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"Honorable Cámara:
He presentado a la Honorable Corporación un Proyecto de Ley por medio del cual se autoriza a la I. Municipalidad de Los Andes para contratar un empréstito en el Banco del Estado, Corporación de Fomento de la Producción o algún Organismo Internacional, por la suma de E° 700.000 (setecientos mil escudos).
Mis Honorables colegas saben, muchos de los aquí presente hemos sido Regidores, que el problema más grave de las Municipalidades del país, es su crónico desfinanciamiento, ya que se les obliga muchas veces a dar cumplimiento a pagos extraordinarios o reajustes de sueldos y salarios, y a su vez se han ido cercenando sus ingresos por parte del Poder Central, esta grave situación, que esperamos sea solucionada a corto plazo, no permite que ellas puedan disponer de recursos para realizar las obras de adelanto y progreso indispensables frente a las nuevas necesidades, por la incorporación de nuevos barrios que atender y frente al progreso general de la comunidad.
La ciudad de Los Andes, estimados colegas, es la puerta de entrada a nuestro país, ya sea por tierra, por el Camino Internacional a Argentina o por Ferrocarril, por tener el terminal de Ferrocarril Transandino que atraviesa la Cordillera en el Túnel Internacional, partiendo desde la ciudad de Mendoza. Dentro de pocos días Los Andes cumplirá 174 años de vida, ya que fue fundado por el ilustre ciudadano don Ambrosio O'Higgins el 31 de julio de 1791.
El 28 de marzo, señor Presidente, la ciudad sufrió con rigor los efectos del sismo y soportó con estoicismo esta prueba extraordinariamente dura, acometiendo con decisión y entusiasmo la tarea de la reconstrucción de edificios e instalaciones, en tal forma que todos sus habitantes están empeñados en este momento en recuperar el tiempo perdido y rehacer con espíritu de superación lo destruido, en tal forma que para el próximo aniversario de la ciudad, esa destrucción y ruina constituyan un lejano recuerdo.
En el próximo año se efectuará en el mes de agosto el Campeonato Mundial de Esquí, que congregará en esa Zona a cientos de competidores, campeones mundiales de ese deporte, como también, a miles de turistas que vendrán a presenciarlo y que obligadamente deberán pasar o permanecer en Los Andes. Es explicable y lógico entonces, que la Ilustre Municipalidad esté desde ya preocupada de disponer los planes de ornato y mejoramiento de sus calles, avenidas y paseos; extender y mejorar su alumbrado público y mejorar sus servicios de aseo, etc., ya que pretende, con razón, llevar a Los Andes a la altura de una ciudad verdaderamente internacional.
Ya hemos dicho, que con sus propios recursos es imposible acometer la más modesta obra de progreso o el más pequeño mejoramiento de sus servicios, de ahí entonces, que se solicite el empréstito de que hablo y que esperamos que encuentre la más amplia acogida de mis honorables colegas.
Plan de inversiones
a) Ampliación de la red de alumbrado y su mejoramiento total.- Es indispensable disponer de los recursos necesarios para estos fines, ya que dentro de muy poco tiempo se incorporarán nuevas poblaciones construidas a raíz del sismo, especialmente para sectores populares, como la de las Juntas; a su vez, para el mejoramiento del alumbrado, como toda ciudad moderna, es necesario instalar luminarias a gas de mercurio, para lo cual ya se tiene el presupuesto de la Compañía Chilena de Electricidad.
b) Edificio Municipal.- La Municipalidad, recurriendo también a empréstitos, ha podido construir un moderno edificio para sus oficinas, locales y un salón de actos; pues, debido al permanente aumento de costos, si bien la mayor parte de él está terminado, pero no el salón de actos; que es urgente e indispensable, ya que en la ciudad existen muy pocos locales amplios y cómodos para conferencias, reuniones amplias, conciertos etc., y los que hay por ser de propiedad particular, tienen una serie de limitaciones para su ocupación. Además, es preciso alhajar este salón de actos con los muebles indispensables, como también, dotar de ellos a las demás oficinas municipales.
c) Construcción de piscina y parque municipales.- Aunque parezca increíble a los Honorables colegas, en Los Andes no existe ninguna piscina a la que tenga acceso el pueblo, a pesar del clima riguroso en primavera y verano, con temperaturas de más de 32° muchas veces; la juventud, debe caminar 5 o más kilómetros e ir a las comunas vecinas para poder disfrutar de bañarse en piscina.
d) Ornato y aseo.- Existen varios paseos públicos en que es urgente terminar varias obras de ornato, como jardines, cercos, escaños, etc., además, se precisa efectuar la señalización total del tránsito en la comuna.
