicio. O sea, quedará fuera de esta disposición el personal que tiene más de 20 años de actividad. Y este personal, como también lo reconoció el señor Ministro, se retiró de las Fuerzas Armadas no siempre voluntariamente. A menudo su retiro se ha debido a lo que se llama "el tiraje de la chimenea", esto es, la necesidad de darles cabida a los nuevos oficiales. Entonces, se producen las elimina-naciones, de acuerdo con las disposiciones que rigen en las Fuerzas Armadas y en Carabineros. En consecuencia, si se corrige esta situación con proyectos concretos, en nuestro criterio, para el futuro, debe regir esta disposición respecto de los pensionados que tuvieron que abandonar las Fuerzas Armadas y Carabineros, no por su voluntad, sino de acuerdo con la legislación vigente en la época de su retiro. Naturalmente, en ese instante, ellos adquirieron un derecho, que tiene el carácter de patrimonial y que no puede ser afectado por la legislación posterior. Esa es nuestra discrepancia. Evidentemente, aquí no nos vamos a poner de acuerdo. Los Tribunales resolverán, en estos casos. Pero, conociendo ya que hay fallos respecto del artículo 6º de la ley Nº 15.575, de primera y de segunda instancia, que han concordado con la doctrina que sostienen los demandantes, indudablemente creemos nosotros que constituye una obligación moral del Parlamento resolver, en la ley, este problema, para no crear, de partida, una fuente de conflicto. Nada más, señor Presidente. Muchas gracias, señor Ministro. El señor CARMONA (Ministro de Defensa Nacional).- Señor Presidente, el Honorable señor Silva Ulloa insiste en una situación que, en realidad, el Ejecutivo también la ha tenido presente, como es el problema que se crea al personal retirado en la actualidad. Su Señoría dice: "Arreglemos ese problema para el futuro". Muy bien. Pero arreglar este problema para el personal en retiro actualmente significa dejar las mismas normas que tienen que operar para el personal en actividad. O sea, no podremos resolver este problema haciendo una discriminación y estableciendo un régimen para los actualmente retirados, y otro distinto para los que se retiren con posterioridad; porque, prácticamente, quedamos, entonces sin resolver la situación, puesto que las normas tendrían que ser iguales, ya que no podríamos atentar contra el principio de la igualdad ante la ley. En otra parte, quiero hacer notar a la Honorable Cámara, que reconozco que puede haber casos de retiros obligados, por el problema de las eliminaciones y por otras causas que existen en el Ejército. Puede haber casos de retiro obligado de personas que tienen entre 20 y 25 años de servicios; pero no hay duda al- guna de que esas personas encuentran trabajo en otras actividades remunerativas fuera del servicio. Creo que gran proporción de estas personas, más del 90%, que se retiran con 38, 39 ó 40 años de edad, encuentran otros medios de ganarse la vida. No sucede lo mismo con los que han enterado más de 30 años de servicios en las Fuerzas Armadas. La situación es diferente, de suerte que deben tener un trato diferente también. Por esta razón, se ha tratado de solucionarles su problema en la mejor forma posible, dentro de los recursos que tiene el Estado en este momento para afrontarlo en toda" su magnitud. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Se va a dar lectura a una indicación para sustituir el texto del artículo. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de las señoras Maluenda y Allende y de los señores Silva Ulloa, Acevedo, Aguilera y Olave, para reemplazar el artículo 4º por el siguiente: "El personal jubilado de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, como, asimismo, los que disfrutan de montepío, gozarán de la bonificación a que se refieren los artículos 2º y 3º de esta ley. "La bonificación de permanencia se incorporará a las pensiones de retiro y/o montepío durante los años 1967, 1968 y 1969, en un 33% cada año, hasta completar la totalidad de ella". El señor BALLESTEROS (Presidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 34 votos. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Rechazado el artículo con la indicación. Se va a votar el artículo con las indicaciones de la Comisión de Hacienda. Si le parece a la Honorable Cámara, se votarán en conjunto. Acordado. