. . . . . . . . . . . . . . . . . . . "10.-"^^ . . . . . . . . " 10.-MODIFICACION DEL CODIGO DEL TRABAJO RESPECTO DEL PAGO A LOS OBREROS AGRICOLAS DE DIAS NO TRABAJADOS POR CAUSAS CLIMATICAS.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Corresponde considerar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica al proyecto de ley que modifica el C\u00F3digo del Trabajo en lo relativo al horario de labores de los obreros agr\u00EDcolas y al pago de los d\u00EDas no trabajados por efectos del mal tiempo en la zona. \n \n-Las observaciones, impresas en el bolet\u00EDn N\u00BA 10.343-0, son las siguientes: \nHa sustituido el texto \u00EDntegro del proyecto del Congreso por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 1\u00BA.- Los obreros agr\u00EDcolas que debido a las condiciones clim\u00E1ticas imperantes no pudieren realizar sus labores habituales, tendr\u00E1n derecho a percibir en dinero efectivo hasta un 50% del salario que les hubiere correspondido, siempre que se hubiesen presentado a trabajar en el d\u00EDa anterior. \nAquella parte del salario, o complementaria de \u00E9l, recibida en especies, que formen parte de la raci\u00F3n alimenticia del obrero o de su familia, le ser\u00E1 entregada normalmente durante los d\u00EDas a que se refiere el inciso 1\u00BA. \nLos obreros agr\u00EDcolas tendr\u00E1n derecho a la asignaci\u00F3n familiar completa. La semana corrida se pagar\u00E1 seg\u00FAn el promedio de lo devengado en dinero efectivo por el trabajador, en el per\u00EDodo respectivo. \nArt\u00EDculo 2\u00BA.- Los empleados y obreros agr\u00EDcolas contratados por per\u00EDodos mensuales, tendr\u00E1n derecho a percibir la totalidad de las remuneraciones del per\u00EDodo correspondiente si, en el caso contemplado en el art\u00EDculo 1\u00BA, han cumplido con las exigencias a que esa disposici\u00F3n se refiere y se han presentado a realizar sus funciones regularmente de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. \nArt\u00EDculo 3\u00BA.- El Reglamento determinar\u00E1 la forma y los casos en que proceder\u00E1 el pago del salario aludido en el art\u00EDculo 1\u00BA de esta ley, como igualmente el porcentaje que deber\u00E1 pagarse en dinero efectivo dentro del l\u00EDmite del 50% a que se refiere dicho art\u00EDculo\". \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n En discusi\u00F3n las observaciones del Ejecutivo. \nEl Ejecutivo propone sustituir el texto \u00EDntegro del proyecto aprobado por la C\u00E1mara, por el que figura en el bolet\u00EDn. \nEl se\u00F1or GARCES.- Pido la palabra. \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or GARCES.- \n \n Los Diputados de estos bancos votaremos favorablemente el veto propuesto por el Ejecutivo, porque creemos que, en cierto modo, sus disposiciones son mejores que las contenidas en el proyecto original. \nEn consecuencia, anuncio los votos favorables de los Diputados democratacristianos al veto del Ejecutivo. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Pontigo. \n \nEl se\u00F1or PONTIGO.- \n \n Los Diputados comunistas vamos a votar en contra las observaciones del Ejecutivo al proyecto en debate, porque ellas restringen y limitan las disposiciones del proyecto primitivo de la C\u00E1mara de Diputados. \nEl Ejecutivo propone un cambio en la redacci\u00F3n del art\u00EDculo 1\u00BA, mediante el cual se establece que \"los obreros agr\u00EDcolas que debido a las condiciones clim\u00E1ticas imperantes no pudieren realizar sus labores habituales, tendr\u00E1n derecho a percibir, en dinero efectivo, hasta un 50% del salario que les hubiere correspondido, siempre que se hubiesen presentado a trabajar en el d\u00EDa anterior\". \nEn cambio, el art\u00EDculo 1\u00BA del proyecto aprobado por la Honorable C\u00E1mara se\u00F1ala, que \"la parte del salario a que tendr\u00E1n derecho