-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/602120/seccion/akn602120-ds2-ds32
- bcnres:numero = "29.-"^^xsd:string
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- dc:title = "INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA"^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:InformeComisionLegislativa
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/602120/seccion/akn602120-ds2
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/602120
- rdf:value = " 29.-INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA
"Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de acuerdo, de origen en un mensaje, con trámite dé urgencia calificada de "simple", ya informado por la Comisión de Relaciones Exteriores, que aprueba el Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre la República de Chile y la Confederación Suiza, suscrito en Santiago el 5 de diciembre de 1968.
Durante la discusión del proyecto de acuerdo en informe, concurrieron a la Comisión el señor Jefedel Departamento de Asistencia Técnica y Créditos Externos del Ministerio de Relaciones Exteriores y el señor Jorge Mora, funcionario del Departamento de Asistencia Técnica y Créditos Externos del mismo Ministerio quienes proporcionaron diversos antecedentes para la mejor comprensión del proyecto. El informe de la Comisión de Relaciones Exteriores expresa que, en virtud de lo que disponen los artículos 4º, 6º, 7º y 8º del texto del Convenio, la Comisión de Hacienda deberá conocer el artículo único del proyecto de acuerdo que le da aprobación a dicho Convenio.
Los artículos mencionados establecen diversas cargas que debe asumir el Gobierno de Chile, mediante la concesión de facilidades para el cumplimiento de los fines que persigue el Convenio, tales como la entrega de recintos, locales y elementos para la ejecución de los programas, el otorgamiento de habitación o el pago de los gastos de transporte, desembarque y seguro de los bienes o personas que tengan relación con el desenvolvimiento de los planes. También estipulan autorizaciones de internación, liberadas del pago de gravámenes aduaneros, en favor de los bienes que sirvan los fines del Convenio o de los efectos personales de los expertos, técnicos, instructores y asesores de alto nivel.
Las cargas señaladas que asume el Gobierno de Chile o las liberaciones que otorga, ' son estipulaciones de rigor en todos los Convenios de esta naturaleza. Por este motivo la Comisión de Hacienda no tuvo reparos en prestar su aprobación unánime al artículo único del proyecto de acuerdo en informe, teniendo presente para ello las consideraciones hechas valer por la Comisión de Relaciones Exteriores, especialmente aquellas que se refieren al incremento de las cordiales relaciones existentes entre nuestro país y la Confederación Suiza y al beneficio que este Convenio significa para la economía chilena.
Con el mérito de lo expuesto, la Comisión de Hacienda resolvió aprobar el proyecto de acuerdo en los mismos términos.
Sala de la Comisión, a 18 de julio de 1969.
Aprobado en sesión de fecha 16 de julio en curso, con asistencia de los señores
Cerda (Presidente), Acevedo, Cademártori, Iglesias, Giannini, Penna, Urra y Fuentealba, don Clemente.
Se designó Diputado Informante al señor Urra.
(Fdo.): José Vicencio Frías, Secretario de la Comisión. "
"