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo con las indicaciones. Acordado. Se va a dar lectura a una indicación para agregar un inciso nuevo. El señor CAÑAS (Secretario).- Indicación de los señores Agurto, Valente, Pontigo, Acevedo y Montes, para agregar el siguiente inciso al artículo 4º. "De este beneficio también gozará el personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros que haya jubilado cumpliendo los requisitos señalados en el inciso anterior". El señor BALLESTEROS (Presidente).- En votación. -Efectuada la votación, en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 24 votos; por la negativa, 35 votos. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Rechazada la indicación. Con la venia de la Sala, tiene la palabra la Honorable señora Allende. La señora ALLENDE.- Señor Presidente, en este proyecto de ley sobre reajuste de remuneraciones del personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros se echan de menos algunas medidas en beneficio del personal del Cuerpo de Carabineros, que me parece de justicia. Quiero referirme, ahora, a ellas, para darlas a conocer al señor Ministro de Defensa Nacional, con el objeto de que, si el Ejecutivo lo tiene a bien, las acoja y envíe, como indicaciones o artículos nuevos, al Senado, en el segundo trámite constitucional de este proyecto. Por disposición del artículo 16 del decreto con fuerza de ley Nº 299, de 25 de agosto de 1953, el personal del Cuerpo de Carabineros que sirve en lugares aislados o en zonas de un régimen de vida difícil, tiene derecho a que un 40% del tiempo servido en esas condiciones le sea abonado, en su hoja de servicios para los efectos de su retiro. En tales casos, las condiciones de vida a que están sometidos estos servidores les significan toda clase de privaciones, tanto sociales como sicológicas, derivadas, muchas veces, de la soledad, de la inhospitalidad, de la alimentación deficiente y aun insuficiente, y de todos los demás inconvenientes que deben afrontar para cumplir sus múltiples y delicadas funciones que, en este caso, exceden lo estrictamente policial. Por eso, es necesario reparar esta injusticia mediante la modificación del mencionado artículo 16 del D.F.L. 299, en el sentido de que este 40% de su tiempo servido les sea, además, válido para los quinquenios y para todos los efectos legales. Después de una vida dedicada al servicio de la colectividad, en trabajos que no consideran ni tiempo, ni clima, el carabinero puede acogerse a retiro, y, por mandato del artículo 23 de la ley Nº 11.852, tiene derecho a gozar de su sueldo de actividad, mientras se tramita su jubilación, por un tiempo que no puede exceder de cuatro meses. Esto no constituiría problema si, como lo pensó el legislador, la tramitación de la jubilación se completara dentro del plazo de cuatro meses; pero ocurre que, por razones de carácter burocrático, ella demora seis, siete o más meses, lo que significa que el funcionario permanece por dos, tres o cuatro meses sin sueldo, con las consecuencias que es dable prever tanto para él como para su familia. Como esta situación es totalmente injusta y perjudicial, es necesario que la mencionada ley sea modificada, de modo que el plazo que fija se extienda, por lo menos, a seis meses, confiando en que estos trámites puedan acelerarse y no excedan de este lapso. Por último, considerando que la función policial debe tener en toda nación, una importancia primordial, por lo que ella significa en la mantención del orden público y en la protección de la vida y pertenencias de los ciudadanos, es necesario que la selección y preparación de los que la ejercen sea hecha en forma científica. ¿Qué ocurre en la actualidad? Sucede que los jóvenes oficiales, en quienes recae una mayor responsabilidad, son seleccionados de entre los egresados de humanidades y formados en dos años. De los que ingresan a la Escuela de Carabineros, sólo un 50% alcanza el éxito, graduándose; el resto, por falta de condiciones u otras causales, abandona ese plantel para seguir otra carrera, conseguir un empleo, o acrecentar el alto número de