En cuanto a la adquisición de un moderno equipo de aseo, se consulta un rubro destinado al objeto, que permitirá adquirir dos camiones recolectores de basuras, un camión para el Departamento de Obras Municipales y una camioneta para la movilización del Alcalde y Regidores. Vale la pena dejar establecido que actualmente la Municipalidad carece de vehículos de este tipo, haciéndose la recolección de basuras en tolvas descubiertas tiradas por tractores, con todos los inconvenientes que es del caso imaginar; tampoco dispone de un vehículo para la movilización del Alcalde, lo que es indispensable, pues no siempre los Alcaldes poseen vehículo propio.
e) Construcción de un Mercado.- El populoso sector de la ciudad llamado Centenario, en que reside casi un tercio de la población, queda distante de los centros de abastecimientos, especialmente del único Mercado que existe actualmente, próximo a inaugurarse, por lo que se hace indispensable construir otro local para Mercado, ubicado precisamente en este barrio popular.
f) Otras obras.- Debido al crecimiento de la ciudad y a la regularización de la urbanización de sectores más apartados, se hace indispensable ir a la apertura de nuevas calles, que deben ser pavimentadas o en otros casos es indispensable efectuar algunas expropiaciones para unirlas; finalmente los sectores populares necesitan de algunos modestos campos de deportes, con canchas de fútbol principalmente, evitando así que los niños jueguen en las calles, con peligro evidente de sus vidas.
Para todas estas obras se destinan fondos en el plan de inversiones, quedando la Municipalidad autorizada para efectuar algunos cambios en este plan, de acuerdo a las urgencias y con el asentimiento de los dos tercios de los Regidores.
El servicio de la deuda se hará con dos tipos de ingresos, primero el habitual, con una participación de 1 o/oo de la contribución de Bienes Raíces, de la Comuna, cuyo valor asciende a Eº 38.783.931, según consta en el certificado que se adjunta del Departamento de Avaluaciones de la Dirección General de Impuestos Internos. Este es el avalúo imponible, por supuesto, la segunda fuente de ingresos es el producto del impuesto adicional a la internación de ganado, que pasa por la Aduana de Los Andes y que se estima en unos Eº 45.000 (cuarenta y cinco mil escudos) anuales.
Con estos ingresos queda totalmente cubierto, en forma holgada, el total de empréstito en el plazo de diez años que se establece en la presente ley.
Debo dejar constancia que este impuesto adicional al ganado a que se hace referencia, se viene cobrando por Ley 14.946 desde el año 1962 y con el mismo fin actual; eso sí que por la presente ley se eleva a Eº 0,50 (cincuenta centesimos) en vez de E° 0,20 (veinte centesimos) por cabeza de bovinos y caballares y de Eº .0,20 (veinte centesimos) en lugar de E° 0,10 (diez centesimos) por cabeza de ovino, porcino y demás ganado menor.
Si la Honorable Cámara considera que la Ilustre Municipalidad de Los Andes ha iniciado ya un vasto plan de progreso, con la construcción de su nuevo edificio consistorial, un amplio plan de pavimentación y la construcción de un cómodo local para un Mercado Municipal; que, por otra parte, puede exhibir un estado de situación satisfactorio no teniendo en este instante ninguna deuda, ni con su personal, ni con la Empresa Eléctrica, ni con particulares, este Diputado estima que se hace acreedora a la mejor acogida, de todos los señores Diputados, para el presente proyecto de empréstito.
