-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601691/seccion/akn601691-ds87-po1-ds120-ds121
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3059
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3059
- rdf:value = " El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, los Diputados de la Democracia Cristiana votaremos favorablemente las observaciones del Ejecutivo a este proyecto de ley, nacido, precisamente, en estos bancos, que modifica la ley Nº 7.295, para hacer posible el goce de asignación familiar a los hijos de los imponentes de las Cajas de Previsión afectas a dicha ley.
Este beneficio alcanza no sólo a los imponentes de la Caja de Empleados Particulares, como dice el boletín en su encabezamiento, sino también a los de todas las Cajas de Previsión que se rigen por esta ley Nº 7.295; entre ellas, la de Empleados Particulares, la de la Marina Mercante Nacional, la de Empleados Particulares, la de la Marina Mercante Nacional, la Caja Bancaria de Pensiones, la Caja del Salitre, y otras.
Actualmente la ley Nº 7.295 dispone la suspensión del pago de la asignación familiar por el hijo del imponente que cursa estudios secundarios inferiores al sexto año de humanidades, cuando cumple 18 años. Mediante este proyecto, se hace extensivo este beneficio a ese hijo estudiante aun cuando tenga más de 18 años. También se extiende este beneficio a los hijos naturales del imponente, propios o de su cónyuge.
Ahora bien, el Ejecutivo adicionó este proyecto de ley, incluyendo a los obreros, lo que hace más amplio el beneficio. De esta manera, él regirá para los imponentes de todas las Cajas de Previsión; porque hay otros, como los empleados públicos que, en virtud de lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 38, gozan ya de este beneficio. Así se da el primer paso en la nivelación de las asignaciones familiares, como lo propone el proyecto sobre nivelación de asignaciones y prestaciones familiares que está en estudio.
Por otro lado, el Ejecutivo vetó la disposición que hacía extensivo este beneficio a los empleados que tuvieren a su cargo madrastra o hermanos menores de 18 años, o mayores de esta edad, siempre que sean inválidos, porque tal beneficio viene incluido en el proyecto ya mencionado.
Eso es todo, señor Presidente.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601691
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601691/seccion/akn601691-ds87-po1-ds120