en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero, no podr\u00E1 ser inferior a un 50% y ser\u00E1 determinada en conformidad a lo establecido en dicho inciso\". Es decir, la C\u00E1mara de Diputados estableci\u00F3 que los trabajadores tendr\u00E1n derecho a percibir, en dinero efectivo, por aquellos d\u00EDas no trabajados por motivos ajenos a su voluntad, una suma no inferior al 50%, o sea, desde la mitad del salario hacia arriba. En cambio, el Presidente de la Rep\u00FAblica en el veto propone que los derechos sean desde la mitad del salario hacia abajo. \nA nosotros nos parece injusta esta observaci\u00F3n del Ejecutivo y, por tal raz\u00F3n, la votaremos en contra. \nY as\u00ED, por este mismo camino, el Ejecutivo hace otras observaciones que van menoscabando los derechos de los trabajadores establecidos en las disposiciones que la C\u00E1mara aprob\u00F3 primitivamente. \nPor estas razones los parlamentarios comunistas votaremos en contra de las observaciones del Ejecutivo. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \n-Hablan varios se\u00F1ores Diputados a la vez. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Se\u00F1or Presidente, en relaci\u00F3n con lo que acaba de expresar el Honorable colega se\u00F1or Pontigo, creo que es necesario aclarar un aspecto. \nLa situaci\u00F3n real existente hoy es que los obreros campesinos no reciben ning\u00FAn salario en los d\u00EDas de lluvia. Frente a esta realidad, un Diputado de la Democracia Cristiana, con el acuerdo del partido, present\u00F3 este proyecto de ley que despach\u00F3 el Congreso; pero el Parlamento lo aprob\u00F3 con errores y con un articulado desordenado. En cuanto a los errores, me permito hacer presente lo siguiente: el Honorable colega se\u00F1or Pontigo dice que el proyecto aprobado por el Congreso establec\u00EDa que el trabajador agr\u00EDcola que se presente a su trabajo en un d\u00EDa de lluvia recibir\u00EDa desde el 50% de su salario para arriba. Esto no es efectivo. Como puede verse en la p\u00E1gina 5\u00AA del bolet\u00EDn comparado, l\u00EDnea tercera, la disposici\u00F3n dec\u00EDa \"tendr\u00E1n derecho a percibir, en dinero efectivo, parte del salario que les habr\u00EDa correspondido...\". No se fija ning\u00FAn porcentaje. Y al no fijarlo... \n \nEl se\u00F1or NAUDON.- \n \n Lea el inciso tercero. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n ...con precisi\u00F3n en esta parte, ello queda pr\u00E1cticamente entregado al criterio de muchos empresarios o patrones, lo que realmente creemos que es perjudicial para el trabajador. Por eso, en el art\u00EDculo 1\u00BA se fija ahora, con precisi\u00F3n, que \"tendr\u00E1n derecho a percibir en dinero efectivo hasta un 50% del salario que les hubiere correspondido, siempre que se hubiesen presentado a trabajar en el d\u00EDa anterior.\" Es decir, aclara y perfecciona la norma,... \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n Termine de leer la disposici\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n ...evitando dificultades posteriores. \nEl inciso segundo que propone el Ejecutivo s\u00F3lo consiste en un cambio de ubicaci\u00F3n de la norma correspondiente que no var\u00EDa ni en una letra lo aprobado por el Congreso. \nEn relaci\u00F3n con el inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00BA del proyecto despachado por el Congreso, quiero hacer presente al Honorable colega lo siguiente: ese inciso establece que \"sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, las imposiciones al Servicio de Seguro Social deber\u00E1n hacerse sobre la totalidad del salario, sin descuento.