cesantes, habiendo perdido dos años de su vida. Los institutos formadores de oficiales de las Fuerzas Armadas, como la Escuela Militar y la Escuela Naval, por ejemplo, toman al joven entre los 14 y 15 años, a un nivel de cuarto año de humanidades; les imparten el segundo ciclo humanístico bajo una disciplina militar que les templa su carácter y los va preparando para su función específica que permite una orientación profesional determinada, lo que constituye una especie de selección, por cuanto el aspirante que no tiene aptitudes puede prosegir sus estudios en otro colegio, o bien, al término del segundo ciclo, ingresar a una nueva carrera. ¿Por qué Carabineros de Chile no puede tener un plantel preparador de oficiales, tal cual lo tienen las Fuerzas Armadas? Señor Presidente, como estas indicaciones significan mayor gasto, solicito a la Honorable Cámara que se sirva acordar el envío de un oficio a Su Excelencia el Presidente de la República, por el cual se le transcriban las observaciones aquí expuestas, con el objeto de que, si lo tiene a bien, haga suyas las indicaciones presentadas y las envíe al Honorable Senado durante el segundo trámite constitucional del proyecto de reajuste de remuneraciones del personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala, a fin de remitir oficio a Su Excelencia el Presidente de la República con la transcripción de las observaciones formuladas por la Honorable Diputada y pedirle el patrocinio de las mismas. Acordado. En discusión el artículo 5º del proyecto. El señor AGURTO.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor AGURTO.- Señor Presidente, como el personal a jornal de la Defensa Nacional quedó eliminado de la bonificación de permanencia, según el artículo pertinente que hemos aprobado esta mañana, formulamos indicación a fin de aumentar las remuneraciones de esos trabajadores en la cantidad necesaria para darles un sueldo equivalente al vital de Santiago, cuando incluido el reajuste aprobado del 25% no alcancen a esa suma. De este modo, ellos pueden obtener una renta mensual realmente compatible con las funciones que desempeñan. Creo que la Honorable Cámara acogerá esta indicación, siempre y cuando la Mesa no la declare improcedente. Si así fuera, ruego al señor Ministro -presente en la Sala- que vea la forma de que el Gobierno acoja esta idea, a fin de incorporarla en el proyecto, o bien, buscar la manera, por la vía administrativa, de ofrecer a estos trabajadores una renta mínima, como he dicho, equivalente al sueldo vital para Santiago. El señor SILVA ULLOA.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, durante nuestra intervención anterior, la Honorable Cámara acordó enviar oficio a Su Excelencia el Presidente de la República, a fin de solicitarle su patrocinio para las indicaciones que tienden a colocar al personal a jornal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros en las mismas condiciones que el de planta y a contrata, el cual recibirá el 25% de reajuste más la bonificación de permanencia, o sea, un reajuste total del 41.25%. Esperamos que Su Excelencia el Presidente de la República las acoja a fin de resolver el problema planteado. De todos modos, creemos necesario insistir en nuestros fundamentos. El personal a jornal de los Astilleros y Maestranzas de la Armada, ASMAR, por ejemplo, queda limitado al 25% de reajuste. Sin embargo, en este mismo proyecto, el personal de la planta directiva, profesional y técnica de esa repartición, como consta en el artículo 9º, queda al margen de la limitación establecida en el artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 68, o sea, puede ganar una renta superior a la máxima que permite la escala única de sueldos de la Administración Pública. Nos parece que éste es un tratamiento discriminatorio, que es indudablemente de toda justicia resolver, dando acogida a las indicaciones que oportunamente formulamos. Nada más. El señor GODOY URRUTIA.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GODOY URRUTIA.