-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601675/seccion/akn601675-ds2-ds83
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/616
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3351
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601675/seccion/entityNZ0Q3BRR
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:PrimerTramiteConstitucional
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:IngresoProyectoDeLey
- rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601675
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601675/seccion/akn601675-ds2
- bcnres:numero = "81.-"^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- dc:title = "MOCION DE LOS SEÑORES MONTT Y ACUÑA"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/616
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3351
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/emprestitos
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/banco-del-estado-de-chile
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/municipalidad-de-purranque
- rdf:value = " 81.-MOCION DE LOS SEÑORES MONTT Y ACUÑA
"Honorable Cámara:
La progresista Municipalidad de Purranque, en la provincia de Osorno, está empeñada desde hace varios años en llevar adelante un vasto plan de obras regionales de progreso, para lo cual lamentablemente no cuenta con los recursos del caso.
Con anterioridad, un proyecto que había logrado casi total tramitación, se vio vetado por el Ejecutivo, en razón de la modificación de las tasas del impuesto territorial, todo ello de conformidad con la ley Nº 15.021, razón por la cual los parlamentarios que suscriben han decidido iniciar un nuevo proyecto ajustado a las normas vigentes, que permita a este municipio operar sin dificultades en la obtención
de la autorización legal para obtener del Banco del Estado de Chile, los préstamos del caso que lo coloquen en la posibilidad de solucionar importantes obras públicas. Por tal motivo, venimos en presentar a la Honorable Cámara, el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°-Autorízase a la Municipalidad de Purranque para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otra Institución de Crédito o Banca-ria, uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de cuatrocientos mil escudos (Eº 400.000) al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.
Artículo 2°.- Facúltase al Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias para otorgar el o los préstamos a que se refiere la presente ley, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos.
Artículo 3°.- Los fondos provenientes de la aplicación de la presente ley se invertirán en un plan de obras comunales, entre las cuales tendrán preferencia las siguientes:
Terminación del matadero municipal;
Adquisición de un camión;
Terminación del estadio municipal de Purranque;
Terminación y habilitación del Estadio de Corte Alto;
Habilitación de un campo deportivo en Hueyusca;
Habilitación de un campo deportivo en Concordia;
Habilitación de un campo deportivo en Crucero;
h) Terminación del mercado municipal de Purranque;
i) Tendido de una línea telefónica a Hueyusca;
j) Adquisición de predios para poblaciones en diversos pueblos de la Comuna;
k) Adquisición de predios para locales escolares, con facultad de poder donarlos a! Fisco para construcción de escuelas, y
1) Arreglo de calles y urbanización de los barrios populares, etc.
Artículo 4°.- La Municipalidad de Pu-rranque queda facultada para invertir los fondos en cualquiera de las obras o finalidades que se han mencionado en el artículo precedente, pudiendo fijar las cuantías o montos de dichas inversiones y asimismo contemplar otras obras aparte de las ya mencionadas, todo lo cual deberá aprobarlo en sesión extraordinaria especialmente convocada para este efecto, con el voto conforme de los dos tercios de sus regidores en ejercicio.
Artículo 5°-El servicio del o los empréstitos que se contraten, o la realización de las obras a que se refiere la presente ley, según sea el caso, se atenderán con cargo al 1 por mil del impuesto territorial que grava a los bienes raíces de la Comuna de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 2.047, de 29 de julio de 1965.
Artículo 6°.- El rendimiento del impuesto a que se refiere el artículo anterior se invertirá en el servicio del o los préstamos autorizados, pero la municipalidad de Purranque podrá girar con cargo al rendimiento para su inversión directa en las obras que realice de conformidad a la presente ley en caso de no contratarse empréstitos. Podrá asimismo, destinar a otras obras de adelanto de la comuna el excedente que pudiera producirse entre esos recursos y el servicio de la deuda en el caso que ésta se contrajese por un monto inferior al autorizado.
Artículo 7°-En caso de que los recursos a que se refiere el artículo anterior fueren insuficientes para el servicio de la deuda, o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad podrá completar la suma necesaria con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias.
Artículo 8°-El pago de intereses y amortizaciones ordinarias o extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Purranque, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde, en caso de que éste no haya sido dictado en la oportunidad debida.
La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas por ella establecidas para el pago de la Deuda Interna.
Artículo 9°.- La Municipalidad de Purranque depositará en la Cuenta Depósito Fiscal "F-26 Servicios de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y la cantidad a que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias.
Asimismo, la Municipalidad de Purranque deberá consultar en su Presupuesto Anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del empréstito, y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones hechas de acuerdo con lo dispuesto en los artículos de la presente ley.
(Fdo.): Américo Acuña Rosas.- Julio Montt Momberg."
"