\" \u00BFY cu\u00E1l es el efecto que se producir\u00EDa de ser establecida esta norma? \nComo, seg\u00FAn la observaci\u00F3n del Ejecutivo se ha fijado, adem\u00E1s, la norma de pagar, en los d\u00EDas de lluvia, el 50% habitual, el obrero agr\u00EDcola va a obtener un jornal reducido. Sin embargo, se le obligar\u00EDa, en este caso, a cotizar sobre la totalidad de la remuneraci\u00F3n que normalmente obtiene. De consiguiente, la imposici\u00F3n que se le obligar\u00EDa a pagar en virtud del inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00BA despachado por el Congreso podr\u00EDa llegar, incluso, hasta un monto que fuera realmente gravoso para el trabajador. En cambio, al eliminar este inciso, se produce el siguiente efecto legal: los trabajadores quedar\u00EDan regidos por las disposiciones generales vigentes sobre esta materia, y ellas establecen que la imposici\u00F3n en el caso de los obreros agr\u00EDcolas, debe hacerse por el salario m\u00EDnimo campesino. \nPor esta raz\u00F3n, al suprimir la disposici\u00F3n mencionada, paradojalmente estar\u00EDamos beneficiando al trabajador, para el cual ese precepto establece una imposici\u00F3n que le resulta gravosa, por el hecho de recibir la mitad del salario; y al mismo tiempo, estar\u00EDamos obligando al empleador a que haga las imposiciones que a \u00E9l le corresponden, seg\u00FAn las mismas disposiciones legales vigentes, o en otras palabras, por el salario m\u00EDnimo campesino. \n \n-Hablan varios se\u00F1ores Diputados a la vez. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n El segundo aspecto que deseo recalcar, es el siguiente: la disposici\u00F3n que aparece como art\u00EDculo 2\u00BA en las observaciones del Ejecutivo es el mismo inciso final del art\u00EDculo 1\u00BA aprobado por el Congreso Nacional y que ha sido desglosado de ese largo art\u00EDculo a fin de que exista un mejor ordenamiento. Este precepto ha sido propuesto como art\u00EDculo 2\u00BA, pero contiene exacta y literalmente lo mismo que est\u00E1 dicho en el inciso final del art\u00EDculo 1\u00BA despachado por el Parlamento. \nEn relaci\u00F3n con el art\u00EDculo 2\u00BA despachado por el Congreso Nacional, quiero formular una consulta a la Mesa: si acaso es posible mantener esta disposici\u00F3n, porque pensamos que ella encierra una idea de justicia, puesto que el art\u00EDculo 133 del C\u00F3digo del Trabajo establece una serie de categor\u00EDas de trabajadores que quedan excluidos de la limitaci\u00F3n de la jornada de labor; y entre ellos se coloca a todos aquellos empleados \"de las labores agr\u00EDcolas cuyas funciones no sean meramente de oficina\". Creemos que esto es discriminatorio. Por tal raz\u00F3n, nosotros ser\u00EDamos partidarios, en el caso de que reglamentariamente fuera procedente, de mantener la disposici\u00F3n del art\u00EDculo 2\u00BA despachado por el Congreso Nacional. \nEstas son las observaciones que deseaba formular. En resumen, aceptamos el criterio del Ejecutivo en el nuevo ordenamiento que ha hecho del art\u00EDculo 1\u00BA y estamos por mantener el art\u00EDculo 2\u00BA despachado por el Congreso, en caso de que ello fuera posible reglamentariamente. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez Nadruz; y, a continuaci\u00F3n, los Honorables se\u00F1ores Sotomayor y Olave. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ (don Juan).- \n \n Se\u00F1or Presidente, los Diputados radicales no encontramos confuso ni desordenado el proyecto aprobado por ambas ramas del Congreso Nacional y por la Comisi\u00F3n de Trabajo de esta Corporaci\u00F3n, de la cual el Honorable colega Valenzuela Valderrama es Presidente; y tampoco creemos que existan los errores se\u00F1alados por el Ejecutivo y por el Honorable colega Valenzuela Valderrama, porque ello no es efectivo. Basta leer el art\u00EDculo 1\u00BA, en la parte referente a lo que debe pagarse en los d\u00EDas de lluvias a los obreros agr\u00EDcolas. \nEl Congreso aprob\u00F3, en el inciso tercero del art\u00EDculo 1\u00BA del proyecto, una disposici\u00F3n seg\u00FAn la cual el pago durante este tiempo no debe ser inferior