- Señor Presidente, este artículo demuestra que, en el fondo, el Gobierno ha desatendido la condición del personal civil de la Defensa Nacional y de Carabineros, en su mayoría obreros altamente especializados, cuya actividad en las diferentes ramas de esas instituciones contribuye en gran medida a complementar las labores de las mismas. Nosotros sabemos, como todos los Honorables colegas, que en este orden se ha llegado a un aspecto técnico, porque ASMAR, de la Armada, y FAMAE, del Ejército, están contribuyendo a la producción en un ramo muy importante: el de la metalurgia. Los obreros metalúrgicos obtienen, en el campo de la actividad privada, una remuneración superior a la corriente; sin embargo, no han logrado todavía la aprobación de remuneraciones apropiadas por su trabajo o una escala que, como en el caso de los obreros de la construcción, les sirva para no percibir una renta menor al del tarifado aprobado. Pero es clásico que en el campo laboral se remunere al obrero metalúrgico en forma extraordinaria; el mismo Parlamento ha aprobado leyes que dan categoría de empleados a una cantidad de obreros especializados en estas faenas. No obstante, a estos trabajadores se les otorga un 25% de aumento; ni siquiera, señor Ministro, el 25,9% de que tanto se ha hablado. Me parece que esto es retasar demasiado, hacer un planteamiento un poco sórdido sobre este aumento que no corresponde a lo que esta gente trabaja, rinde o produce para la Armada en los astilleros o para el Ejército en los talleres de mecánica de FAMAE. Puedo señalar, en este aspecto, porque me lo han explicado los obreros y algunos oficiales también, la importancia de las labores que ASMAR desempeña en Punta Arenas, donde, desgraciadamente, sus obreros no tienen siquiera asignación de zona, como todos los demás empleados y obreros y, muy especialmente, los de las faenas petrolíferas. Por eso, estamos a la vista de cierto criterio que, aun cuando resulta doloroso decirlo, es discriminatorio y este procedimiento es crónico: hacer del personal civil una especie de segregados, de parientes pobres, de tercera clase. El personal de FAMAE, por ejemplo, ha debido librar verdaderas luchas para adquirir ciertas garantías inherentes al ciudadano civil; hasta fueron privados del derecho a voto en un período. Hay que reconocer que, en tal sentido, se ha dado un paso hacia adelante, por ejemplo, al otorgar derecho a voto al personal de gendarmes y oficiales del Servicio de Prisiones. Por eso, estimamos que este punto debe ser objeto de una revisión. Si el Ejecutivo acoge algunas de las ideas o sugerencias vertidas en el debate para corregir, complementar o introducir en el Senado disposiciones condignas, será muy justo. Digno de reconocimiento será también que el artículo 5º importe un mayor porcentaje de mejoramiento económico para los obreros que trabajan en algunas reparticiones del Ejército. Incluso podría decir que no tardará en haber un reajuste en los precios de los trabajos que estas instituciones de nuestras Fuerzas Armadas, donde labora personal civil, obreros calificados, realizan por encargo de terceros. Si no me equivoco, en los fundamentos del proyecto -y creo también en las palabras que la otra noche escuchamos al señor Ministro de Defensa Nacional- se hizo mención al hecho de que estos organismos -no totalmente, pero en gran parte-, contribuyen el financiamiento de las instituciones mediante los recursos obtenidos con servicios a terceros, cuyos pagos les han permitido incluso ampliar sus talleres y realizar, como en el caso de ASMAR en Magallanes, trabajos que tienen el mérito de incorporar a la actividad de estas instituciones una cantidad ingente de recursos para su propio desarrollo. Por estas razones y las que han dado mis colegas, que conocen muy bien el caso de ASMAR de Talcahuano y de Valparaíso, creo que debiera aceptarse este aumento para el personal mencionado. Y esta medida no sería excepcional por cuanto el régimen creado para el personal uniformado de las Fuerzas Armadas y de Carabineros importa un alza de sueldos superior al 40%, que, según la cuenta que alguien sacó, llegaría a un 43%. Hablo de este porcentaje incluyendo la bonificación de permanencia y algunos reajustes establecidos en otras disposiciones. Señor Presidente, debe considerarse que estos obreros no gozan de algunos beneficios otorgados a los demás trabajadores y funcionarios favorecidos con este