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"Nº 99403.- Santiago, 24 de diciembre de 19&6.
Por el oficio del rubro, esa Honorable Cámara de Diputados da respuesta al oficio Nº 77.883 del año en curso de esta Contraloría General mediante el cual se solicitara a esa Corporación un informe acerca del alcance que tendría la expresión "dedicación exclusiva" que sirviera de fundamento al acuerdo adoptado por la Honorable Comisión de Policía Interior y Reglamento, en orden a otorgar una asig-
nación permanente equivalente al 50% de sus remuneraciones imponibles al personal de los escalafones profesionales de Secretaría, Técnico de Redacción, de la Oficina de Informaciones, el Edecán y el personal contratado que trabaja en. esas Secciones y en la Tesorería de esa Honorable Cámara.
La información solicitada por este Organismo tiene por objeto precisar la compatibilidad de funciones y de remuneraciones que tendría este grupo de funcionarios en relación con el ejercicio de otros empleos u oficios públicos que pudiere desempeñar, y cuya fiscalización compete a esta Contraloría General conforme a las disposiciones de la ley 10.336.
Ha manifestado V. E. que la Honorable Comisión de Policía Interior y Reglamento, en sesión de fecha ¡10 de noviembre último, acordó declarar que para los efectos señalados, entiende como "dedicación exclusiva" para el personal beneficiario de tal asignación, la que se desempeñe dentro de los horarios de trabajo que posteriormente determinará la misma Comisión, y, en consecuencia, el ejercicio de las profesiones u oficios dé cualquiera naturaleza, dentro de tales horarios de trabajo, se considerará incompatible con la percepción de aquella asignación • al mismo tiempo, respecto de los cargos docentes o de la educación pública, se acordó declarar la incompatibilidad absoluta, con excepción de las rentas provenientes de dicha actividad hasta un máximo de dos cátedras universitarias, en los mismos términos en que ésta se aplica en la actualidad, en conformidad a la legislación vigente sobre la materia, respecto de los funcionarios de la propia Contraloría General de la República.
Se agrega en el oficio de la suma que oportunamente se comunicará a esta Oficina el horario de trabajo que para dicho personal fije la Honorable Comisión, a fin de determinar con mayor exactitud la extensión y alcance de la incompatibilidad a que se ha hecho referencia.
Esta Contraloría General, por su parte, cumple con manifestar a V. E. que ha tomado debido conocimiento de la comunicación que remitiera a esta Oficina, para los efectos que se señalaran en el Oficio Nº 77.083, antes citado, y ruega se le informe en su oportunidad acerca del horario de trabajo que se fije para este personal, en los términos ofrecidos por esa Honorable Corporación.
Saluda atte. a V. E.- (Fdo.) : Enrique Silva Cimma".
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