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"Honorable Cámara:
Existe actualmente un sinnúmero de pequeños propietarios que han logrado construir con gran esfuerzo personal y pecuniario sus viviendas, que, por lo mismo, no están en situación de pagar los impuestos, tasas y derechos municipales que gravan la propiedad raíz. Más aún, en el hecho se encuentra la mayoría de ellos en mora con las Tesorerías Municipales, las cuales deben recurrir a los procedimientos legales de apremio para cobrar esos impuestos.
Ahora bien, estimamos que el Parlamento no puede permanecer indiferente ante este problema económico y social que afecta a nuestras clases más necesitadas. Por ello, hemos concebido el proyecto de ley que tenemos la honra de formular, que libera del pago de todo impuesto, contribución, tasa o derecho municipal a los dueños de los inmuebles ya edificados, en que no intervenga el hormigón, que sean sólo de un piso, y cuyo avalúo fiscal no exceda de medio sueldo vital anual del departamento da Santiago.
Creo que con esta solución no se disminuyen mayormente los ingresos municipales, dado el bajo avalúo de los inmuebles beneficiados, y que, por el contrario, en la mayoría da los casos se premia el esfuerzo de aquellos que con sus propias manos, en la mayoría de los casos, pudieron realizar el anhelo de su vida, cual es tener una vivienda propia donde albergar a su familia.
En virtud de lo expuesto, formulamos el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Facúltase a las Municipalidades para eximir del pago de todo impuesto, contribución, derecho o tasas municipales, a los propietarios de inmuebles ya edificados, en que no intervenga el hormigón, que tenga sólo un piso, que cumplan con los requisitos que exigen los Planos Reguladores, y cuyo avalúo fiscal no exceda de medio sueldo vital anual del departamento de Santiago.
Igualmente, facúltase a las Municipalidades para rebajar dichos impuestos, derechos o tasas, cuando, a su juicio, el propietario no fuere acreedor a una exención total.
Las respectivas Direcciones de Obras Municipales calificarán estas circunstancias y otorgarán el certificado a que haya lugar".
(Fdo.): Fernando Buzeta.- Fernando Sanhueza."
"