rdf:value = " El señor KAEMPFE (Secretario).-
Los señores Naudon e Ibáñez formulan indicación para que se agregue, como artículo 3º el siguiente nuevo:
"Corresponderá el conocimiento de toda denuncia por infracción al Reglamento del Tránsito al Juzgado de Policía Local de la comuna cuyo municipio hubiere otorgado al infractor la respectiva licencia para el manejo de vehículos de cualquiera naturaleza. Para estos efectos, el funcionario denunciante deberá remitir el correspondiente parte y la documentación a dicho Tribunal.
La participación a beneficio municipal de las multas corresponderá al municipio cuyo Juzgado de Policía Local haya conocido de la infracción."
"