Por último, se ha agregado un artículo por el cual se condonan todas las deudas que por concepto de Contribuciones de Bienes Raíces, tiene al presente la Municipalidad, como así mismo los intereses y multas respectivas, a la fecha de promulgación de la presente ley; estas deudas provienen de los locales comerciales que la Corporación arrienda y que asciende a una suma cercana a los Eº 3.500 (tres mil quinientos escudos), que no ha podido cubrir por destinar estos dineros a la terminación del edificio municipal y porque, además, varios arrendatarios están adeudando fuertes sumas por concepto de arriendos.
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Autorízase a la Ilustre Municipalidad de Los Andes, para contratar directamente con el Banco del Estado, Corporación de Fomento de la Producción u otro organismo de crédito nacional o internacional uno o más empréstitos hasta por la cantidad de Eº 700.000 (setecientos mil escudos).
El interés que se convenga no puede ser en ningún caso superior al corriente bancario y la amortización de la o las deudas se hará de manera que se extingan la o las deudas en un plazo no mayor de diez años.
Artículo 2°.- Facúltase al Banco del Estado u otras instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo 1°, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes o reglamentos.
Artículo 3°.- El producto del o de los empréstitos obtenidos serán destinados por la Ilustre Municipalidad de Los Andes a los siguientes fines:
1.- Extensión de las redes de energía eléctricas a nuevos sectores de la ciudad y al mejoramiento total del alumbrado público E° 240.000
2.- Terminación del edificio municipal y alhajamiento de oficinas y salón de actos municipales 50.000
3.- Construcción de piscina y parque municipales 100.000
4.- Terminación de jardines municipales y señalización completa de la comuna 30.000
5.- Adquisición de dos camiones para recolectar basuras, uno para el Servicio de Obras Municipales y una camioneta de 500 kgs. para la Alcaldía 100.000
6.- Apertura de calle y aporte para un plan de pavimentación de aceras y calzadas 40.000
7.- Construcción de un Mercado Municipal en la Población Centenario 100.000
8.- Construcción y habilitación de campos de deportes y plazas de juegos infantiles en los barrios de la ciudad 30.000
Total E° 700.000
Artículo 4°.- Establécese, con el exclusivo objeto de atender el servicio del o los empréstitos que autoriza la presente ley, una contribución territorial de 1%0 sobre el avalúo imponible de la Comuna, tanto agrícola como urbano, que empezará a regir desde el semestre siguiente a la aprobación de esta ley.
Se establece con el mismo objeto, indicado en el inciso anterior, un impuesto adicional de E° 0,50 por cabeza de bovinos y caballares y de veinte centesimos por cabeza de porcino, ovinos y el resto del ganado menor que se internen por Ta Aduana de Los Andes.
Artículo 5°.- La Municipalidad de Los Andes podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar las partidas consultadas para una si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras.
El acuerdo correspondiente deberá tomarse en sesión extraordinaria, citada para el objeto, y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores, en ejercicio.
Artículo 6°.- En caso de no contratarse el o los empréstitos enunciados, la Municipalidad de Los Andes, podrá girar con cargo al rendimiento de los tributos que en esta ley se establecen, para su inversión directa en las obras a que se refiere el artículo 3°.
Podrá a su vez, destinar a la ejecución de las mencionadas obras, el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento en que el o los empréstitos se contrajeran por un monto inferior a la cantidad autorizada.
Artículo 7°.- La Municipalidad completará la suma necesaria, con cualquier clase de fondos provenientes de sus rentas ordinarias, si los recursos a que se refiere el artículo 4" fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieran en la oportunidad debida.
Artículo 8°.- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Los Andes por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos sin necesidad de Decreto del Alcande.
La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna.
Artículo 9°.- La Municipalidad de Los Andes depositará en la cuenta de depósito Fiscal "F-26 servicio de empréstitos y bonos" los recursos o ingresos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y hasta la cantidad a que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo la Municipalidad deberá contemplar y consultar en su presupuesto anual los recursos que produzca la contratación del empréstito y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones proyectadas de acuerdo con el artículo 3° de la presente ley.
Artículo 10.- Condóname las deudas por contribuciones de bienes raíces, intereses y multas, que esté adeudando la Ilustre Municipalidad de Los Andes, al 30 de junio de 1965, a la fecha de la promulgación de esta ley.-
(Fdo.): Ernesto Iglesias C."
PROYECTO DE EMPRESTITO
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