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El señor VIDELA.-
Señor Presidente, las 117 aulas corresponden sólo a los departamentos de Combarbalá e Illapel. En el primero, se construirán 6 escuelas nuevas, 11 aulas, 4 casas y se repararán 6 escuelas. En el segundo, ya se están construyendo 43 escuelas nuevas, 106 aulas, 27 casas y 12 talleres; y se repararán 18 escuelas.
Los artículos 38 y siguientes, hasta el 42, inclusive, tratan de autorizaciones y franquicias para la expropiación de terrenos destinados a las construcciones escolares. El artículo 41, en especial, se refiere a la liberación de impuestos para las maquinarias y accesorios adquiridos en virtud del convenio celebrado entre el Ministerio de Educación Pública y el Banco Central de Chile, y que están destinados a las escuelas industriales. El instrumental completo es sumamente caro. Así, el de la Escuela Industrial de Ñuñoa costo más de un millón de dólares.
El artículo 43 del Párrafo 6º, sobre cajas de previsión, establece que los empleadores tendrán la obligación de descontar el servicio de las deudas que contraigan los imponentes de acuerdo con la ley Nº 16.251; contempla, además, sanciones para los empleadores que no hicieren estos descuentos.
El Párrafo 7°, que se refiere a las Municipalidades, reproduce en cada uno de sus artículos, del 44 al 49, las disposiciones contenidas en los artículos 121 al 127 de la ley Nº 14.171.
El articulado del Párrafo 8º que contempla las bases para un plan de desarrollo regional, va más allá de la reconstrucción misma, porque, como en más de una ocasión se ha dicho, aquí en Chile no basta con reconstruir, sino que es necesario estructurar un plan de fomento y desarrollo.
Los sismos no sólo afectan la tierra misma, a las casas, a las poblaciones y bienes materiales, sino que también, a veces en forma mucho más profunda, al espíritu, a la vida, al porvenir de los hombres, mujeres y niños de la región. No sólo importa, por lo tanto, el problema económico, la situación del "haber" y del "debe", sino que, en forma principal, cabe preocuparse de la salud y la felicidad futura de los hijos de la región afectada. Hay que evitar que sigan aumentando el analfabetismo, las taras sociales, la tuberculosis, la desnutrición, la promiscuidad en los hogares humildes. Es preciso que, junto con reconstruir las casas, se fortalezca el espíritu de la nación y se enfoque el futuro con otra perspectiva.
El propósito del Ejecutivo en este Párrafo 8º es propender a la descentralización administrativa a través de un plan de Desarrollo Regional, que debe ser de carácter integral, o sea, tiene que impulsar el desarrollo económico y el progreso social de la zona.
Las medidas básicas de este plan son las siguientes: desecación de los pantanos de Batuco y construcción de un tranque de regadío que permita aprovechar 40.000 hectáreas nuevas; regadío de Casablanca y Curacaví, que incorporará 28.000 nuevas hectáreas; regularización del río Aconcagua, mediante la construcción de un embalse y el riego subterráneo, lo que permitirá regar la tierra ya cultivada y 20.000 nuevas hectáreas ubicadas en las dos últimas secciones del río; mejoramiento del regadío que proporciona el río Petorca, lo cual permitirá aumentar el área reglable en 2.000 ó 3.000 hectáreas; regularización de los ríos Choapa e Illapel, que permitirá regar 18.000 hectáreas.
Este plan de riego, en resumen, aumentaría la superficie regada del país en 100.000 hectáreas, en una zona de excelente clima y producción, con grandes mercados consumidores internos. A lo anterior' hay que agregar que existen posibilidades excepcionales para salir a conquistar mercados extranjeros.
También es conveniente indicar que en este plan se contempla el desarrollo de la industria en Ventanas y Concón. Asimismo, se piensa aumentar la industrialización de productos agropecuarios, ampliar la refinación de minerales, desarrollar la industria petroquímica y sus derivados.
Todo este plan de desarrollo agrícola, industrial y minero, deberá ir acompañado necesariamente de la construcción de la red caminera indispensable para satisfacer las necesidades del transporte.
Tampoco deben perderse de vista las grandes posibilidades turísticas de la zona. Por esa razón, se terminará, a corto plazo, la construcción del camino internacional de Valparaíso a Mendoza, y se concertarán convenios turísticos y comerciales con el país vecino para eliminar las trabas que actualmente existen y que dificultan el tránsito de vehículos y pasajeros.
A este plan de desarrollo se refieren los artículos 50 y 51 del proyecto. Por el primero, se le otorgan 60 días de plazo, contados desde la fecha de promulgación de la ley, a la Corporación de Fomento de la Producción, para formular el plan de desarrollo económico de la zona afectada por el sismo.
Por el segundo, se faculta al Presidente de la República para adoptar las medidas encaminadas a impulsar la formulación y realización del plan.
El Párrafo 9º se refiere el financiamiento. Podría decirse que los recursos que se consultan son de tres tipos.
Se faculta al Presidente de la República para contratar préstamos hasta por 100.000.000 de dólares. Estos empréstitos podrán ser a largo y a corto plazo, internos o externos. Los préstamos internos deberán pactarse en moneda nacional.. Se autoriza también al Primer Mandatario para emitir bonos reajustables. Por último, se modifica el impuesto a la renta mínima presunta, contenido en la ley Nº 16.250, que, hace poco tiempo, fue despachada por el Congreso Nacional.
Las enmiendas más importantes a esta última ley se encuentran en los artículos 57 y 60 del proyecto y, en resumen, son tres. Se eleva la presunción de renta del 6% al 8% ; se rebaja la cantidad exenta de impuesto, de doce sueldos vitales anuales, a nueve; se reduce la imputación de lo pagado por impuesto global complementario, del 100% al 50% de éste.
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