proyecto: no se les da uniforme, rancho ni asignación de casa. Entonces ¿qué garantías tienen? ¿No ha dicho la Democracia Cristiana que se jugaría entera por los sectores más modestos, que está haciendo una política nueva, que quiere realizar una redistribución de la renta nacional, que favorezca al más postergado? Entonces, en el artículo en debate hay una contradicción y una incongruencia evidente con los propósitos manifestados por ese partido. Por estas razones, levanto la voz para pedirle al señor Ministro de Defensa Nacional que obtenga del Ejecutivo una reparación en beneficio del personal de obreros de nuestras Fuerzas Armadas. El señor PALESTRO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, a los Diputados socialistas también nos merece reparos este artículo 5º del proyecto en discusión. Hemos escuchado en forma permanente, durante la discusión de muchos proyectos, que el Gobierno se preocuparía de elevar el nivel de vida de los trabajadores, es decir, de mejorar la situación de los obreros, de los empleados, de los hombres que han entregado su vida al servicio del país y de las familias de estos ex servidores, como son los jubilados y las montepiadas. En forma permanente también la Democracia Cristiana y sus parlamentarios nos han estado "amenazando" con un viejo proyecto tendiente a establecer la nivelación del sistema previsional actual, que es injusto -lo reconocemos- y que, si alguna vez se concreta, en una ley, esperamos que sea para nivelar la previsión hacia arriba y hacia la concesión de mayores beneficios, y no para nivelar la miseria. Estimamos que el personal a jornal o a contrata de la Defensa Nacional y de Carabineros, sea de FAVEE, de FAMAE, de ASMAR o de otros servicios civiles de dicho sector, no tiene por qué quedar en situación desmedrada, totalmente desamparada, respecto del uniformado, puesto que no tienen el estómago más chico, no comen menos, no andan a pie pelado; tienen también la obligación de andar vestidos más o menos decentemente, y sus hijos no tienen menos derecho, a ir a la escuela vestidos con decencia, bien alimentados y con los útiles necesarios. Coincido plenamente con lo expresado por los Honorables colegas, en el sentido de que no debe haber ningún personal de trabajadores, que son los que entregan mayor esfuerzo físico a la comunidad nacional, que pueda ser considerado como personal de segunda o tercera categoría a quienes se dan solamente algunas migajas o una especie de limosna para que puedan sobrevivir. Incluso estimo que los reajustes de remuneraciones que aquí se fijan para el personal uniformado de las Fuerzas Armadas y de Carabineros está, más o menos, en armonía con lo que cuesta vivir en estos instantes. Sin embargo, todos estamos de acuerdo en que una familia de 5 ó 6 personas no puede subsistir con menos de 3 ó 4 sueldos vitales mensuales; y ésta no es una cifra exagerada, sino efectiva. Los parlamentarios de los partidos populares podemos decirlo con plena seguridad y personal experiencia. Cuando se hace aparecer como fabulo-ha la dieta parlamentaria, bien sabemos que no lo es, especialmente los parlamentarios populares, que trabajamos durante las 24 horas del día,. . . -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PALESTRO.- . . . que no somos socios de una compañía, ni de una industria, ni somos miembros del Consejo de algún Banco, ni tenemos relaciones de ninguna especie con los sectores que manejan esos intereses económicos. Simplemente dedicamos las 24 horas del día a lo que creemos que es de nuestra responsabilidad : servir más y cumplir nuestra tarea en la mejor forma posible. Si, por otra parte, hay parlamentarios sin responsabilidad, que sólo vienen a cobrar la dieta, a fin de mes, no es cuestión nuestra. Por mi parte, yo trato de cumplir con mis obligaciones, en la mejor forma posible, como miembro de un partido popular, porque tenemos que ayudar a nuestro pueblo, a toda la gente que acude a solicitar nuestra ayuda, para la cual tenemos siempre la mano tendida. Por eso sabemos que esta dieta que, a primera vista, aparece como fabulosa, apenas alcanza para vivir en forma muy modesta y sencilla, como acostumbramos a hacerlo los parlamentarios populares