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"Nº 1.060.- Santiago, 5 de diciembre de 1966.
Me refiero al oficio de V. S. Nº 7,390, de 12 de septiembre del año en curso, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secrtaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado señor Mario Palestro
Rojas, se considere la conveniencia de modificar el Plano Regulador de la comuna de La Florida, en el sentido de suprimir la calificación que se le ha dado de "comuna residencial", por cuanto en su población predominan los sectores populares.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Plan Regulador de la comuna de La Florida, en vías de aprobación, no fija en parte alguna de su Ordenanza el apelativo de "comuna residencial" para determinar la característica que persigue darle. En todo caso, el término "residencial" significa, simplemente, aquellos lugares destinados por la Ordenanza Local para la construcción de viviendas en general.
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.): Edmundo Pérez Zujovic".
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