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- rdf:value = " El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, en relación con este artículo nosotros entendemos que es de absoluta necesidad llegar a un condenamiento total y definitivo de todo el sistema de seguridad social en Chile.
Existe una serie de disposiciones que lo distorsionan y, muchas veces, impiden que se otorguen los beneficios del caso, porque ellos no están debidamente financiados. Esta es la situación. Nosotros abordaremos este problema de una manera integral, a través de lo que hemos llamado Ley General de Seguridad Social o Ley de Bases de la Seguridad Social.
Tengo en mi poder el texto del anteproyecto respectivo, fruto de muchos estudios, resultado de muchos borradores, el cual esperamos tal como se advirtió oportunamente en esta Sala que será sometido a la consideración de la Cámara a más tardar en el curso del mes de junio de este año. Citaré, por vía de ejemplo, dos artículos de este anteproyecto.
El artículo 136 dice: "Los actuales imponentes que, en conformidad a las disposiciones señaladas en los artículos anteriores, estuvieran en condiciones de que se les respeten sus derechos en vías de adquisición, conservarán sus derechos un idéntica forma, monto y condiciones, si pasaren a ser afiliados en un organismo distinto al de su actual afiliación".
A su vez, el artículo 152 expresa: "Los afiliados tendrán derecho a hacerse reconocer en cualquier instituto de seguridad social el tiempo que tuvieren reconocido en otro organismo".
Y así, diversas disposiciones de el anteproyecto tienden a dar definitiva solución a este problema.
El señor ACEVEDO.-
¿Y mientras tanto?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Mientras tanto, creemos que el artículo en discusión responde a una situación de plena justicia social, tanto más cuanto que se trata de beneficiar a sectores económicamente débiles, o de nivel cultural insatisfactorio, como son los afiliados al Servicio de Seguro Social.
En estas circunstancias, como el anteproyecto se encuentra, prácticamente, en la última etapa de su redacción definitiva y como en él se establece que todo trabajador podrá computar los tiempos trabajados para los efectos de obtener los beneficios previsionales, sería ilógico aceptar ahora este veto, puesto que con posterioridad propondremos una solución completa, inspirada en el mismo propósito de respetar ampliamente todo el tiempo que haya trabajado una persona.
Por estas consideraciones, los Diputados democratacristianos rechazaremos esta observación del Ejecutivo.
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