al 50% del salario del obrero. \nLeer\u00E9 este inciso para evitar errores. Dice: \"La parte del salario a que tendr\u00E1n derecho en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero, no podr\u00E1 ser inferior a un 50% y ser\u00E1 determinada en conformidad a lo establecido en dicho inciso\". Y el inciso primero establece el derecho de los trabajadores agr\u00EDcolas a percibir este salario en dinero efectivo en los d\u00EDas de lluvias, cuando las condiciones clim\u00E1ticas imperantes les impiden trabajar. \nEn consecuencia, no es efectivo, lo sostenido por el Honorable colega, en el sentido de que el proyecto del Ejecutivo es limitativo, ya que no permite, que el salario que deben recibir los obreros agr\u00EDcolas, cuando no puedan realizar sus labores habituales por las condiciones clim\u00E1ticas imperantes, sea superior al 50% de su salario normal y, lo que es peor, la observaci\u00F3n del Ejecutivo establece lo siguiente: en el art\u00EDculo 3\u00BA, que reemplaza al del Congreso: \n\"El Reglamento determinar\u00E1 la forma y los casos en que proceder\u00E1 el pago del salario aludido en el art\u00EDculo 1\u00BA de esta ley, como igualmente el porcentaje que deber\u00E1 pagarse en dinero efectivo dentro del l\u00EDmite del 50% a que se refiere dicho art\u00EDculo\". \n\"Dentro del l\u00EDmite\", quiere decir que el Reglamento puede establecer como salario, una cantidad inferior al 50% del normal. En cambio, el proyecto aprobado por el Congreso Nacional establece que ese mismo jornal no puede ser inferior al 50% del salario habitual. Luego, es m\u00E1s claro el proyecto aprobado por el Congreso. \nEn cuanto a las imposiciones, el inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00BA aprobado por el Congreso dice: \"Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, las imposiciones al Servicio de Seguro Social deber\u00E1n hacerse sobre la totalidad del salario, sin descuentos.\" Esto es muy claro tambi\u00E9n. A\u00F1adir alg\u00FAn comentario crear\u00EDa confusi\u00F3n, por la forma en que se ha planteado este debate, es decir, tratando de hacer aparecer al proyecto y a las observaciones del Ejecutivo como destinadas a beneficiar m\u00E1s a los obreros agr\u00EDcolas, lo cual no es efectivo, por las razones que he se\u00F1alado. \nEn consecuencia, los Diputados radicales votaremos en contra de las observaciones del Ejecutivo e insistiremos en el proyecto del Congreso Nacional. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Honorable Diputado se\u00F1or Sotomayor \n \nEl se\u00F1or SOTOMAYOR.- \n \n Se\u00F1or Presidente, mediante el despacho de este veto, reca\u00EDdo en una iniciativa legal del Diputado democratacristiano se\u00F1or Garc\u00E9s, presente en este momento en la Sala, se va a legislar sobre los salarios que deben percibir los obreros agr\u00EDcolas durante los d\u00EDas en que no pueden trabajar por causas clim\u00E1ticas. \nTodos sabemos que, de los obreros agr\u00EDcolas propiamente tales, algunos de los cuales trabajan en construcciones, son muy pocos, en relaci\u00F3n con el n\u00FAmero total de trabajadores, los que no pueden trabajar por causas clim\u00E1ticas y, en especial, debido a las lluvias. Gracias a esta iniciativa legal del Diputado se\u00F1or Garc\u00E9s, por fin se podr\u00E1 hacer verdadera justicia a estos trabajadores agr\u00EDcolas. \nRespecto a esta iniciativa, hay que considerar varios problemas que el Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez Nadruz no ha tocado a fondo. En primer lugar, lo que gana un trabajador agr\u00EDcola se compone de dos partes: una es la regal\u00EDa y la otra es el dinero que percibe. A ra\u00EDz de la reciente huelga producida en la provincia de Colchagua, qued\u00F3 bien en claro que el 50% del salario obrero lo forma la regal\u00EDa y el otro 50%, el dinero. \nSeg\u00FAn este proyecto de ley, el 50% del salario que constituye la regal\u00EDa se mantiene ... \n \nEl se\u00F1or PARRA.