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- rdf:value = " El señor FONCEA.-
Es más que nada para formular una consulta en relación con el proyecto en debate.
El Honorable colega Diputado Informante de la Comisión ele Constitución, Legislación y Justicia ha manifestado que el proyecto contiene una disposición en virtud de la cual se da preferencia para optar a los cargos de notarios de departamento a los abogados que cumplan, entre otros requisitos, con el de haber ejercicio su profesión durante treinta años. Aparentemente, tal disposición no merecería ningún reparo.
Pero, bien analizadas las cosas, y este es el motivo de la consulta que quiero formular, se desprende, a mi juicio, que se desea, una vez más, consignar en una ley una verdadera aberración jurídica y social. En efecto, los abogados que hayan jubilado -porque ellos se acogen o tienen derecho a acogerse a jubilación a los treinta años- tendrán posteriormente preferencia para desempeñar un cargo tan importante y remunerativo como es el de notario y posteriormente, para volver a jubilar o rejubilar en tal carácter. En más de una oportunidad he planteado mi modesto punto de vista sobre la materia, señalando que disposiciones como éstas han dado lugar a un régimen previsional lleno de privilegios y francamente perjudicial a los intereses económicos del país.
He sostenido que, dentro de la sana técnica de los regímenes de previsión, es inconveniente dar a los jubilados no solo la opción a desempeñar un cargo público o semifiscal, sino una preferencia, como sucede con esta disposición respecto de los abogados que han ejercido la profesión durante treinta años. La jubilación es un seguro del cual debe hacer uso sólo el individuo que, física o mentalmente, no esté en condiciones para desempeñar un cargo o ejercer una profesión. Sin embargo, vuelvo a decir, al abogado que jubila a los treinta años se le da preferencia para ocupar el cargo de notario, o sea, para ocupar un cargo de responsabilidad después de jubilar. Esto es sumamente grave, porque, lo hemos repetido en más de una oportunidad, la Administración Pública, sobre todo en el período pasado, se repletó de funcionarios que gozan de una jubilación. Si uno quisiera señalar ejemplos, ahí está el de la Empresa de Comercio Agrícola, en donde encontrará toda una falange de jubilados que no son precisamente postergados sino jubilados que gozan de pensiones con el llamado sistema de la "perseguidora".
Es decir, sus jubilaciones no son millonarias, pero ellas les permiten vivir con algún bienestar. Y, todavía entre éstos, hay quienes ocupan altos cargos. Igual cosa ha ocurrido en el Instituto de Desarrollo Agropecuario y en la Corporación de la Reforma Agraria.
En consecuencia, quiero pedir, si en esta oportunidad fuera precedente, que se envíe oficio a la Contraloría General de la República con el objeto de que nos informe acerca de los funcionarios que están prestando servicios en INDAP, ECA y CORA, y que son jubilados dentro de cualquier régimen. Por último, y a manera de antecedentes, solicito que nos informe también sobre el monto de las jubilaciones que perciben.
Señor Presidente, los hechos que estoy señalando son insistentes y merecen ser rectificados. Se ha repetido muchas veces que en este país las juventudes tiene/i escasas posibilidades de encontrar un trabajo en el cual desenvolverse, o sea, carece de horizontes. Todos los años estamos constatando el enorme número de bachilleres que egresan de las aulas secundarias que no tienen cabida en las universidades. De este modo, no tienen otra posibilidad que buscar una ocupación. Sin embargo, vuelvo a expresar, en las reparticiones públicas o semifiscales se ha dado preferencia para llenar los cargos a jubilados e inclusive a jubilados cuyas remuneraciones no son precisamente pequeñas, pues corresponde a los sueldos de actualidad.
Volviendo a nuestra consulta, señor Presidente, quiero saber si esta preferencia que el proyecto otorga a los jubilados con treinta años en ejercicio para optar a cargos de notario de departamento, se refiere a los abogados activos, es decir que no hayan hecho uso del derecho de jubilación, o a los pasivos, porque en este último caso estaría en total desacuerdo, conforme a lo que he sostenido a través de mucho tiempo.
En general, el proyecto no nos merece reparos. Pero sí deseo señalar que en él de nuevo aparece el criterio esencialmente centralista que tantas veces hemos criticado en el Parlamento. Por él, se eleva al Juzgado de Letras de Menor Cuantía de Viña del Mar a la categoría de Juzgado de Letras de Mayor Cuantía.
En presencia del señor Ministro de Justicia, quiero señalar que existen innumerables departamentos, incluso capitales de provincias, como es el caso de Curicó, Talca, Linares y Cauquenes, donde ni siquiera se ha creado un juzgado de menores.
Igualmente, hay innumerables departamentos que carecen de juzgados del trabajo, y estos juicios los conoce la justicia ordinaria.
El año pasado, hemos aprobado la creación de varios juzgados de menores en Santiago y también en Valparaíso, según tengo entendido. Hasta ahí llega la preocupación de los poderes públicos. Pero en las provincias permanentemente postergadas a través de tanto tiempo, en aquéllas que no son Santiago ni Valparaíso, la judicatura se desenvuelve en forma muy deficiente.
Es corriente que en los juzgados de provincia -y esto lo puedo certificar porque lo he presenciado- se realicen colectas entre los abogados y procuradores para proveerlos de cintas para las máquinas de escribir, papel y demás elementos indispensables, porque también carecen de ellos. ¿Para qué hablar de la locomoción, problema al cual nos hemos referido tantas veces? Conocida es la necesidad de que toda corte de apelaciones o juzgado del crimen cuente, por lo menos, con un medio de locomoción. Sin embargo, carecen en absoluto de este elemento indispensable, que se otorgan a otros servicios de importancia muy secundaria.
En suma, con respecto a la necesidad de aumentar la cuantía ele los juicios, de que deban conocer los juzgados de letras de menor cuantía, como se ha dicho en este debate, comparto el criterio del proyecto, pues la inflación producida en los últimos años así lo justifica.
Formulo la consulta que ya ha escuchado el señor Diputado Informante.
Finalmente, una vez más, hago hincapié en el criterio, en la política centralista que se advierte en éste como en todos los demás proyectos.
Es esto lo que quería manifestar.
El señor MORALES ADRIASOLA (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para enviar, en su nombre, a la Contraloría General de la República, el oficio a que ha aludido el Honorable señor Foncea.
Acordado.
"
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