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"Nº 1238.- Santiago, 7 de septiembre de 1965.
Contesto su Oficio N° 985, de 28 de julio ppdo., en virtud del cual solicita la mayor urgencia al restablecimiento de la Fábrica Militar de Vestuario y Equipo del Ejército, para lo cual se hace necesario que se dispongan de medios económicos del Estado, a través del Presupuesto Nacional, Banco del Estado y Corporación de Fomento de la Producción a fin de financiar dicha reconstrucción.
Sobre el particular, cumplo con informar a US. que la resolución sobre la reestructuración de la Fábrica Militar de Vestuario y Equipo del Ejército es una materia de incumbencia del Ministerio de Defensa Nacional.
Con todo este Ministerio ha consultado a la Corporación de Fomento de la Producción al respecto, la que por Oficio Nº 12646 de 16 de agosto último, ha contestado lo siguiente:
"En el caso que, una vez tomada una resolución, ese Ministerio estime conveniente solicitar la corporación de la Corporación de Fomento de la Producción, para un mejoramiento de la instalación de dicha Fábrica, esta Corporación estudiará con el mayor interés el financiamiento de las inversiones correspondientes a la reconstrucción de esa Fábrica":
Dios guarde a US.
(Fdo.): Domingo Santa María Sólita Cruz".
"
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