- \n \n Integralmente. \n \nEl se\u00F1or SOTOMAYOR.- \n \n ...\u00EDntegramente, en el salario que los obreros agr\u00EDcolas deber\u00E1n percibir, durante los d\u00EDas de lluvia; y del restante 60%, se paga la mitad. O sea, el trabajador agr\u00EDcola que no trabaje por imped\u00EDrselo las condiciones clim\u00E1ticas, va a ganar el 75% de lo que deber\u00EDa ganar si trabajara en sus labores habituales y este salario lo gana sin hacer nada. \nEsta disposici\u00F3n significa un avance bastante importante en la legislaci\u00F3n del trabajo, y revela lo que la Democracia Cristiana est\u00E1 haciendo por sacar de su postraci\u00F3n, de una vez por todas, a la gran masa de trabajadores campesinos. \nEs l\u00F3gico que muchos patrones, antes que tener que pagar a sus trabajadores un jornal equivalente al 75% sobre el total de salarios y regal\u00EDas, como lo demostr\u00E9, sin que realicen sus labores habituales les har\u00E1n realizar tareas bajo techo, aunque sea para barrer bodegas, porque siempre les resultar\u00E1 m\u00E1s conveniente ocuparlos en cualquier cosa, en lugar de pagarles el 75% por no hacer nada. \nEn consecuencia, salvo casos muy excepcionales, que s\u00F3lo podr\u00EDan presentarse en las provincias del extremo sur, en que, realmente, durante el invierno los d\u00EDas de lluvia son los m\u00E1s, los patrones tendr\u00E1n que verse obligados a pagar tambi\u00E9n el 75%, en el resto del pa\u00EDs; y especialmente, en las provincias centrales, estamos seguros de que se pagar\u00E1 el 100%, porque a nadie le va a convenir pagar a los trabajadores el 75% de sus salarios y regal\u00EDas por no hacer nada. \nEn cuanto a las objeciones del Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez Nadruz, me parece que no costar\u00EDa nada dejar aclaradas todas las dudas a que ha hecho referencia en el reglamento que se dictar\u00E1 al efecto, porque desde luego, nosotros tenemos la mejor voluntad para que estas disposiciones se establezcan en la forma como las hemos presentado, pues se trata de un proyecto de iniciativa nuestra. \nL\u00F3gicamente, los funcionarios del Ministerio del Trabajo encargados de redactar el reglamento recibir\u00E1n todas nuestras observaciones, como tambi\u00E9n las que pueda hacerle llegar el Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez Nadruz. En esto no hay problema, porque el reglamento debe determinar c\u00F3mo se proceder\u00E1 al pago de los salarios y dem\u00E1s regal\u00EDas que se establecen en esta ley. \nPor esto, me alegro de que, gracias al Gobierno y a los parlamentarios democrata-cristianos, hayamos podido derribar una barrera que se interpon\u00EDa en la consecuci\u00F3n de las verdaderas conquistas sociales que se merecen los campesinos chilenos. Como ha quedado demostrado en forma bastante clara, a ra\u00EDz de la \u00FAltima huelga campesina de la provincia de Colchagua, desde que el Presidente Frei asumi\u00F3 el Poder el a\u00F1o 1964, los salarios campesinos han aumentado en m\u00E1s de un 100%. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ (don Juan).- \n \n Pido la palabra, se\u00F1or Presidente \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Olave; y, a continuaci\u00F3n, el Honorable se\u00F1or Rodr\u00EDguez Nadruz, en el tiempo de su segundo discurso. \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n Se\u00F1or Presidente, los Diputados del Partido Socialista votaremos en contra de las observaciones del Ejecutivo, porque, pese a las explicaciones dadas, estimamos mejor elaborado el proyecto aprobado por el Congreso Nacional. \nCreemos que el pago de las imposiciones al Servicio de Seguro Social, que deber\u00E1 hacerse sobre la totalidad de los salarios, sin descuentos, no va a influir mayormente en el sueldo de