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- rdf:value = " El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Señor Presidente, los Diputados radicales votaremos favorablemente este proyecto; no así la parte final del inciso cuarto, porque hay un aforismo de derecho que dice que "donde existe la misma razón, debe aplicarse la misma disposición".
En este proyecto, se expresa, con toda claridad y exactitud, a quiénes va a beneficiar, y si esto se establece, no vemos la razón para no aplicar esta disposición a aquellos alcaldes o funcionarios que hubieren incurrido en algunos delitos qué se pretende amnistiar y en cuyos procesos se hubiere dictado sentencia, porque la amnistía tiende a borrar el delito y la pena. Entonces, aquí habría una manifiesta injusticia para aquellos que ya hubieren sido condenados y, por otra parte, se incurriría en la misma injusticia con respecto de aquellos alcaldes o funcionarios a los que no se les hubiese iniciado proceso alguno.
Esto es injusto; la limitación está en el mismo proyecto de ley, porque establece las causas por las cuales se amnistía, y todos aquéllos que han incurrido en dichas causales tienen derecho a ser amnistiados y no otros.
Así que el fundamento que ha hecho valer nuestro Honorable colega señor César Raúl Fuentes no tiene el valor que le atribuye, porque el proyecto en discusión no es tan amplio, ya que no sólo hace excepción de ciertas materias y delitos sino que se refiere, específicamente, a una materia determinada y señala cuándo va a operar.
En consecuencia, es improcedente el establecimiento de esta limitación, y no actuaríamos con la justicia que se le exige al legislador de ser ella aprobada, ya que, como lo dije denantes, "donde existe la misma razón, debe aplicarse la misma disposición."
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