y, por lo demás, como siempre ha sido nuestra vida. Sabemos cuán difícil es la vida para esta gente: dos o tres veces más dura, dolorosa y sacrificada que la vida de los propios parlamentarios, que tienen una renta superior. Sin embargo, mientras el Gobierno declara que se va a arreglar la situación de los sectores más humildes y más postergados del país, de los obreros y empleados; que se va a considerar la situación de las montepiadas y de los asegurados, y, en fin, que se va a preocupar de todos los problemas sociales y previsionales de las grandes masas populares, vemos que, a través de este proyecto, insiste en mantener una discriminación y una separación entre los hombres que llevan cuello y corbata y viven en situación más decente que el resto de la población, al parecer, pero que esconden su miseria tras una camisa limpia, una corbata o un temo bien planchado, y viven en la misma miseria que los obreros que laboran en la industria o en cualquier sector de trabajadores propiamente tales. Los Diputados socialistas nos veremos impelidos, en este caso, a votar favorablemente este artículo que entrega solamente el 25% de aumento en los jornales a este personal de obreros de la Defensa Nacional; pero manifestamos nuestra opinión en el sentido de que lo consideramos insuficiente por lo cual seguiremos luchando en todos los sectores, en todas las trincheras, con el objeto de que, de una vez por todas, se suprima esta separación, esta diferencia que cada día se hace más marcada entre el sector uniformado y el sector civil que labora en la Defensa Nacional y Carabineros. El señor ESCORZA.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ESCORZA.- Señor Presidente, los Diputados democratacristianos estimamos que el artículo en debate debe merecer especial consideración por parte del Ejecutivo, con el objeto de que se auspicie una indicación en el Senado tendiente a regularizar la situación de estos trabajadores, entregándoles un reajuste de acuerdo con los contratos de trabajo y que sirva de estímulo a la producción; o sea, para beneficiar a este personal, tal como se ha hecho con el personal de las Fuerzas Armadas. Nosotros entendemos perfectamente bien que una bonificación basada en el estímulo a la producción puede operar en FAMAE o en ASMAR, o en su defecto, se puede elaborar un reglamento que signifique aumentar lo que se les paga por lo que producen, ya sea en forma individual o colectiva. Creo que debe buscarse una fórmula para solucionar este problema económico, porque los trabajadores quieren que se les pague por lo que producen. Los parlamentarios de la Democracia Cristiana nos sumamos a estas aspiraciones de ese personal. En la Comisión de Hacienda, personalmente presenté una indicación sobre esta materia, pero tuvo mala suerte, porque necesitaba el patrocinio del Ejecutivo. En consecuencia, me permito rogar al señor Ministro que dé a conocer este asunto a Su Excelencia el Presidente de la República, a fin de que se sirva regularizar esta situación en el Senado, durante el segundo trámite constitucional de este proyecto. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de enviar oficio a Su Excelencia el Presidente de la República, en nombre de la Corporación, en los términos que ha señalado el Honorable señor Escorza. Si le parece a la Honorable Cámara, así se acordará. Acordado. El señor PALESTRO.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- - Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALESTRO- Señor Presidente, en días pasados, me entrevisté con el señor Ministro de Defensa Nacional, presente en la Sala, y le di a conocer la situación que se presentaba a un pequeño sector de funcionarios a contrata del Instituto Geográfico Militar. Estimo que no pasan de veinte estas personas que, debido al lugar de su trabajo, ya sea en la Antártica, en Aisén o en zonas limítrofes, no pudieron acogerse oportunamente a los beneficios de una ley que les otorgó el derecho a ser imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Por hallarse -repito- lejos del lugar donde debían impetrar tales beneficios, quedaron acogidos a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, en circunstancias que el resto del personal