los campesinos, sino, m\u00E1s bien, en lo que deben pagar los patrones, ya que \u00E9stos son los que hacen los mayores aportes en materia de imposiciones. \nPor eso, no compartimos las aprensiones del Honorable se\u00F1or Valenzuela Valderrama, en este sentido. \nCreemos que el pago de las imposiciones afecta m\u00E1s a los patrones que a los obreros, los cuales pagan un porcentaje muy inferior, como es sabido por todos nosotros. \nEl proyecto del Congreso Nacional es bastante claro cuando, en el inciso tercero del art\u00EDculo 1\u00BA establece: \"La parte del salario a que tendr\u00E1n derecho en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero no podr\u00E1 ser inferior a un 50% y ser\u00E1 determinada en conformidad a lo establecido en dicho inciso\". Sin embargo, el veto del Ejecutivo expresa, en el art\u00EDculo 3\u00B0, que \"el Reglamento determinar\u00E1 la forma y los casos en que proceder\u00E1 el pago del salario aludido en el art\u00EDculo 1\u00BA de esta ley, como igualmente el porcentaje que deber\u00E1 pagarse en dinero efectivo dentro del l\u00EDmite del 50% a que se refiere dicho art\u00EDculo\". \nNosotros ya tenemos experiencia en el sentido de que, cada vez que se entregan al Ejecutivo facultades para elaborar reglamentos, \u00E9stos se dictan tarde, mal y nunca, y siempre perjudican a la parte obrera. \nHay casos bien concretos, ocurridos durante la aplicaci\u00F3n de la que otrora fuera famosa Ley de Inamovilidad. Precisamente, la ley conten\u00EDa algunas disposiciones en favor de los trabajadores, pero el reglamento liquid\u00F3 estos avances en la legislaci\u00F3n y dej\u00F3 a los obreros en peores condiciones que antes. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n \u00A1C\u00F3mo puede decir eso Su Se\u00F1or\u00EDa! \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n El art\u00EDculo 245 de la ley N\u00BA 16.264, sobre reajuste de remuneraciones de los sectores p\u00FAblico y privado, entrega una pensi\u00F3n de vejez a los ancianos carentes de recursos econ\u00F3micos. Han transcurrido m\u00E1s de cinco meses desde la dictaci\u00F3n de la ley y todav\u00EDa no ha podido ser elaborado el famoso reglamento, limitando las aspiraciones de los pensionados que, por su condici\u00F3n de indigencia, necesitan recibir este peque\u00F1o est\u00EDmulo, aprobado por unanimidad en el Congreso Nacional. \n \nEl se\u00F1or LORCA (don Alfredo).- \n \n \u00BFMe permite, Honorable Diputado? \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n Su Se\u00F1or\u00EDa tiene tiempo para formular sus observaciones. \n \nEl se\u00F1or LORCA (don Alfredo).- \n \n Es para pedir la pr\u00F3rroga de la hora. \n \nEl se\u00F1or OLAVE.- \n \n Creemos de vital importancia que queden establecidas las condiciones en que se pretende favorecer a los trabajadores con este proyecto. De all\u00ED que votaremos en contra de las observaciones del Ejecutivo, porque nos parece m\u00E1s procedente el proyecto del Congreso, el cual beneficia m\u00E1s a los trabajadores, aun cuando no satisface todas nuestras aspiraciones. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n Recabo el asentimiento de la Sala a fin de votar las observaciones del Ejecutivo antes del t\u00E9rmino del Orden del D\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or PONTIGO.- \n \n No hay acuerdo. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS (Presidente).- \n \n No hay acuerdo. \nTerminado el Orden del D\u00EDa. \nQueda pendiente el proyecto. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (don H\u00E9ctor).- \n \n Que quede constancia de la oposici\u00F3n manifestada para el despacho del proyecto. \n \n " . . . "MODIFICACION DEL CODIGO DEL TRABAJO RESPECTO DEL PAGO A LOS OBREROS AGRICOLAS DE DIAS NO TRABAJADOS POR CAUSAS CLIMATICAS.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO"^^ . . . . .