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"Honorable Cámara:
La provincia de Maule ha experimentado, en los últimos 50 años, una disminución de su población que alcanza casi a un 50 por ciento. La razón de esta continuada emigración obedece a numerosos factores, relacionados, especialmente, con la producción agropecuaria de la zona, En efecto, el empobrecimiento de sus suelos, la erosión y diversas plagas desarrolladas en los últimos años en los cultivos más importantes de la provincia, han frenado el desarrollo económico y el progreso de la provincia y, por consiguiente, sus habitantes han buscado en otras actividades las posibilidades de un mejor vivir. Además, hay que considerar que las condiciones agrícolas de la provincia, sólo permite determinados cultivos y, actualmente, el 80% de la renta del departamento de Cauquenes, a manera de ejemplo, proviene de sus viñas, que constituyen la principal riqueza de la provincia.
Estudios realizados por técnicos especializados determinan las excepcionales condiciones climáticas y de luminosidad con que la naturaleza ha dotado a esta región para el cultivo de la vid. Dicho en otras palabras, los viñedos de la zona de Cauquenes producen vinos de gran calidad, exquisito sabor y adecuado grado alcohólico de gran cotización en el mercado nacional y extranjero.
No se necesita demasiada reflexión para comprender que esta zona reúne todas las condiciones exigidas para producir vinos, aguardientes y otros productos de la vid que podrían competir, en igualdad de condiciones, en el mercado mundial, y, de esta manera, crear una nueva fuente de recursos y riqueza para la zona y el país.
Desgraciadamente, las irregularidades climáticas de los últimos años, la vejez y las epidemias que han afectado a los viñedos de Maule, han disminuido sus rendimientos en proporciones alarmantes. La producción de vinos correspondiente al año 1964 no alcanza al 50% de la del año anterior y la del presente año ha sido inferior en casi el mismo porcentaje con respecto a la del año pasado. Además, según la opinión autorizada de los técnicos agrícolas que han estudiado los problemas agropecuarios de la provincia de Maule, y, en especial, de los cultivos de viñas, han llegado a la conclusión de que la mayor superficie plantada de viñas está ubicada en terrenos inadecuados, de cepaje de mala calidad, plantas de edad avanzada y, en consecuencia de bajo rendimiento.
Por último, conviene mencionar que la gran mayoría de los viñedos de la zona se encuentran afectados por diversas enfermedades que, en caso de no adoptar medidas de sanidad vegetal, producirán una disminución alarmante en los rendimientos, de tal manera que no será económico su cultivo.
Esta situación no ha podido ser solucionada debido a la onerosa tributación que grava, actualmente, a las plantaciones v trasplantes de viñas, lo que no ha permitido la renovación adecuada de los viñedos.
Es preciso, por lo tanto, adoptar las medidas necesarias para solucionar el problema que afecta a la principal riqueza de la zona de Maule y, además, adoptar aquellas que permitan realizar un aprovechamiento adecuado de estos suelos que, por sus condiciones, sólo deben dedicarse al cultivo de la vid.
Con motivo de las razones anteriormente expuestas, he redactado un proyecto de ley que permite nuevas plantaciones y trasplantes de viñas en la zona de la provincia de Maule, en terrenos cuya cabida no sea superior a 15 hectáreas, por cada propietario y que permitirá incorporar a la producción nuevos cepajes, apropiados para la región, de un rendimiento adecuado, y de gran calidad. Asimismo, el Ministerio de Agricultura determinará las condiciones en que deberán efectuarse estas plantaciones o trasplantes, con el objeto de promover a una racionalización del cultivo y de esta manera incorporar una extensa región a la producción nacional.
En mérito de las consideraciones más arriba analizadas, someto al examen de la H. Cámara el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º.- Las nuevas plantaciones de viñas de rulo o secano en la provincia de Maule, estarán exentas del impuesto establecido en el artículo 93 de la ley Nº 11.256, que fijó el texto refundido de todas las disposiciones vigentes sobre la Ley de Alcoholes y Bebidas Alcohólicas, substituido por el artículo 48 de la ley Nº 12.861.
Artículo 2º.- Estas nuevas plantaciones de viñas de rulo o secano para tener derecho a la exención que establece el artículo 1? de la presente ley, deberán cumplir los siguientes requisitos:
La plantación deberá hacerse con los cepajes y en los terrenos y condiciones que, en cada caso, determine el Ministerio de Agricultura y la superficie plantada no podrá exceder de 15 hectáreas, y
En ningún caso, el solicitante podrá registrar a su favor una superficie de viña plantada superior a 15 hectáreas, en uno o varios predios de su propiedad.
Artículo 3º.- Las viñas de riego y de rulo o secano de la Provincia de Maule que se trasplanten a terrenos distintos dentro del mismo predio o del mismo departamento, gozarán de la exención que establece el artículo 1º de esta ley, siempre que se cumpla con lo establecido en la letra b) del artículo 2º.
El viñedo reemplazado deberá arrancarse dentro del plazo de tres años después de iniciada la nueva plantación.
Artículo 4º.- Toda plantación y trasplante de viñas deberá ser solicitado por escrito a la Dirección Nacional de Impuestos Internos, que la autorizará, previo informe favorable del Ministerio de Agricultura.
Artículo 5º.- Si la plantación o trasplante se hiciere con infracción a las normas establecidas en la presente ley, el infractor será sancionado con una multa equivalente al doble del impuesto que le habría correspondido pagar en conformidad al artículo 93 de la ley Nº 11.256, substituido por el artículo 48 de la ley Nº 12.861, aumentada en un 20% por cada año transcurrido entre la fecha de la plantación y la fecha en que la infracción haya sido comprobada por Impuestos Internos.
Artículo 6º.- Esta ley regirá por el plazo de cinco años contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
(Fdo.): Patricio Hurtado."
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