del Instituto Geográfico Militar está ya acogido al régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. El señor Ministro, con su gentileza habitual, prometió considerar la situación de este personal, que no solicita ninguna garantía nueva, sino pasar de un sistema previsional a otro. De este modo se regularizaría la situación de todo el personal del Instituto Geográfico Militar. La disposición formaba parte de un proyecto de ley del que ya lo desglosé para presentarlo como indicación en el seno de la Comisión que debatió el proyecto sobre el personal uniformado de la Defensa Nacional; pero, desgraciadamente, la indicación fue rechazada por la "aplanadora" de Diputados democratacristianos que funciona en las Comisiones y en la Sala. Como el señor Ministro prometió considerar y estudiar la situación del personal mencionado, aprovechando su presencia en la Sala, deseo rogarle se sirva ver la posibilidad de fijar un nuevo plazo -no se trata de otra cosa- para que estos veinte obreros del Instituto Geográfico Militar puedan acogerse al sistema previsional de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional del que goza el resto de sus compañeros. El señor CANCINO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. 2.- SUSPENSION DEL TRABAJO DE COMISIONES ESPECIALES. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Previamente, solicito el asentimiento unánime de la Sala para suspender las sesiones que deben celebrar, en la tarde de hoy, las Comisiones Especiales Investigadoras de MADECO y Antialcohólica. Si le parece a la Honorable Cámara, así se acordará. Acordado. 3.- REAJUSTE DE LAS REMUNERACIONES DEL PERSONAL DE LA DEFENSA NACIONAL Y DE CARABINEROS. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Cancino; y, a continuación, el Honorable señor Acevedo. El señor CANCINO.- Señor Presidente, he solicitado la palabra para expresar que la política del actual Gobierno no sólo pone su acento en el mejoramiento de las remuneraciones, sino, fundamentalmente, en la idea de que una política económica seria tiene que estar orientada a detener el ritmo inflacionario. Esto es lo que, precisamente, ha distinguido la política de esta Administración de la seguida por Gobiernos pasados, en que se concedieron reajustes importantes. En efecto, como se ha recordado en la Honorable Cámara, durante los años 1953 y 1954, se otorgaron reajustes de remuneraciones bastante altos; pero, a continuación, las variaciones de los precios también fueron muy elevados, de manera que, en realidad, tales aumentos de remuneraciones constituyeron una burla, tanto para los obreros como para los empleados. Una política seria de sueldos y salarios es aquella en que el reajuste concedido en un año es superior al alza que experimentan los precios en el año siguiente. Y esto es lo que ha ocurrido con la política del actual Gobierno. El año pasado se reajustaron los sueldos y salarios en un 38,4%, que fue el índice de variación del costo de la vida, para llegar este año a un índice de variación de un 25%; y, en el presente año, se reajustan los sueldos y salarios en un 25%, para llegar a una variación del índice de los precios de un 15%. Esto significa entregar al sector de asalariados, obreros y empleados, un poder adquisitivo real, y no entregarles billetes desvalorizados. En esto se distingue de la de otras administraciones, la política del actual Gobierno: en que nosotros estamos legislando en forma seria en materia de remuneraciones. Esto se puede probar, por cuanto las industrias, la producción, el consumo popular, han ido mostrando aumentos importantes. Esto significa que el poder adquisitivo de los obreros, de los empleados, de las grandes masas, ha sido efectivo durante el lapso de un año y meses que llevamos en el Gobierno. Nada más, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. Queda medio minuto para el término de la sesión. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente... El señor BALLESTEROS (Presidente).- ¿Me permite, Honorable Diputado? Habiendo llegado la hora de término de la sesión, se levanta. -Se levantó la sesión a las 13 horas 30 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Subjefe de la Redacción de Sesiones.